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Policía
El operativo de Profeco-Cofepris detecta diversos artículos que violan la normativa NOM-051
Las dependencias quitaron de supermercados y otras tiendas mercancía de más de 80 marcas. (SUN)
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CIUDAD DE MÉXICO.- La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), en conjunto con la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), retiraron este miércoles 10 mil 75 productos de tiendas de autoservicio y supermercados por violar las normas de etiquetado.
En un operativo realizado en conjunto en Nueva Walmart, City Fresko, Chedraui y Soriana en la Ciudad de México, ambas dependencias detectaron que productos como Doritos, Cheetos y las galletas Oreo violaron la norma NOM-051.
A través de un comunicado, Cofepris y Profecto informaron que productos de más de 80 marcas fueron retirados de estas tiendas, pues en algunos casos omitieron el sello de exceso calorías o exceso azúcares, omitieron leyendas de alérgenos y las asociadas al contenido de cafeína y edulcorantes, presentar imágenes interactivas en productos con sellos de advertencia u omitieron por completo el etiquetado.
Ambas dependencias recordaron que la norma es de carácter obligatorio a nivel nacional, por lo que los productos comercializados en el país deben de contener los sellos de advertencia nutrimental al frente de los empaques, ya que colocarlos en los costados o en la parte posterior del empaque puede invisibilizar los contenidos no saludables o engañar a los consumidores sobre las propiedades nutrimentales de los artículos.
Para evitar esto, “las y los fabricantes de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados de productos mexicanos e importados son sujetos obligados del cumplimiento de la normatividad vigente, pueden encontrar guías y manuales sobre la aplicación de la NOM-051”, expusieron.
Cofepris y Profeco invitaron a los consumidores a denunciar cualquier incumplimiento en las normas de etiquetado que detecten a través de las páginas telefonodelconsumidor.gob.mx y gob.mx/cofepris.
Los productos fueron retirados por Cofepris y Profeco son: chocolate en polvo (fortifi cado con vitaminas y minerales) y polvo para preparar una bebida sabor a chocolate, marca Choco Tavo; chocolate para mesa, marca Don Gustavo; jarabe para malteada sabor vainilla, chocolate y fresa, marca D’Gari; chocolate para mesa tradicional mexicano, marca Chocolate Ibarra; galletas sándwich sabor a chocolate con relleno cremoso, sabor a vainilla, marca Oreo; galletas chunky, marca Chips Ahoy!; cereal de avena tostado y endulzado con malvaviscos, marca Lucky Charms; salsa pesto, marca Filippo Berio; bombón blanco, marca Kraft; fritura de maíz, marca Doritos; pop corn sabores fl amin’ hot y queso, marca Cheetos; jarabe de maíz líquido, marca Hershey’s; gelatina sabor limón, marca JELL-O.
CIUDAD DE MÉXICO.- El titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), Pablo Gómez afi rmó que el voto en la revocación de mandato era obligatorio y que, según la Constitución, no hacerlo puede ser motivo de sanción.
A través de su cuenta de Twitter el titular de la UIF realizó una interpretación del artículo 36, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos e indicó la obligatoriedad de ir a votar en los procesos de Revocación.
“La Constitución (35.I) señala obligatorio el voto en la revocación de mandato. La autoridad electoral nunca lo dio a conocer a la ciudadanía porque estaba en contra del procedimiento. No hubo todas las casillas porque el INE retuvo mil 360 millones en sus ilegales fi deicomisos. (...) Corrección: el artículo 35.I señala el derecho y el 36.III de la Constitución señala la obligación de votar. El 38.I, la sanción por no hacerlo”.
Faltar a votar podría ser sancionable
¿Cuál será la sanción por no haber votado en consulta?
Según la Carta Magna, la votación en comicios, consultas populares y procesos de revocación es uno de los derechos del ciudadano (artículo 35, fracción I), quien al ejercerlo tiene la obligación de hacerlo conforme a las reglas establecidas previamente en las leyes de la materia (artículo 36, fracción III).
La sanción por no cumplir con esta última obligación puede provocar la suspensión durante un año de los derechos ciudadanos reconocidos en la Constitución (votar, ser votado, libertad de asociación, defender al país, de petición, ser servidor público, entre otros).
(SUN)
Una de las sanciones es el cese de los derechos ciudadanos. (SUN)


Denuncia PRD irregularidades en casillas
CIUDAD DE MÉXICO.- El Partido de la Revolucion Democratica (PRD) presentó un nuevo juicio de inconformidad para buscar que se anule el ejercicio de revocación de mandato celebrado el pasado 10 de abril.
El partido del Sol Azteca denunció irregularidades en distintas casillas. Se trató, expuso Ángel Ávila, representante del PRD ante el INE, de un fl agrante fraude electoral realizado en las casillas el día de la jornada electoral.
“Casillas que recibieron más votos que los que tenía su propia lista. En las casillas se despacharon con la cuchara grande en Estados como Chiapas, Veracruz y Tabasco, hubo casillas en donde votaron más de dos personas por minuto, un verdadero cochinero que hicieron los operadores de Morena. Pedimos se revisen todas las casillas donde hubo fraude electoral”, escribió Ávila a través de su cuenta Twitter.
El partido presentó, ayer, un juicio de nulidad del ejercicio de revocación de mandato, ello por la intervención que hicieron funcionarios públicos en la difusión del mismo, así como la utilización de recursos económicos cuyo origen se desconoce.
Asimismo, ayer, el PRD agregó una nueva denuncia por medio de la cual se solicita la revisión de votación en distintas casillas, toda vez que los números no son los mismos entre los sufragios recibidos y las personas registradas en lista nominal de la región correspondiente.
Chetumal, Q. Roo, viernes 15 de abril del 2022
Q. Roo, la Entidad que más vierte aguas residuales en la Península
De acuerdo con el Repda, el Estado paradójicamente es el que menos licencias tiene a nivel regional
Es en la Península de Yucatán donde se han asignado el 20 por ciento de los permisos para descarga de aguas residuales y entre el 11 y 12 por ciento de concesiones para pozos de agua subterránea a nivel nacional. Lo anterior según los datos públicos del Registro Público de Derechos del Agua (Repda) perteneciente a la Comisión Nacional del Agua (Conagua).
A partir de 2017, la Conagua informa desde el Sistema Nacional de Información del Agua (Sina) las modificaciones y el número de asignaciones de concesiones en aguas superfi ciales, las concesiones en aguas subterráneas, permisos de descarga y los permisos extractivos.
El panorama en la Península es sostenido, según los datos de 2020 publicados en el último trimestre de 2021. El aumento entre los pozos de aguas superfi ciales ha incrementado entre el 1 y 2 por ciento en los Estados de Campeche y Quintana Roo, en Yucatán, por su tipo de suelo, no existe disponibilidad para generar actividades en aguas de este tipo.
Para su último reporte, Campeche tenía 185 permisos en aguas superfi ciales y Quintana Roo, 44. Esta es la misma cifra reportada en 2019. Yucatán, por su lado, no ha reportado ningún pozo de este tipo en los cinco años que se ha consignado las cifras en el Repda.
El cambio de mayor consideración en este apartado es el de 2015 a 2017 cuando crecieron los títulos un siete por ciento de 168 en 2015 a 180 en 2017.
Respecto a los pozos de aguas subterráneas, la Península cuenta con 36 mil 669 permisos en toda la región. Empezando por el Estado de Yucatán, que sí tiene concesiones de este tipo, con 23 mil 236 títulos; le sigue Campeche con exactamente 8 mil 600 trámites y fi nalmente, Quintana Roo que apenas si reporta 4 mil 833.
Esta cantidad representa 12.3 por ciento de los puntos totales consignados a nivel nacional, mismos que ascendieron a 297 mil 102 títulos en 2020.
Mientras que, para los permisos para las descargas de aguas residuales los permisos sumados a nivel regional representan poco más de 20 por ciento de todo lo asignado en el país.
Yucatán, otra vez, es el Estado con mayor número de trámites mencionados, acumula mil 589 permisos. Mientras que Campeche le sigue de cerca con mil 514 y Quintana Roo que sólo tiene 714 puntos en el Estado.

El Estado produce y arroja al medio ambiente 725 millones 259 metros cúbicos de desechos. (David Pérez)
Vocación turística entre las principales causas
Como se mencionó, el Estado de Quintana Roo es la Entidad con menores títulos asignados para la descarga de aguas residuales en la Península de Yucatán. Sin embargo, es la que más metros cúbicos de líquidos de desecho produce y arroja al medio ambiente. Son 725 millones 259 mil metros cúbicos.
Entre las actividades que más generan están por la vocación turística del lugar, los servicios que generaron en 2020 un total de 624 millones 73 mil metros cúbicos de desechos. Le sigue toda actividad pública urbana, como la limpieza de las áreas compartidas, aguas pluviales, que generaron 90 millones 964 mil metros cúbicos en el reporte.
En el caso de Campeche, que ocupa la segunda posición, se han registrado 178 millones 440 mil metros cúbicos. La actividad más generadora de este tipo de desechos es la industrial, que produjo 125 millones de la cantidad antes mencionada.
Finalmente, Yucatán es el Estado donde menos se generan este tipo de contaminantes. Se consignaron 53 millones 291 mil metros cúbicos, casi la mitad de esta cifra corresponde también a la actividad industrial; le sigue la de servicios y fi nalmente, todo los relacionado con actividades públicas urbana (6 millones 361 mil metros cúbicos).
Metros cúbicos totales generados sobre Descargas Residuales por Entidad Federativa de la Península y desglosado por actividad (2020)
Tipo de actividad Agrícola Agroindustrial Doméstico Acuacultura Servicios Industrial Pecuario Público Urbano Múltiples Campeche 0
24.9
0
33,377
17,378
125,480
88.4 432.5 1,658 Quintana Roo 0 0 105.8 1,079
624,073
8,453
109.9 90,964
473.2 Yucatán
7.8 0 139.3 89.7 11,826 24,675 5,027 6,361 5,163
Campeche
178,440
Total
Quintana Roo
725,259
Yucatán
53,291
Fuente: Títulos de Agua Nacionales Repda / Conagua
Asignación de Títulos para pozos de aguas superficiales, subterráneas, Descargas Residuales.
Yucatán
Concesiones y/o asignaciones en aguas superficiales
2018 2019 0 2020 0
Concesiones y/o asignaciones en aguas subterráneas
2018 22,393 2019 22,527 2020
23,236
Permisos de descarga
2018 1,550 2019 1,572 2020
1,589
Campeche
Concesiones y/o asignaciones en aguas superficiales
2018 182 2019
185
2020
185
Concesiones y/o asignaciones en aguas subterráneas
2018 8,285 2019 8,391 2020
8,600
Permisos de descarga
2018 1,421 2019 1,458 2020
1,514
Quintana Roo
Concesiones y/o asignaciones en aguas superficiales
2018 41 2019
44
2020
44
Concesiones y/o asignaciones en aguas subterráneas
2018 4,593 2019 4,674 2020
4,833
Permisos de descarga
2018 680 2019 703 2020