Imbabura-Carchi

Imbabura-Carchi
Los Lobos son un grupo delincuencial que se ha fortalecido en los últimos años. 65 personas de esa estructura fueron detenidas en siete provincias. Además, fueron incautadas empresas que estaban a nombre de la esposa de un cabecilla, acribillada la semana pasada. 18 toneladas de droga fueron decomisadas. 6
Emergencia en Sigsipamba: más de dos semanas sin agua y sin soluciones 3
¿Hay conveniencias políticas para mantener al actual CNE? 4
Los beneficios de siempre escribir a mano 9 SOCIEDAD
5.000 funcionarios serán despedidos WEB
matar a un muerto
Elcorreísmo murió hace tiempo. Todos los palos de ciego, todos los desaciertos: la falta de estrategia, la defensa de militantes con enorme rechazo y, ahora, un violador de menores como dirigente y asambleísta, no pueden provocar la muerte de esa organización política. Ya está muerta, y no puede morir otra vez.
• Las torpezas cometidas por el extinto correísmo, han sido interminables. Una tinta que camina, una defensa irracional a militantes con enorme rechazo de la población. Y, la cereza del pastel, un asambleísta violador de una menor, amigo de Correa, exfuncionario de la temida Secretaría Nacional de Inteligencia.
• Luisa González, ha sido muy buena alumna de Correa. Ahora, nadan juntos en una piscina llena de lodo. Ese lodo putrefacto de la política.
• González ha dicho públicamente, que no existe la revolución ciudadana sin Correa. Tiene razón. Ese Correa que permite a cualquier candidato llegar a segunda vuelta pero que, en segunda vuelta, ese mismo Correa, mata a cualquier candidato, y no les permite ganar la Presidencia.
• González ha aprendido los malos modales de Correa, al punto de maltratar a militantes que, ahora, abandonan el correísmo.
• Ahora que el correísmo ha muerto, los militantes abandonan al cadáver y toman su camino. Sálvese quien pueda.
• Las autoridades correístas, en su mayoría asambleístas, empiezan a abandonar al muerto y se acomodan de la mejor manera. Quieren sacar el mejor provecho de su cargo. Es ahora o nunca.
• El correísmo hace política puertas para adentro. No hacen política nueva para la gente. Se encierran en la defensa a Jorge Glas, que tiene un rechazo ciudadano del 85%. Correa, ahora insulta más a los propios que a los extraños. Las enfermedades mentales que le aquejan, ya son incontrolables. Es tan irresponsable, que no va al psiquiatra y, no hay ningún militante que se comida y lo lleve al médico.
• El correísmo se autoeliminó. Sin embargo, las bestialidades que cometen ya no les hacen daño, ya no pueden matarlos, porque ya están muertos. Y un muerto no puede volver a morir.
WELLINGTON TOAPANTA wtoyos@gmail.com
Crisis de empleo
Casi 5 millones de ecuatorianos carecen de empleo directo, consecuencia de las persistentes contradicciones políticas, económicas, en las que unas han bloqueado a otras deteniendo medidas conducentes a
Hay personas que consideran que los debates sobre la libertad están fuera de tiempo por la llegada del internet, la inteligencia artificial y las democracias líquidas que crean la ilusión de que votar más seguido permite un mejor control de la política y lo público, aunque todo ocurre bajo el influjo de granjas de troles o campañas de desinformación.
Sin embargo, no hay mejor momento para debatir sobre la importancia de la libertad que hoy pesa sobre cada aspecto de la vida del ser humano. Y uno de estos es la educación. Ecuador aparece al fondo del recién publicado Índice de Libertad Educativa en América Latina. Comparte el hueco con las dictaduras de Cuba, Venezuela y Nicaragua, porque el sistema educativo ecuatoriano es centralizado, limita la participación de las familias y entorpece
la innovación escolar. Esta revisión apunta a 10 factores que coartan la libertad educativa en el país. El primero habla de visiones ideológicas que se trasladaron a las leyes y la tóxica dependencia del Estado que tiene todo el sector educativo. Esto exige que los burócratas controlen toda la planificación del sistema educativo, bloqueando la influencia de otros sectores sociales que en otros países traen tecnología e innovación
La politización, motivo primordial de esta traba, figura segunda en la lista. Ecuador llegó al punto de contar a sus estudiantes una historia paralela sobre sus gobiernos y gobernantes, destacando obras inexistentes y personajes reñidos con la ley. Además, hay falta de presupuesto y libertad de decisión de los padres con la educación de sus hijos.
El Gobierno debe revisar este revelador índice y diseñar cambios.
impulsar procesos relacionados con desarrollo y bienestar. Son diversos los ejemplos, pero ahora no existen luces claras y se desaprovecha el binomio Ejecutivo-Legislativo para propiciar confianza, dinamia, entornos favorables para inversiones nacionales y extranjeras, solo el contradictorio cese de la Secretaría de Inversiones Público-Privadas, que empezaba rutas similares de sus pares colombiana y chilena. Sucesos de la década de 1950,
de estabilidad política, muestran que el PIB creció al promedio anual del 6,1% entre 1950 y 1954; inició el modelo cepalino de sustitución de importaciones bajo paraguas de las noveles Junta Nacional de Planificación, la Ley de Fomento Industrial , soportes de economía mixta planificada, de unión del Estado con la empresa privada.
La Provincia de El Oro fue eje de inversiones y empleo, destino usual de migrantes nacionales y extranjeros, Machala fue des-
EDUARDO F. NARANJO C.
RICAURTE eduardofnaranjoc@gmail.com
Laconstrucción de leyes es parte de la organización de todo pueblo, siempre fue así, pero la aceptación social de estas exige beneficios colectivos en función del bien común, la norma aprobada en beneficio de “áreas protegidas” esconde en su contexto ciertos trucos.
La Asamblea con la joven representación que tenemos hoy no parece entender el significado de sus acciones y pasan textos camuflados que apuntan a buscar grandes réditos para poderosos intereses, la intención subterránea de esta ley pretende el aprovechamiento de estos territorios hacia dos fuentes de poder, el minero y el turístico. El especialista en aeronáutica Max Naranjo, señala como grave el hecho de autorizar “cabotaje” para naves extranjeras dentro del territorio nacional que según señala viola la “novena libertad del aire”. Lasso dio el primer asalto con Galápagos , territorio al que pueden volar aeronaves de cualquier país con simple autorización, llevando pasajeros de élite a gozar de complejos de alto lujo que instalaron allí y que económicamente poco benefician al país. Similar visión tiene este Gobierno, privatizar áreas protegidas de forma camuflada, la operación consiste en crear grandes y lujosos resorts en medio de la selva a los que solo se llegue por vía aérea y allí pasear turistas por las maravillas del bosque y posiblemente conocer unos cuantos “salvajes”, en tanto los ingresos de estos inversores engrosan sin beneficio para el país, como en ciertas áreas del Litoral.
Las leyes se aprueban con escaso conocimiento y casi siempre sin buena intención, extraños intereses persuaden a los asambleístas a tomar estas decisiones, por esto la necesidad de que para llegar a la Asamblea, en representación de todo un pueblo es necesario tener además de formación sólida firme criterio de Ética. Vivimos tiempos del lujo exótico en oferta para el top mundial, pero el prístino ecosistema que es la fuente de la vida comienza a desaparecer, mucho sigilo hay tras esta ley como debe haber en otras, que en concreto no traen beneficios para todos.
crita como “capital bananera del mundo”, al cabotaje desde Puerto Bolívar a Guayaquil lo desplazó la carretera, el Puente Unidad Nacional completó la integración en 1970.
La evocación muestra que desarrollo y bienestar son posibles con dirigencia política, empresarial y social capaz de mancomunar objetivos de aprovechar riquezas naturales, producción primaria, valor agregado, servicios, obviando sectores contradictorios que solo escalan
exigencias de subsidios, derechos, no salud productiva y humana.
El país tiene medios suficientes para superar crisis de empleo, abandonar estados de pobreza, ofrecer empleo directo a más de 5 millones desempleados en minería, petróleo, industria, agricultura, agroindustria, servicios, turismo; otro bastión es establecer el sistema ferroviario multimodal, para el que están atentos inversionistas locales e internacionales.
Comunidades de la parroquia San Francisco de Sigsipamba, en Pimampiro, provincia de Imbabura, llevan más de dos semanas sin agua potable tras el colapso de sus captaciones, sin que llegue aún la ayuda esperada.
IMBABURA.- La parroquia rural San Francisco de Sigsipamba, en el cantón Pimampiro, en el norte de la provincia de Imbabura, enfrenta una preocupante crisis por la falta de agua potable desde hace varias semanas.
Las fuertes lluvias en la región, registradas hasta julio de 2025, provocaron el colapso de las dos principales fuentes de captación de agua que abastecían a las comunidades, dejando a cientos de familias sin acceso a agua tratada ni al sistema habitual de distribución.
Selso Chafuelán, exconcejal de Pimampiro y representante comunitario de Sigsipamba, explicó que las captaciones en el río y en una quebrada fueron destruidas por deslizamientos de tierra.
Añadió que cerca de 300 metros de la red de tuberías resultaron dañados, lo que obligó a las familias a buscar agua en pequeñas vertientes que no cuentan con ningún tipo de tratamiento.
“En este caso estamos consumiendo el agua de pequeñas vertientes, sin ningún tipo de tratamiento, que tienen una mínima cantidad de agua”, expuso Chafuelán ante medios locales.
La planta de tratamiento existente tampoco funciona debido a la falta de materiales necesarios, como tuberías, mangueras y válvulas, lo que agrava aún más la situación.
Aunque el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) del cantón Pimampiro declaró en emergencia a esta parroquia y a la vecina Chugá desde mediados de julio, cuando la situación se desbordó, los recursos e insumos no han llegado, mientras ciertos servicios básicos siguen sin reponerse.
Comunidades aisladas
El problema del agua no es el único que enfrentan estas comunidades, ya que la intensidad de las lluvias también afectó la infraestructura vial,
SITUACIÓN. Varias comunidades continúan sin agua potable y aisladas por la pérdida total de las vías de acceso.
dejando incomunicadas a varias zonas.
Comuneros de Sigsipamba refirieron que en el sector de río Verde, el puente colgante de 80 metros fue arrasado, mientras que en la zona de San Miguel se perdieron otros dos puentes de 60 y 70 metros, dejando aisladas a localidades como El Carmelo, La Floresta y San Vicente.
Afirman que la situación dificulta el ingreso de alimentos, medicinas, materiales de construcción o cualquier tipo de ayuda, donde tampoco pueden salir los productos agrícolas, lo que afecta directamente la economía de las familias campesinas.
Estos recientes deslaves también dejaron sin electricidad durante varios días a comunidades como San Isidro, La Floresta y San Vicente. En su momento, equipos técnicos de Emelnorte intentaron llegar a las zonas afectadas para repa-
El alcalde de Pimampiro, Óscar Narváez, también ha expresado públicamente su preocupación por la situación en Sigsipamba, mencionando que “prácticamente está en graves problemas esta parroquia”. Sin embargo, resaltó que en ciertos casos el manejo del agua potable está a cargo de juntas comunitarias, donde la competencia no la tiene directamente la Municipalidad.
Urge atención estatal
Pese a la declaratoria de emergencia y los compromisos institucionales, toda la ayuda necesaria para recuperar todos los servicios básicos y las vías no ha llegado, según los moradores de Sigsipamba.
Exponen que tampoco se han implementado soluciones provisionales para dotar a la población de agua segura, lo que pone en riesgo la salud de los habitantes, entre ellos niños, adultos mayores y personas con enfermedades crónicas.
Desde dirigentes parroquiales se subraya que la situación rebasó la capacidad local de respuesta, aunque reconocen el esfuerzo de los equipos municipales y la coordinación del COE Cantonal, advirtiendo que sin intervención del nivel provincial o nacional, las soluciones seguirán postergadas.
rar los daños, pero el colapso de vías retrasó los trabajos. Desde gobiernos locales, como el Municipio de Pimampiro y la Prefectura, informaron que se desplegaron varios frentes de trabajo con maquinaria pesada para intentar rehabilitar caminos y despejar los accesos a las zonas más críticas.
Aparte de las vías y el agua, también hay reportes de viviendas dañadas, canales de riego y cultivos destruidos, así como de familias que requieren albergue y asistencia humanitaria.
Según testimonios recogidos por autoridades locales, la magnitud del temporal no tiene precedentes recientes. “Las personas mayores dicen que hace 50 años ha ocurrido esto, pero que no ha sido tan intenso como es hoy”, relató Rober Bonilla, presidente del Gobierno Parroquial de Sigsipamba, tras la declaratoria de emergencia en su parroquia.
es una decisión que se toma básicamente para movilizar los recursos locales públicos propios que tiene el Cabildo.
“Se activó el COE Cantonal, tras la declaratoria de emergencia parroquial, pero no puedo declarar en emergencia al cantón porque no hay los recursos que asigna el Estado. A nosotros nos deben desde noviembre de 2023. Hasta ahora no nos han transferido ni mayo, ni junio y ya estamos acabando julio. Entonces cuál es el sentido de declarar en emergencia si no se puede movilizar recursos”, comentó en medios locales.
Según dijo, se reunió la semana pasada con el reciente posesionado gobernador de Imbabura, para canalizar ayuda desde el Gobierno Nacional, sin embargo mencionó que hasta el jueves 24 de julio de 2025 no ha tenido respuesta.
El alcalde Narváez también ha resaltado que no se cuenta con los medios necesarios para emitir una declaratoria de emergencia cantonal, que
Quito, D. M., 24 de Julio 2025
“Yo me reuní con el gobernador desde que se posesionó. Tuvimos la oportunidad de conversar y se le entregó un oficio pidiéndole el apoyo de parte del Gobierno Central. Estamos a la espera de una respuesta. Ya estamos en jueves, quedaron en comunicarse con nosotros lunes o martes para tener algún resultado. Sin embargo, vemos que entidades estatales como el MIES, el Miduvi, Secretaría de Riesgos, están pendientes y apoyando algunas cosas en Pimampiro, aunque no en la medida que el COE Cantonal necesita”, apuntó. (FV)
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AUTORIDADES. La Comisión ciudadana de selección para la renovación parcial del CNE sesionó en Quito este 24 de julio de 2025. (Foto Cpccs)
Medardo Oleas, expresidente del TSE, presume que el Cpccs tiene una agenda política para mantener al CNE y al TCE en funciones prorrogadas. Según un cronograma aprobado por la comisión de selección, la designación se proyecta para diciembre de 2025.
En un nuevo intento por avanzar en el proceso para la renovación parcial del Consejo Nacional Electoral (CNE), cuyas autoridades concluyeron su periodo el 20 de noviembre de 2024 y que se encuentran en funciones prorrogadas, la comisión ciudadana de selección encargada de elegir a las nuevas autoridades exigió, el 24 de julio de 2025, al Pleno del Cpccs apoyo para reactivar el proceso. El concurso está detenido desde hace casi dos años. La comisión de selección
Medardo Oleas presume que en el Cpccs hay una agenda política
° Medardo Oleas, expresidente del desaparecido Tribunal Supremo Electoral (TSE), cuestionó el lento accionar del Cpccs y advirtió que el organismo ha incumplido el mandato constitucional de organizar concursos.
“El Cpccs no puede obstaculizar ni impedir el trabajo de los comisionados de selección que pide al Pleno un poco de recursos para que fluyan los procedimientos; me imagino que es un presupuesto mínimo”, sostuvo. Oleas presume que los vocales del Cpccs tienen una agenda política para mantener al Consejo Nacional Electoral y al Tribunal Contencioso Electoral (TCE) en funciones prorrogadas, “que son afines o son muy útiles para quienes detentan el poder hasta la presente fecha”.
Insistió que se trata de una actitud “abiertamente inconstitucional” y se estarían prestando al juego para evitar la renovación de los organismos electorales.
“El CNE es muy útil para los fines que podría estar persiguiendo el Gobierno actual, así como el correísmo a quienes ni siquiera les exigen que presenten cuentas de los gastos del último proceso electoral”, agregó.
Recordó que, incluso la Procuraduría General
del Estado (PGE) emitió un dictamen en el que señaló que no tenía carácter de intromisión a los procesos electorales que organice el CNE, con el avance del proceso de renovación parcial. Oleas anticipó que un grupo de ciudadanos, agrupados en la Corporación Participación Ciudadana (CPC) y la Comisión Anticorrupción, se reunirán en las próximas horas para realizar un “reclamo y una denuncia pública” contra el accionar del Cpccs, que le está pasando una factura “muy cara al Ecuador”, añadió. “Por no querer entregar recursos a los comisionados de selección, el concurso está detenido; esta es una actitud negligente e irresponsable”, acotó. “No podemos permitir que se mantenga un CNE útil a ciertos grupos políticos”, subrayó Oleas, tras acotar que la ciudadanía debe conocer que se obstaculizan los concursos de renovación.
Para Simón Jaramillo, vicepresidente de la Corporación Participación Ciudadana (CPC), el Cpccs ha sido “absolutamente ineficiente en la forma y en el fondo”. Primero, porque todos los procesos están atrasados, y segundo, porque muchas de las autoridades de control designadas demostraron no estar a la altura de los nombramientos.
Jaramillo mencionó el caso del excontralor Carlos Pólit, actualmente preso en Estados Unidos, y dos exfiscales que fueron funcionarios de gobiernos pasados.
ró que esto depende del apoyo del Pleno del Cpccs para ponerlo en práctica:
1.Conformación de equipo de seguridad informática (17 de julio al 24 de julio de 2025).
2. Sorteo de siete catedráticos en una sesión pública con la presencia de un notario. Los docentes elaborarán el banco de preguntas para los exámenes que deberán rendir los postulantes (28 de julio al 1 de agosto).
3. Elaboración del examen escrito con 60 preguntas en un plazo de cinco días por parte de los catedráticos (4 de agosto de 2025).
4. Los catedráticos deberán notificar de la elaboración de las preguntas a la comisión de selección (15 de agosto de 2025).
5. La comisión deberá realizar la convocatoria para la realización del examen escrito (4 de agosto al 8 de agosto).
6. Rendición del examen escrito de los postulantes admitidos (18 de agosto al 22 de agosto de 2025).
pide al Pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) que designe un notario público que dé fe de los actos administrativos, como el de escoger por sorteo público a los siete catedráticos universitarios que elaborarán el cuestionario para el examen escrito y los casos prácticos para la evaluación de los 165 concursantes inscritos desde 2023.
Nuevo cronograma
La comisión de selección aprobó el 24 de julio un nuevo cronograma del concurso con fechas estimadas, pero el presidente de esta instancia, Jhon Silva, acla-
7. La comisión publicará los resultados del examen (25 al 29 de agosto). La solicitud de recalificación (del 1 al 5 de septiembre).
8. Los resultados de la calificación (15 y 19 de septiembre).
9. Examen práctico (25 de agosto y 12 de septiembre) y la publicación de resultados (19 septiembre).
10 Escrutinio público e impugnación ciudadana (22 y 26 de septiembre de 2025).
11 Designación de nuevos vocales principales y suplentes del CNE que le corresponde al pleno del Cpccs (entre el 8 y 12 de diciembre de 2025). (SC)
NOTARIA OCTAVA DEL CANTÓN AMBATO EXTRACTO
NOTARIA OCTAVA DEL CANTÓN AMBATO Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública de liquidación de la sociedad conyugal efectuad el día martes veintidós de julio del año dos mil veinticinco, otorgada ante el Doctor Ángel AugustO Palacios Cabrera, Notario Octavo de este cantón Ambato, los señores EX cónyuges FRANCISCO GABRIEL CONTRERAS PÉREZ y MARÍA GRACIA BAQUERO VALLADARES procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal la misma que fuera terminada por sentencia de Divorcio emitida por la Unidad Judicial de Familia, Mujen, Niñez y Adolescencia de Ambato, dentro del juicio N° 18202-2021-03125, debidamente marginada en la Dirección General del Registro Civil, Identificación y Cedulación el 10 de mayo de 2022, conforme aparece de la Razón Marginada en el Acta de Matrimonio.- Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Artículo dieciocho numeral veinte y tres, en donde facultan al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los EX cónyuges FRANCISCO GABRIEL CONTRERAS PÉREZ y MARÍA GRACIA BAQUERO VALLADARES.- Para que en el término de veinte (20) días a contarse desde la publicación de este extracto, las personas que eventualmente tavieren interés en esta liquidación puedan presentar oposición fundamentada, dentro de referido término
Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes
Aashata, 22 de julio del 2025
Ecuador ocupa el puesto 16 de 20 en el nuevo Índice de Libertad Educativa en América Latina. La educación en el país está muy centralizada en el Estado, con escasa participación de familias y actores no estatales. Eso genera una doble carga económica para quienes buscan mejores alternativas escolares.
Ecuador ocupa el puesto 16 de 20 en el nuevo Índice de Libertad Educativa en América Latina: un sistema altamente centralizado que restringe la participación de las familias y limita la innovación escolar.
El reciente Índice de Libertad Educativa en América Latina —elaborado por la Fundación Libertad y Progreso con apoyo de la Templeton Foundation— reveló una fuerte concentración del poder educativo en el Estado ecuatoriano. Con un puntaje de apenas 0,286, Ecuador se ubica entre los cinco países con menor libertad educativa en la región, superando solo a Venezuela, Cuba, Bolivia y Nicaragua . El informe analiza la capacidad de decisión de familias, instituciones y actores no estatales, y concluye que la autonomía educativa en el país está gravemente limitada.
El costo de no poder elegir En Ecuador, el 74,3% de los estudiantes asiste a instituciones fiscales. Solo el 18,7% se matricula en centros privados , y una proporción aún menor accede a escuelas fiscomisionales —establecimientos privados sin fines de lucro, regulados y parcialmente financiados por el Estado.
Pero lo más relevante no es solo cuántos van a cada tipo de escuela, sino quién decide sobre el uso de los recursos públicos . En países como Chile o Panamá, los padres eligen a qué escuela destinar los subsidios mediante vouchers. En Ecuador, el gasto lo decide el Estado, lo que limita la capacidad de las familias para optar por alternativas que se ajusten mejor a sus valores, necesidades y contextos.
Según el índice, los países con mejores resultados tien-
den a diversificar la oferta educativa y asignar el presupuesto con base en las elecciones de los padres. Esto genera competencia, eleva la calidad y reduce la desigualdad. En cambio, en Ecuador, los padres que desean acceder a opciones más flexibles deben asumir el costo completo de la educación privada, sin ningún tipo de subsidio directo o deducción fiscal, lo que genera una doble carga económica: pagan impuestos que financian un sistema que no les ofrece alternativas, y además deben cubrir las pensiones escolares de sus hijos.
Costo directo para las familias
En instituciones privadas de Ecuador, la matrícula y pensión básica puede rondar entre $600 y $2,300 por hijo al mes, dependiendo de la institución.
A esto se suman otros gastos: transporte ($60 al mes), alimentación o comedor ( $50 al mes), uniformes ($200 anual), útiles escolares ($ 250 anual) y actividades extracurriculares ($50 al mes). En total, por un hijo en escuela privada de nivel in-
termedio, el gasto anual suele acercarse a US $5,400 o más.
Trabas regulatorias
El informe identifica trabas regulatorias que desalientan la innovación. Abrir una escuela privada puede tardar entre 30 y 120 días, una demora que desincentiva la creación de nuevas instituciones. Además, el currículo obligatorio cubre el 80 % del contenido, dejando solo un 20% para la autonomía institucional, incluso en planteles privados.
La zonificación escolar también impide la libertad de elección. Aunque existen formularios para expresar preferencias, los cupos se asignan principalmente en función del lugar de residencia. Esto significa que las familias con menores ingresos, que viven en zonas con escuelas de bajo desempeño, tienen menos posibilidad de buscar mejores opciones educativas.
Oportunidades desiguales
Estudios de desarrollo han demostrado que los sistemas educativos más abiertos y flexibles generan mayores
el 18,7% de estudiantes accede a educación privada.
5. Currículo rígido : Las escuelas privadas deben aplicar al menos el 80 % del currículo oficial.
6. Sin subsidios a la demanda: Las familias que optan por otra educación deben financiarla completamente.
7. Modelo fiscomisional regulado : Aunque reciben financiamiento parcial, están sujetas a estricta regulación estatal.
8. Homeschooling difícil de aplicar: Exige alineación curricular y control estatal.
9. Zonificación restrictiva: Los cupos se asignan según el lugar de residencia, reduciendo la elección.
10. Desigualdad en el gasto: Solo el 0,47% del presupuesto fue destinado a planteles fiscomisionales en 2023.
oportunidades laborales
Un año adicional de educación de calidad puede aumentar los ingresos laborales en hasta un 25 %, y mejorar en más de 9 puntos porcentuales la probabilidad de ingresar a la universidad
A lo largo de la vida, esto se traduce en ingresos acumulados hasta un 200% mayores. Además, estudiantes formados en entornos rígidos y desactualizados tienen menos probabilidades de acceder a becas competitivas o a universidades de alto nivel, lo que profundiza la desigualdad de oportunidades.
Diez hallazgos clave del índice en Ecuador
1. Alta dependencia del Estado: La planificación y control del sistema educativo está totalmente centralizado.
2. Politización : Cada Gobierno impone su propia visión educativa, lo que afecta la sostenibilidad de políticas.
3. Restricciones a escuelas privadas: Trámites para abrir centros educativos toman de 30 a 120 días.
4. Cobertura desigual: Solo
Lo que revela el índice: libertad educativa es más que abrir escuelas El Índice de Libertad Educativa se compone de dos dimensiones principales: Libertad para aprender (demanda): mide si las familias pueden elegir cómo y dónde educar a sus hijos. Incluye indicadores como vouchers, equidad en el gasto entre educación pública y privada, y facilidad para educar en casa.
Libertad para enseñar (oferta): analiza si los educadores y escuelas pueden definir métodos, contenidos, contratar libremente y operar con autonomía legal y financiera.
Ambas dimensiones tienen el mismo peso en el puntaje final. En Ecuador, los obstáculos en ambas áreas explican su posición rezagada. Tatiana Macías Muentes, investigadora del índice en Ecuador y docente de la Universidad San Francisco de Quito , sostiene que “medir estos elementos nos permite entender mejor la evolución de la gobernanza educativa y abrir espacios para modelos más centrados en el bienestar de estudiantes y docentes”. (JS)
OPERATIVOS. Imágenes compartidas por la Policía Nacional contra los Lobos, el 24 de julio de 2025.
Con 65 detenidos del grupo delictivo los Lobos y una afectación económica por más de $10 millones, el Gobierno golpeó a la más peligrosa banda narcocriminal. Se revelaron empresas fachada usadas por este grupo, cuyo líder habría fingido su muerte.
“Antes fueron los Choneros, hoy son los Lobos”, dijo Jhon Reimberg, ministro del Interior, al detallar el operativo con el que golpearon a la estructura narcocriminal liderada por un hombre cuya muerte es un misterio.
El 24 de julio de 2025, el Gobierno dio uno de los golpes más fuertes que han re-
cibido los Lobos. La Policía Nacional y la Fiscalía ejecutaron operativos en siete provincias del Ecuador (ver el dato), que dejaron como resultado 65 detenidos de ese grupo delictivo y una afectación económica: 27 inmuebles fueron allanados con fines de incautación y extinción de dominio en Manabí y
Alias Pipo habría fingido su muerte y da órdenes desde Europa
° La ficción se queda corta frente a lo que sucede con las estructuras criminales de Ecuador. Los chats del caso Purga confirmaron los rumores, Wilmer Chavarría, alias Pipo, líder de los Lobos no está muerto. Habría fingido su muerte gracias a Leandro Norero
Todo ocurrió en 2020, Pipo estaba encarcelado (desde 2017) en la cárcel de Turi, en Cuenca, desde ahí – como hacen otros capos– daba órdenes, apoyado por su financista, Leandro Norero (+), que para ese entonces también había fingido su muerte. Se dijo que Chavarría fue uno de los 34 presos asesinados en la cárcel de Turi, en la masacre del 23 de febrero de 2021. También se señaló que en un traslado carcelario alias Pipo fue asesinado y también que en una finca los Choneros lo mataron. Pero nada se ha comprobado, pues el cuerpo de Pipo nunca fue encontrado. Desde entonces se supo que con papeles falsos y cirugías plásticas viajó a Europa, específicamente a Turquía. Así lo relata Mayra
Santa Elena, con un avalúo aproximado de más de $10 millones.
Empresas fachada
Según Reimberg, se detectaron $13 millones en movimientos financieros identificados en cuatro empresas fachada en Manta, Sucre, Jaramijó y Montecristi.
Salazar, sentenciada por Metástasis. Desde allá –según los chats– Pipo sigue dando órdenes a la estructura criminal que en Ecuador, según informes policiales, está liderada por alias Esteban, el hijo de la pareja de alias Pipo. Mató a quien lo ayudó a escapar: Leandro Norero (+) era financista de los Lobos, pero no era el líder de la organización; por eso tenía facilidad de negociar con otros grupos, incluso con los Choneros, que son los principales enemigos. En los chats del caso Purga, Mayra Salazar confirma que Norero fue asesinado en la cárcel de Cotopaxi. Lo hace en una conversación del 20 de octubre de 2023 –dos semanas después de que el llamado Patrón– fuera dado por muerto. Salazar chateaba con Fg73, usuario al que la Fiscalía no ha dado un nombre todavía. Durante los mensajes, Fg73 pregunta quién “tiene llegada con el líder de los Lobos” y Salazar le dice que es el líder alias Pipo quien mandó a matar a Norero. Tal como se había relatado en versiones extraoficiales, el asesinato de Norero se dio por una emboscada. “Pipo manda a un man a hacerse ‘amigo’ de Norero”, relata Salazar quien, en los chats de Metástasis, fue identificada como una de las parejas sentimentales de Norero.
La empresa fachada ‘Pezymar’ fue creada por Génesis Mendoza, esposa de Leonardo Briones, alias Chiquito o Mexicano, quien es uno de los principales líderes de los Lobos en Manta. Ambos fueron asesinados, dentro de un carro blindado, el 16 de julio de 2025, en Manta.
La empresa fue creada el 15 de julio de 2021 y en 2023 realizó un traspaso “a un testaferro para que mueva el dinero desde esta empresa fachada”, indica el Ministerio del Interior.
Este es un duro golpe a las estructuras criminales del país, antes fueron los Choneros, hoy son los Lobos”
JHON REIMBERG, MINISTRO DEL INTERIOR.
Las provincias donde se realizó el operativo contra los Lobos son: Imbabura, Napo, Chimborazo, Tungurahua, Pichincha, Guayas, Manabí.
Según la cartera de Estado, los resultados de estas operaciones desencadenarán otros procesos, posiblemente por lavado de activos, similares a Blanqueo Fito y Blanqueo JR. (DLH)
Dos grupos criminales en Los Ríos evolucionan para evadir los controles, pero los militares también cambiaron su estrategia. Conozca más.
La Primera División del Ejército (I-DE) tiene bajo su jurisdicción la seguridad y lucha contra el crimen organizado en Pichincha, Cotopaxi, Tungurahua, Chimborazo, Bolívar, Los Ríos, Santo Domingo de los Tsáchilas y el cantón Quinindé en Esmeraldas.
Para ese control están desplegados militares que pertenecen a la Brigada de la Caballería Blindada N. 11 Galápagos y de la Novena Brigada de Fuerzas Especiales ‘Patria’
Los Ríos es la provincia donde se desarrolla mayor actividad de dos Grupos de Delincuencia Organizada (GDO), por lo que los uniformados realizan acciones directas como: reconocimiento ofensivo, operaciones de control sobre armas y explosivos, y operaciones de apoyo a las instituciones del Estado, según informa una fuente militar.
Las actividades que realizan los GDO con mayor intensidad en la provincia son: narcotráfico, extorsiones, secuestros, microtráfico, tráfico de armas, municiones y explosivos
Situación en Los Ríos
Los Ríos tiene un alto índice de problemas delincuenciales, se-
Resultados
Detalle
Armas de fuego
Armas traumáticas
Munición
Alimentadoras
Armas blancas
Sustancias
gún la I-DE.
“El problema principal ahí es la lucha entre los GDO. Ahí existen dos muy conocidos que son los Choneros (cuyo líder Adolfo Macías Villamar, alias Fito, fue extraditado a EE.UU.) y el otro grupo que son los Lobos (supuestamente liderado por alias Pipo)”, comenta una fuente militar.
Explica que los principales problemas surgen porque estos dos GDO se disputan el territorio para realizar sus actividades, principalmente el narcotráfico. Ambos tienen sus sicarios: Los Choneros tienen su brazo armado denominado AK-47, mientras que los Lobos tienen a Los Purros
Los dos GDO, a su vez, tienen células pequeñas que realizan sus delitos de acuerdo a sectores que, por su presencia, se tornan conflictivos por el alto nivel de delincuencia. Por ejemplo, los siguientes cantones: Vinces, Pueblo Viejo, Mocache, Babahoyo, tienen lugares “complicados” como México Lindo, Colombia Chiquito, Urdaneta, Montalvo, San Juan, La Clementina, La Unión
En Babahoyo, los GDO operan sobre todo en la parte rural,
que resulta más conflictiva. Así también se ha identificado sus “guaridas”.
Igualmente, en la provincia hay objetivos de alto y medio valor, a quienes se busca capturar. Por ejemplo, los de medio valor son “cabecillas” que tienen grupos de delincuentes trabajando a su favor y otros que actúan como guardaespaldas. También hay un grupo reducido de los Fatales, visto como aliado de los Choneros.
Por otro lado, en las vías los criminales vacunan (extorsionan) durante las noches y madrugadas a los vehículos, sobre todo de empresas públicas, y disparan para amedrentar y exigir el pago. Por ejemplo, en Quevedo. Las extorsiones van desde $100 a $200 en el sector rural cuando se trata de tiendas o negocios pequeños, pero si son plantaciones cacaoteras o bananeras el monto que exigen es más alto.
La respuesta del Ejército “Antes los delincuentes huían, ahora los delincuentes nos están enfrentando, peor aún, nos están esperando”, indica la fuente militar. Los criminales
CONTROL. Operaciones militares realizadas en Babahoyo (Los Ríos), a inicios de julio de 2025. (Primera División del Ejército).
mutan o se “congelan” durante algunos días cuando se dan cuenta que los rastrean. También cambian de identidad y utilizan “radares”, personas que les avisan cuando hay presencia militar. Por eso, los uniformados también cambian sus estrategias y refuerzan sus capacidades. Una de las medidas es realizar un trabajo coordinado y actuar con un grupo grande de personal.
Realizan operaciones a cualquier hora. Se mueven por vías estratégicas previa información que Inteligencia ha levantado sobre focos delictivos y redes de delincuentes.
Por temor, “los pobladores no informan que están siendo extorsionados”, y no denuncian. La clave está en la coordinación con las autoridades locales, la Dirección Nacional de Delitos contra la Vida, Muertes Violentas, Desapariciones, Extorsión y Secuestros (Dinased) y la Policía Judicial. También emplean fuentes de información humanas de confianza y el Plan de Recompensas 131
Se necesita actuar con contundencia, en el sentido de emplear toda la metodología, técnicas, tecnología (drones y vehículos multipropósito para disuasión e ingreso a lu-
gares de difícil acceso) y personal preparado para enfrentar las amenazas y neutralizarlas, indica la fuente. Así se efectúan por ejemplo los operativos de Control de Armas, Municiones y Explosivos (Camex) Los militares cuentan con asesoramiento legal y equipamiento tecnológico que les permite filmar las operaciones como evidencia. Siguen normas de comportamiento para actuar en los Camex cuando se identifica que hay presencia de niños, mujeres o adultos mayores. Y siguen reglas de enfrentamiento cuando los criminales están armados y atacan, de acuerdo con la Ley del uso Progresivo de la Fuerza
El 16 de julio de 2025, el presidente de la República, Daniel Noboa, emitió el decreto para reconocer la persistencia de un conflicto armado interno en Ecuador. Eso ayuda para actuar en los territorios, según la fuente militar, pero el 10 de julio se terminó el estado de excepción en la provincia, ya no hay toque de queda y ahora se requieren órdenes judiciales para realizar allanamientos (KSQ)
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CLUB DEPORTIVO ESPECIALIZADO FORMATIVO COSMOS
CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL DE ELECCIÓN
De conformidad a lo establecido en el Estatuto vigente del Club Art. 20 y 21 se convoca a:
ASAMBLEA GENERAL DE ELECCIONES
Que se efectuara el día martes 12 de agosto del 2025, a las 19H00, en la sede del club, ubicada en la calle Ramón Ulloa, para tratar el siguiente Orden del Día:
1. Constatación del Quórum
2. Instalación de la Asamblea
3. Elección del Directorio del Club Deportivo Especializado Formativo Cosmos
4. Clausura.
Vehículo
FUENTE: Primera División del Ejército de Ecuador.
El quórum de instalación de la Asamblea es la mitad más uno de los socios del club, en caso de no haber quórum, se procederá a realizar una segunda convocatoria y se podrá sesionar con el número de asistentes presentes al momento.
Lcdo. Oscar Espín Ledesma
Lcdo. Rafael Estévez PRESIDENTE SECRETARIO
Echeandía, 25 de julio de 2025
El 16 de agosto se eligen los directorios provinciales de la Casa de la Cultura Ecuatoriana. Con eso se activa el proceso para escoger al nuevo presidente nacional de la institución. Seis candidatos buscan liderar la casa matriz.
Juan Antonio Merino Jaramillo
(Lista 1: Renacer Cultural)
Fue secretario general de la CCE y ha dirigido en dos ocasiones el núcleo de Morona Santiago. Es licenciado en Lengua y Literatura por la Universidad Técnica Particular de Loja y por la Escuela Politécnica Nacional.
Cada cuatro años, la Casa de la Cultura
Ecuatoriana (CCE) activa un proceso democrático para elegir a sus autoridades provinciales y a su presidente nacional. Este procedimiento está regulado por la Ley Orgánica de Cultura, el Reglamento Interno de la CCE y las resoluciones del Consejo de Cultura. La primera fase de este 2025 comienza el 16 de agosto con la elección de los directorios de los 24 núcleos provinciales. Cada uno está conformado por un director o directora y cuatro vocales. Dichas autoridades son elegidas por votación directa y secreta entre las personas que constan en los padrones electorales provinciales, integrados por miembros activos del Registro Único de Artistas y Gestores Culturales (RUAC) y socios de la Casa de la Cultura.
La cantidad de votantes varía por provincia. Por ejemplo, Pichincha cuenta con cerca de 2.000 votantes habilitados, mientras que otras provincias manejan padrones que oscilan entre 400 y 1.000 personas. En promedio, se estima que
Carlos Fidel Intriago Zambrano (Lista 2)
Actual director del núcleo de Manabí. Ha estado al frente de esta provincia durante dos periodos consecutivos. Su candidatura se apoya en su experiencia institucional en la región costa.
Walter Patricio
Morales Puruncaja
(Lista 5: Cultura en Acción) Sociólogo y magíster en Estudios de la Cultura. Es director del colectivo Libertad Andina, desde donde impulsa la gestión cultural con enfoque andino y comunitario. Trabajó como asesor del Ministerio de Cultura en 2008 en el régimen de Rafael Correa También ha asesorado a organizaciones de pueblos y nacionalidades.
Amapola Naranjo (Lista 3) Socióloga, exasambleísta por la Revolución Ciudadana (2017–2021) y magíster en Gobierno de la Ciudad. Es autora de investigaciones sobre música tradicional ecuatoriana y patrimonio cultural.
Fernando Rafael Cerón Córdova (Lista 6: Casa Común) Es el actual presidente de la Casa de la Cultura, sociólogo y activista cultural. En su gestión ha promovido la descentralización, la profesionalización artística y la inclusión de diversidades. También ha denunciado irregularidades en la administración institucional.
Santiago Buitrón (Lista 4)
Gestor cultural independiente con formación en patrimonio y educación. Ha sido docente, consultor en políticas culturales y director zonal en el Instituto de Fomento de las Artes. En su hoja de vida constan cargos en la Secretaría de Cultura y la CCE, además de haber coordinado congresos sobre patrimonio comunitario.
entre 200 y 400 personas participan por núcleo. Una vez elegidos, los 24 directores provinciales se integran a la Junta Plenaria, órgano encargado de elegir al presidente nacional de la CCE. Esta votación está prevista para el 3 de septiembre y se realiza mediante voto ponderado, es decir, cada núcleo emite un voto institucional. A estos se suman el voto de la sede nacional, realizado por el presidente subrogante y el del delegado del Ministerio de Cultura y Patrimonio
Las candidaturas
El proceso electoral 2025 movilizó a más de 80 candidatos en todo el país. Cada núcleo provincial puede tener entre dos y seis postulaciones. Sin embargo, a nivel nacional, el foco está puesto en seis personas oficialmente inscritas para dirigir la sede central de la Casa de la Cultura.
La elección del nuevo presidente de la CCE no solo definirá el rumbo institucional para los próximos cuatro años, sino también el modelo de política cultural que marcará las relaciones entre el Estado, los artistas y la ciudadanía. (EC)
En plena era digital, rodeados de dispositivos electrónicos con pantallas táctiles y asistentes de voz, la escritura a mano ha quedado relegada a un segundo plano. Sin embargo, esta última cumple un papel fundamental en el desarrollo cognitivo y motor. ¿Cuáles son sus ventajas?
La tecnología , una herramienta presente en nuestro día a día, nos ha alejado de una actividad convencional que nos enseñan desde la infancia: la escritura a mano . Escribir a mano no solo ayuda al cerebro a procesar la información , sino que también fomenta su retención y ayuda a la memoria
El hecho de usar un teclado en las computadoras, o una pantalla táctil en teléfonos móviles o tablets, ha transformado por completo la forma en que conservamos la información, la manera en que usamos el lenguaje e incluso en el funcionamiento de nuestra capacidad motora. Esto se aplica en la rutina diaria, en el estudio y en el trabajo.
Al escribir a mano se activan muchas áreas de la corteza cerebral. Así lo explica Aglae Duplat, neuróloga clínica, docente de la UIDE y médico asocia-
do del Hospital Metropolitano. Para empezar está la corteza motora , que es la encargada de dar al cuerpo la orden de escribir; le sigue la corteza premotora, que es la que planifica lo que la persona va a escribir. A esto se le suma el área del lenguaje, que maneja las palabras y la forma en que se escriben. La parte visual también es fundamental. Aquí, el cerebelo se encarga de ajustar el movimiento y su precisión. Y, finalmente, el hipocampo , que activa la parte de la memoria
Teclear vs. escribir
La especialista explica que al teclear, “desde el punto de vista motor, todas las letras son iguales”. Esto está relacionado con la habilidad cognitivo-motora compleja. A diferencia de agarrar un lápiz, que puede tener distinto tamaño o grosor, aplastar una tecla no involucra la misma parte motora
ni sensitiva, e incluso la postura de la mano es distinta.
A nivel de retención de información, Duplat indica que quienes escriben a mano recuerdan más el contenido, por ejemplo, de una clase. Esto se evidencia claramente en que el uso de un teclado está más relacionado a la transcripción de la información, más no a una comprensión de la misma. Para realizar apuntes a mano, el individuo debe primero seleccionar lo que va a escribir dentro de toda la información que recibe, sintetizarlo y luego reformularlo. “No existe el razonamiento de ¿qué dijo? o ¿qué es lo más importante?”, señala.
De igual manera, a nivel visual, el cerebro recuerda con mayor facilidad la ubicación de los datos en una página escrita a mano. Esto se debe a la relación ojomano, que tiene que ver con la adaptación del espacio en una hoja, el tamaño de la letra, etc., que es el trabajo que una computadora realiza automáticamente.
Evocar o traer a la memoria una frase con letra más grande, resaltada o con un orden específico resulta más sencillo en comparación a
un texto uniforme. “Incluso leer los textos escritos a mano mejora aún más la comprensión lectora por el nivel de anclaje a nivel visoespacial”, señala Duplat.
La escritura a mano en la infancia Durante los primeros años, la escritura a mano es fundamental para que un niño pueda desarrollar la motricidad fina, que es importante no solo para la escritura, sino también para un sinnúmero de tareas escolares y de su vida diaria. El aprendizaje de una palabra nueva involucra la conexión de un símbolo con información visual, auditiva y motora. La especialista explica que aprender a escribir a mano permite que, desde una temprana edad, el niño tenga un mejor control emocional, una mejor fluidez verbal al comunicarse, mejor ortografía, mejor comprensión lectora y un refuerzo de la conciencia fonológica, que es aquella que permite la asociación de
la forma de las palabras con los sonidos.
¿Cómo volver a esta actividad convencional?’
A pesar de que en muchos sentidos el uso de la tecnología puede verse como una obligación en el ritmo de vida actual, Duplat recomienda asociar la escritura a mano con una actividad relajante para que poco a poco se convierta en un hábito y pueda practicarse como mínimo una o dos veces a la semana. (CPL)
Escribir a mano ofrece ventajas cognitivas y motoras que la tecnología no puede reemplazar. (Foto referencial)
Un tribunal de apelaciones declaró “inconstitucional” la orden del presidente de Estados Unidos, Donald Trump, que busca eliminar la ciudadanía por derecho de nacimiento.
MADRID. Un tribunal de apelaciones de Estados Unidos ha declarado “inconstitucional” y confirmado un bloqueo nacional a la orden ejecutiva del presidente del país, Donald Trump, que busca poner fin a la ciudadanía por derecho de nacimiento para los hijos de los inmigrantes.
La decisión se ha producido a raíz de que el Tribunal Supremo ordenase a finales de junio que los juzgados inferiores reconsideraran las medidas cautelares que habían bloqueado la implementación de la orden de Trump, así como su rango territorial. Con todo, el tribunal de apelaciones de San Francisco ha decidido que la medida cautelar emitida por un juez de Seattle que bloqueaba la orden en
El presidente de Estados
da de la cuenta de X de la Casa
todo el país no representaba una extralimitación judicial.
“El tribunal de distrito concluyó correctamente que la interpretación propuesta en la Orden Ejecutiva, que niega la ciudadanía a muchas
° El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, ha negado que pretenda hundir mediante la retirada de ayudas públicas a las empresas de Elon Musk, quien hasta hace poco tiempo era uno de sus mayores aliados, añadiendo que desea que todas las empresas del país prosperen, incluidas las del magnate de origen sudafricano. “Todos afirman que destruiré las empresas de Elon quitándoles algunos, si no todos, los subsidios a gran escala que recibe del Gobierno estadounidense. ¡No es así! Quiero que Elon y todas las empresas de nuestro país prosperen;
personas nacidas en Estados Unidos, es inconstitucional. Estamos totalmente de acuerdo”, ha escrito el juez del tribunal de apelaciones Ronald Gould en representación de la mayoría de dos
de hecho, ¡que prosperen como nunca!”, ha afirmado el inquilino de la Casa Blanca a través de TruthSocial.
“Cuanto mejor les vaya, mejor le irá a Estados Unidos, y eso nos beneficia a todos. Estamos batiendo récords cada día, ¡y quiero que siga así!”, ha apostillado.
El presidente de EEUU y el hombre más rico del mundo, que durante la campaña electoral que devolvió a Trump a la Casa Blanca dieron muestras de su cercanía y complicidad, llegando Musk a colaborar en los primeros meses con la Administración, rompieron abrupta y públicamente su relación a raíz de las profundas discrepancias sobre el proyecto presupuestario impulsado por Trump.
jueces a uno que ha servido para esta resolución, recogida por CNN.
En este sentido, esta corte ha concluido “que el tribunal de distrito (de Seattle) no abusó de su discreción al emitir una medida cautelar universal para brindar a los estados un alivio completo”,
El juez Gould ha explicado que una orden judicial más restrictiva a nivel territorial --por ejemplo, una que afectase solo a los estados que no apelaron contra la orden-- exigiría a los estados que impugnaron la ley que revisaran sus sistemas de verificación de elegibilidad para diversos programas de servicios sociales, causando “daños irreparables”.
Golpe a la administración de Trump
Se trata de l a primera vez
que un tribunal de apelaciones concluye plenamente que la orden de Trump es inconstitucional, aunque el inquilino de la Casa Blanca podría apelar directamente al Tribunal Supremo. De todas formas, la medida está también bloqueada a nivel nacional a raíz de que un juez federal de Nueva Hampshire prohibiera su aplicación contra cualquier infante que se viera afectado por la política en una demanda colectiva interpuesta por la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU, por sus siglas en inglés).
El paso es un golpe para la Administración Trump después de que el Tribunal Supremo decidiera a finales de junio limitar las competencias de los jueces para paralizar las cuestionadas órdenes ejecutivas de Trump a nivel nacional dejando intacto, no obstante, el derecho a presentar demandas colectivas. EUROPA PRESS
AMBIENTE. La decisión de la CIJ es considerada una
La histórica decisión de la Corte Internacional de Justicia, máximo tribunal de la Organización de Naciones Unidas, permite que los países se demanden entre sí por temas relacionados con el cambio climático. ¿Vendrán grandes batallas legales por el ambiente?
La Corte Internacional de Justicia (CIJ), máximo tribunal de la Organización de Naciones Unidas, declaró este 23 de julio de 2025, que el cambio climático es un “riesgo universal” existencial, causado “inequívocamente” por la actividad humana. Además ha fallado porque los Estados miembros tienen el “deber” de prevenir el cambio climático.
Esta histórica decisión, que abre una puerta para que los Estados se demanden entre sí por temas relacionados con
el cambio climático, recuerda que los Estados tienen que adoptar medidas para mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero y adaptarse al cambio climático.
Los Estados designados en el Anexo I de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático tienen obligaciones adicionales para liderar la lucha contra el cambio climático; cooperar para lograr el objetivo de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático; o cumplir
Guterres aplaude la declaración de la CIJ
° El secretario general de la ONU, António Guterres, aplaudió la declaración de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) sobre la obligatoriedad de los Estados a actuar frente al cambio climático.
“Celebro que la CIJ haya emitido su histórica opinión consultiva. Ha dejado claro que todos los Estados están obligados, en virtud del Derecho Internacional, a proteger el sistema climático global”, ha expresado Guterres a través de un
las disposiciones relevantes del Protocolo de Kioto.
Bajo el Acuerdo de París, la Corte Internacional de Justicia avisa de que los Estados tienen la obligación de actuar con la debida diligencia, según responsabilidades comunes pero diferenciadas, comprometerse con contribuciones determinadas a nivel nacional (NDC) sucesivas y progresivas y perseguir el objetivo de limitar el aumento de la temperatura global a 1.5°C.
Los Estados también deben cumplir obligaciones de
comunicado.
El jefe de la ONU ha considerado que “esta es una victoria para todo el planeta, para la justicia climática y para el poder de los jóvenes que buscan marcar una diferencia” después de que la Juventud de Islas del Pacífico impulsara el caso hasta el tribunal de La Haya.
“Los jóvenes de las islas del Pacífico iniciaron este llamamiento por la humanidad al mundo y el mundo debe responder”, ha manifestado Guterres, que ha reiterado que el objetivo de 1,5 grados del Acuerdo de París debe ser la base de las políticas climáticas.
directo y cierto entre el acto ilícito y el daño.
Un hito para la protección ambiental La decisión de la CIJ abre un camino para que los países se demanden entre sí por cuestiones relacionadas con el cambio climático, pero según informa BBC News de Londres, el juez de la CIJ admite que puede resultar difícil determinar quién es responsable de qué parte del cambio climático.
adaptación y cooperación, incluyendo transferencia de tecnología y financiación, “todo ello de buena fe”. Igualmente, señala que el derecho internacional impone deberes de prevenir daños significativos al medio ambiente actuando con debida diligencia y emplear todos los medios a su alcance para evitar actividades nocivas; y cooperar de buena fe para prevenir daños importantes al sistema climático, mediante formas sostenidas y continuas de cooperación.
Los Estados deben, además, respetar y asegurar los derechos humanos adoptando las medidas necesarias para proteger el sistema climático y el medio ambiente.
La Corte Internacional de Justicia advierte de que la violación de cualquier obligación mencionada “constituye un hecho internacionalmente ilícito que acarrea la responsabilidad del Estado infractor, quien debe continuar cumpliendo la obligación incumplida”.
Las consecuencias jurídicas pueden incluir la cesación de los actos u omisiones ilícitas, si son continuos; prestación de garantías de no repetición, si las circunstancias lo requieren; o reparación plena a los Estados perjudicados (restitución, compensación y satisfacción), siempre que se cumplan los requisitos generales del derecho de responsabilidad del Estado, incluida la existencia de un nexo causal suficientemente
La sentencia del máximo tribunal de la ONU no es vinculante, pero los expertos consultados por la BBC News afirman que podría tener consecuencias de gran alcance. Por el momento se habla de una victoria para los países más vulnerables al cambio climático, que acudieron al tribunal frustrados por la falta de avances a nivel mundial en la lucha contra este problema.
Una idea con gran alcance Según informa BBC News, el inédito caso ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) fue una idea que concibió en 2019 un grupo de jóvenes estudiantes de Derecho de las islas del Pacífico, que enfrentan los efectos del cambio climático.
Varios abogados le dijeron a BBC News que el fallo podría usarse desde la próxima semana, incluso en tribunales nacionales.
“Activistas y abogados esperan que esta decisión allane el camino para que los países que históricamente han quemado más combustibles fósiles y, por lo tanto, son los que más responsabilidad tienen por el calentamiento global, paguen una indemnización”, detalla BBC News Muchos de los países más pobres habían respaldado el caso ante la frustración que les genera que las naciones desarrolladas no estén cumpliendo sus promesas de abordar el creciente problema.
Pero los países desarrollados argumentaron que los acuerdos climáticos existentes, incluido el emblemático acuerdo de París de 2015, son suficientes y no se deben imponer más obligaciones legales. EUROPA PRESS/BBC NEWS
La norma rige las 24 horas del día, pero ciudadanos denuncian que no hay controles eficaces y la inseguridad persiste.
QUEVEDO. Ver a dos hombres movilizándose en una misma motocicleta sigue siendo una escena habitual en Quevedo, a pesar de que existe una ordenanza que prohíbe esta práctica desde el 27 de julio de 2019. Es decir, la normativa lleva casi seis años en vigencia, sin que se logre su cumplimiento efectivo.
Ni siquiera con la creación de la Empresa Pública de Tránsito Quevial y la presencia de agentes civiles en las calles ha sido posible controlar esta infracción. Las quejas ciudadanas se multiplican, pues no solo se incumple la restricción de dos hombres en moto, sino que también se observa con frecuencia a tres o hasta cuatro personas en una sola motocicleta, e incluso sin placas.
Arturo Ramírez, ciudadano que asegura respetar la normativa, comenta que sus hijos tienen motocicletas y que siempre cumplen la ordenanza. Sin embargo, le molesta ver a adultos que no la acatan y circulan con total normalidad frente a los agentes.
“Yo me cuido de ser multado y cumplo con la norma porque debemos tener cultura y respeto. Además, así se evitan accidentes y otras consecuencias”, expresó.
Por su parte, Paulina Rodríguez recordó que esta ordenanza se implementó con el objetivo de reducir los índices de inseguridad, ya que muchos delitos, como sicariatos, robos y asaltos, son cometidos desde motocicletas.
“Se supone que era para
LEY. Ciudadanos denuncian que la ordenanza no se cumple, pese a estar vigente las 24 horas del día.
controlar y disminuir la delincuencia, pero todo sigue igual. En cambio, a la gente trabajadora que sí se moviliza en moto por necesidad, son a quienes paran, multan y hasta les retienen el vehículo. Hay que aplicar la ordenanza como está escrita”, reclamó.
Violencia expone falla en controles viales
Desde Quevial, la Empresa Pública de Tránsito de Quevedo, se han impulsado diversas campañas viales con el objetivo de socializar la ordenanza que prohíbe la circulación de dos hombres en una motocicleta. A través
En caso de incumplimiento de la ordenanza, la sanción incluye la retención de la motocicleta por 48 horas la primera vez, y 96 horas (4 días) en caso de reincidencia. Además, se aplica una multa correspondiente según la normativa municipal.
Ordenanza
Se permiten la siguiente movilidad en motocicletas:
° Hombre y mujer
° Mujer y mujer
° Hombre con menor de hasta 12 años
° Mujer y menor de hasta 12 años
de charlas y entrega de material informativo, se busca concienciar a la ciudadanía. Sin embargo, la infracción continúa siendo común, sobre todo en sectores donde no hay presencia de agentes civiles de tránsito.
Exigen controles efectivos
Ante esta situación, la ciudadanía solicita controles más rigurosos y constantes, ya que consideran que la falta de vigilancia permite que se incumpla la normativa a toda hora y en distintos puntos de la ciudad.
Incluso, el pasado miércoles 23 de julio, un abogado fue herido de bala por una pareja que se movilizaba en motocicleta. El hecho generó alarma, ya que si bien la ordenanza permite la circulación de un hombre con una mujer, también se ha evidenciado que muchos delitos son cometidos bajo esa misma modalidad, lo que ha reavivado el debate sobre la efectividad del control y la aplicación de la normativa.
Ciudadanos de Quevedo piden que se ejecuten controles constantes para hacer cumplir la ordenanza, cuya aplicación está a cargo de Quevial, con el respaldo de la Policía Nacional. La normativa prohíbe la circulación de dos hombres en motocicleta durante las 24 horas del día. (LL)
El miércoles no se entregaron desayuno ni almuerzo a los pacientes del hospital. EL DATO
MALESTAR. La ciudadanía mostró los pedidos de comida para los pacientes del hospital.
La suspensión del servicio de alimentación se repite en este hospital. Familiares deben cubrir la comida ante la falta de pagos al personal de catering.
Sin alimentación se quedaron los pacientes internados en el hospital Gustavo Domínguez, debido a la paralización de actividades en el área de la cocina. La medida ha sido reiterativa en las últimas semanas, sin que hasta ahora se tomen correctivos por parte de las autoridades
El miércoles 23 de julio no
se entregaron desayuno ni almuerzo, porque el personal del servicio de catering suspendieron sus labores por falta de pago.
Los familiares debieron asumir el problema y recibieron recomendaciones escritas sobre la porción alimenticia que necesitaban.
A Karen le solicitaron pan,
huevo cocido, té y gelatina para que pueda desayunar su hermana. “Nos toca comprarle, es complicado porque muchas personas no tenemos dinero para financiar esos gastos”, acotó.
Carlos, quien llegó desde Esmeraldas, lamentó la situación que se vive en el principal hospital de Santo Domingo, pues ha tenido que invertir más de 100 dólares en gastos no planificados.
“No hay insumos de medicina, me pidieron hasta guantes quirúrgicos y algodón. Los
más lamentable es que no haya comida. Hago un llamado a las autoridades ante el abandono de la salud pública”, expresó.
Exigen sus sueldos
Son alrededor de 18 personas las que laboran para la empresa de catering, quienes aseguran que hace cuatro meses vienen afrontando el incumplimiento de sueldos.
“Con este dinero mantenemos a nuestras familias y cubrimos los servicios básicos. Aquí solo se tiran la pelotita y no nos dan soluciones”, manifestó una
de las afectadas.
La Hora buscó la versión de los directivos del hospital, pero se informó que estaban viajando a Portoviejo, lo que impidió el pronunciamiento. Días atrás, el gobernador de la provincia, Miguel Quezada, fue consultado sobre el tema y aseguró que se tomarían medidas para garantizar la alimentación. Referente al desabastecimiento de medicinas e insumos, indicó que había stock, aunque la ciudadanía diariamente tiene que financiar las recetas. (JD)
Un espacio para explorar y transformar las emociones desde la filosofía
La Escuela de Filosofía de Nueva Acrópolis organiza el taller gratuito básico ‘Emociones, conocerlas para transformarlas’, programado para el sábado 26 de julio a las 16:00, en sus instalaciones. La actividad incluye el material de trabajo.
Se trata de una invitación a reconocer lo que se siente, comprender el mensaje detrás de cada emoción y aprender a manejarlas con más conciencia. “A través de dinámicas prácticas, reflexión y herramientas ins -
piradas en la filosofía, se explorará cómo cultivar una relación más saludable con lo que se siente”.
Durante una hora de diálogo, ejercicios introspectivos y dinámicas grupales, los participantes aprenderán a identificar sus emociones, comprender su origen y propósito, y aplicar herramientas prácticas para gestionarlas.
Desde una perspectiva filosófica y humanista , el taller propone reencontrarse con el verdadero valor de cada
Para más información o inscripciones, comunicarse al 0998664790. EL DATO
emoción, en lugar de reprimirla o dejarse arrastrar por ella. “Porque conocer nuestras emociones es el primer
paso para no ser esclavos de ellas”. (LMM)
PARTICIPACIÓN. En el taller aprenderás a comprender el mensaje detrás de cada emoción.
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Un equipo internacional dirigido por el Museo Estatal de Historia Natural de Stuttgart describe a un reptil de 247 millones de años denominado ‘Mirasaura grauvogeli’, que poseía una cresta en forma de pluma. El hallazgo demuestra que las estructuras cutáneas complejas no solo se encuentran en aves y sus parientes más cercanos, sino que podrían ser anteriores a los reptiles modernos. EUROPA PRESS
AUTORES: DR. VICENTE
ARIAS MONTERO Y AB.
CRISTHIAN LEONARDO
RAMÍREZ TOAPANTA.
Introducción
Dentro del presente estudio académico analizamos la instituciones jurídicas de la imprescriptibilidad, dentro del contexto de garantizar una efectiva protección para sancionar delitos considerados como graves violaciones a los derechos humanos, generándose un debate con esta institución de la prescripción, que en determinadas circunstancias, puede contribuir a la impunidad, violentado el derecho a una tutela judicial efectiva, en este contexto se analizará lo normado en nuestro sistema procesal penal y constitucional y los aportes que brinda la Corte Interamericana de los Derechos Humanos en varias sentencias que tienen relación a los sistemas de administración de justicia de distintos países de Latinoamérica, incluido Ecuador, pasando por examinar un caso local de detención ilegal, tortura y muerte sucedido en Machala, parroquia Puerto Bolívar en 1985, conocido como caso Cañola, quedando en primera instancia el caso en la impunidad, iniciándose un segundo proceso penal en el año 2016. Dentro del presente trabajo se logra exponer los hechos del caso Cañola con claridad y se transmite la importancia de la excepción a la aplicación de principios legales fundamentales como es la prescripción.
Sobre le Imprescriptibilidad ¿Por qué hablamos de Imprescriptibilidad?
Dentro de las conductas que se analizan sobre graves violaciones a los derechos humanos, existe un tema de discusión ineludible, por ello es necesario reflexionar sobre esta institución jurídica de la imprescriptibilidad.
Existe una premisa procesal conocida como prescripción, que beneficia a la persona investigada, cuando el poder punitivo del estado no llega a cumplirse con el transcurso de determinado tiempo, no existe una sentencia o proceso penal alguno, entonces el ejercicio de la acción penal prescribe, es decir no se puede realizar una imputación o formulación de cargos o cesa la ya iniciada, que normalmente puede avanzar hasta el auto de llamamiento a juicio. El tiempo depende de la legislación de cada país.
Con excepción de los delitos que se consideran imprescriptibles; en la Constitución del 2008, en su Art. 80 señala “... Las acciones y penas por delitos de genocidio, lesa humanidad, crímenes de guerra, desaparición forzada de personas o crímenes de agresión a un Estado serán imprescriptibles...”; luego en el Art. 233, también indica: “...Delitos de peculado, cohecho, concusión y enriquecimiento ilícito. La acción para perseguirlos y las penas correspondientes serán imprescriptibles y en estos casos, los juicios
se iniciarán y continuarán incluso en ausencia de las personas acusadas...”.
también debemos anotar que en el último inciso del Art. 396 se indicada: “Las acciones legales para perseguir y sancionar por daños ambientales serán imprescriptibles.”; siguiendo estos enunciados, estos delitos serían las únicas conductas imprescriptibles, el resto de conductas penalmente relevantes si prescriben. Esta premisa pierde fuerza y se destruye cuando se investiga delitos de Graves Violaciones a los Derechos Humanos.
Es necesario despejar las dudas sobre el tema de la imprescriptibilidad de la acción penal en este suceso de grave violación a los derechos humanos, sucedido el 27 de febrero de 1985. A la presente fecha ha transcurrido más de treinta años, y que de conformidad a las reglas de prescripción de la acción penal en la legislación ecuatoriano puede parecer que ha transcurrido el tiempo necesario para aplicar esta institución jurídica de la prescripción.
De acuerdo al COIP el Art. 417, señala: “... El ejercicio público de la acción prescribe en el mismo tiempo del máximo de la pena de privación de libertad prevista en el tipo penal, contado desde que el delito es cometido. En ningún caso, el ejercicio público de la acción prescribirá en menos de cinco años”. Es decir que el tiempo máximo, en la actualidad en el Ecuador es de treinta años y de acuerdo al Código Penal vigente en el año 1985, era de quince años.
Se deja constancia de lo que dice la Constitución de la República (1979). En su Art, 44 expresaba: “...El Estado garantiza a todos los individuos, hombres o mujeres que se hallen sujetos a su jurisdicción, el libre y eficaz ejercicio y goce de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, enunciados en las declaraciones, pactos, convenios y más instrumentos internacionales vigentes”; Que la misma norma suprema en su Art, 3.- señala “….El Estado ecuatoriano acata los principios del derecho internacional:”. En la actual constitución Art. 417, capítulo segundo de los Tratados Internacionales indica: “En el caso de los tratados y otros instrumentos internacionales de derechos humanos se aplicarán los principios pro ser humano, de no restricción de derechos, de aplicabilidad directa y de cláusula abierta establecidos en la Constitución”. Luego el Art, 424 expresa: “Que la Constitución y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos ratificados por el Estado que reconozcan derechos más favorables a los contenidos en la Constitución, prevalecerán sobre cualquier otra norma jurídica o acto del poder público”. Dentro del presente caso, es necesario considerar que las concurrencias de delitos cometidos
¿Qué limitaciones existen en los casos de delitos de tránsito para imponer medidas cautelares sobre bienes del propietario del vehículo, que según la ley es responsable solidario?
RESPUESTA Los últimos incisos de los Art.379 y 380 del COIP que tratan sobre los delitos de tránsito con resultado de lesiones y daños materiales respectivamente, determinan que la o el propietario del vehículo será solidariamente responsable de los daños civiles. La o el juez en el inicio del proceso penal, a solicitud del fiscal tiene la facultad de imponer medidas cautelares sobre los bienes para garantizar los derechos de las víctimas y la reparación integral (Art.519 del COIP), conforme al caso concreto, pueden imponerse medidas cautelares sobre los bienes de la persona que, de conformidad con la ley, resulta ser solidariamente responsable por los daños civiles ocasionados por un accidente de tránsito (Arts.569 y 570 del COIP) Recordemos además que el derecho a la reparación integral, es un derecho de rango constitucional , y como tal, todas y todos los administradores de justicia deben procurar garantizar su ejercicio, y su efectivo cumplimiento. Por lo tanto, con el fin de garantizar la reparación integral a favor de la víctima, conforme al caso concreto, en respeto a la naturaleza de la solidaridad, el juez debería, cuando sea necesario, imponer medidas cautelares por sobre los bienes del propietario del automotor.
Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley de la Corte Nacional de Justicia
en contra de la víctima O. Cañola, (privación ilegal de libertad, tortura y muerte), que en forma individual cada uno son prescriptibles, pero al ser calificadas como Graves Violaciones a los Derechos Humanos, estas conductas penales se consideran en el ámbito del Derecho Penal Internacional como ¡Imprescriptibles!
Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la Imprescriptibilidad en Latinoamérica.
Caso Almonacid vs Chile (2007)
El hecho que sustenta la acción penal es el delito de homicidio cometido en contra del señor Almonacid Arellano de 42 años de edad, que el 16 de septiembre del año 1973 fue detenido en su domicilio ubicado en la población Manso de Velasco, de la república de Chile, por carabineros, quienes le dispararon, en presencia de su familia, a la salida de su casa. Falleció en el Hospital Regional de Rancagua el día 17 de septiembre de 1973, era el inicio del gobierno de Agusto Pinochet, quien había derrocado al presidente Salvador Allende en Chile, desde este momento empezaron las acciones legales para conseguir sanciones a los responsables de este delito contra la vida, fueron varias las resoluciones que se dictaron, en la justicia chilena se discutía el fuero de los responsables por ser miembros de la “fuerza pública”. Finalmente, la Justicia chilena resolvió el 11 de noviembre de 1998 declarar el
archivo del expediente, en conclusión, no hubo sanción a los responsables.
Se inició, entonces, la reclamación internacional, mediante una denuncia presentada en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, teniendo como parte demandada al Estado de Chile, y la Corte IDH emite su sentencia el 26 de Septiembre del 2006, que en su párrafo 151 señala:
El Estado no podrá argüir ninguna ley ni disposición de derecho interno para eximirse de la orden de la Corte de investigar y sancionar penalmente a los responsables de la muerte del señor Almonacid Arellano. Chile no podrá volver a aplicar el Decreto Ley No. 2.191, por todas las consideraciones dadas en la presente Sentencia, en especial las contenidas en el párrafo 145. Pero, además, el Estado no podrá argumentar prescripción, irretroactividad de la ley penal, ni el principio no bis in idem, así como cualquier excluyente similar de responsabilidad, para excusarse de su deber de investigar y sancionar a los responsables. (pág. 60)
Como se puede observar, la Corte Interamericana fue clara frente a estas conductas penalmente relevantes de Graves Violaciones de Derechos Humanos, en el sentido que no se podría aplicar la prescripción, ya que al no existir una independencia judicial el resultado final fue dejar en la impunidad este hecho. Por ello la CIDH en su sentencia ordenó que la justicia chilena inicie una nueva investigación, como efectivamente aconteció.
Caso Barrios Altos vs Perú
El caso “barrios altos vs Perú”, es una sentencia que detalla la responsabilidad internacional de Perú por la masacre en “Barrios Altos” por parte de agentes militares, así como la falta de investigación y sanción por parte del gobierno peruano a los agentes que cometieron estos delitos. Los hechos acontecieron el 3 de noviembre de 1991, cuando seis individuos armados irrumpieron en el inmueble ubicado en Jirón Huanta del vecindario conocido como Barrios Altos de la ciudad de Lima. Los atacantes llegaron al sitio en dos vehículos que portaban luces y sirenas policiales, que fueron apagadas al llegar al lugar de los hechos. Estos individuos se cubrieron el rostro con pasamontañas y obligaron a las presuntas víctimas a arrojarse al suelo, para posterior a ello dispararles indiscriminadamente, matando a 15 personas e hiriendo a otras cuatro. Luego de estos acontecimientos los atacantes huyeron en dos vehículos.
El 14 de Julio de 1995, la Undécima Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima decidió dentro del caso de “Barrios Altos”, archivar el proceso definitivamente. Es decir, el delito, dentro de la justicia interna, quedó en la impunidad.
Finalmente, con fecha 14 de marzo de 2001 la Corte IDH emite una sentencia de fondo que en su parte pertinente respecto a la prescripción de delitos contra los derechos humanos se pronuncia de la siguiente manera:
13. La tipificación de esas con-
Quito, 24 de julio del 2025
SEGUNDA CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA TRANSPORTE EN TAXI
EJECUTIVO TRANSLEGARDA S.A
En cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Compañías y el Estatuto Social de la empresa, se convoca a los Señores Accionistas de la COMPANIA DE TRANSPORTE EN TAXI EJECUTIVO TRANSLEGARDA S. A, a la Segunda Junta General Ordinaria de Accionistas que se celebrara el día martes 19 de agosto del 2025 a las 11h00 a.m., en las instalaciones de la casa barrial del Barrio Gustavo Almeida calle Flavio Alfaro OE 9-45 y Pasaje Almeida, Parroquia Cotocollao del Distrito Metropolitano de Quito, para tratar el siguiente orden del día:
1. Constatación del Quorum.
2. Lectura y aprobación del informe del Gerente General de la Compañía por el ejercicio económico del año 2024.
3. Lectura y aprobación del informe del Comisario de la Compañía por el ejercicio económico del año 2024.
4. Lectura del informe de presidencia de la Compañía del año 2024.
5. Análisis y aprobación de los estados financieros el ejercicio económico del año 2024.
6. Resolución sobre el destino de las utilidades del ejercicio económico del año 2024.
7. Revisión de la nómina de accionistas de la Compañía en Taxi Ejecutivo Translegarda S.A
8. Análisis y resolución de las cuentas por cobrar registradas.
9. Elección de Comisario principal y suplente de la Compañía en Taxi Ejecutivo Translegarda S.A
Se convoca de manera especial e individual al señor Fabián Arequipa, Comisario Principal de la Compañía, domiciliado en la Calle Oe 17a N58-56 y Julio Jaramillo/El Cisne - Barrio Atucucho del Distrito Metropolitano de Quito.
De acuerdo al artículo 292 de la Ley de Compañías, los informes, estados financieros y demás documentos a tratarse en la Junta General, están a disposición de los señores Accionistas para su revisión en la oficina de la Compañía, ubicada en la calle Octava transversal N61-65 Y Sabanilla Santa Anita de Cotocollao del Distrito Metropolitano de Quito.
Por tratarse de segunda convocatoria la Junta General se instalará con el número de accionistas presentes, conforme al Art, 237 De La ley de Compañías
Atentamente
JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE CARGA TRUCKPESADA WORLD S.A.
25 de Julio de 2025.
CONVOCATORIA
Debidamente facultado en convocar a Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Compañía TRUCKPESADA WORLD S.A., a celebrarse el día Martes 05 de Agosto de 2025 a las 15:00 PM en la sede social de la compañía, que está ubicada en la Calle Lucinda Toledo y Fernando Castro # 037 una cuadra atrás del parque central de Alóag, Barrio Sur, para tratar el siguiente orden del día:
1. CONSTACIÓN Y APROBACION DEL QUORUM
2. INSTALACION DE LA JUNTA A CARGO DEL SR. PRESIDENTE;
3. INFORME DE GERENTE GENERAL;
4. REFORMA DE ESTATUTOS DE LA COMPAÑIA
Ing. Rolando Ramírez Sr. Jorge Ramírez GERENTE GENERAL
ductas y el procesamiento y sanción de sus autores, constituye una obligación de los Estados, que no puede eludirse a través de medidas tales como la amnistía, la prescripción, la admisión de causas excluyentes de incriminación y otras que pudieran llevar a los mismos resultados y determinar la impunidad de actos que ofenden gravemente esos bienes jurídicos primordiales”. (Barrios Altos Vs. Perú, pág. 3) Es necesario considerar que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, tiene jurisdicción internacional sobre todos los Estados que forman partes de los pactos y convenios internacionales de protección de derechos humanos. En este sentido sus sentencias son vinculantes y de cumplimiento obligatorio. De esta forma la CIDH, para asegurar el cumplimiento de sus resoluciones, realiza la respectiva supervisión de cumplimiento de sentencia debiéndose indicar que de conformidad a la resolución de fecha 30 de mayo de 2018 sobre el caso “barrios altos” y “cantuta” vs Perú; se indica que el Estado peruano no ha terminado de cumplir con la totalidad de la obligación de investigar, juzgar y, de ser el caso, sancionar las Graves Violaciones a los Derechos Humanos determinada en la Sentencia.
Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la Imprescriptibilidad en Ecuador Caso Albán Cornejo vs Ecuador
En el Ecuador tenemos algunos casos resueltos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos que hacen referencia a delitos de Graves Violaciones a los Derecho Humanos entre los que podemos anotar: Albán Cornejo y otros vs. Ecuador (2007), donde refiere que no procede la prescripción en delitos de Graves Violaciones de los Derechos Humanos.
Los acontecimientos versan sobre la historia de Laura Susana Albán Cornejo, quien ingresó el 13 de diciembre de 1987 al Hospital Metropolitano, institución de salud de carácter privado, situada en Quito, debido a un cuadro clínico de meningitis bacteriana. El 17 de diciembre de 1987 durante la noche, la víctima sufrió un fuerte dolor. El médico residente le prescribió una inyección de diez miligramos de morfina. El 18 de diciembre de ese mismo año, mientras permanecía bajo tratamiento médico, la señorita Albán Cornejo murió.
Desde entonces sus familiares inician una serie de acciones
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE CONVENCIONALIMATAXI S.A.
Se convoca a los accionistas de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE CONVENCIONALIMATAXI S.A. a la Junta General Extraordinaria que tendrá lugar el día viernes 08 de agosto del 2025 a las 15H00 PM, en las oficinas de la Compañía ubicado en la provincia de Pichincha, cantón Quito Distrito Metropolitano, parroquia Chillogallo, barrio Simón Bolívar, calle S35B N.º OE12 69, Intersección OE 12H, Diagonal a tienda AZTIRMA, para tratar el siguiente orden del día.
1. CONSTATACIÓN DEL QUORUM
2. CAMBIO DE ADMINISTRADORES
Se convoca de manera especial e individual al Señor Carlos Israel Vallejo Rocha COMISARIO de la Compañía De Transporte CONVENCIONALIMATAXI S.A.
En caso de no contarse con el quórum reglamentario a la hora señalada, se procederá a realizar una segunda convocatoria, en la que se podrá instalar válidamente la Junta y resolver sobre los puntos del orden del día con las acciones que se encuentren representadas, conforme a lo establecido en el estatuto social vigente y en concordancia con lo dispuesto en la Ley de Compañías.
Quito, 24 de julio del 2025
Atentamente
AGUAS TOAPANTA MILTON RODRIGO
CC. 1709436800
TLF. 023036355- 0995258186
PRESIDENTE DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE CONVENCIONALIMATAXI S.A.
CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DISEÑOS Y PROYECTOS TÉCNICOS DITEECS S.A.
De conformidad con el Artículo 236 de la Ley de Compañías; Artículos 1, 2, 3, 5 y 6 del Reglamento sobre Juntas Generales; y, Artículo Décimo Cuarto del Estatuto Social vigente, se convoca a Junta General Extraordinaria de Accionistas, a los accionistas de la compañía DISEÑOS Y PROYECTO TÉCNICOS DITEECS S.A: BOSTON HILLS INVESTMENTS S.A. Y WORLDWIDE PARTNERS CORP. LLC. De manera especial, se debe convocar al comisario de la compañía y no es posible por cuanto en la Junta General realizada en segunda convocatoria el 07 de mayo de 2025, el ex Gerente General, al abordar el punto 8 del orden del día, manifestó que ya no aparece porque no se le ha pagado de sus remuneraciones, por lo que sugirió que para una próxima convocatoria se contemple la designación de nuevo comisario. Esta Junta hoy convocada, se efectuará el lunes 04 de agosto de 2025, a las 11h00, en el inmueble ubicado en la ciudad de Quito en las calles El Sol N39-270 e Intersección N40 Gaspar de Villaroel, Edificio Salvador, piso tercero, oficina 301, con el objeto de tratar el siguiente orden del día:
ORDEN DEL DIA
1. Cambio de denominación y reforma de los estatutos de la compañía DISEÑOS Y PROYECTOS TÉCNICOS DITEECS S.A.
2. Declarar remisa a la accionista Boston Hills Investments S.A., de la presentación de la información anual que debió presentar, en su calidad de accionista de DISEÑOS Y PROYECTOS TÉCNICOS DITEECS S.A., compañía nacional.
3. Ratificar el nombramiento de la presidenta.
4. Nombrar comisario.
De conformidad con lo que dispone el Artículo 3, literal f) del Reglamento de Juntas Generales, se les hace conocer a los accionistas y comisario que los documentos a conocerse en la junta convocada están a la disposición, en la misma dirección en la que se realizará la Junta y serán atendidos por la señora Presidenta de la compañía, de 09:00 horas, a 17:00 horas, de lunes a viernes.
Quito DM, 25 de julio de 2025
Atentamente,
Gina Alexandra Valverde Paredes Gerente General DISEÑOS Y PROYECTOS TÉCNICOS DITEECS S.A.
legales buscando sanciones en contra de sus responsables de este homicidio culposo -mala práctica médica. Transcurrido el tiempo y sin respuesta de la justicia, se concluye el proceso penal con el auto de prescripción de la acción penal. En conclusión, el delito quedó impune. Los familiares de Susana Cornejo presentaron su denuncia en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, luego del trámite respectivo, la CIDH, en su sentencia dictada el 22 de noviembre del 2007, declara la responsabilidad del Estado ecuatoriano, y en su párrafo 111. Dice:
La prescripción en materia penal determina la extinción de la pretensión punitiva por el transcurso del tiempo, y generalmente, limita el poder punitivo del Estado para perseguir la conducta ilícita y sancionar a sus autores. Esta es una garantía que debe ser observada debidamente por el juzgador para todo imputado de un delito. Sin perjuicio de lo anterior, la prescripción de la acción penal es inadmisible e inaplicable cuando se trata de muy graves violaciones a los derechos humanos en los términos del Derecho Internacional. La jurisprudencia constante y uniforme de la Corte así lo ha señalado. En el presente caso no opera la exclusión de prescripción, porque no se satisfacen los supuestos de imprescriptibilidad reconocidos en instrumentos internacionales.
Esta sentencia abre la puerta a que los delitos donde se observa que ha existido una Grave Vulneración a los Derechos Humanos no queden impunes, más por lo contrario se dispone que el Estado realice una investigación seria para esclarecer los hechos ocurridos y dar justicia a las víctimas y sus familiares. Volviéndose indispensable que se garantice la justicia dentro de estos delitos, y que se prohíba las alegaciones de instituciones jurídicas que pretendan dejar en la impunidad estos crímenes.
La Imprescriptibilidad dentro del Caso Cañola Como consecuencia de lo expuesto a lo largo del presente estudio académico, se ha podido demostrar que en la mayoría de los casos los Estados no reconocen su responsabilidad en estas conductas de Graves Violaciones a los Derechos Humanos. En particular dentro del caso Cañola de la revisión del proceso se anota que, el 18 de septiembre del 2009, se dicta auto de prescripción de la acción penal
a favor de los agentes de policías acusados, el mismo que es confirmado el 17 de junio del 2010, por la Sala de lo Penal y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia de El Oro, es decir que el sistema de administración de justicia en esta primera instancia incumplió con su deber de otorgar una tutela judicial efectiva, una investigación objetiva, responsable, y este actuar contribuyó para que las personas responsables de esta conducta no reciban una sentencia justa.
De la misma manera se ha demostrado que la prescripción de los delitos no opera dentro del caso Cañola, toda vez que, al ser consideradas estas conductas como Graves Violaciones a los Derechos Humanos, la obligación de los Estados que forman parte de los convenios y tratados internacionales, es de perseguir y sancionar todo delito que atente contra la dignidad y vida de todo ser humano.
Con estos argumento es retomado el caso Cañola por la Comisión de la verdad, se recopilan nuevos elementos probatorios, se destruye el argumento del linchamiento popular, que fue el sustento legal del primer proceso, y se evidencia que el señor Cañola es aprehendido sin orden judicial el 27 de febrero de 1985, que ingresa al recinto policial sin golpes, así constan varias versiones, en la investigación efectuada por los agentes del SIC, sufre lesiones en su cuerpo, luego es traslado al HTD de Machala, donde fallece el mismo día.
Con estos nuevos elementos la Fiscalía General del Estado, sustentando que nos encontra-
mos en un caso de Graves Violaciones a los Derechos Humanos, y en aplicación a la Constitución de la República, Tratados Internacionales, vigentes al momento que sucedieron los hechos, y además en consideración a la Jurisprudencia Internacional emitida por la CIDH, y de la propia Corte Nacional de Justicia del Ecuador, concluye que no son aplicables las instituciones jurídicas de prescripción y prohibición de doble juzgamiento.
Es importante mencionar que el caso Cañola termino con una sentencia condenatoria en contra de dos ex policías que participaron en los hechos en 1985, por ende y conforme lo “proclama el Art. 169 de nuestra Constitución: El sistema procesal es un medio para la realización de la JUSTICIA”, en esta ocasión luego de 32 años se ha conseguido justicia para los familiares de O. Cañola. “La justicia tarda, pero llega”. (Unidad Judicial de Garantias Penales de El Oro 2016)
Autores: Dr. Vicente Arias Montero y Profesor Titular de la Universidad Técnica de Machala. Magister en Derechos Fundamentales y Justicia Constitucional – Universidad de Guayaquil. Ab. Cristhian Leonardo Ramírez Toapanta: Magister en Derecho Mención Estudios Judiciales – Instituto de Altos Estudios Nacionales.
REFERENCIA BIBLIOGRAFÍCA.
Asamblea Nacional Constituyente. 2014. Codigo Organico Integral Penal. Ecuador.
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE LA COMPAÑÍA CITYSPRINT ENVIOS S.A.
Se convoca a los Accionistas de la COMPAÑÍA CITYSPRINT ENVIOS S.A. a la Junta general extraordinaria a celebrarse el 02 de agosto del 2025, en las oficinas de la compañía ubicada en Quito, en la esperanza N74-104 y mariscal sucre, a las 08H00 am.
La Asamblea se convoca a los efectos de discutir y resolver el siguiente orden del día:
1) Elección de Gerente General de la Compañía
2) Elección de presidente de la Compañía
La presente convocatoria se realiza al amparo del Art. 235 y 236 de la Ley de Compañía y del Artículo, contenido en los Estatutos Sociales de la Compañía.
Asamblea Nacional del Ecuador. 2008. Constitucion de La Republica Del Ecuador 2008
Comisión de la Verdad. 2010. “Relatos de Casos. Período 19882008.” Pp. 1–360 in Informe de la Comisión de la Verdad, edited by Ediecuatorial. Quito.
Corte Interamericana de Derechos Humanos. 2001. Barrios Altos Vs. Perú, Fondo, Sentencia de 14 de Marzo de 2001.
Corte Interamericana de Derechos Humanos. 2007. Almonacid Arellano y Otros vs. Chile. Vol. 2006.
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS. 2007. Caso Albán Cornejo y Otros vs. Ecuador. Fondo, Reparacion y Costa, Sentencia de 22 de Noviembre de 2007.
Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). 2015.
CASO ALBÁN CORNEJO Y OTROS VS. ECUADOR. Supervision de Cumplimento de Sentencia de 28 de Agosto de 2015. DERECHOS HUMANOS. 1948. DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
HOMBRE, DERECHOS Y. DEBERES DEL. 1948. DECLARACION AMERICANA DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL HOMBRE
ONU. 1984. “Convención Contra La Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.” Naciones Unidas 42799(1):1–10.
Tratados Internacionales. 1969. Pacto de San José de Costa Rica
Unidad Judicial de Garantias Penales de El Oro. 2016. Caso Cañola
A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE PESADO TRANSALAMBREK S.A.
Conforme con lo señalado en el Art. 7 y 13 del estatuto, me permito convocar a Junta General Extraordinaria de Accionistas, la misma que se llevará a cabo en el domicilio de la Compañía, esto es, en la calle J lote 195 y Panamericana Sur Km. 14½ de esta Ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, para el día martes 05 de agosto del 2025. A las 10H00, para tratar los siguientes puntos en el orden del día:
1. Elección de Gerente General de la Compañía; 2. Elección de Presidente de la Compañía;
Se convoca de manera especial e individual a la Comisaria de la Compañía, Ingeniera Priscila Janina Malla Intriago.
Quito, julio 25 del 2025
Econ. Carlos Cueva Hidalgo PRESIDENTE
A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑIA SOLUCIONES INTEGRALES DE INGENIERIA SORECH S.A.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Compañías, el reglamento y por los Estatutos Sociales de la compañía, se convoca a los Señores Accionistas a la Junta General Extraordinaria que se realizará el día lunes 4 de agosto del 2025 a las 14h00, en la oficina matriz de la compañía ubicada en la calle Atahualpa OE5-37, parroquia Nayón, del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha.
La Junta convocada conocerá y resolverá sobre los siguientes puntos del orden del día:
1. Aumento de capital y reforma de estatutos;
2. Reforma del art. 22 del Estatuto Social referente a “FORMA DE CONVOCAR”; y,
3. Reforma del art. 36 del capítulo octavo del Estatuto Social referente a la “FISCALIZACION”
Por tratarse de la primera convocatoria, la Junta se considerará válidamente instalada si concurre el setenta y cinco por ciento del capital pagado. De no haber quórum se procederá a realizar una segunda convocatoria conforme lo dispone la Ley. Se con oca individual y señaladamente a la Comisaria de la compañía señora CPA. Rosa Samaniego uiz d st ciudad de Quito.
MARCO DAVID MEDIAVILLA VINUEZA
D.M. Quito, 25 de julio del 2025