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2.1. La instrucción penal como política de Estado

Fue en esa ocasión que conocí a Ricardo Arias Calderón; me impresionó mucho su claridad, profundidad y fluidez; gran conversador, muy interesado en todos los programas que realizaba la Procuraduría General de la Nación como parte del sistema de justicia. Para mi sorpresa estaban también un grupo de fiscales y futuros fiscales quienes se llamaban entre ellos los Top Ten. Recuerdo especialmente a Rosendo Miranda, quien en ese momento era el Secretario de Drogas, quien fue designado Fiscal Primero Superior y a Guillermina McDonald.

El lunes siguiente, a mediados de septiembre, comenzó la transición en la oficina que el procurador Jorge Ramón Valdés habilitó con personal secretarial, nombrándola oficialmente como la Oficina de Transición. El período de transición culminó el 2 de enero de 1995 cuando formalmente Jorge Ramón Valdés entrega la Procuraduría General de la Nación a José Antonio Sossa Rodríguez con un breve, pero amigable discurso.

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Un dato poco conocido fue el momento en que Jorge Ramón Valdés, sale de la Procuraduría solo sin guardaespaldas y sin carro, a esperar un taxi que lo llevara a su residencia; dos personas bajamos las escaleras de la casita de la Procuraduría detrás de él, Gretta Marchosky y yo para verlo salir y despedirnos.

2.1. La instrucción penal como política de Estado

Es común afirmar, cuando se examinan las atribuciones constitucionales del Ministerio Público, que una de las más importantes se refiere a la persecución de los delitos, entendido como una de las expresiones del principio de necesidad de la intervención del Estado como defensor de los intereses de la sociedad en la conservación de la paz social. Esencialmente, apunta a que el Ministerio Público es la entidad a la que recurre la sociedad para proteger sus bienes jurídicos más preciados35 .

35 Artículo 220 de la Constitución Nacional.

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Sossa reconoce la importancia para el sistema democrático del ejercicio efectivo de las funciones jurisdiccionales del Ministerio Público; no obstante, asume la Procuraduría General en medio de un panorama lleno de críticas en contra de la institución, que incluyen acusaciones de abusos y de ser herramienta de persecución política. Para él, el Estado de Derecho y el régimen democrático adquieren su razón de ser a través de estas funciones, ya que los ciudadanos tienen en el Ministerio Público el fiel custodio del cumplimiento de la ley36 .

En este contexto, Sossa se encamina desde el inicio de su gestión a una compleja labor, no sólo de cambios y reestructuración de imagen, sino sobre todo de especialización de la instrucción penal para la optimización y coordinación de los recursos humanos y materiales de la institución.

Especialmente notables, durante la gestión de Sossa, fue el énfasis dado a cuatro ejes temáticos por su relevancia en el fortalecimiento del Estado de Derecho. Iniciando por el respeto a los derechos humanos, se trabajó sobre la base del cumplimiento del debido proceso y la atención a las víctimas. Por otro lado, se realizaron cambios en la estructura interna del Ministerio Público que permitieron la optimización y especialización en la persecución de los delitos de corrupción, considerando la importancia de brindar seguridad a la sociedad sobre la transparencia y apego a la ley de los servidores públicos.

Asimismo, especial atención se otorgó al problema de la mora judicial y al elevado congestionamiento de los despachos de instrucción, introduciéndose el Principio de Oportunidad, el cual constituyó una herramienta eficaz en el aligeramiento y efectiva utilización de los limitados recursos de la entidad. Por

36 SOSSA RODRÍGUEZ, José Antonio, Procurador General de la Nación, Facultades Jurisdiccionales del Ministerio Público, Ponencia presentada en el Primer Congreso Nacional de Procuradores, Fiscales y Personeros, Panamá, Memorias, octubre, 1995, p. 23.

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