

Guía sobre convivencia escolar Convive, empatiza y evoluciona
Anyvic Aguilera Cruz
Esta guía surge en el marco del Proyecto Colaborativo de Vinculación con el Medio: Convive, empatiza y evoluciona, adscrito al Programa Territorial Hito Más Ciudadanos Conectados, de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad San Sebastián. Agosto 2024
Agradecimientos
El apoyo y colaboración genuina es fundamental para grandes proyectos como este, es por eso que quiero agradecer el respaldo, cooperación y contribución de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad San Sebastián y el área de Vinculación con el Medio de la misma casa de estudios, por creer en el impacto y mejora que realizaría este proyecto en las diversas comunidades educativas del país. Agradecer también a los estudiantes del electivo de psicología de convivencia escolar del año 2023 a cargo de la profesora Carol Bazignan como así también agradecer a los estudiantes de derecho del curso de negociación y mediación del mismo año de los profesores Alejandro Gómez y Juan Dillarza, quienes todos en conjunto realizaron un maravilloso y extraordinario trabajo en el establecimiento beneficiario.
Quiero también por supuesto, agradecer enormemente a mis padres por entregarme los valores y principios que hoy rigen en mi vida apasionadamente. A mis hermanos porque sin saberlo, ellos son luz e inspiración al hecho de que yo quiera trascender en esta vida. A mi sobrina por ser la personita que transformó mi vida y a la cual quiero dejarle un mundo mejor. Mi sobrino, el eterno bondadoso, un ángel en el cielo que iluminará siempre. Y mi gratitud especial y profundo amor a mi persona vitamina, quien me apoya e impulsa a ser mejor en cada cosa que hago, mi cable a tierra, mi paz, mi gran amor, mi todo.
El amor me salvó y ustedes son en quienes me inspiro para continuar dejando una huella de trabajo bien hecho en todos los aspectos de la vida.
La vida es corta para solo preocuparse de intereses personales, es mejor en este paso por ella, contribuir, colaborar y ayudar a un colectivo con sus necesidades.

Prólogo
Uno de los objetivos de cualquier profesional es poder, con su trabajo, contribuir a mejorar nuestra sociedad. Para lograrlo, el esfuerzo y compromiso al desarrollarlo son fundamentales, tanto para quien lo realiza como para el receptor final de esa labor.
Este es el caso del proyecto “Convive, empatiza y evoluciona”, que lidera nuestra abogada Anyvic Aguilera Cruz, en representación de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. Un trabajo desarrollado con cariño y mucha dedicación, que llamó profundamente mi atención al nacer de un sentimiento de agradecimiento de Anyvic hacia su colegio de enseñanza básica, lo que representa una forma honesta y genuina de contribuir sincera y comprometidamente con las comunidades educativas que tanto lo requieren hoy en día.
Este proyecto es importante en los tiempos que corren, ya que vemos constantemente cómo los establecimientos educacionales de nuestro país presentan de forma sostenida y en una lamentable curva de crecimiento, problemas y episodios graves entre estudiantes y donde, la mala convivencia, es el centro y eje de ellos.
Hemos lamentado la pérdida de numerosos miembros de diversas comunidades educativas por situaciones de acoso físico, psicológico, o malos manejos en la convivencia, que en su estado de olvido, nos llevan a través de este proyecto a actuar y ser una herramienta de cambio que pueda impactar y contribuir directamente a las comunidades educativas.
En tal sentido, es fundamental que una carrera como Derecho sea parte activa y primordial en desarrollar herramientas para poder ocuparse de estos temas. Esta profesión tiene en su esencia una responsabilidad social y su enseñanza entrega fundamentos que pueden ser aplicados en todas las áreas de nuestras vidas, y por ello, es tan concordante que “Convive, empatiza y evoluciona” haya nacido de una profesional de esta disciplina.
Esperamos, como Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, que este proyecto sea de gran utilidad para las comunidades en las que se desarrollará y estamos convencidos del impacto y mejoras que podrán generar en ellas. Es por ello que esperamos que esta guía les sea de mucha utilidad para quienes conforman y son parte de estas valiosas comunidades formadoras de nuestros jóvenes y adultos del mañana.
Gonzalo Arenas Hödar Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales

Presentación
La presente guía educativa busca ser una herramienta de consulta y apoyo a las comunidades educativas, atendiendo a la compleja realidad que viven hoy en día las los establecimientos educacionales de nuestro país.
Es sumamente importante contar con equipos y proyectos comprometidos que busquen aportar y mejorar las realidades necesitadas. Tanto la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales como la Universidad San Sebastián, tienen un rol social bastante activo y, por lo mismo, hemos decidido llevar a cabo proyectos como este.
Es por todo esto que se han desarrollado diversas unidades, donde se abordan las problemáticas del bullying y el ciberbullying, presentando aspectos para fortalecer su prevención, sanciones y cómo estas situaciones pueden derivar en Responsabilidad Penal Adolescente con el tratamiento de su nueva ley y los aspectos psicosociales y emocionales fundamentales en la sana convivencia escolar.
Esta guía fue elaborada gracias al aporte e intervención realizadas en el marco de la primera versión del Proyecto Colaborativo de Vinculación con el Medio “Convive, empatiza y evoluciona”, en el cual académicos y estudiantes de las carreras de Psicología, específicamente del electivo de Convivencia Escolar y de la carrera de Derecho en la asignatura de Negociación y Mediación de 2023, lograron contribuir e impactar positivamente a una comunidad educativa con necesidades y debilidades, frente a las cuales se trabajó en conjunto con la escuela John Kennedy de la comuna de San Felipe, en la región de Valparaíso.
Todo aquello que se hace con amor, tiene buenos resultados.
Anyvic Aguilera Cruz Abogada, Jefa de proyectos del Centro de Educación Ciudadana Facultad de Derecho y Ciencias Sociales

Bullying y ciberbullying desde la perspectiva jurídica - normativa
En este capítulo se aportan elementos legales y sancionatorios desde la mirada penal adolescente.
1.1 La importancia del derecho en las personas y el conflicto
El derecho, entendido como un conjunto de normas jurídicas obligatorias que tienen por objetivo mandar, prohibir o permitir determinadas conductas, abarca casi todos los aspectos de la vida de las personas como individuos y como miembros de la sociedad. El derecho regula la vida las personas desde el nacimiento hasta la muerte y su objetivo es resolver los conflictos humanos por medios pacíficos.
Todos los conflictos se parecen en cuanto a la génesis, desarrollo y forma de resolverlos. Podemos definir el conflicto como una confrontación de intereses, crisis, disputa, problema de relación o convivencia. Son hechos en que dos o más personas tienen un desacuerdo, ya que sus posiciones, intereses, deseos, necesidades o valores son disimiles o, por lo menos, eso perciben o creen, ya que, incluso, la tensión o contradicción puede tener su origen en lo que las personas interpretan, lo que es influido por razones que no tienen que ver con un conocimiento determinado, sino con las circunstancias, percepciones y expectativas en que están viviendo y con que se relacionan las personas.
El conflicto, al contrario de lo que se podría pensar, puede ser una oportunidad para las partes en disputa para mejorar la relación entre ellas. Lo anterior puede ser logrado mediante mecanismos de solución pacífica de conflictos, en los cuales las partes llegan a un acuerdo con la ayuda de un tercero imparcial.
En definitiva, se trata de que quienes están en conflicto puedan gestionar una solución, no impositiva, con la ayuda de un tercero que facilite ese proceso.
El secreto es tener conciencia de que el conflicto es normal en la vida en sociedad. Cada uno de nosotros es único e irrepetible y esa distinción hace que nuestros pensamientos, deseos y sentimientos sean exclusivos, pudiendo entrar en pugna con los de otro. La tolerancia del pensamiento opuesto es la clave para tener una sana convivencia entre los diferentes actores de la sociedad. “La intolerancia es en sí misma una formadeviolenciayunobstáculoalcrecimiento delverdaderoespíritudemocrático” (M. Gandhi).
Sin embargo, el conflicto suele ser malinterpretado y tratado, llegando a casos extremos donde se llega tarde para prevenir, abordar y solucionar aquellos conflictos en comunidades tan relevantes como lo son las comunidades educativas, las cuales, no olvidemos, poseen un gran número de personas que serán nuestra sociedad del futuro.

1.2 El bullying y ciberbullying como factor
preocupante en las comunidades educativas del país y el mundo
Chile, al igual que América Latina y el Caribe, ha aumentado su interés y preocupación por la prevención de la violencia escolar, lo que se ha expresado en la aparición de estudios respecto de su prevalencia, consecuencias y formas de prevención. Las encuestas, tanto nacionales como internacionales, demuestran que el problema existe, que se expresa de diferentes formas, que involucra a todos los actores de la comunidad educativa y se presenta en todos los tipos de establecimientos educacionales1.
La violencia escolar ha demostrado tener un impacto negativo en el desarrollo integral de niños(as) y adolescentes (Espelage, & Swearer, 2004), además de ser un factor de riesgo que incrementa las posibilidades de que un estudiante desarrolle trayectorias problemáticas vinculadas a la delincuencia (Mertz, 2006).
En septiembre de 2011, a partir de la promulgación de la Ley N° 20.536 sobre Violencia Escolar2, se establece un nuevo escenario en la materia, puesto que desde ese momento todo establecimiento educacional que reciba aportes del Estado debe asegurar que su Consejo Escolar integre en sus funciones el promover la buena convivencia y evitar
las agresiones, el hostigamiento y la violencia física o psicológica hacia o entre los estudiantes. En el caso de los establecimientos particulares, éstos deben crear un Comité de Buena Convivencia Escolar u otra entidad similar que realice la misma función.
En el Consejo Escolar deben participar representantes de los estudiantes, docentes, padres, madres y apoderados, los cuales pueden contribuir en la revisión del Reglamento Interno y aprobarlo3.
A su vez, todos los establecimientos educacionales deben contar con un encargado de Convivencia Escolar, quien será responsable de implementar un plan de gestión para promover la convivencia y prevenir la violencia escolar, así como también poner en práctica las recomendaciones del Consejo Escolar4.
La violencia escolar por muchos años se relacionó a causas específicas, como: patologías de salud mental de la víctima y/o agresor, delincuencia juvenil y consumo de drogas y alcohol, entre otras. Sin embargo, hoy se considera que la violencia escolar es un fenómeno multicausal, lo que requiere de un abordaje preventivo integral que
1 Ministerio del Interior & Adimark Gfk, 2010; Mineduc, 2012; 2013.
2 La Ley N°20.536 sobre Violencia Escolar, publicada el 17 de septiembre de 2011, plantea que los establecimientos educacionales deben contar con “políticas de prevención, medidas pedagógicas, protocolos de actuación y diversas conductas que constituyan falta a la buena convivencia escolar”.
3 Decreto N°24, 2005.
4 Ley N°20.536 sobre Violencia Escolar, Art. 15 letra b.
5 Orpinas, 2009; Varela & Lecannelier, 2010.
6 Ley Nº20.536 sobre Violencia Escolar, Art. 16 letra a.
apunte a los distintos niveles del sistema escolar y a la interrelación entre ellos (estudiantes, familia, grupo de pares, establecimiento educacional, comunidad y cultura)5.
Para entrar en detalle, es necesario comprender el concepto de convivencia escolar , que es definido como: “la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permiteeladecuadocumplimientodelosobjetivos educativosenunclimaquepropiciaeldesarrollo integral de los estudiantes” 6 .
En cuanto al conflicto, éste se define como un hecho social en que se “involucran dos o más personasqueentranenoposiciónodesacuerdo debidoaintereses,verdaderaoaparentemente incompatibles, donde las emociones y los sentimientos tienen especial preponderancia”
El conflicto “no es sinónimo de violencia, pero unmalmanejodelasituaciónpuedegeneraruna respuesta violenta”7.
Para que un hecho sea considerado como acoso escolar o bullying, las agresiones deben cumplir ciertas características específicas que lo diferencian de un hecho aislado de violencia escolar: manifestarse en una relación asimétrica de poder, donde hay una víctima incapaz de salir de la agresión y, a su vez, se presenta de manera repetida en el tiempo. Existen formas de violencia que revisten características de delitos, como robos, hurtos o amenazas, entre otros, por tanto, es fundamental distinguir si se está frente a un delito y si corresponde hacer la denuncia respectiva8
La Ley sobre Violencia Escolar N°20.536 define bullying como “todaacciónuomisiónconstitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fueraodentrodelestablecimientoeducacionalpor estudiantesque,enformaindividualocolectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensióndelestudianteafectado,queprovoque

en este último maltrato, humillación o fundado temordeverseexpuestoaunmaldecaráctergrave ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio,tomandoencuentasuedadycondición”9.
Es importante mencionar que la modificación de la Ley sobre Violencia Escolar considera por primera vez la agresión a través de los medios tecnológicos como una forma de acoso del cual debe responsabilizarse el establecimiento educacional. Este tipo de agresión –conocida también como ciberacoso, cyberbullying, agresiones en línea, acoso electrónico– ha llamado la atención y generado una enorme preocupación en los últimos años por sus graves consecuencias en niños, niñas y adolescentes, donde se utilizan los medios tecnológicos para intimidar, amenazar, rechazar, insultar o excluir a una o más víctimas. Este tipo de acoso utiliza Internet, telefonía celular u otro medio para realizar la agresión, ya sea en formato de texto, videos, chats, fotografías, sistemas de mensajería instantánea, correos electrónicos o creación de páginas web, entre otros, con el fin de dañar, manipular, humillar y ridiculizar a la o las víctimas.
Actualmente, se reconoce el nivel de gravedad del ciberacoso, el cual se evidencia directamente por sus características únicas, como son: la invisibilidad del agresor y el aumento potencial de espectadores, lo que genera la disminución de los espacios seguros para las víctimas (desprotección total)10
7 Mineduc, 2011. Conviviendo mejor en la escuela y en el liceo, pág. 32.
8 Mineduc, 2011. Conviviendo mejor en la escuela y en el liceo.
9 Ley N° 20.536 sobre Violencia Escolar, Artículo 16 letra b.
10 Smith, Mahdavi, Carvalho & Tippet, 2006; Raskauskas & Stoltz, 2007; Kowalski, Limber & Agatston, 2010; Ortega, MoraMerchan & Jäsper, 2007.
¿Qué conductas constituyen acoso escolar?
Las acciones negativas del bullying pueden ser físicas directas, como patadas, empujones, manotazos, etc. y/o físicas indirectas, que suceden cuando otras/os estudiantes comentan la agresión física o se dañan objetos de la víctima, como romper, robar o esconder pertenencias, entre otros.
También existen formas directas y no físicas: la forma social y verbal. La social es la exclusión intencionada del grupo, que se acompaña de indiferencia y menosprecio hacia la víctima, mientras que la verbal consiste en los insultos, burlas, apodos, etc.
Finalmente, están las formas de bullying psicológico o emocional, consistente en amenazas o desclasificaciones con el propósito de lastimar, atemorizar, dominar o manipular a la víctima. Cabe destacar que estos tipos de acciones no son excluyentes las unas de las otras al momento de producirse el fenómeno.
El acoso escolar puede, entonces, clasificarse o presentarse de distintas maneras, pero siempre provoca sufrimiento y trastornos relacionados con el estrés en la persona que lo sufre:
1. Agresiones físicas:
• Directas: golpes, empujones, amenazas, intimidaciones.
• Indirectas: esconder, romper o robar objetos de la víctima; revisar pertenencias personales, como mochilas o celulares.
2. Agresiones verbales:
• Directas: gritos, burlas, insultos y utilizar sobrenombres.
• Indirectas: hablar mal a sus espaldas, hacer que lo oiga “por casualidad”, enviar notas groseras, dibujos burlescos, difundir falsos rumores, etc.
3. Agresiones relacionales (exclusión social):
• Directas: exclusión deliberada de actividades, impedir su participación (se ve a la víctima alejada en el patio, en clase es evitada y siempre queda sin pareja).
• Indirectas: ignorarla, hacer como si no estuviera o como si fuera invisible.
Si el medio utilizado es el teléfono móvil, blogs o Facebook (mensajes de texto, correos electrónicos, posteos, etc.) estaríamos hablando de acoso escolar digital o cyberacoso escolar, que puede ser más amenazador porque muchas veces se ampara en el anonimato del agresor, y, por tanto, lleva a la víctima a desconfiar de todos y, además, sus efectos se multiplican ya que “Internet no olvida”.
Entre los distintos tipos de bullying, cabe distinguir el bullying por orientación sexual, identidad y expresión de género (OSIEG), principalmente por las alarmantes cifras de suicidio que se asocian a este, dado que muchas veces la victimización en la escuela se superpone a la victimización en el hogar.
Esta expresión del bullying no afecta únicamente a quienes que se identifican como lesbianas,
gays, bisexuales y trans, sino que afecta a toda la comunidad escolar a través de mensajes sexistas, dificultando la expresión diversa de la masculinidad y la feminidad, e imponiendo estereotipos rígidos y limitantes. De hecho, muchos adolescentes que no necesariamente se identifican como parte de la comunidad LGBTIQ+, pueden ser igualmente víctimas de esta clase de bullying si su expresión de género (modos de hablar, caminar, usar su pelo, vestirse) no calzan con los estereotipos sobre lo femenino o lo masculino.
En el caso del ciberbullying es importante hacer un breve análisis:
El ciberbullying se diferencia del bullying por el medio por el cual ocurre el fenómeno; sin embargo, comparten tres características elementales:
• es un acto de agresión
• se repite en el tiempo
• existe desequilibrio de poder entre sus involucradas/os.

Diversos autores como Patchin, Smith, Sourander, Sticca y Perren, exponen atribuciones del ciberbullying para su distinción. En primer lugar, reconocen que el ciberbullying puede llegar a una audiencia más extendida. El número de personas que pueden ver un hecho en la web es mayor a las que pueden presenciarlo de manera directa; segundo, el agresor puede ser anónimo; tercero, a menudo se caracteriza por la inacción de los testigos; cuarto, los niveles de supervisión son menores; quinto, puede crear el temor de las víctimas de perder el acceso a Internet; por último, posee la capacidad de ser experimentado las 24 horas de los 7 días de la semana, puesto que la vía remota del medio permite a los agresores enviar mensajes, publicar comentarios desagradables en redes sociales o amenazar físicamente a la víctima en cualquier momento del día y en cualquier contexto (ya no se limita al espacio educativo) 11 .
11 Injuv, “Hablemos de todo: documento técnico Bullying y Ciberbullying”, (2020-2021), Santiago.
De las características anteriormente mencionadas, el anonimato del agresor y la inacción de los testigos, sumado a la falta de interacción cara a cara en el fenómeno, tienen como consecuencia el moral disengagement del agresor. Es decir, estos hechos reducen la empatía o remordimiento por parte de quien realiza las acciones negativas, favoreciendo la continuidad y/o intensificación de las agresiones.
Dentro de las múltiples acciones que pueden realizar las y los agresores en contra de las víctimas, algunas de las más comunes son: publicar comentarios, fotos, videos o propagar rumores perjudiciales o embarazosos; amenazar o acosar virtualmente; y crear páginas web o perfiles falsos con malas intenciones. En menor medida, también se ejerce la exclusión.
El ciberbullying es un comportamiento que provoca graves efectos, no sólo para las víctimas, sino también para los agresores y los observadores o testigos. Las evidencias recientes
apuntan a que estos efectos son más graves que los producidos por el acoso escolar presencial. Tanto para las víctimas como para los agresores, la experiencia del ciberbullying se relaciona con mayor probabilidad de desarrollar conductas suicidas. Además, la exposición prolongada al ciberbullying en la víctima se traduce en un grave deterioro de su salud, bienestar, rendimiento escolar y relaciones sociales. En otras palabras, poseen mayores probabilidades de sufrir de autoestima baja, depresión, desmotivación para asistir a la escuela y abusar de alcohol y drogas.
Ahora bien, los casos de ciberbullying son menores que los de bullying. No obstante, quienes son víctimas de bullying son más propensos a sufrir de ciberbullying. De la misma forma, quienes son agresores en casos de bullying son frecuentemente agresores en casos de ciberbullying. El fenómeno también posee un importante sesgo de género, pues afecta con mayor frecuencia a mujeres (en todos los grupos etarios) y a personas de la comunidad LGBTIQ+.

1.3 Aspectos relevantes de la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente
N° 20.084: Ley que establece
un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal
La responsabilidad penal adolescente se vincula a los delitos cometidos por personas mayores de 14 y menores de 18 años. Este sistema está determinado por la Ley N.º 20.084, que reconoce a los adolescentes infractores la calidad de sujetos de derechos, por lo cual, teniendo en cuenta su edad y las particularidades propias de su grado de desarrollo, se les puede exigir responsabilidad por los delitos cometidos, reconociéndose para ello las garantías de un debido proceso penal. Esta ley tiene como principal objetivo el reinsertar a los jóvenes en la sociedad a través de programas especiales12
Antes de la entrada en vigor de la Ley N° 20.084, los jóvenes entre 16 y 18 años que cometían un delito debían, en primer lugar, someterse a una declaración de discernimiento por parte del juez de menores competente. Si el joven era declarado con discernimiento, era juzgado como un adulto; por el contrario, si era declarado sin discernimiento, el propio juez dictaba a su respecto las medidas de protección que estimase necesarias. En resumen, en el primer caso eran tratados por el sistema como adultos, sin atender las particularidades de su desarrollo en esta etapa de vida; en el segundo, eran objeto de medidas de protección impuestas sin sujeción a las normas básicas del debido proceso.
Con la nueva ley, el sistema se centra en los jóvenes entre 14 y 18 años, recogiendo las recomendaciones de la Convención sobre los Derechos del Niño, en relación con relevar las características propias de la adolescencia en el abordaje penal. De ahí que todas las sanciones y medidas se orientan a la reinserción social, objetivo que está expresamente descrito por la ley, como principio general y en la forma de ejecutar dichas sanciones.
Se definen las edades en las cuales ingresan al sistema, además de establecer la privación de libertad para los delitos más severos y como último recurso sancionatorio, al ser regida por la Convención sobre los Derechos del Niño, la ley va especificando medidas de acuerdo con el rango etario de los jóvenes.
Antes, el procedimiento penal era sólo restrictivo, donde no había garantías de derechos. Desde su entrada en vigor, la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (LRPA) comienza a implantar, ante todo, un sistema garantista.
Se marcaron cambios esenciales en relación con lo ya existente, a través de reformas como el fin al examen de discernimiento para jóvenes entre 16 y 18 años antes descrito y la disminución
12 Biblioteca del Congreso Nacional/BCN, Guía legal, 2008, Santiago de Chile.
de edad en la responsabilidad penal a partir de los 14 años. Los imputados de entre 14 y 16 años pueden recibir una pena de 5 años máximo; quienes se encuentran entre los 16 y 18 años, admiten sentencias de hasta 10 años. El adolescente se acoge a un plan de intervención que está acordado con el tribunal, donde tiene la obligación de cumplir con ciertos compromisos que apuntan a disminuir la reincidencia y apoyar su reinserción social. Este plan se va ejecutando y controlando y, si el acusado lo va cumpliendo adecuadamente, la sanción que le fue atribuida puede sustituirse por una menos gravosa. Cuando un joven es formalizado, automáticamente quedan establecidos algunos principios de derecho, como la presunción de inocencia, el derecho a un debido proceso y a un defensor público proporcionado por el Estado de Chile, entre otros.
Básicamente, con sanciones y normas definidas se cambia el enfoque de la justicia juvenil desde un sistema coercitivo/punitivo, a uno orientado a la reinserción, responsabilización y rehabilitación social de aquellos que aún no cumplen los 18 años y han quebrantado la ley penal. La comprensión acabada por parte de todos los actores de las particularidades de los adolescentes infractores, del contenido de las sanciones, de los programas disponibles, de los fenómenos sociales asociados y de la adolescencia como fase del desarrollo humano, es absolutamente decisiva; la aplicación de sanciones y medidas idóneas dependen inequívocamente de esta comprensión, para así promover el reconocimiento de derechos
e integración a la sociedad de los jóvenes infractores. Este instrumento se complementa con el decreto N°1.378, que corresponde al Reglamento de la ley respectiva, publicado en el Diario Oficial del 25 de abril de 2007.
Adicionalmente, se promulgó la Ley N° 20.191 -publicada en el Diario Oficial el 2 de junio de 2007- que introduce cambios en la Ley N°20.084, orientados fundamentalmente a aclarar la aplicación de las penas contenidas en la norma original.
Principios del Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente
1. Legalidad: conforme a este principio, sólo podrán castigarse las conductas expresamente señaladas con las penas establecidas, tanto en el Código Penal como en leyes penales especiales. Esto no resultaba tan claro en el antiguo proceso del discernimiento, ya que, como se dijo, podían imponerse medidas de protección de duración y contenido indeterminado.
2. Especialización: los actores que intervengan en las causas adolescentes deberán estar capacitados en estudios e información criminológica vinculada a: la ocurrencia de estas infracciones, la Convención sobre los Derechos del Niño, las características y especificidades de la etapa adolescente y en el sistema de ejecución de sanciones establecido en esta ley (Ministerio Público, Defensoría Penal Pública, Poder Judicial, policías, entre otros).
3. Reinserción social : las sanciones, junto con hacer efectiva la responsabilidad del joven infractor, tienen por objeto realizar un trabajo orientado a la reinserción social de los adolescentes infractores.
4. Interés superior del niño: se expresa en el reconocimiento y respeto de sus derechos en todas las actuaciones penales.
5. Derecho a defensa : el adolescente tiene derecho a ser asistido por un abogado desde la primera actuación del procedimiento hasta finalizar la ejecución de la sanción.
6. Proporcionalidad y diversidad de las sanciones: la ley dedica un completo catálogo de sanciones ajustado a la gravedad del hecho y la edad del imputado. La variedad de sanciones y la posibilidad de avanzar progresivamente hacia formas menos severas de sanción hacen posible materializar la privación de libertad sólo como último recurso.
7. Legalidad de las medidas cautelares personales: durante el juicio no se podrá citar, detener ni someter a prisión preventiva, sino en los casos y en las formas permitidas por la ley.
8. Control jurisdiccional de la sanción: durante la ejecución de la sanción, serán los jueces de garantía quienes velarán por su efectivo cumplimiento y por el respeto de los derechos del condenado.

9. Privación de libertad: se establece como una medida de último recurso, según los artículos 26 y 47 de la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, LRPA.
10. Concentración del procedimiento : se establecen normas que apuntan a una tramitación breve del proceso, ya que se afectan los derechos de un sujeto en formación, al cual un período de tiempo impacta en forma distinta que al adulto, tanto en lo emocional como en aspectos claves de su desarrollo (ejemplo: escolaridad).
Sanciones aplicables
Existen sanciones de tres tipos:
1 2

Sanciones privativas de libertad: internación en régimen cerrado y semicerrado, además de sanciones accesorias. El régimen cerrado obliga a los jóvenes a desarrollar actividades dentro de recintos. El régimen semicerrado establece la residencia obligatoria en un centro, pero se cuenta con programas que se desarrollan también en el exterior del establecimiento.
En ambos regímenes de internación se incluyen la continuación de estudios, el aprendizaje de oficios, el manejo de tecnologías digitales, el tratamiento de adicciones y el fortalecimiento del vínculo con la familia.
Sanciones no privativas de libertad : libertad asistida y libertad asistida especial, donde el adolescente es orientado, controlado y motivado por un delegado, que debe procurar su acceso a programas y otros servicios necesarios para la reinserción.
El delegado es el representante de una institución colaboradora acreditada. Este tipo de sanción no podrá exceder los tres años.
Reparación del daño causado a la víctima, que se hará efectiva mediante una prestación en dinero, la restitución o reposición del objeto o cosa de la infracción o un servicio no remunerado en su favor, previa aceptación del condenado y la víctima.
Servicios en beneficio de la comunidad, mediante actividades no remuneradas que no excedan las 4 horas diarias, compatibles con la actividad educacional o laboral del adolescente. La sanción tendrá una extensión mínima de 30 y máxima de 120 horas.
Multas y amonestaciones: el juez podrá imponer una multa a beneficio fiscal que no exceda las 10 Unidades Tributarias Mensuaes (UTM). Para ello se considerará la condición y facultades económicas del infractor y de la persona que está a su cuidado. La multa se podrá pagar en cuotas o será conmutable por servicios a la comunidad, a razón de 30 horas por cada 3 UTM.

Sanciones accesorias : contemplan la rehabilitación por adicción a las drogas o al alcohol. También se puede prohibir la conducción de vehículos motorizados hasta cumplir los 20 años.
Ley N° 21.527: que crea el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil (SNRSJ) e introduce modificaciones a la Ley N° 20.084 sobre Responsabilidad Penal Adolescente y a otras normas.
¿Qué es el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil (SNRSJ)?
Es un nuevo organismo que tendrá como propósito administrar y ejecutar las medidas y sanciones contempladas por la ley sobre Responsabilidad Penal Adolescente (N.º 20.084) y sus modificaciones, mediante el desarrollo de programas que contribuyan a la reinserción social de las y los jóvenes que han infringido la ley.
¿Cuál es el cambio que propone la creación de este servicio?
El SNRSJ mejora y moderniza el rol que cumple el Estado, fortaleciendo acciones concretas de reinserción de las y los jóvenes en conflicto con la justicia penal, a través de una mirada especializada, sistémica e intersectorial. El cambio se materializa en la creación de una nueva institucionalidad y una especialización del sistema de justicia para la aplicación de medidas y sanciones penales a las y los jóvenes mayores de 14 y menores de 18 años, trabajando coordinadamente por la reinserción social y la seguridad pública.
¿Qué elementos distintivos tendrá el nuevo servicio?
El nuevo Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, tendrá su foco en el acompañamiento de cada caso con un modelo de intervención consistente y un nuevo modo de financiamiento y colaboración público-privada, orientado a asegurar estándares de calidad para la atención integral de las y los jóvenes en conflicto con la justicia penal o medidas y sanciones penales.
¿Se cierra definitivamente el SENAME?
Una vez que el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil sea implementado completamente, se dará un cierre definitivo al Servicio Nacional de Menores (SENAME).
¿Cuáles son las etapas de implementación de este nuevo servicio?
El SNRSJ se creó en 2023 y tuvo un año para preparar su implementación en la zona norte del país, comenzando su trabajo en Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama y Coquimbo, el 13 de enero de 2024.
En 2025 el nuevo servicio estará operativo desde Maule hasta Magallanes. Terminará su implementación en 2026, desde Valparaíso hasta O’Higgins.
Esta gradualidad obedece a la necesidad de realizar un trabajo sostenible en el tiempo, donde los aprendizajes de cada fase se incorporen en la ejecución de las siguientes.
¿Cuáles son las claves de este nuevo servicio?
1. Será especializado y de alto nivel técnico.
2. La atención para los jóvenes será centrada en la intervención, con un modelo y un soporte adecuado para la gestión del caso.
3. Aumenta los estándares de calidad para el funcionamiento de programas e instituciones.
4. Contará con un sistema especializado de administración de justicia juvenil: fiscales, jueces y defensores formados en la materia.

5. Reforzará la respuesta del conjunto del Estado para asegurar el acceso a las prestaciones de salud, educación e inserción laboral.
6. Innovará a través de la mediación penal juvenil como una forma alternativa de resolución de los conflictos.
7. Cambiará la relación con organismos privados que ejecutan programas, abandonando la lógica de subvenciones por un financiamiento asociado a estándares de calidad.

Psicología educacional y los aspectos psicosociales y emocionales para la prevención y sana convivencia
En este capítulo se abordan temáticas centrales de la psicología para nutrir la buena convivencia en la comunidad.
2.1 La importancia de la psicología educacional para nuestras comunidades educativas
La psicología es el estudio científico de la conducta para el proceso formativo de la persona, de cómo los seres humanos sienten, piensan, aprenden y conocen para adaptarse al medio que les rodea. Es el estudio de la conducta en un nivel de integración específicamente humano. La psicología moderna se ha dedicado a estudiar hechos sobre el comportamiento y el contexto, y a organizarlos sistemáticamente, elaborando teorías que los expliquen. En la educación, se ha enfocado en resolver los problemas de aprendizaje que tiene el ser humano desde su niñez13.
La psicología de la educación como disciplina puente, se dirige al estudio de procesos de cambio que se producen en las personas, al estudio de sus procesos psicológicos, por lo que su relación con la educación es fundamental en la participación de las personas en actividades educativas. Su enfoque va directamente a los procesos psicológicos de las personas, como también forma parte de una disciplina de la educación, ya que los procesos psicológicos están totalmente ligados a las situaciones educativas que los producen14.
13 Garzón, Johana; Rojas, Orlando; Cañizares, Lorena y Culqui Catherine, “El impacto de la psicología en el ámbito educativo”, Revista Científica Mundo de la Investigación y el Conocimiento, Vol. 3, núm. 2, p. 546, 2019.
14 Suarez, Gisela; Ávila, Amelia, García, Roberto y Borjas Rosibel, “La psicología educativa ante un proceso de mejora de la Educación y Enseñanza”, p. 154, 2016.

2.2 La psicología, amiga de la sana convivencia en las comunidades educativas
La psicología es objeto de estudio en las escuelas de educación como herramienta para intentar comprender la dinámica intrapsíquica del hombre. Las escuelas de psicología suelen estar insertas corrientemente en centros de estudios humanísticos. Las múltiples posturas frente al fenómeno psicológico hacen que sean inevitables las posiciones encontradas. Autores como Gadamer permiten reflexionar en torno a las disciplinas con pretensiones científicas y los alcances de estas actitudes. Pensamos que la contemporaneidad enriquece el problema de lo pertinente de los estudios de psicología en el área educativa, al ofrecer posibilidades de integrar modelos que intentan comprender la naturaleza psicológica humana y llevarlo a la práctica, con el fin de mejorar la calidad de vida de docentes y educandos15.
Convivir significa “vivir unos con otros sobre la base de unas determinadas relaciones sociales y unos códigos valorativos, forzosamente subjetivos, en el marco de un contexto social determinado”16 y, atendiendo a la constante y permanente convivencia de diversos miembros en la comunidad, es que cada vez toma más peso el consenso entre docentes e investigadores acerca de que la convivencia escolar registra mejoras
significativas cuando se logra involucrar en su gestión a todos los miembros de la comunidad escolar.
Para que las normativas y reglamentos de convivencia escolar cumplan la función de, por una parte, facilitar las relaciones cordiales entre los diferentes miembros y, por otra, guíen a la hora de intervenir ante los conflictos que surjan, es necesario que esas normas tengan un sentido para los distintos actores educativos17, lo cual es más probable que ocurra si las normas contenidas en ellos son compartidas por todos los miembros de la comunidad escolar. En caso contrario -al ser impuestas- genera en los estudiantes una relación externalista con estas, donde es difícil que se lleguen a legitimar, generando su acatamiento voluntario18.
La convivencia escolar constituye uno de los ejes de la calidad educativa19. Aprender a vivir con otros es una de las tareas más relevantes de la escuela en tanto se reconoce, por una parte, que los buenos climas de convivencia determinan positivamente el aprendizaje y el rendimiento escolar y, por otra, que la formación en convivencia es un factor clave para el desarrollo socioemocional de los y las estudiantes20.
16 Jares, Xesús, “Conflicto y convivencia en los centros educativos de secundaria. Revista de Educación 339, pp. 467-491, 2006.
17 Torrego, Juan, “Modelo integrado de mejora de la convivencia. Estrategias y tratamiento de conflictos, 2006.
18 Ruiz, Alexander y Chaux, Enrique, “La formación de competencias ciudadanas, 2005.
19 UNICEF, “Hacia la construcción de espacios inclusivos: estudio sobre reglamentos internos y convivencia escolar”, 2011.
20 Delors Jaques, “La educación encierra un tesoro. Informe de la Comisión Internacional sobre la Educación para el Siglo XXI”, París: UNESCO, 1996.
En Chile, la Política Nacional de Convivencia
Escolar subraya la importancia de implementar un enfoque formativo para lograr que todos los y las estudiantes desarrollen su máximo potencial, tanto en la esfera del conocimiento y la cultura, como en lo personal y en lo social, incluyendo las competencias socioemocionales21.
Cuando hablamos de convivencia escolar, hablamos de un concepto polisémico que, si bien es cotidiano, tiene diversas comprensiones. Existen múltiples investigaciones que se han hecho cargo del concepto y el abordaje teórico del término.
Desde el área de la psicología, la Ley General de Educación y la Política Nacional de Convivencia
Escolar en Chile demandan la responsabilidad de incorporar programas de trabajo que consideren el desarrollo integral de todos sus estudiantes. En este contexto, la escuela tiene la necesidad
de desarrollar en sus propuestas educativas la generación de espacios que permitan trabajar la transversalidad educativa, que aporte al desarrollo emocional, social, afectivo, moral, ético y sociopolítico tanto de sus estudiantes como del resto de los actores educativos, con el fin de poder responder y dar cumplimiento a sus lineamientos institucionales y el sueño de ser humano que desean ayudar a formar.
Autores como Salovey y Mayer, en los años noventa, centraron su investigación en cómo cognición y emoción se combinan para dar como resultado una determinada habilidad. Pero sería Goleman en 1995, en su libro “InteligenciaEmocional” quien difundió esta idea, entendiendo la Inteligencia Emocional como: “la capacidad de reconocer nuestrospropiossentimientos,lossentimientosde losdemás,motivarnosymanejaradecuadamente las relaciones que sostenemos con los demás y con nosotros mismos”.
21 Ministerio de Educación, División de Educación General, “Orientaciones para la revisión de reglamentos de convivencia escolar”; Durlak, J. A., Domitrovich, C. E., Weissberg, R. P & Gullotta, T. P. (2016). Handbook of Social and Emotional Learning: Research and Practice Paperback; Documento Valoras UC: “¿Cuánto y dónde impacta? desarrollo de habilidades socioemocionales y éticas en la escuela”,2016.

2.3 La gestión de las emociones como pieza clave en las comunidades educativas
La palabra emoción proviene de la palabra latina movere, que significa moverse hacia, así que la finalidad de las emociones es llevarnos hacia la acción. Para la neurociencia, las emociones son estados con una función reguladora que fomenta la supervivencia del organismo.
Las emociones son claves para entendernos, tanto en el ser y hacer de nuestro día a día. Es fundamental comprender que no somos responsables de lo que sentimos, ya que las emociones no se eligen ni planifican, pero sí somos responsables de aquello que hacemos con lo que sentimos. Es decir, escogemos nuestra actitud y nuestra conducta cada mañana.
El Doctor Richard Davidson en 2012, indicó que “lagestióndelasemocionesdeberíapreceder a la enseñanza de contenidos académicos. Proporcionar a los individuos las habilidades para gestionarlas les dará la capacidad de controlarlas, sobre todo ante situaciones adversas. Estas situaciones adversas interfieren en la capacidad de aprender de los niños”. Estudios realizados por Davidson, donde se realiza una intervención en aspectos como la compasión, la cooperación y el altruismo, entregan evidencias de cambios en el cerebro asociados con modificaciones en el altruismo y que se pueden medir conductualmente.
No debemos olvidar que la incorporación del niño en la escuela es una etapa donde se producen unas interacciones entre iguales constantes22. Preparar y entrenar en habilidades sociales a nuestros niños y niñas, brindará unos mecanismos para poder afrontar sus emociones y junto con ello las dificultades presentadas en una convivencia constante y permanente con otros a lo largo de su etapa escolar y, por supuesto, su vida.
Es por lo anterior que los aspectos y pautas sociales y emocionales que se dan en el núcleo familiar, nuestra primera mini sociedad, deben tener una continuidad en la incorporación al sistema educativo. La integración del niño en la escuela implica el desprendimiento del mundo familiar que conocen y, por otra parte, implica al mismo tiempo la interrelación con personas nuevas y ajenas a su círculo familiar. Todo ello demandará por consecuencia, en nuevas habilidades sociales.
Goleman, en su libro antes mencionado, señala que “es un error pensar que la cognición y las emocionessondoscosastotalmenteseparadas. Es la misma área cerebral. Ahora estamos descubriendo que enseñar habilidades sociales y emocionales a los niños desde que tienen cincoañoshastalauniversidadesmuyeficaz,los vuelve más cívicos, mucho mejor estudiantes”. Este psicólogo nos guía para llegar a concluir que
el enseñar en habilidad sociales y emocionales, ayudan determinantemente a que los alumnos aprendan mejor y que, en definitiva, exista una incidencia en el rendimiento académico.
Al contrario, la falta de habilidades sociales y gestión de sus emociones hace que el niño o la niña, no sepa afrontar situaciones estresantes o adversas, por lo que, si estas habilidades no se potencian desde la infancia, pueden afectar a su desarrollo en la vida adulta.
En nuestro país, los últimos años hemos visto noticias lamentables de casos de bullying y ciberbullying que han acabado con la vida de muchos de nuestros niños, niñas y adolescentes y es justamente el desarrollo de habilidades sociales durante la época escolar lo que contribuye a disminuir estas situaciones problemáticas presentes en las aulas, tales como los problemas de relación con los demás compañeros, el aislamiento, la falta de solidaridad, la agresividad y las peleas.
Es importante en este punto, mencionar que el conflicto humano es natural e inherente a la persona, puesto que en algún momento se enfrentarán intereses o puntos de vista, sin embargo, aquello no es la problemática como muchos creen, sino que el problema deriva en la forma en como esta contraposición de interés u opiniones son consideradas, abordadas y solucionadas.
22 Alagarda, Andrés, “La importancia de gestionar las emociones en la escuela: Implicaciones en el proceso de enseñanza aprendizaje”, Revista Supervisión 21, 2015.
En los establecimientos educacionales, donde se produce muchas veces la primera interacción con personas externas a nuestros núcleos familiares, se deben realizar cambios radicales e incorporar el aprendizaje social y emocional en sus salas de clases. Debemos consolidar una sociedad futura más sana a la brevedad posible. Necesitamos futuros adultos más empáticos, conectados con otros, solidarios, compasivos y evolucionados emocionalmente para generar un impacto a largo plazo que marque la diferencia.
Es incluso mucho antes –en el útero materno–donde debemos aportar con herramientas a las madres para lograr percibir mejoras evidentes en la vida temprana de los niños y niñas.

2.4 La familia como primera sociedad relevante para aprender a gestionar las emociones
Montse Urpí, pedagoga terapéutica y máster en coaching de programación neurolingüística, quien es a su vez psicoterapeuta especializada en comunicación, desarrollo y potencial humano, señala en su libro “Coaching Familiar”, quenuestras conductas y actitudes en el presente pueden ser determinantes para el mañana de nuestros hijos.
En el mismo libro, Urpí plantea que la familia es fundamental para el desarrollo de los niños, pero no siempre es un lugar tranquilo, seguro y amable. Pueden aparecer conflictos por las reglas, la definición de los roles de cada miembro de la familia, la comunicación, la historia familiar, etc. Es necesario que cada integrante colabore y tenga la confianza suficiente para que entre todos puedan superar los conflictos que se presenten. Una actitud positiva y abierta ayuda a encontrar una solución reparadora y saludable. Una familia nutritiva será portadora de anticuerpos capaces de hacer frente a cualquier dificultad y le será más fácil salir airosa de las situaciones conflictivas.
El secreto de una buena educación está en que los padres sean capaces de que sus hijos desarrollen todo su potencial, para lo cual es necesario ser conscientes de las vivencias que comparten con ellos23
Nuestros hijos llegan al mundo sin creencias preconcebidas, por lo que la familia, nuestra primera relación humana, es determinante para el sistema de creencias con la cual se formará este nuevo integrante.
23 Urpí, Montse, “Coaching Familia, ¿qué hacer cuando nos sentimos superados por nuestros hijos?”, p. 27, 2014.
El sistema de creencias está basado, como explica la doctora psiquiatra Marian Rojas Estapé en su libro “Cómo hacer que te pasen cosas buenas”, en tus ideas prefijadas sobre la forma de ver la vida y el mundo que te rodea y lo que crees de ti mismo. Esto está íntimamente ligado a la manera que tenemos de interpretar el mundo, la cual puede ser una interpretación consciente o inconsciente. Y es justamente este sistema de creencias el que incluye los valores, aquellos que matizan la manera que tenemos de sentir, actuar y reaccionar.
Algunas de las creencias obstaculizan seriamente nuestra capacidad de lograr objetivos o de afrontar desafíos de forma sana, debido a que bloquean nuestra mente con sentimientos de inseguridad y miedo. Y el punto de partida de todas estas creencias que comienzan a moldear al nuevo integrante, es la familia.
Toda familia, independiente de su composición, está integrada por personas, diferentes entre

sí, con entornos sociales diversos, vivencias, experiencias, miedos, por lo que la gestión de emociones familiar no es tan sencilla como una carta mágica a poner sobre la mesa, sino que es necesario que cada persona mire hacia su interior y conozca, reconozca e identifique para poder gestionar las emociones y con ello, disfrute realmente su vida y aborde el día a día de una mejor forma.
Cuando cada miembro de la familia gestiona de buena forma sus emociones, es decir, es capaz de regularse ante momentos de estrés, tristeza, rabia o frustración, aporta con el aprendizaje de aquella gestión en la infancia de nuestros hijos.
En los primeros años de vida es crucial tener una figura cuidadora que sepa atender de manera correcta y equilibrada las necesidades y problemas de los niños y niñas, como explica la psiquiatra Rojas Estapé.
A continuación, algunas ideas para ser padre o madre vitamina como expone Rojas Estapé en su libro “Cómohacerquetepasencosasbuenas”.
Imagen 1. Consejos para padres como figuras claves en la identificación de necesidades de sus hijas e hijos.
1
Enséñales a hablar de sus emociones y a expresarlas.
2
No niegues su vulnerabilidad o sus defectos. Háblalos y ayúdales a reconducirlos.
4
Aprende a elogiarlos sin atontarles ni cegarlos de una perfección.
3
Tócales, no temas expresar afecto a través del contacto físico.
5
Evita la sobreestimulación (que hagan mucho y que no conecten con su familia o emociones). Cuidado con los hijos que tienen agenda de “ministros”, repletos de extraescolares y gran exigencia sin ser capaces de dar importancia al mundo emocional.
7

Practica el slow mode (modo lento) con ellos. No quemes etapas. Cada edad tiene sus instantes de crecimiento y de disfrute. Sal de la cultura de la prisa y del hiperactivismo para poder disfrutar de lo bueno.
Ordena su día a día. Los niños se sienten seguros cuando en sus horarios existen patrones que se repiten. A diferencia de lo que se pueda pensar, nuestros hijos disfrutan y se comportan mejor cuando las actividades son previsibles y existe cierto orden en sus jornadas.
8
Ante el trauma, no abandones nunca al niño; y ante una desgracia nunca te aísles. El dolor sufrido de forma solitaria es mucho más difícil de sobrellevar. Enséñales a pedir ayuda cuando alguien les hiera.

Herramientas para la mejora en diversos aspectos del ser humano
En este último capítulo se entregan consejos prácticos para el “buen sentir de las personas” para utilizar y mejorar la convivencia.
3.1 La importancia de combatir la violencia con mecanismos
eficaces y sanadores
Según datos de la Superintendencia de Educación, al primer semestre de 2022, aumentaron un 56,2% las denuncias de maltrato físico o psicológico entre los propios estudiantes respecto de 2018 y 2019. Su abordaje requiere intervención en el contexto escolar, como la alfabetización emocional, pero también en el familiar.
Ante estos datos, cabe preguntarse ¿qué pueden hacer las escuelas y las familias para detener el avance de la violencia escolar en edades tempranas? La académica de la carrera de Psicología de la Universidad San Sebastián, participante del Proyecto Colaborativo de VcM “Convive,empatiza yevoluciona”, Carol Bazignan, quien es experta en psicología educacional y neuroeducación, señala que un aspecto básico y clave es aprender y enseñar a reconocer, expresar y modular las emociones. “Es un aspecto que parece simple, sinembargo,nosencontramosenunsistemaque seencuentraaldebeconestosaprendizajeslos cuales son cruciales para la gestión de nuestra conducta”.
La académica indica que “aprenderdenuestras emociones requiere que nos enseñen de esto (alfabetización emocional) en la cotidianidad, en las relaciones diarias, en la vida misma. No setratasolodeimplementarunpardetallereso actividadespocosistemáticas,setratadehablar cotidianamente de las emociones, así como hablamosdeotrosaspectosdiarios.Hacerlasparte denuestravidaesnecesarioparaentenderlasy asípodergestionarlas.Parapoderenseñarlasse requierequeeladultolascomprenda,lasexprese y module en su propia vida, ya que los niños y adolescentesnosoloaprendendelaspalabras, sinoprincipalmentedelasaccionesqueobservan de sus adultos referentes”.
¿Estamos, como adultos, reconociendo nuestras emociones?, ¿las estamos expresando con claridad?, ¿las estamos gestionado adecuadamente con nuestro entorno?

3.2 La neurociencia, un pilar fundamental de la base de los cimientos futuros para nuestros niños y niñas
Siempre se nos ha dicho que el hombre es el homo sapiens, el hombre que sabe, el hombre sabio. Olvidan, sin embargo, que el hombre por naturaleza (y por cronología evolutiva) primero siente y luego piensa. Es un “hombre sentidor”, emocional antes que sabio. Lo vemos tanto en la historia de la humanidad como en el desarrollo ontológico de cada ser humano. Primero se siente (miedo, alegría, cólera, dolor), y luego irán apareciendo los procesos cognitivos superiores, como la imaginación, el análisis, la deducción y la razón24.
Los nuevos aportes de la neurociencia nos han nutrido al punto que, desde ahí, se ha destacado la importancia de la etapa fetal y los primeros años de vida, esto relacionado al tipo de apego que reciben los bebés y niños.
Víctor Ojeda, psicólogo, especialista en neurociencias y docente de ADIPA25, explica que, “durante este período de desarrollo se forman las estructuras nerviosas básicas que procesan la información sensorial y emocional”. Según el psicólogo, es primordial trabajar desde la mano de la neurociencia en la primera infancia (entre 0 y 7 años), porque “cuando no se consideran las neurociencias en la crianza, en el diseño de intervenciones,deplanesdetrabajo,realizamos actividades que no son efectivas, perdiendo tiempo y afectando algunas conductas”.
Asimismo, añade que, “esposible,inclusive,perder oportunidades relevantes para el desarrollo delniñooniña,yaquehayperíodoscríticosdel desarrollo donde el cerebro infantil es más sensible a cierto tipo de estímulos y ambientes” 26 .
24 Arboccó, Manuel, “Neurociencias, educación y salud mental”, p. 329, 2016.
25 ADIPA es una reconocida plataforma de aprendizaje online en el área de psicología y salud mental.
26 https://adipa.cl/noticias/conoces-los-aportes-de-la-neurociencia-a-la-psicologia-clinica/
3.3 “El hacer” como segundo paso para sentirnos bien y exteriorizarlo en nuestra conducta con otros
Carol Bazignan plantea que desde las neurociencias se ha demostrado la existencia de diversas estrategias que ayudan a activar rápidamente estados de bienestar y conexión con “nuestro sentir”, acciones que ayudan con la liberación de neurotransmisores que activan sentimientos de felicidad, placer y serenidad.
La respiración consciente, yoga o el mindfulness, son actividades que, aparte de ayudarnos a liberar estos trasmisores, permiten que nuestro sistema nervioso entre en un estado de calma, y es solo en ese estado cuando nuestra mente se despeja y podemos tomar decisiones más pertinentes o somos capaces de comprender cosas que en un momento de estrés o angustia es imposible.
Asimismo, señala que el ejercicio físico sistemático aporta mucho a la sensación de energía y placer. La alimentación balanceada y un sueño adecuado, también permiten reparar y mantener mente y cuerpo saludables.
Hoy la ciencia avala estas prácticas como medidas preventivas que aportan no solo al equilibrio de nuestro cuerpo, sino también en un estado de bienestar emocional y social con nuestro entorno.
Por eso, es importante instar a que las instituciones educativas transiten hacia culturas escolares que valoren, incorporen y establezcan prácticas cotidianas que trabajen sobre la alfabetización emocional de todos sus actores educativos, solo abriendo ese espacio, como reflexiona Bazignan: “podemos profundizar y avanzar hacia climas y ambientesseguros,loscualesdanpieparaque ocurra un real aprendizaje”.

3.4 Estrategias claves de uso diario para una mejor
convivencia con otros
1. En la crianza
Imagen 2. Esquema práctico para comprender la importancia de las pautas de crianza.
¿Qué es la crianza?
Conjunto de acciones que realizan los padres o diferentes cuidadores, con la finalidad de orientar el desarrollo del niño y proporcionarle las condiciones apropiadas para su bienestar integral.
CRIANZA AUTORITARIA
> Mucho control sobre el niño.
> No explican sobre los actos y castigos tomados.
> Reglas rígidas e inapelables.
> Niños aislados y desconfiados.
> Niños irritables.
> Niños menos creativos y con menor iniciativa.
Factores que definen el proceso de crianza
Creencias acerca de la crianza
Pautas de crianza Prácticas de la crianza
PAUTAS DE CRIANZA
CRIANZA PERMISIVA
> Padres poco exigentes con sus hijos (no consideran necesario el castigo).
> Demasiada tolerancia con malos comportamientos.
> Establecen reglas pero no las hacen cumplir.
> Niños que les cuesta asumir responsabilidades.
> Niños con poco manejo emocional.
> Niños rebeldes y poco control de sus actos.
CRIANZA DEMOCRÁTICA
> Exigente y sensible al mismo tiempo.
> Establece reglas flexibles y tomando en cuenta a los hijos.
> Explican el propósito de las reglas y establecen límites claros.
> Una especie de guía y mentor.
> Niños con mejor ajuste social.
> Niños con buen autocontrol y confianza personal.
> Niños con confianza y seguridad en la escuela.
2. En nuestra respiración
¿Sabes qué es el “mindfulness”? El abogado Juan Dillarza, también participante del proyecto “Convive,empatizayevoluciona”, ha orientado sobre estas materias debido a su conocimiento en temas de liderazgo.
Esto llamado mindfulness o atención plena, es como un súperpoder que todos podemos tener. Es prestar atención a lo que está sucediendo en el momento presente, como oler las flores, sentir el viento o escuchar los pájaros. Es como ser un detective de tus propios sentidos.
Para los niños, la atención plena puede ser divertida. Pueden jugar juegos que los ayudan a estar presentes, como el juego de “estatua”, donde se quedan quietos como una estatua y se enfocan en su respiración. También pueden usar la “varita mágica de la calma”, que es simplemente una varita que pueden sostener y observar mientras respiran profundamente.
La plena atención les ayuda a manejar emociones como el enojo o la tristeza. Pueden imaginar que son como una hoja en un arroyo, dejando que sus emociones fluyan y luego desaparezcan.
¿Alguna vez te has preguntado qué significa estar completamente presente en el momento? Imagina que eres un explorador en un mundo lleno de sorpresas y maravillas. Eso es exactamente lo que significa ser consciente, y los niños pueden aprender a hacerlo con la práctica del mindfulness.
¿Qué es en realidad el Mindfulness?
Mindfulness, o atención plena, es como tener una linterna mágica que ilumina lo que está sucediendo aquí y ahora. En lugar de preocuparnos por el pasado o el futuro, mindfulness nos ayuda a disfrutar el presente como si fuera un regalo especial.
¿Cómo practicar Mindfulness?
1. Respiración mágica : siéntate en un lugar cómodo y cierra los ojos. Imagina que inhalas aire mágico y exhalas preocupaciones. Siente cómo tu vientre sube y baja con cada respiración.
2. Observa como un explorador : camina despacio y presta atención a cada paso que das. ¿Cómo se siente el suelo debajo de tus pies? ¿Puedes escuchar algún sonido especial a tu alrededor?
3. Saborea la magia de la comida: la próxima vez que comas algo, cierra los ojos y saborea cada bocado como si fuera la primera vez. ¿Cómo se siente la textura? ¿Puedes identificar todos los sabores?
4. Viaje de burbujas mágicas : haz burbujas de jabón y observa cómo flotan en el aire. Imagina que cada burbuja lleva un deseo tuyo. Observa con atención que desaparezcan.

Beneficios mágicos del Mindfulness
1. Calma la mente: mindfulness ayuda a calmar el ruido en nuestra mente, permitiéndonos concentrarnos en lo que está sucediendo ahora.
2. Amplía la imaginación: al prestar atención a los detalles, los niños pueden descubrir nuevas formas de jugar y ser creativos.
3. Maneja las emociones: mindfulness enseña a los niños a reconocer y manejar sus emociones, como un súperpoder que pueden usar en situaciones difíciles.
4. Mejora la relación con otros: al estar presente en las interacciones, los niños pueden construir relaciones más fuertes y significativas.
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