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INSTITUTO D’AMICIS S.C
ESTRUCTURAS Y PROCESOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES
La presente política detalla procesos que se llevan a cabo en el Instituto D’Amicis S.C. para su elaboración se contó con la participación de un Comité de Inclusión integrado por personal del colegio, mismo que revisó y discutió aspectos que permiten mejorar los procesos de la educación inclusiva según los documentos de elaboración de política de Inclusión sugeridos por el Bachillerato Internacional.
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La información derivada de los procesos de atención para los alumnos con alguna Barrera para el aprendizaje en cualquiera de los programas del Bachillerato Internacional PEP, PAI PD y POP que se imparten en el Instituto D’Amicis S.C. es confidencial y solo puede ser revisada por el Departamento Psicopedagógico, Dirección de la sección y Dirección General además de los padres de familia o tutores legales previo acuerdo por escrito.
LINEAMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ATENCIÓN DE ALUMNOS EN EL INSTITUTO D’AMICIS S.C.
En el Instituto nuestra prioridad es la atención y una educación de calidad que brinde acceso al currículo para todos, por tanto la admisión deberá centrarse en una valoración completa inicial que refleje las necesidades de los alumnos que deseen ingresar. Sobre todo de aquellos que presenten necesidades específicas de aprendizaje, logrando con esto brindarles las oportunidades de desarrollo convenientes a cada caso. Por el contrario, si esta valoración arroja necesidades que la institución no pueda cubrir, se comentará con los padres y se decidirá en conjunto en favor del alumno.
La admisión de los alumnos está sujeta a un análisis detallado por parte del departamento psicopedagógico y la dirección de la sección, en donde se consideran las necesidades del alumno, el compromiso de los padres, la disponibilidad de cupo y los apoyos disponibles que puede otorgar la institución. Este análisis se realiza con la finalidad de dar atención de calidad a todos nuestros alumnos. Se encuentran más detalles en la Política de Admisión.
La comunidad del Instituto está comprometida con el desarrollo de nuestros alumnos, es por esto que los docentes y los padres de familia deberán llegar a acuerdos en donde se expliquen las responsabilidades, compromisos y acciones que se llevarán a cabo a favor de cada alumno que necesite un apoyo más específico. Como parte de estos procesos se solicita a los padres de familia que conozcan y firmen el siguiente reglamento de canalización, mismo que fue analizado por los departamentos
Psicopedagógicos de todas las secciones con la finalidad de unificar criterios de canalización a través del continuo de programas del IB.
Reglamento de Canalización al Departamento Psicopedagógico para su uso en todos los programas y secciones. (EN CONTINUO)
1. Las integrantes del Departamento Psicopedagógico pueden entrevistar y observar a mi hijo en diferentes situaciones dentro del contexto escolar. 2. De ser necesario se realizará una evaluación exploratoria para determinar las barreras y/o necesidades específicas que presente el alumno. 3. El Departamento Psicopedagógico dará recomendaciones, sin embargo regido por nuestra política inclusiva institucional, no se dará ningún tipo de diagnóstico. 4. El Departamento Psicopedagógico no trabajará periódicamente con el alumno, es decir, no dará terapia de rehabilitación, psicológica o emocional. 5. El Instituto no tiene convenio con ningún especialista externo, clínica o centro, ningún miembro de la comunidad recibe algún tipo de remuneración a consecuencia de la canalización. El Departamento podrá sugerir especialistas externos en caso de solicitarlo, sin embargo la decisión y responsabilidad del trabajo externo es del padre o tutor. 6. Las especialistas que integran el Departamento, no ofrecen terapia externa a ningún alumno que pertenezca a su sección. 7. La información proporcionada al Departamento Psicopedagógico es confidencial, únicamente las direcciones tienen acceso a los expedientes de los alumnos y solo en caso necesario se revisan junto con la responsable del grado. 8. Queda prohibida la grabación en cualquier formato de alguna sesión o reunión sin el acuerdo de ambas partes.