
FISCAL Y LABORAL BOLETÍN
NÚMERO 155
FEBRERO 2025
NÚMERO 155
FEBRERO 2025
PÁGINA 1
• SE PÚBLICA LA RESOLUCIÓN DE FACILIDADES ADMINISTRATIVAS PARA EL 2025.
PÁGINA 2
• NUEVA OBLIGACIÓN DE BALIZADO EN AUTOTRANSPORTE FEDERAL.
PÁGINA 3
• SAT ACTUALIZA CATÁLOGOS DEL CFDI 4.0: CAMBIOS EN PEDIMENTOS Y PATENTES ADUANALES.
PÁGINA 4
• NUEVA REFORMA EN INFONAVIT Y LFT.
Nos reiteramos atentos a sus comentarios o cuestionamientos: Para mayor información ponerse en contacto al correo: fiscal@canacar.com.mx o al número 55 79741733.
INMEDIATA Y CAPACITACIÓN
El 21 de enero de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para apoyar la estrategia nacional denominada “Plan México”. Este plan tiene como objetivo fortalecer la industria nacional, ampliar la sustitución de importaciones, generar empleos, fomentar el desarrollo científico y tecnológico, y posicionar a México entre las diez economías más grandes a nivel mundial.
Estímulo Fiscal: Deducción Inmediata
El 17 de febrero de 2025 se publicó en el DOF la “Resolución de facilidades administrativas para los contribuyentes de los sectores señalados para 2025” por la SHCP, la cual entra en vigor el 18 de febrero de 2025 y sus beneficios podrán aplicarse durante todo el ejercicio fiscal. La resolución está dirigida a contribuyentes del sector primario y del autotransporte terrestre (carga federal, foráneo de pasajeros y turístico, carga de materiales, y pasajeros urbano y suburbano). Entre los beneficios destacan:
• Para autotransporte, se mantendrá la retención del 7.5 % sobre los pagos a operadores, macheteros y maniobristas.
• Para el sector primario, se aplicará una retención del 4 % para trabajadores eventuales, con límites diarios de $840 en la zona fronteriza norte y $558 en el resto del país.
Facilidades de comprobación y otros beneficios:
• Se continúan las facilidades de comprobación para los sectores mencionados, incluyendo beneficios en la adquisición de combustible y emisión de CFDI para operaciones superiores a $2,000, siempre que se cumplan ciertas condiciones.
• Los contribuyentes podrán seguir presentando la DIOT de forma global, abarcando tanto sus operaciones como las de sus integrantes.
Esta medida busca simplificar y optimizar el cumplimiento fiscal de los contribuyentes pertenecientes a estos sectores durante el ejercicio 2025.
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) informa que, en una estrategia conjunta con el sector del autotransporte, los permisionarios realizarán la identificación de los vehículos que circulen por las carreteras y puentes de jurisdicción federal.
En Aviso publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el cual entrará en vigor a partir de mañana, la SICT, a través de la Dirección General del Autotransporte Federal (DGAF), señala que la seguridad en las carreteras es un tema de alta prioridad.
Publicación: 7 de febrero de 2025 (DOF) Inicio de aplicación: 8 de mayo de 2025
¿En qué consiste el balizado?
• Colocación de caracteres alfanuméricos de las placas en costados, toldo y parte trasera de los vehículos, empleando pintura o calcomanías fluorescentes.
• Aplica a autotransporte de carga, pasaje, turismo y servicios auxiliares.
Objetivo de la medida
• Facilitar la identificación de vehículos robados.
• Mejorar la seguridad y el rastreo por parte de las autoridades.
Especificaciones técnicas
• Color negro en vehículos blancos y color claro en vehículos oscuros.
• Rotulación con la fuente tipográfica “Arial”.
• Dimensiones variables según la ubicación (costados, toldo, trasera).
• Vehículos sin toldo deben colocar una lona con balizado.
• Los materiales deben cumplir con la NOM-MX-D-225-IMNC-2017 (calcomanía o pintura fluorescente).
Sanciones por incumplimiento
• Multa de hasta $139,400.00 (Artículo 74 Bis, fracción II, Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal).
• Retiro de circulación (Artículo 74 Ter, fracción IV, Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal).
El balizado se efectuará de conformidad con lo señalado en el anexo técnico que se encuentra disponible en las siguientes ligas electrónicas:
• www.sct.gob.mx/fileadmin/DireccionesGrales/DGAF/Imagenes2/ Aviso_Balizado.pdf
• www.dof.gob.mx/2025/SICT/AvisoBalizado.pdf.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció el 13 de febrero de 2025 una nueva actualización a los catálogos del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) 4.0, la cual ya se encuentra vigente y debe ser implementada por los contribuyentes en sus sistemas administrativos.
La modificación afecta principalmente a dos catálogos fundamentales en el ámbito aduanero y de comercio exterior:
• c_NumPedimentoAduana: Contiene el listado de números de pedimento operados.
• c_PatenteAduanal: Incluye el catálogo de números de patente aduanal.
Con esta actualización se agregaron 31 claves de pedimento y 15 nuevas patentes aduanales, lo que permitirá que las operaciones fiscales y aduaneras se realicen con información actualizada y en conformidad con la normativa vigente.
El pasado 21 de febrero se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) y de la Ley Federal del Trabajo (LFT) en materia de vivienda con orientación social. La medida devuelve al Instituto la capacidad de financiar, ejecutar e invertir en programas de construcción de viviendas sociales, así como de implementar esquemas de arrendamiento que favorezcan a las personas trabajadoras.
Entre los aspectos más relevantes de la reforma destacan:
• Acceso a vivienda digna: El INFONAVIT podrá utilizar los ahorros acumulados en las subcuentas de vivienda de los trabajadores para financiar la construcción de nuevas viviendas destinadas a trabajadores de bajos ingresos, asegurando que los descuentos aplicados no excedan el 20% de su salario.
• Empresa filial: Se creará una entidad filial, no considerada paraestatal, encargada de la construcción de viviendas, dotada de plena capacidad de gestión para llevar a cabo sus funciones de manera autónoma.
• Arrendamiento social y opción a compra: Se introduce la figura del arrendamiento social con opción a compra, permitiendo a los trabajadores rentar una vivienda sin que el pago mensual supere el 30% de su salario. Los pagos realizados como renta se considerarán parte del precio final, facilitando la transición de arrendatario a propietario.
• Créditos otorgados en 2024: El Instituto mantendrá la mensualidad de los créditos vigentes al cierre del ejercicio 2024 y, a partir del 2025, se aplicará una actualización equivalente al 0%, protegiendo la economía de los trabajadores.
• Retención de amortización: Se establece la obligación de efectuar descuentos por amortización de créditos de vivienda en casos de ausentismos e incapacidades, conforme a lo dispuesto en la Ley del Seguro Social.
• Eliminación de la retención del 1%: Se suprime el párrafo que establecía la retención del 1% del salario base de aportación para cubrir gastos de administración, operación y mantenimiento de las unidades habitacionales.