Cotización
Fecha 18/11/2022
Cotización N° 99 Codigo ID FF088
Cotizacion para: Cotizacion valida hasta: 20/11/2022
Realizada Por: Sebastian Lautaro
DESCRIPCIÓN
Colchoneta Fitness premium
Guayos umbro gama baja
Cantidad Precio unitario TOTAL 150 120.000 18.000.000 150 130.000 19.500.000 150 100.000 15.000.000 150 120.000 18.000.000 150 300.000 45.000.000 50 350.000 17.500.000 50 330.000 16.500.000 50 400.000 20.000.000 50 500.160 25.008.000 150 90.000 13.500.000 SUBTOTAL 208.008.000 IVA 48.792.000 TOTAL 256.800.000
Balón baloncesto Balón de Balonmano Balón de voleibol Balón fútbol sala Golden Balón fútbol #5 Canilleras adidas mixtas Kits de proteción UFC Guayos umbro gama media FIRMA
Pereira Telefono 7458952
Nombre
Direccion
5 #3-30
Ciudad
Municipio el Raponaje
Rámiro Sánchez
Cll
Direccion
CLL 60 #7-90
MUNICIPIO ELRAPONAJE
NIT. 900.500.001-5
REGISTRO PRESUPUESTAL No.__110
FECHA: 10 DE NOVIMEBRE DE 2022
A FAVOR DE: FONTANA SPORT S.A.S
COMPROMISO: ADQUISICIÓN DE ELEMENTOS DEPORTIVOS PARA LAS ESCUELAS DE FORMACIÓN DEPORTIVA
DISPONIBILIDAD No. 100 DEL 05 DE NOVIEMBRE DE 2022
CON CARGO A LOS SIGUIENETS RUBROS: CÓDIGO RUBRO DESCRIPCIÓN VALOR ADQUISICIÓN ELEMENTOS DEPORTIVOS PARA LAS ESCUELAS DE FORMACIÓN DEPORTIVA 256.800.000
VIGENCIA: 2022
VALOR: DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS M/L
JEFE DE PRESUPUESTO
CONTRATO DE COMPRAVENTA No.100 DEL 2022 CELEBRADO ENTRE LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE EL RAPONAJE CON ENTRENA YA S.A.S
FECHA DE SUSCRIPCION: 15 DE NOVIEMBRE DE 2022
CONTRATANTE: MUNICIPIO EL RAPONAJE
NIT: 900.500 001 5
REPRESENTANTE LEGAL: RAMIRO SÁNCHEZ CARVAJAL
CEDULA DE CIUDADANIA: No 88.279.880 DEL MUNICIPIO EL RAPONAJE
CONTRATISTA: FONTANA SPORT S.A.S
NIT: 900.888.000 9
REPRESENTANTE LEGAL: KEVIN QUINTERO GOMEZ
CEDULA DE CIUDADANIA: 107.470.706
OBJETO: COMPRA DE ELEMENTOS DEPORTIVOS PARA LAS ESCUELAS DE FORMACIÓN DEPORTIVA DE LA ACLCALDIA DEL MUNICIPIO DEL RAPONAJE
VALOR DEL CONTRATO: $256.800.000
No DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL: 100 DEL 5 DE NOVIEMBRE DE 2022
DURACIÓN DEL CONTRATO: TREINTA (30) DIAS CONTADOS A PARTIR DE LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO O HASTA EL CUMPLIMIENTO DEL 100% DEL OBJETO POR CONTRATAR, LO QUE OCURRA PRIMERO.
DOMICILIO CONTRACTUAL: MUNICIPIO LA EL RAPONAJE
Entre los suscritos a saber, RAMIRO SANCHEZ CARVAJAL, por una parte, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía No. 88.279.880 expedida en el Municipio el Raponaje, obrando en su condición de Alcalde, según Resolución No 012773 del 01 de enero de 2020, emanada por la Alcaldía del Raponaje, y debidamente posesionado bajo acta No 064 del 01 de enero del 2020, y por otra parte FONTANA SPORT S.A.S Nit. 900.888.000 9, representada legalmente por el señor KEVIN QUINTERO GOMEZ identificado(a) con Cedula de Ciudadanía No. 107.470.706 expedida en la ciudad de Ocaña, mayor de edad, quien en adelante se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el contrato de Compraventa, previas las siguientes consideraciones:
1) Que la Ley 100 de 1993, articulo 195 contempla el régimen jurídico de las Alcaldías, en su numeral 6 establece que en materia contractual se regirá por el derecho privado.
2) Que, en razón a la naturaleza del mismo, teniendo en cuenta lo establecido en los artículos 20, 20.1 y 20.1.1 del estatuto de contratación de la Alcaldía el Raponaje (ACUERDO 04 DE 2.014), por ser un contrato que no supera los 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes, la escogencia del contratista se hará de manera directa.
ENTRE LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE EL RAPONAJE CON ENTRENA YA
S.A.S
3). Que en la Ley 100 de 1993, se tomaron en cuenta una serie de principios como Eficiencia, Universalidad, Solidaridad, Integralidad, Unidad y Participación, además de Eficacia y Calidad, que pretenden garantizar la mejor prestación de los servicios de salud a los usuarios y serán los principios rectores de la presente contratación, así como la auto sostenibilidad económica y financiera de las instituciones que participan en el sector.
4) Que se realizaron los estudios previos, en consecuencia, se hace necesario contratar el suministro de suministro de Muebles y Enseres para áreas administrativas de la Alcaldía del Municipio el Raponaje
5) Que el artículo 192 de la Ley 100 de 1993 establece que las Alcaldías podrán desarrollar sus “funciones mediante contratación con terceros o convenios con entidades públicas o privadas, o a través de operadores externos.
6) Que se cuenta con el respectivo certificado de disponibilidad presupuestal.
7) Que, en concordancia con lo anterior, se establecen las siguientes clausulas.
CLAUSULA PRIMERA OBJETO: En el desarrollo del presente Contrato de Compraventa, EL CONTRATISTA INDEPENDIENTE, SE COMPROMETE CON ALCALDÍA DEL MUNICIPIO EL RAPONAJE, EL SUMINISTRO DE MUEBLES Y ENSERES, EQUIPOS DE OFICINA Y EQUIPOS DE CÓMPUTO, PARA ÁREAS ADMINISTRATIVAS DE LA ALCALDÍA.
ALCANCE DEL OBJETO: EL CONTRATISTA SE COMPROMETE CON LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO EL RAPONAJE A ELEMENTOS DEPORTIVOS QUE SE RELACIONAN A CONTINUACIÓN CON LAS CARACTERISTICAS ESPECIFICAS Y EN LAS CANTIDADES QUE SE RELACIONAN A CONTINUACION:
Cantidad
Balónde Balonmano
Precio unitario TOTAL 100 87.000 8.700.000 55 60.000 3.300.000 100 78.000 7.800.000 100 95.000 9.500.000 150 125.616 18.842.500 80 85.000 6.800.000 80 187.000 14.960.000 60 600.000 36.000.000 80 350.000 28.000.000 90 120.000 10.800.000 112 65.000 7.280.000 100 100.000 10.000.000 150 130.000 19.500.000 150 110.000 16.500.000 150 110.000 16.500.000
DESCRIPCIÓN Balónbaloncesto Balónde voleibol Kits de proteciónUFC
Balónfútbolsala Golden Balónfútbol#5 Canilleras adidas mixtas Colchoneta Fitness premium Guayos Nike gama media Kits de proteciónde patinaje Patines profesionales gama alta Tenis basketballunder Armour Uniformes mixtos de fútbol Uniformes mixtos de patinaje
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CLAUSULA SEGUNDA DURACION: TREINTA (30) DÍAS CALENDARIO CONTADOS A PARTIR DE LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO O HASTA EL CUMPLIMIENTO DEL 100 % DEL OBJETO CONTRATADO, LO QUE OCURRA PRIMERO.
CONTRATO DE COMPRAVENTA No.100 DEL 2022 CELEBRADO
ENTRE LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE EL RAPONAJE CON ENTRENA YA S.A.S
CLAUSULA TERCERA RÉGIMEN CONTRACTUAL: La presente contratación contiene una obligación clara, expresa y exigible para todos los efectos jurídicos conducentes y procedentes y se rige por el estatuto interno de contratación acuerdo 04/2014 y demás disposiciones legales y pertinentes, entendiéndose incluidas las cláusulas excepcionales descritas en la ley 80 de 1.993. El presente contrato de suministro se realiza de forma directa y por lo tanto no es necesaria la realización de invitación publica, de acuerdo a lo previsto en los artículos 20, 20.1 y 20.1.1 del estatuto de contratación de la Alcaldía, acuerdo 004 de 2.014, en consecuencia, es legalmente viable la presente contratación, haciendo constar que el contratista ha acreditado con base en los documentos que reposan en la oficina de recursos humanos, que cuenta con la idoneidad y capacidades necesarias para cumplir con el objeto del contrato, así como las certificaciones y requisitos de ley para celebrar el mismo.
CLAUSULA CUARTA - VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: El valor del presente contrato es de DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOSM/L ($256.800.000), Se cancelará el 100% del valor del contrato al cumplimiento del objeto por contratar. El pago se realiza previo certificado de recibo a satisfacción, informe de supervisión, acreditación del pago de la seguridad social, parafiscales y la correspondiente factura.
CLAUSULA QUINTA VIGILANCIA Y CONTROL: La supervisión estará a cargo de la profesional especializada del área administrativa, a, quien deberá cumplir con los parámetros establecidos en el artículo 84 de la Ley 1474 de 2.011. Facultades y deberes de los supervisores y los interventores La supervisión e interventoría contractual implica el seguimiento al ejercicio del cumplimiento obligacional por la entidad contratante sobre las obligaciones a cargo del contratista.
CLAUSULA SEXTA CAMBIO DE SUPERVISOR: Si se requiere el cambio de supervisor, el competente contractual procederá a designar un nuevo supervisor con previo aviso del supervisor titular. Una vez nombrado y notificado el nuevo supervisor, éste deberá informarle al contratista dentro de los cinco (5) días hábiles a la notificación del acto.
CLAUSULA SEPTIMA- IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: El municipio el Raponaje, atenderá la obligación con cargo a la vigencia fiscal 2022, según Disponibilidad Presupuestal No. 100 del 5 DE NOVIEMBRE DE 2022.
CLAUSULA OCTAVA RESPONSABILIDAD SOBRE LOS BIENES: El contratista será responsable sobre la pérdida, daño, deterioro o mal manejo de los bienes de propiedad de la Alcaldía que se encuentren a su cargo o bajo su manejo para la ejecución del contrato y responderá por la totalidad del valor que cueste su reconstrucción, reparación o la adquisición de uno nuevo de iguales o mejores características.
CLAUSULA NOVENA - INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: El contratista manifiesta bajo la gravedad del juramento que no se encuentra incurso en ningún causal de inhabilidad e incompatibilidad prevista en la ley que le impida suscribir el presente contrato y que en caso de sobrevenir alguna de ellas durante el desarrollo del mismo, procederá conforme lo dispone el art. 9o. de la Ley 80 de 1993.
CLAUSULA DECIMA GARANTÍA: EL CONTRATISTA se compromete a constituir a su costo y a favor de la Alcaldía el Raponaje en una compañía de seguros legalmente establecida en el país, la póliza de garantía única que debe cubrir los siguientes riesgos:
CONTRATO DE COMPRAVENTA No.100 DEL 2022 CELEBRADO
ENTRE LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE EL RAPONAJE CON ENTRENA YA S.A.S
a) Cumplimiento: del contrato por el 10% del valor del contrato, vigente por el término de duración del contrato y seis (6) meses más b) Calidad y correcto funcionamiento de los bienes suministrados: Su cuantía es del veinte (20%) por ciento del valor del contrato y su término de duración será igual al término de duración del contrato y doce (12) meses más.
PARÁGRAFO PRIMERO: La aprobación de la póliza requerida al contratista es requisito indispensable para iniciar la ejecución del contrato.
PARÁGRAFO SEGUNDO: En consideración a que la fecha de aprobación de la póliza determinará la fecha de inicio de la ejecución del contrato, los amparos deberán ser computados a partir de la fecha de expedición de la mencionada póliza a fin de amparar en debida forma los posibles riesgos contemplados en la CLAUSULA DÉCIMA.
CLAUSULA DECIMA PRIMERA - REQUISITOS Y DOCUMENTOS PARA EFECTUAR EL PAGO: El Contratista, para efectos la Alcaldía de la Carreta, para que realice el pago de conformidad con lo previsto en la CLAUSULA CUARTA VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO, debe anexar el certificado de recibo a satisfacción, informe de supervisión, fotocopia del contrato, fotocopia de los pagos de seguridad social del mes a cancelar en los porcentajes establecidos en la ley 1122 de 2.007.
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA – INDEMNIDAD: Las partes acuerdan en el presente contrato una cláusula de indemnidad, conforme a la cual se pacta la obligación del contratista de mantener libre a la entidad de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes.
CLAUSULA DECIMA TERCERA – EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL: El suministro se desarrollará con autonomía e independencia del contratista, la celebración del presente contrato no constituye relación laboral alguna entre la Alcaldía del Municipio el Raponaje y el contratista, por consiguiente, no genera derechos o prestaciones de ley distintos de los pactados en la cláusula objeto del contrato.
CLAUSULA DECIMA CUARTA - DOMICILIO CONTRACTUAL: Para efectos del presente contrato, el domicilio contractual será el Municipio el Raponaje y las partes recibirán correspondencia en las instalaciones de la Alcaldía, ubicada en el Palacio Municipal Centro, así como en los correos electrónicos, Mensajería Electrónica, contratacion@alcaldíaelraponaje.gov.co.
CLAUSULA DECIMA
QUINTA OBLIGACIONES DEL
CONTRATISTA: A) Mantener los precios ofertados. B) Realizar el suministro de manera inmediata a la realización del pedido por parte de la Alcaldía. C) Actuar con plena eficiencia y responsabilidad en la ejecución del objeto del contrato. D) Asumir en su totalidad el costo de transporte hasta las instalaciones de la Alcaldía. E) Tener todas las autorizaciones de funcionamiento F) Realizar el suministro con personal capacitado G) Tener afiliado a seguridad social, pensión y riesgo laboral al personal que utilice para ejecutar el contrato, atendiendo el tipo de actividad que desarrollarán. H) Usar vehículos en buen estado que cumplan con la normatividad vigente para su circulación por las carreteras nacionales. I) Notificar a la Alcaldía que personal realizará el suministro cada vez que realice un pedido y qué vehículo utilizarán. J) Garantizar a la Alcaldía que siempre tendrán disponibilidad de los elementos solicitados. K) Garantizar la buena calidad del suministro. L) Cumplir con el objeto contractual en las condiciones en que fue ofertado. M) Cumplir cabalmente con sus obligaciones, frente al Sistema de
CONTRATO DE COMPRAVENTA No.100 DEL 2022 CELEBRADO
ENTRE LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE EL RAPONAJE CON ENTRENA YA S.A.S
Seguridad Social Integral y parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, Sena e ICBF), por cuanto el cumplimiento de esta obligación es requisito indispensable para la realización de cualquier pago. N) Constituir en debida forma y aportar al Grupo Contractual de la Alcaldía, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato la Garantía Única. O) Guardar la confidencialidad de toda la información que le sea entregada y que se encuentre bajo su custodia o que por cualquier otra circunstancia deba conocer o manipular y responderá civil y penalmente por los perjuicios de su divulgación y/o utilización indebida que por sí o por un tercero se cause a la administración o a terceros. P) Mantener activa la cuenta corriente o de ahorros reportada para los pagos con el fin de evitar traumatismos en el proceso de ejecución del contrato. Q) Acreditar que el objeto social y/o actividad mercantil principal se encuentra directamente relacionada con el objeto del contrato. R) Suministrar oportunamente todos los informes que requiera el supervisor, necesarios para cumplir con los programas, plazos y especificaciones técnicas del objeto contratado. S) Pagar los impuestos, tasas y similares que se deriven de la ejecución del contrato. T) Aceptar la tasación y descuento de multas parciales frente al incumplimiento de obligaciones contractuales. U) Entregar documentación pertinente a la programación de entregas y/o ejecución del contrato. PARÁGRAFO: El incumplimiento del CONTRATISTA de alguna o algunas de las obligaciones anteriores, conferirá derecho al CONTRATANTE para declarar la caducidad del contrato y hacer efectivas las pólizas de cumplimiento
CLAUSULA DÉCIMA SEXTA –
OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE
: Son obligaciones de la Alcaldía del Municipio el Raponaje a). Suministrar al contratista la información y documentación necesaria para el cabal cumplimiento del objeto a contratar. b) Pagar el valor del contrato al contratista según lo previsto en el presente documento c) Adelantar las gestiones necesarias para el reconocimiento y cobro de las sanciones pecuniarias y garantías a que hubiere lugar. d) Adelantar las acciones conducentes a obtener la indemnización de los daños que sufra la Alcaldía reservándose el derecho de ejercer el control sobre el suministro contratado siendo de su responsabilidad vigilar la correcta ejecución del contrato y dar constancia de su cumplimiento, verificando que se cumpla conforme a la propuesta presentada por el contratista y aceptada por la Alcaldía e) Exigir al contratista los documentos legales necesarios para el perfeccionamiento del contrato. El Contratante podrá dar por terminado en forma unilateral el contrato en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones mencionadas. f) Cobrar al contratista las multas pactadas en el contrato.
CLAUSULA DÉCIMA SEPTIMA OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
: El contratista se obliga a asumir los costos de tributos departamentales a que haya lugar por la suscripción del presente contrato.
CLAUSULA DECIMA OCTAVA INTERPRETACION Y MODIFICACION: Cualquier modificación al presente contrato deberá hacerse por escrito y se regirá conforme a lo preceptuado en la ley 80 de 1993, Artículos 15, 16, 17 y 18 y el acuerdo 4 de 2014 por el cual se adopta el estatuto de contratación de la Alcaldía del municipio el raponaje.
CLAUSULA DECIMA NOVENA – CLAUSULA PENAL PECUNIARIA: Si se llegare a suceder el evento de incumplimiento de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, deberá pagar a título de cláusula penal pecuniaria, el valor correspondiente al veinte por ciento (20%) del valor total del Contrato, sin perjuicio de las multas a que haya lugar.
CONTRATO DE COMPRAVENTA No.100 DEL 2022 CELEBRADO
ENTRE LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE EL RAPONAJE CON ENTRENA YA S.A.S
CLAUSULA VIGÉSIMA – CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder el presente Contrato a persona alguna, natural o jurídica, nacional o extranjera sin el consentimiento expreso y por escrito de la Alcaldía, pudiendo este reservarse las razones para negar la cesión, una vez analizada la justificación presentada por EL CONTRATISTA para este fin. La cesión se hará de conformidad con lo previsto en el artículo 887 y siguientes del Código de Comercio.
CLAUSULA VIGESIMA PRIMERA - CAUSALES DE TERMINACION DEL CONTRATO: El presente contrato se dará por terminado en los siguientes eventos: 1) Mutuo acuerdo entre las partes. 2) De forma unilateral cuando se presente incumplimiento probado de alguna de las obligaciones por parte de EL CONTRATISTA. 3) Unilateralmente cuando La Alcaldía establezca por cualquier medio que EL CONTRATISTA se encuentra incluido en listas de control para el lavado de activos y financiación del terrorismo. 4) Unilateralmente cuando la Alcaldía establezca por cualquier medio que EL CONTRATISTA ha hecho uso indebido de la información que el Supervisor le entregue, o que llegare a conocer, para la ejecución del presente contrato, sin perjuicio de las demás acciones administrativas, disciplinarias y/o penales a que haya lugar. 5) Por cumplimiento del objeto del contrato.
CLAUSULA VIGÉSIMA
SEGÚNDA - SOLUCION DE CONTROVERSIAS
: Las partes, en aras de solucionar en forma ágil, eficiente y directa las discrepancias y diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución del presente contrato, acudirán a los mecanismos de solución directa de conflictos, tales como la conciliación, la amigable composición y la transacción. En caso de que estos mecanismos llegaren a fracasar, se acudirá a la jurisdicción competente.
CLAUSULA VIGÉSIMA TERCERA – SUSPENSIÓN: La ejecución del contrato podrá ser suspendida mediante la suscripción de un acta en donde conste tal evento, cuando medie algunas de las siguientes causales: 1) Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito; 2) Por solicitud debidamente sustentada interpuesta por una de las partes. El termino de suspensión no será computable para efecto del plazo de ejecución del contrato, ni dará derecho a exigir indemnización, sobrecostos o reajustes, ni a reclamar gastos diferentes a los ya pactados.
CLAUSULA VIGÉSIMA CUARTA – LIQUIDACIÓN: Terminada la ejecución del presente contrato, se procederá a su liquidación dentro de los seis meses siguientes a la suscripción del acta de terminación, en los términos establecidos en el Acuerdo No. 004 de 2014 modificado por el acuerdo No. 004 de 2015. En aquellos casos en los que el contratista no acepte expresamente la liquidación, la Alcaldía procederá a liquidar unilateralmente el contrato pasados los seis meses que había para la liquidación bilateral.
CLAUSULA VIGÉSIMA QUINTA – LUGAR DEL SUMINISTRO: El lugar previsto para la entrega de los Muebles y Enseres a suministrar será en las instalaciones de la Alcaldía el Raponaje ubicada en el Palacio Municipal Centro de la ciudad del Municipio el raponaje
CLAUSULA VIGÉSIMA SEXTA DOTACIONES Y RECURSOS: El contratante facilitará al contratista el acceso a las instalaciones de la Alcaldía para realizar el suministro cuando así se requiera.
CLAUSULA VIGÉSIMA SEPTIMA – MULTAS: Si el contratista incumple con el suministro requerido dentro de los términos pactados en este contrato y los estudios previos, el contratante le cobrará multas diarias por valor equivalente al 2% del valor total del contrato hasta que cumpla con el pedido realizado.
CONTRATO DE COMPRAVENTA No.100 DEL 2022 CELEBRADO
ENTRE LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE EL RAPONAJE CON ENTRENA YA S.A.S
CLAUSULA VIGÉSIMA OCTAVA – PREVENCIÓN DEL LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL
TERRORISMO SARLAFT: El contratista declara, bajo la gravedad del juramente que: a) sus recursos provienen de actividades lícitas y en tal sentido exonera a la Alcaldía de toda responsabilidad por el origen de los mismos; y b) que no se encuentra en alguna de las listas públicas nacionales o internacionales, de personas señaladas como narcotraficantes, terrorista, sujetas a extinción de dominio, investigadas por lavado de activos o responsables fiscales, y que no tiene medida alguna proferida en proceso de lavado de activos. El Contratista autoriza de manera amplia e irrevocable a la Alcaldía para que cruce, consulte o confronte la información contendida en sus bases de datos con las listas públicas nacionales o internacionales de personas señaladas como narcotraficantes, terrorista, sujetas a extinción de dominio, investigadas por lavado de activos o responsables fiscales. En el evento y cuando quiera que la investigación de dichas bases de datos arroje resultados positivos, la empresa social del estado podrá dar por terminado con justa causa el presente contrato sin que ellos genere o dé lugar a indemnización alguna para El Contratista. Así mismo, El Cliente, autoriza de manera expresa, absoluta e irrevocablemente a la Alcaldía para bloquear inmediatamente los pagos si sus proveedores, clientes, accionistas o administradores son incluidos en las listas públicas nacionales o internacionales de personas señaladas como narcotraficantes, terrorista, sujetas a extinción de dominio, investigadas por lavado de activos o responsables fiscales. El Contratista reconoce que la Alcaldía está en la obligación de cumplir con los requerimientos realizados por la Nación con respecto a la Prevención del Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, y por tanto deberá realizar reportes a la Unidad de Información y Análisis Financiero de operaciones inusuales o sospechas, las cuales pueden incluir o no al Cliente. En tal virtud, El Contratista libera a la Alcaldía de cualquier responsabilidad por daños o perjuicios que pueda ocasionar al Contratista con ocasión de dichos reportes dado que se realizan en cumplimiento de un requerimiento legal.
CLAUSULA VIGÉSIMA
NOVENA REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO
Y EJECUCIÓN: El presente contrato se perfecciona con la firma de las partes y la expedición de la correspondiente certificación de Disponibilidad y Registro Presupuestal, expedido por el la Secretaría de Hacienda de la Alcaldía. Para su ejecución, el contratista debe cumplir los siguientes requisitos previos: a) Perfeccionamiento del contrato, b) Acreditar a la Alcaldía del Municipio el Raponaje, el cumplimiento de lo establecido en el art. 50 de la ley 789 de 2.002. c) Suscribir el acta de inicio.
Para constancia se firma en el Municipio el Raponaje, en dos ejemplares del mismo tenor el quince (15) de Noviembre de 2022.
EL CONTRATANTE
EL CONTRATISTA
FONTANA SPORT S.A.S RAMIRO SUÁREZ CARVAJAL KEVIN QUINTERO GOMEZ C.C 88.250.479 de El Raponaje CC. 107.470.706 de Ocaña
Alcalde Municipio el Raponaje
CONTRATO DE COMPRAVENTA No.100 DEL 2022 CELEBRADO
FONTANA SPORT SAS
Dedicado a la compra y venta de elementos deportivos 2022 95612
Exportadores Para uso exclusivo de la DIAN 5. Número de Identificación Tributaria (NIT) 6. DV 984. Nombre 51. Código 38. País 56. Tipo 985. Cargo 50. Código 4. Número de formulario 36. Nombre comercial 37. Sigla 43. Código postal 44. Teléfono 1 45. Teléfono 2 53. Código 59. Anexos SI NO 61. Fecha 55. Forma 57. Modo 58. CPC 60. No. de Folios: Ocupación 42. Correo electrónico 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 Espacio reservado para la DIAN Actividad secundaria Otras actividades 49. Fecha inicio actividad 48. Código 1 2 Lugar de expedición 28. País Actividad principal Actividad económica 47. Fecha inicio actividad 46. Código 1 2 3 35. Razón social 31. Primer apellido 32. Segundo apellido 33. Primer nombre 52. Número establecimientos CLASIFICACIÓN 24. Tipo de contribuyente 12. Dirección seccional 14. Buzón electrónico 34. Otros nombres 25. Tipo de documento 29. Departamento 30. Ciudad/Municipio 26. Número de Identificación 39. Departamento Firma del solicitante: 2. Concepto 19 20 21 22 23 24 25 26 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 54. Código 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 Responsabilidades, Calidades y Atributos IMPORTANTE: Sin perjuicio de las actualizaciones a que haya lugar, la inscripción en el Registro Único Tributario -RUT-, tendrá vigencia indefinida y en consecuencia no se exigirá su renovación 27. Fecha expedición 40. Ciudad/Municipio Parágrafo del artículo 1.6.1.2.20 del Decreto 1625 de 2016 Sin perjuicio de las verificaciones que la DIAN realice. Firma autorizada: IDENTIFICACIÓN 41. Dirección principal Exportadores Obligados aduaneros UBICACIÓN Consulte aquí los códigos de actividad económica
LA CONTRALORÍA DELEGADA PARA RESPONSABILIDAD FISCAL , INTERVENCIÓN JUDICIAL Y COBRO COACTIVO
CERTIFICA:
Que una vez consultado el Sistema de Información del Boletín de Responsables Fiscales 'SIBOR', hoy jueves 24 de noviembre de 2022, a las 17:40:24, el número de identificación de la Persona Jurídica, relacionado a continuación, NO SE ENCUENTRA REPORTADO COMO RESPONSABLE FISCAL.
Tipo Documento Nit
No. Identificación 900888000 Código de Verificación 900888000221124174024
Esta Certificación es válida en todo el Territorio Nacional, siempre y cuando el tipo y número consignados en el respectivo documento de identificación, coincidan con los aquí registrados.
De conformidad con el Decreto 2150 de 1995 y la Resolución 220 del 5 de octubre de 2004, la firma mecánica aquí plasmada tiene plena validez para todos los efectos legales.
Generó: WEB
Con el Código de Verificación puede constatar la autenticidad del Certificado. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1. Código Postal 111071. PBX 5187000 - Bogotá D.C Colombia Contraloría General NC, BOGOTÁ, D.C.
Página 1 de 1
Bogotá DC, 24 de noviembre del 2022
CERTIFICADO DE ANTECEDENTES CERTIFICADO ORDINARIO
No. 210183256
WEB
17:39:32 Hoja 1 de 01
La PROCURADURIA GENERAL DE LA NACIÓN certifica que una vez consultado el Sistema de Información de Registro de Sanciones e Inhabilidades (SIRI), el(la) señor(a) KEVIN QUINTERO GOMEZ identificado(a) con Cédula de ciudadanía número 1003175184:
NO REGISTRA SANCIONES NI INHABILIDADES VIGENTES
ADVERTENCIA: La certificación de antecedentes deberá contener las anotaciones de las sanciones o inhabilidades que se encuentren vigentes. Cuando se trate de nombramiento o posesión en cargos que exijan para su desempeño ausencia de antecedentes, se certificarán todas las anotaciones que figuren en el registro. (Artículo 238 Ley 1952 de 2019)
NOTA: El certificado de antecedentes disciplinarios es un documento que contiene las anotaciones e inhabilidades generadas por sanciones penales, disciplinarias, inhabilidades que se deriven de las relaciones contractuales con el estado, de los fallos con responsabilidad fiscal, de las decisiones de pérdida de investidura y de las condenas proferidas contra servidores, ex servidores públicos y particulares que desempeñen funciones públicas en ejercicio de la acción de repetición o llamamiento en garantía. Este documento tiene efectos para acceder al sector público, en los términos que establezca la ley o demás disposiciones vigentes. Se integran al registro de antecedentes solamente los reportes que hagan las autoridades nacionales colombianas. En caso de nombramiento o suscripción de contratos con el estado, es responsabilidad de la Entidad, validar la información que presente el aspirante en la página web: http://www.procuraduria.gov.co/portal/antecedentes.html
CARLOS ARTURO ARBOLEDA MONTOYA
Jefe División de Relacionamiento Con El Ciudadano
ATENCIÓN:
ESTE CERTIFICADO CONSTA DE 01 HOJA(S), SOLO ES VALIDO EN SU TOTALIDAD. VERIFIQUE QUE EL NUMERO DEL CERTIFICADO SEA EL MISMO EN TODAS LAS HOJAS.
División de Relacionamiento con el Ciudadano.
Línea gratuita 018000910315; quejas@procuraduria.gov.co Carrera 5 No. 15 60 Piso 1; Pbx 5878750 ext. 13170; Bogotá D.C. www.procuraduria.gov.co
LA CONTRALORÍA DELEGADA PARA RESPONSABILIDAD FISCAL , INTERVENCIÓN JUDICIAL Y COBRO COACTIVO
CERTIFICA:
Que una vez consultado el Sistema de Información del Boletín de Responsables Fiscales 'SIBOR', hoy jueves 01 de diciembre de 2022, a las 16:02:44, el número de identificación, relacionado a continuación, NO SE ENCUENTRA REPORTADO COMO RESPONSABLE FISCAL.
Tipo Documento Cédula de Ciudadanía
No. Identificación 107470706 Código de Verificación 107470706221201160244
Esta Certificación es válida en todo el Territorio Nacional, siempre y cuando el tipo y número consignados en el respectivo documento de identificación, coincidan con los aquí registrados.
De conformidad con el Decreto 2150 de 1995 y la Resolución 220 del 5 de octubre de 2004, la firma mecánica aquí plasmada tiene plena validez para todos los efectos legales.
Generó: WEB
Con el Código de Verificación puede constatar la autenticidad del Certificado. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1. Código Postal 111071. PBX 5187000 - Bogotá D.C Colombia Contraloría General NC, BOGOTÁ, D.C.
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FONTANA SPORT SAS
NIT: 900.888.000-9
LA (EL) SUSCRITO REVISOR
CERTIFICA QUE:
La Empresa FONTANA SPORT S.A.S identificada con el NIT 900.888.000 9, se encuentra a la fecha, a Paz y salvo con el Pago de la Seguridad Social y los Aportes Parafiscales, según la LEY 792 de 2002.
Sin otro particular
Revisor (a) Fiscal TP 22475 T
Dado en el Municipio el Raponaje, a los 20 días del mes de noviembre de 2022
FACTURA
FONTANA SPORTSAS
MUNICIPIO ELRAPONAJE 900.500.001-1 KDX27A N°15-38 3013218769
REFERENCIA
DESCRIPCIÓN DELARTICULO
UNIDADES
FECHA DEFACTURA NÚMERODEFACTURA FECHA DEVENCIMIENTO
CIUDAD
VENDIDO A 23/11/2022 C.C/NIT 79 DIRECCIÓN 23/11/2021 TELÉFONO OCAÑA 1,19 19%
IVA
VALOR UNITARIO VALOR TOTAL
Balonde baloncesto
Balonde balonmano
Balonde voleibol
Balonfútbolsala Golden
Balonfútbol#5
KitprotecciónUFC
Kitprotecciónpatinaje
4.350.000,00 $ 3.060.000,00 $ 3.900.000,00 $ 7.600.000,00 $ 12.000.000,00 $
B101 50 B102 51 B103 50 B104 80 B105 100 A001 80 A002 140 A003 80 B108 55 A020 160 A021 100 B121 100 A031 100 C202 161 C203 165
87.000,00 $ 60.000,00 $ 78.000,00 $ 95.000,00 $ 120.000,00 $ 80.000,00 $ Canilleras Adidas mixtas Colchonetas fitness premium Guayos Nike gama media Guayos Umbrogama baja
Tenis basketballUnderArmour
Uniformes mixtos de Fútbol
Unniformes mixtos de Patinaje
187.000,00 $ 600.000,00 $ 350.000,00 $
120.000,00 $ 130.000,00 $
19.200.000,00 $ 13.000.000,00 $
70.000,00 $ 7.000.000,00 $ 110.000,00 $
Patines profesionales gama alta 100.000,00 $ 10.000.000,00 $ DESCUENTO
6.400.000,00 $ 26.180.000,00 $ 48.000.000,00 $ 19.250.000,00 $ 17.710.000,00 $ 110.000,00 $ 18.150.000,00 $ 2.000,00 $
SUBTOTAL IVA TOTAL
215.800.000,00 $ 41.002.000,00 $ 256.800.000,00 $
ACTA DE ENTREGA
Ocaña, Norte de Santander 25 de noviembre de 2022 Cordial saludo.
Alcaldía municipal “EL RAPONAJE”
En el municipio “EL RAPONAJE” el día 25 de noviembre del 2022, se suscribe la presente acta de entrega de mil cuatrocientos setenta y dos (1472) artículos deportivos, los cuales incluyen cada una de sus piezas y componentes para su uso en perfectas condiciones (artículos totalmente nuevos). KEVIN QUINTERO GOMEZ, con cedula ciudadanía No. 107 470.706, representante de la empresa FONTANA SPORT S.A.S, entrega al señor RAMIRO SANCHEZ CARVAJAL identificado con cédula de ciudadanía N.º 88.279.880, actual alcalde del municipio, con el fin de mejorar la adquisición elementos deportivos para las escuelas de formación deportiva, para brindar un mejor servicio a la comunidad.
Lista de artículos
Balonde baloncesto
Balonde balonmano
Balonde voleibol Balonfútbolsala Golden
Balonfútbol#5
Canilleras Adidas mixtas Colchonetas fitness premium Guayos Nike gama media Guayos Umbrogama baja
Kit protecciónUFC
Kit protecciónpatinaje
Patines profesionales gama alta
Tenis basketballUnder Armour
Uniformes mixtos de Fútbol
Unniformes mixtos de Patinaje
50 51 50 80 100 80 140 80 55 160 100 100 100 161 165
Por tal motivo, se realiza la original presente ACTA DE ENTREGA DE ARTICULOS DEPORTIVOS.
Entregado por:
Recibido por:
RAMIRO SANCHEZ CARVAJAL
KEVIN ESTEBAN QUINTERO GOMEZ
C.C: 107 470.706
C.C: 88.279.880
MUNICIPIO EL RAPONAJE
NIT. 900.500.001 5 ORDEN DE PAGO No.__130
FECHA: 15 DE NOVIEMBRE DE 2022
A FAVOR DE: FONTANA SPORT SAS
CONCEPTO: ADQUISICIÓN DE ELEMENTOS DEPORTIVOS, PARA LAS ESCUELAS DE FORMACIÓN DEPORTIVA
REGISTRO PRESUPUESTAL No. 73 DEL 10 DE NOVIEMBRE DE 2022
CON CARGO A LOS SIGUIENETS RUBROS: CÓDIGO RUBRO DESCRIPCIÓN
VALOR ADQUISICIÓN ELEMENTOS DEPORTIVOS PARA LAS ESCUELAS DE FORMACIÓN DEPORTIVA 256.800.000
TOTAL A PAGAR 256.800.000
VIGENCIA: 2022
VALOR: DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS
CAMILA SUÁREZ ALVERNIA JEFE DE PRESUPUESTO
MUNICIPIO EL RAPONAJE NIT 900.500.001 1
COMPROBANTEDEEGRESO N°30
Ocaña,Norte de Santander 28/11/2022 FONTANASPORTSAS
La suma de DOSCIENTOSTREINTAYUNMILLONESVEINTEMILPESOS Porconceptode compra de articulosdeportivos,para lasesculasde formacióndeportiva CÓDIGO 6205 2408 1110
CHEQUEN° BANCO CUENTAN° SUCURSAL OBSERVACIONES
CUENTA DEMERCANCIAS IMPUESTOSOBRELASVENTASPORPAGAR BANCO
DEBE 194.218.487,39 $ 36.901.512,61 $
CIUDAD FECHA VALOR 231.120.000,00 $ PAGADOA C.C/NIT 900.888.000-9 DIRECCIÓN HABER 231.120.000,00 $ 15 Bancolombia 1074828038
EFECTIVO
C.C/NIT FECHA
FIRMAYSELLO 88.279.880ELRAPONAJE 28/11/2022 PREPARADO REVISADO APROBADO CONTABILIDAD
CUENTA N° 1074828038 CHEQUE N° 15 FECHA 28/11/2022
CONCEPTO A FAVOR DE
Compra de articulos deportivos, para escuelas de formación deportiva Fontana Sport SAS 231.120.000 $ ALCALDE MUNICIPIO EL RAPONAJE
45214484 231.120.000 $
Págues este cheque a FONTANA SPORT SAS por la suma de DOCIENTOS TREINTA Y UN MILLONES CIENTO VEINTE MIL PESOS
SUMA DE FIRMA Y SELLO RAMIRO SANCHEZ CARVAJAL C.C. 88.279.880ELRAPONAJE
MUNICIPIO EL RAPONAJE PRESUPUESTO DE INGRESOS Y RENTAS DE CAPITAL CUARTA CATEGORÍA- 2022
CONCEPTO DEL INGRESOS ICLD (80%-Fto.) RECURSOS DE 3° RECURSOS DEL S.G.P Recursos Propios D.E (Inversión) Total Recursos
INGRESOS CORRIENTES
11.255.200.000 1.244.120.000 21.324.000.000 21.729.680.000 55.553.000.000
INGRESOS TRIBUTARIOS 8.375.200.000 1.120.000.000 3.253.800.000 12.749.000.000
INGRESOS TRIBUTARIOS DIRECTOS 5.760.000.000 900.000.000 1.440.000.000 8.100.000.000
Impuesto de Circulación y Tránsito 1.920.000.000 480.000.000 2.400.000.000 Sobretasa Ambiental Corponor 900.000.000 900.000.000 Impuesto Predial Unificado 3.840.000.000 960.000.000 4.800.000.000
INGRESOS TRIBUTARIOS INDIRECTOS 2.615.200.000 220.000.000 1.813.800.000 4.649.000.000
Impuesto de Industria y Comercio 1.520.000.000 380.000.000 1.900.000.000 Sobretasa a la Gasolina Motor 688.000.000 172.000.000 860.000.000
Estampilla Pro-Cultura 140.000.000 140.000.000 Estampilla Pro-Centros de Vida (3° edad) 122.000.000 122.000.000 Impuesto de Delianeación Urbana 71.200.000 17.800.000 89.000.000
Deguello de Ganado Menor 116.800.000 29.200.000 146.000.000
Impuesto de Avisos y Tableros 150.400.000 37.600.000 188.000.000
Impuesto de Alumbrado Público 1.020.000.000 1.020.000.000
Sobretasa Bomberil 98.000.000 98.000.000 Impuesto de Espectácuos Públicos 68.800.000 17.200.000 86.000.000
INGRRESOS NO TRIBUTARIOS
2.880.000.000 124.120.000 21.324.000.000 18.475.880.000 42.804.000.000
MULTAS DE TRÁNSITO 124.120.000 303.880.000 428.000.000 Multas de Tránsito Locales 124.120.000 303.880.000 428.000.000
RENTAS CONTRACTUALES 1.328.000.000 332.000.000 1.660.000.000 Arrendamiento de Activos 1.328.000.000 332.000.000 1.660.000.000
TRANFERENCIAS Y PARTICIPACIONES 1.552.000.000 21.324.000.000 17.840.000.000 40.716.000.000
DEPARTAMETALES 380.000.000 380.000.000 Deguello de Ganado Mayor 380.000.000 380.000.000 NACIONALES 1.552.000.000 21.324.000.000 17.460.000.000 40.336.000.000
TRANSFERENCIAS DEL S.G.P 1.552.000.000 21.324.000.000 22.876.000.000
S.G.P Salud 11.200.000.000 11.200.000.000 S.G.P Educación 2.890.000.000 2.890.000.000 S.G.P Agua Potable y Saneamiento Básico 3.000.000.000 3.000.000.000 S.G.P Deporte 326.000.000 326.000.000 S.G.P Cultura 240.000.000 240.000.000 S.G.P Libre Destinación "LD" 1.552.000.000 388.000.000 1.940.000.000 S.G.P Prpósito General Otros Sectores - Libre Inversión 3.280.000.000 3.280.000.000
OTRAS TRTANSFERENCIAS NACIONALES 17.460.000.000 17.460.000.000 Recursos Fosyga o Adres 10.800.000.000 10.800.000.000 Recursos ETESA 660.000.000 660.000.000 Recursos de Cofinanciación - Vivienda 4.000.000.000 4.000.000.000 Recursos de Regalías - Educación 2.000.000.000 2.000.000.000
RENTAS DE CAPITAL 80.000.000 6.000.000.000 6.080.000.000 FINANCIERAS 80.000.000 6.000.000.000 6.080.000.000 Rendimientos Financieros-SGP- Educación 80.000.000 80.000.000 Crédito Público o Empréstito - Vías 6.000.000.000 6.000.000.000 11.255.200.000 1.244.120.000 21.404.000.000 27.729.680.000 61.633.000.000
EDUCACIÓN 3.358.000.000 3.820.000.000 7.178.000.000 Infraestructura Educativa 3.358.000.000 3.820.000.000 7.178.000.000
AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO 3.000.000.000 - - 3.000.000.000
Mantenimiento del Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado 2.550.000.000 2.550.000.000
Subsidios Estratos Vulnerables 450.000.000 450.000.000 SALUD-ASEGURAMIENTO 11.200.000.000 11.460.000.000 22.660.000.000 Continuidad Régimen Subsidiado 11.200.000.000 11.460.000.000 22.660.000.000 DEPORTE 326.000.000 326.000.000
Adquisición de Elementos Deportivos para las Escuelas de Formación Deportiva 326.000.000 326.000.000 CULTURA 240.000.000 140.000.000 380.000.000 Apoyo Eventos Culturales 240.000.000 140.000.000 380.000.000
OTROS SECTORES PROPÓSITO GENERAL LIBRE INVERSIÒN 3.280.000.000 12.309.680.000 - 15.589.680.000 VÍAS Y TRANSPORTE 6.172.000.000 6.172.000.000 Mantenimiento Malla Vial Urbana y Rural 6.172.000.000 6.172.000.000 VIVIENDA 2.460.000.000 4.000.000.000 6.460.000.000
Apoyo Mejoramiento de Vivienda 2.460.000.000 4.000.000.000 6.460.000.000
ATENCIÓN GRUPOS VULNERABLES - 380.000.000 - 380.000.000
Apoyo Programa de Niñez y Juventudes 380.000.000 380.000.000
JUSTICIA 350.000.000 - - 350.000.000 Compra Cámaras de Seguridad 350.000.000 350.000.000 EQUIPAMIENTO MUNICIPAL 470.000.000 - - 470.000.000 Mantenimiento Bienes de Uso Público 470.000.000 470.000.000 FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL - 433.800.000 - 433.800.000 Compra Sotware de Finanzas - 433.800.000 433.800.000 MOVILIDAD Y TRÁNSITO 303.880.000 303.880.000 Compra de Semáforos 303.880.000 303.880.000
de
DE INVERSIÓN SOCIAL
INVERSIÓN SOCIAL RECURSOS SGP RECURSOS
RECURSOS
TOTALES
INFRAESTRUCTURA SERVICIOS PÚBLICOS 1.020.000.000 1.020.000.000 Mantenimiento
Redes Electricas 1.020.000.000 1.020.000.000 RESURSOS DE TERCEROS 1.244.120.000 1.244.120.000 Corponor 900.000.000 900.000.000 Centros de Vida 122.000.000 122.000.000 Bomberos 98.000.000 98.000.000 FCM- Simit 124.120.000 124.120.000 TOTAL GASTOS
21.404.000.000 27.729.680.000 1.244.120.000 50.377.800.000 PRESUPUESTO DE GASTOS DE INVERSIÓN SOCIAL MUNICIPIO EL RAPONAJE/ 2022 SECTORES DE
PROPIOS D.E
DE TERCEROS
EDUCACIÓN
7.178.000.000 2.000.000 0 0 0 7.180.000.000 6.462.000.000 4.523.400.000 718.000.000 90,00% 1.938.600.000 Infraestructura Educativa 7.178.000.000 2.000.000 7.180.000.000 6.462.000.000 4.523.400.000 718.000.000 90,00% 1.938.600.000
AGUAPOTABLE YSANEAMIENTOBÁSICO 3.000.000.000 0 10.000.000 0 0 2.990.000.000 2.541.500.000 2.287.350.000 448.500.000 85,00% 254.150.000
Mantenimiento delPlanMaestro de Acueducto yAlcantarillado 2.550.000.000 0 8.500.000 2.541.500.000 2.541.500.000 2.287.350.000 0 100,00% 254.150.000
SubsidiosEstratosVulnerables 450.000.000 0 1.500.000 448.500.000 448.500.000 0,00% 0 SALUD-ASEGURAMIENTO 22.660.000.000 60.000.000 22.720.000.000 22.720.000.000 18.176.000.000 0 100,00% 4.544.000.000 ContinuidadRégimenSubsidiado 22.660.000.000 60.000.000 22.720.000.000 22.720.000.000 18.176.000.000 0 100,00% 4.544.000.000 DEPORTE 326.000.000 5.000.000 321.000.000 256.800.000 231.120.000 64.200.000 80,00% 25.680.000 AdquisicióndeElementosDeportivospara las EscuelasdeFormaciónDeportiva 326.000.000 5.000.000 321.000.000 256.800.000 231.120.000 64.200.000 80,00% 25.680.000 CULTURA 380.000.000 2.000.000 378.000.000 378.000.000 0,00% 0 Apoyo EventosCulturales 380.000.000 2.000.000 378.000.000 378.000.000 0,00% 0 OTROS SECTORES PROPÓSITOGENERAL LIBRE INVERSIÓN 15.589.680.000 6.000.000 1.000.000.000 1.000.000.000 15.595.680.000 8.478.000.000 8.037.500.000 7.117.680.000 54,36% 440.500.000 VÍAS YTRANSPORTE 6.172.000.000 6.000.000 1.000.000.000 7.178.000.000 7.178.000.000 6.819.100.000 0 100,00% 358.900.000
Mantenimiento Malla VialUrbana yRural 6.172.000.000 6.000.000 1.000.000.000 7.178.000.000 7.178.000.000 6.819.100.000 0 100,00% 358.900.000 VIVIENDA 6.460.000.000 1.000.000.000 5.460.000.000 5.460.000.000 0,00% 0
Apoyo Mejoramiento deVivienda 6.460.000.000 1.000.000.000 5.460.000.000 5.460.000.000 0,00% 0
ATENCIÓN GRUPOS VULNERABLES 380.000.000 380.000.000 380.000.000 0,00% 0
Apoyo Programa deNiñezyJuventudes 380.000.000 380.000.000 380.000.000 0,00% 0 JUSTICIA 350.000.000 350.000.000 280.000.000 280.000.000 70.000.000 80,00% 0
Compra CámarasdeSeguridad 350.000.000 350.000.000 280.000.000 280.000.000 70.000.000 80,00% 0
EQUIPAMIENTOMUNICIPAL 470.000.000 470.000.000 470.000.000 0,00% 0
Mantenimiento BienesdeUso Público 470.000.000 470.000.000 470.000.000 0,00% 0
FORTALECIMIENTOINSTITUCIONAL 433.800.000 433.800.000 433.800.000 0,00% 0
Compra SotwaredeFinanzas 433.800.000 433.800.000 607.760.000 0,00% 0
MOVILIDADYTRÁNSITO 303.880.000 303.880.000 303.880.000 0,00% 0 Compra deSemáforos 303.880.000 303.880.000 303.880.000 0,00% 0
INFRAESTRUCTURASERVICIOS PÚBLICOS 1.020.000.000 0 0 0 0 1.020.000.000 1.020.000.000 938.400.000 0 100,00% 81.600.000
Mantenimiento deRedesElectricas 1.020.000.000 1.020.000.000 1.020.000.000 938.400.000 0 100,00% 81.600.000
RESURSOS DE TERCEROS 1.244.120.000 1.244.120.000 995.296.000 995.296.000 248.824.000 80,00% 0 Corponor 900.000.000 900.000.000 720.000.000 720.000.000 180.000.000 80,00% 0 CentrosdeVida 122.000.000 122.000.000 97.600.000 97.600.000 24.400.000 80,00% 0 Bomberos 98.000.000 98.000.000 78.400.000 78.400.000 19.600.000 80,00% 0 FCM- Simit 124.120.000 124.120.000 99.296.000 99.296.000 24.824.000 80,00% 0
TOTAL GASTOS DE INVERSIÓN SOCIAL 50.377.800.000 68.000.000 17.000.000 1.000.000.000 1.000.000.000 50.428.800.000
82,20% 7.202.930.000 MUNICIPIOEL RAPONAJE LIBRODE EJECUCIÓN DE GASTOS DE INVERSIÓN VIGENCIA2022 GASTOISDEINVERSIÓNSOCIAL PRESUPUESTO INICIAL ADICIONES REDUCCIONES CRÉDITOS CONTRACRÉDITOS PRESUPUESTO DEFINITIVO COMPROMISOSU OBLIGACIONES PAGOS SALDOPOR EJECUTAR % DE EJECUCIÓN CUENTASPOR PAGAR
41.453.596.000 34.250.666.000 8.975.204.000
SERVICIOS PERSONALES
MUNICIPIO EL RAPONAJE (4° CATEGORÍA)
PRESUPUESTO DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
2022
Sueldos
Auxilio de Transporte
Horas Extras
Gastos de Representación Indemnización Vacaciones
7.247.482.667 5.147.482.667 4.020.916.667 3.000.000.000 50.000.000 80.000.000 30.000.000 70.000.000 254.166.667 30.500.000 127.083.333 254.166.667 125.000.000 856.566.000 375.000.000 480.000.000 1.566.000 270.000.000
Caja de Compensación familiar 4% 120.000.000 90.000.000 15.000.000 15.000.000 30.000.000 2.100.000.000 2.000.000.000 100.000.000 3.209.079.433 1.500.000.000 1.000.000.000 500.000.000 1.709.079.433 800.000.000 560.000.000 120.000.000 200.000.000 29.079.433 798.637.900 518.637.900 280.000.000 11.255.200.000
0,5%
SERVICIOS PERSONALES DIRECTOS ASOCIADOS A LA NÓMINA APORTES SEGURIDAD SOCIAL
APORTES PARAFISCALES
servicios
Adquisición Materiales y Suminsitros Compra de Equipo de Cómputo ADQUISICIÓN DE SERVICIOS Servicios Públicos SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS Honorarios GASTOS GENERALES ADQUISICIÓN DE BIENES Remuneración Servicios Técnicos "OPS" Combustible y Lubricantes Concejo Personería TOTAL PRESUPUESTO DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO Viáticos y Gastos de Viaje Mantenimiento de Equipos Seguros de Vida Alcalde y Concejales TRANSFERENCIAS CORRIENTES
SENA
ESAP 0,5% MEN (ITI) 1%
Salud 12,5% Pensión 16% ARL 0,0522%
I.C.B.F 3% Cesantías Intereses/cesantías Prima de
(Extralegal) Prima de Navidad vacaciones
Auxilio de Transporte 50.000.000 50.000.000 50.000.000 0,00% 0
Horas Extras 80.000.000 80.000.000 80.000.000 0,00% 0
Gastos de Representación 30.000.000 30.000.000 30.000.000 0,00% 0
Imdenización Vacaciones 70.000.000 70.000.000 70.000.000 0,00% 0
Cesantias 254.166.667 254.166.667 254.166.667 0 0 100,00% 254.166.667 Intereses sobre cesantias 30.500.000 30.500.000 30.500.000 0,00% 0
Primade Servicios 127.083.333 127.083.333 127.083.333 0,00% 0
Primade Navidad 254.166.667 254.166.667 254.166.667 0,00% 0 Vacaciones 125.000.000 125.000.000 125.000.000 0,00% 0
SEGURIDADSOCIAL 856.566.000 0 0 0 0 856.566.000 856.566.000 713.805.000 0 100,00% 142.761.000
Salud 375.000.000 375.000.000 375.000.000 312.500.000 0 100,00% 62.500.000 Pension 480.000.000 480.000.000 480.000.000 400.000.000 0 100,00% 80.000.000 ARL 1.566.000 1.566.000 1.566.000 1.305.000 0 100,00% 261.000
APORTESPARAFISCALES 270.000.000 0 0 0 0 270.000.000 270.000.000 225.000.000 0 100,00% 45.000.000 Cajade compensacion 120.000.000 120.000.000 120.000.000 100.000.000 0 100,00% 20.000.000 ICBF 90.000.000 90.000.000 90.000.000 75.000.000 0 100,00% 15.000.000 SENA 15.000.000 15.000.000 15.000.000 12.500.000 0 100,00% 2.500.000 ESAP 15.000.000 15.000.000 15.000.000 12.500.000 0 100,00% 2.500.000 MEN (ITI) 30.000.000 30.000.000 30.000.000 25.000.000 0 100,00% 5.000.000
0
0
DIRECTOS 5.147.482.667 0 0 0 0 5.147.482.667 4.380.732.667
0 0
SERVICIOSPERSONALES 7.247.482.667
20.000.000
0 7.227.482.667 6.162.732.667 4.686.205.000 1.064.750.000 85,27% 1.476.527.667 SERVICIOSPERSONALES
3.438.805.000 766.750.000 85,10% 941.927.667 ASOCIADOSALANÓMINA 4.020.916.667
0 0 4.020.916.667 3.254.166.667 2.500.000.000 766.750.000 80,93% 754.166.667 Sueldos 3.000.000.000 3.000.000.000 3.000.000.000 2.500.000.000 0 100,00% 500.000.000
SERVICIOSPERSONALES INDIRECTOS
0 20.000.000 0 0
Remuneracion servicios tecnicos
20.000.000
Honorarios
GASTOSGENERALES 3.209.079.433 0 0 12.000.000 12.000.000 3.209.079.433
ADQUISICIÓN DEBIENES 1.500.000.000 0 0 0 0 1.500.000.000
Adquisisción de Materiales y Suministros 1.000.000.000 1.000.000.000 900.000.000 540.000.000 100.000.000 90,00% 360.000.000 CompraEquipo de Cómputo y Muebles y Enseres 500.000.000 500.000.000 500.000.000 450.000.000 0 100,00% 50.000.000 ADQUISICIÓN DESERVICIOS 1.709.079.433 0 0 12.000.000 12.000.000 1.709.079.433 1.017.600.000 1.017.600.000 691.479.433 0 Combustibles y Lubricantes 800.000.000 800.000.000 560.000.000 560.000.000 240.000.000 70,00% 0 Servicios Públicos 560.000.000 12.000.000 572.000.000 457.600.000 457.600.000 114.400.000 80,00% 0 Viáticos y Gastos de Viaje 120.000.000 12.000.000 108.000.000 108.000.000 0,00% 0 Mantenimiento de Equipos 200.000.000 200.000.000 200.000.000 0,00% 0 Seguros de VidaAlcalde y Concejales 29.079.433 29.079.433 29.079.433 0,00% 0 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 798.637.900 0 0 0 0 798.637.900 798.637.900 665.531.583 0 100,00% 133.106.317 Concejo municipal 518.637.900 518.637.900 518.637.900 432.198.250 0 100,00% 86.439.650 Personeriamunicipal 280.000.000 280.000.000 280.000.000 233.333.333 0 100,00% 46.666.667 TOTALGASTOSDE FUNCIONAMIENTO 11.255.200.000 0 20.000.000 12.000.000 12.000.000 11.235.200.000 9.378.970.567 7.359.336.583 1.856.229.433 83,48% 2.019.633.983 MUNICIPIOELRAPONAJE LIBRODEEJECUCIÓN DEGASTOSDEFUNCIONAMIENTO VIGENCIA2022 PRESUPUESTO INICIAL PRESUPUESTO DEFINITIVO GASTOS DE FUNCIONAMIENTO CRÉDITOS CONTRA CRÉDITOS CUENTAS POR PAGAR SALDO POR EJECUTAR % DE EJECUCIÓN ADICIONES REDUCCIONES COMPROMISOS U OBLIGACIONES PAGOS
2.100.000.000
2.080.000.000 1.782.000.000 1.247.400.000 298.000.000 85,67% 534.600.000
2.000.000.000
1.980.000.000 1.782.000.000 1.247.400.000 198.000.000 90,00% 534.600.000
100.000.000 100.000.000 100.000.000 0,00% 0
2.417.600.000 2.007.600.000 791.479.433 75,34% 410.000.000
1.400.000.000 990.000.000 100.000.000 93,33% 410.000.000