Revista Bienes Comunes Edición No. 10

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GERMÁN MOLANO BAQUERO Presidente MARTHA ALVARADO ÁLZATE Vicepresidente HÉCTOR GARZÓN DÍAZ Secretario General NELSON ROMERO ROMERO Tesorero FRANCISCO MARTÍNEZ ZORRILLA Vocal LUIS EDUARDO GARCÍA Vocal GONZALO SUÁREZ ÁVILA Revisor Fiscal GLORIA INES RUSSI B. Administración y Publicidad CRISTIAN VARGAS P. Diseño y Diagramación GUSTAVO RUSSI Fotografía JACQUELIN CONTRERAS Redacción

www.caphbogota.com colegiophbogota@gmail.com Septiembre 2013


EDITORIAL

Carta del Presidente..................................................................P6 Por Germán Molano

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NORMATIVIDAD

La Ley Que Regula El Régimen De Propiedad Horizontal..............P7 Por Didier Flórez Gaitán

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RELATOS

De Colecciones A Historias, De Museo A Patrimonio..............P11 Por Jacqueline Contreras

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PORTADA

Entre Libros Y Sueños.............................................................P14 Por Jacqueline Contreras

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ENTREVISTA

Jorge Forero Ruíz Gerente Prohorizontal Sociedad SAS.....P22 -----------------------------------------------------------------------------------


EDITORIAL

CARTA DEL

PRESIDENTE POR GERMÁN MOLANO BAQUERO

¿CUAL CIVILIDAD? La participación de todos los actores en los asuntos de un edificio o conjunto residencial no debe ser voluntaria sino obligatoria. La falta de los sentidos de pertenencia y solidaridad nos conduce a mantener dividida la comunidad y generar con ello todos los riesgos y peligros posibles frente a situaciones tan graves como la ocurrida en un edificio de estrato económico alto de la ciudad capital en el cual, una persona realiza un reclamo a otra persona por la perturbación a la tranquilidad de los vecinos y el resultado de ello hoy, es una acusación por el delito de homicidio y el luto y dolor de las personas allegadas al vecino que hoy descansa en paz. Las normas de orden policivo, de propiedad horizontal y del reglamento de un edificio o conjunto residencial que deben ser cumplidas por los usuarios del régimen especial, y que de acuerdo con ellas los organismos como la asamblea general de copropietario, consejo de administración, comité de convivencia, y administrador, permiten velar por que la convivencia sea uno de los pilares de la buena calidad de vida que todos buscamos al interior de esas construcciones. La omisión de todos los usuarios, residentes y directores y administradores de la persona jurídica de la propiedad horizontal de los edificios o conjuntos residenciales puede concluir en responsabilidades para quienes se hacen los de la vista gorda y abandonan a su suerte la convivencia ciudadana. Los arrendadores se preocupan únicamente por la capacidad de pago de quien quiere residir en una unidad privada, y omiten preguntar por los antecedentes de convivencia en la propiedad horizontal. Preguntamos, si los copropietarios y usuarios, el administrador, el comité de convivencia y el consejo de administración y aún el revisor fiscal de un edificio o conjunto residencial, cumplen a cabalidad con lo dispuesto en el reglamento de propiedad horizontal y acuden en forma oportuna a mediar o controlar los brotes de perturbación que surgen en la cotidianidad para obtener lo que tanto se persigue en la comunidad, la paz. Se ha atosigado a la comunidad con las normas de propiedad horizontal, pero no se ha obtenido con ello ningún signo de compromiso frente al respeto por el derecho de los demás: estamos en deuda con la ciudadanía usuaria de edificios y conjuntos residenciales.

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LA LEY

QUE R E GULA EL RÉGIME N DE

PROPIEDAD HORIZONTAL POR DIDIER FLÓREZ GAITÁN Doctor en Derecho y Ciencias políticas Universidad La Gran Colombia. Abogado especializado en Derecho de Familia Universidad Libre de Colombia. Especialización y Diplomado en derecho de Policía. Ex Consejo de Justicia de Bogotá, máximo organismo de administración de justicia policiva en el Distrito Capital, desde el año de 1980 a 2003, decidiendo las apelaciones de los conflictos de policía suscitados en las diferentes actuaciones de policía establecimientos de comercio, espacio público y régimen de obras y urbanísimo, en las Inspecciones de Policía y Alcaldías Locales de Bogotá D. C. Conferencista, Docente, Instructor de talleres en las áreas de Derecho Policivo y Administrativo Policivo, a nivel Distrital y Nacional, en las Instituciones: Universidad Santo Tomás. Policía Nacional escuela de posgrado. Miguel Antonio Lleras Pizarro. Universidad Católica de Colombia. Universidad del Rosario. Colegio de Administradores de Propiedad Horizontal de Bogotá.

Breve referencia histórica “La necesidad inmediata de establecer reglas sobre la propiedad horizontal, los estudiosos la ubican en los hechos sucedidos el día 9 de abril de 1948, cuando, a raíz de la destrucción de inmuebles, que se produjo ese día, hizo que este asunto que ya estaba en desarrollo en otros países, con la experiencia vivida en las 2 guerras mundiales, que se padecieron en el siglo pasado, dejara de ser un problema teórico y se convirtiera en una realidad de inaplazable regulación, en nuestro país. En efecto: había que solucionar, en forma rápida, el problema de vivienda de quienes se habían quedado sin ella, lo que, aunado al momento social por el que estaba pasando Colombia, que se traducía en la llegada a las ciudades de inmensos números de personas que vivían en el campo, fueron factores que contribuyeron a generar una gran presión por la tierra urbana, y buscar la manera de que con la menor utilización de la misma, se beneficiara el mayor número de personas. Además, aprovechando la reducción de costos de

construcción que se deriva de esta clase de soluciones de vivienda, en comparación con las individuales y aisladas. Los hechos del 9 de abril, pues, dieron como resultado que con la declaración del Estado de Sitio (Decreto 1239 de 10 de abril de 1948), se expidiera el Decreto 1286 de 1948, de fecha 21 de abril de 1948 “sobre el régimen de la propiedad de pisos y departamentos de un mismo edificio.” En los considerandos 2 y 3 de este Decreto, se lee: “2º. Que para facilitar la reconstrucción de los sectores afectados por los pasados sucesos, es necesario dictar normas encaminadas al fomento de la construcción de todo género de edificios; “3º. Que por falta de una legislación al respecto, en Colombia no se ha desarrollado el régimen de propiedad por pisos y departamentos de un mismo edificio, el cual en otros países ha permitido resolver en forma satisfactoria el problema de habitación de la clase media.”

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NORMATIVIDAD

Este decreto fue convertido, en el mes de diciembre de 1948, en la Ley 182 de 1948. En la Ley 16 de 1985 se acogió la teoría de la persona jurídica. Con esta teoría se trataron de superar los inconvenientes que contenía la teoría de la sociedad, que estaba siendo expuesta en ese momento. Sin embargo, esta teoría de la persona jurídica, dentro de la propiedad horizontal, entendida como una persona jurídica distinta de los copropietarios y dueña de los bienes comunes, para algunos presenta el problema jurídico de la forma jurídica de la adquisición de los derechos reales : el título y el modo. No obstante estos inconvenientes que le señalan es la que se impuso, no sólo en la Ley 16 de 1985, sino, también, en la ley 675 de 2001, artículo 32…” SA LA P L ENA DE L A CORTE CONSTITUCIONAL. < SENTENCIA C-318 DE 2002. Referencia: expediente D-3771 Inconstitucionalidad en contra de los artículos 1, 3, parcial, 32, parcial, 37, parcial, 39, parcial, 42, parcial, 43, parcial, 44, parcial, 45, parcial, 47, parcial, 49, parcial, 50, parcial, 51, parcial, 53, parcial, 58, parcial, 59, parcial, y 62, parcial, de la Ley 675 de 2001 < SENTENCIA C-488/02. Referencia: expediente D-3823 Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 86 (parcial) de la Ley 675 de 2001 < SENTENCIA C-522 DE 2002. Referencia: expediente D-3830 Revisión de constitucionalidad de los artículos 3º, 25 y 37 (parciales) de la Ley 675 de 2001. Todos han sido declarados EXEQUIBLES. Ahora bien, la ley 9 de 1989 conocida como ley de reforma Urbana, señala que las regulaciones urbanísticas cumplen una función social y ecológica. Tienen como propósito la ordenación y planificación del desarrollo urbano y el crecimiento armónico de las ciudades. El fin de garantizar una vida adecuada a las personas que las habitan, teniendo en cuenta no sólo los derechos individuales sino también los intereses colectivos en relación con el entorno urbano.

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Y es por ello que se regula la propiedad horizontal, se establecen normas que reglamentan la construcción de viviendas. La ley 675 de agosto 3 de 2001 derogó las leyes 182 de 1948, 16 de 1985 y 428 de 1998, la cual regula el régimen de propiedad horizontal. En materia de régimen de obras y urbanismo, es de gran importancia saber por parte de los copropietarios o residentes de la propiedad horizontal de edificios, conjuntos residenciales y comerciales, según sea el caso, en donde se incluyen los derechos, deberes y obligaciones que permiten el ejercicio libre del dominio de las unidades privadas, como de las áreas comunes, que cuando pretendan hacer reformas o ampliaciones sin la autorización de la Junta de Copropietarios, la licencia de las Curadurías Urbanas, y donde no existan de Planeación Distrital, cuando estas sean necesarias, se harán merecedores a cuantiosas multas sucesivas, impuestas por los Alcaldes o sus delegados, en Bogotá D. C., la competencia está en cabeza de los Alcaldes Locales (20 localidades), en primera instancia y en segunda instancia del Consejo de Justicia, máximo organismo de administración de justicia policiva en el Distrito Capital, (acuerdo 36 de 1962 y acuerdo 79 de 2003 artículo 189, Código de Policía de Bogotá). El artículo 75°de ley 675 de 2001, señala en que eventos se necesita la autorización de la Junta de Copropietarios y la licencia correspondiente, para reformas, normas arquitectónicas y ampliaciones. 1. Las reformas de las fachadas y áreas comunes. 2. Así como las ampliaciones, dentro de los cánones vigentes. < a. Requerirán la autorización de la Junta de Copropietarios. < b. En todo caso será necesaria la licencia correspondiente de la autoridad municipal competente. Si el responsable de las reformas o ampliaciones no cumple con los dos requisitos citados, se hace acreedor a las siguientes multas. (Ley 810 de 2003 modifica la Ley 388 de 1997 en materia de sanciones urbanísticas y algunas actuaciones de los curadores urbanos y se dictan otras disposiciones.) 1. Multas sucesivas por Obra sin Licencia. Entre 10 y 20 salarios mínimos legales diarios vigentes, por metro cuadrado de intervención sobre el suelo o por metro cuadrado de construcción según sea el caso.


NORMATIVIDAD

2. Multas sucesivas Obra No se ajusta a la Licencia. Entre 8 y 15 salarios mínimos legales diarios vigentes. Por metro cuadrado de intervención sobre el suelo. O por metros cuadrados de construcción según sea el caso. 3. Multas sucesivas cambio de uso. Entre 8 y 15 salarios mínimos legales diarios. Las multas impuestas una vez en firme, prestan merito ejecutivo, se persiguen por la vía persuasiva acuerdo de pago en la correspondiente Alcaldía, si no se logra en un término de cuatro meses, se envía a la Oficina de Ejecuciones fiscales para su cobro por jurisdicción coactiva si es del caso.

Ahora bien, la ley 9 de 1989 conocida como ley de reforma Urbana, señala que las regulaciones urbanísticas cumplen una función social y ecológica.

Cuando las reformas o ampliaciones no se pueden legalizar, no se obtiene la autorización de la Junta de Copropietarios, por tanto la Curaduría o Planeación Distrital no concede la licencia, la sanción que se impone es la Demolición total o parcial de las obras desarrolladas sin Licencia. O de la parte de las mismas no autorizada. O ejecutada en contravención a la Licencia. A costa del interesado, pudiéndose cobrar por jurisdicción coactiva si es del caso. Cuando sea evidente que el infractor no se puede adecuar a la norma. La citada norma, dispone: 3. Cuando se haga reformas internas en los inmuebles privados. Que no incidan en la estructura y funcionamiento de la Unidad Inmobiliaria Cerrada. No requerirán de autorización previa por parte de los órganos Administradores. Es así, que cuando se haga reformas internas en los inmuebles privados, que no incidan en la estructura y funcionamiento de la unidad inmobiliaria, se denominan reparaciones locativas, las cuales tampoco requieren de licencia por parte de las Curadurías Urbanas o de Planeación Distrital, para lo cual si existen dudas respecto de las obras requieren o no licencia se puede solicitar a dichas entidades un concepto.

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NORMATIVIDAD El artículo 8° de la Ley 810 de 2003, dispone: “Reparaciones locativas. Las reparaciones o mejoras locativas, consideradas como aquellas obras que tienen como finalidad mantener el inmueble en las debidas condiciones de higiene y ornato, sin afectar su estructura portante, su distribución interior, sus características funcionales y formales, y/o volumetría no requieren licencia de construcción… ”Por su parte, el Código de la Construcción del Distrito Capital, Acuerdo 20/95, artículo G.2.2.1.1. Determina: El término “alteraciones menores” significa pequeños cambios o reparaciones comunes en una edificación o parte de ella, que no afecta la salubridad. La seguridad estructural. O la seguridad contra el fuego. De otra parte, incluye renovaciones de elementos existentes en las edificaciones, con materiales o repuestos equivalentes. Este tipo de trabajos puede llevarse a cabo sin necesidad de obtención de licencia o permisos.

Están incluidas dentro de las reparaciones locativas, entre otras, las siguientes obras: el mantenimiento, la sustitución, restitución o mejoramiento de los materiales de pisos, cielorrasos, enchapes, pintura en general, y la sustitución, mejoramiento o ampliación de redes de instalaciones hidráulicas, sanitarias, eléctricas, telefónicas o de gas. Sin perjuicio de lo anterior, quien ejecuta la obra se hace responsable de:

No requerirán licencia de construcción

las reparaciones o mejoras locativas a que hace referencia el artículo 8° de la Ley 810 de 2003

Ejemplos: Sustitución de tuberías. Reparación de Cubiertas. Cambio de Acabados. Levantar el techo para reparar las goteras. Cambiar algunas ventanas su respectivo marco de metal. Remplazar la puerta. Levantar los pisos. Cambiar el sanitario, enchapar el baño, la cocina, entre otros.

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“Artículo 10. Reparaciones locativas. Se entiende por reparaciones o mejoras locativas aquellas obras que tienen como finalidad mantener el inmueble en las debidas condiciones de higiene y ornato sin afectar su estructura portante, su distribución interior, sus características funcionales, formales y/o volumétricas. No requerirán licencia de construcción las reparaciones o mejoras locativas a que hace referencia el artículo 8° de la Ley 810 de 2003 o la norma que lo adicione, modifique o sustituya.

Otra normatividad a tener en cuenta es Decreto Nacional 1469 de 2010 (Abril 30), dispone:

1. Cumplir con los reglamentos establecidos para la propiedad horizontal y las normas que regulan los servicios públicos domiciliarios. 2. Prevenir daños que se puedan ocasionar a terceros y en caso de que se presenten, responder de conformidad con las normas civiles que regulan la materia…” Espero que este artículo contribuya a dilucidar algunas dudas sobre las obligaciones de los copropietarios frente a las áreas comunes y sus unidades privadas cuando se pretendan hacer reformas sepan que deben hacer antes de iniciarlas y no tener la disculpa del desconocimiento de la ley.


DE COLECCIONES A HISTORIAS, DE MUSEO A PATRIMONIO Una joya arquitectónica, una colección de historia, un museo… El Museo Nacional Por Jacqueline Contreras


RELATOS Salvaguardando toda la historia contenida en la diversidad de piezas que pueden ser contempladas bajo cada una de sus salas, el patrimonio cultural resguardado en el Museo Nacional de Colombia hace parte fundamental del testimonio de la trayectoria y las narraciones del curso de la nación creciente; en aquel entonces, nuestro Libertador Simón Bolívar, Presidente de la República por aquellos tiempos, decidido firmemente, envió en diciembre de 1821 al Vicepresidente Francisco Antonio Zea en busca de apoyo económico y científico, además de fijarse el objetivo de generar el reconocimiento europeo del nuevo Estado de Colombia, que se encontraba conformado por la antigua Capitanía General de Venezuela, el Virreinato de Nueva Granada y la Audiencia de Quito.

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Instalado en Europa y con el fin de contratar una comisión científica, Zea solicitó la colaboración del Barón Cuvie para llevar a cabo entonces la búsqueda de aquellos personajes osados, que contribuyeran activamente a la fundación de un recinto cubierto del matiz de los procesos que primaban por aquel entonces en temas de ciencia, naturaleza y agricultura, las artes y el comercio, como fuentes primarias del progreso en la joven nación; para tal efecto, se esperaba también, que a través de estos hombres se pudiera recuperar gran parte de los adelantos científicos de la Real Expedición Botánica del Nuevo Reino de Granada.


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Tras el exitoso viaje y de regreso a Bogotá el 28 de julio de 1823, finalmente y a favor de esta iniciativa el Congreso expidió la Ley de creación del Museo Nacional, denominado en su nacimiento como Museo de Historia Natural y Escuela de Minería. Desarrollando con dedicación su labor, el equipo de científicos se posicionó inicialmente en la antigua Casa de la Expedición Botánica, también conocida como Casa de los Secuestros y que fue construida en el siglo XVIII; para el 4 de julio de 1824 se declara oficialmente creado el Museo, anuncio dado orgullosamente por el Vicepresidente de la República, General Francisco de Paula Santander. Recorriendo las instalaciones de estos antiguos aposentos, se pueden divisar algunos salones especiales destacados para la época; tras ocupar dos salas de la Casa Botánica, estas fueron destinadas una para las colecciones de zoología, mineralogía y botánica, y a su vez otra para los objetos de historia, ciencias y arte; necesariamente también se realizó la instalación de un laboratorio químico, una sala de dibujo y una litografía. Cabe recordar, que aquella Casa de la Expedición Botánica no fue la única que albergó cada una de las reliquias pertenecientes a esta historia patria, antes de posicionarse en su lugar definitivo, el hoy conocido como Museo Nacional fue instalado durante 123 años en diversos lugares entre 1823 y 1946 debido a la cambiante situación política por la que atravesó Colombia, dentro de estos cabe mencionar: una sala del edificio de las Secretarías del Interior y de la Guerra; el cuarto piso del edificio Pedro A. López -hoy Ministerio de Agricultura- en donde se destinaron ocho salas para diversas colecciones; bajo aquel edificio se desataron un sinnúmero de contratiempos que pusieron su existencia en tela de juicio y por ende a su defensa, grandes personalidades de la época manifestaron voluntades firmes que contribuyeron a que este se conservara y no se convirtiera en un relato más, esfumado en la historia; por otra parte el Museo también ocupó posteriormente el primer piso del edificio de Las Aulas que compartía con la Biblioteca Nacional, adicional a ello también se dio lugar en el edificio denominado Pasaje Rufino Cuervo -hoy desaparecido- tiempo durante el cual el número de colecciones albergadas creció considerablemente; bajo lo anterior y durante las primeras décadas del siglo XX gracias a recursos y fondos propios el Museo Nacional dio

origen a otros museos especializados que albergaron en su interior diversas colecciones. 1850, fue el año en el que Thomas Reed diseña los planos del complejo arquitectónico que deslumbraría con su historia y encanto en la actualidad a cada visitante de la sede definitiva del Museo Nacional, para aquel entonces se destinaría a ser una penitenciaría del Estado de Cundinamarca; sin embargo, no fue sino hasta el 2 de mayo de 1948 que el Museo Nacional abrió sus puertas bajo la edificación que se conocía como “el Panóptico”, todos y cada uno de los prisioneros que hasta entonces eran reclusos del mismo fueron trasladados a la nueva Cárcel de La Picota; dentro de esta historia llena de cambios y luchas por conservar los recuerdos palpables de la nación, fue necesario restaurar la estructura inicial de la construcción y adecuarla para que fuese el pasillo histórico de una nación cambiante, albergando entonces tres líneas importantes en su interior: en el primer nivel el “Museo Arqueológico y Etnográfico”; continuando con la trayectoria, en el segundo nivel el “Museo Histórico” y finalmente en el tercer nivel el “Museo de Bellas Artes”. Luego de años de incansable lucha por conservar y enriquecer el Museo Nacional de Colombia, se puede disfrutar de un recorrido lleno de la magia de cada colección y cada exposición; gracias a su instalación en esta magnífica obra de la arquitectura Bogotana y a partir de 1948, el Museo floreció tras desarrollar una gran variedad de actividades culturales que le permitieron enriquecer la ciudad y posicionarse por aquel entonces como el centro cultural más activo de la capital. Con el fin de darle a este un carácter más pedagógico, durante los años de 1976 y 1977 el edificio fue restaurado y readecuado bajo lineamientos de estilo contemporáneo, a partir de entonces se han desarrollado diversos procesos de restauración (programadas periódicamente hasta el año 2000). Finalmente transeúntes propios y extranjeros pueden gozar de la majestuosidad e imponencia de sus muros, sus colores, sus brillos e inquietantes historias que cautivan a quien recorre cada pasillo y se permite traspasar los hilos del tiempo, para viajar entre matices culturales del que hoy abre sus puertas a eventos de talla internacional y consigue ser parte irremplazable del patrimonio de toda una nación. 13


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Por Jacqueline Contreras

ENTRE LIBROS

Y SUEÑOS

El majestuoso Centro Cultural Julio Mario Santodomingo, otra ilusión arquitectónica y cultural para la ciudad de Bogotá. El sueño tejido y edificado por Daniel Bermúdez, arquitecto colombiano quien bajo su ingenio ha contribuido al desarrollo urbanístico de la ciudad con grandes proyectos como el diseño de la biblioteca de El Tintal, nos deslumbra hoy con otro de los suspiros para aquellos que, entre los cimientos de alguna biblioteca dan rienda suelta a su imaginación; calificada como la biblioteca más grande de Bogotá, el Centro Cultural Julio Mario Santodomingo abrió sus puertas a la ciudad el 26 de mayo de 2010; desde entonces y con un área de total de 23.000 metros cuadrados, la megabiblioteca hace parte del proyecto Bibliored, creado en 1998 y al cual hacen parte las otras tres obras que enriquecen los espacios de la capital: El Tintal, la Virgilio Barco y el Tunal. Ubicada al norte de la ciudad, la construcción de la biblioteca pública y centro cultural fue posible gracias al grandioso aporte de la familia Santodomingo, tras realizar una donación que posteriormente llevaría a cabo una ilusión literaria, cultural y recreacional para muchos, la ejecución de este proyecto permitiría darle a la ciudad nuevamente aquel matiz de un espacio enriquecedor, espacio que desde el inicio de su construcción en 2007 ha permitido a cada ciudadano gozar de más espacios públicos dignos de contemplar no solo a nivel local; dentro del proyecto y bajo la coordinación integral de BibloAmigos quien junto a las entidades más importantes del sector distrital, tal es el caso de la Secretaría de Educación, el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, el Departamento Administrativo de Planeación Distrital, la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, el Instituto Distrital de Recreación y Deporte y el Instituto de Desarrollo Urbano, se hizo posible el cumplimiento de la meta inicial del proyecto Bibliored: la construcción de una amplia red de bibliotecas que permitiera la

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integración y articulación de las mismas, a su vez el cubrimiento de gran parte del territorio y por ende la posibilidad actual de revestir la ciudad con espacios alternativos para el refuerzo educativo y cultural de la población. Y… ¿Qué fuese de una ciudad sin bibliotecas? Podríamos preguntarnos muchas veces sin poder imaginar la magnitud de esta inquietud; sin embargo, en este preciso instante podríamos imaginar quizá un entretenido paseo por Bogotá, podríamos también incursionar en su paisaje, en cada lugar que evoca los mejores momentos al transeúnte y así disfrutar de la imponente pero a su vez cálida arquitectura moderna, en la que hacen presencia los recintos que desde gran parte de la historia de la humanidad han sido la cuna de los relatos de cada hombre al pasar del tiempo… Aquellas bibliotecas que así como en tiempos de antaño conformaban parte fundamental del saber y del compartir el conocimiento, hoy en día nos permiten seguir el hilo de un sinfín de narraciones una y otra vez, viajar por el tiempo, el espacio, por lugares conocidos y mejor aún, recorrer aquellos que aunque no hayan sido visitados puedan ser descritos bajo la magia del lenguaje y la narración.

Que afortunado se puede ser, al disfrutar del mundo mágico de la lectura y de cada uno de los sabores que nos regala cada palabra y cada autor; ahora bajo su cubierta, el Centro Cultural Julio Mario Santodomingo nos concede espacios dotados de un sinnúmero de recintos enriquecidos para cada tipo de lectura y por ende para cada lector. Dentro de sus diez salas especializadas, esta megabiblioteca cuenta con tres salas dedicadas a los más pequeños, llenando sus espacios del encantamiento que ofrece la imaginación cuándo se es niño, la Bebeteca, la Sala infantil y la Ludoteca consiguen fascinar a quienes se sumergen en la fantasía del saber, de la lúdica como método eficaz de aprendizaje y ¿por qué no?, ausentarse de la realidad para soñar con aquellos personajes que recrean los mundos lejanos en donde todo es posible, fábulas, cuentos, risas y juegos hacen parte de los puntos diseñados para la población infantil que desee dar rienda suelta a su imaginación. Recorriendo este amplio centro cultural, podemos descubrir otras adecuaciones de sus instalaciones, esta vez dirigidas a 17


jóvenes y adultos con entretenidos matices que permiten a esta otra clase de soñadores enriquecer su mundo imaginario con diversos espacios como la Sala General de Lectura, la Sala de Internet y Multimedia, la Sala Bogotá, la Sonoteca y la Videoteca; en cada una de estas, el visitante puede hacer uso de un ambiente virtual que le permitirá a su vez, acceder a contenidos relacionados con los servicios de información y usos de cada espacio, cada herramienta y cada oportunidad de ampliar no solo los horizontes informativos sino de forma didáctica sus componentes culturales. La búsqueda de la información y el desarrollo cultural han hecho parte fundamental de la evolución del ser humano; más allá de ello, la recreación de imaginarios y fantasías han permitido el diseño de un mundo en cuyo reflejo encontramos mil posibilidades de comunicación y con estas, otras alternativas para ahondarse en el universo de los pensamientos, las opiniones, las descripciones y todas aquellas fuentes de inspiración que pueden plasmarse en los diversos textos y formas de expresar para que sean fijados en el tiempo los sentimientos, las vivencias y la sabiduría del ser. Es así, como detenidos en la actualidad se pueden contemplar las bibliotecas públicas y reconocer en ellas la importancia de su existencia, de su asombrosa presencia cubriendo bastos espacios de la ciudad y de toda una sociedad; dentro de ellas no se distingue raza, edad o incluso nivel social, simplemente el llamado de la curiosidad, del sentir y del pensar.

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Que afortunado se puede ser, al disfrutar del mundo mágico de la lectura y de cada uno de los sabores que nos regala cada palabra y cada autor...

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Pero, ¡no solo de libros se puede disfrutar!, este centro cultural ofrece otra variedad de espacios en donde la tecnología desempeña un protagónico papel, acompañada de herramientas multimedia que se disponen a llenar la mente y la imaginación de quien se sumerge entre las ventajas de disponer de tableros interactivos en las dos Aulas Múltiples y Salas de Capacitación; por otra parte, el mundo digital encontrado en esta megabiblioteca facilita equipos de videoconferencia, para eventos simultáneos en las cuatro bibliotecas mayores, sin dejar de lado los diversos puntos para la reproducción de video, compatibles con tecnología Blueray, además de la navegación por la red de internet desde cualquier punto de la biblioteca, accediendo a esta incluso desde cualquier ordenador personal o dispositivo móvil. No cabe duda de que aquel protagónico papel de cada avance tecnológico hace de estos recintos, lugares antes no imaginados y ahora realidades visibles y palpables. Por otra parte, no podríamos abandonar este grandioso recorrido sin antes abrir las puertas de uno de los espacios más brillantes de esta megaobra: el Teatro Mayor, un espacio adaptado para recibir más de 1200 personas y dotado con foso de orquesta, camerinos y vestuarios, sin olvidar que dispone de los más altos estándares de tecnología para llevar a cabo eventos que albergan desde ópera y zarzuela, hasta conciertos sinfónicos y de rock. Sin embargo, quizá en algún momento se requiera de espacios más íntimos, abiertos a eventos más personalizados, para ellos el centro cultural destinó el Teatro Estudio, un centro experimental o auditorio que da cabida a 300 personas aproximadamente y regala a sus visitantes la experiencia de regocijarse en una sala de exposiciones con iluminación focal, especializada para montajes de pintura, escultura y otras instalaciones artísticas.


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Finalmente y como parte del ingenio arquitectónico del que goza el Centro Cultural Julio Mario Santodomingo, cada soñador puede terminar su recorrido al contemplar otros elementos, ventajas y comodidades que hacen parte de el mismo, tal es el caso de una plazoleta principal de acceso, algunas zona de ejercicios, parqueaderos subterráneos con capacidad para más de 300 puestos y 7 para personas con limitaciones físicas, zonas verdes arborizadas, ciclo-parqueaderos, senderos contemplativos y por último mas no menos importante: un especial y muy bien dotado espacio para aquellos seres con discapacidad visual y auditiva que desde ahora y para siempre, podrán gozar de lecturas de pantalla bajo el software Jaws, máquinas inteligentes de lectura de los volúmenes e impresoras Braille. Despidiéndonos de la magia de recorrer entre libros y sueños, la biblioteca más grande de la ciudad de Bogotá, jamás se debe olvidar que la lectura enriquece el alma y el conocimiento, que cada historia puede fijarse en nuestro sentir y nuestro pensar para recordarnos que existirán siempre mil formas de expresar lo que con ansias se lleve en el corazón, para que el legado permanezca firme en el tiempo y los recuerdos no sean borrados, sino contados de generación en generación; visualizando así el ayer y fijándonos en el continuo pasar del tiempo en donde mágicos lugares como el Centro Cultural Julio Mario Santodomingo nos permitirán soñar siempre, nos permitirán viajar siempre, nos permitirán crecer siempre… Entre libros y sueños…

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La recreación de imaginarios y fantasías han permitido el diseño de un mundo en cuyo reflejo encontramos mil posibilidades de comunicación... 21


ENTREVISTA

JORGE FORERO RUÍZ GERENTE PROHORIZONTAL SOCIEDAD SAS

Consagrado a su labor, su amabilidad deja ver como la dedicación y el amor por su trabajo lo hacen todo un profesional dentro del campo de la administración de propiedad horizontal. Asociado al C.A.P.H. Bogotá D.C.

Prohorizontal, la firma que cuenta con un reconocimiento de más de 40 años dentro del mercado de administración de propiedad horizontal, se ha destacado siempre por ofrecer una amplia gama de servicios tanto a edificaciones corporativas, como residenciales y comerciales de gran trayectoria en la capital. A su cargo, se encuentra Jorge Forero Ruiz; quien bajo su amplia experiencia ha recorrido el mercado inmobiliario cubriendo eficientemente las demandas del mismo y en la actualidad nos comparte algo de su enriquecedora experiencia.

Teniendo en cuenta su historia profesional, podría indicarnos ¿Cuál ha sido su trayectoria y su experiencia dentro del campo de la administración de propiedad horizontal? A ver, mi trayectoria en la propiedad horizontal lleva 34 años, llevo ejerciendo la administración de edificios, he hecho montajes en edificios de administración de propiedad horizontal; hemos tenido contratos con Afidro, nosotros le hicimos el montaje de la palma 1, la palma 2; Florencia, con unidades de apartamentos hasta de 1360 unidades; hicimos un convenio hace muchos años con Colsubsidio, donde en cierta forma Colsubsidio nos pedía de que les enseñáramos a administrar en propiedad horizontal- y nos dieron cuatro agrupaciones en la Ciudadela Colsubsidio. Y desde ahí, arranca toda el bagaje y la experiencia que uno puede tener en propiedad horizontal… Desde la ley de 1948 hasta la ley actual.

¿A partir de qué necesidades dentro del mercado se crea la Administradora Prohorizontal S.A.S? Prohorizontal se creó básicamente hace 42 años, fue una empresa que nació de Luque Ospina y Compañía, cuando se dedicaban o todavía se dedica a arrendamientos, ventas,

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Jorge Forero Ruiz

avalúos, construcción en esa época… tenían algunos edificios que eran de propiedad horizontal, entonces Luque Ospina dijo: “hombre pues nosotros nos dedicamos es a otra gama inmobiliaria, entonces vamos a crear una empresa que se dedique única y exclusivamente a la administración de propiedad horizontal” en esa época se tenían creo que 5 edificios, el Banco de la Costa uno, Banco de la costa dos, que hoy son Colpatria… Y, dos o tres edificios más, se le dieron esos edificios a Prohorizontal y con esos nació la empresa.

¿Cuáles son los productos y/o servicios más destacados dentro de la Administradora Prohorizontal S.A.S? Los servicios que presta cualquier firma administradora, digamos que yo me atrevo a decir que son los mismos; uno dentro de la parte administrativa, dentro de la parte financiara y dentro de la parte operativa, Son informes gerenciales que se dan a las juntas administradoras, son informes gerenciales que se dan a la asamblea de coopropietarios y


ENTREVISTA

Edificio Bancafe - Bogota D.C

es mantener el edificio en toda su parte legal, tributaria, operativa, financiera Y demás aspectos que pueda tener la propiedad horizontal; siempre basados en la en la honestidad y en el buen desempeño, en el profesionalismo… Porque eso se encuentra de todo..

Teniendo en cuenta la trayectoria de la Administradora Prohorizontal S.A.S ¿Por qué trabajar administración de propiedad horizontal y especializarse en edificios corporativos?

¿Cuáles han sido los logros y metas alcanzadas más relevantes de la Administradora Prohorizontal S.A.S?

El objeto social de Prohorizontal desde su inicio fue la propiedad horizontal; dentro de la rama inmobiliaria trabajamos en edificios corporativos porque son más exigentes pero más fáciles de administrar, en estos edificios no tenemos los problemas que se tienen en los edificios residenciales como es el problema de convivencia, en este tipo de edificios hay otra clase de problemas que son menores; en edificios corporativos no tenemos problemas de servicio doméstico, no tenemos problemas con los perros, no tenemos absolutamente nada de eso. Entonces como le digo son más exigentes, la administración con ellos es más profesional, son edificios que uno

Pues las metas y logros, yo diría una sustancial, que es la fidelidad de los clientes, nosotros tenemos edificios acá y nos preciamos de de decirlo, a boca llena, Son edificios que llevan con nosotros 28 años, 23 años, 18 años... este año recibimos unos edificios; pero digamos en la gama del 90% de los edificios que están con nosotros llevan más de 10 años y todo pues creo yo, al buen servicio que les hemos dado.

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ENTREVISTA .................. puede manejar en una forma mucho más fácil pero obviamente bajo unos parámetros más estrictos, más jurídicos en todos los aspectos y más financieros.

¿Cuáles son las ventajas de contar con servicios como el de la administración de propiedad horizontal? La ventaja de contar con servicios como la administración de propiedad horizontal es que se regulariza el campo administrativo, hoy en día un 60 por ciento de las personas o bien trabajan o bien viven en propiedad horizontal, entonces bajo esos aspectos uno tiene que profesionalizar mucho ese campo sea para edificios de oficinas, sea para edificios de apartamentos, inclusive para centros comerciales, pues la ley de propiedad horizontal tiene que ir a la vanguardia y hoy creo que, la ley 675 del 2001 ya cumplió su ciclo y creo que las necesidades en todos los aspectos de propiedad horizontal tienen que cambiar.

¿De qué manera se trabaja la administración corporativa? La administración corporativa se trabaja de una forma muy estructurada, un edificio corporativo tiene una infraestructura donde va un administrador delegado, que generalmente tiene que ser un profesional en el área administrativa, o bien economista, o bien administrador de empresas, o bien un ingeniero industrial, o de pronto un contador, pero es un administrador delegado que tiene que ir muy preparado para decidir ciertos aspectos; lo otro es la parte operativa y la parte financiera, este tipo de edificios están muy estructurados en su manejo: sistemas de seguridad, jefes de seguridad, todo lo que no tienen los otros edificios; se asemejan mucho a los centros comerciales, lo que pasa es que en los centros

comerciales hay otros aspectos de publicidad, de mercadeo y todo que no lo tienen los edificios corporativos o de oficinas.

Dentro del campo de la gerencia, ¿cuáles cree usted que son los puntos claves para conseguir gerenciar una empresa de forma exitosa? Liderazgo, yo pienso que una de las cosas es el liderazgo, el buen ejemplo, el profesionalismo, la honestidad, siempre ir a la vanguardia, en lo que corresponde a conocimientos, a ejecutorias, ser en una palabra un líder ejecutivo…

Para concluir, ¿cuál es la tendencia actual en cuánto a la administración de propiedad horizontal y hacia donde apunta a futuro? Pues yo soy muy pesimista, bastante pesimista y en especial, con firmas de propiedad horizontal, con personas jurídicas de PH, porque prácticamente las empresas de propiedad horizontal están llamadas a desaparecer, hoy en día los edificios por tendencias económicas y demás están tendiendo a contratar personas naturales, no se puede competir en costos con personas naturales, la ley tributaria exige como persona jurídica, que inmediatamente presupueste un edificio ponerle 16% de IVA, se está encareciendo el servicio en un 16%, la persona natural no, entonces competir con tarifas es tremendamente imposible, los clientes se están despreocupando un poco del profesionalismo que debe tener esta actividad y lo están descuidando y estamos de pronto llamados a desaparecer. Si quiere conocer la entrevista completa por favor visite: www.caphbogota.com

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