La presente publicación abre su panorámica y aborda argumentadamente al Derecho a la Protesta como universo multifacético de libertades ciudadanas que integra a los derechos de expresión, opinión, reunión y asociación. Estamos en el centro del disfrute de las facultades esenciales de las personas que, al ser manifestaciones pacíficas, deben estar libres de toda represión del Estado. Pueden resultar molestosas, irreverentes, de mal gusto o incorrectas, el Estado debe evitar la suspensión de otros derechos humanos como acto de represalia por la protesta y mucho menos, usar figuras penales como respuesta oficial frente a la disidencia. La imposición política, como método de manejo de conflictos, que nace de la subjetividad del poder público provoca resultados adversos en escala ascendente.