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LO QUE DEJA EL MUERTO. ESPIRITUAL Y MATERIAL
tiguamente era señal de luto llevar el pico de la montera hacia atrás.
El luto ha sido muy riguroso, incluso cuando sucedía la alegría más significativa que podía tener una familia: la llegada de un nuevo ser a este mundo. Si este nuevo miembro nacía después de la muerte de su padre, debería ser llevado a la pila del bautismo de luto, con gorro de acristianar en tonos oscuros y negro. Su entrada en la Fe debía ser de luto.
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Pero tampoco debemos olvidar las creencias populares con respecto a la muerte, con tradiciones y costumbres que se realizan en las exequias mortuorias que están también muy presentes, de orígenes diversos, de otros ritos y creencias que se mezclan con los cristianos. Al finado siempre se le saca y conduce con los pies por delante, mientras que en la iglesia se coloca al finado siempre con los pies hacia la puerta31, para que el difunto no vuelva y así no recuerde el camino. También un plato de sal encima del cuerpo, a la altura del pecho del cuerpo del finado, como pago del salario de la muerte que lo lleva o lo más sutil, para que neutralice olores de la muerte. Tampoco debemos olvidar las tijeras que, junto al plato de sal, se colocaban al lado del difunto para cortar y romper las ligaduras que el difunto tuviera con la tierra y así poder realizar el camino sin ataduras. También unas monedas se le dan al difunto, unas “perras gordas” o “perronas”, para pagar al portero que cierra y abre puertas. Las mismas que sirven para cerrar los ojos y que no se abran hasta que se produzca el rigor mortis. Cruces de azogue, cruces huecas que contienen mercurio, para echar por las esquinas y evitar que el ánima del difunto se quede en la casa. No olvidemos, como ya hemos mencionado, que las supersticiones y otras creencias conviven con la religión cristiana.

Monedas “perronas” Anónimo. Metal Siglo XIX. 2,8 cm. Colección privada (León)
31 ALVAREZ COUREL, J., Nacimiento, Matrimonio y Muerte en León y su provincia. Encuesta del Ateneo. León, 2009. Pág. 218.
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Fotografía retrato para panteón de Esperanza Simón Burgos. Anónimo Emulsión bicromatada en cerámica 1959, 12 x 9 cm. Colección privada (Burgos)

LO QUE DEJA EL MUERTO
Espiritual y material
Al difunto ya se le ha dado santa sepultura. Se fue su cuerpo y ahora toca mantener el recuerdo y cumplir sus últimas voluntades espirituales y terrenales, lectura del testamento y el reparto de sus bienes. Serán muchos los que dejen prebendas para que se rece y se den donativos a costa de sus bienes para la eterna salvación de sus almas. Dejarán estipuladas misas, ofrendas y limosnas a repartir entre los más necesitados. Siempre estas voluntades finales contaban con dos intenciones, una para procurar la salvación del alma del difunto, para lo cual dejaban estipulados unos bienes y la segunda en donde se estipulaba el reparto posterior entre sus herederos de todos sus bienes.




Lápida Sepulcral de Dª. Dominica Rodríguez de la Iglesia, 1888. Anónimo Mármol negro 42 x 65 x 2 cm. Antiguo Cementerio Parroquial de Santa María la Real de Sasamón (Burgos) Lápida Sepulcral del niño Timoteo García Gutiérrez. Anónima. Mármol Blanco. 1888. 40 x 53 x 1,5 cm. Antiguo Cementerio Parroquial de Santa María la Real de Sasamón (Burgos)
Lápida Sepulcral de D. Benito Martínez Sancidrián, 1899. Anónimo Mármol negro. 43,5 x 64 x 2 cm. Antiguo Cementerio Parroquial de Santa María la Real de Sasamón (Burgos)
Lápida Sepulcral de D. Santos Sainz Reinoso y Dª. María Asunción Baltierra Dueñas, Carlos Ortega Mármol negro, 1894 Antiguo Cementerio Parroquial de Santa María la Real de Sasamón (Burgos).
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Cruz de cementerio Anónimo. Hierro fundido Siglo XX, 100 x 80 cm. Ayuntamiento de Vallecillo (León)
33 ARCHIVO HISTÓRICO PROVINCIAL DE LEÓN en adelante AHPL, José Antonio García Siero, Caja 4524.

32 CHACÓN JIMÉNEZ, F. Historia social de la familia en España. Alicante, 1990. Pág. 32.
La herencia es un asunto que siempre ha traído sus dificultades, especialmente cuando las familias eran grandes y los bienes no lo eran tanto. Antiguamente la apreciación de los bienes materiales estaba sujeta a valores y funciones de los mismos; hoy prima la economía y su rentabilidad. El inicio del proceso de la herencia partía de la voluntad redactada y escrita por el ya difunto, donde exponía sus deseos dentro de lo que podía y deseaba, ya que había normas establecidas por las reglas jurídicas y legales que había que seguir y cumplir. Estas normas se deberían tener en cuenta por los escribanos y notarios a la hora de redactar y ejecutar los testamentos.
La lectura del contenido del testamento, aun siendo un trámite de legislación civil, solía tener una importante y llamativa carga religiosa en el preámbulo, donde se expresaban las intenciones espirituales del fallecido, además de encomendar su alma al Señor y, a su vez, destinar parte de sus propiedades para que así sea, repartiendo el resto de sus bienes entre sus familiares más cercanos.
En el testamento se detallan los comportamientos económicos internos de la familia relacionados con el reparto de los bienes32, pero también nos acerca a la evolución del sistema hereditario y su capacidad de protección familiar a la hora de la muerte de uno de los cónyuges. Estas escrituras están formadas por una serie de apartados que, en muchos casos, se repiten de forma constante. En primer lugar, podemos agrupar una serie de apartados relacionados con el ámbito religioso. Así tenemos la frase con la que comienza todo testamento: Indei nomine amen. Sepan cuantos esta mi carta de testamento vieren como yo (nombre y localidad del
testador)...
33. A continuación se encuentra lo que se conoce como el preludio e invocación de marcado carácter religioso; continua con todos los aspectos referentes a la ceremonia religiosa, donde se fijan las pautas formales de la misma; después, el apartado de la ofrenda, el número de misas que manda el testador. En segundo lugar, encontramos el ámbito más material, como son las mandas testamentarias donde el testador expresa sus preferencias a hora de dirimir a quién y a dónde van a parar sus bienes. En este apartado se insertan los siguientes aspectos: las declaraciones, donde el testador informa sobre actuaciones que ha llevado a cabo y guardan relación con la herencia. “... declaro para el descanso de mi conciencia que tengo entregado a (nombre) mi hijo legitimo y de (nombre) mi primer mujer vecino que fue de la villa de Melgar de Abajo toda la legitima que le correspondía de la dicha su madre y mi primera mujer y por cuenta de la paterna le tengo entregado mil trescientos reales como constará...34” o simplemente son informaciones que ofrece el testador; “... declaro ser hermano de las Cofradías (nombre) a quienes encargo me asistan como a los demás hermanos...” 35
Llaves de ataúd. Anónimo Metal. Siglo XIX 10 x 5,5 cm. , 6 x 2 cm, 3 x 1,5 cm y 3,5 x 1,8 cm María Victoria Alonso Fernández Colección Museo Etnográfico Provincial de León, Mansilla de las Mulas (León) Y las deudas: el testador deja por escrito la cantidad y las personas a las que debe o le deben algún bien material o dinero en efectivo. A veces, también se especifican los bienes sobre los que debe de recaer el pago de las deudas. En la manda queda expuesta la persona a la que se destina, el bien material, las cláusulas que debe de cumplir el beneficiario de la manda para que esta se pueda llevar a cabo y una frase final que dice así:




Seguidamente, se en-
35 Ibidem.
34 AHPL, Antonio de la Mata, Caja 4437.
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Cruz de cementerio Anónimo Hierro fundido y metal pintado de blanco 1954 101 x 80,5 cm. Ayuntamiento de Vallecillo (León)
Esquela de periódico Diario de Burgos. Papel impreso 1928 62 x 44,5 cm. Colección privada (Burgos) cuentra el apartado referente a los testamentarios que son personas nombradas por el testador para llevar adelante la consecución final del testamento, por este motivo suelen ser personas de confianza del testador bien familiares o personas ajenas pero con buena relación. Se fijan todas las actuaciones que el testador les permite realizar para poder cumplir el testamento: vender, enajenar, sacar a pública subasta, etc. Y de todos sus actos el testamentario debe de rendir cuentas a la hora de realizar la partija o división de los bienes entre los herederos instituidos por el fallecido.


Por último, aparece dentro de la escritura de testamento lo que se denomina los herederos del testamento o, como figura en las escrituras testamentarias, “únicos y universales herederos”, que son las personas a las que van dirigidas todos los bienes una vez descontadas las mandas y todos los gastos propios del funeral36. La designación de herederos fue uno de los aspectos más importantes a los que tenía que hacer frente una persona en sus últimos días de vida. Según las leyes37 establecidas, los herederos deben ser establecidos en el testamento y no en otra escritura pública. A grandes rasgos, tres pueden ser las situaciones que se produzcan ante el nombramiento de herederos:
36 Así es como aparece en un ejemplo tipo de escrituras “... cumplido y pagado en el remanente que quedase de todos mis bienes derechos y acciones que me puedan tocar toquen y pertenezcan en cualquiera forma dejo nombro e instituyo por mis únicos y universales herederos a los dichos...” AHPL, Caja 4437.
37 El establecimiento del heredero debe ser hecho solo en testamento y no en otra escritura. Siete Partidas del Sabio Rey D. Alfonso El Nono, glosadas por el Licenciado Gregorio López del Consejo Real de Indias de su Majestad. Sexta Partida, Ley VII. Salamanca, 1555.
1. Cuando hay hijos, son estos los que son instituidos como herederos siguiendo la tradición legislativa castellana, llegando a ser herederos los nietos del testador como depositarios de la legítima materna y paterna que le corresponde al hijo difunto.
2. Cuando no hay hijos, entonces es el otro cónyuge el que se hace con los bienes del testador en un intento de rehacer su vida o, por lo menos, acabar esta de la forma más digna posible. 3. Cuando no hay ni hijos ni cónyuge, es decir, estamos hablando de los solteros o viudos, entonces serán los hermanos del testador quienes son instituidos como herederos con el objetivo de que los bienes permanezcan en el núcleo familiar.
Vitrina con corona de difunto Anónimo Madera, cristal, plumas y tela Siglo XX 94 x 105,5 x 34,5 cm. Colección privada (León) María Victoria Alonso Fernández Colección Museo Etnográfico Provincial de León, Mansilla de las Mulas (León)


Fotografía retrato de D. Dámaso Burgos Campo, Canónigo de la Catedral de Valencia Anónimo. Fotografía trabajada sobre papel, con marco original Siglo XX, año 1900 72,5 x 63 cm. Colección privada (Burgos)
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Según dicha legislación38, a la hora de la herencia, el reparto debía de ser igualitario entre todos los hijos fruto del matrimonio39 . Pero a ese igualitarismo no era tal, ya que se le unían dos mecanismos correctores: el quinto de libre disposición y el tercio de mejora; o ambos a la vez, ocasionando la contradicción entre las prescripciones que imponía la ley castellana y la práctica habitual de la sociedad. Pero, ¿cómo se fraccionaba la herencia para luego realizar el reparto? El testador castellano dividía la herencia en cinco partes, de las cuales, cuatro debe transmitirlas forzosamente a sus descendientes; de ellas, dos partes debe repartirlas igualitariamente entre hijos y nietos y la parte restante entre quien estime oportuno: es el denominado tercio de mejora. La quinta parte que faltaba para completar la herencia es lo que conocemos como quinto de libre disposición40 y se dedicaba al pago de las

38 El sistema hereditario castellano estuvo regulado en toda la Edad Media por dos documentos: El Fuero Real y Las Partidas. Ambos dieron origen a la fijación del derecho castellano que se produjo con las Leyes de Toro (1505). Luego se mantuvo, con alguna modificación, en la Novísima Recopilación que realizó Carlos IV (1804) donde se reforma la recopilación publicada por Felipe III en 1567 y se incorporan las pragmáticas, cédulas, decretos, órdenes y resoluciones reales, y otras providencias no recopiladas y expedidas hasta 1804; GACTO FERNÁNDEZ, E. El grupo familiar en le Edad Moderna en los territorios de Mediterráneo Hispánico: Una visión jurídica, en La familia en la Historia de España, Barcelona, 1987. Págs. 40-60. 39 De esta forma aparece en la legislación: Como debe ser partida la herencia entre los herederos cuando son muchos. La herencia debe ser partida igualmente entre todos pero si el testador quiere dar a uno de ellos algo más debe decir cuánto más. Sexta Partida, Ley XVII, Siete Partidas del Sabio Rey D. Alfonso El Nono op. cit. Además este hecho queda fijado en las Leyes de Toro de 1505 del Derecho Castellano. GACTO FERNÁNDEZ, E. op. cit., Págs. 40-60. 40 Ibídem. Págs. 50 y ss. Véase también el Libro X, Ley IX (Ley 30 de Toro): Los gastos del funeral se sacan del quinto de los bienes del difunto y no del cuerpo de ellos, en la Novísima recopilación de las leyes de España. Formada por Carlos IV, Madrid, 1805. Es una reforma de la recopilación publicada por el Señor Don Felipe III en 1567 y reimpresa en 1775. A ella se incorporan las pragmáticas, cédulas, decretos, órdenes y resoluciones reales, y otras providencias no recopiladas y expedidas hasta 1804.


Recuerdo difunto Anónimo Madera, cristal, tejidos, tela pintada, papel impreso y pelo humano Siglo XIX 92 x 71 x 8 cm. Araceli Flores Fernández Colección Museo Etnográfico Provincial de León, Mansilla de las Mulas (León)
mandas piadosas y los gastos destinados al entierro, pudiendo ser legado a alguno de sus herederos la parte de éste que sobrase.
El testamento finaliza con unas cláusulas protocolarias que lo rematan además de aparecer los testigos y la fecha con la firma del escribano y de esos mismos testigos. En relación con los testamentos y derivados de ellos, tenemos otro tipo de documentación civil que se conoce genéricamente con la denominación de Partijas de Bienes o Particiones de Bienes41. Es un corpus
Recuerdo difunto. Anónimo. Madera dorada, cristal y pelo humano Siglo XIX. 56,5 x 42 x 5,5 cm. José María Fernández Criado. Colección Museo Etnográfico Provincial de León, Mansilla de las Mulas (León)
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Arca Anónimo Madera y metal Siglo XIX 153,5 x 66 x 73,5 cm. Colección Museo Etnográfico Provincial de León, Mansilla de las Mulas (León)
Fotografía retrato de Julián Burgos González A. Gil Composición fotográfica sobre papel, con marco original Siglo XX, año 1936 68 x 58 cm. Colección privada (Burgos) documental compuesto por varias partes donde se refleja con gran exactitud las propiedades del difunto, su procedencia y su destino, es decir, los adjudicatarios de esos bienes. Formarían este documento el testamento, auto de inicio del proceso con la puesta en conocimiento de la muerte de la persona, una serie de anotaciones y autos protocolarios, un Inventario Post-mortem realizado instantes después a la muerte de la persona y donde aparecería la tasación de cada bien con una suma final del global inventariado, si existiese algún tipo de deuda a favor o en contra del difunto, alguna tutoría de personas menores, o cualquier otra circunstancia reseñable desde el punto de vista económico, debería de aparecer y por último, la/s Hijuela/s de cada uno de los herederos y donde se especifican los bienes que le corresponden y su valoración económica con una suma final del global de la adjudicación. El momento de la recepción de la herencia a través de la hijuela, conocida también como legítima, era uno de los más importantes en la vida personal y familiar era cuando se producía la posibilidad de incrementar el patrimonio mediante la herencia recibida por causa del fallecimiento de uno o de los dos progenitores o de cualquier otra persona.

Desafortunadamente, la interpretación o el propio contenido de estos documentos, a veces, traen dificultades internas dentro de la propia familia por la diversidad de criterios ante el mismo por parte de los
41 Este tipo de documentación se encuentra en los Protocolos Notariales que se conservan en los diferentes Archivos Históricos Provinciales y, en concreto, es muy común en el Partido Judicial de Sahagún (León).

herederos, dando lugar a pleitos por el reparto de la herencia en los casos más extremos. Pero en un desarrollo normal y de buen entendimiento, la herencia se repartía, se cubrían los estipendios de misas, rogativas y donativos a beneficencia, los notarios y escribientes hacían su trabajo, se redactaban y firmaban documentos, las hijuelas se entregaban a cada uno de los herederos, en donde se especificaba la parte correspondiente que le tocaba del reparto.
Por otro lado, tenemos los inventarios post-mortem, un tipo de escritura que se realiza inmediatamente después de la muerte del individuo y en ella se plasman los enseres de cada persona, sus objetos, que con valor sentimental y funcional el difunto había guardado, utilizado o custodiado, pequeños o grandes recuerdos de familia o de gestas personales, desde el ajuar de bodas, herencias recibidas y guardadas, utensilios de casa o de trabajo, incluso los muebles de la vivienda. Todo tenía su valor y su uso, que los herederos repartían previamente a suertes o por designación directa mediante mandas testamentarias del propio difunto. Arcas y arcones que en mayor o menor medida guardaban aquellas pertenencias materiales que el finado dejó. Estos elementos han sido los custodios de la mayoría de estos bienes y existen una gran variedad, con cerraduras y con una decoración más o menos elaborada, desde las arcas de boda, donde se iban guardando los bienes para el comienzo de una nueva vida de unión, hasta arcas de almacén y custodia de uso domestico42. A esto se deben de añadir todos los elementos de un hogar: sillas, mesas, camas y toda clase de enseres. Después están los efectos más personales que, normalmente, si no eran repartidas por las mandas testamentarias designadas por el finado, correspondían a los hijos en correlación, empezando por los primogénitos, las cosas del padre para los hijos, las cosas de la madre para las hijas, claro está, siempre que existieran tales bienes. El luto es algo muy notorio que estará presente como elemento visible sobre las personas del entorno más cercano. El color negro y tonos pardos y oscuros, como muestra pública y social del dolor, de la pérdida del ser querido, de forma general el color negro, sin adornos y sencillo, marcarán todas las prendas, especialmente las femeninas.


Recordatorio y sobre Imprenta Hijos de S, Rodriguez-Burgos. Papel impreso. 1932. 11,5 x 5 cm. y 14,5 x 6,5 cm. Colección privada (Burgos)
42 RUIZ EZQUERRO, J. J. Fundación de Blas-Villodres. El Burgo de Osma (Soria). Colecciones. Soria, 2004. Págs. 27-53.
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El recuerdo y la señalización del lugar de entierro dentro del cementerio es importante. Dependiendo de las circunstancias sociales y económicas esta señalización puede cambiar, desde humildes fosas de tierra con una sencilla cruz de madera sobre la cual escribir el nombre del difunto y la fecha, a grandes estructuras de pequeñas capillas con mármoles y
Recordatorios. Anónimo Papel impreso 1920-1960 12,5 x 9 cm., 12 x 8 cm., 11,5 x 8 cm., 11,5 x 7,5 cm. y 10 x 5,5 cm. Colección Museo Etnográfico Provincial de León, Mansilla de las Mulas (León)
Recordatorio 1º Aniversario Imprenta de Cariñena Papel impreso 1897. 13 x 7,5 cm. Colección privada (Burgos)
Recordatorio Funeraria Viuda e Hijos de B. Matute Papel impreso 1920 13 x 7,5 cm. Colección privada (León) piedras talladas. Dentro de lo cotidiano de la sociedad se han indicado estos lugares con cruces metálicas, de forja o fundición, a la que se añadían placas de cerámica o porcelana, hierro esmaltado, con el nombre y datos del difunto. También pequeñas lapidas de mármol, con los nombres incisos y tallados y con pequeñas jaculatorias o palabras de recuerdo, están muy presentes en nuestros camposantos. La propiedad del lugar del cementerio suele ser pública, con un uso comunitario, respetando tiempos, pero no quita que familias pudientes desarrollasen elaborados y llamativos panteones, pudiendo existir la compra a perpetuidad del terreno.


Pero si hay algo que nos define y delimita el recuerdo es la esquela. La pública, que se exponía en la calle o se publicaba en la prensa y la personal, el recordatorio, que se entregaba a la familia y allegados, como recuerdo perenne del fallecido, con los datos de su partida, vivencias más significativas, profesión, años vividos, lugares e incluso fotografía pero, sobre todo, la súplica de rogar por el alma del finado, incluyendo oraciones y jaculatorias para su











salvación. Las esquelas públicas de los finados habían sido colocadas de forma que comunicasen a la sociedad la marcha de un ser así como el lugar de celebración de las exequias fúnebres. Estas esquelas se distribuían por los lugares públicos de la población, que normalmente estaban ya designados para tales anuncios. Si los posibles de la familia lo permitía, también se publicaba en los periódicos locales la esquela para su difusión. Posteriormente, la familia mandaba hacer los recordatorios del difunto, pequeñas tarjetas en las que, junto a la referencia del fallecido, se ruega una oración por el descanso de su alma. Estas tarjetas, de gran sobriedad con un marcado tono negro, se repartían a la familia y allegados, como recordatorio del fallecido, metidas en sobres blancos ribeteados de negro, creando una imagen inconfundible de su contenido. En las familias más acomodadas, además, se solía mandar recordatorios del cabo de año del difunto, indicando las misas y honras que se iban a llevar a cabo en conmemoración del aniversario, de la misma forma que se suele poner una esquela pública recordando el aniversario del fallecido.
Hay diferentes formas de dar noticia pública de los óbitos acaecidos. En algunas poblaciones es el alguacil, con su habitual forma de pregonero, el que se encargaba de recordar, los aniversarios, además de las noticias comunes del Ayuntamiento. En otras localidades, será el sacristán el responsable
Sobres de recordatorios Anónimo Papel impreso Siglo XX 9,5 x 4,5 cm. y 10,5 x 7 cm María Victoria Alonso Fernández Colección Museo Etnográfico Provincial de León, Mansilla de las Mulas (León)
Hijuela Agustin Melón Errero Papel manuscrito 1836. 31,8 x 22 x 0,5 cm. Javier Baro Treceño



Partija. Faustino Caballero y Ana Reguero. Papel manuscrito 1879. 31,5 x 22 x 1 cm. Javier Baro Treceño Carta de luto Luis Antolínez. Papel manuscrito 1926 19,5 x 15,5 cm. y 31 x 19,5 cm. Colección privada (León)

Testamento Agustín Melón Papel manuscrito 1836. 32 x 22 x 0,5 cm. Javier Baro Treceño
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Revista Nuevo Mundo, colección. Editores José del Perojo y Mariano Zavala Impreso sobre papel 1894-1933, año 1910-13. 28 x 20 cm. Colección privada (Castrojeriz, Burgos) de este cometido, soliendo a tocar una esquila, con la cual iba dando el recordatorio de los cabos de año, en ambos casos con previo pago de tal menester por parte de la familia, tal y como manda la tradición. Por otro lado, los medios de comunicación del momento también se hacían eco de la muerte, exponiendo de forma explícita la realidad de la misma, sin tapujos ni sensacionalismo. Ejemplos tenemos en las innumerables ediciones periódicas publicadas en nuestro país, como la revista Nuevo Mundo donde en su número 893 del año 1911 se muestra al finado y todo lo que rodea al proceso de la muerte, exposición y despedida del mismo. Este tratamiento natural de la muerte llegó incluso al hecho de realizar un número extraordinario sobre el asesinato, el 12 de octubre de 1912, de José Canalejas y Méndez, Presidente del Consejo de Ministros, mostrando su cuerpo inerte y el posterior Funeral de Estado.

Los muertos se van, pero son los vivos, muchas veces, los que no queremos que nos dejen y nos aferramos a su recuerdo. Por eso se crean elementos que ayudan a mantener la memoria de los seres queridos que han marchado, retratos especialmente enmarcados que presidirán las estancias de la casa más importantes;


Documento compra de coronas de difunto Anónimo Papel impreso y manuscrito 1896 32,5 x 22 cm. María Victoria Alonso Fernández Colección Museo Etnográfico Provincial de León, Mansilla de las Mulas (León)
Documento de enterramiento Anónimo. Papel impreso y manuscrito 1896, 21 x 15 cm. María Victoria Alonso Fernández Colección Museo Etnográfico Provincial de León, Mansilla de las Mulas (León)
fotos, en su mayoría en papel, aunque muchas veces también se pondrán sobre las lápidas y tumbas para mantener el recuerdo de su imagen, pero en emulsiones bicromatadas sobre cerámica para que durasen y resistiesen la intemperie. Unos casos muy interesantes son los marcos-vitrina, a modo de relicarios, pero sin ese sentido religioso, donde poder recoger y agrupar los recuerdos más personales del ser que nos ha dejado. Estos marcos-vitrina son muy singulares, ya que conservan elementos tan únicos como trozos de melena del finado, bien arreglados claro está, junto a fotos del mismo, con medallas, rosarios, escritos, pañuelos y pequeños objetos que le pertenecieron y que son fuente de su memoria. Se crea una especie de relicario personal, con elementos ligados directamente al difunto y al recuerdo dentro de su familia.
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Fotografía retrato de Esperanza Simón Burgos Melchor Santoyo Pérez (Astudillo – Palencia) Fotografía sobre papel, con marco original Siglo XX, año 1959 62 x 54 cm. Colección privada (Burgos) En relación a este tipo de recuerdos encontramos algunos testimonios significativos, como los que podemos ver en el libro Disquisiciones Galanas, donde se recoge un testimonio en Covarrubias (Burgos) de una moza que muere con dieciocho años y la amortajan con unos buenos pañuelos, pero antes de enterrarla se los quitaron todos por miedo a que fueran a buscarlos. En este mismo libro se recoge un poema de Gabriel y Galán (1870-1905) que habla de la hija del sepulturero y la ropa que lleva: “¿Qué tendrá la hija del sepulturero, que con asco la miran los mozos que las mozas la miran con miedo cuando llega el domingo a la plaza y esta el bailoteo como el sol de alegre vivo como el fuego? No parece sino que una nube se atraviesa delante del cielo
no parece sino que se anuncia que se acerca que pasa un entierro una ola de opacos rumores sustituye al cerril charloteo se cambian miradas que expresan recelos y el ritmo del baile se torna más lento y hasta los repiques alegres y secos de las castañuelas callan un momento
Un momento no más dura todo
más ¿Qué será aquello que da falsas notas la gaita por hacer un gesto