DEDUCIR GASTOS TE REGRESA DINERO 17I04I23

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Conceptos para facturar

Conoce cuáles son los conceptos por los que puedes pedir factura y que puedes deducir ante el SAT. PÁG. 02

¿La gasolina es deducible?

Sí, siempre y cuando cumplas con ciertos lineamentos que te pide la autoridad fiscal para hacer la devolución de ese gasto. PÁG. 03

DEDUCIR GASTOS TE REGRESA DINERO

Si facturaste durante 2022, al presentar tu Declaración Anual puedes presentar esos documentos para pedirle al SAT la devolución de lo que te corresponde. PÁGS. 02 y 03

#Conversa Estirando al Legislativo Hugo Lora @hlorag
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aldialogomx aldialogo.mx 29O Máxima 11O Mínima CLIMA PARA HOY LUNES 17 DE ABRIL DE 2023 Año 20 No. 7066
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Si eres contribuyente y estás haciendo tu Declaración Anual durante abril, recuerda que puedes deducir gastos para que el SAT te regrese un porcentaje de ese dinero.

Durante tu Declaración Anual deberás presentar facturas de los gastos que tuviste en 2022. Al momento de cumplir con esta obligación, el SAT deberá calcular el porcentaje de ese gasto para hacerte la devolución a una cuenta bancaria que esté a tu nombre.

Aunque parezca un procedimiento sencillo, no lo es, pues se requiere organización y conocer los rubros que el SAT te permite facturar para hacer la devolución que te corresponde, pero también debes prestar atención a requerimientos que pide la autoridad, pues, de no hacerlo, simplemente se invalida el proceso.

La facturación de tus gastos personales te va a permitir organizar y controlar tus ingresos y egresos.

Las deducciones personales son los gastos que, como contribuyente, tienes derecho a disminuir de tus ingresos acumulables en la Declaración Anual del ejercicio.

Si facturaste durante 2022, al presentar tu Declaración Anual puedes presentar esos documentos para pedirle al SAT la devolución de lo que te corresponde

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SAT

Colegio de Contadores Código Fiscal de la Federación Cofide (Capacitación Empresarial) American Express Entrevista con Fernando Mejía, fundador de MFC Asesores de Negocios

¿La gasolina es deducible de impuestos?

Si el uso de tu vehículo es indispensable para el desarrollo de la actividad de la empresa o la persona física con actividad profesional o empresarial, puedes deducir la gasolina que usas, pero debes de tomar en cuenta lo siguiente:

QUE EL PAGO SE EFECTÚE DE LAS SIGUIENTES FORMAS

 Cheque nominativo.

 Tarjeta de crédito, débito o de servicios.

 Transferencia electrónica vinculada a la cuenta bancaria del contribuyente o a una tarjeta de servicio.

 Vales de gasolina o monederos electrónicos de combustible autorizados por el SAT.

 La estación de servicio que facilita el combustible deberá emitir una factura electrónica bajo la razón social del contribuyente.

 El egreso debe quedar debidamente asentado en la contabilidad de la empresa o la persona física.

 Se debe tomar en cuenta que el SAT no considera deducible los pagos realizados en efectivo, aun cuando se obtenga la factura electrónica.

Puedes hacer estas deducciones en educación

 La cantidad pagada que se podrá disminuir de colegiaturas en instituciones educativas privadas, no deberá exceder por cada uno de los alumnos los límites anuales de deducción que para cada nivel educativo corresponda, conforme a los siguientes topes:

 Preescolar: $14,200

 Primaria: $12,900

 Secundaria: $19,900

 Profesional técnico: $17,100

 Bachillerato o su equivalente: $24,500

CONDICIONES

 No podrás deducir facturas pagadas en efectivo.

Gastos deducibles de personas físicas con actividad empresarial

 Sueldos y salarios.

 Cuotas pagadas al IMSS.

 Renta del local que utilice.

 El pago de servicios básicos, como luz, agua y teléfono.

 Material de papelería y equipamientos. Es decir, escritorios, sillas, insumos de oficina, equipo de transporte, equipo de cómputo y todas las inversiones para su funcionamiento.

Cómo facturar como persona física en la aplicación gratuita del SAT

 Tu clave de RFC vigente.

 Tu contraseña o e. firma.

“Sinceramente nunca he facturado mis gastos para que se regrese un porcentaje de dinero por parte del SAT, pero creo que es bueno, pero sí se me hace complicado; incluso me da miedo que, en vez de que me devuelvan, salga pagando más impuestos”.

Elena Empleada

Otros gastos que puedes deducir

 Gastos funerarios que no excedan de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual equivalente a $31,693.80.

 Donativos no onerosos ni remunerativos que se otorguen a instituciones autorizadas para tal fin y a la Federación; hasta el 7 por ciento para los otorgados a donatarias autorizadas y hasta el 4 por ciento para los otorgados a la Federación.

 Aportaciones complementarias de retiro y aportaciones voluntarias realizadas directamente a tu subcuenta; el monto de aportaciones que podrás deducir en tu declaración, es el que resulte menor al 10 por ciento de tu ingreso anual acumulable.

 Primas de seguros de gastos médicos com-

plementarios o independientes de los servicios de salud públicos. El monto total no puede exceder de cinco UMA anuales equivalentes a $158,469.00.

 Transporte escolar. Para ello, requieres contar con el comprobante de pago correspondiente y solo es deducible si este servicio es obligatorio.

 Créditos hipotecarios destinados a casa habitación contratados con el sistema financiero, Infonavit o FOVISSSTE, entre otras.

 Cuentas especiales y personales para el ahorro o pagos de primas de seguros que tengan como base un plan personal relacionado con edad, jubilación o retiro. El monto de estos pagos o depósitos no deben exceder en el año de $152,000.00

Esto debes tomar en cuenta para hacer deducible una factura:

 Comprobación de gastos: Debes contar con un CFDI digital e impreso de este gasto con el RFC de la entidad que desea realizar la deducción; recuerda que una ‘nota de venta’ no es válida. Además, el CFDI debe cumplir con la estructura adecuada para su acreditación.

 Todas las deducciones tienen un límite: Las deducciones autorizadas para personas físicas, con o sin actividad empresarial, así como las personas morales tienen un tope establecido.

 Método de pago correcto: En el caso del pago de gastos para su deducción, es importante mencionar que estos gastos deberán ser pagados por transferencias, tarjeta de crédito o débito, así como cheque nominativo; debe hacerse a la cuenta bancaria de la empresa o de la persona física que desee realizar la deducción.

 Los datos de quien le facturas: nombre, denominación o razón social, régimen fi scal y código postal de su domicilio fi scal para realizar una factura versión 4.0.

Deducciones que puedes hacer en salud

 Honorarios médicos.

 Dentista, tratamientos y consultas.

 Servicios de psicología y nutrición.

 Gastos médicos por incapacidad o discapacidad.

 Gastos hospitalarios.

 Medicinasincluidasenfacturasporhospitalización(quese incluyanencomprobantesdehospitales,nocomprobantes defarmacias).

 Análisis clínicos, estudios de laboratorio o prótesis.

 Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación.

 Honorarios a enfermeras.

 Lentes ópticos graduados (hasta por un monto de $2,500), en el ejercicio, por cada una de las personas a las que se les compren lentes, siempre que se describan las características de dichos lentes en el comprobante o se cuente con el diagnóstico de un oftalmólogo u optometrista.

CONDICIONES

 Dichosgastosporsaludserándeduciblescuandohayansido efectuadosparati,tucónyugeoconcubino/a,tuspadres, abuelos,hijosynietos.

 No podrás deducir facturas pagadas en efectivo.

“Yo nunca he facturado. Sí veo que es complicado, pero también nunca me di un tiempo para aprender y informarme. Mi hijo es microempresario y veo que sí mete facturas para pedir la devolución al SAT y veo que sí le funciona, pero yo no lo hice y no lo haré, seguiré como estoy”.

FOTO: ISTOCK Ante cualquier duda... MarcaSAT: 55 627 22 728

03 02 DE ABRIL DE 2023 DE ABRIL DE 2023 LUNES 17 LUNES 17
Jessica Ignot
Miguel Daniel Jubilado TUS GASTOS TE PERMITIRÁ ORGANIZAR Y CONTROLAR TUS INGRESOS Y EGRESOS
Deducir gastos te regresa dinero
Consultamos:
 La tarjeta con la que se ejecute el pago deberá estar a nombre de la empresa o persona física que realiza la Declaración Anual. Además, es indispensable que el contribuyente tenga un vehículo registrado en su contabilidad para que haya congruencia con el uso del combustible.

LUNES 17

DE ABRIL DE 2023

#TuPágina 04

Estirando al Legislativo

En un Legislativo en el que se busca una representación fiel del mosaico de comunidades y grupos que tenemos en nuestro país, la imagen no era del tanto nítida. Los jóvenes en nuestro país representamos más del 30 por ciento de la población y solo ostentamos menos del 2 por ciento de los curules en la Cámara de Diputados. Es importante reconocer cuándo los distintos poderes tienen un acierto y a mi parecer, la semana pasada, el Legislativo lo obtuvo.

El 11 de abril se discutió la reforma de los artículos 55 y 91 de la Constitución para reducir la edad mínima para ser diputado de 21 a 18 años y para ser secretario de Estado de 30 a 25 años, respectivamente. El proyecto se aprobó con 439 votos a favor, cero votos en contra y cero abstenciones. Esta minuta fue mandada a la Cámara de Senadores para su consideración; de ser aprobada, se enviará a las legislaturas locales para su aprobación y, posteriormente, su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Cascada El Chuvejé

Pinal de Amoles, Querétaro

DIRECTOR GENERAL

EDITORIAL

DIRECTOR COMERCIAL

JEFATURA DE INFORMACIÓN

Marittza Navarro

que sean incluidas y escu-

Con esta reforma se da un avance fuerte en los derechos políticos de los jóvenes, pues abona en su inclusión y fortalece fuertemente su posibilidad de tener participación política; lo que queda por ver es si esta será efectiva o no. Ver un trabajo mucho más fructífero por parte de la Comisión de Juventud, en el que sean incluidas y escuchadas más de sus propuestas.

Cómo jóvenes, nos

Cómo jóvenes, nos queda aprovechar estas oportunidades y explotar la participación que al día de hoy podemos tener para mejorar el México en el que nos encontramos.

JEFATURA DE REPORTEROS Salvador Castillo

DISEÑO Marco A. Rodríguez

S. DE R.L. DE C.V. Domicilio de la Publicación: Avenida Constituyentes Nº109, Interior 11, Colonia Carretas. C.P. 76050, Santiago de Querétaro, Querétaro. Imprenta: El Universal Compañía Periodística Nacional, S.A. de C.V. Bucareli Número 8, Colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México C.P. 06040. Distribuidor: AD COMUNICACIONES, S. DE R.L. DE C.V. Avenida Constituyentes Nº 109, Interior 11, Colonia Carretas. C.P. 76050, Santiago de Querétaro, Querétaro. Prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta edición.

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Editado por la empresa AD Comunicaciones S de RL de CV AD QUERÉTARO, periódico de lunes a viernes, 17 de abril de 2023. Editor responsable: Fernando Sánchez López. Reserva de Derechos al Uso Exclusivo número 04-2022-080513290700-101 y Certificado de Licitud de Título y Contenido número 17516, de los cuales es titular AD COMUNICACIONES,

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