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Mapa 29. Núcleos agrarios, 2012
Mapa 29. Núcleos agrarios, 2012

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Fuente: Centro Eure S.C. a partir de Corett. Dirección de Planeación y Vinculación Institucional, 2012.
III.9.2. Características del parque habitacional
El alojamiento en una vivienda digna y decorosa es un derecho familiar sancionado en el artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El tamaño y características adecuadas de la vivienda, así como el acceso a servicios esenciales, influyen en el desarrollo de las potencialidades humanas.
En el año de 1990, en el municipio de Córdoba se registraban casi 32 mil viviendas, veinte años después la cifra se incrementó a más de 61 mil viviendas, lo que generó una tasa promedio anual de crecimiento de 3.4%, en tanto que la población total municipal obtuvo una media anual de 1.3%, lo que implicó que el incremento de la vivienda fue 2.6 veces más con respecto al crecimiento de la población. (Ver gráfica 12)
En términos absolutos, en un periodo de 20 años se incorporaron 29 mil 873 casas, es decir que anualmente se fue anexando al parque habitacional reconocido en 2010, un promedio de 1 mil 494 viviendas.
La dinámica promedio anual del crecimiento de la vivienda en Córdoba ha sido superior a la que se ha registrado en el estado; aunque en el último quinquenio ambas entidades presentan similares porcentajes de crecimiento anual, el municipio se mantiene por encima del promedio de la entidad.