Edición 5 de Marzo 2015

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28< CLASIFICADOS MR-1008 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAGUAS

COOP DE AHORRO Y CREDITO DE BARRANQUITAS Demandante

LUZ I. MEDINA RIVERA Demandado(a) CIVIL : EACI201402660 Sobre: COBRO DE DINERO NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO. (Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) A: LUZ I. MEDINA RIVERA, URB. CAGUAS NORTE, D13 CALLE DUBLIN, CAGUAS PR 00725. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que EL 23 de febrero de 2015, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha 25 de febrero de 2015. En CAGUAS, Puerto Rico, el 25 de febrero de 2015. CARMEN ANA PEREIRA ORTIZ. Nombre Secretario(a). POR: Luz E. Rodríguez Morales. Nombre Secretario(a) Auxiliar. FIRMA Sec Aux DEL TRIB I HR-3765 Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de CAROLINA

BANCO SANTANDER PUERTO RICO Demandante V.

ELECTROMEC CORPORATION

EL VOCERO DE PUERTO RICO > JUEVES, 5 DE MARZO DE 2015

Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandado(a) Civil: F CD2013-0520 Sobre: COBRO DE DINERO EJECUCION DE HIPOTECA NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO (Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) A: JUAN ALFONSO CARRION NEGRON T/C/C JUAN CARRION NEGRON Y SU ESPOSA ANELYN ROURE HERNANDEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; P22 VILLAS DE CARRAIZO, SAN JUAN PR 00926; 500 DOHENY WAY, CASELBERRY FL 32707; 918 D LAKE ALTAMONTE, SPRING FL 32714; VILLAS DE CARRAIZO RR 7 BOX 194, SAN JUAN PR 00926. LCDO. SERGIO A RAMIREZ DE ARELLANO ORTIZ: EDIF BANCO POPULAR CENTER SUITE 1022 209 AVE MUÑOZ RIVERA SAN JUAN PR 00918. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 02 de febrero de 2015, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso con fecha de 27 de febrero de 2015. En TRUJILLO ALTO, Puerto Rico, el 27 de febrero de 2015. MIRIAM ROSA MALDONADO Nombre Secretario(a). JENELISSE ALEMAN MARTINEZ Nombre Secretario(a) Auxiliar. FIRMADO Firma Secretario (a) Auxiliar

MR-1012 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIDemandado(a) BUNAL DE PRIMERA INSTANCivil: F CD2013-1513 Sobre: CIA CENTRO JUDICIAL DE AIEJECUCION DE HIPOTECA BONITO SALA SUPERIOR NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO (Nombre de las partes a las que se le notifiDEMANDANTE can la sentencia por edicto) A: vs. CHARLES HERRERO FERNANDEZ, EDIZZI VAZQUEZ GONZALEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES DEMANDADO COMPUESTA POR AMBOS EL SECRETARIO(A) que suscribe CIVIL NÚM. BCP2015-0002 SOle notifica a usted que 19 JUNIO BRE: CANCELACION DE PAde 2014, este Tribunal ha dicta- GARE EXTRAVIADO Estados do Sentencia, Sentencia Parcial Unidos de América) El Presideno Resolución en este caso, que te de los Estados Unidos de ha sido debidamente registrada y América) SS El Estado Libre archivada en autos donde podrá Asociado de Puerto Rico) EMusted enterarse detalladamente PLAZAMIENTO POR EDICTO A: de los términos de la misma. Es- JOHN DOE. Se notifica que se ta notificación se publicará una presentó en esta Secretaría la sola vez en un periódico de cir- Demanda de epígrafe sobre culación general en la Isla de Cancelación de Pagaré ExtraviaPuerto Rico, dentro de los 10 do Por la Vía Judicial. Se le emdías siguientes a su notificación. plaza y requiere para que preY, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sente en este Tribunal la contessujeta a los términos de la Sen- tación a la Demanda y notifique tencia, Sentencia Parcial o Reso- copia de la misma al Lcdo. Arlución, de la cual puede estable- mando J. Jiménez Seda, Corpocerse recurso de revisión o ape- rate Center Bldg Ste 601, 33 Calación dentro del término de 30 lle Resolución, San Juan, PR días contados a partir de la publi- 00920, teléfono número (787) cación por edicto de esta notifi- 625-9700, dentro de los treinta cación, dirijo a usted esta notifi- (30) días siguientes a la publicacación que se considerará hecha ción de este edicto. Si dejara de en la fecha de la publicación de hacerlo, podrá dictarse senteneste edicto. Copia de esta notifi- cia en rebeldía, concediéndose cación ha sido archivada en los el remedio solicitado en la Deautos de este caso con fecha de manda, sin más citarle ni oírle. 25 de febrero de 2015. En CA- El pagaré hipotecario objeto de ROLINA, Puerto Rico, el 25 de esta demanda, fue emitido a fafebrero de 2015. MIRIAM ROSA vor de PONCE FEDERAL SAMALDONADO Nombre Secreta- VINGS BANK, luego BANCO rio(a). DENISSE TORRES RUIZ BILBAO VIZCAYA ARGENTANombre Secretario(a) Auxiliar. FIRMADO Firma Secretario(a) RIA PUERTO RICO, hoy dia, ORIENTAL BANK & TRUST, Auxiliar por la suma de $35,000.00, con intereses al 9 7/8% anual, venceHR-3766 Estado Libre Asociado dero el 1 de enero de 2011, gade Puerto Rico TRIBUNAL GE- rantizado con una hipoteca consNERAL DE JUSTICIA Tribunal tituida mediante la escritura núde Primera Instancia Sala Supe- mero 224, otorgada en Ponce, rior de TRUJILLO ALTO Puerto Rico, ante el notario Felix A. Toro, inscrita al Folio 166 vto del Tomo 144 de Aibonito, finca 4448, inscripción 8va, Registro de la Propiedad de Barranquitas. Demandante EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y V. el Sello del Tribunal, hoy 12 de febrero de 2015. ELIZABETH GONZALEZ RIVERA. SECRETARIA REGIONAL. Secretaría General. Por: BERNICE E. SANTIAGO DIAZ. Secretaria Auxiliar del Tribunal I. Sec. de Servicios a Sala

DORAL BANK

ORIENTAL BANK & TRUST JOHN DOE

ACM PENFIELD CFL, LLC.

JUAN ALFONSO CARRION NEGRON T/C/C JUAN CARRION NEGRON Y SU ESPOSA ANELYN ROURE HERNANDEZ

HR-3771 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA Sala Superior de Ponce

HR-3767 Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA Sala Superior de CAGUAS

Augusto Rodríguez Velázquez, identificados como: CARLOS DLJ MORTGAGE SANTANDER RODRIGUEZ,KEVIN CAPITAL, INC FINANCIAL Demandante RODRIGUEZ HELEN V. SERVICES, INC. DENISSE RODRISUCESION DE RUBEN Demandante Vs. MUTS ORTIZ T/C/C GUEZ, LINDA RODRINELKIE CLARA RUBEN MUTT ORTIZ GUEZ, y otros de COMPUESTA POR ALMODÓVAR nombres desconociLUZ SELENIA RIVERA MERCADO, POR dos. RIVERA POR SI Y EN Demandados SÍ Y EN CASO NÚM.: SJ2015-CV00032 CUANTO A LA REPRESENTACIÓN SALA (904) SOBRE: INJUNCCUOTA VIUDAL TION POSESORIO EDICTO DE DE LA SOCIEDAD USUFRUCTUARIA; EMPLAZAMIENTO Y CITACION LEGAL DE BIENES UNIDOS DE AMERIFULANO DE TAL Y ESTADOS CA ) EL PRESIDENTE DE LOS GANANCIALES MENGANO DE TAL ESTADOS UNIDOS ) SS. EL LIBRE ASOCIADO DE COMPUESTA POR COMO POSIBLES ESTADO PUERTO RICO) A: MARGARITA ÉSTA CON EL HEREDEROS GENOVEVA RODRIGUEZ BECAUSANTE JESÚS DESCONOCIDOS CON RRIOS, residente del Estado de Ohio y/o del Estado de CaliforINTERES EN LA ÁNGEL IRIZARRY nia; CARLOS RODRIGUEZ, residente del Estado de Virginia, HESUCESION; CARRERA; Y LA LEN DENISSE RODRIGUEZ reSUCESIÓN DE JESÚS DEPARTAMENTO DE sidente del Estado de Wisconsin; HACIENDA POR LINDA RODRIGUEZ, Estado de ÁNGEL IRIZARRY CONDUCTO DE LA Florida y KEVIN RODRIGUEZ, residente del Estado Libre AsoCARRERA DIVISION DE ciado de Puerto Rico. POR COMPUESTA POR CUANTO: Se expide este EmCAUDALES y Citación a la parte NELKIE CLARA RELICTOS; CENTRO plazamiento demandada para que lo diligenIRIZARRY DE RECAUDACION DE cie POR EDICTO al menos OCHO (8) días antes del juicio, INGRESOS ALMODÓVAR, JESÚS cuya vista está señalada para el MUNICIPALES ÁNGEL IRIZARRY día 24 de marzo de 2015, a las 2:00 pm, en la Sala 904 del Cen(CRIM) ALMODÓVAR, GLORY tro Judicial de San Juan, Puerto Demandado(a) MARIE IRIZARRY Civil: E CD2013-0991 Sobre: Rico, Tribunal de Primera InstanCOBRO DE DINERO Y EJECUSala de San Juan, Avenida VEGA, COMO ÚNICOS CION DE HIPOTECA POR LA cia, Muñoz Rivera esquina a Calle VIA ORDINARIA NOTIFICAColl y Toste, Hato Rey, San Y UNIVERSALES CIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO (Nombre de las partes a Juan, Puerto Rico y por la preHEREDEROS, Y las que se le notifican la senten- sente se le NOTIFICA de la vista cia por edicto) A: SUCESION y se le requiere su presencia. NELKIE CLARA DE RUBEN MUTS ORTIZ T/C/C POR LA PRESENTE se le emRUBEN MUTT ORTIZ COM- plaza y requiere para que notifiALMODÓVAR PUESTA POR LUZ SELENIA RIal LICENCIADO MAXIMILIAMERCADO EN LA VERA RIVERA POR SI Y EN que CUANTO A LA CUOTA VIUDAL NO TRUJILLO GONZALEZ, PMB 429 100 Grand Paseos USUFRUCTUARIA; FULANO CUOTA VIUDAL DE TAL Y MENGANO DE TAL Suite 112, San Juan, Puerto USUFRUCTUARIA COMO POSIBLES HEREDE- Blvd Rico 00926-5955, Teléfono 787-

Demandados CIVIL NUM. JCD2015-0114 (G28) SOBRE: COBRO DE DINERO; EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, ) EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, ) SS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ) A: NELKIE CLARA IRIZARRY ALMODOVAR Y GLORY MARIE IRIZARRY VEGA, COMO ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS DE LA SUCESIÓN DE JESÚS ÁNGEL IRIZARRY CARRERA. Por la presente se les notifica que ha sido presentada en este Tribunal una Demanda en su contra en el pleito de epígrafe. El abogado de la parte demandante es el Lcdo. Jean Paul Juliá Díaz, Rivera-Munich, Eliza & Hernández Law Offices, P.S.C.; P.O. Box 364908, San Juan, PR 00936-4908; Tel. (787) 622-2323 / Fax (787) 622-2320. Se les advierte que este edicto se publicará en un (1) periódico de circulación general una (1) sola vez y que si no comparecen a contestar dicha Demanda radicando el original de la misma en el Tribunal Superior, Sala Superior de Ponce, con copia al abogado de la parte demandante, dentro del término de treinta (30) días contados a partir de la publicación del edicto, se les anotará la Rebeldía y se dictará Sentencia en su contra concediendo el remedio solicitado en la Demanda sin más citarles ni oírles, disponiéndose además, que en los diez (10) días siguientes a la publicación de este edicto se le dirigirá por correo certificado con acuse de recibo copia del Emplazamiento por Edicto y de la Demanda presentada a su última dirección postal conocida en: P.O. Box 583, Guánica, PR 00653-0583. EXPEDIDO bajo mi firma y sello de este Tribunal, en Ponce, Puerto Rico, hoy día 18 de febrero de 2015. LUZ MAYRA CARABALLO GARCIA SECRETARIA REGIONAL, Secretario. Hilda J. Rosado Rodríguez Secretaria Auxiliar Tribunal, Sub-Secretario

ROS DESCONOCIDOS CON INTERES EN LA SUCESION. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 14 de agosto de 2014, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso con fecha de 27 de febrero de 2015. En CAGUAS, Puerto Rico, el 27 de febrero de 2015. CARMEN ANA PEREIRA ORTIZ Nombre Secretario(a). LILI RODRIGUEZ RODRIGUEZ Nombre Secretario(a) Auxiliar

ISO-1190 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN

ABIMAEL HERNANDEZ GONZALEZ Demandante VS

LA SUCESION DE CARMEN RODRIGUEZ VELAZQUEZ, compuesta por: JOSE LUIS RODRIGUEZ VELAZQUEZ CECILIA MERCEDES RODRIGUEZ BERRIOS MARGARITA GENOVEVA RODRIGUEZ BERRIOS Los herederos de Carlos

438-8802, maxtruj@gmail.com, abogado del demandante, cuya dirección es la que deja indicada, con copia de su Contestación a la Demanda expresando su posición a la solicitud de Injunction Posesorio, copia de la cual le es servida en este acto, dentro de los QUINCE (15) días de haber sido diligenciado este Emplazamiento, si la citación se hiciere en la isla de Puerto Rico; y dentro de los treinta (15) días si se hiciere en otra parte fuera de Puerto Rico, excluyéndose el día del diligenciamiento, apercibiéndose que en caso de no hacerlo, Y DE NO COMPARECER A LA VISTA POR SI O POR SU ABOGADO, así podrá dictarse Sentencia en rebeldía en contra suya, concediendo el remedio solicitando en la Demanda. LA DEMANDA ES SOLICITANDO UN INTERDICTO POSESORIO, y pide al Tribunal que ORDENE a los demandados reintegrar la posesión de la propiedad inmueble localizada en Calle Salamanca #213, Urbanización University Gardens, Río Piedras, San Juan, Puerto Rico; de cuya posesión fue privado el 9 de febrero de 2015, en ejecución de un desahucio en precario #KPE20013(503), y cuya posesión ostentaba desde el 7 de diciembre de 1996 en que se adquirió por su pareja de hecho Carmen Aurea Rodríguez Velázquez por escritura #1538 ante el Notario Luis A. Archilla Díaz, con la que constituyó una comunidad de bienes, y quien al morir le dejó dicha propiedad por medio de testamento ológrafo pendiente de adveración, y los bienes muebles contenidos en ella, en usufructo por el término de su vida natural. Los demandados están incluidos en la demanda por ser herederos por sí de la causante o de su hermano Carlos Augusto Rodríguez Velázquez, que murió después de Carmen Aurea Rodríguez Velázquez. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el Sello del Tribunal hoy 02 de marzo de 2015. GRISELDA RODRÍGUEZ COLLADO SECRETARIA POR: M. RIVERA DIAZ SUB-SECRETARIA

MR-1011 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE JUANA DIAZ SALA SUPERIOR

DORAL BANK DEMANDANTE vs.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO JOHN DOE DEMANDADO CIVIL NÚM. J2CI201500061 SOBRE: CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO Estados Unidos de América) El Presidente de los Estados Unidos de América) SS El Estado Libre Asociado de Puerto Rico EMPLAZAMIENTO POR EDICTO A:JOHN DOE Se notifica que se presentó en esta Secretaría la Demanda de epígrafe sobre Cancelación de Pagaré Extraviado Por la Vía Judicial. Se le emplaza y requiere para que presente en este Tribunal la contestación a la Demanda y notifique copia de la misma al Lcdo. Armando J. Jiménez Seda, Corporate Center Bldg Ste 601, 33 Calle Resolución, San Juan, PR 00920, teléfono número (787) 625-9700, dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto. Si dejara de hacerlo, podrá dictarse sentencia en rebeldía, concediéndose el remedio solicitado en la Demanda, sin más citarle ni oírle. El pagaré hipotecario objeto de esta demanda, fue emitido a favor de WESTERBANK PUERTO RICO, hoy día BANCO POPULAR DE PUERTO RICO, por la suma de $25,000.00, con intereses a razón de 2.00 "Prime Rate", vencedero a la presentación, garantizado con una hipoteca constituida mediante la escritura número 65, otorgada en Ponce, Puerto Rico, ante el notario Jose Hector Vivas, inscrita al Folio 60 del Tomo 408 de Juana Diaz, finca 7034, inscripción 9na, Registro de la Propiedad de Ponce Sección I. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el Sello del Tribunal, hoy 13 de febrero de 2015. Luz Maritza Díaz Pérez. Secretaria. Secretaría General. Aracelis Algarín Rosado. Secretaria Auxiliar del Tribunal. Por: Sec. de Servicios a Sala ISO-1192 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. DEPARTAMENTO DE ESTADO. SAN JUAN, PUERTO RICO. NOMBRE COMERCIAL PARA REGISTRAR. AVISO. A QUIEN PUEDA INTERESAR: De acuerdo con las disposiciones de la Ley Núm. 75 del 23 de septiembre de 1992, según enmendada, mejor conocida como la Ley de Nombres Comerciales del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y la Sección 24 del Reglamento promulgado bajo la ley citada anteriormente, el siguiente nombre comercial ha sido presentado en el Departamento de Estado de Puerto Rico para su archivo y registro.

alquiler de espacios comerciales y de oficina. NOTIFICACION: Cualquier oposición a este registro deberá presentarse en el Departamento de Estado de Puerto Rico dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este aviso. Este aviso deberá publicarse UNA VEZ en un periódico de gran circulación.

MR-1015 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR SAN GERMAN

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DE CABO ROJO Demandante v.

JOSE A. ACOSTA PADILLA Demandado(a) Civil: I3CI201400504 Sobre: COBRO DE DINERO NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. (Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) A: JOSE A. ACOSTA PADILLA. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 5 de febrero de 2015, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso con fecha de 23 de febrero de 2015. En San Germán, Puerto Rico, el 23 de febrero de 2015. SANTA RODRIGUEZ BONILAL. Nombre Secretario(a). Lourdes Vázquez Montalvo. Nombre Secretario(a) Auxiliar. Firma Secretario(a) Auxiliar. HR-3768 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE HUMACAO

LIME RESIDENTIAL, LTD. Demandante v.

CARPETS AND RUGS WAREHOUSE, INC.; PORTAL DEL CARIBE ELIZABETH REYES GÓMEZ; SUCESIÓN Número de Expediente: 20639999-0. Propietario: Plaza Las DE ANTONIO GÓMEZ Américas, Inc. Dirección: 525 GUTIÉRREZ AVE. FRANKLIN ROSSEVELT PLAZA LAS AMERICAS, SAN COMPUESTA POR JUAN, PR 00918. Actividad Empresarial: Desarrollo de hotel y SUS HIJOS GRACE E. alquiler de espacios comerciales GÓMEZ REYES Y y de oficina. NOTIFICACION: Cualquier oposición a este regis- ANTONIO M. GÓMEZ tro deberá presentarse en el Departamento de Estado de Puerto REYES; FULANO Y Rico dentro de los treinta (30) MENGANO DE TAL días siguientes a la publicación de este aviso. Este aviso deberá COMO HEREDEROS publicarse UNA VEZ en un periódico de gran circulación. DESCONOCIDOS DE LA SUCESIÓN ISO-1193 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. DEPARTAMENTO DE ESTADO. SAN JUAN, PUERTO RICO. NOMBRE COMERCIAL PARA REGISTRAR. AVISO. A QUIEN PUEDA INTERESAR: De acuerdo con las disposiciones de la Ley Núm. 75 del 23 de septiembre de 1992, según enmendada, mejor conocida como la Ley de Nombres Comerciales del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y la Sección 24 del Reglamento promulgado bajo la ley citada anteriormente, el siguiente nombre comercial ha sido presentado en el Departamento de Estado de Puerto Rico para su archivo y registro.

PORTAL LAS AMÉRICAS Número de Expediente: 20639799-0. Propietario: Plaza Las Américas, Inc. Dirección: 525 AVE. FRANKLIN ROSSEVELT PLAZA LAS AMERICAS, SAN JUAN, PR 00918. Actividad Empresarial: Desarrollo de hotel y

Demandados CIVIL NÚM.: HSCI2009001272 (206) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA } EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA } SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO } EDICTO DE SUBASTA Yo, MARIA DEL PILAR RIVERA RIVERA, Alguacil Auxiliar, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao, al público en general: CERTIFICO Y HAGO SABER: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia fechado de 7 de noviembre de 2014, que me ha sido dirigido por la secretaría del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Humacao, en el caso arriba indicado, venderé en la fecha o fechas que más adelante se indican, en pública subasta al mejor postor, en moneda legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el local que ocupa en el Centro Judicial de Humacao, Puerto Rico, todo derecho, título e interés que tenga la parte de-

mandada en el inmueble que se describe a continuación: Dirección Física: 7240 Fairlakes III Cond., Humacao, Puerto Rico 00791. "Urban: Horizontal Property: Fairlakes III Condominium Apartment seven thousand two hundred forty (7240) part of Humacao, Puerto Rico. This unit built with reinforced concrete and concrete locks, is located at the second floor of building seven (7); and it is a one level unit. The total area is one thousand four hundred eighty three point thirty seven (1483.37) square feet, equivalent to one hundred thirty seven point eighty one (137.81) square meters. The main entrance to this unit located on its West side and loads to a common element which provides access to the same. The maximum length is forty four feet four inches (44’ 4") and the maximum wide is thirty eight feet one inch (38’ 1"). Its boundaries are by the NORTH, in a distance of forty seven feet four inches (47’ 4") with common area and unit seven thousand two hundred thirty nine (7239); by the SOUTH, in a distance forty seven feet four feet (47’ 4") with unit exterior wall; by the EAST, in a distance thirty eight feet one inch (38’ 1") with unit exterior wall; and by the WEST, in thirty eight feet one inch (38’ 1") with common area and unit exterior wall. This unit contains a living-dining room, a kitchen, a terrace, a laundry closet, an air conditioning closet, a closet and bathroom, a bedroom with closet, a kitchen site, a bathroom and balcony, a second closet, a bathroom, a lavatory and a walk-in-closet in a construction area of one thousand four hundred fifty four point ninety five (1454.95) square feet, equivalent to one hundred thirty five point seventeen (135.17) square meters. Part of this unit is an owner’s closets located outside of the unit team premises at ground floor with a construction area if twenty eight point forty two (28.42) square feet equivalent to two point sixty four (2.64) square meters. The owner’s closet referred to above is identified in the plan with number forty (40). The unit is entitled to the exclusive use and enjoyment of parking spaces seventy seven (77) and seventy eight (78), which identifying number appears in the plans. Such parking spaces shall be considered a limited common element of the regime destined for the exclusive use and enjoyment of the unit. Le corresponde una participación en los elementos comunes de uno punto cinco cero seis cinco uno tres por ciento (1.506513 %). Consta inscrita al folio doscientos quince (215) del tomo quinientos ochenta y nueve (589) de Humacao, finca veintisiete mil cuarenta y tres (27,043), Registro de la Propiedad de Humacao. El inmueble antes descrito se encuentra afecto a los siguientes gravámenes: a. HIPOTECA: En garantía de pagaré bajo afidávit número 1323 a favor de Popular Mortgage Inc., por la suma de $334,900.00 con intereses al 6.25% anual y vencimiento el 1 de julio de 2035. Constituida por la escritura 234 otorgada en Guaynabo, el 29 de junio de 2005 ante el Notario Juan C. Blasini González, sujeta a clausula de aceleración. Inscrita al folio 215 del tomo 589 de Humacao, Finca 27043, inscripción 4ta. b. SENTENCIA dictada el 16 de diciembre de 2010 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao, en caso civil número HACI201000462, sobre cobro de dinero; Fairlakes III Condominium, demandante v. Carpet and Rugs Warehouse, Inc., demandado. Por la misma se condena al demandado al pago de $4,561.78. Anotado el 29 de abril de 2011 al folio 55 del Libro de Sentencias 7 de Humacao. c. SENTENCIA dictada el 9 de marzo de 2011 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao, en caso civil HACI201001054, sobre cobro de dinero; Palmas del Mar Homeowners Association, demandante v. Carpet and Rugs Warehouse, Inc. demandado. Por la misma se condena al demandado al pago de $3,874.86. anotado el 24 de junio de 2011 al folio 76 del Libro de Sentencias 7, de Humacao. El gravamen objeto de ejecución en el presente caso es el mencionado en el inciso (a). Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación que se transmite y que las cargas y gravámenes anteriores y las preferentes, si las hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante las acepta y queda subrogado en la responsabilidad de las mismas, sin des-


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