Politica preaviso

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RECURSOS HUMANOS POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS PREPARADO POR: Gerente de DOCUMENTO NUMERO: Relaciones Laborales. APROBADO POR: REVISADO POR: FECHA: PERIODOS DE REVISION: Gerente Relaciones Depto. Legal, Alexis Febrero 2012 Anual Laborales, Gerente Castro. de Recursos Humanos, Departamento Legal. 1. POLITICA: • Administración y Correcto entendimiento del Preaviso 2. OBJETIVO: • Proveer el fundamento legal e intelectual para el correcto manejo, entendimiento y administración de dicha figura laboral. 3. ALCANCE: • Todo el personal que labore para las compañías afiliadas a QSR International. 4. EXCEPCIONES: • Cualquier excepción o modificación a esta política solo se hará por escrito y bajo la debida autorización de la gerencia de Relaciones Laborales, Gerencia de Recursos Humanos y Departamento Legal. Esta política podrá sufrir cambios siempre y cuando así lo permitan las Leyes de Costa Rica, Código Laboral vigente y Leyes Conexas. 5. DEFINICIONES: •

Preaviso: Se entiende por preaviso al aviso que ambos componentes de la relación laboral (patrono, trabajador) pueden otorgar a su contraparte con el objetivo de comunicarle la voluntad de terminar la relación laboral, dichos avisos -en nuestra compañía- se darán siempre por escrito.

6. NORMAS GENERALES: •

El Preaviso en el despido con responsabilidad Patronal o sin justa causa: El Preaviso será entregado por escrito al trabajador y en caso de que este no fuese dado por escrito con anterioridad, será cubierto económicamente por la compañía en su liquidación, usándose para su cálculo lo que establece el Art. 29 del código de trabajo.

El Preaviso en el despido sin responsabilidad Patronal o con justa causa: El colaborador que incurra en alguna de las faltas enumeradas en el Art. 81, 72 del código de trabajo o en alguna otra falta tipificada como grave por la compañía, no tendrá derecho al preaviso y el despido procederá a como lo especifica el Art.82 del código de trabajo el cual dicta “El patrono que despida a un trabajador por alguna o algunas de las causas enumeradas en el articulo anterior no incurrirá en responsabilidad”


El Preaviso en caso de Renuncia:

Como patrono usted debe saber que la aceptación o no aceptación del preaviso ofrecido por el trabajador recaerá en el criterio del gerente como figura patronal y que únicamente mediante la intervención del MTSS se le podrá obligar al trabajador a cancelar el importe correspondiente al periodo de preaviso a la compañía. Como trabajador El ofrecimiento del preaviso recaerá en la voluntad y el principio de buena fe del mismo. En caso de preaviso aceptado por el patrono, el trabajador seguirá laborando bajo las mismas condiciones de la relación laboral usual y gozará (si el colaborador lo pide) de un día libre adicional con goce de salario, con el fin de realizar diligencias personales de índole laboral. Este día deberá ser otorgado entre los días lunes y jueves de la semana. Una vez este preaviso sea aceptado es relevante conocer que podria ser finalizado unilateralmente por cualquiera de las partes. No obstante, si es el trabajador quién decide no continuar otorgando el preaviso, el trabajador podría ser obligado cancelar el monto correspondiente al salario del plazo de preaviso no laborado. En caso de preaviso no aceptado la relación laboral se dará por terminada en el momento mismo en que la renuncia sea comunicada. Esta practica se encuentra amparada en el Art. 32 ibídem el cual dicta: “El patrono puede renunciar expresa o tácitamente los derechos que le otorgan los artículos 28 …” De esta forma queda eximido el patrono de pagar dicho periodo. 7- NORMAS ESPECÍFICAS •

Amparados en el Art. 32 del código de trabajo se da por legitimada la total decisión del patrono o figura patronal de aceptar o no aceptar el preaviso en caso de renuncia y de este mismo se deriva que durante dicho periodo el patrono podrá terminar el preaviso de forma unilateral sin pagar el mismo.

Cuando la persona empleadora no desee que la persona trabajadora continúe trabajando durante el periodo de preaviso, se podrá dar por terminada la relacion laboral de inmediato y se procederá en caso de despido o renuncia de acuerdo al caso. Únicamente mediante intervención del MTSS se podrá obligar al trabajador a cancelar la suma correspondiente al mismo.

• •

Durante el periodo de preaviso se debe de procurar mantener responsabilidades laborales de ambas partes como intactas e inviolables.

Una vez otorgado el preaviso el día de asueto será concedido únicamente ante pedido expreso y por escrito del colaborador, dicho día deberá ser entre los días lunes y jueves de la semana; este día es con goce salarial.

En caso de personal de caja y administrativos la administración del preaviso ante una renuncia debe de darse bajo el consentimiento del supervisor de área.

• 8- ANEXO • Artículos 28, 29,30, 32, 81, 82 del Código de Trabajo. • Política de Relaciones Laborales.

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