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Precios de los productos bajan y los comerciantes pierden

Los vendedores se han abastecido con mercadería

Que

El panorama en el Mercado Mayorista es desolador, hay comerciantes que ya piensan en cerrar sus negocios para así no trabajar con pérdidas. Varios son los motivos, pero uno de ellos es la inestabilidad en el precio de productos como papa, zanahoria, pimiento, hortalizas, los consumidores a veces resultan afectados.

Por temor a represalias prefieren no identificarse, pero aseguraron que las pérdidas los están llevando

EL DATO al declive. Así por ejemplo, María, una de las vendedoras, indicó que al momento el limón tiene un precio muy bajo debido a la sobreproducción del mismo, para ellos no hay ganancias, pero sí para el cliente.

Más pérdidas

Julio, otro comerciante, indicó que el precio de la papa bordea los 15 dólares por quintal y que hace una semana cuando se abastecieron estaba por los 22 dólares. Otro producto que también ha presentado variación es el pimiento, lo compraron en 20 dólares y bajó a 18 dólares. “La situación de nosotros es crítica, vienen los productos de Ambato con precios muy diferentes que en muchas ocasiones no podemos ver nada de ganancia”, refirió.

Uno de los factores en la disminución de precios es la sobreproductividad.

Por su parte, Diana Ramírez, intendenta de Los Ríos, dio a conocer que la

En cifras lista de precios debe ser visible para los consumidores para evitar cualquier tipo de manipulación. (VV)

° En total, 267 de los 359 productos de mayor consumo y utilización en el país registran un desequilibrio de precios que se evidencia el mercado. Esto equivale al 74% de los productos que se detallan según el registro del Instituto Nacional de Estadísticas y Censo (INEC).

EXTRACTO DE CITACIÓN

A: PRESUNTOS DUEÑOS CONOCIDOS Y DESCONOCIDOS

SE LE HACE SABER QUE DENTRO DEL TRÁMITE DE LEGALIZACION DE BIENES MOSTRENCO CON SOLICITUD NO 0095223-2023, SEGUIDO POR EL SEÑOR. ROSADO ÁLAVA ROSENDO HERNAN, SE ENCUENTRA LO SIGUIENTE: El Empalme, 23 de marzo del año 2023, continuando con el trámite de la causa de legalización de Bienes Mostrenco ingresada en la Dirección de Ordenamiento Territorial. En lo principal por haberse cumplido con lo dispuesto, en la “ORDENANZA QUE REGULA EL PLAN SOCIAL MASIVO DE ADJUDICACIÓN, ESCRITURACIÓN Y VENTA DE TERRENOS MOSTRENCO Y ASENTAMIENTOS HUMANOS CONSOLIDADOS, UBICADOS EN LAS CABECERAS PARROQUIALES VELASCO IBARRA, LA GUAYAS Y EL ROSARIO DEL CANTÓN EL EMPALME”, PRIMERO. Que el señor, ROSADO ÁLAVA ROSENDO HERNAN, cumpliendo con lo establecido en Ley Cantonal (Ordenanza), conforme lo dispone en el Art. 8, la publicación por tres ocasiones en un diario de mayor circulación a nivel regional, y mediante cuñas radiales a través de dos radios de difusión local, la publicación contendrá un aviso que comunique a la ciudadanía que se procederá a declarar como bien mostrenco, un solar signado con el número 9, Mz. 7, ubicado en el sector La Democracia, parroquia Velasco Ibarra, cantón El Empalme, Provincia del Guayas, coordenadas X 651396 Y 9882910, con sus respectivos linderos. POR EL NORTE: Con Rosado Álava Lucía en 5.30m; S 85°43’21” E. POR EL SUR: Con calle Pueblo Viejo en 5.75 m; siguiendo su trazado. POR EL ESTE: con Rosado Álava Diana en 7.10 m; S 8° 13’21” E; con la Sra. Álava Macías Esperanza, con 7.00m, S 8° 13’21” E. Y POR EL OESTE: Con solar 257 en 14.10 m. N 3° 56’24” O. CON UNA SUPERFICIE TOTAL 77.72 m2, Los particulares que se consideren afectados por el inicio del proceso para declaratoria del bien mostrenco podrán presentar sus reclamos a la Dirección de Ordenamiento Territorial, con un plazo de 30 días contados a partir de la entrega de las publicaciones, en la página WEB redes sociales y diferentes medios de comunicación, en el caso de las publicaciones por el diario y la radio, deberán ser entregadas a la Dirección de Ordenamiento Territorial, y de igual forma, en cuanto a las transmisiones por la radio, el propietario o representante de la misma emitirá un certificado que acredite las fechas y horas en que se realizaron las transmisiones y una copia del audio.- SEGUNDO: Una vez cumplido con los anuncios presentados por la parte solicitante del bien mostrenco se tomará en cuenta como prueba a su favor, CÍTESE y CÚMPLASE.

Arq. Ricardo Loor Costabalos DIRECTOR DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

EXTRACTOS

Juicio No. 12331-202300222

UNIDAD JUDICIAL CIVIL

CON SEDE EN EL CANTÓN

QUEVEDO. Quevedo, miércoles 12 de abril del 2023, a las 11h51.

R. DEL E.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL, CON SEDE EN EL CANTÓN QUEVEDO

EXTRACTO DE CITACIÓN

POR LA PRENSA ESCRITA

A: MARÍA ANGELICA

CACERES RAMIREZ. -

SE LE HACE SABER: Que por sorteo le correspondió conocer a esta Unidad

Judicial Civil, con sede en el cantón Quevedo, la demanda de Prescripción

Extraordinaria Adquisitiva de Dominio, Procedimiento Ordinario No. 12331-202300222, seguida por el señor CEVALLOS RIVAS

STALIN ENRIQUE, en contra de MARIA ANGELICA

CACERES RAMIREZ Y REPRESENTANTES DEL

GAD MUNICIPAL DEL

CANTÓN QUEVEDO, cuyo extracto es como sigue:

ACTOR: CEVALLOS RIVAS

STALIN ENRIQUE. DEMANDADOS:

MARÍA ANGELICA

CÁCERES RAMIREZ Y

REPRESENTANTES DEL

GAD MUNICIPAL DEL

CANTÓN QUEVEDO.OBJETO DE LA DEMANDA: El actor solicita que mediante sentencia y previo al trámite Ordinario se declare haberse operado en su favor, la prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio sobre un solar y casa, ubicado en la Parroquia San Cristóbal, Cantón Quevedo, provincia de Los Ríos, con los siguientes linderos y medidas: Por el Norte, con propiedad del Colegio Juan Montalvo, en una extensión de once metros, con ochenta centímetros; Por el Sur, con calle Cuba, en una extensión de doce metros con ochenta y cinco centímetros; Por el

Este, con propiedad de Bella Cruz Zamora, en una extensión de veintitrés metros, con veintiún centímetros; y , Por el Oeste, con propiedad de Silvia Basurto Velásquez, en una extensión de veintitrés metros, con veintiún centímetros; lo que hacen una superficie de 288,78 metros cuadrados.- Que se encuentra en posesión en forma pacífica e ininterrumpida por más de 30 años, con ánimos de señor y dueño, en forma tranquila, pacífica e ininterrumpida, sin la interferencia de nadie, que en el solar descrito ha construido una vivienda adecuada de cemento armado con dine- ros de su propio peculio y que en ella habita junto a su familia por más de 30 años en forma ininterrumpida.Ampara su demanda en lo que disponen los Arts. 603, 715, 2392, 2398, 2410, 2411, 2413 y más pertinentes del Código Civil, en concordancia con el Art. 91 del Código Orgánico General de Procesos.CUANTIA: $22.453,99.-

TRAMITE: ORDINARIO.

JUEZ DE LA CAUSA: Dr. Pablo Ojeda Sotomayor, Juez de la Unidad Judicial Civil, con sede en el cantón Quevedo provincia de Los Ríos, quien mediante auto de fecha jueves 9 de marzo del 2023, a las

10h05; admite la demanda a trámite mediante procedimiento ordinario por Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio y ordena citar a la demandada MARIA ANGELICA CACERES RAMIREZ por la prensa conforme lo establecen los Arts. 53, 54 y 55 del COGEP, previo a ello el actor comparezca ante esta autoridad de justicia para que bajo juramento declare el desconocer el domicilio de la demandada, hecho que fuere por secretaría deberá ser entregado el extracto de citación por la prensa.- Además cítese al señor Alcalde y Procurador Síndico Municipal de

Quevedo, así como inscríbase esta demanda en el Registro de la propiedad del cantón Quevedo, para lo cual deberá notificarse al señor Registrador para que cumpla con esta disposición legal.- CONTESTACION

A LA DEMANDA.-

Concediéndose para el efecto y garantía de la parte demandada el término de 30 días de conformidad con el Art. 291 del COGEP, para que dé contestación a la demanda, proponga excepciones, y , de conformidad con los Arts. 151 y 153 del Ibídem; y, al tenor de lo dispuesto en el Art. 152 de la norma señalada deberán realizar anuncio o solicitud

P-37588-1172 de pruebas con la contestación de la demanda por escrito.Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar correo electrónico o casilla judicial en esta ciudad para que reciban sus notificaciones y que deberán comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación de este aviso, caso contrario se continuará con el trámite de ley.Certifico. –

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