4 La República
Chetumal, Q. Roo, viernes 15 de abril del 2022
Retiran más de 10 mil productos El operativo de Profeco-Cofepris detecta diversos artículos que violan la normativa NOM-051
Las dependencias quitaron de supermercados y otras tiendas mercancía de más de 80 marcas. (SUN)
CIUDAD DE MÉXICO.- El titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), Pablo Gómez afirmó que el voto en la revocación de mandato era obligatorio y que, según la Constitución, no hacerlo puede ser motivo de sanción. A través de su cuenta de Twitter el titular de la UIF realizó una interpretación del artículo 36, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos e indicó la obligatoriedad de ir a votar en los procesos de Revocación. “La Constitución (35.I) señala obligatorio el voto en la revocación de mandato. La autoridad electoral nunca lo dio a conocer a la ciudadanía porque estaba en contra del procedimiento. No hubo todas las casillas porque el INE re-
CIUDAD DE MÉXICO.- La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), en conjunto con la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), retiraron este miércoles 10 mil 75 productos de tiendas de autoservicio y supermercados por violar las normas de etiquetado. En un operativo realizado en conjunto en Nueva Walmart, City Fresko, Chedraui y Soriana en la Ciudad de México, ambas dependencias detectaron que productos como Doritos, Cheetos y las galletas Oreo violaron la norma NOM-051. A través de un comunicado, Cofepris y Profecto informaron que productos de más de 80 marcas fueron retirados de estas tiendas, pues en algunos casos omitieron el sello de exceso calorías o exceso azúcares, omitieron leyendas de alérgenos y las asociadas al contenido de cafeína y edulcorantes, presentar imágenes interactivas en productos con sellos de advertencia u omitieron por completo el etiquetado. Ambas dependencias recordaron que la norma es de carácter obligatorio a nivel nacional, por lo que los productos comercializados en el país deben de contener los sellos de advertencia nutrimental al frente de los empaques, ya que colocarlos en los costados o en la parte posterior del empaque puede invisibilizar los contenidos no saludables o engañar a los consumidores sobre las propiedades nutrimentales de los artículos.
Para evitar esto, “las y los fabricantes de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados de productos mexicanos e importados son sujetos obligados del cumplimiento de la normatividad vigente, pueden encontrar guías y manuales sobre la aplicación de la NOM-051”, expusieron. Cofepris y Profeco invitaron a los consumidores a denunciar cualquier incumplimiento en las normas de etiquetado que detecten a través de las páginas telefonodelconsumidor.gob.mx y gob.mx/cofepris. Los productos fueron retirados por Cofepris y Profeco son: chocolate en polvo (fortificado con vitaminas y minerales) y polvo para preparar una bebida sabor a chocolate, marca Choco Tavo; chocolate para mesa, marca Don Gustavo; jarabe para malteada sabor vainilla, chocolate y fresa, marca D’Gari; chocolate para mesa tradicional mexicano, marca Chocolate Ibarra; galletas sándwich sabor a chocolate con relleno cremoso, sabor a vainilla, marca Oreo; galletas chunky, marca Chips Ahoy!; cereal de avena tostado y endulzado con malvaviscos, marca Lucky Charms; salsa pesto, marca Filippo Berio; bombón blanco, marca Kraft; fritura de maíz, marca Doritos; pop corn sabores flamin’ hot y queso, marca Cheetos; jarabe de maíz líquido, marca Hershey’s; gelatina sabor limón, marca JELL-O. (SUN)
Faltar a votar podría ser sancionable tuvo mil 360 millones en sus ilegales fideicomisos. (...) Corrección: el artículo 35.I señala el derecho y el 36.III de la Constitución señala la obligación de votar. El 38.I, la sanción por no hacerlo”. ¿Cuál será la sanción por no haber votado en consulta?
Según la Carta Magna, la votación en comicios, consultas populares y procesos de revocación es uno de los derechos del ciudadano
(artículo 35, fracción I), quien al ejercerlo tiene la obligación de hacerlo conforme a las reglas establecidas previamente en las leyes de la materia (artículo 36, fracción III). La sanción por no cumplir con esta última obligación puede provocar la suspensión durante un año de los derechos ciudadanos reconocidos en la Constitución (votar, ser votado, libertad de asociación, defender al país, de petición, ser servidor público, entre otros). (SUN)
Una de las sanciones es el cese de los derechos ciudadanos. (SUN)
Denuncia PRD irregularidades en casillas
El partido presentó un juicio de nulidad de la revocación. (SUN)
CIUDAD DE MÉXICO.- El Partido de la Revolucion Democratica (PRD) presentó un nuevo juicio de inconformidad para buscar que se anule el ejercicio de revocación de mandato celebrado el pasado 10 de abril. El partido del Sol Azteca denunció irregularidades en distintas casillas. Se trató, expuso Ángel Ávila, representante del PRD ante el INE, de un flagrante fraude electoral realizado en las casillas el día de la jornada electoral. “Casillas que recibieron más
votos que los que tenía su propia lista. En las casillas se despacharon con la cuchara grande en Estados como Chiapas, Veracruz y Tabasco, hubo casillas en donde votaron más de dos personas por minuto, un verdadero cochinero que hicieron los operadores de Morena. Pedimos se revisen todas las casillas donde hubo fraude electoral”, escribió Ávila a través de su cuenta Twitter. El partido presentó, ayer, un juicio de nulidad del ejercicio de revocación de mandato, ello
por la intervención que hicieron funcionarios públicos en la difusión del mismo, así como la utilización de recursos económicos cuyo origen se desconoce. Asimismo, ayer, el PRD agregó una nueva denuncia por medio de la cual se solicita la revisión de votación en distintas casillas, toda vez que los números no son los mismos entre los sufragios recibidos y las personas registradas en lista nominal de la región correspondiente. (SUN)