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PROTOCOLOS DE APLICACIÓN EN EL ÁMBITO EDUCATIVO 89
g) La contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto, de tolerancia, de participación y de libertad para fomentar en los alumnos los valores de la ciudadanía democrática y de la cultura de paz.
h) La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas, así como la orientación para su cooperación en el mismo.
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i) La coordinación de las actividades docentes, de gestión y de dirección que les sean encomendadas.
j) La participación en la actividad general del centro.
k) La participación en los planes de evaluación que determinen las Administraciones educativas o los propios centros.
l) La investigación, la experimentación y la mejora continua de los procesos de enseñanza correspondiente.
2. Los profesores realizarán las funciones expresadas en el apartado anterior bajo el principio de colaboración y trabajo en equipo.
2. Deberes:
- Realizar las programaciones del nivel o área que imparte; colaborar y participar en el conjunto de actividades programadas por elcentro.
- Cumplir y hacer cumplir la Programación General Anual y las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro.
- Respetar y seguir las directrices marcadas por el Proyecto Educativo y en las Programaciones didácticas.
- Asistir a las reuniones de Claustro, ciclo/nivel y Comisión de Coordinación Pedagógica y demás órganos de los que sea miembro, aceptando y cumpliendo las resoluciones que se adopten por mayoría.
- Cumplir el calendario y el horario escolar.
- Informar y facilitar a la dirección los datos que les sean requeridos.
- Ser responsable del grupo de alumnos del que sea tutor, con los que esté impartiendo clase o esté desarrollando cualquiera otraactividad.
- Respetar la dignidad, integridad física y psíquica de los miembros de la Comunidad Educativa.
- Respetar las Normas de Convivencia, los Órganos Colegiados, el mobiliario, las instalaciones y el
- Escuchar a los alumnos/as y tener presentes sus iniciativas siempre que seanviables.
- Mantener el orden y la disciplina del alumnado dentro del aula y en el recintoescolar.
- Justificar ante laJefade Estudios las faltas de asistencia mediante los documentos necesarios.
- Suplir las ausencias de maestros/as siguiendo las indicaciones laJefade Estudios.
- Se coordinará con todo el equipo docente para no sobrecargar a los alumnos de deberes o exámenes el mismo día.
- Hacer llegar a la Dirección la información, propuestas y sugerencias que les transmitan los padres.
- Respetar la intimidad de las familias manteniendo una total discreción sobre los datos que les son facilitados en relación a las circunstancias personales o familiares.
3. Derechos:
- Participar en los órganos, actividades y gestión del centro, de acuerdo con los términos previstos en la legislación vigente y el PEC.
- Ejercer su función docente y la actividad siguiendo el principio de libertad de cátedra, siempre dentro de los órganos de coordinación didáctica, que se regirán igualmente por las prescripciones que determine la administración educativa.
- Recibir una formación permanente, atendiendo de forma preferente a la formación y conocimientos propios de su especialidad.
- Promover iniciativas de innovación educativa, sin otras limitaciones que las impuestas por las necesidades educativas del centro y por la legislación vigente.
- Disponer de los medios adecuados para realizar sus actividades con libertad, dignidad y seguridad. La administración les proporcionará, dentro de sus posibilidades y recursos, los medios didácticos y materiales necesarios.
- Ejercer sus derechos laborales y sindicales de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.
- A impartir clases y ocupar una tutoría de acuerdo con su habilitación y experiencia, según las leyes vigentes y de acuerdo con las normas de organización del centro.
- A convocar e informar a las familias y al alumnado de acuerdo con el plan de acción tutorial del centro.
Con la LEY DE AUTORIDAD DEL PROFESORADO, ley 3/2012, al profesorado se le reconocen los siguientes derechos:
El profesorado tendrá, en el desempeño de las funciones docentes, de gobierno y disciplinarias, la condición de autoridad pública y gozará de la protección reconocida a tal condición por el ordenamiento jurídico.
a) A la protección jurídica del ejercicio de sus funciones docentes.
b) A la atención y asesoramiento por la Consejería con competencias en materia de enseñanza no universitaria que le proporcionará información y velará para que tenga la consideración y el respeto social que merece.
c) Al prestigio, crédito y respecto hacia su persona, su profesión y sus decisiones pedagógica por parte de los padres, madres, alumnado y demás miembros de la comunidad educativa.
d) A solicitar la colaboración de los docentes, equipo directivo, padres o representantes legales y demás miembros de la comunidad educativa en defensa de sus derechos derivados del ejercicio de la docencia.
e) Al orden y la disciplina en el aula que facilite la tarea de enseñanza.
f) A la libertad de enseñar y debatir sobre sus funciones docentes dentro del marco legal del sistema educativo.
g) A tomar medidas disciplinarias ante las conductas disruptivas que se ocasionen en el aula y que impidan crear un buen clima de enseñanza-aprendizaje.
h) A hacer que los padres colaboren, respeten y hagan cumplir las normas establecidas por el centro.
i) A desarrollar la función docente en un ambiente educativo adecuado, donde sean respetados sus derechos, especialmente aquellos dirigidos a su integridad física y moral.
j) A tener autonomía para tomar las decisiones necesarias, de acuerdo con las normas de convivencia establecidas, que le permitan mantener un adecuado clima de convivencia y respeto durante las clases, las actividades complementarias y extraescolares.