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como horizonte de mejoramiento

penal panameño. Sostengo que el rasgo ético del Ministerio Público es satisfacer las exigencias de verdad y justicia de la sociedad y que este rasgo ético es el que legitima la actividad que realiza.

5.3. La Hoja de Ruta a partir de la Ética Cordial como horizonte de mejoramiento

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En líneas precedentes he manifestado que el camino de la justicia debe iniciar por la ética, y una ética de la razón cordial, que a su vez se cimienta en una ética cívica cuyos fundamentos cada sociedad debe decidir por medio de un proceso administrativo democrático deliberativo. El proceso deliberativo abre el camino para la participación de toda la sociedad considerando a todos como interlocutores válidos en la toma de decisiones que los afectan.

El partidario de la democracia deliberativa entiende que las preferencias e intereses no se forman en privado, no vienen ya dados, sino que se forman socialmente. Por tanto, la deliberación es un método racional para transformar públicamente las diferencias, más que para agregarlas. Reconociendo que la política no puede liberarse del conflicto moral o de intereses, la democracia deliberativa trataría de encontrar un punto de vista común sobre cómo los ciudadanos deberían decidir públicamente cuando están fundamentalmente en desacuerdo.

La esencia de la legitimidad democrática descansa en la capacidad de los individuos, sujetos a una decisión colectiva, de entrar en una deliberación auténtica sobre la decisión que se debe tomar. Los individuos deberían aceptar la decisión sólo si pudiera resultar justificada para ellos en términos convincentes202. Cortina nos invita a “utilizar la deliberación como piedra filosofal” que nos permita transformar las preferencias individuales en una voluntad común.203”

202 Ibid. 203 Ibid., pp. 80-81.

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Insisto en que una democracia auténtica es una democracia deliberativa que ha llevado, entre otras cosas, a recordar la trascendencia de la deliberación como instrumento epistemológico indispensable para llegar a descubrir, mediante argumentos, la aceptabilidad racional de determinadas normas y decisiones. Una norma o una decisión puede reclamar la obediencia de determinados agentes si es aceptable, es decir, si hay razones para reconocer que puede ser racionalmente aceptada o que debe serlo.

Como es obvio, para que sea posible una auténtica deliberación, en la que se empleen cuantos instrumentos comunicativos sean necesarios, pero con voluntad de justicia, es necesario formar sujetos morales y también crear instituciones capaces de llevar a cabo con serenidad auténticos procesos deliberativos204 .

Los derechos de los interlocutores afectados por la norma, no pueden ser violados por la decisión tomada a través de un consenso, y éste es el sentido de la primacía de la justicia sobre el bien. Entonces sólo las personas, autónomas, responsables y solidarias pueden hacer un mundo justo y dichoso. Por eso conviene considerar la lista de valores para mantener una democracia deliberativa.

Para esto, Cortina nos brinda lo que llama un caleidoscopio de valores para educar en una ética cívica205:

1- Formación del carácter que lleva a los individuos a enfrentarse a la vida con una moral alta o desmoralizados. En este nivel resulta imprescindible tener un proyecto de felicidad y confianza suficiente en sí mismo como para intentar llevarlo a cabo.

204 Ibid., p. 94. 205 CORTINA, Adela, Los ciudadanos como protagonistas, pp. 110-111.

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2- Dimensión comunitaria de la ética cívica. Las comunidades constituyen lo que la ética discursiva llamaría una comunidad real de comunicación. Una democracia auténtica precisa ese tipo de solidaridad universalista de quienes, a la hora de decidir normas comunes, son capaces de ponerse en el lugar de cualquier otro. Lo cual significa como bien dice Rawls, ser capaz de ponerse en el lugar del menos aventajado.

Una educación integral tiene, pues, que tener en cuenta la dimensión comunitaria de las personas, su proyecto personal y también su capacidad de universalización.

3- La educación universalista ha de tener en cuenta la doble dimensión de la persona: la de la comunidad real en la que aprende a comportarse a través del humus de tradiciones, y la comunidad ideal de comunicación, a la que pertenece toda persona en cuanto tal, es decir, en cuanto interlocutora válida.

De estos tres elementos, que según Cortina debe contener la ética cívica, lo que busco dejar claro es que las estructuras o en este caso las instituciones (el Ministerio Público) son transformables y deben ser transformadas cuando no respetan a sus portadores, sino que los ahogan como viene ocurriendo a lo largo de la historia humana. Lo cual no significa hablar de utopías y revoluciones totales, pero sí recordar que hay injusticia mientras sean despreciados sistemáticamente muchos, algunos o hasta un solo hombre de carne y hueso. En nuestro caso particular se le desprecia cuando se le deniega la justicia206 .

Sin embargo, medir la injusticia no es fácil si no contamos con algún canon de medida, canon que resulta complejo en la posmodernidad que rechaza la antropología metafísica y también la filosofía de la historia: si no puede apelarse a una

206 CORTINA, Adela, Ética Aplicada y Democracia Radical, Editorial Tecnos, 3ra ed., Madrid, 2001, p. 143.

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esencia del hombre ni tampoco a un progreso histórico en la emancipación, ¿dónde encontrar la medida de lo justo?207

Para decidir lo justo partimos de una mínima concepción de hombre, que podríamos caracterizar como un interlocutor válido, facultado para decidir sobre la corrección de normas que le afectan, movido por intereses cuya satisfacción da sentido a la existencia de normas, capacitado para tomar decisiones desde la perspectiva de intereses generalizables. Con esto se muestra que las mujeres y hombres que necesita el Ministerio Público son seres capaces de autonomía, capaces de proyectos vitales y dotados de un sentido de la justicia208 . Mi más profundo deseo es que este ensayo contribuya a que el Ministerio Público realice su rasgo ético abriendo paso a la Justicia fundamentada en la ética cordial, es decir una ética tejida sobre el reconocimiento recíproco de quienes se saben y sienten dignos, y a la vez vulnerables, conjuntamente hacedores de un mundo que debería estar a su servicio.

Me permito proponer una hoja de ruta que establezca los cimientos de los cambios estructurales que requiere el Ministerio Público, de cara a cumplir su rasgo ético por excelencia: La procuración de la justicia. El primer paso en esta hoja de ruta sería sentar las bases para el diálogo caracterizado como hemos dicho por elementos de: participación de todos los afectados como interlocutores válidos. Para Habermas el diálogo no es un tema de procedimiento, sino que éste establece restricciones estructurales a la política al crear una relación de dos vías y una comunicación recíproca, en el cual el derecho sirve de correa de transmisión, entre la política y la sociedad civil209. A propósito de esta definición del filósofo alemán, deseo llamar la atención sobre el término diálogo, que hoy se utiliza sin mayor reparo para cualquier conversatorio o cruce de opiniones sin que el mismo cumpla su función legitimadora.

207 Ibid. 208 Ibid., pp. 143-144. 209 HABERMAS, Jürgen, Factididad y Validez, Op. Cit. p. 142.

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Por allí he escuchado a dirigentes sindicales levantarse de la mesa de negociación con autoridades gubernamentales, pues consideran que es un “diálogo de yo con yo”, es decir un monólogo.

Definitivamente, bajo estas premisas, el diálogo de yo con yo no cumple su función legitimadora, sino más bien amplía las brechas del disenso. Contrario a lo que vivimos, propongo retomar el espíritu garantista y democrático de la Constitución de 1946, la más querida y democrática de las Constituciones panameñas. Es importante empoderar a todos los interesados a través de la acción deliberativa, tal como en 1989 lo puso en práctica Jorge Valdés Charris, al dar continuidad al Plan y al Programa de Mejoramiento de la Justicia en Panamá. Valdés logró abrir el compás para un diálogo fructífero en un tema tan álgido como la violencia doméstica, tema que en ese momento se trataba como un asunto administrativo de carácter policial. El diálogo propuesto en ese contexto presupuso la capacidad de estimar valores; la capacidad de sentir y la capacidad de formarse un juicio justo, separando el amplio mundo de la moralidad del de las normas. Esto es así, porque las normas son la expresión de la racionalidad sólo cuando son universalizables.

Entonces, tal y como lo pudo realizar Valdés, proponemos un Diálogo traducido en acción, que sé que no es fácil y que implica responsabilidades, en cuanto requiere el cumplimiento de los requisitos mínimos que éste exige para la participación significativa de todos. Estos elementos se refieren a: evitar no considerar las aportaciones que provienen de determinados sectores por considerarlos inferiores, o bien negar a otros el derecho a participar por cualquiera razón o en el peor de los casos atentar contra su propia vida o integridad física por ejercer su derecho de participar en el diálogo210 .

210 CORTINA, Adela, Ciudadanos del mundo: hacia una teoría de la ciudadanía, Op. Cit., p. 215.

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El siguiente paso consistiría en servirse de la ética de la razón cordial, que como he mencionado en líneas precedentes reconoce que, para estimar el valor de la justicia, no importa la justicia de la norma; sino la capacidad de estimar a los demás interlocutores como valiosos. Esto significa que a partir del diálogo participativo se deduce la justicia de las normas.

En este panorama, las normas no legitimadas por el diálogo son un esqueleto sin sangre en las venas y esto lo supo reconocer Valdés, pues durante su administración la Procuraduría General de la Nación estimó lo valioso de todos los sujetos que participaron en la redacción de la nueva legislación sobre violencia doméstica, a saber: Promotores de Derechos Humanos, Universidades, Organizaciones no Gubernamentales, líderes en la promoción de derechos de mujeres como Teresita Yanis de Arias, Procuradores, Fiscales y Personeros.

El tercer paso implica que a través de la razón práctica, que como lo dispuso la ética kantiana, es aquélla más fiel a la realidad, la capacitación del personal del Ministerio Público esté centrado “en el valor de la persona como fin en sí misma”, pues así lo vienen reconociendo los que se ocupan de la formación del carácter, del que se ha ocupado la ética desde Grecia a nuestros tiempos, la formación de virtudes y la excelencia es la clave para alcanzar nuevas metas en la profesión de abogado y en la investigación penal.

Un ejemplo del ejercicio de la razón práctica se dio durante la administración de José Antonio Sossa cuando estuvo a cargo de la Procuraduría General de la Nación. Durante este período se dio continuidad a los planes y programas para el mejoramiento de la Administración de Justicia, con una clara visión de las atribuciones que la Procuraduría debe realizar de conformidad con la Constitución y la Ley. Sossa imprimió su carácter tenaz, íntegro e incorruptible, facilitando por diez años consecutivos la modernización administrativa y de la infraestructura del Ministerio Público. Esto dio estabilidad

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institucional, impulsó la carrera judicial y la capacitación continua de los funcionarios, y propició un diálogo serio, activo y cordial con todos los interesados en la búsqueda de la verdad y la justicia, incluyendo a la sociedad civil organizada, los gremios de abogados, los promotores y auxiliares de la justicia y el Órgano Judicial.

El diálogo en el periodo de José Antonio Sossa comprometió a la totalidad de los actores que integran la Sistema de Justicia Penal, pasando de la pasividad para convertirse en protagonistas de las tareas compartidas que se bifurcaron en dos ramales. Estas ramas son la búsqueda de lo verdadero y lo justo y la concertación justa de conflictos respetando los Derechos Humanos en una sociedad pluralista y cosmopolita donde convergieran personas con diferentes máximos morales que estaban dispuestas a establecer mínimos de justicia universalizables para lograr una convivencia justa, lo que constituye el elemento legitimador del Estado de Derecho.

El diálogo realizado supuso reglas esenciales que en todo momento se respetaron para que el Poder Comunicativo de la Procuraduría General de la Nación pudiera dar legitimidad a las acciones y decisiones, que con la sociedad civil, los gremios de abogados y los auxiliares de la justicia se acordaron. Estas reglas fueron como Adela Cortina detalla, aplicadas de forma pragmática en la década de los noventa en el Ministerio Público.

 En el diálogo participaron todos los afectados por la decisión final.  Quien tomó el diálogo en serio ingresó convencido de que el interlocutor tenía mucho que aportar, por lo que estuvo dispuso a escucharlo.  El diálogo se entendió como una acción comunicativa bilateral y se dispuesto que se debía escuchar sin pensar que cada uno era dueño de la verdad.  Quienes dialogaron en serio estuvieron dispuestos a escuchar para mantener su posición si no lo convencen

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los argumentos del interlocutor, o modificarlos si tales argumentos lo convencieron.  Se dialogó en serio por lo que hubo una preocupación por encontrar una solución justa y por tanto por entenderse con su interlocutor.  Un diálogo serio exigió que todos los interlocutores pudieran expresar sus puntos de vista, aducir sus argumentos y replicar otras intervenciones.  Se tuvo claro que la decisión final para ser justa no debía atenderse a intereses individuales o grupales, sino a intereses universalizables es decir de todos los afectados.  Se supo que la solución final, aunque pudo estar equivocada, se entendió que siempre debía estar abierta a revisión. Se consideró que lo justo en serio es rectificar el error cometido.

Lo que proponemos por medio de esta hoja de ruta es retomar y corregir el Plan de Mejoramiento a través de un Diálogo Discursivo, activo y cordial para una nueva visión ética de la Investigación Penal en búsqueda de la verdad y la justicia. Virtudes que dan suficiente fuerza de voluntad en el cumplimiento del deber, como lo ha entendido la tradición estoica en la que se han forjado el sujeto moral desde la infancia (al menos en el mundo occidental) y que propongo reforzar en los Procuradores, Fiscales y Personeros, para querer lo Justo y descubrir lo Justo ante el Juez.

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