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TERRITORIO Y CONFLICTO

UNIDAD TEMÁTICA I: PROPIEDAD DE LA TIERRA Y EL CONFLICTO COLOMBIANO Autor: LUIS ANDRÉS FAJARDO ARTURO


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Tabla Contenido

UNIDAD TEMÁTICA I. ........................................................................................................................................ 3 LA PROPIEDAD DE LA TIERRA Y EL CONFLICTO COLOMBIANO. ............................................................... 3

1.

Importancia .......................................................................................................................... 3

2.

Objetivo General .................................................................................................................. 4

3.

Objetivos específicos ........................................................................................................... 4

4.

Antes de abordar el tema…: ................................................................................................ 5

5.

Estructura Conceptual ......................................................................................................... 6

6.

Desarrollo de Contenidos..................................................................................................... 6

6.1 La importancia de la propiedad de la tierra en Colombia ........................................................... 6 6.2 La tierra como factor determinante del conflicto en Colombia. ................................................ 13 6.3 Los efectos de la lucha por la tierra: la dimensión del despojo en Colombia. .......................... 16 6.4 El desplazamiento forzado por la violencia en Colombia ......................................................... 21 6.4.1. El desplazamiento en el lenguaje oficial: ....................................................................................... 24 6.4.2. Zonas de desplazamiento en Colombia ........................................................................................ 27 6.4.3. Injerencia de los gremios en el desplazamiento ............................................................................ 31

7.

Conclusiones ..................................................................................................................... 34

Bibliografía..................................................................................................................................... 35


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UNIDAD TEMÁTICA I. LA PROPIEDAD DE LA TIERRA Y EL CONFLICTO COLOMBIANO.

1. Importancia

La comprensión de la política nacional en materia de reparación y restitución de tierras en Colombia, indica un conocimiento previo respecto de los problemas principales que han servido de origen para el enfrentamiento que se convirtió en un conflicto armado, que al mismo tiempo, de las consecuencias que le ha acarreado al país dicho conflicto.

En Colombia, al igual que en muchos otros países de la región, las marcadas diferencias en la distribución de las tierras existentes incluso desde la época de la fundación de la República, es, desde tiempos inmemoriales, una de las principales causas de desigualdad social y que en consecuencia ha generado división en el conglomerado nacional. En ese sentido, uno de los factores que dieron lugar al conflicto armado en el país es justamente la redistribución de la tierra.

Lo cierto, es que con la mutación del conflicto armado, la lucha que inició por la redistribución de la tierra se convirtió luego en una lucha por el dominio de los territorios y finalmente, terminó generando como víctimas a casi un 10% de la población nacional, que por culpa de la violencia no sólo perdió su propiedad, sino su modus vivendi.

La legislación actual en materia de reparación y restitución es un resultado necesario frente a un fenómeno cuyo origen data de la mala distribución de la tierra en el país. Conocer las luchas sobre la propiedad de la tierra, la afectación del conflicto armado tuvo sobre ella, y la magnitud del fenómeno del desplazamiento y el despojo en Colombia es una condición necesaria para entender con claridad, por una parte, la legislación actual en materia de restitución de tierras y por otra, las necesidades en materia de seguridad.


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2. Objetivo General

La presente unidad está dirigida a explicar con profundidad la relación que existe entre la propiedad de la tierra y la violencia armada en Colombia. La comprensión de esa relación, es fundamental para que el estudiante del módulo pueda dimensionar la importancia que tiene, dentro de la justicia transicional, el marco normativo referido a la restitución de tierras, de la misma manera que, permite entender con claridad las graves dimensiones de los efectos relacionados con la lucha armada y el despojo en Colombia.

En ese sentido, el objetivo de la presente unidad, es generar al estudiante comprensión suficiente sobre la íntima relación entre la desigualdad en la repartición de las tierras, y el origen de la misma, con el conflicto armado y sus efectos en el país.

Cuando el estudiante haya entendido la relación entre el conflicto en la tierra y la gravedad del fenómeno del desplazamiento forzado en Colombia, podrá fácilmente determinar, con un espíritu crítico y reflexivo, la importancia de las normas de restitución de tierras en el país, como medida para lograr la estabilización de la paz, y el desarrollo humano sustentable de la sociedad.

3. Objetivos específicos

Para el desarrollo del objetivo general, el presente módulo se estructura a través de tres objetivos específicos:

Determinar cuál es el origen de la repartición de tierras en Colombia y las dificultades que ella implica.

Determinar la relación entre el conflicto armado interno y la propiedad de la tierra en Colombia, estudiando para ello las distintas etapas del conflicto y


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sus distintas formas de relación con las políticas nacionales en materia de repartición de tierras y agricultura 

Establecer cuál es el alcance de los efectos del conflicto armado en la propiedad rural de la tierra en el país, a través del análisis del despojo y el desplazamiento forzado, como indicadores de impacto de la problemática sobre tierras y motivadores de la política en materia de restitución de tierras.

4. Antes de abordar el tema…:

Es importante que el estudiante conozca el concepto de desplazamiento forzado y lo pueda diferenciar del concepto del refugiado e inmigrante. Es importante igualmente, que el estudiante tenga algunos conocimientos en materia de conflicto armado en Colombia, especialmente en cuanto a historia económica del país, a fin de poder entender con mayor claridad el desarrollo de algunos debates que se darán durante el módulo respecto de la propiedad de la tierra, los proyectos productivos, y los modelos agrarios nacionales, en especial de los últimos años. Resulta pertinente igualmente la revisión de las últimas noticias en materia de desplazamiento forzado, a fin de poder contribuir en el debate académico sobre si siguen o no dándose acciones delictivas que generen desplazamiento forzado en el país.


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5. Estructura Conceptual

6. Desarrollo de Contenidos 6.1 La importancia de la propiedad de la tierra en Colombia

Colombia sufre desde hace más de medio siglo los horrores de un conflicto armado generado inicialmente por cuestiones socio -políticas, y contaminado luego por factores como el narcotráfico y la minería ilegal, en el que las principales víctimas han sido siempre los campesinos.

La tierra y el uso del suelo, ha sido un tema debatido y batallado históricamente entre campesinos, terratenientes, empresarios, el gobierno nacional y en la actualidad empresas multi y transnacionales. Ha sido un factor determinante en todos estos años de violencia que ha vivido el territorio Colombiano y, es éste el


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punto de enfoque de este módulo, que inicia tratando de cuestionarse con la pregunta: ¿cuál ha sido el papel de la tierra en el conflicto armado colombiano?

El origen de la distribución de tierras en el país data de la época de la conquista y de la Colonia, época en que la tierra era de propiedad exclusiva del Rey, quien a través de las misiones enviadas a América hacía acto de posesión de todos los terrenos descubiertos, fundando villas y delegando territorios. Las primeras cuestiones jurídicas de debate se dieron en torno a si los indígenas de las Américas eran o no dueños de las tierras, incluso si debían ser tratados como personas (capaces de adquirir derechos) o no.

Esas discusiones, pronto tuvieron eco en la academia y Francisco de Vittoria, se distinguió por ser el primero en reconocer en los indígenas a personas con derechos, incluso sobre sus tierras.1 Estas afirmaciones dieron lugar a que en 1947 se promulgaran las “nuevas leyes de indias” en las que se reconocía la humanidad de los indígenas y que 10 años más tarde servirían para que Bartolomé de las Casas pudiera hacer alegaciones contra esclavistas que abusaban hasta la muerte de los indígenas americanos.

Sin embargo, el tema sobre la propiedad de las tierras en América se resolvió a favor de los conquistadores. Se respetaba la propiedad de pequeñas parcelas de indígenas, pero el territorio general pertenecía al Rey, y todo aquello que no estuviera bajo explotación agrícola de los indígenas podía ser otorgado por el Rey a quien quisiera. La cuestión entonces era saber el reino al que pertenecían las tierras, para que legítimamente el Rey determinara la pertenencia personal de cada terreno.

La división a nivel Real se dio en centro y sur América por una decisión papal que dividió en el siglo XVII los territorios entre España y Portugal, más o menos tal como ahora se encuentra trazada la división entre Brasil y el resto de Sur América.

Una vez declaradas las tierras de España, el Rey se dedicó a entregar partidas reales que con la rúbrica del Rey o del Virrey, entregaban en su nombre la tierra a 1

De Vittoria Francisco, Relectio de Indis, Corpus Hispanorum de Paz, Madrid 1987


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los miembros de sus misiones. De esa forma, grandes territorios eran concedidos a descubridores y fundadores, quienes a su vez vendían haciendas a las familias aristocráticas y adineradas que llegaban a América.

Con el nacimiento de la República, la repartición de la tierra se respetó en general, sólo que al expulsar a gobernantes y aristócratas españoles, sus tierras pasaron a manos de los gobernantes o sus familias. En cualquier caso, siempre existió una clase artesana, labradora y minifundista, con parcelas para cultivos de auto subsistencia, ganadas a terrenos baldíos y con ejercicio de simple posesión.

Con el aumento de la población y el establecimiento de la República, pronto las diferencias en la propiedad sobre la tierra se hizo evidente, las pocas familias descendientes de conquistadores o gobernantes, eran dueñas del 95% del territorio nacional, de tierras improductivas que por su vastedad eran inmanejables, mientras que el otro 5% se dedicaba al aprovechamiento a pequeña escala de tierras de ladera por parte de campesinos que no tenían realmente una titulación jurídica sobre los suelos.

Para el abordaje de la temática señalada, es menester iniciar con una reseña histórica desglosada cronológicamente, comenzando desde el año 1930 con el gobierno del Presidente Liberal Enrique Olaya Herrera, quien obtuvo el poder después de 45 años de dominio conservador. Algunos historiadores aseguran que el de Olaya fue un gobierno de transición, ya que el país vivía momentos de confrontaciones sociales y económicas en el campo y en las ciudades, es por esta razón, que el gobierno nacional de ese entonces, comenzó a llevar a cabo una reforma en el sistema general de tierras como salida a los problemas económicos que se generaron por la gran depresión de 1929, que aunque comenzó en los Estados Unidos a partir de la ruptura de la bolsa de Nueva York, afectó a casi todos los países del mundo ocasionando efectos devastadores en países tanto ricos como pobres. Colombia no fue la excepción.

Gracias a este intento de reforma se impulsó en el país un sistema agrícola novedoso basado en las denominadas Granjas Experimentales, que se fundamentaban en sistemas de producción constante, gracias a la rotación y variación de cultivos. En otras palabras, la propuesta estaba en incentivar el cultivo de nuevos productos en escalas más pequeñas y con mayor rotación, que


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permitiría generar auto sostenibilidad interna sin los riesgos de la dependencia de exportaciones.

En el gobierno de Olaya también se instauró la Caja de Crédito Agrario y se dieron los primeros acercamientos de la posterior ley de reforma agraria que sólo se institucionalizó hasta el próximo gobierno, el de Alfonso López Pumarejo. Todas estas iniciativas dieron paso a reformas más profundas y estructuradas levadas a la realidad solo en este periodo presidencial que fue desde el año 1934 a 1338, gobierno que se denominó ‘Gobierno de la revolución en marcha’.

En el gobierno de López Pumarejo se realizó una reforma constitucional en el año 1936, la cual dio paso a la ley 200 de la reforma agraria, reforma que estuvo basada en la distribución de la tierra improductiva, es decir, tierra cultivable que no estuviera siendo utilizada, o aquella que era trabajada por campesinos no dueños de ésta, o sea que, las personas establecidas en tierras que no eran propias, podrían hacer uso de esta para cultivarla y hacerla productiva; la ley 200 del 36 prohibió la expulsión del campesinado colombiano que invadió terrenos, por otro lado, facultó al Estado para expropiar tierras por medio de la extinción de dominio.

Este fue un “primer intento de cambiar la injusta estructura de la tenencia de la tierra lo constituyó la ley 200 de 1936. Esta ley introdujo la función social de la propiedad con la consecuente posibilidad de la extinción de dominio en caso de que la tierra fuera dejada ociosa por un cierto tiempo, así como la jurisdicción agraria especializada en dirimir conflictos de tierras” 2

Luego de este gobierno liberal en el que se intentó dar solución a un problema económico mundial por medio de la redistribución de tierras, Colombia entra en una lucha partidista que generó altos índices de violencia en la nación; esta violencia en realidad comenzó desde los años 30, pero se agudizó en la década del 50, ya que a la iglesia y a los llamados terratenientes, dueños de tierras, todas estas reformas afectaron sus intereses, así como, el mismo campesinado consideraba insuficiente todos estos cambios para el mejoramiento de su calidad de vida. 2

Sánchez, Álvaro; Trujillo, Diego. Reforma agraria colombiana y sus alcances. [En línea] Disponible en: http://geografiaagrariaeindustrialut.blogspot.com/2011/05/reforma-agraria-colobiana-y-sus.html. Consultada en mayo de 2013.


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Este periodo de violencia entre los partidos tuvo lugar entre los años 1948 y 1958, algunos historiadores afirman que fue casi una guerra civil; ésta “hizo posible la aniquilación de las organizaciones campesinas e indígenas, causó el desplazamiento forzado de cerca de 2 millones de campesinos que fueron despojados de sus tierras y fue responsable del asesinato de más de 200 mil personas, especialmente en el campo”. 3

Lo cierto es que la violencia política estuvo presente durante toda la historia de la República y no se amilanó con la Constitución de 1886, sino que sus dimensiones y actores cambiaron, recrudeciéndose fuertemente en los años posteriores a 1950 y variando en sus actores y causas. Así, lo que inició como un enfrentamiento entre liberales y conservadores, en los años sesenta se transformó en la violencia por el sistema económico adelantada por las guerrillas influenciadas por la ideología comunista, en los años 80 con el surgimiento del negocio del narcotráfico, los dineros abundantes que genera empiezan a reforzar la lucha guerrillera y en la década de los noventa los grupos de autodefensas, financiados por el narcotráfico, se convierten en otro actor principal en el panorama de la violencia.

Así entonces, aparece en la década del 60 las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia -FARC- un grupo que desde sus inicios ha tenido una estrecha relación con la tierra y el campesinado colombiano, y que mezcló en sus orígenes las reivindicaciones campesinas con la ideología marxista imperante entre jóvenes académicos románticos, que se inspiraban en los logros de la Unión Soviética y que pronto se verían respaldados por los influjos de la Revolución Cubana.

Inicialmente las FARC, al igual que otros grupos guerrilleros comunistas, no tenían una ideología muy definida, excepto claro, la lucha de los campesinos por la repartición equitativa de las tierras. Poco a poco, la guerrilla colombiana fue influenciada y rápidamente financiada por el movimiento mundial encabezado por la Unión Soviética, dirigida a imponer el sistema social-comunista a través de la 3

Ibídem.


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lucha armada revolucionaria. El modelo de guerra de guerrillas dio resultados en Cuba desde donde, se organiza y financia el movimiento guerrillero latinoamericano.

Siguiendo con este contexto histórico, en la década del 60, en el año 1961 “se abrió el camino a la reforma agraria con la Ley 135, reforma agraria que generó amplia y virulenta oposición en el seno de los dos partidos políticos tradicionales. El poder político tenía una fuerte raíz en la propiedad de la tierra. En su condición de líder político, Carlos Lleras fue el que, como recuerda su hijo Carlos Lleras de la Fuente, "convenció a Alberto Lleras de que designara una comisión que se ocupara del tema (la reforma agraria), complejo este en tiempo de la paridad política en el Congreso y de la férrea unidad de los terratenientes liberales y conservadores".4 5

Según un estudio de la Contraloría General, entre 1962 y 2004 se adjudicaron 6.620.000 hectáreas, y fue en el gobierno de Lleras Restrepo en el que se llevó a cabo "el 72 por ciento del programa de extinción de dominio (de tierras baldías de la Nación) y el 25 por ciento del programa de adquisición de tierras".6

Luego de estos años de lucha se dio fin a la llamada reforma agraria en el año 1971 a través de una alianza entre los dos partidos existentes, la cual, en ese momento cedió terreno ante las presiones de los dueños de tierras; a éste se le llamó ‘Pacto de Chicoral’ (R. CAMBIO, 08)

Este acuerdo se dio en el gobierno de Misael Pastrana, y fue:

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Pardo, Rafael. “Carlos Lleras y la Reforma Agraria” en: Revista Cambio, Febrero de 2008, Disponible en: http://www.cambio.com.co/paiscambio/771/ARTICULO-WEB-NOTA_INTERIOR_CAMBIO4087851.html. Consultada en mayo de 2013. 5 6

Ibídem Ibídem


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una especie de contrarreforma en la que se introducía el concepto de calificación de tierras, de acuerdo con el cual el interés social no era una razón suficiente para expropiar un terreno, sino que su expropiación dependía del grado de explotación de las tierras: terrenos calificados como bien explotados no podían expropiarse. De esta manera el INCORA comenzó a adquirir terrenos improductivos para repartirlos entre campesinos que además carecían de recursos para explotarlos. Con esta y otras medidas, se desconocía la ley de Reforma Agraria impulsada durante el gobierno de Carlos Lleras. El Acuerdo de Chicoral se pacta en 1973 y tendrá vigencia hasta 1988, cuando en el gobierno de Virgilio Barco se aprueba una reforma agraria con la cual se eliminan los obstáculos planteados en aquel acuerdo, incluido el de la calificación de la tierra.7

Por otra parte, durante los años 70, los grupos guerrilleros tuvieron una connotación poco relevante, y el conflicto tuvo un impacto leve en las instituciones nacionales, que siguieron gobernándose por los partidos hegemónicos, conservando los derechos de los terratenientes y combatiendo por la fuerza, -de forma muy contundente a finales de los 70- a los opositores.

A comienzos de los años 80, durante el Gobierno de Belisario Betancourt, se propuso un pacto de paz y al mismo tiempo se dieron los golpes más fuertes hasta entonces contra el Estado, por parte del grupo guerrillero M-19.

El poderío militar determinante en esos golpes, además de la visibilidad política internacional que habían ganado algunos grupos como el EPL o el M-19, fue el surgimiento a gran escala del narcotráfico.

Inicialmente los grupos de guerrilla rechazan todo lo que tiene que ver con el negocio del narcotráfico pero al poco tiempo se dan cuenta de la importancia del negocio, que tiene gran parte de su accionar en la tierra y en los cultivos de coca ya existentes, y se dan cuenta que este negocio puede llegar a ser su máxima entrada económica; a partir de entonces, se incrementan las desapariciones y

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Universidad EAFIT, Blog: esta tierra es mía, [En línea] Disponible en: http://www.estatierraesmia.co/leyde-tierras/index.html. Consultada en mayo de 2013.


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desplazamientos forzados de la población campesina instalada en la ruralidad colombiana.

Debes Recordar: Gran parte del conflicto armado colombiano tiene sus inicios en la ruralidad colombiana, en la lucha por la tierra y la tenencia de esta, entre intereses políticos, económicos, sociales se encuentra la población campesina, población vulnerable que durante la historia del siglo XX y lo que va del siglo XXI se ha visto afectada: así   

Desde 1962 se han dado 460.000 títulos de propiedad a campesinos colombianos. Se ha distribuido la tierra a poco más de 100.000 nuevos propietarios. En 1962 se estimaba que casi un millón de familias campesinas trabajan la tierra pero carecían de parcelas y medio siglo más tarde solo el 10 por ciento de ellos han recibido tierras.

6.2 La tierra como factor determinante del conflicto en Colombia.

Debes Saber: El ejemplo más claro de la importancia de la tierra en el conflicto armado colombiano es que en el actual proceso de paz que se adelanta en la Habana con las FARC, uno de los temas cruciales, sino es el más importante es el de la tierra, su uso y su explotación. El primer punto de los acuerdos fue justamente el tema de la repartición de tierras, que fue terminado la segunda semana de mayo de 2013 y cuyo resultado implica la repartición de 3 millones de hectáreas entre campesinos.

Ante el flagelo de la violencia interna y el desplazamiento forzado, muchos estudiosos han llegado a la conclusión que el principal generador de violencia en Colombia es la lucha por el dominio de la tierra y la explotación de los recursos naturales, lo que atenta contra los derechos de la población campesina.

Natalia Springer, politóloga experta en derechos humanos, asegura que:


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“Si tuviéramos que hablar de las grandes causas del conflicto, podemos distinguir, entre otras, la excesiva concentración de la tierra cultivable en pocas manos (0,03 % de los propietarios concentran más del 95% de la tierra), concentración que consolidaron los paramilitares por la vía de una contrarreforma agraria que emprendieron a sangre y fuego para apoderarse de 5 millones de hectáreas de las mejores tierras del país; el narcotráfico y la pobreza extrema, que afecta a más del 46% de la población, condición que ha pasado de ser consecuencia a convertirse en uno de los móviles del conflicto”.(…) La marginalidad y la exclusión son dos factores que asocian las distintas dinámicas regionales y hacen del colombiano un caso persistente y crónico. Mientras no se desconcentre la tierra y se trabaje sistemáticamente en la promoción del desarrollo, será imposible superarlo”8

Y este tema no es nuevo. Según Darío Fajardo Montaña, Antropólogo de la Universidad Nacional de Colombia, “la tendencia hacia la concentración de la propiedad territorial apoyada en la violencia ha ampliado su espectro al control de territorios de valor estratégico”.9 A este fenómeno se le suma, además de la apropiación de agua y tierra, el deseo por controlar zonas mineras, áreas para futuros desarrollos viales y energéticos, traducidos a megaproyectos. Frente a esto, Fajardo argumenta:

“De eso son evidencia los desplazamientos generados en las áreas de influencia de la represa de Urrá ante la expectativa de la construcción del canal Atrato-Truandó; la irrupción de los desplazamientos violentos en el Urabá chocoano y otros eventos similares. Otro tanto ha ocurrido con territorios de significado estratégico militar y, en últimas, geopolítico, como los del sur de Córdoba (Nudo de Paramillo), sur del Tolima (Rioblanco) y alto Putumayo. Estas tendencias, en las que poblaciones enteras resultan profundamente afectadas por la pérdida de sus territorios ocurren cuando convergen sobre el país distintos procesos que favorecen la formación de la conciencia ambiental y el reconocimiento de los derechos territoriales de las comunidades” 10

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Springer Natalia, “Colombia: la tierra, clave del conflicto [En línea] Disponible en : http://www.sinpermiso.info/textos/index.php?id=4818, consultada en mayo de 2013 9 Fajardo Montaña Dario, CUADERNOS TIERRA Y JUSTICIA No. 1 TIERRA, PODER POLÍTICO Y REFORMAS AGRARIA Y RURAL, Universidad Nacional de Colombia 10 Íbidem


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Pero, ¿por qué la tierra ha sido la generadora de desplazamiento forzado en Colombia? A esto, Absalón Machado, profesor Titular de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Colombia, asegura que este dominio “significa economía e ingresos cuando se le utiliza adecuadamente y sus precios reflejan el potencial productivo. Significa también poder y dominio social y político cuando se le usa para ejercer dominio sobre la mano de obra y para acceder a rentas institucionales y prebendas del Estado”11

En otras palabras y analizando el contexto nacional, el dominio de la tierra implica poder: el poder para controlar a la población y el poder para manejar al Estado. Si a ello se le suma el poder para controlar las rutas del negocio del narcotráfico, podría explicarse el conflicto colombiano como una lucha de tierras en busca de poder.

Pero el despojo no es exclusivamente de los grupos al margen de la ley. Intereses particulares de políticos y grandes emporios económicos buscan tener acceso a los recursos naturales para dominar los mercados y a la sociedad. Absalón Machado, frente a esto, argumenta:

“Son preocupantes los conflictos en el uso del suelo, la violencia que se ejerce sobre la tierra y los productores que la utilizan para su sustento o para un negocio lícito, así como lo es la expulsión violenta de población para ganar, sean rentas institucionales o poder local, o ejercer dominio sobre un territorio por razones políticas, estratégicas o militares. Cuando ello se presenta existe una grave distorsión institucional sobre los derechos de propiedad, y en particular un proceso de involución en los derechos de propiedad territorial y sus usos, al establecerse territorios de dominio al estilo feudal (ejércitos privados o por fuera del control del Estado que utilizan la fuerza para controlar un territorio), en una sociedad y ambiente capitalista que se enmarca en un proceso de globalización y de lucha por la modernidad”12

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Absalón Machado C, Tenencia de tierras, problema agrario y conflicto. [En línea] Disponible en: http://www.virtual.unal.edu.co/cursos/humanas/2004945/docs_curso/descargas/2da%20sesion/Basica/Absalo n%20Machado.pdf, consultada en mayo de 2013 12 Ibidem, Pág. 12


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Siguiendo la tesis de Machado, la ausencia de control del Estado y la desigualdad en la estructura agraria, se suman a los factores del desplazamiento forzado en Colombia.

“Los estudios recientes realizados por William Renán Rodríguez y José Nicolás Wild, para los Montes de María, indican allí un proceso de concentración de la propiedad y cómo la precariedad institucional y el bajo capital social no generan la confianza para que los desplazados regresen, sólo se presenta un retorno silencioso de tipo laboral y reducido. Las tierras que quedan disponibles están entonces o abandonadas o son objeto de apropiación por otros usando diversos métodos. La estructura agraria se va modificando a favor de quienes tienen la capacidad de adquirir la tierra, así sea por medios ilícitos o por la violencia. Una masa importante del campesinado, casi el 20% en el caso de Montes de María, se ha visto obligada a abandonar su región y sitios de trabajo, los precios de la tierra han bajado y se han perdido un número importante de jornales 13

6.3 Los efectos de la lucha por la tierra: la dimensión del despojo en Colombia. Retomando lo dicho al inicio del módulo, en la historia del país pocos presidentes han tomado la decisión política de tocar el tema agrario, salvo el esfuerzo del ex presidente Alfonso López Pumarejo (1942-1945) y el ex presidente Carlos Lleras Restrepo (1966–1970). Desde hace dos años, el presidente Juan Manuel Santos decidió pisar ese terreno. Para Colombia es claro que uno de los problemas más grandes que ha sufrido el país es el tema de la tenencia de las tierras, el despojo de las mismas y el desplazamiento o abandono forzado. Por estas razones el tema agrario es de máxima importancia en el país. Son innumerables los esfuerzos que por años se han hecho en materia de política agraria en el país. En 1936 se crearon los jueces agrarios, quienes, ocho años más tarde, con la ley 4 de 1943, fueron abolidos. Después, se profirió la ley 30 de 1988, en la cual se le dieron facultades al Gobierno para la creación de la jurisdicción agraria. Por otro lado, con el decreto 2303 de 1899, se trae nuevamente la figura de jueces agrarios, quienes jamás entraron en operación. El último intento fue la Ley de Justicia y Paz. Esta Ley debía resolver temas de 13

Ibídem, Pág. 14


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restitución de tierras y, al igual que las anteriores políticas, tampoco lo hizo. Ahora, con la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras se aplica un nuevo intento por devolver la tranquilidad a los campos. Expertos, académicos e investigadores han determinado que es imposible conocer con exactitud la cifra de tierras despojadas o abandonadas en Colombia, lo anterior, como consecuencia de la precariedad de los sistemas de catastro, registro y notariado. Sin embargo, la Unidad de Restitución de Tierras con el apoyo de otras instituciones estatales y la sociedad civil ha adelantado una estimación de las hectáreas abandonadas y despojadas, las características de sus legítimos dueños y las de los nuevos poseedores en el caso del despojo. La Tercera Encuesta de Verificación de la Comisión Nacional de Seguimiento destaca que: “Las tierras abandonadas duplican el estimativo de las tierras despojadas durante el último cuarto de siglo; 4 millones de hectáreas sería la magnitud de las tierras abandonadas, al paso que las usurpadas serían del orden de 2 millones de hectáreas en el territorio nacional.” Es interesante notar que la suma de las hectáreas abandonadas y usurpadas (6 millones de hectáreas) equivale al 15% de la superficie rural del país. Con base en esta información se estimó, tal como aparece en el Plan Nacional de Desarrollo (2010-2014), el potencial de solicitantes de ingreso al Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente. Para ambas hipótesis (despojo y abandono) se proyecta que el potencial de eventos de restitución serían del orden de los 360.000 casos para la vigencia de ley (es decir 10 años a partir del 2012). Según las cifras entregadas por la Unidad de Restitución de tierras, se han recibido 39.399 reclamaciones por 2.706.121 hectáreas, según la Oficina de Tecnologías e Informaciones de la Unidad de Restitución de Tierras al 15 de mayo de 2013. Sobre la anterior base de solicitudes, la URT entrega el siguiente consolidado discriminado por el actor causante del abandono o despojo de las tierras.


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Actor del Abandono o Despojo

Número de Solicitudes de Ingreso al Registro

Porcentaje de Participación

Guerrilla Paramilitar Bacrim Testaferros y otros

14.282 12.789 343 11.985

36,25 32,46 0,87 30,42

TOTAL

39399

100% * Fuente: UAGRT, Informe de mayo 2013.

El conflicto por las tierras en Colombia puede considerarse el motor de la lucha entre grupos armados al margen de la Ley, en el que tanto guerrillas como paramilitares se han apropiado de terrenos, según los testimonios de las mismas víctimas que hoy reclaman sus predios. La política de restitución de tierras consolida la presencia del Estado en el campo, enfrentando los factores que han generado el despojo y el abandono forzado de las tierras. La restitución es una lucha contra la ilegalidad, y por esto se han adoptado medidas tendientes a garantizar la integridad de los legítimos reclamantes antes y después del proceso de restitución. Al investigar sobre la incidencia de los grupos armados en el desplazamiento y despojo en Colombia, Amnistía Internacional realiza una reflexión al respecto:

El gobierno se niega a reconocer que en Colombia siguen operando grupos paramilitares, a menudo en estrecha convivencia con las fuerzas de seguridad. En su lugar, el gobierno hace alusión a la actividad de “bandas criminales” (conocidas con el acrónimo BACRIM). En 2009, los paramilitares fueron responsables de la mayor parte de desplazamientos con autor identificado, un 32,9 por ciento. A este respecto, las cifras correspondientes a otras partes del conflicto son de un 26,8 por ciento para la guerrilla y de un 1,4 por ciento para miembros del ejército.

La Dirección Jurídica de la Unidad de Restitución de tierras destaca que en los últimos 9 meses se han interpuesto 1.458 demandas ante 39 jueces y 15 magistrados especializados. Cerca de 300 familias campesinas ya recuperaron sus tierras al amparo de la política de restitución. En total se han restituido, por sentencias proferidas por la justicia agraria, más de 12 mil hectáreas abandonadas o arrebatadas por la guerrilla, los paramilitares y otras organizaciones criminales. Entre los casos más emblemáticos figura la recuperación de tierras apropiadas en Córdoba por el ‘Clan Castaño’; los predios restituidos a familias campesinas de


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Ataco, Tolima, que habían obligado a su abandono las FARC y una importante extensión de tierra en el Meta que había caído en manos de los narcotraficantes. La institucionalidad ha permitido llegar a 832 municipios de los 32 departamentos del país, la mayoría de las zonas de impacto del conflicto armado ya están siendo intervenidas. Antioquia es la región del país con el mayor número de municipios, 125, en donde se han recibido solicitudes de restitución de tierras. Le siguen Cundinamarca, Santander, Nariño, Tolima, Cauca y Valle del Cauca. 14

La ley 1448 de 2011 señala estrictamente las condiciones y parámetros sobre los cuales tendrá lugar la restitución de tierras:

Las víctimas del despojo y las que hubieren abandonado sus predios forzadamente, tendrán acceso a medidas especiales de restitución de tierras, siempre y cuando dicho despojo o abandono hubiera ocurrido con posterioridad al 1º de enero de 1991. La restitución se realizará mediante un proceso judicial expedito, en donde la carga probatoria estará en cabeza del presunto despojador; es decir, será el victimario el que deberá demostrar que adquirió el predio de buena fe, y no se le pedirá a la víctima que compruebe el despojo. (Ley 1448 de 2011)

Al consultar el atlas de la distribución de la propiedad rural en Colombia se destaca: En términos de los análisis de índices de concentración de la tierra, distintas fuentes revisadas en esta sinopsis histórica coinciden en afirmar que las tendencias a la concentración de la propiedad se han agudizado tanto en el ámbito nacional como en el departamental y regional a nivel departamental. En términos regionales algunos de los trabajos mencionados estiman que, luego de precisar el comportamiento del índice GINI, la mayor concentración se ha presentado en la Costa Atlántica y Occidente del país, en especial en los departamentos de Quindío, Norte de Santander y Valle del Cauca.

A continuación y a manera de resumen estadístico una visión histórica agrupada de los distintos cálculos del Gini. (Atlas de la Distribución de la Propiedad Rural en Colombia: 71) 14

Oficina de Tecnologías e informaciones, UAEGRTD 15 de mayo de 2013


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Es valioso destacar que la implementación de la restitución de tierras en medio del conflicto es una acción que sólo se ha llevado a cabo en Colombia, pues el resto de experiencias mundiales muestran que la restitución se desarrolla en escenarios donde ha finalizado el conflicto. El Director General de la Unidad de Restitución de Tierras, Ricardo Sabogal, sostiene que:

(…) en países que han superado el conflicto armado la restitución de tierras ha tenido lugar en escenarios de post conflicto caracterizados por la desmovilización y dejación de armas de los grupos que generaron la victimización. En Colombia, todavía hay grupos armados ilegales responsables de haber despojado a la población y por esto consideramos necesaria y prioritaria la formulación de una política asertiva de comunicaciones.

Por lo anterior, es importante anotar que en gran parte del territorio colombiano se sufren las consecuencias del conflicto armado y que las víctimas del mismo


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ascienden a más de 6 millones de colombianos. Es evidente que la sociedad rural colombiana y, en especial los campesinos víctimas del conflicto, carecen de un modelo de comunicación pedagógica y a la vez actual que aporte a la búsqueda de la reparación y reinserción a la vida en el campo. La comunicación en este contexto es un aspecto estratégico para la sostenibilidad del proceso de restitución de tierras y factor determinante para la formulación de escenarios favorables.

6.4 El desplazamiento forzado por la violencia en Colombia

Debes Recordar: Es desplazada toda persona que se ha visto forzada a migrar dentro del territorio nacional abandonando su localidad de residencia o actividades económicas habituales, porque su vida, su integridad física, su seguridad o libertad personales han sido vulneradas o se encuentran directamente amenazadas, con ocasión de cualquiera de las siguientes situaciones: conflicto armado interno, disturbios y tensiones interiores, violencia generalizada, violaciones masivas de los derechos humanos, infracciones al derecho internacional humanitario u otras circunstancias emanadas de las situaciones anteriores que puedan alterar o alteren drásticamente el orden público”. Artículo 1º de la ley 387 de 1997.

Colombia es uno de los países del mundo, cuya situación de conflicto interno ha generado un desplazamiento forzado de población de grandes magnitudes. Es el único país del hemisferio occidental que ha sufrido de este flagelo, y el desplazamiento hoy, sigue siendo el problema más grave en Colombia. La gravedad del problema se fundamenta en el alto número de personas afectadas y en la larga duración del conflicto en que se origina el fenómeno. Tan sólo hasta 2010, Acción Social sostenía en su informe de ese año que, de acuerdo con el Registro Único de Población Desplazada (RUPD), en Colombia 774.494 hogares (3.389.986 personas), han sido expulsados de 1.115 municipios y corregimientos departamentales, como consecuencia de las circunstancias descritas en el artículo primero de la Ley 387/97; es decir, que el 7,3% de la población colombiana se ha reconocido como desplazada forzadamente.


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*Fuente: RUPD- Acción Social Actualización a 31 de marzo de 2010 Procesado: Observatorio Nacional del Desplazamiento Forzado *ND. Se incluyen Datos de desplazamiento desde 1952 hasta 1996

La historia del país está plagada de conflictos sobre la tierra que ha dado lugar a desplazamientos forzados de grandes magnitudes, desde los ocurridos a fines del siglo XIX en la llamada guerra de los mil días, siguiendo por la violencia política que se disparó con el homicidio de Jorge Eliecer Gaitán entre los seguidores de los partidos liberal y conservador que duraría hasta 1966; esto habría causado el desplazamiento de más de 2 millones de personas, hasta el conflicto armado, que persiste en continuar actualmente, cuyo origen se planteó en el numeral anterior y que ha generado casi 5 millones de personas desplazadas.

Un primer suceso que marcó el inicio de la actual confrontación armada que vive el país fue la toma a Marquetalia el 13 de Mayo de 1964, en el que se realizó todo un despliegue militar para lo toma del lugar. La presencia del Estado se dio con los altos mandos militares en la ceremonia de izada de banderas, pero luego el Estado se retiró y, mientras tanto la guerrilla se propagó.

Pero tal como se desprende de la gráfica, la mayor gravedad del fenómeno del desplazamiento se dio a finales de los años 90 y el año 2002, época


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en que las agrupaciones Ilegales, asociadas al negocio del narcotráfico, estaban en su mayor momento de auge. Los enfrentamientos entre el paramilitarismo y los grupos de guerrillas, especialmente FARC y ELN, fortalecidos todos con los dineros provenientes del narcotráfico, generaron los peores efectos de la población rural entre los años 2001 y 2002, cuando la lucha por el dominio territorial y la apropiación de tierras para la producción, transformación y rutas de salida de narcóticos hacia el extranjero, se convirtieron en las principales actividades de estos grupos ilegales. El Grupo de Memoria Histórica de la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación estableció un registro de 2.505 masacres ocurridas entre 1982 y 2007, con un saldo de 14.660 víctimas, perpetuadas por los paramilitares. En el periodo entre comprendido entre 1985- 1994, el mayor actor del desplazamiento fue la guerrilla con 32%, ya en el periodo entre 1995 – 1997 el principal actor del desplazamiento fueron los paramilitares con un 40.6%.15 Según acción social, después del año 2002, el número de personas desplazadas masivamente fue disminuyendo paulatinamente hasta alcanzar una reducción del 90% en 2009.16 Ahora bien, en cuanto a su forma de evolución, el abordaje gubernamental del desplazamiento, lo divide entre expulsión masiva y desplazamiento individual. La primera, tiene su auge principal hasta el año 2002 y luego indica una importante reducción a través de los años siguientes. Es el desplazamiento producido por masacres y dirigidos contra comunidades enteras con el objeto de crear zonas de dominio territorial, especialmente para el manejo político y el dominio de las rutas del narcotráfico. Contrasta con ello la tendencia del desplazamiento individual, que tiende acrecentarse justamente entre los años 2003 y 2008, sin que haya una verdadera reducción por lo menos hasta el año 2009. El desplazamiento individual, se produce por fenómenos distintos que se avecinan más al interés de explotación económica de los predios. Lo cierto es que el desplazamiento forzado en Colombia es uno de los fenómenos criminales con mayor número de víctimas, que afecta no solamente a quienes son objeto del delito, sino que atacan al entramado social puesto que destruyen comunidades enteras, pero además tienen incidencia en las relaciones socioeconómicas de los lugares en los cuales los desplazados arriban. Los factores de discriminación, vulnerabilidad y pobreza que rodean al desplazamiento 15 16

Gobierno Nacional, documento CONPES 2009, consultado en mayo de 2013. Acción Social, Desplazamiento forzado en Colombia, informe 2010. Pág. 10


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forzado, hacen que las víctimas de dicho delito no pueden acceder a las condiciones mínimas para gozar efectivamente sus derechos. La dimensión del desplazamiento no se limita únicamente a los efectos respecto de las personas desplazadas, sino al daño generado a la sociedad nacional en todo su conjunto. El desplazamiento forzado que vivió Colombia de forma tan abrupta durante tantos y tantos años, deja una huella honda, no sólo en su territorio que hoy es objeto de explotación de macro cultivos enormes terrenos, sino y sobre todo, en la sociedad campesina, cuyas costumbres, tradiciones y cultura así como su forma de vida fue desapareciendo poco a poco, dejando en cambio una historia de violencia, desarraigo y miseria. Frente a tan grave situación, el Estado tiene la obligación de actuar para mitigar los daños ocasionados con el conflicto. En Colombia, la constitución de 1991 concibe todos los ciudadanos como personas sujetos de derechos y garantías, frente a los cuales el estado tiene la obligación de respeto y protección. Ello implica, que el estado colombiano en virtud de los principios que lo rigen no puede desconocer a las víctimas del desplazamiento y por el contrario, debe adecuar toda su estructura para responder eficientemente sus necesidades en tanto que ciudadanos y ciudadanas que deben gozar efectivamente sus derechos.

6.4.1. El desplazamiento en el lenguaje oficial:

La primera vez que se reconoce oficialmente el desplazamiento forzado fue en el discurso presentado por el Gobierno nacional con ocasión del Día Nacional de los Derechos Humanos, el 9 de septiembre de 1994. A partir de ese día, se empezó a caracterizar este fenómeno y colocarlo en la agenda de las políticas públicas del gobierno Nacional, especialmente en los Planes Nacionales de Desarrollo.

En esta dinámica, y a sabiendas de la dimensión del problema, se promulgó la ley 387 de 1997, con la cual el gobierno nacional reconocía la dimensión del fenómeno del desplazamiento forzado, asumiendo frente a las víctimas una posición de garante de derechos. Además de la expedición de la ley 387 de 1997, el Gobierno Nacional desarrolló una serie de instrumentos de política estatal para hacer frente a la problemática del desplazamiento, los cuales se materializan con la emisión de varios decretos, entre ellos, el 250 de 2005, o Plan Nacional de Atención Integral a la población Desplazada.


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Sin embargo, la magnitud del fenómeno del desplazamiento forzado, que justamente se incrementó luego de promulgada la ley 387, dio como resultado la acumulación masiva de procesos, que terminó colapsando al sistema nacional de atención integral a la población desplazada, lo que se reflejó en la utilización sistemática de la acción de tutela, prácticamente como un requisito adicional para poder acceder a los beneficios de la ley.

El resultado de la utilización masiva de la acción de tutela, fue que los jueces dieron órdenes inmediatas, pero la administración no tenía la capacidad de ejecutarlas, lo cual hizo visible un problema estructural del Estado, para la atención de las víctimas del desplazamiento forzado en Colombia. Fue así como la Corte Constitucional, en la Sentencia T- 025 de 2004, identificó la incapacidad del estado para responder a las necesidades de las personas en situación de desplazamiento forzado, y en ese orden, declaró la existencia de un estado de cosas inconstitucionales, en materia desplazamiento forzado en Colombia.

La declaratoria de la Corte Constitucional, invitada por una parte la constatación de una falla estructural en el Estado: una serie de problemas burocráticos y falta de coordinación institucional, hacían que el aparato estatal no pudiera responder con eficiencia a las demandas de una población que necesitaba respuesta urgente por una situación de extremada gravedad. Esa circunstancia, se reflejaba en el elevadísimo número de acciones de tutela presentados por los ciudadanos como único medio para acceder a los beneficios que, según la ley, le correspondían por derecho propio.

La declaratoria del estado de cosas inconstitucional en materia desplazamiento forzado en Colombia, implicaba que la corte constitucional puede tomar una serie de decisiones a través de Autos, con los cuales está en capacidad de dirigir y controlar la forma en que el Estado responde a las necesidades de la población desplazada, con el objeto de garantizar la eficiencia de las medidas, y al mismo tiempo, generar ciertos criterios válidos respecto de las obligaciones del Estado frente a las obligaciones de garantía y respeto efectivo de los derechos de los colombianos y colombianas.


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Así, según Acción Social, para garantizar el goce efectivo de los derechos de la población en situación de desplazamiento forzado y dar cumplimiento a la Sentencia T-025 de 2004 y los Autos subsiguientes de la Corte Constitucional, el Gobierno Nacional ha adelantado acciones tendientes a fortalecer la capacidad del Sistema Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada –SNAIPD- con el fin de articular e integrar todos los esfuerzos del Estado, bajo los principios de economía, eficacia y eficiencia con miras a una atención oportuna de la población desplazada.

Los ejes que articulan la política pública en materia de atención integral a la población desplazada, eran tres, el primero el eje de prevención y protección para el cual se definieron tres momentos para prevenir el desplazamiento o mitigar sus efectos: en primer lugar la "prevención temprana", cuyo objeto principal era identificar los factores de riesgo, para evitar el desplazamiento. En segundo lugar la prevención urgente, que actuaba dirigiéndose a territorios que habían sido objeto de ataques y cuya finalidad era prevenir específicamente desplazamiento forzado como respuesta a dichos ataques. Finalmente, las garantías de no repetición, que implicaban obviamente una participación activa del Estado en materia de protección del territorio y de los ciudadanos.

El segundo eje de la política pública es el de atención integral, que obedecía a los lineamientos de garantizar un mínimo de subsistencia, el principio de complementariedad y subsidiaridad, el enfoque diferencial, y la transición al sistema de protección social del Estado. El objeto del componente de atención integral, era el de suplir las necesidades básicas y urgentes de las víctimas del desplazamiento forzado, ayudarles a estabilizar su situación y de ser posible retornarlas a su lugar de origen o si ello no fuera posible reubicar sus hogares en territorios similares a los de sus condiciones de vida originales, y al mismo tiempo, ayudarles a una estabilización socioeconómica que permita lograr, como punto final de objeto de toda esta política, el goce efectivo de sus derechos.

Parte importante de la atención integral, la componen los elementos de retornos y reubicaciones, cuyos efectos fueron una meta principal del gobierno. Como explica acción social informe del año 2010: Las anteriores políticas sectoriales se desarrollan en el marco de los retornos y reubicaciones, los cuales se realizan con base en el Protocolo de Retornos y los


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principios de Voluntad, Seguridad y Dignidad. El proceso de retorno como cimiento del restablecimiento de la población desplazada contempla los siguientes componentes: Habitabilidad, Tierras, Salud, Educación y uso del tiempo libre, Vías y Comunicaciones, Acceso de la Población al Aparato Judicial, Servicios Básicos, Seguridad Alimentaria, Ingresos y Trabajo, Acompañamiento Humanitario, Programas Dirigidos a Niños, Niñas y Adolescentes, Adultos Mayores, mujeres y población discapacitada, Organización Social y Atención Psicosocial. En la actualidad, en el marco de la estrategia de Retornar es Vivir se priorizaron en una primera fase, 28 retornos, en 204 veredas, donde 8.357 hogares (36.053 personas) están siendo acompañadas integralmente por el Estado en su proceso de restablecimiento; en una segunda fase, que se desarrollará durante 2010, se priorizaron 86 retornos de 21.480 hogares (85.476 personas) Adicionalmente, se inició el acompañamiento del Estado para propiciar el retorno o reubicación de la población víctima de las masacres de Pueblo Bello, Ituango y Mapiripán, en cumplimiento a las órdenes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

El tercer eje de la política lo compone la verdad justicia y reparación integral. Los lineamientos de esta política se desarrollaron a través del Plan Nacional de Reparación Integral para la población en situación de desplazamiento, bajo cuatro puntos estratégicos: derecho a la verdad, derecho a la justicia, derecho a la reparación y garantías de no repetición; todos ellos orientados con seis ejes transversales que son el enfoque diferencial, la coordinación interinstitucional, la atención psicosocial, la gestión de la información, la rendición de cuentas y finalmente la participación.

6.4.2. Zonas de desplazamiento en Colombia

El desplazamiento en Colombia, es decir el traslado de poblaciones en el territorio nacional como resultado directo del conflicto armado, está íntimamente ligado con el tema de las tierras. En su gran mayoría, las personas desplazadas del país son campesinos, que deben abandonar sus parcelas porque un grupo armado las reclama para sí, o para otros.

En ese sentido, la motivación principal del desplazamiento forzado es la explotación de los recursos agrícolas y mineros, que obviamente están ligados a la


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tierra. Ello implica que la afectación por el desplazamiento producido por el despojo a los campesinos, no sólo afecta su propiedad sino todo su proyecto de vida, puesto que afecta su modus vivendi y sus formas de producción y sostenimiento.

Según Martha Nubia Bello, Profesora Asociada del Departamento de Trabajo Social - Facultad de Ciencias Humanas de la Universidad Nacional de Colombia, el mapa del desplazamiento forzado en Colombia señala claramente que las zonas de donde más se expulsan colombianos de manera violenta, son aquellas que revierten valor estratégico especialmente en las que se ubican megaproyectos. Algunos de estos son:17

El canal seco Atlántico-Pacífico, las interconexiones con el ferrocarril Medellín Buenaventura y las carreteras del Pacífico a Medellín y Pereira.

La carretera Urabá-Maracaibo.

La intercomunicación Río de la Plata-Amazonas-Napo-PutumayoTumaco que comunicaría a Tumaco con Manaos y Belén del Pará conectando las costas Pacífica y Atlántica.

La hidroeléctrica de Ituango en el nudo de Paramillo.

La troncal del Llano que se uniría con la carretera Marginal de la Selva para comunicar por tierra las fronteras venezolana y ecuatoriana.

En el Magdalena Medio: troncal del Magdalena, Troncal de la paz, zona franca industrial fluvial-tecnológica y ambiental y un puente entre Barranca y Yondó.

Sumándole a esto, la profesora Bello antes citada, agrega que “aquellos territorios ricos en recursos minerales y energéticos (oro, esmeraldas, petróleo, carbón, etc.), son escenarios que convocan diversos intereses y que se convierten inicialmente 17

Bello, Martha Nubia. El desplazamiento forzado en Colombia: acumulación de capital y exclusión social. [En línea] Disponible en : http://www.virtual.unal.edu.co/cursos/humanas/2004945/docs_curso/descargas/1ra%20sesion/Basica/Martha %20Bello.pdf [consultado en mayo de 2013].


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en zonas de disputa y luego en territorio de dominio del ejército que haya logrado imponerse”18

Siendo ello así, no sólo se genera una traslación de los dueños de la tierra, sino un cambio de la dedicación de las tierras, que pasan de estar dedicadas a pequeños cultivos con rotación intensiva y variedad de productos, a monocultivos industriales, muchos de ellos dedicados a productos no alimenticios como la palma de africana, cuyo manejo y cultivo no puede ser llevado a cabo por pequeños campesinos, sino que requieren infraestructura de nivel industrial. Ello cambia por ende el efecto sobre el entorno, e imposibilita a los campesinos continuar con sus formas de cultivo de subsistencia.

Evidentemente, como se analiza en la gráfica siguiente, las tierras se clasifican por los actores del conflicto según sus recursos y su proximidad a las rutas de salida de los productos (legales o ilegales) de tal forma que a mayor productividad, mayor interés para los alzados en armas y en consecuencia mayor riesgo de desplazamiento forzado como efecto del despojo.

18

Íbidem Pág. 4


30

*Fuente: Mapa de Miner铆a, petr贸leo y violaci贸n de DDHH en Colombia (10 de octubre de 2011) Disponible en : http://encuentromegaproyectosymineria.blogspot.com/2011/10/mapa-de-mineriapetroleo-y-violacion-de.html. Consultada en mayo de 2013.


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En este mismo sentido, Acción Social, en su informe 2010, explicaba cómo entre 1998 y 2002 la expulsión masiva de personas se concentró en los departamentos de Antioquia (98.569personas), Chocó (41.586 personas), Magdalena (41.552 personas), Bolívar (35.687 personas) y Córdoba (17.852 personas), mientras que en el período 2003 – 2009 se concentró en los departamentos de Nariño (38.958), Antioquia (28.604), Chocó (25.112), Valle del Cauca (21.212) y Caldas (13.621).

En contraste con la tendencia del desplazamiento masivo, el de carácter individual tiende a aumentar. Entre los años 1998 y 2002 este tipo de desplazamiento tiene un crecimiento de 527%; entre 2002 y 2003 disminuye en 42%, mientras que entre 2003 y 2008 vuelve a aumentar en 44%. Para 2009, vuelve a presentar una disminución correspondiente al 55%. En total, 2.762.373 han sido incluidas individualmente como desplazadas en el registro, esto quiere decir que el 82% de la población desplazada registrada en el RUPD ha declarado individualmente. Los departamentos más expulsores en esta modalidad fueron Antioquia (406.102 personas), Bolívar (241.349), Magdalena (208.572), Cesar (163.426), Caquetá (153.128), Tolima (152.660) y Putumayo (126.316).

6.4.3. Injerencia de los gremios en el desplazamiento

En los departamentos de la Costa Atlántica ha primado la utilización de las tierras despojadas a los campesinos para el uso de la ganadería extensiva, pero también para instalación de megaproyectos; por ejemplo, la zona de María La Baja y el Guamo. Esta situación también se ha generado en departamentos como Chocó, en donde los paramilitares se han asociado con empresarios para llevar a cabo proyectos productivos de cultivos como la palma de cera en territorios colectivos, o para la explotación maderera y minera.19

19

Reyes Posada, Alejandro. Guerreros y campesinos. El despojo de la tierra en Colombia. Norma: Bogotá. Colombia. 2009. 392p [En línea] Disponible en: http://www.scielo.org.co/scielo.php?pid=S012405792010000200012&script=sci_arttext. Consultada en mayo de 2013.


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En cuanto a los palmicultores, la palma aceitera llegó a Colombia en manos de grandes propietarios que se aprovecharon de la tierra acumulada en regiones como el Magdalena Medio, después del gran desplazamiento de campesinos que causó la violencia de 1946 a 1958. Las empresas de palma, de las cuales la principal era Industrial Agraria La Palma, Indupalma, de la familia Gutt, impusieron la súper explotación de los trabajadores. Los sindicatos lograron dar las primeas peleas por sus derechos y la respuesta fue la represión, la ilegalización de las huelgas y los consejos de guerra contra los dirigentes.20

Según Mondragón (2009):

“Las empresas de todo el mundo prefieren ahora cultivar en tierras ajenas, lo que les permite evadir impuestos prediales y establecer supuestas “alianzas estratégicas” o “asociaciones productivas” con los campesinos e indígenas que entregan la tierra, de modo que además de darles sus tierras les den su mano de obra sin contrato de trabajo, como supuestos “socios”. La mayoría de los trabajadores dejó los sindicatos y tuvo que conformar “cooperativas de trabajo asociado”, establecidas, como en el caso del azúcar, para desconocer el contrato laboral, aparentando un contrato entre la empresa y la cooperativa. La empresa ya no paga la seguridad social de los trabajadores, quienes deben buscarla en los sistemas públicos de asistencia a la población pobre como el SISBÉN de Colombia y quedan sin cesantías ni jubilaciones.21

Sumado a esto, y según las tesis del mismo autor, el desplazamiento de la población por parte de los gremios del país, llámese ganaderos, palmicultores, etc., imitan el modelo de la mafia calabresa, de Italia, que consiste en:

La coacción armada para que los pequeños propietarios vendan tierras en zonas que se van a valorizar, la apropiación de los subsidios de la Comunidad Europea, en especial los entregados a los productores de oliva y aceite de oliva, y la apropiación de áreas para cultivos ilegales o de los cultivos ilegales (Frank Furet, 20

Mondragón, Héctor. Triste historia y triste futuro del negocio de la palma aceitera. En GRAIN 24 julio 2009 | Biodiversidad - Jul 2009 Disponible en: http://www.grain.org/es/article/entries/1246-triste-historia-ytriste-futuro-del-negocio-de-la-palma-aceitera. Consultado en mayo de 2013. 21 Ibídem.


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“La ’Ndrangheta”, Banc Public 126, Bruselas, enero de 2004). (…) En el modelo agrícola de la mafia calabresa, al despojo de tierras valorizables se agrega el apoderamiento de los subsidios agrícolas de la Unión Europea y en especial los destinados a los olivares. 22

Así entonces, la participación de grandes empresas de explotación de recursos agrícolas y mineros se han convertido en los beneficiarios directos e indirectos del desplazamiento forzado, en tanto la tierra, que antes estaba dedicada a explotaciones minifundistas, hoy, en razón del conflicto armado y los intereses de las empresas agrícolas y mineras, se concentra en grandes macro cultivos en que los campesinos no tienen lugar. El desplazamiento forzado así analizado tiene diversas causas y son distintos y múltiples los agentes que han incidido para que el problema se convierta en lo que hoy en día es, un problema estructural de enormes magnitudes que afecta a más del 10 por ciento de la población nacional y frente al cual la respuesta estatal, por bien intencionada que sea, nunca será suficiente para remediar los efectos.

22

Ibídem


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7. Conclusiones

Desde sus orígenes, la repartición de la tierra en Colombia generó una gran concentración en mano de unos pocos aristócratas y gobernantes, familias que poco a poco se van a constituir en los terratenientes y poderosos del país, dejando por fuera de los círculos de propiedad a aquellas personas cuya labor principal es el trabajo de la tierra. Estas diferencias, rápidamente van a generar una reacción por parte de quienes no tienen acceso a la propiedad, o por quienes representan una ideología para la cual no es compatible esa concentración de la tierra en manos de unos pocos que no la utiliza.

Estas circunstancias dieron origen al conflicto armado en Colombia y con el pasar de los años, la lucha por la redistribución de la tierra, se va a convertir en una lucha por la tierra misma, por el dominio de territorios tanto a nivel político como económico, especialmente cuando la tierra se convierte en la materia prima para la producción y el tráfico de narcóticos. El advenimiento del narcotráfico como fuente principal de financiación del conflicto armado en Colombia, dio como resultado inevitable, que los grupos armados empezaron a luchar por la apropiación de territorios, lo cual implicó también, que los campesinos y en general las personas que habitaban dichos territorios o que eran dueños de ellos, tuvieran que salir de sus tierras despojados y desplazados, causando uno de los fenómenos más graves que ha sufrido el país en toda su historia.

La situación del desplazamiento forzado en Colombia, tal como se identificó por la corte constitucional en el año 2004, no solamente tiene enormes proporciones por la cantidad de personas desplazadas que en aquel tiempo se contabilizaban superiores a los 3 millones, sino que sus efectos superan incluso a las personas directamente desplazadas e implican una verdadera transformación de la sociedad, tanto rural como urbana como resultado de la dedicación de las tierras a macro cultivos, y la desaparición de ciertas formas de culturas campesinas, que se habían desarrollado durante décadas, y que al igual de ciertas costumbres ancestrales de comunidades indígenas y afro descendientes, hoy están extintas como resultado del desplazamiento.


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