una misma plaza. Si un trabajador eventual excede ese periodo, la administración responsable tendrá la obligación de cesarlo automáticamente si no quiere estar incurriendo en una irregularidad.
Indemnizaciones tras perder la plaza. El real decreto convalidado por el Congreso incorpora como principal novedad el derecho a indemnización para todos aquellos interinos, ya sean del cuerpo de funcionarios, personal laboral o estatutario. Esta compensación será de 20 días por año trabajado, con tope de 12 mensualidades.
¿Había indemnizaciones antes? No, hasta ahora el derecho a indemnización estaba limitado únicamente al personal laboral y si previamente había sido calificado como ‘indefinido no fijo’; lo que reconocía una situación de abuso de la temporalidad previa. Los funcionarios interinos y el personal estatutario interino (principalmente sanitarios) no tenían derecho a ella; tal como ratificó el Tribunal Supremo en una reciente sentencia. Más plazas vía oposiciones. El acuerdo incorpora una modificación sobre los procesos de oposición. El objetivo manifestado en público por el Ejecutivo es sacar 310.000 plazas para estabilización antes del 2025.
¿Qué requisitos son imprescindibles para cobrarla? Para el cobro de la indemnización solo se tendrá en cuenta la antigüedad de la última plaza ocupada por el interino. Y siempre que dicha relación haya sido continuada. Para cobrar la indemnización, el trabajador interino deberá presentarse previamente al concurso de oposición para tratar de consolidar la plaza que ya está ocupando como temporal. Si la consigue, no tendrá indemnización porque seguirá en la misma ya para siempre. Y si no supera el proceso, será entonces cuando reciba la indemnización.
Más control sobre las administraciones. El real decreto convalidado por el Congreso incorpora una serie de medidas que pretenden reforzar el control sobre los responsables de la administración y que estos cumplan con el contenido de la norma. Y así evitar que se sigan alimentado las altas bolsas de interinidad, que pese a ya ser ilegales antes de la aprobación de la norma, persistían por la falta de medidas de control y penalización. CUT
Las reformas laborales de 2010 y 2012 han supuesto que la cuantía media por trabajador haya descendido un 44,6%, si éste concilió con la empresa y evitó el juicio, y un 36,9% para los casos en que se tuvo que llegar a juicio. Las reformas laborales de 2010 y 2012 están resultando más dañinas para el trabajador de
lo que parecía en un principio. Los despidos son los “aspectos más lesivos” de la reforma laboral de 2012, cuya derogación negocian los sindicatos y la patronal con el Gobierno. El abaratamiento de estos despidos es uno de los puntos más polémicos en la reforma del PP, también la del PSOE en 2010.
Los despidos se han abaratado a la mitad
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Después de leer el comunicado que sacó la empresa, el malestar entre la plantilla es patente ya porque los pactos laborales negociados hasta ahora recogen subidas salariales del 1,5% en Aragón (hasta octubre) frente al incremento del 5,8% del coste de la vida. Y eso, para los trabajadores es difícil de soportar.
La propuesta económica que se lleva en la plataforma del convenio, es la alternativa para preservar el poder adquisitivo de los y las trabajadoras, además de que se cumpla la Ley, con al abono de los pluses en vacaciones.
El discurso de la CEOE, a la empresa Avanza Zaragoza no le sirve, puesto que esta empresa tiene garantizado el incre-
mento económico de su producción (km que realiza) en la misma proporción que el IPC. Además, el pliego de condiciones le garantiza un 8% del beneficio de todo el volumen de negocio hasta el 2023. Es por ello, por lo que la empresa debe de olvidarse de querer aumentar sus beneficios a costa de quitarnos derechos económicos y sociales a los trabajadores. Debería de ponerse a negociar con realismo, sabiendo que puede asumir las propuestas económicas de los trabajadores, e intentar cerrar la firma del convenio antes de que finalice este mes de diciembre, que este nuevo esfuerzo negociador que estamos realizando consiga que estás reuniones sean productivas y poder afrontar la firma de un convenio digno lo antes posible.
Se suspenden los paros del 6 al 10 de diciembre
En pro de la negociación del convenio.
El pasado día 19 de noviembre, el Comité de Huelga aprobó por unanimidad, la propuesta de CUT de enviar escrito al SAMA para que convocara a la empresa para retomar las reuniones de la Comisión Negociadora de convenio. Este escrito fue tramitado, desde SAMA se convocó a la empresa y hoy día, 3 se ha celebrado la tercera reunión. De estas reuniones hacemos la siguiente valoración:
En primer lugar, se ha atendido nuestro planteamiento de que participara en las reuniones de convenio, cargos del Grupo Avanza con poder de decisión. Hecho que ha sucedido y esperemos continúe siendo
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así, con el objetivo de dinamizar y dar fluidez a estas reuniones.
En estas tres reuniones se han alcanzado los siguientes acuerdos, recogidos en Acta del SAMA:
-Acuerdo definitivo en el manual de uso y comunicación SAE, añadiendo protocolo de indisposición los siguientes textos: “5.6 Llamadas por indisposición del conductor y/o conductora prestando servicio en el autobús.
En el caso de que un conductor/conductora se encuentre indispuesto durante la prestación del servicio, se pondrá en contacto con el centro SAE, el cual indicará que detenga el vehículo en un lugar seguro lo más próximo posible y le consultará si requiere que se
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