Informe CDH 2016

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INFORME CDH 2016

Panorรกmica de los Derechos Humanos


Dirección y textos Billy Navarrete Benavidez Fotos Vicente “Vicho” Gaibor, Efrain Castellanos y Billy Navarrete Diagramación Efrain Castellanos Impresión Impresos Annabel Foto de Portada: Rueda de Prensa en Casas Colectivas (Vicho Gaibor)

Es una publicación oficial del Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos, CDH Las opiniones que incluye esta publicación no representan la posición de sus auspiciantes. Guayaquil, diciembre de 2016


INDICE

PRESENTACIÓN VIVIENDA Y DESALOJOS FORZOSOS ......................................... 7 Caso Casas Colectivas de Gomez Rendón......................................8 Amenaza de desalojo forzoso y demolición de Casas Colectivas Síntesis de prensa Casas Colectivas, el buque en el centro de Guayaquil Testimonio de Ingrid, solicitante de asilo Caso Monte Sinaí......................................................................22 Demoliciones en Monte Sinaí Tribunal Internacional de Desalojos Carta de Unione Inquilini Caso Socio Vivienda 2 .............................................................. 31 MIDUVI allanó mi domicilio y se llevó mis cosas Desalojados de Socio Vivienda 2 para regresar al Suburbio MIDUVI me amenaza con desalojo sin derecho a nada MOVILIDAD HUMANA .............................................................39 Crisis regional por migración de ciudadanos cubanos................. 40 Llamado a los Estados de América Latina y el Caribe a garantizar los derechos humanos de las personas migrantes cubanas en la región Privación de libertad, incomunicación y deportaciones arbitrarias en Sala de Tránsito de Guayaquil ...............................50 Testimonios Refugiada denuncia abuso policial en La Troncal Venezolano homosexual y portador de VIH busca protección en Ecuador


CARCEL...................................................................................65 Preocupaciones sobre centros de privación de libertad de Guayaquil............................................................................66 Testimonios Discriminación a transexual Prohibición de visitar a esposo en cárcel Cateo íntimo Temo que mi sobrino muera en la cárcel INTEGRIDAD FISICA ................................................................73 Disculpas públicas por agresión de guardias privados Militar acusado de maltrato Centros de Deshosexualización TERREMOTO ...........................................................................77 Derechos Humanos en contexto de terremoto 19A Muisne, la isla del encanto y la desolación PRONUNCIAMIENTOS DEL CDH ...............................................83 Caso Fybeca Crisis en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos Designación de Defensor del Pueblo será inconstitucional y promoverá la impunidad Estado Ecuatoriano enfrenta crisis socio-ambiental con suspensión de derechos, militarización, allanamiento y detenciones Los acuerdos de comercio e inversiones deben someterse a los principios y normas de los tratados internacionales de Derechos Humanos El CDH exige revertir disolución de UNE


PRESENTACION El 2016 estuvo marcado por el terremoto que sacudió al Ecuador la noche del 16 de abril con epicentro en la población costera de Pedernales, siendo Manabi y Esmeraldas las provincias con mayor daño. El sismo dejó 663 fallecidos, miles de familias destruidas y ciudades en ruinas. En esas circunstancias traumáticas, sugió una enorme y expontanea fuerza solidaria que habiamos olvidado en el Ecuador. Desde diferentes lugares y sin distinciones sociales, grupos ciudadanos se autoconvocaron para reunir viveres y organizar caravanas de apoyo para los damnificados del terremoto. Paralelamente fuimos testigos del caos, autoritarismo y represión del Gobierno Nacional desbordado por la crisis y sin plan de contingencia para desastre de esta magnitud. Muchas lecciones quedan de la tragedia. Ejemplos de coraje como el mostrado por la comunidad de la isla de Muisne en Esmeraldas que, en ejercicio pleno del derecho a la resistencia, dijo "Aqui nos quedamos" frente a la cuestionada declaratoria de zona de riesgo de la isla y pese a que el Gobierno Nacional, en respuesta, dejó a la población sin escuelas ni casas de salud. Resiliencia de las familias que permanecieron en campamentos donados por ACNUR y otras que aún permanecen refugiadas en albergues improvisados en extremas condiciones de precariedad. Valor de la familia de Xavier Patiño, fallecido por la caida del puente de la Av de las Americas, que reclama indemnización por mala constrcción de obra y sin mantenimiento Municipal. En octubre el Ecuador fue sede de la III Cumbre Mundial de Habitat convocada por Naciones Unidad. El CDH desarrolló intensa agenda para visibilizar tendencias adversas a los Derechos Humanos en Guayaquil, especialmente las operaciones gubernamentales de desalojos forzosos ocurridas desde el 2013 hasta el 2016. En ese contexto, resaltamos la audiencia del Tribunal Internacional contra Desalojos realizada en Monte Sinai pese a arbitrario intento de desalojo ordenado por la Gobernación de la Provincia. La amenaza de desalojo forzoso de las familias de las Casas Colectivas de Gomez Rendón generó reacción de sectores sociales. Entre los aliandos, resaltamos a la Facultad de Arquitectura de la Universidad Católica Santiago de Guayaquil que aportó argumentos contra la demolición de bloques por su valor patrimonial y fuerte sentido cultural desde hace aproximadamente 70 años.

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La panorámica que brinda el presente informe incluye la situación de personas en condición de movilidad Humana. Concretamente recoge preocupaciones sobre deportaciones masivas sufrida por ciudadanos cubanos en julio del 2016 luego de violento desalojo, privación de libertad y negación del debido proceso por solicitar visa humanitaria. Otro elemento agravante en el periodo fue la negativa del Ministerio del Interior para diseñar de Protocolo Interinstitucional de Derechos Humanos en Salas de Tránsito Aeroportuarias donde se documentó deportaciones a personas refugiadas y precariedad durante indefinidos periodos de privación de libertad e incumunicación. El informe anual del CDH sobre violaciones a los Derechos Humanos ofrece una selección de hechos exhaustivamente documentados que levantan fundadas preocupaciones sobre la acción del Estado del Ecuador en perjuicio de personas en condición de vulnerablidad. El mayor beneficio que deja el presente informe es identificar cabalmente a grupos e individuos movilizados en defensa de sus derechos fundamentales. Guayaquil, diciembre 2016

Billy Navarrete Benavides Secretario Ejecutivo del CDH

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AMENAZA DE DESALOJO Y DEMOLICIÓN DE CASAS COLECTIVAS En marzo del 2016 las 350 familias que habitan en los bloques de departamentos conocido como “Casas Colectivas de Gómez Rendón” en Guayaquil, súbitamente conocieron por los medios de comunicación las declaraciones del Gobernador de la Provincia que anunciaban la intervención integral en el complejo. Es decir, la demolición o remodelación del lugar para levantar un centro de salud.

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Desde ese entonces, la directiva de inquilinos ha exigido formal y públicamente que las familias sean tomadas en cuenta en el plan de intervención, que se proteja a las personas de atención prioritaria, que se evite desalojo forzoso y que se reconozca el Derecho Humano a la seguridad de tenencia. Paralelamente sectores de la academia, artistas y arquitectos han solicitado que se reconozca el valor histórico, cultural y arquitectónico del complejo que data de la década del 50, el primero en su tipo en el país. Los inquilinos de las Colectivas de Gómez Rendón reconocen los problemas y el largo abandono que sufre el complejo habitacional de propiedad del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social - IEES por carecer de programas de regularización de ocupaciones, fortalecimiento comunitario y mejoras al

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hábitat. El IEES hace varios años dejó de cobrar las pensiones a los inquilinos, no dio seguimiento a la acción de la directiva de moradores y no brindó mantenimiento a los espacios comunales.

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La noche del 9 de mayo del 2016 estudiantes de la carrera de Administración Ingeniería en Marketing de la Universidad de Guayaquil realizaron censo psicosocial sin previo aviso a los moradores del sitio. Según el Gobernador de la Provincia, el censo realizado es la pieza técnica central para acceder a reubicación. El 29 de junio de 2016 el CDH fue convocado por funcionario del Área Seguridad Ciudadana y Orden Público de la Gobernación de la Provincia a audiencia sobre las Casas Colectivas en respuesta a pedido hecho por la organización el 12 de abril. Los funcionarios manifestaron que la orden de demolición del complejo está en curso para levantar hospital público especializado en diálisis, que a la reubicación solo podrán acceder las familias censadas previo pago de sus deudas acumuladas y que, con esa condición, puedan calificar al Plan Habitacional Socio Vivienda 2 al noroeste de Guayaquil. El 27 de septiembre de 2016, el Gobernador de la Provincia Ab. Julio Cesar Quñonez y la Directora del IESS en rueda de prensa anunciaron que desalojo y demolición de Casas Colectivas se realizará a finales de diciembre de 2016 Frente a lo documentado, el CDH señaló lo siguiente: Las actuales condiciones de ocupación irregular y deterioro físico del lugar se debe principalmente a la falta de atención y acompañamiento de la entidad propietaria del complejo.

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No hay justificación para tratar el caso de las Casas Colectivas desde una perspectiva antidelictiva y de seguridad ciudadana. Esta óptica discriminatoria y arbitraria resulta absurda como argumento único para que se ordene su desalojo y demolición. Los problemas de hábitat y los hechos delictivos merecen tratamiento diferenciado, selectivo y a cargo de entidades competentes. La autoridad provincial no ha mostrado públicamente evidencia técnica de la necesidad social de hospital especializado en diálisis en el sitio. El censo psicosocial realizado, pieza central en la intervención gubernamental, está incompleto por haberse realizado de forma sorpresiva. La directiva señaló que hay familias que no fueron entrevistadass. Por tratarse de afectación a Derechos Humanos, todos los inquilinos deben de gozar en todo momento, durante el proceso de intervención, de garantías al debido proceso, en especial el derechos a la defensa y participación a través de su directiva. El trabajo de entidades públicas debe proteger incondicionalmente a personas

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que requieren atención prioritaria y a familias tradicionales del complejo, que ahora incluyen al menos a tres generaciones que habitan el lugar. Es decir, no cabe requerimiento económico o pago de deuda para garantizarles acceso a vivienda segura a estas familias. La reubicación a Socio Vivienda 2 es contraproducente debido a graves problemas sociales que sufre ese sector y que reclama reformulación profunda y urgente para evitar estallido social en ciernes. Constituiría un agravante al tratamiento del caso de las Casas Colectivas por representar, a fin de cuentas, un castigo a estas familias y disminuir sus medios de vida. Recordamos que el desalojo debe ser siempre la última opción y siempre debe incluir Plan de Contingencia público y en acuerdo exhaustivo con familias reubicadas. Un numeroso grupo de familias están convencidas, unidas y entusiasmadas por recuperar el lugar donde han nacido varias generaciones y alberga a otras familias que no tienen dónde ir, entre ellas solicitantes de refugio, muchos niños y adultos mayores. Hasta la fecha de cierre de este informe no se ha ejecutado el desalojo y demolición anunciado. Guayaquil, 29 agosto 2016

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Síntesis de prensa sobre Casas Colectivas A continuación fragmentos de notas de la prensa nacional Anuncian intervención de casas colectivas del centro de Guayaquil Ayer, en medio del asombro de quienes habitan en los bloques, así como de quienes viven en los alrededores, el gobernador del Guayas, Julio César Quiñónez, anunció que se hará una intervención integral por ser este sitio donde priman la inseguridad y la insalubridad. “Las casas colectivas por muchos años han sido una verdadera problemática para el sector, se ha vuelto de una necesidad de habitabilidad a un foco de inseguridad y de insalubridad...”, sostuvo Quiñónez, quien llegó acompañado de Juliet Erazo, directora provincial del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), entidad dueña de los bloques. En los bloques hay microtráfico de droga, sostuvo Quiñónez, y en los alrededores atracos, según moradores, por lo que la Policía, a través de las unidades de inteligencia, está levantando información. El Universo 19 marzo de 2016 Análisis definirá si restaurar o demoler bloques El Gobierno, a través del gobernador Julio César Quiñónez, anunció ayer su intención de construir un centro de salud del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) en los terrenos hoy ocupados por las casas colectivas de las calles Gómez Rendón, Calicuchima, avenida del Ejército y José Mascote. En rueda de prensa, y acompañado por Juliet Erazo, directora provincial del IESS, entre otras autoridades civiles y policiales, Quiñónez señaló que la obra de un centro médico del IESS, propietaria de las casas colectivas, era una alternativa ante los pedidos de solución en torno al inmueble, intervenido por las problemáticas de inseguridad y microtráfico El Universo, 29 de marzo de 2016 Habitantes de casas colectivas llegaron al IESS “Queremos audiencia”, repetía un grupo de habitantes de las casas colectivas del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), mientras alzaba letreros que decían: “No al desalojo”, “No tenemos dónde vivir, necesitamos ayuda”, “Somos personas trabajadoras y humildes”. Sucedía ayer, a las 10:30, en los exteriores de la Caja del Seguro, en la av. Olmedo y Boyacá, centro de la ciudad. Unos 70 manifestantes habían llegado caminando desde los bloques de las calles Gómez Rendón y Antepara. Policías y agentes civiles de tránsito los habían escoltado durante el trayecto. Al llegar a la sede del IESS, un cordón

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policial custodiaba la puerta principal. El Universo 1 abril de 2016 Minga se realizó en las casas colectivas Los arrendatarios se han propuesto como objetivo mejorar la imagen de esta barriada. Dicen estar hartos que se los relacione con delincuentes y drogadictos. También buscan demostrar que ciertas autoridades se han equivocado, quienes afirman que la infraestructura del complejo habitacional representa un riesgo para los residentes. “Que resulta no apto para habitar, solo lo puede determinar el informe técnico, que hasta la fecha se concreta, al menos no lo conocemos”, manifestó el presidente de la Asociación de Moradores de las Casas Colectivas, Samuel Morán. Expreso 4 abril de 2016 Tienen 90 días para salir de bloques de casas colectivas A Kathy Viteri le preocupa que llegue diciembre, mes de Navidad y fin de año, y no tener un lugar dónde pasar las festividades con su familia. El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), a través de la dirección provincial, informó ayer que ella y otros 315 inquilinos tienen que abandonar las llamadas Casas Colectivas. La decisión de edificar una nueva unidad médica del IESS en el sitio de las Casas Colectivas tomó por sorpresa a Kathy Viteri y sus vecinos. Ninguno había sido invitado a la reunión, y esto se evidenció al inicio de la cita cuando el gobernador pidió que se invite a “los señores del sector, a los gestores de seguridad del sector”. María Eugenia Gómez y Samuel Morán, representantes de los habitantes, dijeron que ellos y sus vecinos esperaban la remodelación de las Casas Colectivas y que temen que la única opción de reubicación sea el plan habitacional Socio Vivienda, también intervenido por problemas de microtráfico y robo a personas. El Universo 28 septiembre de 2016 Casas colectivas de Gómez Rendón serán demolidas Las casas colectivas ubicadas en la calle Gómez Rendón serán demolidas para construir un centro médico materno infantil del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), aunque aún no hay la fecha para derrumbar los inmuebles.

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Sobre la postura del INP, en el sentido de que las casas colectivas tienen un valor histórico patrimonial, el Gobernador dijo que la decisión de demoler las viviendas “fue tomada entre todos”. El Telegrafo 29 septiembre de 2016 Réquiem por las Colectivas Florencio Compte Guerrero Poco ha importado el destino de las más de 300 familias que habitan el edificio, algunas por generaciones. Tampoco ha importado el deseo de esas familias de regularizar su situación, ni las obras de mejoramiento que han emprendido por cuenta propia ¿Han ocupado ilegalmente el edificio estas familias o es el IESS quien ha actuado de manera negligente al dejarlo a su suerte? A nadie parece importar el valor patrimonial del edificio. El primero con departamentos de interés social de alquiler, que se levantó en la ciudad en 1950, con proyecto del arquitecto guayaquileño Héctor Martínez Torres, quien lo diseñó tomando como referente soluciones similares que había visto en Londres, cuando cursaba sus estudios de posgrado en Urbanismo y Planificación Urbana. ¿Qué piensa de esto el Instituto Nacional de Patrimonio Cultural? ¿Cuándo se pronunciará la Municipalidad de Guayaquil?

Expreso, 6 octubre de 2016

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Las Casas Colectivas: el buque en el centro de Guayaquil Por Billy Navarrete Una nave, bastante descuidada por el paso del tiempo, se encuentra fondeada en medio de Guayaquil. Me refiero al legendario complejo de departamentos denominado Casas Colectivas, que parece ser un gran buque con 350 familias abordo rodeado por el inmenso mar urbano guayaquileño. Un viejo espejo roto o un extraño caleidoscopio humano que permite contemplar las aguas profundas de este puerto a orillas del rio Guayas. El buque fue construido en la década del 50 y nadie sabe con precisión cuando quedó a la deriva, sin capitán ni rumbo, en pleno centro urbano. Está compuesto por 2 bloques simétricos de 4 pisos de altura, separados por un callejón sin salida –el corazón efervescente del buque- por el que transitan obreros de mil oficios, mujeres que aman las ventanas y chicos en llamas. Las Casas Colectivas son una comunidad en aislamiento voluntario que a lo largo de 6 décadas ha crecido hacia adentro, en sentido centrípeto. Los tripulantes, polizontes y náufragos que la habitan no esperan llegar a tierra firme y tampoco piensan abandonar la nave. Supongo que mucho efecto ha tenido sobre ellos la forma particular del buque, con 8 patios interiores compartidos entre los cientos de personas que viven en los 96 departamentos. Creo que los inquilinos de las Casas Colectivas experimentan lo mismo que aquellos que han navegado por largos periodos en alta mar: una fuerte dependencia hacia las personas con quienes se comparte la travesía entre el océano y el cielo, un fortísimo vínculo de hermandad, el reconocerse como conjunto de al menos 3 generaciones. En marzo pasado entré por primera vez al buque, luego de que el Gobernador del Guayas dijera súbitamente en los medios de comunicación que “se evaluará la demolición (de estas casas colectivas) para implementar un centro de salud”. Así conocí a Teresa, quien había llegado a Guayaquil desde la Península de Santa Elena cuando tenía 10 años. Ella me contó que en las ‘Colectivas’ alguna vez se llevaron a cabo las más grandes fiestas de esta ciudad. “Aquí se presentaron famosas orquestas de salsa y mucha gente venía (…). Yo de jovencita iba a los cines Fénix y Guayas. Recuerdo que había guardias en las escaleras y que, a determinada hora, se cerraban las puertas que conducen a los patios”, me

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contaba Teresa en su estrecho camarote. Afuera, en el callejón, caía la tarde, y un grupo de trabajadores había colocado un gran parlante con música a todo volumen. Bebían cerveza Pilsener Light. Teresa continuaba: “aquí crecí, me enamoré y me casé. Mi esposo vivía frente a mi casa, compartíamos el mismo patio. Tuvimos 3 varones y 5 mujeres. Todos ellos ahora están casados con personas que conocieron aquí y aquí se han quedado. Así mismo, ellos tienen hijos ahora. Uno de mis nietos ya se casó, también con una vecina, y aquí viven”. El complejo es propiedad del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), e inicialmente todos sus ocupantes fueron afiliados que alquilaron departamentos. Hace una década, la institución dejó de atender el lugar. Algunas familias se fueron, pero otras crecieron y ocuparon los sitios vacíos. El lugar fue convirtiéndose en un complejo torbellino de ocupaciones irregulares, una posada para quienes no tienen a donde ir. Hace pocas semanas fui a la Gobernación del Guayas y me reuní con dos funcionarios del Área de Seguridad Ciudadana a cargo de cumplir con la orden de demoler el sitio. Me dijeron que no había marcha atrás, que los inquilinos deberían pagar la deuda atrasada y que con esa condición algunos serán reubicados en el Plan Habitacional Socio Vivienda 2. Vi un abismo gigantesco justo frente de la nave, entonces fui a avisar a sus tripulantes para dar un urgente golpe de timón. Había comenzado a caer la noche. Cuando entré al buque noté algo extraño en el ambiente. Como si todos, hombres, mujeres y niños, se estuviesen preparando para un simulacro de salvación. Nada de eso. Los navegantes se habíanjuntado en la ancha proa de la nave para el clásico partido de fútbol de todos los lunes, que suele extenderse hasta la madrugada. Hablo con Samuel y Eugenia, de la joven directiva de familias, les cuento mi conversación con los funcionarios, y ellos, en ese rato, convocan a una asamblea que tiene lugar en la cancha. Mientras miro a la gente juntarse, caigo en cuenta de la enorme cantidad de niños tripulantes, que siempre están jugando por todos lados, saltando, gritando y corriendo en los patios hasta muy tarde en la noche. Ahora estoy más que convencido de que los niños son el antídoto que hechiza a monstruos marinos, espantos y demonios que también deambulan por los corredores húmedos de las colectivas, como en todo barco que se respete.

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Esa noche los habitantes de las ‘colectivas’ acordaron quedarse y trabajar más que nunca para recuperar la nave “aunque sea lo último que hagan”. Han comenzado a reunir dinero entre ellos para pintar los patios, e invitado a muralistas guayaquileños para sacar provecho de su bello espacio compartido. Los trabajos están en curso y recientemente han iniciado una campaña para evitar el desalojo, para recuperar esta nave insigne de Guayaquil. La primera de este modelo arquitectónico construido en el Ecuador. El 27 de septiembre pasado el Gobernador del Guayas fue a las Casas Colectivas rodeados de medios de comunicación y anunció que a finales de diciembre se realizará el desalojo y la demolición del complejo sin opción a la defensa a los dirigentes de las familias. En el marco de la realización de la Cumbre Mundial Habitat 3 en Quito, se desarrolló el 17 de octubre la V Sesión del Tribunal Internacional de Desalojos dentro del Foro Social Popular Hábitat III que en su veredicto citó el caso de Casas Colectivas como comunidad amenazada por desalojo forzoso. El tribunal establece que estos procedimientos están “prohibidos por el derecho internacional de los derechos humanos, los cuales han afectado principalmente a niños, mujeres, migrantes, adultos mayores y otros colectivos y minorías. Estos desalojos, lejos de representar casos aislados, son fruto de un modelo de desarrollo de las ciudades y los territorios que prioriza el negocio inmobiliarios y las guerras por sobre los derechos, y de autoridades que se muestran cómplices de esta situación”. Aquella imagen del barco fantasma lleno de condenados se ha disuelto completamente en mi cabeza. Lo que ahora veo es, sobrevivientes que hacen “de tripas corazón”, pese a la indiferencia colectiva, en medio de esta ciudad sin rumbo. Guayaquil, 23 octubre 2016

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Foto Vicente Gaibor

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Testimonio de Ingrid, solicitante de asilo

Foto Vicente Gaibor

Vengo de Popayan, Colombia. Lo que me trajo acá fueron problemas con un ex paramilitar. Yo empecé a recibir amenazas de muerte mientras él estaba recluido en una cárcel por haber participado en una masacre. él pensaba que yo sentía algo por él, ordenó seguirme y me llamaba de la cárcel. A mi esposo, Andrés lo golpearon horrible antes de venirnos, hace cuatro años. Nosotros antes arrendábamos en Tulcán y los Ríos pagándo $100 y con el problema que ha habido con los metropolitanos no tocaba durísimo pagar el arriendo. Gracias a Dios se nos abrieron las puertas aquí -Casas Colectivas de Gomez Rendón- y si hubiera la oportunidad de poner una mensualidad, a mí me gustaría quedarme acá. En este momento, mi esposo Andres se encuentra privado de su libertad por un hecho que sucedió el 7 de mayo de 2016 en Las Colectivas. Ese día nos encontrábamos llegando de merendar, nos quedamos abajo y él estaba fumando marihuana. Un policía lo requisa y mi esposo se portó grosero con él, no lo voy a negar. Se lo llevaron a un UPC y lo cargó con droga. El policía nos decía que era la palabra de mi esposo frente a la de él.

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Andrés está durmiendo en un cartón en el piso porque no tiene colchoneta. El jefe del patio cobra $200 para poder darle una colchoneta y yo no tengo los recursos. para enviarle ese dinero para que le den una colchoneta. él está recibiendo un tratamiento de tuberculosis, él ya lleva ocho meses con el tratamiento y durante los días que estaba allá apenas el martes recibió nuevamente su medicina. Y la comida allá me dice que es muy poca y él realmente necesita una buena alimentación por su tratamiento. En dos ocasiones me he encontrado con el Policía de guardia en el PAI de la esquina de Las Colectivas, la primera vez que me lo encontré me grito “ya le está haciendo la visita conyugal a tu marido”. La segunda vez me miro y soltó a reírse con una hipocresía horrible. El Policía dos veces que me ha tocado la puerta en la madrugada. De pronto si me pongo a pensar que de pronto me pueda pasar algo porque me ven sola pero yo sé que Dios me guarda y nada malo me va a pasar.

Foto Vicente Gaibor

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DEMOLICIONES EN MONTE SINAÍ El caso del dirigente de Monte Sinaí, Jorge Acero. El CDH el 29 de febrero de 2016 recibió denuncia del Ingeniero Jorge Ricardo Acero sobre la demolición arbitraria de locales de su propiedad el 25 de febrero de 2016 en la Avenida Casuarina, a lado del Hospital de Monte Sinaí; sin que hasta la fecha sepa que autoridad dispuso dicha demolición. Según documentación que acompaña a la denuncia, el Ingeniero Jorge Acero el 18 de diciembre de 2015 encontró pegado fotocopia de notificación código: STPAHI – 2015 – 522, sin nombre de destinatario, ni número de oficio, ni firma de autoridad, ni fecha de emisión. En dicha comunicación se indica que debe “presentar documentación que sustente la realización de obras y levantamiento de infraestructura en la oficina de la Secretaria Técnica de Prevención de Asentamientos Irregulares". Documento adjunto. El 21 de diciembre el Ing. Acero se acercó a la STPAHI y los funcionarios indicaron los documentos que requerían. El 4 de enero del 2016 el Ing Acero regresó a STPAHI y entregó toda la documentación que certifica legalmente los derechos que posee sobre dicha construcción que data desde el 2012. Dichos locales ha servido para alojar el servicio policial y brindar atención médica comunitaria a todo el sector. El 25 de febrero de 2016 aproximadamente a las 8h00 de forma sorpresiva llegaron al lugar 2 buses con Policías Nacionales, 4 volquetas y una retroescabadora; y demolieron 3 locales de su propiedad. En el lugar se encontraba un agente Fiscal y una Comisaria de Policía que no mostraron a los presentes documentación que justifique el operativo. Desde entonces el Ing. Acero ha acudido a STPAHI y a la Servicio de Contratación de Obra (SECOB) sin tener hasta la fecha información oficial sobre los motivos y la autoridad que ordenó la demolición de su propiedad. El CDH considera que el Ing. Acero es afectado en varios Derechos Humanos concurrente: el derecho a la defensa sobre una orden administrativa, daño a la propiedad privada sin opción a reparación, acceso a la información pública que afecta su seguridad jurídica

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CASO MONTE SINAI

El 16 de marzo de 2016 el CDH se dirigió al Abogado Julio Cesar Quiñonez, Gobernador de la Provincia del Guayas, para solicitar información sobre el caso de la demolición de la propiedad privada del Ingeniero Jorge Ricardo Acero. El 30 de junio de 2016 el Gobernador de la Provincia remite al CDH información solicitada, entre la que destacamos oficio STCPAHI-STCPAHI-2016-0312-O de fecha 9 de junio de 2016 firmado por el Abg Cesar Abad Garcia de la Secretaria Técnica del Comité de Prevención de Asentamientos Humanos Irregulares que señala “tal como indica el Decreto Ejecutivo 1227 y sus reformas ésta cartera de estado no ordena ni practica la medida de protección de desalojo, por lo cual mediante oficio STCPAHI-STCPAHI-2016-0002-O se solicitó a la Intendencia General de Policía que actue de acuerdo a sus competencias… además cabe indicar que el predio materia del presente informe es de propiedad del Ministerio de Salud Pública. A continuación registro fotográfico de personas amenazadas con demoler sus viviendas por parte del MIDUVI en Monte Sinaí durante el 2016.

Foto Vicente Gaibor

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CASO MONTE SINAI

Foto Vicente Gaibor

Foto Vicente Gaibor

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CASO MONTE SINAI

Tribunal Internacional de Desalojo amenazado con desalojo en Monte Sinaí El CDH expresa su categórico rechazo al intento de desalojo protagonizado por Comisario de Policía para detener sesión de Misión del Tribunal Internacional de Desalojos que el 16 de octubre de 2016 desarrolló recepción de testimonio en cancha deportiva de la Cooperativa Ebenezer en Monte Sinaí al noroeste de Guayaquil. La noche anterior, la comunidad de Monte Sinaí registró la llegada de gran cantidad Policías Nacionales movilizados en varias patrullas que retiraron las carpas instaladas en la cancha por la comunidad para sesión. El sábado 16 aproximadamente a las 9h30, cuando la docena de miembros de la misión se había instalado en la tarima frente a aproximadamente 500 personas y se encontraban receptando testimonios, fueron interrumpidos por la llegada de varias docenas de Policías Nacionales, dirigidos por Comisario y personal civil con chaleco de la Gobernación del Guayas.

Foto Efrain Castellanos

El comisario pidió a los miembros de la misión que muestren permiso para realizar la reunión o de lo contrario debían desalojar el lugar en plazo de 30 minutos. El anuncio provocó alarma entre los presentes que lo rechazaron por constituir clara vulneración al Derecho Humano a la libertad de manifestación pacífica y de reunión.

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CASO MONTE SINAI

La tensión se mantuvo mientras una delegación del tribunal, acompañados por medios de comunicación buscaba incidir en funcionarios y continuar sesión. De forma explícita, los comisionados internacionales le pidieron permiso al comisario para continuar el acto y no fue suficiente. El comisario rehuyó responder a la pregunta sobre los motivos para no autorizar el acto. El acto continuó bajo la amenaza de la intervención policial en la reunión que incluía a numerosas mujeres y niños. Aproximadamente a las 11h00, el comisario y el resto de funcionarios se retiraron del lugar. Frente a lo narrado el CDH recuerda lo siguiente: - El ejercicio del derecho humano a la libertad de manifestación pacífica y de reunión no debe estar condicionado a la obtención de permiso u otros requisitos administrativos de parte de funcionarios del Estado. - Lo ocurrido constituyó grave daño al trabajo de Defensores de Derechos Humanos, miembros de la misión internacional, y elocuente testimonio del clima adverso que soportan defensores en el Ecuador. - La sesión de Misión del Tribunal Internacional de Dojos fue convocada públicamente como legítimo reclamo por los graves desalojos forzosos ejecutados en ese sector en el 2013. - Desde ese entonces, el CDH registra casos de hostigamiento y persecución a dirigentes de comunitarios del sector como represalia sus críticas contra Gobierno Nacional. Resulta paradójico que este grave incidente ocurra en íspera de la Cumbre Mundial Habitat III por realizarse en Quito y revela las crecientes tensiones sociales sobre los asentamientos informales en Guayaquil.

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CARTA DE UNIONI INQUILINI

Carta Unione Inquiline A 07 de octubre de 2016 a la atención del Cónsul del Ecuador en Italia Objeto: Cumplir con la obligación legal sobre el derecho a la vivienda y solidaridad contra los desalojos en Guayaquil, Ecuador De nuestra consideración: Os escribimos en nombre de la Unione Inquilini, organización miembro de la Alianza Internacional de Habitantes (AIH), red internacional de organizaciones sociales involucrada desde hace años en la defensa del derecho a la vivienda que, en particular, esta comprometida en la elaboración de iniciativas que eviten los desalojos, tambien colaborando con la Relatora Especial de Naciones Unidas sobre el Derecho a la Vivienda Adecuada. Hemos recibido informaciones preocupantes de parte de las organizaciones de la sociedad civil de Guayaquil y la AIH respecto de la situación de indefensión en la que se encuentran las familias que están sufriendo la amenaza concreta de desalojo para los casos detallados a continuación Desalojo y demolición de Casas Colectivas de la calle Gómez Rendón Se trata de 2 Bloques de propiedad del Seguro Social, construidos en el año 1950, que en la actualidad están en el centro de la ciudad. Están considerados patrimonio histórico. Las familias viven arrendando, pero desde hace 15 años el Seguro Social dejo de cobrar porque desde entonces había planes de cambiar de uso a la edificación. En la actualidad se prevé su derrocamiento por deterioro de la edificación y presencia de microtráfico, para construir sobre esta área un Centro de Salud. No hay plan de contingencia para las 360 familias residentes, pues se la acusa de estar en mora en pago de arriendo y servicios básicos. Tienen 150 días de plazo para que familias abandonen el lugar (a partir del 26 de septiembre del 2016).

Desalojos y desplazamientos en Monte Sinaí. La zona está considerada de expansión de asentamientos informales, con venta de suelo por parte de traficantes de suelo. Se calcula que viven en la

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CARTA DE UNIONI INQUILINI

zona, cerca de 150 mil personas. Desde la promulgación del decreto 607, el 28 de diciembre del 2010, alrededor de 5000 familias han sido desalojadas de la zona de Monte Sinaí, bajo acusación de invasión. Se han cerrado más de 100 locales comerciales y microempresas de venta de materiales de construcción, acusadas de que promueven las invasiones. Se ha prohibido el mejoramiento y construcción de las viviendas, en caso de infringir esta norma, van detenidos. En la actualidad se desarrolla el proyecto “Las Marías”, sobre 40 hectáreas ya ocupados, por lo que las familias diariamente están recibiendo notificaciones de desalojo y/o desplazamientos. A este propósito les recordamos que los articulos 30, 31, 37, 39, 47, 66, 261, 340, 375, 376 de la Constitución nacional de Ecuador reconocen el derecho a la vivienda y que el articulo 42 “prohíbe todo desplazamiento arbitrario” Además, Ecuador ha ratificado los Tratados y Convenciones internacionales y, por tanto, todas las instituciones tienen la obligación legal de respetar, proteger, promover y garantizar el derecho a la vivienda y a rendir cuentas periódicamente a las instancias internacionales sobre las medidas adoptadas para garantizar su cumplimiento, siendo el desalojo sin realojo acordado una violación de: • la Declaración Universal sobre Derechos Humanos (Art. 25), adoptada y proclamada por la Resolución de la Asamblea General 217 de Naciones Unidas del 10 de diciembre de 1948; • el Pacto Internacional sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) (Art.11), ratificado por Ecuador el 6 de marzo de 1969 y el Protocolo facultativo del PIDESC aceptado el 11 de junio de 2010; • la Convención sobre los Derechos del Niño (Art.27), ratificada por Ecuador el 23 de marzo de 1990; • la Convención por la eliminación de la Discriminación contra las Mujeres (Art. 14 y 15), ratificada por Ecuador el 9 de noviembre de 1981; • la Carta de la Organización de los Estados Americanos (Art. 34, k), ratificada por Ecuador el 21 de diciembre de 1950; • la Convención Americana sobre los Derechos Humanos (Art. 26), ratificada por Ecuador el 8 de diciembre de 1977; • el Protocolo adicional a la Convención Americana sobre los Derechos Humanos en el Área de Derecho Económico, Social y Cultural, ratificado por Ecuador el 10 de fevrero de 1993.

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CARTA DE UNIONI INQUILINI

Como lo subrayado también por las instancias de Naciones Unidas, los Comentarios Generales N. 4 y N. 7 del Comité de las Naciones Unidas sobre los Derechos, que afirman que cualquier forma de desalojo forzado es incompatible con los requisitos del PIDESC, son interpretaciones autoritativas del PIDESC, del cual Ecuador es parte, y tienen valor jurídico predominante sobre otras normativas. Por esta consideración, le exhortamos ejercer su competencia ante esta grave situación de violación de los más elementales Derechos Humanos: a la vida, a la vivienda, al trabajo, a la seguridad de la tenencia de la tierra, en el entendimiento que por ser los representantes del pueblo, son los más idóneos en la defensa de la condición de ciudadanos de las personas afectadas. Entendemos que la voz de las comunidades afectadas por la presión a abandonar su territorio de vida, es una legítima voz, y debe ser escuchada por los representantes políticos y las instancias del estado a nivel local y provincial. Por eso, se da plena solidaridad a las organizaciones sociales y de los habitantes de Guayaquil y a las personas y familias afectadas por estas violaciones y, e invitamos a: • constituir una mesa de diálogo entre las instituciones y las organizaciones sociales de los habitantes para dar soluciones asequibles a esta problemática con políticas que impliquen Cero Desalojos; • entregar en propiedad colectiva los bloques de las Casas Colectivas de la calle Gómez Rendón a las familias residentes, desembolsar partida para rescate del edificio como patrimonio. Crear un modelo de gestión para la futura administración de los bloques por parte de sus residentes; • se derogue el decreto 607, no se desaloje a ninguna familia de monte Sinaí, salvo las reubicaciones por situación de riesgo; familias que están siendo desplazadas o se les esta cercenando el terreno, sean compensadas. Se paralice el proyecto Las Marías en actual ejecución y se haga una socialización con las familias afectadas; a partir de lo cual se reformule bajo un modelo de gestión cooperativo de autoayuda con asistencia técnica y autogestionado. De lo contrario, no dudaremos en informar a todas las autoridades nacionales e internacionales para llevar a cabo las medidas necesarias para cumplir con el r

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respeto de las leyes de protecciรณn del derecho a la vivienda. Agradecemos mucho su atenciรณn a la presente y le solicitamos tenernos informados sobre cualquier acciรณn adoptada en este sentido. A esperas de sus respuestas los saludamos atentamente.

Unione Inquilini secretario nacional

Foto Vicente Gaibor

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CASO SOCIO VIVIENDA III

SOCIO VIVIENDA II Son 2886 familias que viven en el Plan Habitacional Socio Vivienda 2 ubicada al noroeste de Guayaquil a cargo del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda MIDUVI. Muchos de los habitantes de este sector provienen de orillas del Estero Salado, reubicados luego de desalojos dentro del Plan Guayaquil Ecológico coordinado por el Ministerio del Ambiente y ejecutados por la Secretaria Técnica de Asentamientos Humanos Irregulares. MIDUVI allanó mi domicilio y se llevó mis cosas Lino Bone Márquez, trabajador en taller artesanal de fabricación yeso, que el 13 de enero de 2016 sufrió el allanamiento de vivienda ubicada en Socio Vivienda 2 por aproximadamente 5 personas con uniforme del MIDUVI que rompieron la seguridad de la puerta de su casa, ingresaron y se llevaron todo en un camión de la institución. Al irse, estas personas dejaron colocada otra cerradura. Ese mismo día miércoles 13 fue al MIDUVI ubicado en la Av. Orellana. Preguntó por sus pertenencias y por su casa. La persona del ministerio que lo atendió dijo que sus cosas estaban en una bodega del ministerio y que su casa no se la devolvería porque estaba reubicada para otra persona. Al día siguiente, llegó un camión con muebles y una persona dijo que venían a quedarse. Esta casa es mía y de mis hijos, por eso volví a ingresar y permanezco ocupándola. Considero esto un abuso de autoridad y me deben una explicación. Soy un ciudadano con derechos y me han tratado como un delincuente. Anoto que no tengo donde ir. Soy una persona pobre que sale a trabajar a las 5h30 al taller y regreso a la casa a las 21h00. Durante estos tres años esa fue mi rutina y no he tenido ningún inconveniente con mis vecinos. Hasta la fecha no sé porque el MIDUVI allanó mi domicilio y se llevó mis cosas. Según Acuerdo Ministerial Nº 027-15 del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda firmado el 24 de agosto del 2015, en el Capítulo III sobre la Vivienda no habitada o mal utilizada en proyectos de reasentamiento, artículo 55 señala "En el caso de comprobarse que la vivienda entregada, no esta siendo habitada por el beneficiario o miembro del núcleo familiar, no han dado buen uso a la vivienda o se han perpetrado actos en contra de las buenas costumbre,

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CASO SOCIO VIVIENDA II

el buen vivir o la ley; o no han cumplido con las obligaciones constantes en los documentos suscritos con el MIDUVI, se procederá de las siguiente manera: Beneficiario con bono emitido: 1.- Se entregará una sola, notificación en persona al beneficiario en la vivienda, misma que contendrá detalladamente el incumplimiento incurrido por parte del beneficiario y la sanción aplicable, concediéndole el plazo de diez días para exponer por escrito los motivos de su inobservancia. 2.- De no encontrase el beneficiario en su vivienda, la notificación se entregará a cualquier individuo de su familia que se encuentre en el lugar; y si no hubiere a quien entregar, se fijará la notificación en la puerta de la vivienda. Para constancia de esta diligencia, se sentará una razón por escrito con la presencia de dos testigos (moradores del sector o técnicos de la Dirección Provincial o Gerencia de Gestión Social o los funcionarios que se designe), quienes suscribirán la razón, conjuntamente con el notificador

Foto Billy Navarrete

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CASO SOCIO VIVIENDA II

El 15 de febrero de 2016 Lino Bone recibe notificación para que abandone su vivienda “por mal uso” y da un plazo de 30 días para desocuparla sin haber permitido ejercer su derecho a la defensa durante el procedimiento administrativo. El CDH presentó Medida Cautelar en este caso y la Jueza Annerys Cerezo Rodriguez declara que procede dicha garantía constitucional y se ordena la suspensión de la orden de desalojo dispuesto por el MIDUVI, hasta por el tiempo de 2 meses para revisar la apelación presentada por el CDH ante MIDUVI por el caso Lino Bone.

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CASO SOCIO VIVIENDA II

Desalojados de Socio Vivienda II para regresar al Suburbio Yo Francisca Esther Baque García, con el numero de cedula 09447426-9, trabajadora del hogar, con 66 años, ante usted denuncio: Nací en Jipijapa, Manabí y luego vine a Guayaquil a la 44 y Callejón L en Suburbio donde permanecí 44 años junto a mis dos hijos. Mi tercer hijo (Mario Fernando Baque Baque de 36 años) vivía en la parte superior junto a su esposa y su hija de 8 años de edad. Mi hermana (María Isabel Baque García de 61 años de edad) vivía en la parte trasera del mismo casa junto a su hija. Fue un núcleo familiar que se ampliando a través del tiempo en ese sitio, construido con material mixto de madera y cemento fruto del trabajo nuestro con escritura y pago de impuestos.

Foto Billy Navarrete

En noviembre 2013 fuimos notificados por el MIDUVI para desalojar nuestra casa y ser reubicados en el Plan Socio Vivienda 2 debido al presunto riesgo que nuestra casa tenia por estar cerca de la orilla del Estero Salado. El 4 de enero del 2014 fui reubicada en la vivienda ubicada en la manzana 1703 villa 14. El resto de la familia, mi hijo Mario y mi hermana María Isabel fueron reubicadas en la misma manzana.

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CASO SOCIO VIVIENDA II

Los días 2, 3 y 4 de mayo de 2016 un grupo de personas que vestían con chaleco con logo del MIDUVI llegaron al sector y dijeron a mi hija María del Pilar Baque Baque, que aún vive en el sector de la 44 y callejón L, que me indicara que debía acudir a las oficinas del MIDUVI en el edificio Makro porque debo de desalojar mi casa en Socio Vivienda 2 y regresar a mi antigua casa en la 44 y callejón L. Ayer 5 de mayo del 2016 aproximadamente las 9h00 acudimos al MIDUVI y fuimos atendidos por funcionarios de la institución que nos dijeron que debíamos salir de las casas que ocupábamos en Socio Vivienda 2 en un lapso de 15 días y regresar a la casa que ocupábamos en la 44 y callejón L debido a que el MIDUVI necesitaba las casas de Socio Vivienda 2 para albergar a los damnificados por el terremoto del 16 de abril dl 2016. Estos nos ocurre a nosotros porque aun existe la casa que abandonamos en el 2014 en el suburbio y que ahora nos piden volver habitar. Conocemos que estas notificaciones verbales se han recibido por otras familias que aún tienen sus casas en el mismo callejon y que les han dado apenas 15 dias de plazo para entregar las llaves de las viviendas que ocupan en Socio Vivienda 2. Guayaquil, 6 de mayo del 2016

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CASO SOCIO VIVIENDA II

MIDUVI me amenaza con desalojo sin derecho a nada Yo, Mario Lenin Loza Vélez, 23 años de edad, ocupación guardia privado de Segulasa Cia. Ltda. hasta el pasado 27 de abril y que actualmente me encuentro ayudando a mi abuelo, ante usted denuncio lo siguiente: Yo vivía en la calle 16 y I, sector Estero Palanqueado del Suburbio Oeste junto a 11 parientes integrada por 3 familias: la familia de mi mama de nombre Mercy Velez Velez con 5 hijos; mi hermano menor Mario Stiven Loza Velez que vivía con su esposa y mi familia integrada por mi esposa y mi hijo Ariel Alexander Loza Castro de 3 años de edad. En esa casa vivimos todos juntos durante aproximadamente 20 años hasta que en el año 2010 el MIDUVI hizo censo de vivienda en el sector. En el 2013 funcionarios del MIDUVI volvieron a realizar censo de las casas del sector y dejaron notificaciones para iniciar tramite de reubicación posterior a desalojo. El 13 agosto del 2013 el MIDUVI nos adjudicó 3 vivienda (1 villa en Socio Vivienda 2 y 2 departamentos en Socio Vivienda 1). Toda mi familia nos cambiamos a las nuevas viviendas en 10 julio del 2014. Mi familia que antes vivía junta, ahora vive separada como resultado de esta reubicación al otro lado de la ciudad. Este cambio provocó grandes dificultades especialmente en la educación de los niños puesto que ellos estaban matriculados escuela del Suburbio. Debido a mi trabajo de guardia privado no pasaba en casa constantemente y me separé de mi esposa quien se llevó a mi hijo. Es decir, que yo habitaba el departamento solo para descansar y vivir mientras no trabajaba. Este uso del departamento es posible verificar en planilla de consumo de energía emitida a mi nombre con dirección Mz #10-D, Bloque 1-B y que adjunto a esta denuncia. El 27 de junio del 2016 la señora Ingrid Lara del MIDUVI distribuyó notificaciones en las familias del bloque por mal uso de departamentos. Cabe aclarar que aquel día yo no recibí notificación por encontrarme trabajando. La segunda visita de la señora Lara del MIDUVI ocurrió a mediados de agosto pasado. Ella en esa ocasión fotografió mi departamento por la parte de exterior porque días personas desconocidas sustrajeron las rejas y rompieron los vidrios de las ventanas de mi departamento.

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CASO SOCIO VIVIENDA II

Para averiguar lo que estaba pasando mi mamá fue al MIDUVI y en el Departamento de Información la señora Lara le dijo “el departamento está en remisión por mal uso y que había denuncias” sin mostrarme ninguna prueba ni acusación contra mi. Finalmente el 24 de octubre del 2016 la señora Lara del MIDUVI le dijo a mi mama que yo tenía que “desocupar el departamento por mal uso” y tampoco me dejó ninguna notificación. Además, ella dijo que en cualquier momento llegaban para desalojarme. Guayaquil, 1 de noviembre de 2016

Foto Billy Navarrete

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CRISIS REGIONAL POR MIGRACIÓN DE CIUDADANOS CUBANOS En el 2016, en materia de movilidad humana, se registró secuencia de deportaciones masivas, privación de libertad por motivos migratorios, negación al debido proceso y maltrato sufridos por ciudadanos cubanos, incluyendo a personas con condiciones de necesidad de protección internacional. El CDH unió su voz de alarma por el procedimiento empleado por el Estado del Ecuador para enfrentar este fenómeno migratorio regional y que provocó la deportación desde Quito de 151 ciudadanos cubanos luego de violento desalojo de campamento levantado con permiso municipal para exigir regularización humanitaria. A continuación llamamiento de varias redes de sociedad civil especializadas en movilidad humana en la región.

Llamado a los Estados de América Latina y el Caribe a garantizar los derechos humanos de las personas migrantes cubanas en la región En diciembre de 2014, los países de América Latina y el Caribe adoptaron por aclamación la Declaración y el Plan de Acción de Brasilia (mejor conocido como el Plan de Acción Brasil, PAB). En esta declaración los Estados reconocieron el desafío que supone el impacto desproporcionado de los movimientos migratorios mixtos en el Caribe, debido a sus características geográficas, económicas y demográficas, y la necesidad de contar con mecanismos efectivos de cooperación y solidaridad internacional. Los Estados dejaron claro en la declaración que “el Caribe es lugar de origen, destino y tránsito de miles de migrantes y desplazados, que incluyen a personas que puedan requerir protección internacional. La complejidad de este fenómeno, junto con las características de los países de la región, hace necesario un análisis pormenorizado para la elaboración de respuestas regionales efectivas, dentro de un marco de derechos, con especial atención a la prevención de la trata de personas y del tráfico ilícito de migrantes, así como a las salvaguardias de los procedimientos de determinación de la condición de refugiado”. Sin embargo, a pesar de este consenso para caminar hacia el cumplimiento de la obligación que tienen de garantizar, respetar y promocionar derechos humanos, las decisiones de los gobiernos en esta región han estado dirigiéndose hacia una profundización de las políticas restrictivas, detención y deportación con base en una perspectiva de seguridad nacional permeadas además de rasgos xenófobos y racistas, provocando la criminalización de la migración, serias

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consecuencias humanitarias inmediatas y graves vulneraciones a derechos humanos. Hechos en la región 2015-2016 De acuerdo con la Ley de Ajuste Cubano (promulgada el 2 de noviembre de 1996), los Estados Unidos de América da automáticamente residencia permanente a los ciudadanos cubanos que pisan el territorio de este país. Ante el progresivo restablecimiento de relaciones diplomáticas entre Estados Unidos y Cuba, se propaga entre la población cubana el temor de que pronto se abrogue esta Ley; por lo que muchos ciudadanos de este país caribeño tratan de llegar al territorio estadunidense, lo más rápido posible. Desde noviembre de 2015 Nicaragua decidió cerrar su frontera frente a cientos de personas cubanas que venían desde Costa Rica en su ruta por llegar a Estados Unidos(1). La decisión del cierre fue acompañada de la militarización para resguardar la frontera y expulsar alrededor de 1,100 cubanos que intentaban ingresar en territorio nicaragüense(2) , experimentado abuso policial, incluyendo el uso de gas lacrimógeno y golpes. Por su parte, el gobierno de Costa Rica también había cerrado su frontera, al tiempo que otorgaba alrededor de 770 visas humanitarias(3) para que pudieran pasar por su territorio, llegar a territorio nicaragüense y seguir el camino hacia Estados Unidos. Esta situación resultó en un conflicto diplomático entre ambos países en donde el Sistema de la Integración Centroamericana (SICA) jugó un papel de mediación entre ambos gobiernos para buscar una supuesta solución diplomática a la crisis humanitaria. Inclusive el canciller costarricense declaró que llevaría el asunto a la Organización de Estados Americanos (OEA) y que ya estaba siendo tratado para noviembre del 2015 en la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC). Sin embargo, para diciembre del mismo año Costa Rica abandonó su participación política en el SICA ante la negativa de varios países de ese organismo a resolver el problema de más de 5.000 cubanos varados en su territorio, anunciando el cierre definitivo de fronteras y la deportación inmediata al país de origen a quienes ingresarán irregularmente(4) . En febrero de 2016, México y Costa Rica firmaron un acuerdo para facilitar la movilidad de las personas cubanas que habían estado varadas en Centroamérica desde noviembre del 2015(5) . Dicho acuerdo fue antecedido por la insistencia de organizaciones de sociedad civil de Costa Rica y Nicaragua (REDNAM y la Red

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nicaragüense de la sociedad civil para las migraciones), que mediante comunicados hicieron llegar la información a las autoridades máximas de cada país en materia de migración . Según el acuerdo, México otorgó un permiso de tránsito a las personas cubanas por razones humanitarias. El permiso duraba 20 días, y permitió a los cubanos llegar a la frontera con EEUU para solicitar asilo. El primer vuelo de personas cubanas llegó a Nuevo Laredo, México desde Costa Rica el 9 de febrero del 2016(6) ; otros dos aviones llegaron el 5 de marzo del 2016, con 243 personas cubanas. Entre el 10 y 11 de marzo del 2016, viajaron casi 500 personas cubanas desde Costa Rica hasta Nuevo Laredo, México, concluyendo los vuelos desde Costa Rica hasta México con personas cubanas (7). Este “corredor humanitario” se dio con el cumplimiento de medidas de seguridad, priorización de perfiles (niños, niñas, jóvenes, mujeres embarazadas, grupos familiares, adultos mayores, hombres jóvenes, hombres adultos). Sin embargo, a consecuencia del mencionado cierre de las fronteras de ambos países centroamericanos, los migrantes atrapados en Panamá, de nacionalidad cubana en su gran mayoría, no pudieron proseguir sus viajes hacia Costa Rica. De hecho, 4 mil cubanos se encontraban en albergues ubicados en la frontera panameña con Costa Rica, en Los Planes, distrito de Gualaca, Chiriquí y Puerto Obaldía (8). Por ello, otro acuerdo con México firmado el 23 de febrero del 2016, pero ahora con Panamá permitió el tránsito de personas cubanas(9). Los vuelos desde Panamá llegaron a Ciudad Juárez, México. Hasta marzo del 2016, 4.345 cubanos habían viajado por avión desde Panamá y Costa Rica hasta México debido a los acuerdos entre los tres países(10). A pesar de estas negociaciones, México y Cuba firmaron un acuerdo el 6 de noviembre del 2015 que entró en vigencia el 1 de mayo del 2016 para dejar de otorgar el salvoconducto a cubanos en territorio mexicano. A partir del 1 de mayo de 2016, México empezó a deportar a las personas cubanas sin documentación a Cuba, principalmente por vía aérea, pero también por vía marítima(11). Así podemos dar cuenta de la política extendida de deportación que tiene este país en donde para el 2015, México superó a Estados Unidos en las deportaciones de personas de Centroamérica, devolviendo a 151 451 personas, de las cuales 70,493 eran guatemaltecas, 50,527 hondureñas, 29.150 salvadoreñas y 1,281 nicaragüenses(12). De los 19 mil niños migrantes no acompañados interceptados en 2015, México ofreció protección internacional a sólo 52 de ellos(13) . Human Rights Watch pronunció en 2016 que en México "hay una actitud de impedir y disuadir que niños y adolescentes apliquen (a algún tipo de protección) en vez de .

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una afirmación de sus derechos". ACNUR estima que más de la mitad de los migrantes que son deportados de México han emigrado de Centroamérica por un temor fundado sobre su vida y que son elegibles para solicitar refugio(14) . Pero la situación no se detuvo aquí. Para el 9 de mayo de 2016 el presidente de Panamá Juan Carlos Varela ordenó al Servicio Nacional de Fronteras (Senafront) cerrar la frontera del país con Colombia, particularmente en Puerto Obaldía y otros puntos fronterizos, para impedir el ingreso de migrantes. En una declaración a la prensa, Juan Carlos Varela explicó el motivo de esta resolución: “Hemos tomado la difícil decisión de cerrar la frontera con Colombia para enfrentar el paso de migrantes irregulares. No permitiremos la presencia de personas sin estatus migratorio. Daremos trato humanitario, y en dos o tres semanas el sistema migratorio cambiará” (Presidencia, 2016). Después de gestionar la solución “humanitaria” con su homólogo mexicano, el presidente Varela anunció el 9 de mayo como parte de la mencionada Operación su decisión de cerrar la frontera de su país con Colombia, criticando el hecho de que Estados Unidos siga manteniendo la llamada Ley de Ajuste Cubano(15) sin tomar en cuenta sus consecuencias sobre los países de la región de América Latina que han tenido que enfrentar grandes flujos de migrantes cubanos en busca del “sueño americano”. El jefe de Estado panameño hizo un enérgico llamado a Estados Unidos para que revise la llamada política de “pies secos, pies mojados” y otras disposiciones que favorecen la irregularidad migratoria en los países de América Latina. Las más recientes informaciones, difundidas en la prensa de América Latina, revelan que las personas migrantes cubanas vienen utilizando otros caminos mucho más complejos en la región en su periplo de la isla a Estados Unidos, además de la tradicional ruta de Cuba a Ecuador, Colombia y los países centroamericanos. Por ejemplo, según los testimonios de los mismos cubanos, dicen que habían salido en avión de la Habana, Cuba a Georgetown, Guyana, para ingresar en lanchas a Caracas y de ahí viajan en bus hacia Cúcuta (principal ciudad colombiana fronteriza con Venezuela) y finalmente a Medellín y a la localidad fronteriza colombiana con Panamá Turbo, donde se encuentran actualmente varados(16) . Otra compleja ruta que los migrantes cubanos recorren en su viaje hasta Estados Unidos consiste en viajar a Guyana en avión, pero pasan a Manaos (capital del estado brasileño de Amazonas) y cruzan el río Amazonas para llegar a Tabatinga, localidad vecina a Leticia; de esta ciudad colombiana, llegan a Puerto Asís por la selva, primero del lado de Perú y luego al lado de Colombia por el río Putumayo(17)

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A partir del cierre de la frontera con Panamá, el pasado 9 de mayo, el Gobierno de Colombia ha incrementado las deportaciones de migrantes que permanecían de forma irregular en Turbo-Antioquia, argumentando que es una medida para evitar que los migrantes continúen la ruta a través de la Selva del Darién y caigan en manos de coyotes y narcotraficantes. Más de 540 migrantes irregulares de diferentes nacionalidades han sido deportados por las autoridades migratorias colombianas en el último mes, el 25% de la población deportada son mujeres(18) . Según cifras de Migración Colombia, aproximadamente el 25% de la población deportada es cubana. Los migrantes fueron deportados “en vuelos privados, al último país en que estuvieron antes de ingresar a Colombia o a su lugar de origen”. Todo parece indicar que un gran número de esos extranjeros provino del territorio de Ecuador como último país de procedencia. En Ecuador, el panorama no ha sido más alentador, por el contrario las decisiones gubernamentales repiten el mismo patrón en donde se imponen las políticas de restricción, detención y deportación, generando graves violaciones a los derechos humanos. El miércoles 6 de julio de 2016, durante la madrugada, un operativo policial de control migratorio desalojó de manera arbitraria y violenta a 151 personas cubanas que acampaban con un permiso municipal en el parque El Arbolito, en la ciudad de Quito, Ecuador, después de haber sido desalojados unos días antes con tropas antimotines de los exteriores de la Embajada Mexicana en donde solicitaban a las autoridades de este país pedir visas humanitarias. En la audiencia de hábeas corpus que se inició a las cuatro de la tarde del 12 de julio y culminó 12 horas después, se resolvió negar el pedido de libertad a 45 de las 46 personas que todavía estaban detenidas. La persona cubana a la que se le concedió el pedido de hábeas corpus tenía carnet de solicitante de refugio, tal como un buen número de los y las cubanas detenidas hace una semana. Pocas horas después y sin tomar en cuenta los procesos de notificación y apelación que siguen a la negativa de un hábeas corpus, la policía nacional, mediante un operativo que involucró un despliegue excesivo de oficiales en el que se incluían miembros del Grupo de Operaciones Especiales (GOE), el Grupo de Intervención Rápida (GIR) y la Unidad de Mantenimiento del Orden (UMO), trasladó a las 45 personas detenidas al aeropuerto de Latacunga, desde donde fueron deportados la tarde del 13 de julio. Estos últimos hechos se suman a las deportaciones que tuvieron lugar el sábado 9 y lunes 11 de julio (49 y 26 personas respectivamente, según cifras oficiales), en un país cuya Constitución señala que “No se identificará ni se considerará a ningún ser humano como ilegal por su condición migratoria”, y tiene como principios constitucionales la “libre movilidad” y la “ciudadanía universal”.

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siguen a la negativa de un hábeas corpus, la policía nacional, mediante un operativo que involucró un despliegue excesivo de oficiales en el que se incluían miembros del Grupo de Operaciones Especiales (GOE), el Grupo de Intervención Rápida (GIR) y la Unidad de Mantenimiento del Orden (UMO), trasladó a las 45 personas detenidas al aeropuerto de Latacunga, desde donde fueron deportados la tarde del 13 de julio. Estos últimos hechos se suman a las deportaciones que tuvieron lugar el sábado 9 y lunes 11 de julio (49 y 26 personas respectivamente, según cifras oficiales), en un país cuya Constitución señala que “No se identificará ni se considerará a ningún ser humano como ilegal por su condición migratoria”, y tiene como principios constitucionales la “libre movilidad” y la “ciudadanía universal”. Frente a esta situación migratoria que a la vez involucra al Caribe, Suramérica, Centroamérica y América del Norte y concretamente frente a la situación de las personas cubanas en el continente, las organizaciones firmantes pedimos a los Estados de América Latina y el Caribe no retroceder al poner en peligro lo estipulado y consensado en el Plan de Acción Brasil (PAB), y en otros instrumentos internacionales de derechos humanos en la materia.

Bonil/Diario El Universo

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Llamamos a los Estados a responder ante sus obligaciones de garantizar, proteger, respetar y promover los derechos humanos de las personas migrantes, en particular reiterando lo estipulado en la Declaración y el Plan de Acción de Brasilia, para lo cual es importante tener en cuenta: A nivel regional: • Consolidar espacios fronterizos y de tránsito seguros por medio de acciones encaminadas a la identificación oportuna de solicitantes de asilo y otras personas con necesidades de protección, garantizar el derecho a la libertad personal, el respeto al principio de no devolución, la atención oportuna de estas personas mediante su referencia inmediata a las instituciones nacionales de protección y la satisfacción de sus necesidades diferenciadas de protección. • Frente a la realidad de crecientes flujos inter y extra continentales y las reiteradas crisis fronterizas y binacionales, promover activamente diálogos y compromisos entre los Estados, con participación de la sociedad civil, con miras a consensuar soluciones integrales con enfoque de derechos humanos para los migrantes que puedan constituir en soluciones duraderas. • Desarrollar acciones binacionales y subregionales (Caribe, Centroamérica, Sudamérica) para implementar el programa de “fronteras solidarias” previsto en el Plan de acción de Brasil de 2014, mismo que incluye regulaciones para la implementación de alternativas a la detención. A nivel nacional: • Proteger y garantizar los derechos humanos de los migrantes en el territorio nacional y establecer medidas de protección complementaria, sin importar la nacionalidad, edad, etnia, sexo, etc., de los extranjeros, de acuerdo con las obligaciones e instrumentos internacionales y regionales de protección a los derechos humanos. • Crear espacios humanitarios para migrantes, principalmente en las fronteras, para brindar asistencia de necesidades y servicios básicos. • Implementar los instrumentos jurídicos y políticos en materia migratoria a nivel internacional y regional para atender la actual crisis en la frontera colombo-panameña y construir fronteras con garantías de Derechos Humanos (por ejemplo, aplicar el programa de “fronteras solidarias” previsto en el Plan de acción de Brasil de 2014 a partir de la Declaración de Cartagena de 1984). • Diseñar normas y reglamentos operativos sobre acogida en la comunidad y medidas alternativas a la detención administrativa migratoria de solicitantes de asilo, en particular de niños y niñas acompañados y no acompañados.

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A nivel local: • Dotar de recursos suficientes a los municipios de frontera que tienen la afluencia de migrantes para la creación de programas de atención humanitaria. • Incentivar acciones humanitarias en solidaridad con los migrantes en necesidad de protección internacional. • Reconocer la importancia de la respuesta de las comunidades receptoras en pro de la vida y la integridad de los migrantes y no criminalizarlas. • Incentivar las acciones humanitarias con los niñas y niños con miras a la satisfacción de sus necesidades diferenciadas de protección. Firmamos, Grupo Articulador Regional del Plan de Acción Brasil (GAR-PAB) La Comisión sobre Migraciones Forzadas, Exilio y Reconciliación (CER) Red Regional de Organizaciones Civiles para las Migraciones (RROCM) Red Nacional de Organizaciones Civiles para las Migraciones Costa Rica (REDNAM) Fuentes 1. http://www.elfinanciero.com.mx/mundo/nicaragua-cierra-frontera-por-ingreso-de-migrantes-cubanos-desde-costa-rica.html 2. http://internacional.elpais.com/internacional/2015/11/17/mexico/1447730640_203194.html 3. http://www.nacion.com/nacional/politica/Cubanos-quedan-varados-cierre-frontera_0_1524447604.html 4. http://www.laprensa.hn/mundo/912618-410/costa-rica-suspende-participaci%C3%B3n-pol%C3%ADtica-en-sica-y-cierra-frontera-a-cubanos 5. http://www.elnuevoherald.com/noticias/mundo/america-latina/cuba-es/article64231342.html 6. http://www.elnuevoherald.com/noticias/mundo/america-latina/cuba-es/article64231342.html 7. http://www.elsalvador.com/articulo/internacional/concluye-traslado-cubanos-varados-costa-rica-panama-104489 8. Ver nota de la Presidencia de la República de Panamá “Gobierno de Panamá anuncia cierre de la frontera con Colombia” (9 de mayo de 2016). Enlace: https://www.presidencia.gob.pa/Noticias/Gobierno-de-Panamaanuncia-cierre-de-la-frontera-con-Colombia 9. http://www.elsalvador.com/articulo/internacional/concluye-traslado-cubanos-varados-costa-rica-panama-104489 10. http://www.elnuevoherald.com/noticias/mundo/america-latina/cuba-es/article64231342.html 11. https://www.cubanet.org/destacados/en-vigor-acuerdo-para-deportar-cubanos-desde-mexico/ 12. Secretaría de Gobernación, Unidad de Política Migratoria http://www.politicamigratoria.gob.mx/es_mx/SEGOB/Boletines_Estadisticos 13. http://www.bbc.com/mundo/noticias/2016/05/160519_mexico_centroamerica_migracion_ninos_invisibles_aw 14. http://www.bbc.com/mundo/noticias/2016/05/160519_mexico_centroamerica_migracion_ninos_invisibles_aw 15. Esta ley conocida como política de pies secos, pies mojados se refiere a la disposición, tomada por Estados Unidos, de admitir a cubanos que pisan tierra estadounidense (pies secos), mientras que prohíben el ingreso a los que son detenidos por la Guardia Costera en el mar (pies mojados). 16. Ver el informe de la Revista SEMANA “Turbo, el hueco inhumano” (del 26 de junio al 2 de julio de 2016).Enlace: http://www.semana.com/nacion/multimedia/turbo-en-crisis-humanitaria-por-migrantes-africanos-yasiaticos/ 478236 17. Ibíd. 18. Migración Colombia (Junio 2016) Información sobre atención a migrantes en Turbo-Antioquia-.

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Una década más sin una ley integral sobre migraciones y refugio Organizaciones Sociales y de Derechos Humanos condenan politicas migratorias punitivas y restrictivas de derechos Las organizaciones de derechos humanos que suscribimos este llamamiento hacemos pública nuestra condena ante los procedimientos violatorios de las normas constitucionales y los estándares internacionales de derechos humanos, adoptados por las autoridades policiales y judiciales del país, mediante los cuales se ha procedido a deportar a 122 personas de origen cubano, inspirados en un paradigma securitista y de control social. Las arbitrariedades e ilegalidades cometidas por el Ejecutivo, en particular el Ministerio del Interior, y la Función Judicial, en el transcurso de todo este proceso punitivo, desde su detención -incluidas mujeres y niños- en un lugar público autorizado, su traslado a dependencias judiciales, su privación de libertad, su juzgamiento en el que se ha evidenciado vacíos y contradicciones procesales, su deportación sin considerar nexos familiares, la aplicación de una legislación anacrónica e inconstitucional, y la negativa para acceder a recursos efectivos, como lo establece la Constitución de la República y los tratados internacionales de derechos humanos, no son justificables bajo ningún argumento. El Estado ecuatoriano mantiene hasta el momento una deuda pendiente con los emigrantes, inmigrantes y refugiados, pues sus instituciones no han sido capaces, primero, de acatar las normas y los principios constitucionales y, segundo, de desarrollar una legislación secundaria armonizada y garantista de derechos, en concordancia con sus compromisos internacionales. Los operadores de justicia y los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, desconocen y omiten en la práctica la preeminencia y la aplicabilidad directa de las normas constitucionales y de los tratados internacionales de derechos humanos. Las organizaciones sociales y de derechos humanos demandamos a la Asamblea Nacional, en especial a su Comisión de Soberanía, Integración, Relaciones Internacionales y Seguridad Integral, que ha recibido múltiples aportes, observaciones y propuestas de las organizaciones de la sociedad civil, la academia y los organismos internacionales, la aprobación de una ley integral sobre migraciones y refugio, vacío jurídico que se ha convertido en una de las causas de las medidas restrictivas y violatorias a los derechos humanos de los migrantes y sus familias en el país, y que somete a prueba la consistencia ideológica y jurídica de

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las políticas migratorias ecuatorianas, presuntamente, fundadas en el principio de la “ciudadanía sudamericana y universal”. Quito, julio 16 del 2016 Acción Ciudadana por la Democracia y el Desarrollo - ACDemocracia Centro de Documentación en Derechos Humanos “Segundo Montes Mozo S.J.” (CSMM) Clínica Jurídica de la Universidad San Francisco de Quito Colectivo Pro Derechos Humanos (PRODH) Colegio de Abogados de Pichincha Comité de Derechos Humanos de Orellana Comité de Víctimas y Familiares de Delitos de Lesa Humanidad y Graves Violaciones de Derechos Humanos Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CDH) Defensa de los Niños-Internacional (DNI Ecuador) Frente Ecuatoriano de Derechos Humanos (FEDHU) Frente Popular Fundación Andina para la Observación y Estudio de Medios (Fundamedios) MIREDES Internacional (Red Internacional de Migrantes, Refugiados/as y Desplazados/as) Movimiento Nacional de Mujeres de Sectores Populares Luna Creciente Plataforma por la Defensa de la Democracia y los Derechos Humanos en Ecuador (PDDHE) Plataforma Interamericana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo (PIDHDD Regional)

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PRIVACIÓN DE LIBERTAD, INCOMUNICACIÓN Y DEPORTACIONES ARBITRARIAS EN SALA DE TRÁNSITO AEROPORTUARIA DE GUAYAQUIL Recopilación de casos sobre la situación de personas privadas de la libertad en las salas de tránsito aeroportuarias y la afectación a los Derechos Humanos registrados por el CDH.

Foto Billy Navarrete

Introducción El avance tecnológico de este último siglo ha permitido que los aviones tengan mejor desarrollo en cuestión de velocidad y seguridad, ubicándolos como uno de los medios de transporte más recurrentes para movilizarse. Por esto, los aeropuertos se convirtieron en puestos fronterizos de distintos países por las aeronaves comerciales. Dentro de los aeropuertos, existen un espacio denominado “Sala de Tránsito” o a veces conocida como zonas estériles, de espera o internacionales. A pesar de tener diferentes nombres, cumple un mismo fin, ya que es un área aeroportuaria donde los pasajeros de distintas nacionalidades, procedentes de diferentes vuelos, pueden transitar libremente, antes de ir al control fronterizo (Del Valle, 2005).

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Pero en algunos casos, la función de las salas de tránsito varía de acuerdo a la condición de los pasajeros: “Por una parte, la de los viajeros en trasbordo, salida o entrada hacia los puestos fronterizos aeroportuarios de un Estado, en libre movimiento.” (Del Valle, 2005) “Por otra parte, la de las personas rechazadas en frontera, solicitantes de asilo y refugio, o personas en situación de expulsión, devolución o salida, y por tanto en situación de retención/detención, en cualquier caso, de restricción de movimientos.” (Del Valle, 2005) Nuestra problemática se enfoca en las personas rechazadas en las fronteras aeroportuarias, pudiendo ser refugiados, solicitantes de asilo o turistas que se le han negado la entrada al país sin justificación claras, privándoles de su derecho a la información, defensa y de libre movilidad, entre otros derechos humanos. A pesar de obtener la declaración de que son zonas francas, donde la jurisdicción estatal no toma parte, nuestra organización comparte el enunciado del catedrático de Derecho Internacional de la Universidad Autónoma de Madrid, Antonio Remiro Brotons, que alega que “No hay tierra de nadie. Es una ficción. Y las llamadas zonas de tránsito de los aeropuertos forman parte del territorio del Estado donde se encuentren” (El País, 2013). Considerando que no hay una zona que la ley no pueda actuar, siendo un deber moral y ético del Estado, velar por la seguridad de esos ciudadanos. Antecedentes En el 2015 se recibió la información de la privación de libertad de los ciudadanos hindúes Narinderjit Singh y Rajubhai Tribhovanbhai en la Sala de Tránsito del Aeropuerto Internacional José Joaquín de Olmedo. Ellos habían mencionado necesitar protección internacional debido a la persecución política en su país de origen. Nuestra organización conoció otros casos similares ocurridos en el aeropuerto de Guayaquil, como el de los ciudadanos ghaneses Francis Phillip y James Mimor, del camerunés Tchasseau Jean Michel, del iraní Hamed Najar, del cubano Landy García, entre otros. Esto crea preocupación en organismos de Derechos Humanos debido a la afectación a la seguridad jurídica, el derecho a la defensa, la integridad física e incomunicación, incluso de contactos con instituciones humanitarios.

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Además de aislamiento e incomunicación, las personas en condición de movilidad humana privadas de la libertad en la Sala de Tránsito Aeroportuaria de Guayaquil permanecen durante periodos indefinidos durante semanas inclusos meses sin tener acceso a ducha, sus implemento de aseo ni a su equipaje. Caso: Landy García Luna El 18 de abril del 2014 el ciudadano Landy García Luna, de nacionalidad cubana, llegó a la ciudad de Guayaquil procedente de Cuba en calidad de turista, al presentar su documentación al agente de migración, éste la revisó y le dijo que la misma estaba en regla, sin embargo le negó el ingreso supuestamente por “no pasar la entrevista migratoria”. El funcionario de la Policía de Migración no le explicó de manera satisfactoria, en qué consiste este requisito legal, cuáles son los parámetros objetivos en que se hizo la misma, y cuál es la base legal por la cual se lo retiene ilegalmente en el aeropuerto sin permitirle la salida y sin dar a conocer el nombre del funcionario que lo atendió. la misma estaba en regla, sin embargo le negó el ingreso supuestamente por “no pasar la entrevista migratoria”. El funcionario de la Policía de Migración no le explicó de manera satisfactoria, en qué consiste este requisito legal, cuáles son los parámetros objetivos en que se hizo la misma, y cuál es la base legal por la cual se lo retiene ilegalmente en el aeropuerto sin permitirle la salida y sin dar a conocer el nombre del funcionario que lo atendió. El ciudadano Landy García no fue traído a la audiencia oral pública de Habeas Corpus convocada para el 12 de mayo de 2014. Estuvieron presentes los abogados de CDH para solicitar la inmediata libertad. La aerolínea expresó que han cumplido con lo expuesto en el anexo 9 del Convenio de Aviación Internacional, como obligación de la manutención del pasajero hasta que sea devuelto a su país de origen, facilitando facilitando. De la audiencia se extrae que “todo lo actuado por parte de los agentes de policía del Servicio de Migración, está basado en la Codificación de la Ley de Migración, ya que no se ha justificado en derecho, una afección al derecho a la libertad y a la movilidad humana en contra del ciudadano Landy García, sino al contrario, el ciudadano en base a su libre determinación, no aceptó regresar a su ciudad natal. Por ende, la vía utilizada (Habeas Corpus) no es la adecuada para resolver el pedido de los abogados, miembros del CDH, sino que debe ser resuelta por un Juez de Garantías Penales del Guayas, por lo que se niega la acción de Habeas Corpus”.

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El 20 de junio del 2014 el CDH presentó una apelación a la resolución dictada en contra de la acción de Habeas Corpus. Se argumenta que Garcia no fue presentado ante el Juez constitucional de primera instancia. En tal virtud, esta Sala Especializada de lo Laboral, de la Corte Provincial del Guayas, aceptó la acción de Habeas Corpus solicitada por Landy García Luna, por no haber sido presentado a la audiencia pública de Habeas Corpus en la fecha y hora señalada, por parte del Jefe Provincial de Migración del Guayas y como reparación integral se ordena la libertad inmediata del peticionario, disponiendo además que su situación migratoria sea atendida por la autoridad competente bajo el procedimiento establecido en la Ley de Migración. A pesar de lo declarado por el Juez, el ciudadano cubano Landy García ya había sido embarcado por la fuerza en un avión hacia Cuba. Caso: Medelina Rivero Mosquera y su nuera Solangel Cedeño González En fecha 2 de junio del 2014, la señora Medelina Mosquera Ramos presentó una queja ante la DPE con número de expediente 1687-2014 informando que su hija Medelina Rivero Mosquera y su nuera Solangel Cedeño González, se encontraban desde el 30 de mayo en el aeropuerto sin acceder a una entrevista para solicitar refugio en el Ecuador. Ellas se encontraban privadas de la libertad junto a una tercera persona, quien no reclamo dicha condición. Según testimonio directo recibido por un miembro del CDH, la madrugada de hoy 12 de junio de 2014, dichas personas fueron violentamente embarcadas en vuelo de Avianca, por parte de agentes de civil de la Policía de Migración, de regreso a la Habana, Cuba. Según denuncia, ellas habían solicitado la intervención de la Defensoría del Pueblo del Guayas el 2 de junio. Ese mismo día, dicha dependencia remitió la solicitud de refugio a la Dirección de Refugio de la Cancillería del Ecuador en Guayaquil que inadmitió las solicitudes. Sin embargo, dichas resoluciones no se encontraban ejecutoriadas, existiendo un plazo para que se presenten las correspondientes apelaciones por parte de las solicitantes, como lo establecen las leyes vigentes ecuatorianas. Las mujeres, en este caso, no han tenido acceso a su vestimenta ni a sus enseres personales de aseo, debiendo permanecer en condiciones precarias, vistiendo la misma ropa por más de 15 días.

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Caso: Tchasseau Jean Michel La Defensoria del Pueblo notificó oficialmente que “el 22 de abril del 2015 conoce que el señor Tchasseau Jean Michel, de nacionalidad camerunés, 26 años de edad, lleva aproximadamente 23 días detenido en la sala de transito del aeropuerto de Guayaquil. Aparentemente tendría elementos de refugio sin que hasta ese momento haya podido acceder al procedimiento de refugio. Caso: Nana Wereko Amoah El ciudadano Nana Wereko Amoah de nacionalidad Ghanesa, fue deportado de Belice y en Guayaquil se le aplicó medida de exclusión migratoria. Permaneció en zona de tránsito del aeropuerto José Joaquín de Olmedo desde el domingo 30 de agosto del 2015. El 4 de septiembre del 2015 la Defensoría Pública, Defensoría del Pueblo y AAE tomaron contacto con el ciudadano ghanes y trasladaron el caso a la Dirección de Refugio del Ministerio de Relaciones Exteriores que realizó entrevista como parte del protocolo. Finalmente la solicitud fue admitida al trámite de asilo, el ciudadano pudo salir del aeropuerto y actualmente es solicitante de refugio. Caso: Francis Phillip y James Mimor Los ciudadanos ghaneses, Francis Phillip y James Mimor, luego de ser deportados desde Belice ingresaron al Ecuador por el aeropuerto internacional José Joaquín de Olmedo el sábado 12 de diciembre del 2015 y en esas circunstancias la Policía Migratoria les aplicó medida de exclusión. Asylum Access Ecuador, Defensoría del Pueblo y Defensoría Pública presentaron el caso a la Dirección de Refugio y accedieron al procedimiento de asilo, actualmente son solicitantes de refugio. Los ciudadanos ghaneses manifestaron no haber recibido adecuada alimentación y trato por parte de la aerolínea Avianca durante el periodo en la sala de transito. Caso: Narinderjit Singh y Rajubhai Tribhovanbhai Los ciudadanos de nacionalidad hindú, Narinderjit Singh y Rajubhai Tribhovanbhai, ingresaron al Ecuador por el aeropuerto internacional Antonio José de Sucre en la ciudad de Quito y fueron trasladados al aeropuerto José Joaquín de Olmedo de Guayaquil. La Defensoría Pública tomó contacto con los ciudadanos y puso en conocimiento su necesidad de protección internacional ante la Cancilleria pero fueron deportados a la India el día 24 de diciembre del 2015.

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Caso: Hamed Najar Agdham En fecha 8 de enero del 2016, CDH interpone Acción Constitucional de Habeas Corpus, a favor del ciudadano de nacionalidad iraní, Hamed Najar Agdham, de 33 años de edad, quien se encuentra desde el 21 de diciembre del 2015 retenido contra su voluntad y por lo tanto privado de manera arbitraria de su libertad en el aeropuerto José Joaquín de Olmedo de la ciudad de Guayaquil, específicamente en las oficinas de la aerolínea COPA, sin que ninguna autoridad haya emitido hasta el presente una orden de privación de libertad en su contra, ni tampoco se le haya puesto a órdenes de juez competente. El ciudadano Hamed tuvo que huir de Irán y buscar refugio en Ecuador porque recibió amenazas contra su vida sufridas por parte de un General de la Guardia Revolucionaria Islámica Iraní (SEPAH), por negarse a manejar un proyecto que estaba financiado con fondos de origen ilícito. Mencionó que recibió una llamada de su madre diciéndole que miembros de la inteligencia del SEPAH, la habían visitado, advirtiéndole que si lo encontraban, lo matarían, es ahí cuando para salvar su vida, decidió huir de Irán. Se dirigió a la frontera con Turquía donde conoció a una persona de nombre Jalal quien le dijo que podía ayudarlo a llegar a un país donde estuviera seguro, a cambio de una suma de USD 30.000,00. Hamed Najar permaneció un mes en Turquía, luego viajo en avión a Alemania donde estuvo cerca de 45 días en un hotel sin salir, posteriormente viajaron por varios países de América Latina entre ellos Ecuador. Al llegar a México, las autoridades mexicanas detectaron que el pasaporte del señor Hamed era presuntamente falso, motivo por el cual lo regresaron a su último puerto de embarque, la ciudad de Guayaquil donde arribó el 21 de diciembre del 2015. Dicho pasaporte formaba parte de los documentos de viaje que le fueron entregados por Jalal. Las personas que sufren persecución suelen caer en redes dedicadas al tráfico de personas que le cobran fuertes sumas de dinero con la promesa de llevarlos a un país donde su vida no corra peligro, lo que la mayoría de veces no sucede, ya que son abandonadas en medio camino o cuando se presenta algún inconveniente. El 24 de diciembre del 2015, solicitó refugio al Estado ecuatoriano. Sin embargo, no se le permitió su entrada al país, a pesar de existir norma expresa que prohíbe que una persona que solicite refugio sea retenida en frontera. El Juez de la Unidad Judicial Florida de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil,

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cumpliendo su rol de Juez Constitucional, declaró con lugar la demanda de Habeas Corpus presentada por el CDH, disponiendo su inmediata libertad. PREOCUPACIONES MÁS DESTACADAS - Limbo Jurídico El Ministerio del Interior del Ecuador, encargado de la Policía Migratoria, señalan que las Salas de Tránsito Aeroportuarias no están bajo la jurisdicción de las leyes que rigen en el país por ser lugares de ingreso al territorio nacional. Esta ficción jurídica hace que las obligaciones en materia de protección de Derechos Humanos, incluso de población que manifiesta necesidad de protección internacional, sean discrecionales y bajo la sola atribución de la Policía de Migración en la zona esteril. - Procedimientos sumarísimos y herméticos La Policía Migratoria dentro de sus propios fueros realiza deportaciones sin suficiente justificación legal y en secreto ante pedidos de información por parte de organizaciones humanitarias y públicas, como son Defensoría del Pueblo y Defensoría Pública. Los casos reseñados en el presente informe fueron conocidos por el CDH de forma casual. Es decir, no se conoce de forma regular y pública el número de deportaciones y los motivos de la exclusión que incluya el accesos al derecho a la defensa y el respeto al procedimiento de refugio. - Alternativas a la detención migratoria Considerando que el Estado de Ecuador en diciembre de 2014 se comprometió a respetar el Plan de Acción de Brasil, específicamente lo relacionado con el programa Fronteras Solidarias y Seguras que resuelve “ Diseñar normas y reglamentos operativos sobre medidas alternativas a la detención administrativa migratoria de solicitantes de asilo, en particular de niños y niñas acompañados y no acompañados.” Adicionalmente nuestra Constitución propugna el concepto de ciudadanía universal, la libre movilidad, y el respeto de los derechos de los migrantes consagrados en los instrumentos internacionales suscritos por el Ecuador, en consecuencia, ningún proceso migratorio puede ser de carácter penal, y menos contemplar la privación de la libertad. En CDH considera que los hechos

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registrado en las Salas de Transito Aeroportuaria afecta los principios anotados. Al contrario, funcionarios del Ministerio del Interior durante reuniones de trabajo sobre estas preocupaciones han señalado que las personas en procesos de deportación en Sala de Tránsito no se encuentran privadas de la libertad debido al tamaño del sitio y contacto con otros pasajeros.

- Condición de aislamiento y precariedad Las personas aludidas en el informe han sufrido condiciones de aislamiento, incluso a contacto con organizaciones humanitarias y de protección de Derechos Humanos, como la Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública, Dirección de Refugio. Son obligadas a permanecer por periodos prolongados e indefinidos (semanas o mas de un mes) sin acceso a ducha, implemento personales de aseo y a su equipaje. RECOMENDACIONES Durante el 2015 hasta inicios del 2016 se desarrolló valioso proceso para diseñar un protocolo interinstitucional sobre Salas de Tránsito y los Derechos Humanos a través de varias sesiones de trabajo en la Defensoria del Pueblo en Guayaquil con participación incluso de funcionarios del Ministerio del Interior, representantes de lineas aéreas y Cancillería. El protocolo permitiría primordialmente garantizar el acceso de funcionarios de la Dirección de Refugio de la Cancillería, Defensoría del Pueblo o Defensoría Pública a personas privadas de la libertad en Salas de Tránsito que manifiestan necesidad de protección internacional, garatizar su defensa y promover alternativas a la detención migratoria. Este proceso se interrumpió el 11 de marzo de 2016 por incapacidad de llegar a acuerdos sobre el protocolo con funcionarios del Ministerio de Interior. En concretamente, resulta indispensable transparentar por parte de la Policía Migratoria el número de deportaciones ejecutadas de forma regular y los motivos legales de exclusión considerando el derecho a la defensa.

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Este proceso se interrumpió el 11 de marzo de 2016 por incapacidad de llegar a acuerdos sobre el protocolo con funcionarios del Ministerio de Interior. En concretamente, resulta indispensable transparentar por parte de la Policía Migratoria el número de deportaciones ejecutadas de forma regular y los motivos legales de exclusión considerando el derecho a la defensa. En el Quincuagésimo Noveno periodo de sesiones del Comité contra la Tortura - CAT de Naciones Unidas el 8 y 9 de noviembre de 2016 el CDH envío el presente informe sobre Sala de Tránsito Aeroportuaria de Guayaquil con apoyo de la Red Internacional de los Derechos Humanos. En la observaciones finales del examen del CAT al Estado de Ecuador se anota: Refugiados, no devolución 21. Aunque toma nota de las explicaciones dadas por la delegación, el Comité sigue preocupado por los informes que señalan que el Estado podría haber incurrido en prácticas contrarias al principio de no devolución, especialmente en puestos fronterizos aeroportuarios.

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Foto Billy Navarrete


MOVILIDAD HUMANA Fuente Agence France-Presse. (22 de Marzo de 2016). Global Post. Recuperado el 30 de Marzo de 2016, de http://www.globalpost.com/article/6749692/2016/03/22/syrian-trapped-year-istanbul-airport-moved-detention-centre. Del Valle, A. (2005). las zonas internacionales o zonas de tránsito de los aeropuertos, ficción liminar fronteriza. Andalucía: Universidad de Cádiz. El Comercio. (2014). El Comercio. Recuperado el 28 de Marzo de 2016, de http://www.elcomercio.com/actualidad/mundo/colombia-otorgo-salvoconducto-a-cubanos.html El Mundo. (09 de Enero de 2014). Diario El Mundo. Obtenido de http://www.elmundo.es/internacional/2014/01/09/52ceefe9ca474194088b456f.html El País. (25 de Junio de 2013). Diario El País. Obtenido de http://internacional.elpais.com/internacional/2013/06/25/actualidad/1372185040_681034.html El Universo. (30 de Marzo de 2016). El Universo. Recuperado el 01 de Abril de 2016, de http://www.eluniverso.com/noticias/2016/03/30/nota/5494233/onu-busca-paises-acogida-medio-millon-refugiados-sirios. Martí Noticias. (11 de Enero de 2014). Martí Noticias. Recuperado el 30 de Marzo de 2016, de http://www.martinoticias.com/a/cubanos-logran-salir-del-aeropuerto-de-bogota/30956.html Muscat Daily. (23 de Marzo de 2016). Muscat Daily. Recuperado el 23 de Marzo de 2016, de http://www.muscatdaily.com/Archive/Gcc/Syrian-trapped-for-a-year-at-Istanbul-airport-moved-to-detention-center-4nky. Palmer, B. (02 de Julio de 2013). Slate. Recuperado el 28 de Marzo de 2016, de http://www.slate.com/articles/news_and_politics/explainer/2013/07/edward_snowden_has_spent_a_week_in_a_transit_zone_at_moscow_s_airport_what.html Pastrana, E. (28 de Junio de 2013). ABC. Recuperado el 28 de Marzo de 2016, de http://www.abc.es/internacional/20130628/abci-moradores-aeropuertos-sobrevivieron-otros-201306271501.html Rivera, N. (15 de Marzo de 2016). Hipertextual. Recuperado el 29 de Marzo de 2016, de http://hipertextual.com/2016/03/cronologia-edward-snowden. RT Noticias. (30 de Julio de 2013). RT Noticias. Recuperado el 30 de Marzo de 2016, de https://actualidad.rt.com/actualidad/view/98488-terminal-residentes-aeropuertos. Söylemez, A. (22 de Marzo de 2016). Bianet. Recuperado el 23 de Marzo de 2016, de https://bianet.org/english/human-rights/173252-syrian-refugee-fadi-mansour-sent-to-kumkapi-repatriation-center

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Refugiada denuncia abuso policial en La Troncal Mi nombre es Maria Oneida Hernandez Gomez, soy colombiana, vivo en el cantón La Troncal con mis 3 hijos y me encuentro en este país en calidad de refugiada reconocida. Ante usted denuncio los siguiente: El día 16 de marzo del 2016 en horas de la madrugada cuando ya estábamos dormidos escuché a los perros ladrar y vi por la ventana dos tipos que venían corriendo hacia mi casa con armas en la mano. Pensé que eran ladrones y bajé a ver. Estando ahí vi que más allá venía un policía uniformado. Ellos me hicieron a un lado y entraron a mi casa sin enseñarme ninguna orden, solo uno de ellos, el cabo Silva me mostró una credencial pero no se alcanzó a ver nada. Luego de eso me preguntaron donde estaba mi “hijo” Kevin, que lo andaban buscando porque había cometido un robo. Yo les explique que Kevin no era mi hijo sino mi yerno y que si querían podían buscarlo. Ellos revisaron la casa, los cuartos y mientras lo hacían el cabo Silva nos insultaba, que los colombianos somos una lacra y que nos iba a llevar detenidos a todos; también nos pidió que les mostremos nuestra documentación lo cual hicimos.

En uno de los cuartos encontraron escondido a Kevin y se lo llevaron detenido, y al salir el cabo Silva me dijo: “Nos llevamos 3 teléfonos” y se retiraron de mi casa. Una vez que se fueron, empezamos a ordenar la casa lo cual quedó hecha

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un caos. Al revisar mis cosas, me percato que me faltaban 8 teléfonos celulares y 1 playstation. Al día siguiente fui a la Policía Judicial de La Troncal, busqué al cabo Silva y le pedí que me devuelva mis cosas, él me dijo que “por ser buena gente” me iba a devolver mi teléfono personal y el playstation, pero que los otros teléfonos estaban en custodia. Fui a la Fiscalía y el Fiscal dijo que esos teléfonos nunca habían ingresado, no constaban en el parte y que arregle eso con el cabo Silva. Fui de nuevo donde el cabo Silva y me dijo que no me iba devolver nada. Entonces yo le dije que lo iba denunciar y él me respondió “tu me denuncias y me voy contra ti y tu familia, y vamos a ver a quien le van a creer” Cuando quise poner la denuncia en la Fiscalía de La Troncal no me la quisieron recibir, por lo que denuncié esto en la Unidad Subzonal de Asuntos Internos Cañar No. 3. Posteriormente el caso también fue conocido por un Fiscal del cantón La Troncal. Sin embargo, no siento que exista interés e imparcialidad por parte de la autoridades que están conociendo el caso. Al mismo tiempo, me siento temerosa y desprotegida ya que cuando los agentes que entraron a mi casa, entre ellos el cabo Silva, han dado su versión, han dicho que nunca han entrado; que a Kevin lo detuvieron en la calle, todo lo cual es mentira. Temo así mismo, que por mi situación de vulnerabilidad, el cabo Silva cumpla con sus amenazas y atente contra mi y mis hijos. Pongo esta denuncia para solicitar su intervención autorizando que la misma pueda ser puesta en conocimiento de las autoridades pertinentes.

La Troncal, Junio 10 del 2016

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Venezolano homosexual y portador de VIH busca protección en Ecuador

Jesús G. es un venezolano solicitante de refugio que actualmente vive en Guayaquil debido a que su país no le garantizó su seguridad como persona homosexual y el acceso a los retrovirales para controlar el VIH que padece. Acceso vivió en su natal Caracas casi toda su vida. Se dedicaba a trabajar en el diseño de páginas web de manera independiente por ser técnico superior en Informática. Ingresó a Ecuador debido a que en Venezuela se le negó su derecho a seguridad y salud. Señala además, que por su condición homosexual, fue amenazado por personas particulares, de nacionalidad árabe, quienes vivían en el mismo sector donde residía Jesus G. El incidente se dio hace unos seis meses atrás –no recuerda la fecha exacta-, en circunstancias en las que Jesús G, fue saludado con un beso en la mejilla por su pareja al ir llegando a su casa y las estas personas árabes, le gritaron “¡eres una aberración ante los ojos míos y de Dios, no merecen estar vivos. Alá los castigará!”. Señala que luego de dos días, en circunstancias en las que se encontraba ingresando a su departamento fue abordado por dos hombres, no árabes, quienes le manifestaron; “-¡ah, tu eres el maricón!”-. Estos desconocidos se encontraban con arma blanca (dos cuchillos) y le dijeron además, como repitiendo lo que había dicho el árabe: “-tú no mereces vivir-“.

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Recibió un golpe en la nuca y perdió el conocimiento. Al despertar, se encontraba en su mismo departamento, sobre un mueble grande, lleno de sangre pues le habían golpeado en la cara, con hematomas. Fue hospitalizado y en lo posterior, luego de dos días, recibió una llamada en la que le habló un hombre con tono no venezolano, sino árabe, quien le manifestó en tono burlesco que “-no denunciara nada, ¿o acaso quería más?-”. En la policía técnica judicial le indicaron que ese tipo de violencia no se encontraba tipificado, en la relación al tipo de género, tratándose de los GLBTI. Por esta razón, el incidente fue procesada como robo, sin tomarle declaración. Jesus G dice “mi situación de vulnerabilidad en Venezuela se agrava no solo por ser GLBTI sino que además soy portador de VIH, siendo que uno de los motivos principales por los cuales me vi obligado a dejar Venezuela es porque el Estado no me provee los antiretrovirales que debo tomar de forma periódica y que mantienen la enfermedad controlada. Ahora estoy recibiendo la medicación por parte del Estado ecuatoriano a través del Hospital de Infectología en Guayaquil. Guayaquil, 1 noviembre 2016

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Foto Billy Navarrete

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PREOCUPACIONES SOBRE CENTROS DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD DE GUAYAQUIL El CDH continuó recibiendo graves denuncias de violaciones a los Derechos Humanos ocurridas en centros carcelarios, especialmente en la Penitenciaría del Litoral y la Cárcel Regional ubicadas en la ciudad de Guayaquil y que suman la mayor población privada de la libertad en el país. Para el 59 periodo de sesiones del Comité contra la Tortura CAT de Naciones Unidas realizada el 8 y 9 de noviembre del 2016, el CDH presentó Informe temático sobre 5 años del Nuevo Modelo Carcelario en el Ecuador con el apoyo de la Red Internacional de Derechos Humanos. A continuación resumimos nuestras preocupaciones: - Ascenso acelerado de población carcelaria a nivel nacional. Según cifras oficiales de la Defensoría Pública del Ecuador, luego de ejecutar varias medidas de excarcelación por parte del Gobierno Nacional se registró disminución de población carcelaria de 18.675 en el 2007 a menos de 9000 personas en el año 2009. En el 2013 se registró marcado ascenso a 24.203 y en el 2014 la suma llega a 26.821 personas encarceladas. No se cuenta con información clara y documentada sobre los motivos de este ascenso considerando que la privación de libertad es una medida excepcional según la Constitución del Ecuador. - Política de “máxima seguridad” genera aislamiento. El informe describe el progresivo aislamiento de la población carcelaria al restringir el contacto con familiares que generalmente son pobres y tienen que recorrer largas distancias para encontrarse con parientes. Aunque el numero de cárceles ha aumentado significativamente, la asignación de lugar no consideran cercanía a localidad de pertenencia del privado de libertad. Adicionalmente se registra casos de falta de atención médica y suministros a privados de libertad que incluso han perdido la vida. El CDH ha registrado casos de restricción de correspondencia (cartas) dirigidas a privados de libertad extranjeros. Además el CDH da su testimonio de sufrir trato discriminatorio sufrido por estar impedido de ingresar y realizar monitoreo sobre Derechos Humanos en cárceles. Esta situación es extendida a otras organizaciones de Derechos Humanos del Ecuador y motivo de denuncia ante el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura en el Ecuador, bajo la jurisdicción de la Defensoría del Pueblo.

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CARCEL

- Revisiones vaginales a familiares El informe incluye casos de mujeres, familiares o abogadas, que han sufrido de revisiones abusivas al ingresar a las cárceles de Guayaquil por parte de guardias de seguridad sin que exista sanción por estos hechos crueles, inhumanos y degradantes. Esta situación es pública y ha provocado reclamos incluso protestas de familiares y organizaciones sociales que incluyen a comunidad GLBTI, realizadas en exteriores de los centros carcelarios. Estas vejaciones se mantienen pese a reclamos de mujeres afectadas y a la existencia de equipos de alta tecnología (escanear corporales) para evitar el ingreso de objetos ilegales a las cárceles. Esta situación contraviene expresas directrices de las Reglas Minimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos “Reglas Mandela”, numeral 51 y 52 (E/CN.15/2015/L.6/Rev.1) - Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura en el Ecuador El CDH considera que un instrumento altamente valioso y lamentablemente sin efecto real es el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura en el Ecuador que debería incluir espacio consultivo y vinculo entre Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio del Interior y organizaciones de Derechos Humanos de la sociedad civil para el tratamiento de tendencias de violaciones a los Derechos Humanos de personas privadas de la libertad señaladas en el informe. Consideramos que las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos “Reglas Mandela” son un instrumento clave que debe ser ampliamente difundido entre los funcionarios encargados de las cárceles en el Ecuador. Actualmente este instrumento es desconocido y no se conoce ningún plan para su difusión. Es prioritario restablecer monitoreo desde organizaciones de la sociedad civil sobre situación de Derechos Humanos en cárceles del Ecuador. Adicionalmente consideramos que existen experiencias de cooperación con sociedad civil, específicamente universidades para programas de educación a distancia que deben ser fortalecidas para mayor cobertura dentro de las cárceles. Según Observaciones Finales del CAT, entre 2010 y principios de 2016 se presentaron ante la Fiscalia General del Estado 170 denuncias por actos de tortura, 59 de ellas por hechos ocurridos en la provincia de Guayas. Sin embargo, el Estado parte no ha facilitado datos relativos al periodo marzo-diciembre de 2014. Entre 2013 y 2016 se habría dictado cinco sentencias condenatorio por delito de tortura, aunque tampoco se dispone de información sobre las sanciones panales o disciplinarias impuestas a los infractores.

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CARCEL

Discriminación a transexual Nuestra organización recibió la denuncia del ciudadano transexual Hector Alejandro Espinales Cagua sobre la presunta agresión física con arma blanca que sufrió su pareja privada de libertad Carlos Andres Bermeo Minaya de parte de otros internos y golpes propinados por guías penitenciarios el pasado viernes 8 de enero del 2016 en el pabellón 6 de Mediana Seguridad. Según denuncia, posteriormente fue trasladado a celda de castigo en el mismo pabellón. El texto recibido señala que el 10 de enero de 2016, internos del pabellón intentaron ingresar a la celda de castigo donde se encontraba Carlos Andres Bermeo Minaya. Finalmente el denunciante afirma que el 19 de enero de 2016 su pareja sufrió una nueva agresión de parte de internos, concretamente fue herido con arma blanca en la parte dorsal izquierda. Desde finales del 2014 hemos recibido denuncias de esta pareja sobre trato discriminatorio por motivo de su orientación sexual y agresiones, que incluso se formalizaron ante la Fiscalía Provincial y Defensoria del Pueblo. Prohibición de visitar a esposo en cárcel Nuestra organización recibió denuncia de María Carmelina Deleg Deleg sobre presunto trato discriminatorio sufrido por funcionarios carcelarios al impedirle indefinidamente visitar a su conyuge Pablo Peralta Ponce, persona privada de la libertad en la Cárcel Regional de la Zona 8. Según documentación presentada, el 24 de septiembre de 2016 su conyuge fue encontrado portando droga dentro de la cárcel, acusado de tráfico ilícito y sometido a prisión preventiva. Ese mismo día, María Carmelina Deleg Deleg había ingresado a la visita íntima con Peralta Ponce pero al registro corporal minucioso no se halló ningún ilícito y fue puesta en libertad. Desde entonces y según denuncia, María Carmelina Deleg Deleg esta impedida de ver a su cónyuge sin que haya recibido la debida explicación justifique la restricción pese a pedido del CDH a las autoridades carcelarias presentado el 15 de febrero de 2017 por considerar que en el presente caso habría violación a la presunción de inocencia, al debido proceso y a no sufrir trato discriminatorio. La denunciante agrega que es la única familiar que visita a Peralta Ponce.

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CARCEL

Cateo Intimo Maria Aulestia Arboleda, Agente de Seguridad Penitenciaria, denunció que el 21 de marzo de 2016 al ingresar al filtro Nº 3 para realizar la revisión corporal, la agente de la Policía Nacional encargada le dijo que “me baje todos los botones de mi pantalon y luego me dijo que queria ver el interior por lo que procedí a mostrarle mis partes intimas, es la segunda vez que me sucede lo mismo con la misma agente de la Policía Nacional. Resultado de la denuncia presentada ante las autoridades carcelarias se inició investigación interna administrativa policial sin conocerse sus resultados hasta la fecha.

Foto Billy Navarrete

Temo que mi sobrino muera en la cárcel Yo, Alberto Yepez Hidalgo, ecuatoriano, con número de cédula 0910007848, de oficio comerciante, ante usted denuncio los siguiente: Mi sobrino de nombre Christian Abal Balseca Hidalgo, ecuatoriano, con 36 años de edad, con número de cédula 091875391-4 se encuentra internado en la Carcel Regional N° 8 en Guayaquil con grave estado de salud sin que exista atención médica necesaria y que nos hace temer por su vida.

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CARCEL

Mi sobrino fue privado de la libertad el 31 de agosto del 2012 acusado de delito del drogas dentro del proceso judicial n° 2012-0864 y sentenciado a 10 diez años sobre la cual tiene una rebaja a seis años de pena concedida por la Corte Provincial del Guayas el 11 de noviembre de 2014. Inicialmente él fue recluido en la Penitenciaría del Litoral y manifestaba de problemas de salud. En Agosto de 2015 me envía vía telefónica fotos de erupciones en sus extremidades. Aproximadamente en el mes de septiembre de 2015 fue trasladado a la Cárcel Regional N°8 e internado en el Policlínico de Mínima Seguridad de la Cárcel Regional con síntomas de adormecimiento del brazo izquierdo, enrojecimiento de su rostro y se le brotaba vena en la frente. El 15 de octubre de 2015 presentamos pedido a la Directora de la Cárcel para que sea trasladado al Hospital de Lea o al Hospital Universitario debido a que su estado no presenta mejoría. él nos decía que se sentía sin respiración y debilidad hasta el desmayo. a finales de octubre de 2015 registramos el agravamiento de su situación de salud que obligó su traslado al Hospital Neumologico Alfredo J. Valenzuela (LEA). En este centro de salud, los médicos me dijeron que “lamentablemente el paciente tenía sus pulmones completamente colapsados y solo un 20% de sus pulmones están funcionando al parecer por el consumo de drogas”. Dijo además que “el paciente podía fallecer en el lapso de 5 horas.” Mi sobrino estuvo en la sala de emergencia en LEA en estado de coma durante 2 días y luego permaneció 2 semanas en cuidados intensivos. Luego fue trasladado a la sala de recuperación del mismo hospital. Aproximadamente a mitad de enero fue trasladado al Pabellón Prioritario de la Cárcel Regional. Cuando fui a visitarlo a mi sobrino noté que él no podía mantenerse en pie por cuenta propia, necesitaba la ayuda de otros internos. Además, noté que tenía problemas de pérdida de memoria. Pedimos a los trabajadores sociales de la cárcel para que lo examine un neurólogo. Sin embargo, estos pedidos no fueron escuchados. El 6 de mayo fue trasladado al Hospital Universitario hasta el jueves 12 de mayo de 2016. Al día siguiente, el viernes 13 de mayo de 2016, acudo a la cárcel para ver a mi sobrino y varios internos del área de pos operatorio de la cárcel le habían reclamado a la trabajadora social del centro porque esa área no era apropiada para mantener a una persona con tuberculosis. La trabajadora social le había dicho que “él sabe lo que hizo, déjalo nomas que se muera”.

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CARCEL

Por todo lo narrado, mi hermana y yo consideramos que mi sobrino no tiene la atención médica que requiere. Mi sobrino posee una enfermedad catastrófica adquirida dentro de la cárcel, su estado de salud no ha sido atendido como se requiere y se ha agravado cada vez más hasta temer por su vida. Sentimos una recurrente negligencia de parte de las autoridades de la cárcel que han negado el Derecho Humana a la salud a mi sobrino. Recurrimos a ustedes, señores del Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos para que nos ayuden a solicitar atención para el caso de mi sobrino. Guayaquil, 20 mayo 2016

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Foto Billy Navarrete

INTEGRIDAD FÍSICA

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INTEGRIDAD FISICA

Disculpas públicas por agresión de guardias privados El Ingeniero Alsino Ramírez Cañar denunció la agresión física sufrida por sus hijos Aurora Ramirez Gongora de 24 años y Alsino Ramirez Gongora de 17 años por parte personal de seguridad de la empresa SEFIEM CIA. LTDA. durante incidente ocurrido en el Malecón Simon Bolivar el 11 de abril del 2015. La Defensoria del Pueblo el 30 de agosto de 2016 emite resolución que en el numeral cuarto señala “ Exhortamos a la empresa de seguridad SEFIEM CIA. LTDA. ofrecer una disculpa pública a favor de los peticionarios por las deficiencias del servicio ofrecido, materializados en el uso desproporcionado de la fuerza y por el tratamiento inadecuado a una persona que pertenece a un grupo de atención prioritaria.” En CDH se dirigió al Municipio de Guayaquil solicitando se disponga el seguimiento de la resolución emitida por la Defensoría del Pueblo en este caso y nos remita información sobre las disculpas públicas requeridas a la empresa como modo de reparación por la agresión sufrida por los hermanos Ramirez Gongora. Guayaquil 28 octubre 2016 Militar acusado de maltrato Marcelino Vicente Valle Plaza , comerciante ambulante, con discapacidad física del 40%, denunció lo siguiente: El sábado 16 de abril de 2016 me encontraba de visita en casa de mi mamá domiciliada en Callejón 27° entre Oriente y Amazonas cuando aproximadamente a las 10h00 al pie de la casa de mi mamá el Cabo Primero del Ejercito, Johnny Valle Sanchez, me reclamó por la serie de denuncias ante la Fiscalia presentadas por mi consuegro acusándolo de maltratos a su hija. El militar Johnny Valle me golpeó en mis piernas, en cabeza y en el rostro. En la agresión participó también Luis Alfredo Valle Lopez. Mi esposa intervino en mi defensa y Johnny Valle la golpeó fuertemente en el rostro. Esta agresión la denuncié formalmente ante la Fiscalía Provincial ese mismo dia me realizaron examen médico por la agresión diagnosticando 8 dias de incapacidad para mi y 4 dias de incapacidad para mi esposa, con valoración de especialista.

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INTEGRIDAD FISICA

El 18 de abril de 2016 el CDH se dirigió al Comandante Acc. de la Brigada de Infanteria N°5 – Guayas para que ordene la respectiva investigación interna y, de confirmarse lo denunciado, tomar acciones para prevenir la repetición de agresiones. Centros de Deshosexualización El 3 de octubre de 2016 en el CDH organización por la diversidad sexual en rueda de prensa denunciaron el caso de la presunta retención forzada de Elías M.S.B. por ser homosexual con el fin de cambiar su orientación sexual por orden de la familia. Las Observaciones Finales del Comité contra la Tortura CAT de Naciones Unidas realizada el 8 y 9 de noviembre del 2016, señala "El Comité está preocupado por las denuncias de internamiento forzado y malos tratos a personas lesbianas, gais, bisexuales y trangeneros en centro privados en los que se practican las llamadas "terapias de reorientación sexual o deshomosexualización" Pese al cierre de 24 centros centros de este tipo, el Comité observa con preocupación que hasta la fecha los proceso iniciados por la Fiscalia no han concluido en ninguna condena. Asimismo, el Comité condena enérgicamente los asesinatos de personas gais y transgénero ocurridos en el país durante el periodo examinado.

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TERREMOTO

Foto Efrain Castellanos

TERREMOTO

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DERECHOS HUMANOS EN CONTEXTO DE TERREMOTO 19A El 16 de abril del 2016 ocurrió un movimiento sísmico con una magnitud de 7,8 Mw en el cantón Pedernales de la provincia de Manabí. Según la Oficina de la ONU para la Coordinación de Asuntos Humanitarios (OCHA), más de un millón de personas fueron afectadas por el terremoto.

Se detectó que en las áreas afectadas existía un alto porcentaje de personas extranjeras damnificadas, muchas de las cuales correspondían a población colombiana refugiada o solicitante de asilo. El Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CDH), HIAS, Asylum Access y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), integrantes de estrategia interinstitucional a favor de refugiados, acordaron trasladar contingente material y humano al área de desastre a fin de proporcionar atención legal, apoyo para soluciones duraderas, acciones de incidencia en opinión pública y servicios de protección a esta población. El CDH realizó atenciones en las localidades de Manta, Montecristi y Portoviejo entre los meses de junio a diciembre de 2016. Desafíos y lecciones que dejó la tragedia El sistema de protección local debilitado La falta de información en general sobre los procesos de asistencia humanitaria, reubicación y acciones a futuro causa temor e incertidumbre.

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Foto Efrain Castellanos

La desestructuración de las redes de protección comunitarias y familiares a raíz del desastre y el desplazamiento hacia alojamientos oficiales o esporádicos, incrementaron la situación de riesgo, especialmente para personas de atención prioritaria. Insuficiente información para la toma de decisiones con enfoque diferencial. Las primeras semanas del sismo se desconocía la magnitud de las afectaciones y los perfiles de la población afectada o damnificada. Escaza de participación de la población: Los mecanismos para garantizar la participación de personas afectadas/damnificadas en los procesos de evaluación inicial y toma de decisiones fue insuficiente. Distribución de asistencia humanitaria: La respuesta humanitaria desde lo privado como desde lo público no logró ser equitativa, afectando particularmente a comunidades alejadas o personas fuera de los albergues planificados. Riesgo de discriminación y violencia en los diferentes tipos de alojamientos (albergues planificados o centros colectivos, campamientos planificados, familias de acogida y otros lugares espontáneos) (1) .

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Foto Efrain Castellanos

Foto Santiago Arcos

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Documentación: Alrededor de 5000 personas afectadas/damnificadas perdieron o no tuvieron acceso a sus documentos de identidad, debido a la afectación de sus viviendas o el abandono precipitado de sus bienes. (2) Reubicación: La reubicación desde sitios espontáneos hacia los alojamientos planificados por el Gobierno, en el contexto mencionado puede implicar un incremento de los riesgos de protección mencionados que será necesario monitorear, acompañar y tomar medidas adecuadas para mitigar o eliminar los mismos. Apoyo psicosocial: El sismo y sus réplicas tuvieron un importante impacto psicosocial en las personas afectadas, siendo necesario trabajar sus mecanismos de resiliencia. Información: Dada la falta general de información hacia la población afectada, se visibilizó la necesidad de generar procesos informativos sobres servicios disponibles y asesoría legal en particular en lo relativo a tenencia y propiedad de la tierra y la respuesta en general del Gobierno, esto en un lenguaje comprensible y culturalmente adaptado. Explotación y otros riesgos: Dada la pérdida de sus medios de vida, las personas afectadas están en mayor riesgo de caer en prácticas negativas de subsistencia, como trabajo infantil, sexo por supervivencia o ser víctimas de trata y explotación. Participación comunitaria: La participación comunitaria en los procesos de toma de decisiones en los diferentes alojamientos es débil. Casas de acogida: A la par existe un importante número de personas (no cuantificado) que se albergaron en familias de acogida, donde también pueden darse riesgos de protección como los mencionados y donde la capacidad de seguimiento y monitoreo es más limitado.Insuficientes recursos técnicos para respuesta: La capacidad de los actores estatales para dar respuesta fueron altamente demandados de las organizaciones internacionales. Paralelo a la respuesta se generaron continuos espacios de capacitación en derechos humanos y prevención de violencia. Protección para evitar la separación familiar: Varias familias se separaron a causa de la emergencia.

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Exposición a la captación con fines de trata de personas o tráfico ilícito de migrantes: Personas expuestas a la captación para diversos fines de explotación, especialmente, niños/as, jóvenes y mujeres. Este riesgo se incrementó en niñas/os sin documentación de identidad. Necesidad de protección de bienes: Se cambiaron las dinámicas familiares, en algunos casos las familias debían turnarse para cuidar sus bienes en sus casas durante el día y la noche. Inicialmente no hubo suficientes condiciones para policías y demás fuerza pública ejerza su trabajo. Insuficientes recursos humanos: Funcionarios/as públicos/as estuvieron desbordados. Por ejemplo médicos/as enfermeros/as sin relevos, durmiendo en situaciones precarias. Fuentes: (1) Basado en las definiciones del CCCM. Terminología y Nociones–Abril 2016, disponible en: https://www.humanitarianresponse.info/es/system/files/documents/files/cccm_terminologia_y_nociones_borrador.pdf (2) Datos preliminares de Registro Civil Ecuador.

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Foto Vicente Gaibor

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Caso Fybeca: CDH exige protección a testigo y familiares de desaparecidos El Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos CDH frente al anuncio público del Ministro Fiscal General el lunes 20 de junio del hallazgo en Venezuela de uno de los cuatro detenidos desaparecidos y la convocatoria a la Audiencia de Formulación de Cargos para el lunes 27 de junio, manifiesta lo siguiente: La labor de la Fiscalía General del Estado por este hallazgo nuevamente eleva nuestra esperanza de conocer lo ocurrido la mañana del 19 de noviembre del 2003 en la farmacia Fybeca de la ciudadela La Alborada en Guayaquil. La voluntad del testigo, aun incógnito, de aportar con su testimonio al caso se explicaría en términos de la seguridad que el actual proceso judicial, impulsado por la Fiscalía General del Estado, le ofrecería para proteger su vida, libertad e integridad física. Preocupa la precipitada forma en que el Ministro Fiscal General anunció el hallazgo de uno de los detenidos desaparecidos en calidad de testigo incógnito sin que exista justificación para adelantar esta delicada información. Consideramos que debió manejarse con reserva y evitar la aguda crisis que ahora sufren las cuatro familias de los detenidos desaparecidos. Ser familiar de una persona detenida desaparecida significa vivir indefinidamente en incertidumbre cruel, inhumano y degradante. Es decir, las personas desaparecidas y sus familias sufren tortura continuada y requieren especial protección y tratamiento. El CDH se reunió con las familias de los detenidos desaparecidos del caso Fybeca y constató su angustia y zozobra frente a los recientes hechos. Seguirá acompañando a estas familias frente a este dramático giro del caso manteniendo la esperanza del esclarecimiento total de los hechos ocurridos hace trece años.

Guayaquil, Junio 22 del 2016

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13 Años del Caso Fybeca El Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos CDH realizó acto de recordación por aniversario 13 del caso Fybeca el sábado 19 de noviembre de 2016 desde las 9h00 hasta las 11h00 al pie de la Farmacia Fybeca ubicada en el C.C. Gran Albocentro de la Cdla. La Alborada. Al acto asistieron familiares de víctimas de la matanza perpetrada por agentes de la Policía Nacional hace 13 años. Fue una acción contra el olvido de este hecho que dejó 8 ejecuciones extrajudiciales y 3 detenidos desaparecidos. Recordemos que el caso es la portada del Informe de la Comisión de la Verdad presentado en el 2010 y considerado por la administración de justicia como “grave violación a los Derechos Humanos”. A través de este acto, el CDH muestró su posición de lo ocurrido recientemente: - El 20 de junio de 2016 el Ministro Fiscal General anunció el hallazgo en Venezuela de uno de los cuatro detenidos desaparecidos. El CDH expresó su preocupación por la precipitada forma en que el Ministro Fiscal General anunció el hallazgo y la ausencia de protocolos de reserva que hubieran evitado la aguda crisis y vilo que soportaron las cuatro familias de los desaparecidos contactadas en esos días por la organización. - Nuestra esperanza de dar finalmente con un testigo que voluntariamente aporte al caso se desvaneció frente a versión inverosímil de Erwin Vivar sobre la presunta ejecución de Johnny Gómez y su espectacular escape de la custodia policial. En este periodo tambien se registró maltratos y negligencias por parte agentes fiscales encargados de diligencias contra familiares de desaparecidos. - Después de casi un año en apelación, el 11 de noviembre de 2016 se ratificó la sentencia por las ejecuciones extrajudiciales. Se declaró como “cosa juzgada fraudulenta” lo actuado por los tribunales anteriormente, se acusó a 31 personas y se condenó como autores a 5 policías y a un ex agente a 16 años de prisión. El único administrador de justicia inicialmente acusado fue luego declarado inocente. - El ex Mayor de Policía Eduardo González Flores, que dirigió el operativo, continúa prófugo fuera del país sin que exista evidencia clara de proceso de

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extradición. Este años se logró la captura de 2 agentes acusados, y aún existen otros dos policías prófugos señalados de autores materiales.

- Es altamente perturbador la relación y coincidencias en los recientes crímenes: el asesinato del agente Sergio Gaibor Bosques, que se encontraba prófugo, ocurrido el 30 de julio con 8 disparos en el cantón Pedro Carbo y el crimen del Teniente de Policía Wilmer Goyes Herrera mientras investigaba la muerte de Sergio Gaibor. Goyes había desaparición el 28 de septiembre y su cadáver fue hallado el 7 de octubre en la Vía Perimetral. Es Imprescindible que estos hechos sean urgente y exhaustivamente investigados y sus resultados presentados públicamente para despejar el efecto intimidatorio que actualmente generan en las familias de las victimas u otros testigos de la matanza en la farmacia Fybeca.

- En el proceso por las 3 desapariciones forzadas en espera de juicio, se equivoca la Fiscalía General del Estado al calificar el delito como Plagio bajo la modalidad de Desaparición Forzada de Personas. Según la norma penal, no es lo mismo plagio que desaparición forzada por sus motivaciones, condición de los perpetradores, espíritu de cuerpo y lo más importante, la desaparición forzada en delito de Lesa Humanidad cometido por agentes del estado, de acción continuada e imprescriptible.

El caso Fybeca sigue rodeado de denso misterio, con fallos judiciales de poco calado, y familias desamparadas, hostigadas y separadas en su lucha. En este punto el CDH recuerda la conclusión de la Veeduría de la Comisión Anticorrupción que en el 2004 señaló que el caso Fybeca fue “una cita concertada para matar” por la inexistencia de indicios del intento de frustrado de asalto. Ahora observamos que la tesis del asalto se repone fuertemente para cerrar a la fuerza el caso y responsabilizar a las víctimas de lo ocurrido. Guayaquil, 18 de noviembre de 2016

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Hacemos un llamado urgente a la OEA y a los Estados parte a no agudizar la crisis de derechos humanos en la región a través del debilitamiento de la CIDH Las organizaciones civiles y redes firmantes de más de 20 países de las Américas nos unimos a las voces de la región para exigir a los gobiernos y a la Organización de Estados Americanos respondan con propuestas estructurales a la crisis financiera de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), ya que su debilitamiento - a raíz de que los Estados no lo proporcionan los recursos necesarios para su debido funcionamiento- tendrá un impacto negativo en la situación de derechos humanos de los países de la región. Es sumamente preocupante el contexto de retroceso que en materia de derechos humanos se vive en la región. Esto se evidencia a través del aumento de las peticiones, medidas cautelares y audiencias durante los períodos de sesiones y un creciente número de víctimas que reclaman el acceso a la verdad, justicia y no repetición de los actos u omisiones por parte de los gobiernos que han generado diversas violaciones a derechos humanos. Prueba de ello es la violencia estructural, política y social que se extiende en toda la región de América Latina y el Caribe, la cual ha generado un éxodo de personas en movilidad humana, cuyos porcentajes dramáticos se expresan en solicitantes de asilo y desplazados internos. El llegar al uso del Sistema Interamericano a través de la Comisión es una de las últimas esperanzas con las que cuentan las víctimas de estas graves violaciones a derechos humanos; además este organismo ha jugado un rol imprescindible en el avance de estándares regionales de protección. Por ello, limitando el funcionamiento de la Comisión ante la inminente reducción de personal y de funciones, quedarán invisibilizadas las voces de las personas que reclaman justicia y sobre todo la posibilidad de devolver el estado de derecho a varios países de la región. No pueden omitir los países miembros del Sistema Interamericano su responsabilidad de mantener y fortalecer uno de los Sistemas Regionales que es ejemplo a nivel mundial por su actividad. Prueba del coste que implicaría debilitar a la CIDH es lo que padece el Sistema Europeo de Derechos Humanos al contar solo con un Tribunal, condenando a las víctimas a la perpetuación de la impunidad.

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Hacemos un llamado a la Organización de Estados Americanos, así como a los Estados partes, para ofrecer una solución de fondo que refleje la responsabilidad de asumir sus compromisos de proteger, respetar, garantizar y promover los derechos humanos en la región, así como garantizar la continuidad del funcionamiento al 100% de la CIDH. Así, las organizaciones civiles y redes de la región de las Américas extendemos nuestro más sincero reconocimiento, total respaldo y solidaridad para con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos 25 de mayo 2015

Organizaciones y redes firmantes: Grupo Articulador Regional del Plan De Acción Brasil Grupo de Trabajo sobre Asuntos Latinoamericanos (Lawg) Coalición Internacional contra la Detención (Idc) Mesa de Movilidad Humana Región Costa – Ecuador Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos Los Derechos Para Todas Y Todos” (Conformada por 80 Organizaciones en 21 Estados de la República Mexicana): Grupo de Trabajo sobre Política Migratoria (Gtpm) Foro Migraciones

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Salvemos la CIDH Estados miembro de la Organización de los Estados Americanos La Coalición de organizaciones por los Derechos Humanos en las Américas, además de otras redes regionales y globales de sociedad civil, queremos mostrar nuestra preocupación por la grave crisis financiera que atraviesa la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Es por eso que suscribimos la presente carta, apelando a todos los Estados miembro de la Organización de los Estados Americanos (OEA), para que tomen las medidas necesarias que garanticen su inmediato y adecuado financiamiento. Asimismo, hacemos un llamado urgente a la creación de un fondo sostenible de financiamiento para los órganos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH), a fin de atender la precaria situación que se viene dando desde hace años, tanto en la Comisión como en la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La CIDH es uno de los órganos principales de protección cuyo mandato consiste en promover la observancia de los derechos humanos en la región y actuar como órgano consultivo de la OEA en la materia. Es el único mecanismo regional que supervisa las obligaciones de todos los países miembros de la OEA en esta materia, y constituye el último recurso de defensa frente a violaciones de los derechos fundamentales en el continente. La CIDH es un referente internacional por su gran labor de protección a miles de defensoras y defensores de derechos humanos, que viven amenazados y criminalizados en las Américas. Este órgano, vela por los derechos de los pueblos indígenas y afrodescendientes, de las mujeres y niñas, personas con discapacidad y de las personas LGTBI, entre otros colectivos, en su lucha por erradicar la discriminación. El rol de la CIDH, no sólo en el ámbito de protección de los derechos humanos, sino también en el de acción para promover su cumplimiento, alcanza a casi mil millones de habitantes a lo largo y ancho de la región. A pesar de ello, la Comisión Interamericana ha contado, históricamente, con un presupuesto exiguo, que actualmente ha llegado al grado de comprometer la efectiva realización de sus funciones básicas y de su mandato, asignado por los Estados Miembro de la OEA. La propia Comisión anunció que el 31 de julio de 2016 se vencen los contratos del 40% de su personal y que no cuenta con los fondos, ni con la expectativa de recibirlos, para poder renovarlos. Además informó la suspensión de las visitas a países previstas para este año, así como la de los Períodos de Sesiones 159 y 160, programados originalmente para julio y octubre de este año.

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En contraste con otros órganos de protección de derechos humanos, nacionales e internacionales, el financiamiento que recibe la CIDH del fondo regular de la OEA, es decir, de los Estados miembro, es contradictorio con los deseos de los países de aspirar a una región más democrática. En 2016, dicho fondo le asignó un monto de alrededor de 5.4287,9 millones de dólares, lo que constituye un 6,44% del total del presupuesto anual de la OEA el Consejo de Europa destina el 41,5% de su presupuesto a la promoción y protección de los derechos humanos. Si bien la Asamblea General de la OEA, ha aprobado en el pasado resoluciones comprometiéndose a atender esta situación, las mismas no se han materializado con el necesario aumento de recursos que le permita tanto a la Comisión Interamericana como a la Corte la cual, si nada cambia, verá reducido su presupuesto una tercera parte, para finales de este año , contar con el financiamiento adecuado para llevar a cabo sus mandatos. Así, esta petición tiene como fin no sólo el que la CIDH pueda continuar con sus actividades programadas para el año en curso, que pueda renovar los contratos del 40% de su personal, así como llevar a cabo sus períodos 159 y 160, sino también el que se pueda crear definitivamente una estructura que convierta en una práctica sostenible la financiación de este órgano y el de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, aumentando significativamente el presupuesto que la OEA asigna a la SIDH. Las organizaciones de la sociedad civil firmantes, vemos en esta crisis una oportunidad única para consolidar el compromiso de los Estados miembro de la OEA, con los derechos humanos en el continente. Es por eso que les emplazamos a encontrar la manera de construir una estructura sólida y robusta, que garantice la protección de las herramientas que el SIDH proporciona a millones de personas en las Américas. 25 de mayo de 2016

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Situación del Sistema Interamericano de Derechos Humanos Carta de Coalición de Organizaciones por los Derechos Humanos de las Américas al Consejo Permanente Organización de los Estados Americanos. Excma. Audrey Marks Presidenta del Consejo Permanente Organización de los Estados Americanos Excma. Audrey Marks: Reciba un respetuoso saludo en nombre de la Coalición de Organizaciones por los Derechos Humanos de las Américas (en adelante “Coalición”). Por medio de la presente comunicación, nos dirigimos a usted en relación a la Asamblea General Extraordinaria que se llevará a cabo en Washington D.C. el próximo 31 de octubre de 2016, en la que se debatirán propuestas para lograr el pleno financiamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “Corte IDH”) y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “CIDH”). Dicha sesión se llevará a cabo en seguimiento a la Resolución 2887, adoptada en la pasada 46a Asamblea General de la OEA, por la que los Estados se comprometieron a “lograr el pleno financiamiento de la Corte y la Comisión a través del fondo Regular de la OEA”1. A continuación, le transmitimos algunas solicitudes respecto a la celebración de la próxima Asamblea General Extraordinaria, así como nuestras consideraciones respecto al pleno financiamiento de la CIDH y la Corte IDH, de modo que las mismas puedan ser conocidas por los/as representantes de los Estados con antelación a la citada Asamblea. Por su intermedio, le solicitamos que haga llegar esta carta a las misiones acreditadas ante la Organización. 1. Solicitudes respecto a la Asamblea General Extraordinaria y las reuniones previas En la sesión del Consejo Permanente celebrada el pasado 19 de octubre, el Embajador de México señaló que a partir de dicho día se estarían realizando consultas informales con la propuesta de regresar al Consejo con una solución antes del 31 de octubre de 2016. Al respecto, le solicitamos que, dada la importancia que este tema ostenta para la protección efectiva de los derechos humanos en el continente, y con base en los principios de participación y transparencia que deben guiar el actuar de la OEA, se hagan públicas las propuestas que los Estados presenten sobre este tema. En ese mismo espíritu, le solicitamos que para evitar las limitaciones a la participación de la sociedad civil que se dieron en la última Asamblea General, en la República Dominicana, la OEA garantice la mayor participación posible en esta Asamblea General Extraordinaria.

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Adicionalmente, atendiendo a la dificultad que la mayoría de las organizaciones de la sociedad civil, víctimas, usuarios/as del SIDH tienen para viajar a Washington D.C. y a fin de facilitar el seguimiento de las temáticas desde distintos puntos del continente, le solicitamos que la sesión sea transmitida por webcast. 2. Consideraciones respecto al financiamiento de la CIDH y la Corte IDH La CIDH y la Corte IDH son los dos órganos principales de promoción y protección de los derechos humanos en la región, cuyo ámbito de acción alcanza a unos 500 millones de habitantes. Ambos conforman el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (en adelante “SIDH”), el único mecanismo regional que supervisa las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, de todos los países miembros de la OEA. Por tanto, el SIDH constituye el último recurso de defensa frente a violaciones de los derechos fundamentales en el continente. Si bien la Asamblea General en el pasado aprobó resoluciones comprometiéndose a atender la grave situación financiera en la que se encuentran la CIDH y la Corte IDH, las mismas no se han materializado en un aumento significativo de los recursos que les permita a ambos órganos contar con los recursos adecuados para llevar a cabo sus mandatos. Frente al compromiso asumido por los Estados en la 46a Asamblea General, de encontrar los mecanismos para lograr el pleno financiamiento de los órganos del SIDH, las organizaciones de la Coalición consideramos que los siguientes principios deben guiar la discusión del la próxima AG Extraordinaria del 31 de octubre: a) La solución a adoptarse debe tener en cuenta la universalidad e integralidad del SIDH. Esto supone que el aumento de los recursos debe provenir de todos los Estados que forman parte de la OEA y que cualquier solución que se valore debe estar orientada a financiar de manera específica a la CIDH y la Corte. De ese modo, el presupuesto que se destine al SIDH debe atender las necesidades y mandatos de la CIDH y la Corte IDH. A fin de garantizar la integralidad del SIDH, los aportes no deben realizarse en conjunto con otros órganos o dependencias de la OEA, que se dedican a tareas similares de promoción o protección de los derechos humanos sin ser parte del sistema independiente de monitoreo creado por la institución. b) El sistema de financiamiento que adopten los Estados debe garantizar el máximo respeto a la independencia y autonomía de la CIDH y la Corte IDH. Son los propios órganos los que deciden y determinan sus propios planes de trabajo

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IDH expliciten en sus respectivos planes, en relación con resultados y actividades planeadas, la adopción de un incremento en el presupuesto de ambos órganos no debe supeditarse a la presentación de dichos planes estratégicos. Ello por cuanto el aumento presupuestario responde a una situación de crisis financiera aguda, que requiere de una respuesta inmediata por parte de los Estados, para que la CIDH y la Corte IDH puedan seguir haciendo cabalmente su trabajo. Por otro lado, los Estados deben considerar que un adecuado financiamiento del SIDH proveniente del Fondo Regular de la OEA, contribuiría también a fortalecer la autonomía de la CIDH y la Corte IDH, al no tener que depender éstos de las contribuciones voluntarias, que de todas maneras seguirán apoyando el trabajo del SIDH pero que no deben constituir las principales fuentes de financiamiento. c) El modelo de financiamiento del SIDH debe regirse por el principio de viabilidad y sostenibilidad. Es decir, los Estados deben adoptar una solución que garantice un adecuado funcionamiento de la CIDH y la Corte IDH, no sólo en el corto plazo, sino también en el mediano y largo plazo. En ese sentido, más allá de la crisis actual y la necesidad de un incremento sustantivo en el presupuesto de 2017, debe establecerse una solución que garantice que un porcentaje adecuado del Fondo Regular de la OEA sea destinado a la CIDH y la Corte. Adicionalmente, la sostenibilidad financiera del sistema de derechos humanos se beneficia de los aportes de asociaciones civiles, universidades, países observadores, tribunales locales y otros. Es clave que el SIDH mantenga su práctica de búsqueda de financiamiento de manera amplia y sin limitaciones, más allá de las decisiones de los órganos en ejercicio de sus competencias, teniendo en cuenta la independencia del SIDH. d) El sistema de financiamiento debe preservar la integridad de las competencias de la CIDH y la Corte IDH. De ese modo, el modelo de financiamiento no debe suponer de ningún modo una limitación o eliminación de las funciones que son parte intrínseca de sus mandatos. Por ejemplo, sujetar los aportes a la eliminación de relatorías temáticas. e) Toda la discusión relativa al pleno financiamiento de la CIDH y la Corte debe guiarse por los principios de transparencia y publicidad. Agradecemos la voluntad de numerosos representantes, integrantes de los órganos y funcionarios/as, de mantener canales de diálogo abiertos. En este mismo sentido, consideramos fundamental que el SIDH y la OEA adopten mecanismos que garanticen que el proceso de discusión sobre la temática sea abierto y participativo, y que las propuestas y soluciones alcanzadas sean públicas.

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Sin otro particular, las organizaciones firmantes, reiteramos la urgente e imperativa necesidad de que los Estados asuman la responsabilidad de hacerse cargo del SIDH, proveyéndole con una solución financiera sostenible que refleje su compromiso con el respeto y garantía a los derechos humanos de todas las personas en el continente. 28 de octubre de 2016 Organizaciones firmantes de paises de América Latina : por el Ecuador: Centro de Documentación en Derechos Humanos "Segundo Montes Mozo S.J." (CSMM),Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos,Comisión Ecuménica De Derechos Humanos (CEDHU)

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Designación de Defensor del Pueblo será inconstitucional y promoverá la impunidad La Defensoría del Pueblo es la institución nacional que promueve y defiende los derechos de todas las personas que hacen parte de un Estado. La importancia de esta institución obliga que quien esté a la cabeza no solo sea una persona con suficientes conocimientos académicos y con experiencia en la administración en el sector público; pues debe ser, sobre todo, una persona independiente de todo organismo o forma de poder, sea político, económico, de organismos armados, o cualquier otro; porque precisamente deberá cuestionar los excesos que cometan funcionarios que ostentan estos poderes; debe ser una persona que promueva y defienda las formas de organización de la sociedad civil que surgen bajo la consigna de defender derechos, ya sean individuales, colectivos, de los pueblos o de la naturaleza; debe ser una persona que asuma su trabajo como una responsabilidad con la sociedad, y no con el gobierno de turno que respalde su designación. En el ámbito ecuatoriano, la pregunta que surge es si el Defensor del Pueblo, Ramiro Rivadeneira, cumplió con estos preceptos durante su mandato de cinco años y si su labor sustenta su deseo de ser designado para un nuevo periodo. La respuesta es no, un rotundo no. Ramiro Rivadeneira, y su defensor adjunto, iniciaron su gestión con el respaldo de varias organizaciones de derechos humanos, respaldo que se lo dio en la creencia de que al provenir de estas organizaciones, mantendrían ese espíritu de militancia a favor de los derechos, mirados en su integralidad. Nada nos hacía suponer que una vez que asumieran dichos cargos, darían un giro para, rodeado de organismos afines a las tesis gubernamentales, en lugar de proteger los derechos de la población, se dediquen a proteger los derechos del gobierno y trabajen únicamente en temas que no afecten la imagen gubernamental. Veamos algunos ejemplos: • Al inicio de su periodo rechazó el informe sobre la criminalización de la protesta social realizada por su predecesor argumentando vacíos en la metodología e inconsistencia en la cifras de defensoras y defensores procesados. Este informe desapareció de la web institucional de la Defensoría del Pueblo. Igual trato sufrió el informe que hiciera el relator de la ONU, Philip Alston, sobre ejecuciones extrajudiciales en julio del 2010. Este informe de nueve páginas también desapareció de la web de la Defensoría a pretexto de que era muy pesado para la web. • En lugar de patrocinar acciones de protección a favor de la población o de grupos en estado de vulnerabilidad, se dedicó a patrocinar acciones en favor del gobierno, como la acción que buscó impedir la circulación del informe de Miguel Ángel Cabodevilla "Una Tragedia Ocultada", que analizaba

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cómo la ineptitud de funcionarios gubernamentales no impidió la matanza, el 29 de marzo de 2013, de miembros del pueblo Tagaeri, pueblo en aislamiento voluntario que vive en el Yasuní. • En contra de su mandato de defender derechos como la libertad de opinión, se dedicó a proteger al Presidente Correa activando acciones en contra de medios de comunicación, como Diario La Hora, y avalando la aplicación de una ley de comunicación que vulnera el derecho a la libertad de expresión. La Delegada de la Defensoría del Pueblo en la CORDICOM ha sido cómplice del hostigamiento a varios medios de comunicación y la persecución a periodistas y caricaturistas. • La Defensoría del Pueblo ha vulnerado también el derecho de libre asociación al querer eliminar a organizaciones que le son incómodas al gobierno, como fue el caso de la Asociación de Familiares y Amigos de Personas Desaparecidas (ASFADEC). La Defensoría promovió su fraccionamiento e, incluso, se ofreció asesoría legal para quienes deseen alejarse de esta organización que, para reclamar justicia, ha mantenido plantones en la Plaza de la Independencia, algo que molesta profundamente al Presidente. • La DPE aceptó la vigencia de una Ley de Reparación de Víctimas de Graves Violaciones de Derechos Humanos y Delitos de Lesa Humanidad que no garantiza la reparación integral y la no repetición. Evidencia además una gestión ineficaz del Programa que hasta el momento tendría una sola víctima reparada, ninguna gestión para agilitar la judicialización de los casos documentados por la Comisión de la Verdad que, en más del 90%, siguen en la impunidad y procedimientos de revictimización que tienden al debilitamiento de las organizaciones creadas para la exigibilidad. • La Defensoría del Pueblo ha mantenido un silencio cómplice frente a acciones de tortura y maltrato provocado por agentes policiales, tanto en los centros penitenciarios, como el caso de la cárcel de Turi o con menores infractores; así como en acciones de control social, como fue el Caso Saraguro o el caso de las protestas en Macas. El Mecanismo de Prevención de la Tortura, dirigido desde la Defensoría, duerme el sueño de los justos y es ajeno a la realidad penitenciaria. • Nada ha dicho sobre las violaciones a los derechos indígenas y los desalojos en territorios indígenas; al contrario, ha emitido informes en concordancia con las tesis gubernamentales, lo que ha provocado el rechazo de comunidades shuar en Tundaymi, de los sionas en el Triángulo de Cuembí o de los campesinos del pueblo montubio en Colimes. Es grave la actitud asumida en

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Pacayacu (Sucumbíos), donde la población denunció en el 2011 los atropellos de la industria petrolera y la contaminación del agua que consume, se planteó la necesidad de ejercer los derechos del agua como parte de la aplicación de los derechos de la naturaleza; después de una tibia resolución, hasta el día de hoy (5 años después) ni se han implementado medidas de protección, ni responsabilidades, ni mucho menos acceso al agua limpia para una población que la sigue consumiendo con desechos de la actividad petrolera. • Nada ha resuelto sobre las quejas presentadas en relación con violaciones a derechos humanos de habitantes de comunidades de frontera, de las cuales son responsables, presuntamente, miembros del ejército ecuatoriano. Tampoco ha resuelto sobre violaciones a derechos colectivos y de la naturaleza cuya responsabilidad presunta recaería en Petroamazonas y otras empresas petroleras. Quejas que en algunos casos llevan más de 4 años abiertas ante la Defensoría. • Nada ha dicho sobre los procesos legales que se siguen contra dirigentes sociales o la desintegración de organizaciones, promovidas desde el gobierno con el fin de eliminar la crítica y silenciar a la oposición. Casos como el cierre de Pachamama y la Unión Nacional de Educadores han merecido el silencio de la DPE; de igual manera los más de 140 casos de hostigamiento judicial en contra de activistas que participaron en el levantamiento indígena de agosto de 2015. • Si bien para su reelección, el Defensor del Pueblo ha presentado el respaldo de algunas organizaciones de consumidores, personas de la tercera edad o GLBTI, no ha asumido la defensa de sus principales derechos y se ha alejado de reivindicaciones como la no des- financiación de la seguridad social o el reconocimiento del matrimonio igualitario • Para cerrar con broche de oro su primera gestión y permanecer en el cargo por cinco años más, hoy se presenta como candidato en un proceso que está direccionado para su propia designación, como se establece del análisis del punto 3.2 del Reglamento de Elección del Defensor que trata sobre la valoración de méritos de las candidaturas y en el que se otorga 6 puntos a la “experiencia en el sector público”. Cualquier activista de derechos humanos que ha optado como opción de vida la defensa de la sociedad y el fortalecimiento de las organizaciones sociales al margen del poder político, no tiene ninguna posibilidad de ganar este concurso. De igual forma, en el punto 4 del mismo reglamento se valora el “implementar” mecanismos de participación. La Constitución del Ecuador delega la facultar de implementar mecanismo de

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participación al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. Desde la sociedad civil solo se puede sugerir, promover, coordinar, pero la implementación en sí misma es una capacidad del Consejo, por lo tanto tampoco una persona que no ha optado por cargo alguno relacionado con el poder político podrá acceder a los puntos asignados en este ítem. El reglamento de elección no permite que una persona verdaderamente independiente pueda ganar este concurso. Estas y muchas otras acciones de la Defensoría del Pueblo, dirigidas por Ramiro Rivadeneira, nos ha llevado a rechazar su segura reelección y cuestionar el accionar que ha tenido durante los últimos cinco años de gestión. Rechazamos la forma en cómo se desea asegurar su reelección, lo que nos hace pensar que el gobierno solo está interesado en tener el control de las instituciones que tienen la obligación de denunciar las violaciones a los derechos humanos, a más de las instituciones encargadas de controlar la corrupción y de promover juicios a los responsables de estos actos. El control de la Defensoría del Pueblo, de la Contraloría General del Estado y de la Fiscalía General del Estado mantendrá intacto ese triángulo de impunidad que ha beneficiado al interés gubernamental y de sus grupos afines.

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En este escenario, las organizaciones sociales y de derechos humanos que han mantenido una acción histórica e independiente anunciamos que no participaremos con candidatura alguna a la Defensoría y que interpondremos acciones de inconstitucionalidad frente a un reglamento de elecciones que discrimina y vulnera el derecho de igualdad ante la ley. Tenemos la seguridad de que es un concurso amañado que tiene ya una persona designada en función del interés gubernamental y no en función de una verdadera promoción y protección de los derechos humanos, mirados integralmente y relacionándolos con los otros derechos, como son los de los pueblos y la naturaleza Quito, 15 de noviembre de 2016 Asamblea Social Permanentede Comunidades Afectadas Pacayacu - Dureno (ASPCAPD) Docente de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador Profesor del Colegio de Jurisprudencia de la Universidad San Francisco de Quito Defensora de Derechos Humanos. Abogado de Derechos Humanos Defensor de Derechos Humanos y la Naturaleza en OrellanaAsociación de Familiares y Amigos de Personas Desaparecidas, (ASFADEC) Comunidad indígena CASCOMI. Observatorio Ciudadano de Servicios Públicos Plataforma Nacional por los Derechos de las Mujeres Comité de Víctimas y Familiares de Graves Violaciones de DDHH y Delitos de Lesa Humanidad. Federación de Mujeres de Sucumbíos América La Nuestra Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador - CONAIE Comisión Ecuménica de Derechos Humanos – CEDHU Coalición Nacional de Mujeres del Ecuador. Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos – INREDH Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos – CDH Asociación de Derechos Humanos del Azuay -. ADHA Movimiento Mi Cometa Terra Mater Asamblea de usuarios de servicios básicos del Guayas. FIAN Ecuador

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Estado ecuatoriano enfrenta crisis socio-ambiental con suspensión de derechos, militarización, allanamientos y detenciones Las organizaciones de derechos humanos y sociales que suscriben este pronunciamiento cuestionan la respuesta del Estado ecuatoriano a una crisis socio-ambiental de vieja data, generada por las actividades de las empresas transnacionales mineras en la Amazonía ecuatoriana, en especial en la provincia de Morona Santiago, mediante la declaratoria de un “estado de excepción” que suspende derechos, militariza la zona, intimida a la población local, realiza allanamientos colectivos y efectúa detenciones arbitrarias. Los procesos de concesiones a los diferentes proyectos en curso, como el de Panantza-San Carlos, no respetan los derechos territoriales de los pueblos indígenas y omiten el derecho a la consulta previa, libre e informada, establecido en el Convenio 169 de la OIT, suscrito y ratificado por el Ecuador, convirtiéndose en una de las principales causas de la crisis socio-ambiental que el Estado ecuatoriano enfrenta inadecuadamente con centenas de policías y militares. En este contexto, además, condenan el inicio del proceso de extinción y disolución de Acción Ecológica, organización ecologista y defensora de los derechos de la naturaleza, miembro de la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH), entidad a la que las autoridades gubernamentales la acusan de respaldar “las acciones y hechos violentos cumplidos por la comunidad shuar”. Del mismo modo, rechazan el allanamiento de la sede de la Federación Interprovincial de Centros Shuar (FICSH) y la detención de su presidente, Agustín Wachapá, acciones que no contribuyen a la búsqueda de una solución consensuada de los conflictos y las tensiones en la Amazonía ecuatoriana. Las organizaciones de derechos humanos y sociales no dejan de demandar de la Fiscalía General del Estado y de los tribunales competentes, el esclarecimiento y la sanción de los responsables de las muertes de los dirigentes shuar Bosco Wisum, Freddy Taish y José Tendentza, acaecidas años atrás, en contextos de defensa de sus derechos colectivos; y, de condenar la muerte del policía José Mejía, ocurrida durante los enfrentamientos que tuvieron lugar días atrás, en la comunidad Nankints, parroquia Panantza, cantón San Juan Bosco. Y, por último, exhortan al Gobierno Nacional a suspender el “estado de excepción”, desmilitarizar la zona, detener el proceso de disolución de Acción

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Ecológica e instalar una mesa de diálogo entre el Estado y las organizaciones indígenas, con la participación de los procedimientos especiales de las Naciones Unidas y las organizaciones regionales e internacionales de derechos humanos, con el propósito de acordar mecanismos institucionales permanentes que garanticen los derechos colectivos y los de la naturaleza en la Amazonía ecuatoriana, responsabilidad ineludible del Estado ecuatoriano. Quito, diciembre 21 del 2016 Amigos de la Tierra de América Latina y el Caribe (ATALC) / Colombia Árboles Sin Fronteras / Ecuador Asociación Civil Fuerza, Unión, Justicia, Solidaridad y Paz (FUNPAZ A.C.) / Venezuela Asociación de Derechos Humanos del Azuay / Ecuador Asociación Latinoamericana de Medicina Social (ALAMES) / Ecuador Capítulo Boliviano de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo / Bolivia Centro de Acción y Defensa por los Derechos Humanos (CADEF) / Venezuela Centro de Derechos Económicos y Sociales (CDES) / Ecuador Centro de DDHH de la Universidad Católica Andrés Bello / Venezuela Centro de Documentación en Derechos Humanos “Segundo Montes Mozo S.J.” (CSMM) / Ecuador Colectivo Minka Urbana / Ecuador Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) / República Dominicana Comité Nacional para la Defensa de la Flora y la Fauna (CODEFF) / Amigos de la Tierra / Chile Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CDH) / Ecuador Confederación de la Nacionalidad Kichwa del Ecuador / Ecuador Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas (CAOI) / Ecuador Coordinadora Ecuatoriana de Organizaciones para la Defensa de la Naturaleza y el Medio Ambiente (CEDENMA) / Ecuador Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) / Perú Corporación Privada para el Desarrollo de Aysén / Chile Federación de Organizaciones Campesinas e Indígenas del Azuay / Ecuador FIAN Ecuador Sección Nacional de FIAN Internacional / Ecuador Frente Ecuatoriano de Derechos Humanos (FEDHU) / Ecuador Fundación Pueblo Indio del Ecuador / Ecuador Instituto de Investigación y Capacitación Pedagógica Social (IIPS) / Bolivia Observatorio Ciudadano de Servicios Públicos / Ecuador Plataforma Interamericana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo (PIDHDD, Capítulo Ecuador) Plataforma Internacional contra la Impunidad / Guatemala / Suiza

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Negociaciones con Turquía: Los acuerdos de comercio e inversiones deben someterse a los principios y normas de los tratados internacionales de derechos humanos La Plataforma Interamericana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo (PIDHDD), el Centro de Documentación en Derechos Humanos “Segundo Montes Mozo S.J.” (CSMM), el Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CDH) y el Frente Ecuatoriano de Derechos Humanos (FEDHU), recuerdan a las autoridades gubernamentales que las normas de comercio e inversiones están subordinadas a los principios y las normas de los derechos humanos, por lo que cualquier negociación en este ámbito no puede soslayar las obligaciones que el Estado ecuatoriano ha adquirido ante la comunidad internacional de respetar, proteger y garantizar los derechos humanos en su territorio. El Estado ecuatoriano tampoco puede obviar la situación de derechos humanos en los países con los que negocia este tipo de acuerdos bajo el argumento de un presunto incremento del flujo comercial. La negociación de un acuerdo comercial y de inversiones debe estar antecedida no sólo por una amplia valoración de la vigencia de los derechos humanos entre los países involucrados sino por el análisis del impacto de este tipo de acuerdos en los derechos humanos, en particular los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales. En este caso, las organizaciones de derechos humanos consideran que la República de Turquía mantiene un alarmante déficit en el cumplimiento de sus obligaciones de respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, en especial por el menoscabo de la independencia del poder judicial, la vulneración de los derechos de los manifestantes pacíficos, los juicios sin garantías, el uso excesivo de la fuerza policial y las amplias facultades otorgadas a los organismos de seguridad del país, en detrimento de los derechos y libertades de los ciudadanos turcos. No deja, además, de llamar la atención la dramática condición de cientos de miles refugiados sirios en territorio turco y la negativa oficial del gobierno para reconocer la responsabilidad estatal en la muerte de más de un millón de armenios en 1915, trágico suceso calificado por innumerables Estados, incluido El Vaticano, como el primer genocidio del siglo XX.

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Las organizaciones de derechos humanos también condenan enérgicamente los incidentes violentos ocurridos el viernes 5 de febrero, en las instalaciones del Instituto de Altos Estudios Nacionales (IAEN), protagonizados por la guardia de seguridad del presidente Recep Tayyip Erdogan en contra de un grupo de mujeres que protestaban por la presencia del presidente turco en el país. Las mujeres y otras personas fueron agredidas por los guardaespaldas turcos que violentaron normas de carácter diplomático. De igual manera, rechazaron la amenaza de la Unión de Empresarios Turcos en Latinoamérica de enjuiciar penalmente a las mujeres agredidas por carecer de fundamento ético y legal para una acción de esta naturaleza.Quito / Guayaquil, febrero 10 del 2016

Bonil/Diario El Universo

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El CDH exige revertir disolución de UNE

Bonil/Diario El Universo

El Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos CDH une su voz de alarma a otros pronunciamientos de organizaciones de Derechos Humanos del Ecuador por la disposición gubernamental de disolver por decreto la Unión Nacional de Educadores UNE. Consideramos que la disposición administrativa afecta de forma directa el Derecho Humano a la libertad de asociación, concretamente el derecho de existencia de una asociación gremial de trabajadores de sostenida trayectoria a nivel nacional y reconocida acción pública en el campo de los movimientos sociales del país. Otra vez se comete un acto abiertamente inconstitucional, pues viola el espíritu y la letra del art 96 de la Constitución. Un simple reglamento no está, no puede estar sobre la Constitución; tampoco puede estarlo un Decreto Ejecutivo. Se trata de un derecho, el que tenemos todos para organizarnos libremente como expresión de la soberanía popular, y en materia de derechos no caben restricciones puramente administrativas. De manera que también se violan flagrantemente los arts 3.1 y 11.9 de la Constitución que obligan al Estado a garantizar los derechos humanos individuales y colectivos de todos los ciudadanos.

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El CDH ha observado con profunda preocupación el uso de la fuerza pública para intervenir en varias sedes de la organización, forcejeando con mujeres y dejando, una vez más, una lamentable imagen de represalia a la disidencia social en el Ecuador. Es un acto abusivo del Gobierno Nacional contra las organizaciones y movimientos sociales que se manifiestan críticas a su gestión y representa una de las expresiones de la criminalización de la protesta, y que para ilustrar recordamos el intento de cierre de Acción Ecológica, la disolución de la Fundación Pachamama y la revocatoria unilateral del comodato de la sede de la CONAIE. En el campo de la libertad de asociación, el Gobierno Nacional debe recomendar procedimientos para su armonía con esferas normativas o reglamentarias pero no debe entrometerse en las dinámicas de las organizaciones civiles ni remplazar la voluntad de sus asociados. Por fuera de todo respeto a los Derechos Humanos está la disolución de un gremio por disposición administrativa. Solicitamos públicamente al Gobierno Nacional revierta lo dispuesto contra la UNE y nuevamente revise medidas en el ámbito de la libertad de asociación y organización que pudieran ser abusivas y generan perturbación en la ciudadanía que actúa organizadamente, en defensa de sus Derechos Humanos. Guayaquil, 1 septiembre de 2016


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