




Conel Censo de Población, vuelve a la mesa de discu sión la herencia española y la ‘indiada’. Porque no es que un fulano llega con una regleta de colores, como en las tiendas de pintura, y le dice a uno si es cholo, mestizo, blanco o ama rillo —según lo que le indique la cromática—. Uno mismo tiene que dar la respuesta. Y eso es tan ambiguo como el tema del género. Usted puede parecerse a Rumiñahui, pero si dice que es ario nadie se lo discute. Y si se ha vinculado desde joven al trabajo de las comunidades campesinas y se cree indígena, así tenga el pelo más amarillo que el sol, Ud. es indígena.
Siempre me dio risa el ‘blan co de sangre azul’, que iba a los toros con sombrero cordo bés a hablar como Felipe VI. Él está convencido de que es puro, descendiente directo de español. Y claro, las faltas de ortografía que tenía al hablar, confundiendo la “s” con la “c” y la “z”, no solo que lo “dela taban”, sino que eran todo un sainete. Conocí a un par que decían ser de “raza pura”. ¿Raza pura? ¿Existe eso? Los españoles nos conquistaron hace 500 años. Derrotamos al imperio hace 200 años (en números redondos). Es decir, que desde hace 200 años se fueron para su casa. En los primeros 300 años se mez claron y se remezclaron como más pudieron. Y desde que se fueron, nosotros no hemos hecho otra cosa que conocer nos con alguien por Tinder y hacer exactamente lo mismo. ¿O acaso usted es de los que pide “pedigree”?
Por otra parte, los españoles, los puros, fueron conquistados por los árabes, que no estuvie ron 300 años como en nuestro caso, sino que permanecieron en su territorio ocho siglos. A eso sumémosle que los gitanos son una de las comunidades más mezcladas del mundo o que el hombre, según Yuval Noah Harari, apareció en el África. ¿Raza pura? Eso está bien para saciar su comple jo de inferioridad, pero en la vida real no existe. Mil dis culpas por bajarle de la nube.
Lo que vivió ayer Perú debe ser vir como advertencia para toda la región. Es el triste desenla ce que acaece cuando los poderes del Estado se entrampan en una lucha sin cuartel —un juego de suma cero—, concentran su aten ción exclusivamente en su pugna y se olvidan de gobernar para la gente; al final, lo único que queda son actores impopulares y desprestigiados, sin más aspiración que no ser defenes trados antes que su rival.
Desde que Pedro Castillo llegó al poder, el Perú se vio inmerso en un paralizante conflicto entre el Ejecutivo y la oposición en el Legislativo, que derivaba una y otra vez hacia la Justicia. A manera de ata que preventivo, a horas de su inmi nente destitución, Castillo optó por un golpe de Estado que no prosperó.
Es una historia sin héroes, pero con muchos villanos; la incompetencia de Castillo era inocultable, pero lo
mismo debe decirse de la indolente inoperancia del Congreso. Sin embargo, el principal responsable de ello es la ciudadanía, que con su desdén por la participación demo crática y su ligereza al votar permite que sujetos poco idóneos lleguen al poder.
Afortunadamente, la intentona de Castillo no prosperó, pero no hay nada que festejar. Preocupa que el golpe de Estado haya dejado de ser un tabú en la región y cabe pre guntarse qué pasaría —o pasará—, en una situación similar, con man datarios más populares, ante una división de las Fuerzas Armadas o ante una propuesta más seductora de Asamblea Constituyente. Si los latinoamericanos no reaccionan, corremos el riesgo de volver a una etapa de convulsión permanente, con la democracia bajo asedio, que ya suponíamos superada.
Sefue muy pronto Rodrigo Arteaga. Su contingente era necesario en el quiró fano y en la vida, sobre todo en su familia, que honra su memo ria. Y precisamente de eso que remos hablar en este artículo, de un acto de generosidad que no tiene mayores precedentes en Ecuador, aunque sí es usual en países como los Estados Unidos de Norteamérica.
Se trata de la decisión de la familia, liderada por el tam bién médico Oswaldo Ramírez Arteaga, quien trabaja con éxito en Canadá, y quien tuvo la iniciativa de crear la beca para el mejor cirujano de la Universidad San Francisco de Quito, como una forma de financiar el talento y también de honrar la trayectoria de un médico impoluto, de un ciruja no plástico de prestigio, con un récord de éxitos profesionales impecable.
Asistí a la sencilla ceremo nia cargada de emotividad, en la que un joven recibió la beca, con el compromiso de dedica ción y esfuerzo que conlleva el recibir un financiamiento que cambia su vida y la de su entorno.
La familia de Rodrigo Arteaga se comprometió a continuar con la iniciativa, es decir becar cada año a un estu diante destacado en el ámbito de la cirugía, con la esperanza de contribuir a la formación de los jóvenes profesionales que tienen muchos deseos de estu diar, de progresar y que esta y otras becas ponen de relieve como una especie de galardón muy efectivo.
Ecuador necesita de cada vez más profesionales, más preparados en otras discipli nas y que tengan mística por el trabajo y crean en el país Solo así podremos salir ade lante como Ecuador y como ciudadanos integrantes de un colectivo, que se llama nación.
Por todo ello relievamos el gesto de una familia, su deci sión de contribuir a la socie dad, de retribuir el esfuerzo de la formación profesional, com prometiéndose con el futuro de la nación.
RODRIGO CONTERO PEÑAFIEL rcontero@gmail.com“ Respetar y hacer respe tar el ordenamiento jurí dico del país, especial mente las normas que con sagran los derechos funda mentales de las personas, es deber ineludible del Estado. Mi país me dio el deber de defender la seguridad social y luchar por los dere
chos de los afiliados y jubi lados; la seguridad social no solo le pertenece al Estado, sino también a la sociedad civil y a la ciudadanía”, dice el Dr. Marco Proaño Maya.
Todos los gobiernos tienen la responsabilidad de prote ger la vida de las personas, prestarles atención integral en salud y entregarles una pensión digna cuando acce dan a su jubilación luego de largos años de trabajo y ser vicio al país. Las acciones administrativas que lleva adelante el IESS adolecen de graves errores concep
tuales; afiliados y jubilados se ven seriamente afectados ante el pronunciamiento de las centrales sindicales, Fenocin y Conaie, dirigidas por políticos y activistas de siempre.
Para evitar esta catás trofe, el artículo 424 de la Constitución de la República prescribe que las normas y los actos del poder público deberán mantener confor midad con las disposiciones constitucionales, caso con trario carecerán de eficacia jurídica . Para concretar su propuesta este prestigioso
jurista, defensor de las polí ticas públicas en el Ecuador ha presentado tres proyec tos de Ley Reformatoria a la Ley de Seguridad Social, a fin de que: se disponga la contribución obligatoria del 40% por parte del Estado al Fondo de Pensiones para financiar las prestaciones de invalidez, vejez y muer te contempladas en la Ley y evitar se rompa el equili brio financiero provocando una profunda crisis social; se reforme el mecanismo de revalorización anual de las pensiones, establecido en
el incremento anual de las pensiones que como resul tado de la inflación pro medio de cada año, causa grave perjuicio a los jubi lados que perciben meno res ingresos; se reforme el Código Orgánico Monetario y Financiero y la Ley del Banco del IESS para recu perar su institucionalidad, armonizándolas con las dis posiciones contenidas en la Constitución.
Sin un sistema de seguri dad social responsable, sus tentable y solidario, no hay sociedad democrática.
Con 10 días de anticipación a la Navidad, el Municipio de Ibarra iniciará la agenda de festividades decembrinas.
IBARRA. El centro de la ciu dad será el principal sitio que congregará los eventos navideños de Ibarra en este año.
Desde la Municipalidad, este 7 de diciembre de 2022, se presentó una agenda con alrededor de 40 eventos públicos que se extenderán hasta la víspera de Navidad. Se resaltan actividades cul turales y recreativas dirigi das para todo público, en focadas en la reactivación económica de la ciudad , informó el concejal Leonar do Yépez, presidente de la Comisión de Fiestas del Con cejo Municipal.
“Hemos trabajado para involucrar a los sectores productivo, artístico, cultu ral, de emprendimientos, en el marco de la
recuperación económica . Como Munici palidad, presentamos even tos de calidad” dijo al invitar a todos los ibarreños a ser parte de la agenda navideña.
Darío Robby, director de Cultura del Municipio de Ibarra, detalló la programa ción de la agenda navideña, que se realizará del 14 al 23 de diciembre. “Tendremos actividades que permitirán dinamizar la economía local, a través de nuestros artistas locales y nacionales de músi ca, danza, teatro, artes plás ticas, circo social, que se han activado, al igual que el me dio centenar de unidades educativas que le cantan a la Navidad y dan un mensaje de esperanza con sus coros preparados con mucho cari ño”, señaló Robby.
Agenda detallada Dentro del programa ‘Má gica Navidad’, el 14 de diciembre de 2022 consta un evento ciclístico que em
pezará a las 18:00 y recorre rá las iglesias de Ibarra, con partida desde el ECU-911.
El jueves 15 de diciembre se iniciará el
festival interescolar de coros navideños y villancicos, el cual se tomará, cada día, hasta el 23 de diciembre, las iglesias del cantón. Los niños cantarán en la mañana y en la tarde.
En la primera jornada del festival, a las 09:00, se realizará la inauguración en la iglesia de Las Lajas, en San Antonio de Ibarra. El mismo día, a las 15:00, será la pre sentación en la iglesia Jesús del Gran Poder, en el sector de El Ejido (ver recuadro).
° Iglesia de Las Lajas de San Antonio de Ibarra (15 de di ciembre – 09:00)
° Iglesia Jesús del Gran Poder (15 de diciembre – 15:00)
° Iglesia del Señor del Amor (16 de diciembre – 09:00)
° Iglesia La Basílica (16 de diciembre – 15:00)
° Iglesia Cristo Resucitado (19 de diciembre – 09:00)
° Iglesia La Merced (19 de diciembre – 15:00)
° Iglesia Santo Domingo (20 de diciembre – 09:00)
° Iglesia Catedral (20 de diciembre – 15:00)
° Iglesia Santa Rita de Los Cei bos (21 de diciembre – 09:00)
° Iglesia San Francisco (21 de diciembre – 15:00)
° Iglesia San Juan Diego (22 de diciembre – 09:00)
Además, comenza rá el Pase del Niño , en su primer día, que tendrá como punto de partida la iglesia La Ba sílica, desde las 18:00, para recorrer la aveni da Pérez Guerrero, la calle Bolívar, con lle gada al parque Pedro Moncayo.
El 15 de diciembre tam bién se dará inicio a la Nove na, desde las 19:00, con una escenifcación teatral que es tará presente también todos los días en el parque Pedro Moncayo.
El 16 de diciembre se espera una de las
jornadas más representativas de la agen da, la cual arrancará con el
festival de villancicos en la iglesia Señor del Amor, en Caranqui, desde las 09:00, para a las 10:00 inaugurar la feria navideña, que se tomará el cen tro cultural El Cuartel, con más de 100 stands, todos los días, hasta las 22:00.
Por la tarde, a partir de las 17:00, arrancará el show es pecial que será el preámbulo del encendido de luces en el parque central y las calles aledañas, donde se cerrará el centro de la ciudad y se ten drá presentaciones musica les, de danza, teatro, mura les, personajes navideños y caritas pintadas.
Entre los artistas locales y nacionales que estarán
en escena, el Municipio de Ibarra anunció a Marqués, Karla Kanora, Daniel Páez, Selva Nostra, Jorge Augus to Yépez, Andrea Muñoz, Dayanne De la Cruz, el coro de la Escuela de Rock y coro Embarcación.
Tras el concierto navide ño,
a las 19:00 se encende rán las luces navideñas que adornarán el parque Pedro Moncayo y las calles Bolívar y Flores. (FV)
Clic aquí para conocer la agenda con el deta lle de los 40 eventos programados.El sábado 17 de diciembre, el festival de coros y villan cicos se trasla dará de las iglesias al tea tro Gran Colombia, con presentacio nes desde las 09:00 y desde las 15:00. TOME NOTA
Iglesias que recibirán el festival de coros Del 15 al 22 de diciembre de 2022
La ciudadanía podrá ingresar y conocer su funcionamiento. Pero no movilizarse. La operación comercial será en 2023.
Imagine que sus amigos le invitan a jugar un partido de fútbol. Pero al llegar, le di cen que no hay pelota y que la invitación era solo para que vea la cancha.
Este ejemplo resume el anuncio del Municipio sobre el funcionamiento del Me tro de Quito. Pues, desde el 21 de diciembre de 2022, las puertas de esta mega obra se abrirán, pero no para movi lizar a los ciudadanos.
El 29 de noviembre de 2022, Santiago Guarderas, alcalde de Quito, anunció que el 21 de diciembre se da ría la apertura del siste ma. Aunque, en meses pasa dos lo que ofrecía era que el último mes de 2022 el Metro operaría comercialmente.
Las diferencias radican en que la apertura del sistema signifca que la ciudadanía podrá ir a conocer la infraestructura en las paradas. Lo que Guarderas ha calificado como “una casa abierta”.
El impacto del Metro en los vehículos privados va a ser casi nulo”,
CÉSAR ARIAS, EXPERTO EN MOVILIDAD.
No es mover trenes, los trenes se van a mover. Pero no se movilizan personas. Entonces no entra en funcionamiento para los ciudadanos”,
JUAN CARLOS FIALLO, CONCEJAL DE QUITO.
La puesta en marcha (Metro de Quito) será un proceso gradual, por fases (…) para garantizar la capacitación y seguridad de los ciudadanos, siguiendo las buenas prácticas internacionales”,
MUNICIPIO DE QUITO.
Pasajeros de Quito, confr ma que en la fecha anuncia da por Guarderas, el Metro “no entrará en opera ción”. Señala que aún están defniendo los sis temas de pago “pensan do en la ciudadanía, en el futuro, ya cuando esté el Metro (…) ya veremos los modos de pago, porque eso aún no se defne com pletamente”, señala.
El concejal, Juan Carlos Fiallo, dice que desde la Co misión de Movilidad les han hecho saber que todavía faltan un par de meses, “si quiera hasta febrero (2023)”, para el funcionamiento co mercial.
to permitirá descongestio nar el tráfico, siempre que exista una
conexión con los buses convenciona le s.
Gisel Paredes, secretaria de Movilidad, mencionó –durante una entrevista en Teleamazonas– que se ha avanzado en la planificación desde hace varios meses y añadió que la Or denanza
017 dispone las fa ses de integración de todos los subsistemas para la operación del Metro.
Fiallo dice que es po sible que se trate la or denanza en el Concejo Metropolitano en una se sión extraordinaria, este jueves 8 de diciembre de 2022. (AVV)
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Pico y placa se revisará tras la inauguración del Metro
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ESMERALDAS
Pico y placa se revisará tras la inauguración del Metro
La ordenanza que permite revisar las rutas y frecuencias, en Quito, se trataría en sesión extraordinaria, este jueves 8 de diciembre, según el concejal Juan Carlos Fiallo.
Es decir que, el 21 de di ciembre , la gente podrá entrar, familiarizarse y co nocer los espacios de este sistema. Algo que tomaría de dos a tres semanas. Sobre cuándo servi rá a la población, que es realmente para lo que fue construído el Metro, no hay una fecha. Guarderas había anunciado que esta se mana se realizaría una rue da de prensa para dar deta lles sobre el funcionamiento del Metro, al momento, no ha existido tal convocatoria.
El Metro de Quito abrirá desde el 21 de diciembre de 2022.
Juan Carlos Nájera, subgerente de la Empresa de
Fiallo critica que recién ahora se realice la sociali zación de “cultura Metro”, cuando el fn de inaugurar la obra más cara de Quito , en diciembre de 2022, “no es mover trenes, sino movilizar personas”.
Agrega que ya había ad vertido que mientras las rutas de los buses en super fcie no se reestructuren y estén “perpendicular a la movilidad longitudinal, de la ciudad (…) no pueden en trar en funcionamiento los subsistemas de transporte”.
Rutas y frecuencias Es conocido que el funcio namiento del Metro de Qui
REQUIERE ARRENDAR UNA BODEGA EN EL NORTE DE QUITO PARA INSTITUCIÓN PÚBLICA
Mínimo 200m2 con todas las seguridades, acceso para camión, con baño y parqueadero Enviar ofertas a correo: contratacionpublica@biess.fin.ec
Código de proceso: ARBI-BIESS-001-2022
El COE Nacional anunció la medida ante el incremento de contagios por complicaciones respiratorias, especialmente, covid e influenza.
¡Vuelve la mascarilla! Así lo anunció el ministro del Inte rior, Juan Zapata, este 7 de di ciembre de 2022. El COE Na cional resolvió que el uso de mascarilla sea obligatorio en lugares cerrados, trabajos, transporte público, aulas, sistemas de salud y también se recomendó su uso en espacios abiertos donde no se pueda mantener la distancia, como conciertos y eventos masivos.
Durante las últimas cua tro semanas epidemiológicas, entre el 6 de noviembre y el 3 de diciembre, los casos de covid-19 aumentaron de forma progresiva en las provincias de Guayas y Pichincha, las dos más afecta das durante la pandemia, pre cisó en un comunicado.
No obstante, aclaró que ese aumento de casos de contagio no supone nuevos pacientes con necesidad de hos pitalización ni tampoco una mayor mortalidad.
En la semana epidemio lógica número 48 (la actual) se reportaron 3.549 casos confrmados para covid-19 a escala nacional, lo que repre senta 2.869 más de los de la se
mana 45, en la cual se habían registrado apenas 680 casos.
Además, la cartera de Salud remarcó que el incremento de los casos de
Infecciones Res piratorias Graves (IRAG) en este periodo se deben prin cipalmente al virus de la in fuenza ‘AH3N2’.
Apuntó que los grupos de mayor contagio con esta pato logía son los de niños de entre 2 y 5 años de edad, así como el de adultos mayores.
El Ministerio de Salud Pública insistió en su pedido para que la
población mantenga las normas de bioseguridad como el uso de mascarillas si la persona presenta síntomas de afecciones respiratorias o si visita lugares concurridos.
Además, recordó que la cartera mantiene una campaña para la aplicación de vacunas y dosis de refuer zo contra la covid-19, la in fuenza y otras enfermedades respiratorias.
La fuente enfatizó en que las vacunas ayudan a evitar la enfermedad grave y la mortalidad en caso de conta gio. (AVV-EFE)
De acuerdo a los Arts. 107, 111, 149, 151, 157, 163 del Código Tributario y 164, 167, 168 del Código Orgánico Administrativo se procede con la notificación de la emisión de títulos de crédito, por obligaciones creadas, a nombre de las personas que se describen a continuación, quienes no fueron localizadas por diferentes razones; a fin de que un plazo de 10 días laborables, se acerquen a las Instituciones Financieras autorizadas con el número de título de crédito a cancelar las cuentas pendientes, caso contrario se procederá a ejecutar el cobro, a través de la vía coactiva.
1708441892 1710103332 1790881733001 1712335254 1706625637 1002996476 1713701793001 1723791693001 1723791693001 1708727639001 906991112 1719541532 401568225 923274070 1250247549 1801346832 1722265335 601727159 1713672549 1705229878 501375935 1312581166 1102811864 1715313191001 1720996295 1725970105 1790515540 179081733001 1721484051 1705124459 1712649894001 1750328724 1792279992001 1002313003 1706776588 1712549912 1790881733001 1703439503 1792587409001 500778667 1709467680001 1790792323001 1790881733001 1792587409001 1717041485 1790881733001 1792359058001 1714117502001 1790881733001 1150368346 1712123296 1790881733001 1716515331 1792901367001 1002766184 1790881733001 604462556 1722941125 1718711037 1002271987
KATHERYN
HARO EMMA MARITZA
MORALES ESPERANZA JIMENA OCAÑA LOPEZ CINDY ALEXANDRA HURTADO
CARLA PATRICIA HURTADO DELGADO CARLA PATRICIA MORALES CONGO MARIA HERMINDA ESPERANZA QUISHPI LOJA JUAN ALFONSO MENDEZ ASANZA MARCELO FRANCISCO AYALA ALARCON ISAAC DENNIS FLORES COBO MARÍA GABRIELA CASTRO MUÑOZ MAYRA CAROLINA VINTIMILLA LARREA JAKER LIONEL GUZMAN PASPUEL GIOMAYRA JANETH CARRILLO CIFUENTES MARIO RENATO BAEZ MIÑO KARINA ALVARO RAMIREZ ROSA ELENA VEGA SUMBA CARLOS ALFREDO MENDOZA ESMERALDASDEISY MARGARITA QUEZADA MORA WUILSON FRANCISCO GUATEMAL CACHIPUENDO WILLIAN HERNAN QUIROZ ROMO MANUEL VINICIO URQUIZO PADILLA JOSUA DAVID LOPEZ ACHIG RONALD SANTIAGO INDUVALLAS CIA LTDA VILLAVICENCIO RODRIGUEZ ANDRES SEBASTIAN IZQUIERDO MOSQUERA IVAN ERNESTO ALMEIDA TRUJILLO
28999208 30444799 33031071 33031059 30591822 28853670 28850563 30552003 28855179 28854056 28855295 33472287 33327850 29085865 25234008 28822464 33388475 24827388 24736243 33551108 28709112 32982487 33610728 29635857 29685417 32975960 28039707 34175556 29679648 34164961 33551575 29535064 34068516 33029642 24974303 33030908 34384429 29728758 33030837 34354236 28386601 25070684 32962807 28034179 16844274 34116968 28386403 28802091 33535945 34731216 28452355 28871123 28871787 28871929 28872236
100,00 100,00 1.600,00 2.125,00 100,00 100,00 1.875,00 157,60 315,00 1.875,00 100,00 100,00 4.539,36 100,00 100,00 100,00 800,00 4.000,00 1.930,00 337,50 1.576,00 193,00 400,00 2.000,00 531,00 100,00 73,20 7.680,00 800,00 100,00 236,40 100,00 15.360,00 337,50 3.600,00 1.098,00 7.411,20 2.000,00 80,00 80,00 3.841,50 7.564,80 7.546,80 80,00 560,00 3.152,00 2.880,00 160,00 15.129,60 1.930,00 100,00 1.576,00 100,00 21.250,00 137,50 15.129,60 100,00 100,00 100,00 100,00
Mayor información se entregará en la Tesorería de la Administración Zona Norte “Eugenio Espejo”, en la Av. Amazonas N38-112 y Pereira.
En siete días, Virgilio Saquicela solo alcanzó a posesionar a los vocales suplentes Olindo Nastacuaz y Gina Aguilar.
Las funciones Legislativa, Judicial y Electoral tienen puesta su atención en el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs).
Desde el 9 de febrero de 2022, este organismo es el epicentro de la crisis políti ca cuando Ibeth Estupiñán, Francisco Bravo, Hernán Ulloa y María Fernanda Ri vadeneira desconocieron a
Sofía Almeida y David Rosero como titulares de la institución.
Los cuatro vocales mo tivaron su decisión en dos aspectos: la supuesta falta
de convocatoria a una se sión declarada permanente desde hace trece días, y pre suntas irregularidades en los procesos de selección de funcionarios del Estado Desde entonces, los en frentamientos entre las au toridades no cesan. En in numerables ocasiones han acudido a la justicia para interponer medidas cautela res y acciones de protección.
La pregunta 7 del refe réndum constitucional que promueve el gobierno busca la eli minación de la facul tad de designación que actualmente tiene el Cpccs y la introduc ción de nuevos mecanismos de designación de autoridades a cargo de la Asamblea.
presunto incumplimiento y arrogación de funciones.
La manipulación institucio nal no queda solo en pedir los pronunciamientos de autoridades judiciales.
La contienda también se ha trasladado a la cancha del Consejo Nacional Elec toral (CNE) que organiza las elecciones seccionales, la designación de nuevos vo cales del Cpccs y la consulta popular de iniciativa del Eje cutivo para el 5 de febrero de 2023.
signar a dos nuevos vocales, Virgilio Saquicela, presi dente de la Asamblea, se vio obligado a detenerse en su planteamiento.
El presidente del Legisla tivo tenía previsto posesio nar en el Pleno de este 7 de diciembre de 2022 a otros dos vocales suplentes (Aland Molestina y Graciela Mora), pero horas antes canceló la sesión después de que el juez de la unidad multicompeten te de La Concordia (Santo Domingo de Los Tsáchilas), Ángel Lindao Vera, aceptó una nueva acción de protec ción a favor de Ulloa, Riva deneira, Estupiñán y Bravo, quienes ganaron una nueva ofensiva legal en su aspira ción de continuar al frente de este organismo del Estado.
Lindao Vera dispuso a la
Asamblea Nacional pre sentar disculpas públicas a los vocales en el plazo de cinco días. También de berá colocar una placa con memorativa y un banner con el texto: “Ningún poder del Estado está por encima del control constitucional”. Así quedó en firme la nu lidad de la resolución de la Asamblea que los censuró y destituyó.
Hernán
Ulloa, actual presidente del organismo; María Fernanda Rivadeneira, vicepresiden ta, y
por defender sus espacios y continuar en sus cargos.
Estupiñán, pugnan
Francisco Bravo e Ibeth
° Para evitar que los consejeros de mayoría se mantengan en sus puestos y poder designar a sus reemplazos, la Asamblea pidió al CNE por dos ocasiones que le remita los nombres de los voca les que más votación alcanzaron en las elecciones generales de marzo de 2019.
El 27 de noviembre, Saquicela solo pudo posesionar al vocal suplente Olindo Nastacuaz, expresidente de la Confederación de Nacionalidades Indígenas de la Costa Ecuatoriana (Conaice) y exasesor del exvocal del correísmo, Edwin Jarrín, en el Cpccs. El 5 de diciembre solo se designó a Gina Aguilar, una de los dos conse jeros que fueron convocados al pleno de la Asamblea.
En el otro andarivel, la Asamblea busca que se deje en frme la destitución de estos vocales del Cpccs ocu rrida en el Parlamento el 18 de noviembre de 2022 por
Mario Altamirano, docen te de comunicación política, opinó que no es “saludable” para el sistema democrático que otras funciones del Es tado “distraigan” al electoral con pugnas políticas mien tras el CNE está concentrado en organizar al menos tres procesos. “En esta coyuntu ra no conviene que se salpi que al Consejo Electoral con discrepancias político-judi ciales”, señaló, tras aclarar que esto debe ser ventilado en los espacios que corres pondan.
Posesión resultó fallida En un nuevo intento por de
° El Cpccs ha sido centro de polémicas y objeto de críticas por la facultad que le dio en 2008 la Asamblea Constituyente de Mon tecristi de designar a 77 autoridades del Estado. A partir de 2010, cuando empezó a operar, el Estado le ha asignado más de $152 millones. De este total, el 96.94% ha sido para gasto en burocra cia, el 0.29% para promoción, el 0,00% para la tareas de lucha contra la corrupción, el 1,10% para la designación de autoridades, y el 1,67% para trabajos de consultoría.
Argumentos de defensa Diego Chimbo, parte de la defensa técnica de los vo cales, dijo que la estrategia argumentativa se basó en que el control político reali zado por la Asamblea debe enmarcarse en el respeto a la Constitución y que el de recho a la defensa requiere garantías básicas del debi do proceso, como base de la seguridad jurídica. Detalló que los asambleístas vota ron la moción de censura sin que exista un informe de la Comisión de Fiscalización.
La Asamblea calificó de “inmotivada, vulneradora y por demás dudosa la re solución judicial en materia constitucional”, y anticipó que el recurso ya fue apela do.
“Esta es una espuria e in fundada acción de protec ción incoada por parte de los exconsejeros del Consejo de Participación Ciudadana, censurados y destituidos”, informó la Asamblea en el chat institucional de perio distas. (SC)
Tres temas importantes se pueden definir el 14 de diciembre de 2022. Por un lado, el acuerdo comercial con México. An drés Manuel López Obrador, presidente mexicano, declaró que Ecuador estará en la Alianza del Pacífico y parece que esta vez sí se concretará el tratado. Por otro lado, el mismo día también se espera la firma del me
morándum técnico final de la negociación del acuerdo comer cial con China. Esto durante la feria China Lac en Guayaquil. Finalmente, la Junta Ejecutiva del FMI se reunirá el 14 de di ciembre para tratar la sexta y última revisión del programa que mantiene con Ecuador. Todo está atado al desembolso de $700 millones adicionales. (JS)
La gran conquista de Iza, después del paro violento, es que el consumo de diésel alcanza un récord histórico en 2022. Mucho de ese consumo sale ilegalmente a los países vecinos.
Una de las grandes conquistas, luego del paro violento de 18 días en junio de 2022, fue que el precio del diésel bajó de $1,9 a $1,8 por galón.
Esta medida, junto con la exigencia de un subsidio gene ralizado con excepciones como los sectores exportadores atu neros y camaroneros, fueron vendidas por Leónidas Iza y el movimiento indígena como benefcio directo al bolsillo de los más pobres del país.
Sin embargo, un diésel mu cho más barato que el prome dio internacional de más de $3,4 por galón, se ha converti do en realidad en un incentivo para mantener el ineficiente sistema de producción y ref nación local; y para que buena parte de las crecientes impor taciones se desvíen al contra bando.
Así, el consumo de diésel va a pasos agigantados hacia alcanzar un récord histórico de más de 35 millones de barri les hasta fnales de 2022. Esto a pesar de que el promedio de los cuatro años previos no su peraba los 31 millones.
“La economía sin llegar a los niveles de 2019 y el consumo de diésel en récord. Se nota que a los vecinos les ha ido bien”, puntualizó Fausto Ortiz, exmi nistro de Economía.
Solo hasta septiembre de 2022, las importaciones de diésel ya superaron los 20 mi
Combustible 2019 2020 2021 2022
Diésel 591,6 233,9 325 1.415,60 Gasolina 212,5 133,9 139,3 612,9 Gas 161 54,1 349 489
Total 965,10 421,90 813,30 2.517,50
Año Diésel Gas Gasolina Total
2016 12.822 6.895 12.404 34.137
2017 13.402 7.811 12.391 35.621
2018 14.107 8.247 12.910 37.282
2019 16.082 9.059 15.734 42.894
2020 13.801 8.991 10.696 35.508
2021 16.058 9.594 13.431 41.104
2022 20.005 10.371 13.518 45.916
llones de barriles, con un alto costo para el país, pero entre un 10% y 15% se fugan para f nanciar contrabando en lugar de gastarse en las múltiples ne cesidades que tiene el país.
Es decir, los mayores pre
cios internacionales y la mayor demanda interna, como resul tado de la reactivación econó mica, solo explican una parte de lo que está ocurriendo con el diésel.
Un fenómeno parecido se
replica con la gasolina extra, pero sobre todo con el gas.
Sin embargo, ese último caso,
como analizó LA HORA en una nota de agosto de 2021, es un tema tabú que ningún Gobierno toca por el lado de los subsidios, pero tampoco por el lado de aumentar la produc ción nacional para reducir los costos.
El hueco del subsidio La pérdida en comercializar combustible importado (com prar caro en el exterior y ven der barato en el mercado interno) podría superar los $3,400 millones hasta fna lizar 2022.
Sin embargo, de acuer do con Ortiz, si se le añade el costo de oportunidad de comercializar los refnados localmente, esa suma supe rará los $5,000 millones.
Jorge Luis Hidalgo, ge rente de GreenPower In ternational S.A. y experto petrolero, ha explicado en múltiples oportunidades que existe una “mafa de im portadores de combustibles, con complicidad de no más de 15 funcionarios de Petro ecuador”, los cuales impi
den que mejore el sistema.
El ministro de Energía, Fernando Santos Alvite, re conoció, pocos días después de su posesión el pasado 31 de octubre de 2022, que Pe troecuador es una especie de Estado dentro del Estado, por lo que se necesitan cam bios estructurales.
Sin embargo, los proce sos de licitación para apro vechar el gas asociado en los campos petroleros, impul sar la producción del campo Amistad, o potenciar la ref nería de Esmeraldas, se han vuelto a relanzar sin pers pectivas claras.
Sin controles desde 2007
Fernando Reyes, vice presidente del Colegio de Ingenieros
Petroleros, pun tualizó que uno de los pro blemas centrales es que en 2001 había un Reglamento de Comercialización que, sin ser perfecto, algo de fre no ponía a la discrecionali dad en las importaciones de combustibles.
“En 2007 lo eliminaron y sus resultados están a la vista. Sugiero se retome el tema y se lo adecue a las condiciones actuales y pre vistas del mercado”, aseve ró.
Reyes añadió que ya son más de cuatro décadas que los importadores de combustibles evitan que el procesamiento interno del petróleo, gas asociado y na tural crezca.
“Abortaron instalación de refnería y planta petro química Atahualpa y las ampliaciones de la de Esme raldas son de baja efciencia y costosas”, dijo.
En este contexto, se per petúa un sistema que no tiene incentivos para mejo ras sustanciales; mientras el Gobierno toma medidas como la eliminación del sub sidio al sector camaronero que, aunque importante en términos de transparencia y efciencia en el gasto públi co, no pone el dedo en la lla ga de donde se generan las mayores pérdidas. (JS)
R. DEL E.
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO NAPO-TENA
EXTRACTO JUDICIAL
ACTOR: JAIME VICENTE CARRASCO GAIBOR
DEMANDADO: HEREDEROS Y PRESUNTOS DESCONOCIDOS DE LA SEÑORA GARCIA VILLAGOMEZ INES MARIA
JUEZ: DR. GERMAN RICARDO CASANOVA BORJA
SECRETARIA: ABG. CARMEN LEONOR ORTIZ GUEVARA
JUICIO: 15951-2022-00692
CAUSA: AUTORIZACION DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
TRAMITE: VOLUNTARIO
CUANTIA: INDETERMINADA
SE HACE SABER. - Que en la UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, el señor JAIME VICENTE CARRASCO GAIBOR, Presentó una DEMANDA DE AUTORIZACION DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, cuyo extracto es como sigue:
“…Tena, miércoles 30 de septiembre del 2022, a las 15h00. VISTOS: (…) En lo principal, conozco de la presente causa de Autorización de Venta de Bienes de Niñas, Niños, Adolescentes y de personas sujetas a guarda, en mi calidad de Juez de esta Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Tulcán, en base al sorteo de ley.- I) La demanda presentada es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento voluntario, conforme lo establece el inciso final del Art. 334 del mismo cuerpo legal invocado. Agréguese la documentación adjunta a la demanda, la cual se considerará en su momento procesal. II) CIT ACIÓN a HEREDEROS.- A los herederos CARRASCO GARCÍA NURY ALEXANDRA y CARRASCO GARCIA CRISTIAN OMAR se los citara de conformidad al artículo 53 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos, mediante uno de los señores citadores de la Corte provincial de Justicia de Napo; a los Herederos Presuntos y desconocidos de la señora GARCIA VILLAGOMEZ INES MARÍA se los citará conforme el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, a través de 3 publicaciones en el Diario “La Hora” con amplia circulación, que se edita en la ciudad de Quito, esto en armonía con el numeral 1 del artículo 56 del COGEP, para cuyo efecto la señorita secretaria de esta judicatura elaborará los extractos correspondientes, hecho lo cual y a partir de la fecha de la última publi cación se procederá conforme indica la ley, respecto de la contestación a la demanda. III) El peticionario CARRASCO GAIBOR JAIME VICENTE, en su calidad de representante legal de la menor: ANABELY GISELL CARRASCO GARCÍA deberá comparecer en el día y hora de la Audien cia Única. En aplicación a los artículos 190 y 191 del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con el artículo 168 numeral 6 de la Constitución de la República del Ecuador, hágase saber del desar rollo de la diligencia de audiencia a los señores: TIXE BASATEZ MIRIAM ENITH y RODRIGUEZ BARRAGAN MARIA MATILDE sus declaraciones, se las receptará en el día de la Audiencia Única. En dicha audiencia se escuchará a los concurrentes y se practicará las pruebas que sean pertinentes. Téngase en cuenta la cuantía y el señalamiento de casillero judicial, el correo electrónico señalado, como la autorización que concede el peticionario a su abogado defensor Abg. Rodolfo Aguinda. Téngase en cuenta la documentación adjunta a la demanda. NOTIFÍQUESE.” Fdo)
DR. CASANOVA BORJA GERMAN RICARDO-JUEZ.LO CERTIFICO.
El atacante de Portugal aprovecha los malos días de CR7. Sus compañeros destacan ventajas en el juego de Ramos.
Tiene 21 años y juega en el Benfica, de Portugal. An tes del Mundial marcó 14 goles en 21 partidos de la temporada con el cuadro luso. Ramos siempre fue go leador en las divisiones juve niles de Portugal.
En la jornada del 6 de di ciembre, en los octavos de f nal, estuvo como titular ante Suiza y su respuesta fue con tundente: tres goles en 72 minutos de partido Ramos lideró el ataque de Portugal ante el rompi miento de Cristiano Ronaldo con el técnico Fernando Santos . La estrella del fútbol portugués insultó a su entrenador cuando fue sustituido en el parti do ante Corea del Sur . El DT no ignoró la falta de res peto y decidió sentarlo ante los helvéticos.
La crisis con CR7 permitió el lucimiento de Ramos, la estrella emergente del equi po. El ariete marcó a los 17 minutos y luego a los 51 y 67. Salió a los 72 minutos.
Sus cifras son impresio nantes, según las completas estadísticas de la FIFA: in tentó 10 pases, siete de ellos de forma completa (70 ). Tuvo cinco opciones de gol, de las cuales tres terminaron dentro de las redes del golero Yan Sommer.
La pregunta es: ¿Ramos seguirá como titular? En cuartos de final, ¿volverá Cristiano Ronaldo? Hay versiones (nada confir mado, solo versiones) de que las relaciones entre el DT Santos y CR7 no han mejorado. Además, los co mentarios de Bernardo Sil va y Bruno Fernandes, los nuevos líderes del equipo en cancha, inclinan la balanza hacia Ramos, la naciente es trella.
Luego de la paliza a Suiza, Fernandes y Silva llenaron de elogios al delantero del
Benfca. Sobre todo por su solidaridad en el momen to de la presión, algo de lo que Ronaldo adolece. “Es un delantero que crea espa cios. Se involucra en el juego, es fuerte y pelea”, dijo Bru no, el hombre del Manches ter United.
Bernardo Silva, del Man chester City dobló la apues ta: “
Gonçalo corre bien los espacios, presiona a los defensas, nos ayuda mu cho”, dijo el talentoso portu gués en la zona mixta.
Nacido en Olhao, Ramos hizo las divisiones juveniles en el club Loulé y luego com pletó su proceso formativo en Benfica. En su primera
titularidad en el Mundial ya marcó tres goles. Antes fue suplente en dos partidos: con Ghana y Uruguay, en ambos partidos reemplazan do a Cristiano Ronaldo. ¿Es la nueva estrella de los lu sos? Todo parece indicar que sí.
(La Cancha)
EL DATO
Portugal se enfrentará con Marruecos, el sábado a las 10:00, por los cuartos de final del Mundial Catar 2022.
El autogolpe de Pedro Castillo generó una crisis similar a la protagonizada por Alberto Fujimori en 1992, pero tuvo un resultado muy distinto.
LIMA. La abogada izquier dista Dina Boluarte juró este 7 de diciembre de 2022 ante el pleno del Congreso como la primera presidenta de la historia de Perú, tras la destitución por el Parlamento de Pedro Castillo, acusado de dar un golpe de Estado.
Boluarte, quien era vi cepresidenta de Castillo, juró “por Dios, la patria y la Constitución” y dijo que asume “
de acuerdo con la Constitución Política del Perú, desde este momento y hasta el 28 de julio de 2026”,
cuando debe cumplir el ac tual período de Gobierno.
Añadió que entre sus compromisos estará “defen der” la soberanía nacional y que “cumplirá y hará cum plir” la Constitución y las leyes de su país.
“Antes que política, soy una ciudadana y madre pe ruana, que tiene pleno cono cimiento de la alta responsa bilidad que la historia pone en mis hombros”, sostuvo antes de afrmar que “se ha producido un intento de golpe de Estado promovi do” por Castillo
° La decisión adoptada por Pedro Castillo, de cerrar el Parlamento y convocar un “Gobierno nacional de emergencia” recordó lo ocurrido el 5 de abril de 1992, cuando el entonces presidente Alberto Fujimori anun ció la disolución del Congreso y la toma bajo su control de todos los poderes del Estado.
El denominado “autogolpe de Fujimori”, que estuvo avalado por las Fuerzas Armadas, supuso un quiebre en el orden constitucional del país, algo que se repitió, 30 años después, en opinión tanto de legisladores opo sitores como de parlamentarios que lo apoyaban.
“Esta decisión configura un golpe de Estado”, aseguró la legisladora izquierdista Ruth Luque, cuya agrupación respaldó habitualmente a Castillo.
Pero a diferencia de lo que sucedió entonces, cuando los militares arrestaban a opositores, en esta ocasión, las Fuerzas Armadas dieron la espalda a Castillo.
Invocó, por ese motivo, a “un amplio p
roceso de diá logo entre todas las fuer zas políticas” y solicitó una tregua política para poder combatir a la corrupción.
A la ceremonia, celebrada en el hemiciclo legislativo, acudieron congresistas y otras altas autoridades de los poderes del Estado y de las Fuerzas Armadas, que fueron ovacionados por haber anunciado que respe tarían la sucesión constitu cional en el país.
Previamente, el presiden te del Legislativo, José Wi lliams, informó que, a partir de la destitución de Castillo, se activaba la sucesión presidencial y convocó a una sesión del Pleno para que Boluarte jurara como la primera mujer en asumir la presidencia peruana en 200 años de vida republicana.
Al inicio de esa ceremo nia, y de acuerdo con el pro tocolo,
Williams recibió la banda presidencial por unos minutos y luego in
vitó a Boluarte a ingresar al hemiciclo para jurar al car go.
El autogolpe Castillo puso fin a su tur bulento mandato al dictar un extemporáneo cierre del Congreso,
califcado mayori tariamente como un golpe de Estado, horas antes de que se votara una moción de desti tución en el Parlamento que, según todas las cuentas, no iba a prosperar.
Por sorpresa, sin avisar en sus redes sociales o a tra vés de su equipo de prensa, Castillo comenzó la jornada con un
mensaje en video transmitido a la nación con las manos tembloro sas y al que, durante horas, no se tuvo acceso a través de las redes sociales de la Presi dencia.
“Se dictan las siguientes medidas: Disolver tempo ralmente el Congreso de la República e instaurar un Gobierno de emergencia excepcional”, dijo en
° El canciller mexicano, Marcelo Ebrard, anunció este 7 de diciembre de 2022 el aplazamiento de la Cumbre de la Alianza del Pacífico prevista para el 14 de diciembre en Lima, por “los últimos acontecimientos” en Perú, en referencia a la destitución del presidente Pedro Castillo, aprobada por amplia mayoría por el Congreso, tras haber dictado su disolución. Así lo indicó Ebrard en un tuit en el que evita valorar lo sucedido en Perú, pese a que la decisión de Castillo fue mayoritariamente considerada como un golpe de Estado. México debe entregar la presidencia temporal del bloque a Perú
el mensaje en el que pidió “convocar en el más breve plazo a elecciones para un nuevo Congreso con facul tades constituyentes para elaborar una nueva Consti tución en un plazo no mayor de 9 meses”.
También
ordenó un toque de queda a nivel nacional y declaró en reorganización el “sistema de judicial, el Poder Judi cial, el Ministerio Público, la Junta Nacional de Justicia (JNJ) y el Tribunal Constitu cional (TC)”.
Minutos después, su propio Gobierno le dio la espalda. El primero fue el canciller, César Landa, quien presentó su renuncia y pidió ayuda a la comuni dad internacional para fre nar las intenciones de Casti llo. Esto desató una cadena de renuncias de ministros. Luego, la vicepresidenta y nueva jefa de Estado, Dina Boluarte, denunció que el movimiento de Castillo era un golpe de Estado.
La destitución Lejos de amedrentarse, el Congreso de Perú
cerró las puertas del Palacio Le gislativo y, ante la impasi vidad de policías y militares que nunca abandonaron sus cuarteles o comisarías, adelantó el voto de la mo ción de vacancia.
Los congresistas califca ron como golpe de Estado la decisión de Castillo y mo difcaron la idea inicial de la moción de vacancia por “permanente incapacidad moral”,
debido a las diferen tes investigaciones abiertas contra Castillo por corrupción, al señalarlo directa mente por golpe de Estado.
En esas circunstancias, 101 de los 130 congresistas votaron a favor de destituir a Castillo que, en paralelo, abandonó casi en secreto y por la puerta de atrás el Palacio de Gobierno.
Tras la votación, Castillo fue detenido en un confuso hecho que circuló amplia mente por las redes sociales. Rodeado por su escolta presidencial, se hizo pú blico que había sido des tituido y los policías que lo resguardaban lo detuvieron y lo trasladaron a la prefec tura de Lima. EFE
que la situación de la comunicación cibernética sea segura en todos los países”, planteó el senador español, quien ha sido elegido por la Unión Interparlamentaria (IPU) para elaborar el informe ‘Ciberata ques y delitos cibernéticos, nuevas amenazas a la seguridad global’. Esta organización agrupa a 178 cámaras legislativas de todo el mun do. EFE
La Defensoría del Pueblo reporta que este año se registraron 199 asesinatos de activistas.
BOGOTÁ. Mientras Colombia espera una
paz que depende de que grupos guerrilleros ligados al narcotráfco fr men un acuerdo de paz con el Gobierno de Gustavo Petro, la Defensoría del Pueblo de ese país reportó
199 asesina tos de líderes sociales des de enero al 30 de noviembre de 2022. Esta es “la cifra más alta” desde 2016, cuando esta institución del Estado comen zó a hacer registros.
El número supera incluso las cifras de todo 2021, cuando 145
defensores de derechos humanos fueron asesina dos, y los de años anteriores, incluido 2020, que fue el año
En departamentos como Arauca, en la frontera con Venezuela, se ha dis parado la violencia, debido a la disputa entre el ELN y disiden cias de las FARC por controlar el territorio.
341 asesinatos se han registrado este 2022 en Arauca. 12 fueron de de líderes comunitarios.
más letal para los líderes y hubo 182 asesinatos.
Según el defensor del Pueblo, Carlos Camargo, este aumento se debe a una “ecuación” que mezcla “in cremento de asesinatos de líderes sociales, el aumento en las hectáreas sembradas de cultivos ilícitos, así como también el control y la explo tación de los grupos armados ilegales de las distintas rutas del narcotráfco”.
Esto quiere decir que el aumento de hectáreas de coca, que según la ONU, tam bién rozó máximos históri cos el año pasado, pasando de 143.000 hectáreas en 2020 a 204.000 en 2021, ha provo cado una mayor purga por el poder y el dominio tanto de los cultivos como de los co rredores del narcotráfco, lo que ha derivado en el asesi nato de quienes defenden su territorio y se oponen a estas dinámicas.
Los anuncios de paz total deberían refle jarse en una dismi nución de asesinatos de líderes sociales, pero eso no está ocurriendo”.
mente la violencia de grupos armados por encontrarse sus resguardos en corredores y territorios en disputa de los grupos.
La Defensoría del Pueblo, que es la organización del Es tado que hace un seguimien to más completo a este tipo de casos, aseguró este 7 de diciembre de 2022 que desde el 7 de agosto, cuando Gustavo Petro llegó a la Presidencia de Colombia, se han registrado 66 asesinatos.
BRASIL. Debido a que el presidente brasileño, Jair Bolsonaro, suspendió las relaciones diplomáticas con Venezuela,
todavía no se ha podido invitar al gobernante venezolano, Nicolás Maduro, a la investidura del presidente electo de Brasil, Luiz Inácio Lula da Silva.
El equipo de transición aseguró que ese es un pun to que se está solucionando a nivel diplomático. Hasta el momento, los manda tarios de 11 países y el rey Felipe VI de España han confirmado su presencia en la ceremonia que será el próximo 1 de enero de 2023.
Los presidentes que han
confirmado su asistencia son los de Alemania, Ango la, Argentina, Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Costa Rica, Guinea Bissau, Portugal y Timor Oriental, según detalló el director de las ceremonias ofciales de la toma de posesión, Fernando Igreja.
Tras la ceremonia, se rea lizará un
festival de música para el público asistente a la investidura, que se espera sea de cerca de 300.000 personas.
EFE
ESTOCOLMO. Los
Premios Nobel siguen teniendo una falta de mujeres entre sus distinguidos, en especial en las categorías científcas, aunque en los
últimos años cuatro de ellas lo han logrado en Química lo que marca “una tendencia posi tiva”.
destacó en una rueda de prensa que para ella es “un gran honor” sentarse entre, dijo, “estos científicos in creíbles”.
Así lo considera Carolyn R. Bertozzi, que este año ha logrado el Nobel de Quími ca y este 7 de diciembre de 2022 se
Además recordó que de las ocho mujeres que han logrado el galardón en Química, cinco están vivas y de ellas cuatro lo han logrado en los últimos años, lo que consideró “una ten dencia muy positiva”.
Los
líderes comunales han sido las mayores víctimas de homicidio, con 62 casos, seguido de los
indígenas (44), una comunidad que este año ha sufrido especial
Es decir, que en los últimos 4 meses, se ha concentrado un tercio de los asesinatos, a pe sar de las promesas y apuestas del nuevo Gobierno por llegar a diálogos y negociaciones con todos los grupos armados que actúan en el territorio y que de momento solo se han materializado en retomar las conversaciones con la guerrilla del Ejército de Libe ración Nacional (ELN). EFE
sentaba en una mesa con el resto de sus compañeros premiados en las disciplinas científi cas, en total ocho hombres y una mujer.
Bertozzi, que junto a la escritora francesa Annie Ernaux, son este año las únicas mujeres premiadas,
El de este año es el octa vo Nobel de Química que ha logrado una mujer y en las ediciones más recientes también se hicieron con él la estadounidense Frances Arnold, en 2018; además de Emmanuelle Charpentier (francesa) y Jennifer Doud na (estadounidense), en 2020.
EFE
Los prestamistas se movilizan en motocicletas y están sembrando zozobra en la localidad. Los vecinos denuncian que se han cometido varios delitos en el sector.
El temor y la zozobra se apo deran de los moradores de Huachi Belén, sur de Ambato. Un grupo de extranje ros los quieren obligar a que se endeuden con ellos a tra vés del chulco.
“Vienen a querer, a casi obligar, a que uno les coja el dinero que ofrecen pres tado, yo les he dicho que no deseo, pero ellos insisten”, aseguró Nancy, nombre prote gido, quien tie ne un negocio en la localidad y ha sido visitada por estas personas en varias ocasio nes.
lan con total normalidad, sin aparentar que están buscan do personas a quienes ofrecerles su dinero.
porque luego es para proble mas, y uno no sale nunca de eso, por eso mejor yo no me meto”, aseguró otro ciudada no que prefirió reservar su identidad.
EL DATO
Los moradores del lugar y comerciantes aseguran sentirse atemorizados por la presencia de extranjeros lo que, según su perspectiva, ha aumentado la inseguri dad en su sector.
“A mí me dejaron un pa pelito de que prestan dinero, yo le cogí y le boté porque no necesito, luego ya asomaron en una moto y diciéndo me que tome, aquí le deja mos la plata, y a pesar de que uno les dice no, siguen vinien do a persuadir hasta que uno les diga que bueno, eso ya da miedo, no es normal”, aseguró Franco, morador del lugar.
Además de la usura , las personas de la localidad aseguran que en el sitio se han dado varios hechos delictivos
“A un señor le sacaron un cuchillo grande para robarle. El otro día dejaron un carro parqueado y lo des mantelaron en un ratito, un testigo quiso avisar a la Po licía y le apuntaron con un arma de fuego”, comentó una de las moradoras.
Asimismo, a finales de no viembre, un adulto y dos menores de edad fueron capturados por la vecindad en medio de un presunto robo.
Los dueños de los peque ños locales comerciales del sector también denuncian ser víctimas de hurtos e incluso, ya se escucha en tre los ciudadanos del sec tor que personas que están siendo amenazadas por delincuentes que, a través de mensajes, intentan inti midarlos a cambio de dinero bajo la modalidad de las lla madas ‘vacunas’.
Desde la Policía Julio Calvopiña, teniente coronel de Policía y jefe del Distrito Ambato Sur, aclaró que en el incidente registra do en el que se ajustició a supuestos delincuentes, ninguna persona quiso for malizar la denuncia del pre sunto ilícito, ni se presentó evidencia alguna, por lo que los sospechosos tuvieron que ser liberados.
Ella asegura que quienes se dedican a esta actividad se movilizan en motos y nun ca están solos.
En el sitio es común ver a motociclistas que deambu
A decir de los residentes de la zona, el tomar prestado el dinero que estas personas ofrecen, “es un peligro, por que una vez que se les acepta hay que seguirles cogiendo
Los ciudadanos fueron agredidos por la comunidad, pero sostienen que fue por que “ya estamos cansados de tanta delincuencia, aquí incluso vienen supuestos vendedores de fundas y ter minan robando”, sostuvie ron.
“Nadie quería denunciar, solo pudimos trasladar a los tres ciudadanos al hospi tal”, dijo el uniformado.
Sobre los otros hechos ilí citos, fue enfático en el que las personas que conozcan o puedan dar características precisas de quién o quiénes
CIFRA
8
Conforman el sector de Huachi Belén.
se dediquen a la usura u otro tipo de delitos, pue den ponerlos en evidencia ante la Policía o llamar al 911 , en cualquiera de estos casos “se mantendrá abso luta reserva”, sostuvo.
Por lo pronto, en lo que respecta al sector de Huachi Belén, Calvopiña aseguró que están prestos para tra bajar en coordinación con la ciudadanía, sobre todo, porque los residentes se han confgurado como un barrio organizado.
“Estamos trabajando con la colectividad para garanti zar su seguridad, justamente nos reuniremos para tomar las decisiones adecuadas, poner estrategias conjun tas, pero necesitamos que también nos ayuden denun ciando los hechos delicti vos”, aseguró. (MAG)
Los constantes robos hacen que los conductores se llenen de pánico al transitar por esta vía rápida.
La delincuencia mantie ne en zozobra a los con ductores que viajan por las diferentes rutas, y que obligatoriamente les toca cruzar por el distribui dor de tráfico en Queve do, más conocido como el Anillo Vial.
Específicamente el tra mo Buena Fe- hasta el cru ce a Babahoyo - El Empal me, es la parte donde los antisociales aprovechan para cometer atracos.
En medio de la oscuridad de la noche los conductores se vuelven presas fáciles para los antisociales.
Este tramo se encuen tra en una ubicación geo gráfica, que a puesto en una encrucijada a los agentes policiales, debi do a que existen palmeras y maleza que permite a los ‘pillos’ esconderse con facilidad.
El último caso se regis tró la noche del martes 6 de diciembre de 2022, cuando el conductor de un camión vio la muerte de cerca, luego de haber sido disparado en el pa rabrisas.
En estos casos nadie quiere comprometerse, por temor a represalias, e in cluso, algunos ni siquie ra colocan la respectiva denuncia. Asumen que es una pérdida de tiempo.
En el Anillo Vial, la Po licía empezó a realizar ope rativos antidelincuenciales en un trabajo articulado con el Ejército y agentes de las Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE).
El jefe policial, Erick Ca rrera, manifestó que están alertas frente a cualquier emergencia que se vaya a suscitar, por lo que los pa trullajes son constantes.
Aclaró que los antisocia les actúan frente a las opor tunidades, debido a que la zona es oscura y en algunos
tramos se pierde la señal de comunicación.
En varios operativos también se ha hecho pre sente el jefe policial Subro gante, Darwin Guevara, quien ha referido que exis te un
monitoreo constan te de los patrulleros, para cualquier anomalía que ellos puedan evidenciar. Sin embargo, las bandas delictivas, al parecer no les interesa las inter venciones policiales, y en ratos menos pensa dos hacen de las suyas, causando daño a los que transitan por el lugar.
El pasado mes de abril, los usuarios de una transpor te de pasajeros vivieron la ‘tribulación’ de sus vidas, cuando alrededor de 20 sujetos cerraron el paso al micro para robarles.
mes de abril, los agentes policiales realizaron un ba rrido por el lugar, encontrando varios vehículos que habrían sido repor tados como robados.
perdió la vida un pasajero que ha bría puesto resistencia al robo, y a los antisociales no les pesó la mano para eje cutarlo.
En este caso
Pero no solo esto causa asombro en la ciudada nía, sino también el caso de las personas que han sido asesinadas.
El pasado mes de sep tiembre, en una de las guar darrayas de este tramo fueron incineradas dos per sonas dentro de su vehículo.
La Policía indicó que tendrían anteceden tes delictivos. por lo que se consideraría un ajuste de cuentas.
No solo esto pone en zo zobra la paz de la ciudada nía. Esto debido a que en el lugar también ha sido la ‘cueva’ de los antisocia les para esconder carros robados.
En el sector Las Palmas, adjunto al Anillo Vial de Quevedo, existe un am biente desolado. El pasado
Estaba un camión y dos camionetas tapadas con hojas de palmas.
También se encontró dos motoci cletas que serían utili zadas para cometer los ilícitos.
Frente a esta situación, la concejala, Kerly García, delegada de la seguridad ciudadana, enfatizó que no se cansarán de insistir a las autoridades correspon dientes por el alumbrado en el Anillo Vial.
Detalló que ya lo han puesto en conocimiento a la Gobernadora Connie Jiménez . Expresó que, aparte del alumbrado se necesita antenas de Inter net que permitan tener señal en esta zona. Espera que el nuevo departamen to del ECU-911 en el centro de Quevedo, sea favorable para estos temas de segu ridad. Esto debido a que existirán 28 módulos con nueva tecnología que per mitirá una rápida interven ción policial. (DV)
La Policía
Nacional también aplicará su contingente para mantener la seguridad en diciembre.
° Días atrás el Gobierno Nacional informó que este proyecto demandaba una inversión de 1.2 millones de dólares. Además, que habría centros de monitoreo en Quito y Guayaquil.
Las
cámaras de recono cimiento facial y otras ca racterísticas tecnológicas ya fueron activadas en el Centro de Rehabilitación Social (CRS) Bellavista , en Santo Domingo.
° Dennis Murillo dejó la di rección del CRS Bellavista a fi nales de noviembre. Durante su gestión consiguió el pacto entre privados de libertad que integran diferentes bandas, pintada de fachadas en los pabellones e hizo gestiones para mejorar la infraestructu ra. Hasta el momento no se oficializa a su sucesor.
objetivo de cerrar el 2022 sin riñas entre privados de li bertad.
Este sistema permanece habilitado desde el martes 29 de noviembre del presen te año y ac tualmente es monitorea do por el cen tro de control instalado en Quito
El SNAI entregó dos vehículos nuevos al centro de detención de varones y uno para el área de las mujeres, en Santo Domingo.
Se trata de un proyecto de seguridad anuncia do semanas atrás por el presidente Guillermo Lasso y
SNAI , el mismo que se replica en los 36 centros carcela
rios del país.
Hay tres tipos de equipos tecnológicos: reconoci miento facial ,
cárcel de Santo Do mingo fue equipada con 16 cámaras de videovigilancia. A través de estos dispo sitivos se pretende prevenir e identifcar actos violentos en el interior del estableci miento.
La
fjos y re gistro de placas vehicula res. Han sido instalados en lugares estratégicos con el objetivo de identifcar a tiem po eventos irregulares y así evitar nuevas tragedias.
El SNAI prefirió no dar mayores detalles del pro
yecto replicado en Santo Domingo . Sin embargo, se conoció que próximamente también instalarán inhibi dores de señal.
Festividades navideñas
Joffre García, coman dante de la Subzona Santo Domingo de los Tsáchilas, confirmó que durante las últimas semanas no han existido novedades atípi cas en el CRS y anhela ce rrar el periodo de la misma manera.
“Por motivo de las
festi vidades de Navidad y fn de año vamos a
Se preparan
varias accio nes coordinadas para evitar novedades en el transcurso del presente mes, esto con el
redoblar el servicio en la parte ex terna que es competencia de la Policía Nacional. Se reali zarán las actividades con la fnalidad de evitar desma nes o alteraciones del or den”, expresó García. (JD)
Aprovechándose de la deses peración de las personas por conseguir empleo, un cyber estafador utilizó el nombre de una estación de servicio de Santo Domingo, para lu crarse económicamente.
Para el administrador de la gasolinera fue sorpre sa ver a varios ciudadanos acercarse y decir que llega ban a la entrevista de traba jo. Al aclarar la situación, los perjudicados indicaron que habían cancelado 20 dólares para la prueba Covid, que según les dijeron era priori taria.
Alrededor de 30 perso nas han acudido hasta ayer,
miércoles 7 de diciembre, en busca de trabajo. “Me apena que hayan caído en manos de personas inescru pulosas. Además, la necesidad de un tra bajo les lleva a come ter errores”, sostuvo el administrador.
Camilo Haro, jefe de la Policía Judicial, indicó que ante esta realidad es necesario tomar precauciones para evitar
de este tipo de delitos, pero aseguró que
EL DATO
Es difícil encontrar a las personas que hacen estafas por redes socia les, es mejor evitar este tipo de acciones.
ser víctima de los cyber estafadores
Expresó que no cuentan con una base de datos exacta
está tomando fuerza por la presencia de la tecnología que ya es parte del diario vivir Recomendó a los ciudadanos: Asegu rarse que la empre sa a la cual le van a entregar su dinero o bienes exista.
Si está en busca de trabajo y encuentra propuestas a través de internet, es pru dente no facilitar sus datos personales o fa miliares.
Solicitar una cita de empleo , en caso de que el
contratante se niegue a acep tar, dude de los ofrecimien tos.
Si le otorgan una direc ción de ofcina, acuda acom pañado de otro adulto. (CT)
Lojanos celebran sus fiestas recordando la historia, pero con necesidades urgentes. Los años pasan, pero cada vez hay más obras por hacer.
La pequeña Loja
cultural y científca hoy está de fes ta en conmemoración al 8 de diciembre de 1548, fe cha en que fue fundada por el capitán Alonso de Mercadi llo. Según la historia, la ciu dad tuvo
dos fundaciones, la primera ocurrió en 1546 en el valle Garrochamba, con el nombre de La Zarza, bajo la orden de Gonzalo Pi zarro, con la intención de te ner una fortaleza paralela de las poblaciones.
La segunda y definitiva fundación, a la que hoy se la conoce como la ofcial, la realizó el capitán Alonso de Mercadillo, quien había sido enviado por Pedro de la Gasca, el 8 de diciembre de 1548 en el valle de Cuxibamba, con el nombre de Inmaculada Concepción de Loja. Los pobladores de este valle se denominaban Paltas o al menos con esa denominación les recono cieron los conquistadores españoles.
A lo largo de los años, la ciudad ha sido considerada como una fortaleza, porque desde este lugar partieron los conquistadores hacia nuevos rumbos. También se la ha considerado como la ciudad fértil y nido de grandes artistas, escritores, músicos, intelectuales, aca démicos, gestores culturales y últimamente la ciudad sos tenible y tecnológica. Desde el 2016 también es la tierra del Primer Festival Interna cional de Artes Vivas.
Así como tiene sus forta lezas, también requiere de atención oportuna de las autoridades de turno en el tema de servicios básicos. En esta ciudad el sistema de agua potable no funciona, los frecuentes cortes del ser vicio lo han demostrado; la vialidad actualmente está deteriorada en más del
50 ; el servicio de recolección de desechos es deplorable ; y falta fortalecer los emprendimientos, entre otros aspectos, temas que no han sido atendidos.
Hoy hay algunas actividades a desarrollarse en conme moración de los 474 años de fundación, como: la coloca ción de ofrendas en el mo numento al Capitán Alonso de Mercadillo, ubicado en la plaza San Francisco desde las 08:00; luego,
el desfle escolar con participación de 45 escuelas en la Ave nida Salvador Bustamante Celi, desde las 09:00; a las 11:30, en el Salón del Ca bildo la sesión solemne con memorativa a la fecha; y, a las 20:30 en la Plaza de San Sebastián se cumplirá con la Noche Cultural, con par ticipación de varios artistas locales.
Ayer, como parte de las ac tividades de festas por los 474 años de Fundación de Loja, se realizó el evento de presentación y develación de la placa: Loja miembro de la Red Mundial de Ciudades del Aprendi zaje de la Unesco.
Placa Según la pla ca, la alcaldesa, Patricia Picoi ta, hace énfasis a que “Loja ha sido aceptada como miembro de la red mun dial de ciudades del aprendizaje de la Unesco”.
ciudades diferentes y fue designada como la gana dora en este 2022. Con esto Quito, Cuenca y Loja son las ciudades que ostentan esta dignidad como ciuda des del aprendizaje Unesco en nuestro país.
Las ciudades que tenían esta nomi nación son Quito y Cuenca, pero desde ahora se suma Loja como tercera ciudad del país.
Con este dis tintivo da la pauta que Loja es la ciudad del aprendiza je, donde
se consideró el conocimiento y la educa ción básica hasta la su perior. Lo primordial que se tomó en cuenta es la in serción y comercialización de los diferentes emprendi mientos, sumado a la labor en el campo educativo con las escuelas municipales y el fomento del arte, al ser sede del Festival Interna cional de Artes Vivas. Loja participó entre 20
Dennis Bravo, asesor de la Alcaldía de Loja, manifestó que es hora de construir una nueva política pública que vaya en unión con la ciuda danía, es decir, una política pública que corresponda a las necesidades de la ciudadanía, “ese es el propósito, ver qué cosas se están haciendo bien o mal, pero pensando en un futuro, en el desarro llo de Loja”.
Por su parte, Patricia Pi coita, alcaldesa del cantón, agregó que la membresía otorgada por la Unesco no es más que el reconocimien to al esfuerzo realizado por la municipalidad en temas de sostenibilidad, desarrollo cultural y planes educativos integrales que se han enfocado hacia los distintos sectores sociales.
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El universo cromático, con todas sus implicaciones, definiciones y análisis, es la experiencia inmersiva que propone la exposición ‘Color, el conocimiento de lo invisible’, abierta al público en el Centro Cultural Metropolitano de Quito hasta el 5 de marzo. La muestra es promovida por la Fundación Telefónica Movistar Ecuador con el apoyo de la Embajada de España en Ecuador. EFE
Previo al análisis de este prin cipio es necesario partir de la contextualización dada por Boaventura de Sousa Santos, el mismo que manifesta que es imperante hacer alusión a un proceso de transición y justicia indígena a manera de vínculos eurocéntricos que han condicio nado los procesos de desarrollo, en tal sentido que:
Entre los vínculos eurocén tricos que condicionaron las independencias del siglo XIX se encuentran el Estado y el derecho, concebidos como mo nolíticos y monoculturales, el capitalismo dependiente, el co lonialismo interno, el racismo, el autoritarismo y el centralismo burocráticos, y el canon cultural occidental. Sobre esta base se diseñaron políticas económicas, educativas, culturales, lingüís ticas, sanitarias, de seguridad, asistencialistas, territoriales fundadas en la exclusión, re presión o invisibilización de las maneras de vivir, pensar, actuar y sentir en colisión con los prin cipios nacionalistas liberales.2
En tal sentido para Llasag esto sería entendido como el funcionamiento práctico de un Estado constitucional, en donde la interpretación de los princi pios y normas constituciona les de un estado plurinacional, constituye la necesidad de efec tuar una interpretación cons titucional a la luz de los princi pios de derecho indígena. 3
En donde se evidencia que el estudio del desarrollo del Esta do plurinacional e intercultural, no es simplemente analizar una determinada colectividad; sino que más bien implica la deter minación de una serie de pro blemas jurídicos que deben ser analizados desde el contexto de las tradiciones culturales de los pueblos ancestrales.
Y confgurándose lo que para Manuel Atienza es la interpre tación intercultural, misma que cobra especial relevancia si se
tiene en cuenta que el Tribunal Constitucional tiene la última palabra en materia de interpre tación de los derechos funda mentales, ya que la razón de ser de la interpretación es la de ha cer justicia, logrando el cumpli miento de los principios o valo res protegidos por el derecho. 4
Que para Rocío Villanueva, no es sino el reconocimiento constitucional de los derechos a la identidad cultural y a la justi cia indígena que ha dado lugar a que se requiera que los tribuna les realicen una interpretación intercultural en los casos que involucran a indígenas o a co munidades indígenas. 5
Teniéndose en claro de esta manera que la interculturali dad engloba concepciones de cultura determinando el aná lisis del enraizamiento de los valores sociales a través de la promoción del respeto de la di versidad, donde cada persona tiene derecho a ser como desea, tanto así que es obligación del Estado: “Promover la unidad y la igualdad en la diversidad y en las relaciones interculturales”. 6
Siendo necesario destacar
que si bien es cierto la Consti tución del Ecuador de 1998 de terminaba al Ecuador como un Estado pluricultural y multiét nico, mientras que ahora con la Constitución de 2008, se deter mina que el “Ecuador es un Es tado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unita rio, intercultural, plurinacional y laico. […]” 7
Lo cual implica el reconoci miento en sí de culturas como independientes y propias, que pueden formar naciones en sí mismas, en donde el objetivo es lograr ejercer plenamente los derechos a auto determinarse, en razón de su autonomía, cul tura y lenguas.
Articulándose además una serie de principios constitu cionales que traen consigo la protección creencias propias de cada cultura, que para Boaven tura de Sousa Santos , esto sería entendido como si: “Habría que reconstruir los derechos huma nos en términos interculturales para que puedan dar cuenta de esta enorme diversidad de la dignidad humana, de las dife
rentes concepciones […]” 8 Buscando así de esta manera equiparar el sistema de justicia ordinario y el sistema de justi cia indígena posibilitando in cluso una cooperación mutua, que permita obtener una justi cia ágil, efciente que busque ge nerar realmente la reparación a las víctimas y a su vez rehabilite a los agresores.
Principio de Interpretación Intercultural
Para Boaventura de Sousa San tos: “La justicia indígena tam bién es cuestionada por poner en entredicho el principio de la unidad del derecho. Este principio establece que, puesto que el derecho tiene una única fuente, la cual es internamente homogénea, el derecho consti tuye una totalidad bien defnida que puede ser conocida en toda su dimensión en cualquier mo mento de creación o interpre tación del derecho gracias a los métodos de la ciencia jurídica moderna. […]” 9
En ese sentido podemos decir que es necesario que la producción jurídica vaya evo lucionando y generando pautas a manera de direccionamientos que permitan identifcar, dis tinguir y catalogar una serie de fnes en relación a la cultura, tal como manifesta Ramiro Ávila cuando indica que:
“[…] resulta coherente que el modelo constitucional se autodefna como Estado de de rechos en dos sentidos trascen dentes: por una parte, identif cando a los derechos humanos como máxima fuente norma tiva y por otra reconociendo en el pluralismo jurídico una manera de incorporar formal mente lo que materialmente han sido sistemas jurídicos internos e internacionales que han cohabitado con el sistema estatal, incluso antes de nuestra existencia como república. Así y desde la óptica del estado de derecho, los sistemas de justicia indígena son expresión de esta
LOGJCC, Art.43
Corte Constitucional, Sentencia 247-17-SEP-CC
Recuperar la libertad de quien se encuentre privado de ella de forma arbitraria, ilegal e ilegítima.
Proteger los derechos a la vida, integridad física y derechos conexos de personas privadas de la libertad.
pluralidad y por ello deben ser respetados y promovidos; no obstante, al igual que todas las demás fuentes de derecho, su cumbe ante el poder primario y legitimador de los derechos hu manos, en los que toda norma coercitiva encuentra su funda mento y límite.” 10
Es decir la Constitución de la República del Ecuador al ser el instrumento jurídico que con sagra los derechos de las nacio nalidades y pueblos indígenas, debe ser analizado en correla ción con el artículo 24 del Código Orgánico de la Función Judicial, que se refere específcamente al principio de interculturalidad manifestando que:
“Art. 24.- PRINCIPIO DE INTERCULTURALIDAD.- En toda actividad de la Función Ju dicial, las servidoras y servido res de justicia deberán conside rar elementos de la diversidad cultural relacionados con las costumbres, prácticas, normas y procedimientos de las per sonas, grupos o colectividades que estén bajo su conocimiento. En estos casos la servidora y el servidor de justicia buscará el verdadero sentido de las nor mas aplicadas de conformidad a la cultura propia del partici pante.” 11
De la lectura de este artículo se determina que la base de este principio gira en torno a una visión que pretende generar respecto a los valores y costum bres a fn de establecer una vin culación cultural, en donde el pluralismo jurídico surge como solución a todo tipo de práctica ancestral.
Que permite construir una verdadera defnición de dere
QUEDA ANULADA
Por pérdida de certificado de inver sión Nro. 001000100001178002
Cliente NARVAEZ NAVAS SAUL ALFONSO Cédula de Ciudadanía Nro. 1000999787 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso. 001-003-2298
cho indígena que según Yrigo yen, comprende: “los sistemas de normas, procedimientos y autoridades, que regulan la vida social de las comunidades y pueblos indígenas, y les per miten resolver sus confictos de acuerdo a sus valores, cosmovi sión, necesidades e intereses.” 12
Siendo necesario destacar lo mencionado por Raúl Ilaquiche Licta y Lourdes Tibán, cuando determinan que: “para los pue blos indígenas y para el caso de la justicia indígena, conflicto interno constituye toda acción o acto que desestabiliza la paz, la armonía y la tranquilidad de un colectivo o de una comuni dad” 13
De este modo nos están in dicando que las nacionalidades y pueblos indígenas, buscan el reconocimiento de sus dere chos colectivos, mediante el uso de procedimientos ancestrales que solucionan los conflictos que afectan la armonía de su comunidad.
Entendido de manera clara en que consiste la interpreta ción intercultural es necesa rio hacer alusión a manera de ejemplo a la sentencia T-349/96 de la Corte Constitucional de Colombia, respecto a una de
manda de tutela presentada por un indígena en contra de su comunidad, alegando, que su derecho al debido proceso había sido violado al haber sido juzgado en la comunidad por los familiares de la víctima, en donde la Corte Constitucional de Colombia afrmó que la no ción de debido proceso debía ser interpretada con amplitud, sin exigir normas e institucio nes que afecten el pluralismo. 14
Evidenciándose de esta ma nera que la interpretación in tercultural es necesaria como pilar fundamental a fn de ge nerar el respeto al principio del debido proceso, ya que este debe ser efectuado respetando los parámetros constituciona les entre ellos el de la cultura y cosmovisión de cada uno de los pueblos.
Con respecto a la interpreta ción intercultural, es necesario mencionar otro caso en el que a una mujer indígena, menor de edad, cuya elección como concejal de Bogotá había sido declarada nula por un tribunal, en aplicación del artículo 27 del Decreto 1421 de 1993, que exigía una edad mínima de 25 años para el cargo, siendo que para el pueblo arhuaco la edad no
A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑIA DE TRANSPORTE PESADO TRANSCUVIC S.A.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Compañías y el Estatuto Social se convoca a los señores Accionistas de la COMPAÑIA DE TRANSPORTE PESADO TRANSCUVIC S.A., a
Junta General Extraordinaria de Accionistas, a celebrarse el día jueves 22 de diciembre de 2022 a las 10H00 am, en la oficina de la agencia de la compañía ubicada en el barrio Pueblo solo Pueblo Calle Teresa Tipanta S42 Lote Nro.19 y calle OE2E del Distrito Metropolitano de Quito, para tratar el siguiente orden del día:
1. Constatación del quorum.
2. Palabras de Bienvenida.
3. Elección de Presidente, Vocales Principales y Suplentes del Directorio de la compañía.
era criterio para que una mujer ejerza sus derechos políticos, sino la realización de ciertos ri tos vinculados al bautizo y a la menstruación; en donde la cor te Constitucional de Colombia en sentencia T-778-05, determi
no que: el derecho a la identi dad cultural en el ejercicio del derecho de representación no se encontraba circunscrito a un territorio determinado; no se vulneraba un derecho constitu cional de mayor peso en el caso
De conformidad con el Art. 236 reformado de la Ley de Compañías; Arts. 3 y 4 del Reglamento de Juntas Generales de Socios y Accionistas; y, Art. 22 del Estatuto Social, se CONVOCA a los accionistas de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTES ECUATORIANA TRANSHEROICA S.A., a la Junta General Extraordinaria de Accionistas; a celebrarse el día Viernes 16 de Diciembre del 2022, a las 10h00 am., en las oficinas de la compañía, ubicadas en la Av. La Ecuatoriana Oe8-179 y Luis Riofrío, (Sector La Ecuatoriana), del Distrito Metropolitano de Quito, con el objeto de conocer, tratar y resolver sobre el siguiente punto del orden del día:
1. Conocer sobre la auditoría externa del año 2019 a cargo del señor Ingeniero Danny Pacheco Auditor externo de la Compañía Ecuatoriana Transheroica S.A.
En observancia de lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Compañías se con voca en forma especial e individualmente al Comisario Principal de la Compañía, Señor Néstor Armando Cañar Chamba
Quito, 06 de Diciembre del 2022.
Atentamente, 001-003-2287
Quito, 07 de diciembre de 2022
Se comunica al público, la anu lación por perdida/ sustracción del CHEQUE No 926 AL CHEQUE No 975 presentado por el gira dor WILSON NIETO Cta. Cte. No. 0025020474 DEL BANCO BOLIVARIANO. 001-005-1547
“POR PERDIDA SE
ANULA EL CD No. 05601DPV010390-7 A FAVOR DE VICTOR RIVERA RIVERA POR
VALOR DE $ 1.000,00 DE BANCO BOLIVARIANO”. 001-005-1547
4. Elección de Gerente General.
5. Elección de Comisario Principal y Comisario Suplente.
Se convoca de manera especial e individual a la señora RITA IZA, Comisaria Principal de la compañía con domicilio ubicado en La Lucha de los Pobres de la ciudad de Quito.
Se convoca a todos los miembros de la Sociedad SAKE S.C.C., para celebrar la Asamblea General Extraordinaria de Socios, que tendrá lugar el día Lunes 19 de diciembre de 2022, en la esta ciudad de Quito, provincia de Pichincha, en las calles Orellana E4-430 y Avenida Amazonas, Edificio Orellana 500, oficina 401, a las 11h00 de la mañana, en caso de no existir quorum en primera convocatoria, se llevará a cabo la segunda convocatoria a las 11h30 de la mañana del mismo día, con el siguiente orden del día:
1. Conocimiento y Resolución para iniciar proceso de Disolución, Liquidación y Cancelación de la Socie dad, por cumplimiento del plazo de ésta conforme se desprende de la cláusula décima sexta del esta tuto de la sociedad.
2. Expedición de nombramiento de procurador común de los socios para el proceso mencionado en el punto anterior.
Quito, 07 de diciembre de 2022 001-003-2290
Saludos Cordiales, GERENTE SAKE S.C.C
concreto, y que el requisito de edad contemplado en el artícu lo 27 vulneraba el goce efectivo del derecho a la identidad cul tural. 15
Como se ha podido eviden ciar en estos dos ejemplos la trascendencia de la interpre tación intercultural es suma mente importante ya que se evidencia presupuestos de in terrelación dentro del sistema indígena como son:
a) El conjunto de responsa bilidades comunitarias que le corresponden a cada miembro de la comunidad;
b) La infuencia de la cultura, refejada en los cabildos o auto ridades estatales que actúan con funciones indígenas;
c) No ejercen una actividad remunerada, ya que la comuni dad suele colocar recursos para la celebración de los procesos de justicia indígena; 16
En donde se debe puntuali zar que la justicia indígena en el ámbito penal, constituye una conducta contraria a la disposi ción normativa de realizar una interpretación intercultural del Derecho.
Siendo un pleno ejemplo el caso de la cocha, mismo que hace referencia a la compleja relación entre la justicia indí gena y la justicia estatal, en un caso cuyo objeto de juzgamien to fue un homicidio, en donde hubo juicio y resolución en la comunidad la cocha, y en la jus ticia ordinaria.
Evidenciándose que la alter nativa a la cárcel como solución de confictos sociales graves se la puede encontrar fuera del sistema estatal de administra ción de justicia, ya que la justi cia indígena es parte de lo que se conoce como justicia restau radora, que es una forma de resolver los confictos sociales, utilizando la vergüenza como herramienta de prevención del delito.
Enfocándose en la vida de las personas y la comunidad, y considerando al victimario como miembro de la comuni dad que necesita ayuda, a la víc tima como un actor importante y a la comunidad como un espa cio que debe recuperar la armo nía, el conficto es un problema que tiene que resolverse y una oportunidad para mejorar la vida personal y comunitaria.
Mientras que en el sistema de justicia ordinario lo único que se busca es aislarle redu ciéndole a un hecho a ser in vestigado, que se centra en el pasado, en donde la víctima es objeto de prueba y cuya fnali dad es sancionar y encerrar al
Pongo en conocimiento del público que mediante escritura pública otor gada ante mí Doctor ROMULO JOSELITO PALLO QUISILEMA, Notario Cuarto del Cantón Quito, los señores EDGAR DANILO PAREDES CASTRO y HAYDE SOLEDAD REAL SEGARRA, procedieron a liqui dar el patrimonio de la Sociedad Conyugal, mediante por Acta Notarial de Divorcio celebrada en la Notaria Cuarta del cantón Quito, de fecha veinte y seis de octubre del dos mil veintiuno, mediante la cual se declara Disuelto el Vinculo Matrimonial, marginada en el Registro Civil el veintidós de noviembre del dos mil veintiuno. Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escri tura pública de liquidación de sociedad conyugal, celebrada ante mí Doctor ROMULO JOSELITO PALLO QUISILEMA, Notario Cuarto del Cantón Quito, el veinte y cinco de noviembre del año dos mil veintidós, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Artículo Sexto de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial número Cuatrocientos seis de fecha veinte y ocho de Noviembre del dos mil seis, que faculta a los Notarios disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y’ Mercantiles, correspondientes la escritura de la liq uidación de la Sociedad Conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal. Mediante una sola publicación, en uno de los periódicos de circulación Nacional, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores EDGAR DANILO PAREDES CASTRO y HAYDE SOLEDAD REAL SEGARRA, otorgada mediante escritura pública antes indicada, por el término de veinte (20) días, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes. Quito, a veinte y cinco de noviembre del año dos mil veintidós.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 21 de noviembre del 2022, a las 08h51.
A: JOSÉ JAVIER QUIROZ CAIZA
ACTORA: KATHERINE MARIELA VENEGAS LUCAS DEMANDADOS: KATERINA CAROLAY GUERRERO BIFARINI y JOSÉ JAVIER QUIROZ CAIZA
JUICIO SUMARIO: 17233-2020-00123
OBJETO: Pago de indemnización por despido intempestivo FUNDAMENTO LEGAL: Arts. 33, 326 numerales 2,3 y 4,Art. 327,328 de la Constitución en concordancia con los Arts.3,4,5,7,4 2,69,71,83,94,95,111,113,188 del Código de Trabajo y Art. 575 del Código Ibídem en armonía con el artículo 333 del mismo cuerpo legal.
CUANTIA: $ 5.053,87
NOTARÍA PRIMERA DEL CANTON RUMIÑAHUI: Cúmpleme poner en conocimiento del público en general, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial No. 406 de 28 de Noviembre del 2006; y, en aplicación a lo dispuesto el ordinal octavo (8vo) del artículo dieciocho (18) de ésta Ley, que se confiere el presente extracto de conformidad con la Ley, por el cual se hace conocer a la ciudadanía, que se procederá con el registro de la inscripción, en el Registro Municipal de la Propiedad y Mercantil del Cantón Rumiñahui, del inmueble, situado en la parroquia Cotogchoa, Cantón Rumiñahui, antes cantón Quito, adquirido por el señor JUAN CARLOS BURBANO DE LARA TORRES Y JORGE XAVIER BURBANO DE LARA TORRES, por compra a los cónyuges señores Patricio Rubén Burbano De Lara Paredes y Carmen Mercy Torres Andrade, mediante escritura pública otorgada el diez de enero del dos mil doce, ante el Notario Décimo Octavo del Cantón Quito Dr. Enrique Díaz Ballesteros, inscrita en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito, el treinta de enero del dos mil doce, comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte, en una longitud de treinta y ocho metros cincuenta centímetros, con propiedad que fue del General Rafael Rodríguez Palacios, hoy de sus herederos; Sur, en una longi tud de treinta y tres metros, con el lote número siete que se va a vender a Luis Eli Navarrete Padilla y señora, en parte y con el pasaje vehicular en otra parte; Este, una longitud de treinta y seis metros ocho centímetros, con propiedad de los herederos de José Manuel Nasimba y Sebastián Guallichico; y Oeste, en una longitud de treinta metros sesenta centímetros, con el lote número seis vendido a Gustavo Absalón Bonilla Viscarra y sra., dando una superficie de un mil ciento treinta y tres metros cuadrados.- El título indicado se encuentra en trámite de inscripción en el Registro de la Propiedad del Cantón Rumiñahui, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en ésta inscripción puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término.
Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes. Sangolquí, a seis de Octubre del dos mil yeinte y dos.-
“UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUITUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 15 de enero del 2020, las 10h25. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa que el día de hoy ha sido puesta para mi despacho, en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Civil con sede en la parroquia de Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha nombrada por el Consejo de la Judicatura con la acción de personal Nº 1401-DP17-2018-MP de fecha 06 de marzo del 2018, en virtud del sorteo de ley conforme acta del 10 de enero de 2020 que antecede y que se manda a agregar al expediente.- La demanda que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Por lo expuesto, se califica la demanda y se admite a trámite mediante procedimiento sumario. Se ordena la citación de los demandados Katerina Carolay Guerrero Bifarini y José Javier Quiroz Caiza en el domicilio señalado, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. Se concede a los demandados el término de quince días, para que contesten la demanda de conformidad a lo establecido en el artículo 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados por la parte actora para recibir sus futuras notificaciones.- Eje cutoriado este auto, la accionante presentará mediante escrito las copias necesarias para elaborar las boletas de citaciones.CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.-f) ENRIQUEZ
“UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA QUI TUMBE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PRO VINCIA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 16 de noviembre del 2022, a las 16h17. VISTOS: De conformidad con el Principio de Celeridad previsto en el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial y en virtud de que la parte actora ha dado cumplimiento con lo ordenado en el auto que antecede, se dispone que de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del COGEP, cítese por la prensa, en un diario de amplia circulación en la ciudad de Quito, al demandado señor JOSE JAVIER QUIROZ CAIZA. Por Secretaría confiérase el extracto correspondiente.- Notifíquese.” f) ENRIQUEZ SALTOS ESTEFANIA CARLA.-JUEZA. Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial, casillero electrónico y correos electrónicos para sus notificaciones.-CER TIFICO.
responsable. 17
Para Will Kymlicka, la formula ción de derechos focalizados es el esfuerzo de las NNUU para codifcar los derechos especí ficamente diseñados para los pueblos indígenas, en donde la subyugación de los pueblos in dígenas por los colonizadores fue un proceso de naturaleza más brutal y perturbador que la incorporación de las mino rías nacionales en sociedades vecinas, dejando a los pueblos indígenas más débiles y vulne rables. 18
En donde por ejemplo el derecho administrar justicia establecido en el artículo 171 de la Constitución de la República del Ecuador es muy claro cuan do indica que los pueblos indí genas ejerzan funciones juris diccionales, ya que de manera taxativa indica que:
“Las autoridades de las co munidades, pueblos y nacio nalidades indígenas ejercerán funciones jurisdiccionales, con base en sus tradiciones an cestrales y su derecho propio, dentro de su ámbito territorial, con garantía de participación y decisión de las mujeres. Las au toridades aplicarán normas y procedimientos propios para la solución de sus confictos inter nos, y que no sean contrarios a la Constitución y a los derechos humanos reconocidos en ins trumentos internacionales.
El Estado garantizará que las decisiones de la jurisdicción indígena sean respetadas por las instituciones y autoridades públicas. Dichas decisiones estarán sujetas al control de constitucionalidad. La ley es tablecerá los mecanismos de coordinación y cooperación en tre la jurisdicción indígena y la jurisdicción ordinaria.” 19
Es por ello que la intercultu ralidad para Rocío Villanueva “en el ámbito jurídico deman daría, además, que la justicia propicie “el análisis de los de litos desde los contextos cul turales en los que se cometen, alentando una consideración de las diferencias culturales y una conciliación en torno a ellas y reconociendo las maneras variadas contemporáneas de constituir y vivir en comunidad y colectividad” 20
Ya que en materia jurídica sería que los sistemas jurídicos reconocieran un pluralismo jurídico, en donde el princi pio de plurinacionalidad sería concebido “como la sustancia fundamental en el ejercicio de la democracia incluyente, pero
sobre todo como propuesta de vida diverso y en mayor armo nía y cercanía con la Naturale za; la plurinacionalidad, enton ces, no puede dejar de ser leída junto con otras defniciones que tienen que ver con el territorio y con el manejo de las riquezas naturales […]” 21
Debiendo delimitar que se gún Carlos Poveda, es menester dejar señalando estándares de diferenciación que surge como aporte de varias sentencias de la Corte Constitucional de Co lombia donde se delimitan:
1. “A mayor conservación de sus usos y costumbres mayor autonomía;
2. Los derechos fundamen tales constitucionales consti tuyen el mínimo obligatorio de convivencia para todos los particulares. Pero siempre se interpretará en sentido de no menoscabar la autonomía de los pueblos y nacionalidades indígenas a pretexto de precau telar la seguridad jurídica;
3. Las normas legales impe rativas ( de orden público) de la República priman sobre los usos y costumbres de las comu nidades indígenas, siempre y cuando protejan directamente un valor constitucional supe
rior al principio de diversidad étnica y cultural;
4. Los usos y costumbres de una comunidad indígena pri man sobre las normas legales y dispositivas. Debe prevalecer el criterio colectivo por encima del privatístico o particular; y,
5. Es necesario identificar mínimos jurídicos como la re lata la Constitución Boliviana en un artículo independiente. Estos Límites serían: derecho a la vida, prohibición de la es clavitud, tortura y resto a un enjuiciamiento justo. De aquí inclusive partiría las posibili dades jurídicas para desarro llar la acción extraordinaria de protección de las decisiones de las comunidades indígenas.” 22
Por ello, la importancia de la legitimidad de la justicia po dría resultar sumamente inte resante ya que se propende un pleno reconocimiento cultural por parte del Estado lo que no supone la apelación al derecho penal para conseguirlo. 23
En donde para Carlos Po veda las características de la jurisdicción indígena debe ser contextualizadas de la siguien te manera:
a) La jurisdicción indígena es un medio alternativo para la
Quito, 8 de Diciembre del 2022 HOTEL REAL AUDIENCIA HRA S.A. EN LIQUIDACIÓN
El ingeniero Francisco Duque, representante legal de la compañía HOTEL REAL AUDIENCIA HRA. S.A. EN LIQUI DACIÓN convoca a los accionistas de la compañía en con formidad con lo establecido en la Ley de Compañías, artículo Primero del Reglamento sobre Juntas Generales de Socios y Accionistas emitido por la Superintendencia de Compañías y con los Estatutos Sociales de la Empresa, a la Junta General Extraordinaria que se realizará el día martes 20 de Diciembre del año en curso, a las 16:00 horas en el Business Center, ubicado en la Av. Republica del Salvador N34-140 entre las calles Moscú y Suiza, Edifcio Diamond Business, Piso 5 –Ofcina 7 para para tratar el siguiente del Orden del Dia:
1.- Conocimiento y aprobación del balance fnal de liqui dación, 2.- Conocimiento y aprobación del cuadro de distribución del haber social.
La presente Junta General Extraordinaria se realiza en cumplimiento a lo dispuesto por la Superintendencia de Com pañías en ofcio No SCVS-IRQ-DRASD-2022-00071032-0 del 30 de Noviembre del 2022, dentro del trámite de liqui dación de la empresa, con acatamiento a la Ley de Compa ñías y a los Estatutos de la Empresa.
Se cita de manera expresa a la Lcda. Patricia Quezada, Comisaria de la empresa.
Ing. Francisco Duque C. Representante Legal. 001-003-2286
solución de confictos;
b) Los indígenas resuelven litigios internos, que no pueden restringirse exclusivamente al territorio, sino que su alcance debe determinarse con criterios antropológicos;
c) Las autoridades de pue blos indígenas lo determinan las propias comunidades según sus reglas;
d) La competencia por mate ria no es determinada. 24
Dándonos a entender que el reconocimiento jurídico de la justicia indígena debe ser anali zado a profundidad debido a su trasfondo histórico, enfatizan do en que el pluralismo jurídico implica el respeto de los princi pios en el ejercicio de la juris dicción, buscando generar una coordinación como mecanismo
para fomentar la intercultura lidad.
Pero que además según Cruz Rueda: “La relevancia de los asuntos, ya sea que tengan que ver con la familia, con la tierra, con la organización social de la comunidad, o con el cumpli miento de obligaciones entre particulares o ante la colectivi dad, muestra aspectos sociales fundamentales y claves vincu lados con la historia y la comu nidad en relación con el grupo al que pertenecen […]” 25
Siendo necesario puntuali zar cuales son los elementos de la justicia indígena, que se de ben tomar en cuenta el momen to de efectuar una interpreta ción intercultural:
a) Milenario: La justicia in dígena es un sistema milenario,
pues ha persistido por genera ciones;
b) Colectiva: Debido a que su aplicación es impartida con la participación de las familias y los miembros de las nacionali dades y pueblos indígenas;
c) Sistema en permanen te evolución: Se encuentra en constante proceso de avance y desarrollo, pues su ejercicio y aplicación debe ser adecuado con la realidad de las nacionali dades y pueblos indígenas;
d) Ágil, oportuno y dinámi co: Porque busca solucionar el problema para la armonía de las nacionalidades y pueblos; e) Justo: Ya que la colectivi dad de manera participativa e imparcial busca emitir la reso lución adecuada. 26
La interpretación intercultu ral engloba concepciones de cultura determinando el aná lisis del enraizamiento de los valores sociales a través de la promoción del respeto de la di versidad, en donde se la debe efectuar necesariamente a fn de poder lograr que la victima dentro de la cosmovisión indí gena se sienta protegida por las autoridades comunitarias.
El reconocimiento jurídico de la justicia indígena debe ser analizado a profundidad debi do a su trasfondo histórico, en fatizando en que el pluralismo jurídico implica el respeto de los principios en el ejercicio de la jurisdicción, buscando ge nerar una coordinación como mecanismo para fomentar la in terculturalidad necesaria para aplicar una justicia adecuada de acuerdo a la cosmovisión de cada uno de los pueblos y na cionalidades.
1 Abogado, conferencista y escritor.
Correo: scor1719@hotmail.com
2 Boaventura de Sousa Santos, Justicia indí gena, plurinacionalidad e interculturalidad en Ecuador: Cuando los excluidos tienen Derecho: justicia indígena, plurinacionalidad e intercul turalidad, 1a ed. Fundación Rosa Luxemburg/ AbyaYala (Quito- Ecuador: Boaventura de Sousa Santos y Agustín Grijalva, 2012)., p. 15.
3 Llasag Fernández, Raúl, Plurinacionalidad: una propuesta Constitucional Emancipadora, en Ávila Santamaría, Ramiro (editor), Neo constitucionalismo y Sociedad (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, 2008)., p. 337.
4 Manuel Atienza, «Dos Versiones del Constitucionalismo», DOXA, Cuadernos de Filosofía del Derecho, Universidad de Alicante., 7 de febrero de 2011, https://rua.ua.es/dspace/ bitstream/10045/32763/1/Doxa_34_04.pdf.; p. 82-83.
5 Rocío Villanueva Flores, «La interpretación intercultural en el Estado constitucional», Revista Derecho del Estado, Universidad Externado de Colombia, n.o núm. 34 (junio de 2015): 289-310.
6 Constitución de la República del Ecuador, ; Art. 83, numeral 10.
7 Ibíd., Art.1
8 Boaventura de Sousa Santos, Las paradojas de nuestro tiempo y la plurinacionalidad, en Plurinacionalidad: Democracia en la diversidad (Quito- Ecuador: Abya Yala, 2009)., p. 24.
9 Boaventura de Sousa Santos, Justicia indí gena, plurinacionalidad e interculturalidad en Ecuador: Cuando los excluidos tienen Derecho: justicia indígena, plurinacionalidad e intercul turalidad., P.19.
10 Ramiro Ávila Santamaría, Constitución del 2008 en el Contexto Andino, Análisis de la Doctrina y el Derecho Comparado, Serie Justicia y Derechos Humanos, vol. 3 (QuitoEcuador: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, s. f.)., p. 35-36
11 Código Orgánico de la Función Judicial, 2009., Art. 24.
12 Raquel Fajardo Yrigoyen, El debate sobre el reconocimiento constitucional del derecho indígena en Guatemala, 1998.a ed., vol. LVIII, No. 1-2 (América Indígena, Instituto Indigenista Interamericano, s. f.)., p.1
13 Raúl Ilaquiche Licta y Lourdes Tibán, Jurisdicción indígena en la Constitución política del Ecuador (Quito- Ecuador: Fundación Hanns Seidel, 2008)., p. 44
14 Corte Constitucional de Colombia, senten cia T-349/96, fundamento 2.4.2.3.
15 Corte Constitucional de Colombia, sentencia T-778-05, fundamento 7
16 Stavenhagen Rodolfo, Derecho Consuetudinario en América Latina, en Stavenhagen Rodolfo e Iturralde Diego, Entre la Ley y la Costumbre. El derecho consuetudi nario indigena en America Latina (MEXICO: Instituto Indigenista Interamericano e Instituto Interamericano de Derechos Humanos, 1990).p. 40-43.
17 Ramiro Avila Santamaría, «La prisión como problema global y la justicia indigena como alternativa local. El caso La Cocha», s. f.
18 Will Kymlicka, Derecho de las minorías en filosofía política y el derecho internacional, editado por Carlos Espinosa Gallegos-Anda y Danilo Caicedo Tapia, Derechos ancestrales: Justicia en contextos plurinacionales (Quito: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos,
2009).p. 18-19.
19 Constitución de la República del Ecuador., Art. 171 20 Rocío Villanueva Flores, «La interpretación intercultural en el Estado constitucional»., p.295.
21 Acosta Alberto, El Estado plurinacional puerta para una sociedad democrática”, en Plurinacionalidad: Democracia en la diversidad, Acosta Alberto y Martínez Esperanza (QuitoEcuador: Abya Yala, 2009).,p. 17 22 Carlos Poveda Moreno, Reflexiones bási cas e ideas iniciales sobre el Proyecto de Ley Coordinación y Cooperación entre los Sistemas Jurídico Ordinario e Indígena, Justicia y Derechos Humanos (Quito, Ecuador: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, 2009).,p. 491 23 Cristina Sánchez Muñoz. “Negociaciones culturales y género: hacia un feminismo trans nacional”. En: A. Ruiz Miguel. (editor), Entre estado y cosmopolis. Derecho y justicia en un mundo global, p. 300-301.
24 Poveda Carlos, Jurisdicción Indígena, en Reconocimiento de Derechos, exigibilidad de Obligaciones (Quito, Ecuador: Revista Foro No. 8 UASB, Corporación Editora Nacional, 2007)., p. 181.
25 Cruz Rueda Elisa, Principios Generales del Derecho Indígena, en Hacia sistemas jurídicos plurales; Konrad Adenauer Stiftung (Bogota, 2008)., p. 37.
26 Rosa Cecilia Baltazar Yucailla, La Justicia Indigena en el Ecuador, Carlos Espinosa Gallegos Anda y Danilo Caicedo Tapia en Derechos Ancestrales Justicia en Contextos Plurinacionales (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, 2009).p. 454-455.
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA
EXTRACTO JUDICIAL 17203-2022-04975
CAUSA: AUTORIZACIÓN DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Y, DE PERSONAS SOMETIDAS A GUARDA
ACTORA: GARCIA AYALA GLORIA MARISOL
DEMANDADOS: A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCI DOS DEL SEÑOR LANDETA JACOME CARLOS VINICIO
DILIGENCIA: CITACION
De conformidad al artículo 197 de la Ley de Compañías, por pérdida del TÍTULO DE ACCIONES de la compañía TELEMATICA BUSINESS COMPANY TEBUSCO S.A., número 02 por 240 acciones, número 04 por 3200 accio nes, número 06 por 375; por un valor nominal de US.$ 1,00 cada una, correspondiente JUAN CARLOS ZURITA TREJO, se procederá a anular una vez transcurridos treinta días a partir de la fecha de la última publicación y emitir uno nuevo a favor de JUAN CARLOS ZURITA TREJO. 001-004-2334
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 16 DE NOVIEMBRE DE 2022 LAS 11H00 VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mérito de la acción de personal No. Acción de personal No. 08539-DP172022-VS., Dra. Kathya Burbano Iñiga, actúo en mi calidad de Juez Ponente encargada de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en la Parroquia Mariscal Sucre del Distrito Metropolitano de Quito Unidad; previo la razón del sorteo de Ley y escrito presentado en línea que se agrega, amparada a lo dispuesto en el Art. 175 de la Constitución de la República, artículos 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, avoco conocimiento de la presente demanda de Autorización de venta de bienes de niñas, niños y adolescentes y, de personas sometidas a guarda presentada por la señora GARCIA AYALA GLORIA MARISOL.- En lo principal: 1) La demanda presentada es clara, completa y reúne los requisitos establecidos en la Ley conforme lo establecido en el Art. 297 del Código Civil y los Arts. 142, 143 Código Orgánico General de Procesos se la admite a trámite en PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, previsto en el Art. 334 Nral. 6 Ibidem. 2) De conformidad con lo previsto en el Art. 60 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, en concordancia con el Art. 31 último inciso del Código Orgánico General de Procesos, escúchese en audiencia reservada a la niña y/o adolescente LANDETA GARCIA ARIANA ELIZABETH, en su momento procesal oportuno; 3) CITACIÓN. CITESE en legal y debida forma con el contenido de la demanda y el presente auto en calidad de demandados a los señores CARLOS STEVEN LANDETA GARCIA, CHISTOFER LUIS LANDETA GARCIA Y ANTONNY JOSUE LANDETA GARCIA, en el domicilio que se indica en la demanda acorde a lo previsto en el Art. 53 y siguientes del Código Orgánico Gen eral de Procesos, en tal virtud remítase el despacho correspondiente a la oficina de citaciones de esta Unidad Judicial, por cuanto la actora ha proporcionado la dirección de correo electrónico de la parte demandada, se ordena también que se le haga conocer por este medio el auto inicial, de lo cual, la señora actuaria dejará constancia en el sistema, de confor midad con el inciso final del artículo 53 de la norma citada, sin perjuicio de la citación oficial correspondiente; advirtiéndole a la parte demandada de la obligación que tiene de comparecer a juicio en esta Unidad Judicial con sede en Quito; 3.2) En mérito a lo manifestado en el numeral 4 de la demanda, cítese a los herederos presuntos y desconocidos del señor LANDETA JACOME CARLOS VINICIO, mediante publicaciones, en la forma y efectos del Art. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, en uno de los diarios de circulación nacional, para cuyo efecto confiérase el extracto correspondiente; 4) ANUNCIO DE PRUEBAS. relación a la prueba anunciada por la accionante, se dispone la prác tica de las siguientes diligencias:4.1)DOCUMENTAL.- Téngase en cuenta el anuncio de prueba documental que realiza la parte actora; 4.2) TESTIMONIAL.- Téngase en cuenta los testigos nominados señores CARLOS STEVEN LANDETA GARCIA y DIEGO FERNANDO LANDETA JACOME; los cuales rendirán su testimonio sobre los hechos de la demanda, a quienes se les notificará mediante boleta a través de la casilla judicial señalada por la accionante para su comparecencia en el día de la audiencia, conforme a lo dispuesto en el Art. 191 del Código Orgánico General de Procesos (Los testigos deberán comparecer en salas separadas); y, 5) NOTIFICACIONES.- De conformidad con el 66 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta la casilla y domicilio judicial electrónico señalado por la parte actora para futuras notificaciones, así como la autorización que concede a la Abogada Patrocinadora. En cumplimiento al Memorando-CJ-DNGP-2019-4042-M TR: CJ-INT-2019-15780, de fecha 15 de agosto de 2019, suscrito por el Director Nacional de Gestión Procesal, la parte actora deberá acercarse al archivo de la Unidad Judicial y solicitar el “Formulario de entrega de copias para citación” a fin de proporcionar junto con el formulario las copias nece sarias para la gestión de citación; esto es, tres (3) ejemplares para adjuntar a las boletas de citaciones.- Actúe la Dra. Roció Parra Galarza en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- CUMPLASE y NOTIFÍQUESE
DRA.MARTHA DEL ROCIO PARRA GALARZA SECRETARIA Hay firma y sello
Quito, 02 de diciembre del 2022. En esta fecha se remite al CASIL
LERO JUDICIAL DEL ACTOR: 3241
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL D. M. DE QUITO-COGEP JUEZ PONENTE: DRA JENNY TAFUR SALAZAR
EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL POR LA PRENSA
EXTRACTO DE LA DEMANDA: CAUSA N°: 17230-2020-05940
MATERIA: CIVIL TIPO: EJECUTIVO ACCION: COBRO DE LETRA DE CAMBIO
ACTOR: VARGAS EGUEZ LUIS FERNANDO
DEMANDADO/s: RAFAEL ALEJANDRO CADENA JACOME
A quien se le C I T A: Haciendo conocer que en esta Unidad Judicial se ha presentado una demanda en su contra, cuyo extracto es el siguiente: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLI TANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 15 de julio del 2020, las 10h30, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Civil del Distrito Metropolitano de Quito, en virtud, del sorteo realizado en legal y debida forma. En lo principal, se dispone: PRIMERO: La demanda presentada es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); puesto que, se fundamenta en una letra de cambio que adjunta y que obra a fojas 1 de los autos, documentos que constituyen título ejecutivo, al tenor de lo previsto en el Art. 347.4, en concordancia con el Art. 114 del Código de Comercio ibídem, por lo que se la CALIFICA y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo.- SEGUNDO: CÍTESE con el contenido de la demanda, los documentos adjuntos a la demanda y el presente auto, al demandado RAFAEL ALEJANDRO CADENA JACOME, en el lugar señalado. TERCERO.- Al demandado, se le concede el término de QUINCE (15) días, para que una vez citado conteste a la demanda según lo dispone la parte final del Art. 351 del COGEP o proponga alguna de las excepciones taxativas previstas en el Art. 353 ibídem; bajo prevención que, de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia, la cual no será susceptible de recurso alguno conforme lo establecido en el Art. 352 del cuerpo legal precitado. CUARTO: Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en el escrito que antecede; para tal efecto, se estará a lo previsto en los Arts. 160, 161 y 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. QUINTO: Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda y escrito anterior. Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la parte accionante para recibir sus notificaciones, así como la autorización conferida a su defensor. Actúe el Ab. Jaime Eduardo Cadena Vásquez, en calidad de Secretario de la Unidad. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- F) DRA.
JENNY MARGOTH TAFUR SALAZAR JUEZA TITULAR. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, 23 de noviembre del 2022, las 11h37, Incorpórese al proceso el oficio presentado por el gestor de archivo y la razón sentada por parte del Actuario. Por cuanto, en esta fecha se recibe el proceso en 37 fojas, por parte del gestor de archi vo; en tal sentido con el fin de continuar con la sustanciación de la causa y al tener el expediente en originales al no ser necesaria la reposición del mismo se dispone: Que a través de secretaria de conformidad con lo previsto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, cuya disposición se encuentra vigente, confiera el extracto respectivo, mismo que se remitirá a la casilla judicial 3241, a fin de que se cite a la parte demandada RAFAEL ALEJANDRO CADENA JACOME por la prensa, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en el país. NOTIFIQUESE.-F) DRA. JENNY MARGOTH TAFUR SALAZAR JUEZA TITULAR.
Lo que se C I T A por la prensa para los fines de ley, previendo a la parte accionada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial de un Abogado en libre ejercicio, dentro del perímetro legal en esta judicatura.
JUICIO NO. 17230-2022-07284
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 17 de noviembre del 2022, a las 08h58
R DEL E
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO EXTRACTO JUDICIAL CITACION JUDICIAL
A: NELLY SILVANA RAMIREZ GALVEZ
ACTOR: CASTAÑEDA CARRILLO JOSE ANTONIO DEMANDADO: NELLY SILVANA RAMIREZ GALVEZ JUICIO: CONCURSO DE ACREEDORES No. 17230-2022-07284
CUANTIA: INDETERMINADA OBJETO: INSOLVENCIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 28 de junio del 2022, a las 13h32. VISTOS: Agréguese a los autos el escrito presentado por la parte actora. Atendiendo el mismo y una vez que se ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia inmediata anterior, se dispone: 1) La demanda que antecede es clara, precisa, completa y reúne los requisitos legales previs tos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que de conformidad a lo establecido en los Arts. 414, 416, 422 y 424 ibídem, se la admite a trámite mediante procedimiento de CONCURSO NECESARIO. 2) De las copias certificadas aparejadas a la demanda y que corresponden al juicio No. 17301-2013-0538, se advierte la razón sentada por la Secretaria de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Quito, provincia de Pichincha, quien certifica que la señora NELLY SILVANA RAMIREZ GALVEZ, no ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto de fecha 9 de septiembre del 2019, las 14h39; por lo que, de conformidad al número 1 del artículo 416 del Código Orgánico General de Procesos y al tenor de lo establecido en el artículo 424 ibídem, SE PRESUME EL ESTADO DE INSOLVENCIA de NELLY SILVANA RAMIREZ GALVEZ, con cédula de identidad o ciudadanía No. 1102659099, consecuentemente de conformidad a lo determinado en el artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos se procede al CONCURSO NECESARIO, ordenándose la práctica de las siguientes diligencias: 2.1. Cítese a la demandada NELLY SILVANA RAMIREZ GALVEZ, en el lugar que se indica para el efecto, remitiendo el suficiente despacho a la oficina de citaciones, la parte interesada proveerá de las copias a fin de elaborar las boletas. Verificada que sea la citación a la parte demandada, y cumplidas las demás diligencias propias de esta clase de procedimiento, se procederá a señalar día y hora a efectos de que se lleve a cabo la audiencia referida en el número 1 del artículo 424 del Código Orgánico General de Procesos; 2.2. Se le requiere al deudor, conforme lo determinado en el número 2 del Art. 424 del Código Orgánico General de Procesos, la presentación de los documentos previstos en el Art. 421 ibídem; 2.3. Se procederá con la anotación de insolvencia en el Registro Virtual del Consejo de la Judicatura, así como la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura del auto que declare la insolvencia, previstos respectivamente en los numerales 5 y 6 del artículo 423 del Código Orgánico General de Procesos, una vez que transcurra el término señalado en el artículo 426 del invocado cuerpo legal; 2.4. En caso de justificarse en legal y debida forma, se dispondrá el embargo de todos los bienes muebles e inmuebles de propiedad de la fallida NELLY SILVANA RAMIREZ GALVEZ, de conformidad a los artículos 376 y siguientes del código procesal vigente; 2.5. Se ordena la acumulación de aquellos procesos que contienen obligaciones pendientes de los que forme parte de la fallida NELLY SILVANA RAMIREZ GALVEZ; 2.6. Inscríbase el presente auto que ordena la formación de concurso necesario, en el Registro de la Propiedad de este cantón; 2.7. Notifíquese a la Fiscalía General del Estado, a fin de que se realice las respectivas investigaciones, una vez que se proceda a declarar la insolvencia. 2.8. Se prohíbe que la señora NELLY SILVANA RAMIREZ GALVEZ, con cédula de identidad o ciudadanía No. 1102659099, se ausente del territorio nacional, para lo cual ofíciese a la Gerencia del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio. 2.9. Se procederá a nombrar síndico una vez que haya transcurrido el término señalado una para la oposición previsto en el artículo 425 del Código Orgánico General de Procesos, a quien se le notificará en legal y debida forma y tendrá veinticuatro horas para aceptar o excusarse; en caso de aceptarlo, será la depositaria de los bienes del fallido. 3) Agréguese al proceso los documentos que se acompañan. 4) Téngase en cuenta la autorización que confiere el actor a su abogado defensor, casilla judicial y correo electrónico para posteriores notificaciones. Actúe el doctor Luis Alfredo Chulde Ruano, en calidad de Secretario de la Unida Judicial Civil. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) Dra. Lus Elisa del Santo Dávila JUEZA: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, lunes 17 de octubre del 2022, a las 09h27. Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Encargada de la Unidad Judicial Civil con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito mediante Acción de Personal No. 08678-DP17-2022-BG. Atento al juramento rendido y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de procesos, se dispone citar a la señora NELLY SILVANA RAMIREZ GALVEZ por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación nacional, y para lo cual se conferirá el correspondiente extracto. Notifíquese. DEL SALTO DAVILA LUZ ELISA JUEZA(PONENTE)
Lo que comunico a usted para los respectivos fines de Ley, previniéndole la obligación que tiene de señala casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones.
Atento al juramento rendido y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de procesos, se dispone citar a la señora NELLY SILVANA RAMÍREZ GALVEZ por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación, y para lo cual se conferirá el correspondiente extracto. Notifíquese. DEL SALTO DAVILA LUZ ELISA JUEZA (PONENTE)
Lo que comunico a usted para los respectivos fines de Ley, previniéndoles la obligación que tiene de señala casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones.