El Tribunal Constitucional del Perú (TCP), mediante sentencia de fecha 11.10.2018, declaró la inconstitucionalidad de la Ley N° 30793, que regulaba el gasto de publicidad del Estado (vigente desde el 19.06.2018), denominada “Ley Mulder” (en mérito a su autor), o “Ley Mordaza” (por quienes demandaron su derogatoria).
Fue declarada inconstitucional por vulneración del derecho a la libertad de información, a la legalidad penal, a la libertad de contratar con fines lícitos y por vulnerar la regulación constitucional de los decretos de urgencia. Sin embargo, del análisis de la sentencia surge la duda –exenta de interés empresarial, económico, periodístico y político– sobre el carácter inconstitucional de la Ley N° 30793. Y, como consecuencia de ello, surge otra denominación: "Ley antimermelada".
Ante ello, es necesario dilucidar ¿cuál es la denominación jurídica que se debe atribuir a la Ley N° 30793, declarada anticonstitucional por el TCP?