



Deniño creía genuinamente que los políticos se la jugaban por nosotros. Creía que ellos lo dejaban todo para asumir una responsabilidad histórica. Poco a poco fui abriendo los ojos y entendí el negocio de la política: nadie hace nada por nada. El manoseado discurso del servicio al pueblo, del amor a los más necesitados, es la mentira más perniciosa que existe. Nadie gasta de su bolsillo el financiamiento de tres campañas a la Presidencia simplemente por el afán de darnos un mejor futuro. Pero por más que muchos estén conscientes de esta realidad, no sé por qué, todavía se dejan calentar las orejas por el titiritero.
Cuando empecé a viajar por el Ecuador —que debo decir que lo conozco de cabo a rabo excepto las Galápagos—, pude entender la vida desde otros zapatos. Desde la visión del campesino de Quimiag, provincia de Chimborazo, que depende de un camino vecinal para vender sus productos y poder sobrevivir; desde los ojos del huaorani evangélico de Toñanpari, que si tuvo atención médica y educativa, no fue por “gracia” ni “favor” de los políticos que le pedían el voto, sino por la buena voluntad de la comunidad protestante norteamericana; desde la mirada de la madre que perdía a su hijo por la neumonía en La Esperanza —¡qué ironía!— sin poder llevarlo a un hospital porque no tenía para el pasaje.
Ahora el presidente Lasso, al más puro estilo del expresidente Correa, hace visitas sorpresa a los hospitales para corroborar… ¿qué? A puertas de la consulta, nos quiere convencer que él es uno de nosotros, que le dolemos. Otra vez nos quiere invitar a que nos chantemos los zapatitos rojos, por lo menos hasta darle el “sí”. Presidente, respóndele a Boscán. Hoy más que nunca necesitamos escuchar lo que tiene que decir. Y ahora resulta que los corruptos no han sido solo ‘ellos’ sino ustedes también. Flaco favor nos hacen los políticos. En la consulta popular, vota todo: “sálvese quien pueda”.
Con maquillaje y parches, no se puede ocultar indefinidamente lo que está sucediendo con Quito, y la epidemia de ratas que experimenta la capital lo demuestra. Los roedores proliferan en espacios cada vez más visibles —alcantarillas, botaderos, terrenos baldíos, parques—, lejos de la propaganda, los discursos y las obras cosméticas; La plaga es tal, que a plena luz del día, las ratas desfilan por espacios públicos en distintas zonas de la Capital.
Llegar a este punto requiere negligencia sostenida en diferentes áreas durante mucho tiempo. El problema de la basura en Quito continúa agravándose —pese a todas las advertencias—, y cada administración se limita a pasar la ‘papa caliente’ a la siguiente, al igual que sucede con el mantenimiento del alcantarillado, otrora un ejemplo para
otras urbes del Ecuador.
Los quiteños podrán acostumbrarse a prescindir de parques descuidados o hacer la vista gorda ante las veredas sin mantenimiento, pero las ratas se encargan de recordarnos el trabajo pendiente.
Los solares vacíos donde la vegetación crece sin control, las viviendas abandonadas o sin debido mantenimiento, las construcciones sin permiso o los asentamientos ilegales sin acceso a servicios básicos evidencian una creciente anarquía de la que las ratas son una consecuencia temprana, pero no la única.
Problemas de salud pública, deterioro de los servicios básicos y una reducción tanto de la esperanza como de la calidad de vida se están incubando paulatina y silenciosamente, como las ratas, y afectarán pronto a los quiteños si no se retoma el orden y se atiende lo prioritario.
Heescrito en muy pocas oportunidades sobre fútbol. Sin embargo, quiero hacerlo ahora para rendir mi homenaje a una estrella del fútbol brasileño y mundial, a un ícono de este deporte, a alguien a quien muchas veces se ha clasificado como un rey, me refiero a Pelé, nacido en un hogar muy humilde con el nombre de Edson Arantes do Nascimento.
Pelé nació en el estado de Minas Gerais y desde una niñez con muchas carencias económicas trabajó como lustrabotas hasta que consiguió llamar la atención de los equipos de fútbol de las divisiones inferiores, y aparecer y elevarse como estrella del fútbol de primera división.
Hay mucho trabajo en la historia de Pelé, considerado por muchos como el mejor jugador de todos los tiempos, con una dilatada carrera que le llevó a innumerables triunfos que cimentaron la fama del Brasil dentro de esta disciplina deportiva.
Pero yo diría que además del trabajo de Pelé en el ámbito del fútbol, nos encontramos con una figura prístina, amable, no involucrado en escándalos, con algunas apariciones en el cine o en el mundo de la música, o inclusive en la política, como Ministro del Deporte de su país, uno de los impulsadores de aquello que se llamó el ‘jogo bonito’, un juego inteligente que va más allá de la brusquedad que algunos le imprimen a este deporte.
Pelé ha sido ídolo de multitudes. Su fama rebasó los continentes, las lenguas, los países; se mantuvo incólume, a diferencia de otros que mancharon su carrera con escándalos y acciones no dignas de una estrella inspiradora. Por ello, ahora que ya no está en este mundo, con absoluta seguridad la fama de Pelé seguirá su ritmo ascendente, como la figura mítica por excelencia del fútbol mundial.
Los homenajes se suceden y seguirán en el tiempo. Se extrañará su figura y su talante en este deporte mundial que mueve y apasiona a multitudes.
RODRIGO CONTERO PEÑAFIEL rcontero@gmail.comLos mitos han sido el centro de todas las culturas y han formado parte de los mercados sociales. Las falsas noticias brotan todos los días en la sociedad y la política no es la excepción; pero, en ese caso tienen el fin de sesgar de forma anónima la opinión de la gente, a fin de obtener beneficios sociales, de presti-
gio o réditos económicos. Los beneficios que se obtienen con mucha osadía llenan de ficciones la cultura y educación de los pueblos con proyectos, programas y bibliografía que con mucha audacia y conocimiento de causa invaden los centros culturales y educativos, como sucedió en el país durante 14 años, con un populismo retrasado que pretendía imponer los intereses de un dictador paranoide.
En el mundo en el que vivimos, mucha gente no requiere de pruebas, razonamien-
tos ni criterios para aceptar una tesis política o social, que no sea la del conformismo de las masas ante la corrupción y el engaño que les permite sobrevivir sin esfuerzo, trabajo ni futuro. Lo importante son las dádivas del momento para satisfacer necesidades inmediatas, que sirven como placebo ante el desgobierno de quienes buscan el poder para hacer negocio y asegurar el futuro de su generación.
Todo lo que no puede iluminar la mente de la gente, no tiene futuro, impide el
desarrollo del conocimiento y la mejora de las relaciones sociales. Quienes aceptan una posición jerárquica para la que no están preparados, toleran la existencia de clases sociales de papel que se dan el tiempo necesario para someter a los menos capacitados.
Una sociedad organizada cultural, social y económicamente es capaz de abastecer suficientemente a sus miembros. Los mitos frenan la cultura de los pueblos y terminan con su estado emocional, hay
mentiras que nacen y mueren luego de mantenerse por muchos años, otras se alargan y duran en el tiempo, como en los países socialistas donde los caudillos imponen su errado criterio a un pueblo sometido que ha perdido las ganas de luchar y solo le queda emigrar. No se puede pensar en un futuro de bienestar cuando se tienen pensamientos y emociones negativas, hay que tener confianza en las capacidades de uno mismo y desarrollarlas, para encontrar el camino del éxito.
En 2022, el Municipio anunció proyectos que no han visto la luz o que aún están pendientes.
° El 4 de junio de 2022, la Secretaría de Movilidad de Quito anunció un ‘Plan de Reactivación de los Bienes del Sistema de la Bicicleta Pública del Municipio de Quito’, “que se implementará de manera parcial y progresiva”.
Siete meses después, no han existido nuevas noticias sobre el proyecto, cuya implementación costó $1’080.000 y que dejó de funcionar en 2020, durante la administración de Jorge Yunda.
En 2022 se prometió dar “un primer paso para la incorporación paulatina de estos bienes al servicio de la ciudadanía, toda vez que se consolida el plan integral para la puesta en marcha de todo el sistema de bicicleta pública de manera eficiente, sostenible y automatizado, articulado al sistema integrado que favorezca la interconexión con otros subsistemas de transporte”.
LA HORA solicitó una entrevista con la Secretaría de Movilidad que quedó en pronunciarse este 13 de enero de 2023.
Pero la administración de Santiago Guarderas, no ha sido la única que ha ofrecido la reactivación del servicio. En 2021, cuando Yunda seguía en el cargo, se dijo que esperaban por un operador para reactivar la BiciQuito.
Mientras tanto, cerca de mil bicicletas están embodegadas en el parque Metropolitano, mientras el tráfico en Quito es cada vez más intenso.
Quito ha sufrido un constante “borra y va de nuevo”, por parte de sus autoridades, que no le han permitido tener continuidad en planes que se proyectaban a ser emblemáticos como la bicicleta pública o los centros de atención infantil, llamados ‘Guagua Centros’.
Los quiteños también han vivido cerca de 13 años con la promesa de que Quito tendrá un Metro. Y, si bien, a fnales de 2022 hubo una inauguración; los tiempos siguen sin cumplirse y la megaobra, sigue sin moverse. (AVV)
° La recuperación del Centro Histórico fue uno de los principales anuncios de Santiago Guarderas, al iniciar su periodo en la Alcaldía.
Sin embargo, los desmanes, delincuencia y trabajo sexual continúan causando descontento en los ciudadanos.
En 2022, en este punto se registraron 1.887 escándalos, según datos del ECU-911. Es decir, existe un escándalo o alerta cada cinco horas solo en ese sector.
Según informes policiales, las nuevas modalidades de delincuencia y microtráfico de drogas se camuflan en hoteles donde supuestamente laboran trabajadoras sexuales del sector.
De hecho, el 22 de diciembre de 2022, dos trabajadoras sexuales fueron detenidas, tras asaltar a un transeúnte. La Policía encontró en poder de las implicadas las pertenencias de la víctima.
“Bajo la fachada de trabajadoras sexuales, asaltaban a transeúntes con armas blancas”, alertó la Policía. Mientras que los moradores detallan que esto es un problema recurrente.
Johanna Montúfar, policía del Distrito Manuela Sáenz, comentó que amedrentan a las víctimas y con amenazas les obligan a ingresar a una casa, donde les quitan sus pertenencias amenazándolos con armas cortopunzantes.
° Luego de explicar que en diciembre de 2022, el Metro de Quito no operaría sino que se inauguraría, la Alcaldía detalló que habría dos fases para que la gente aprenda el uso de este medio de transporte.
Las fases se dividían en inducciones estáticas y en movimiento. La última debía iniciar el 5 de enero de 2023, y consistía en que los quiteños harían viajes en el Metro de forma gratuita. Sin embargo, por fallas en el sistema que genera los códigos QR, la segunda fase se suspendió. Se dijo que las fallas se arreglarían hasta en 48 horas (7 de enero de 2023), pero todavía no hay una solución y tampoco se indica a partir de cuándo se realizarán los viajes de inducción.
Según las autoridades, esto no afectará la operación comercial del Metro, programada para marzo de 2023. El cumplimiento de esta promesa se verá con el tiempo.
° Fue LA HORA la que informó el cierre definitivo de 200 ‘Guagua Centros’, en 2020, durante la gestión de Jorge Yunda. El exalcalde prometió reabrirlos, pero eso no sucedió.
En sus primeros días como alcalde (finales de 2021), Santiago Guarderas, ofreció tener estos centros y, en septiembre de 2022, anunció que ya no serían 200 sino 108.
Al momento, según datos del Patronato San José, se han habilitado 91 de estos espacios, que ahora se llaman ‘Quito Cuna’.
La promesa es que hasta febrero de este año se habilitarán los 108 centros. Es así, que el Municipio mantiene abierta la convocatoria para quienes deseen ser parte del proyecto.
enero de 2023,
La ciudad necesita menos tramitología, gasto público eficiente y mayor acceso al crédito para desarrollar todo su potencial productivo.
La pandemia y la crisis económica provocaron que el número de empresas en Quito se redujera en un 8%. Sin embargo, las 171.840 empresas activas en la capital mueven alrededor de $151 millones de ventas diarias.
La principal fuente productiva son las microempresas (90,2%), seguidas por las pequeñas empresas (7,37%); mientras las medianas y grandes empresas representan el 2,3% del total.
Andrea Rodríguez, economista y emprendedora quiteña, explicó que la ciudad es predominantemente de clase media y emprendedora; pero ha sido fuertemente castigada por sucesivas administraciones municipales ineficientes y llenas de burocracia.
“Quito está, dentro de varias mediciones internacionales, como una de las capitales de América Latina donde más trabas se le po-
En promedio, un trabajador privado con empleo adecuado en Quito gana $619,8; mientras un independiente llega a $437,4 mensuales.
nen a la formalización y a las operaciones, sobre todo a las microempresas. Los trámites inefcientes y las trabas cuestan, en tiempo y dinero, hasta tres veces más a los emprendedores quiteños que a sus pares de la región”, puntualizó.
El costo de emprender Por eso, de cara a las próximas elecciones seccionales, los ciudadanos deben evaluar si los candidatos a Alcalde realmente tienen propuestas para desburocratizar la gestión munici-
pal, reducir trámites y corregir
el inefciente sistema de los impuestos prediales.
Marco Narváez, microempresario textil, puntualizó que el Municipio debe ser un facilitador de la vida y la producción de los quiteños; pero lo que ha pasado en los últimos años es que se acumulan los problemas de movilidad, calidad de servicios, contaminación, burocracia, inseguridad, entre otros.
Como reportó LA HORA en una nota del 5 de enero de 2023,
el Municipio de Quito recibe millones de dólares desde el Gobierno Central y cobra millones de dólares en impuestos y tasas; pero es muy ineficiente al ejecutar su presupuesto, sobre todo en temas de obra pública y seguridad.
Todo eso aumenta el costo de hacer empresa en la ciudad entre un 20% y 40%.
Además, ha provocado, junto con los todavía ba-
jos porcentajes de acceso al crédito
(menos del 40%), que Quito también sea una ciudad con 82% de comerciantes autónomos en la informalidad y con la tasa más alta de denuncias por chulco o préstamos informales.
Anabel Catota, pequeña comerciante de Carcelén, en el norte de la ciudad, explicó que los chulqueros en muchas ocasiones son la única opción para seguir con las ventas; aunque se tenga que pagar más de $40 al día para pagar un préstamo.
En este escenario, de acuerdo con Rodríguez, las autoridades municipales y nacionales deberían trabajar de la mano para potenciar dependencias como ConQuito, crear un fondo garantías y créditos para emprendedores, establecer incentivos para fondos de inversión e incubadoras, entre otras medidas.
Si no se mejoran las condiciones para emprender en la ciudad, gran parte de emprendedores, pero sobre todo comerciantes autónomos pueden convertirse en nuevos pobres en poco tiempo.
Las políticas sociales, productivas e incluso de obra pública en Quito deben tomar en cuenta que dos grupos son los más castigados por la pobreza en Quito.
La población con más
de las licencias para actividades económicas en Quito se concentra en: venta por menor de bebidas alcohólicas, productos en tiendas, prendas de vestir, productos farmacéuticos, actividades de lavado y corte de cabello, entre otros.
incidencia está entre los 30 y 64 años. Alrededor de 176.374 quiteños de esas edades viven con menos de $87,57 mensuales. A pesar de estar en la etapa más productiva, la mayoría (sobre todo mujeres) sobrevive del comercio informal más precario y de los bonos y ayudas sociales.
De la mano de esta realidad, el segundo grupo está en los niños de hasta 12 años. Alrededor de 133.213 menores viven sin las mejores condiciones de desarrollo.
Por eso, una forma efectiva de luchar contra la pobreza en la ciudad es comenzar por implementar programas efectivos de capacitación técnica y emprendimiento dentro de la población de 30 a 64 años.
(JS)
El martes 10 de enero -después de que Yadira Bayas participó en el debate electoral del domingo 8 de enero de 2023su postulación fue objetada. El recurso se tramita en el TCE.
De los 61.850 candidatos que, según el Consejo Nacional Electoral (CNE), podrán participar en las elecciones seccionales del próximo 5 de febrero de 2023, la única que todavía no está en frme es la de la candidata a prefecta de Santo Domingo de los Tsáchilas, Yadira Bayas, del Movimiento Amigo.
A última hora, al Tribunal Contencioso Electoral (TCE) ingresó una impugnación a su postulación por presuntamente mantener contratos con el Estado. Esto se hizo pese a que el calendario aprobado por el CNE establecía que todos los recursos debían resolverse hasta el 18 de diciembre de 2022.
En el organismo del sufragio no dan un plazo para que se resuelva la objeción, pero calculan que el trámite podría tomar al menos una semana. Por este tema, la papeleta de candidatos a prefectos en Santo Domingo será la última en imprimirse.
Sin embargo, la consejera Elena Nájera atribuye la demora a que la delegación provincial de Santo Domingo, así como presidencias y vicepresidencias de las juntas electorales “están tomadas por quienes se distribuyeron las juntas provinciales”.
“No se laven las manos frente a los atrasos y la actuación de la Junta Electoral de Santo Domingo. Esto es corresponsabilidad de los consejeros de mayoría (Diana Atamaint, Enrique Pita, José
Cabrera y Esthela Acero), el reparto en juntas, en delegaciones y la ausencia de un control cruzado”, afrmó Nájera en el Pleno del CNE.
Señaló que el problema de la candidatura de Yadira Bayas se hubiese subsanado si la asesoría jurídica del CNE pedía al TCE que disponga la inscripción. “Aquí hay un vacío”, expresó.
Enrique Pita, vicepresidente del CNE, cuestionó la gestión del presidente de la Junta Provincial Electoral, Yovanny Quiroz, y lo señaló como responsable de esta situación. “En la Junta provincial hubo una falta de respuesta oportuna en atender la sentencia del Tribunal Contencioso, lo que causó un atraso signifcativo y que el CNE ya lo debió aprobar”, manifestó.
El 10 de enero de 2023 -después de que Yadira Bayas participó en el debate elec-
° El 29 de diciembre de 2022, el CNE aprobó el Informe de Determinación y Asignación del Fondo de Promoción Electoral para las elecciones seccionales y elección de vocales del Cpccs, pero recién el 11 de enero de 2023 tenían previsto publicarlo en su página web. La demora fue atribuida a problemas técnicos. El secretario del CNE, Santiago Vallejo, dijo que eso no impidió que los candidatos accedan a recursos para su campaña. Patricio Alarcón, candidato a la Alcaldía de Quito por el PSC, confirmó que, desde el inicio de la campaña (el 3 de enero) ya se asignaron recursos y los espacios en medios y vallas.
Prefectos 374
Alcaldes 1.544
Concejales rurales 5.402
Concejales urbanos 9.774
Concejales por circunscripción 2.662
Vocales de juntas parroquiales 42.094
Total 61.850
El calendario electoral aprobado por el CNE establecía que todos los recursos debían resolverse hasta el 18 de diciembre de 2022.
toral del 8 de enero- su postulación fue objetada a través de un recurso jurisdiccional que se tramita en el TCE.
“Es medio raro que a estas alturas haya un candidato que no esté califcado porque el Tribunal ya había anunciado que estaban resueltos todos los recursos. Esta es una situación irregular”, dijo Carlos Aguinaga, expresidente del entonces Tribunal Supremo Electoral (TSE).
Aguinaga consideró que, en el eventual caso de que la sentencia sea a su favor, la postulante hará una campaña en situación de desigualdad. (SC)
El precio de los vehículos aumentará hasta un 3% durante 2023 Menos leche en desayuno escolar provoca pérdidas productores
QUITO LOJA
Cuando llueve hay que circular a 50 km/h en la avenida Simón Bolívar
GLOBAL
Primer caso de gripe aviar en humanos en Ecuador
Tribunal Contencioso ordena retorno de corridas de toros en Bogotá Hospital Isidro Ayora incorpora equipos con tecnología de punta
GINEBRA. El mundo está sufriendo un número sin precedentes de brotes de cólera en países afectados por desastres climáticos y otras crisis, mientras las vacunas para prevenir esta enfermedad se han vuelto “extremadamente escasas”, advirtió este 11 de enero de 2023 la Organización Mundial de la Salud (OMS). En 2022 “31
La inflación, la inseguridad alimentaria y las guerras geoeconómicas son las principales amenazas.
evitar alcanzar un peligroso “punto de infexión”.
países han reportado brotes, más extendidos y mortales de lo normal y la cifra supone un 50% más que en años precedentes”, alertó el director general de la OMS, Tedros Adhanom Ghebreyesus. Haití, Siria y Malawi están entre los más afectados, subrayó Tedros, quien advirtió de que esto ha generado una falta de vacunas. EFE
DRAMA. Personas hacen fila para recibir harina de trigo a precios controlados en Pakistán, debido a la inflación generada por la guerra en Ucrania.
LONDRES. El
mundo está en una situación “frágil” al afrontar una “policrisis” por la
infación, la inseguridad alimentaria y energética y las guerras geoeconómicas, afrmó este 11 de enero de 2023 la directora gerente del Foro Económico Mundial (FEM), Saadia Zahidi.
El FEM presentó en Londres su
18 Informe de Riesgos Globales, elaborado con las aseguradoras Marsh
McLennan y Zurich Insurance Group, en el que alerta de las principales amenazas que deben tener en cuenta los gobiernos y las empresas en la próxima década, en base a una encuesta realizada entre 1.200 expertos.
Zahidi avisó de que, en el contexto actual, en que los países tratan de lidiar con varios frentes a la vez, es clave “invertir en resiliencia” y “pensar a largo plazo” para
° “Las guerras económicas se están convirtiendo en la norma”, advierte el Informe de Riesgos Globales 2023, que ve un aumento de los enfrentamientos entre las potencias y de las intervenciones de los Estados en los mercados.
Los expertos observan que las políticas económicas “se usan de manera defensiva”, en pro de “la autosuficiencia y la soberanía respecto a potencias rivales”, pero también ofensivamente, “para constreñir el avance de los demás”.
El uso de la economía “como arma” geopolítica creará “debilidades en la interdependencia de los sistemas de comercio internacional, financieros y tecnológicos”, señalan.
reforzar los servicios públicos, como la salud y la educación, y acelerar la lucha contra el cambio climático, pues no hacerlo exacerbará los riesgos en el futuro, incluido “el de la agitación social”, señaló.
Esto incluiría
CRISIS. Una mujer camina entre barricadas durante las manifestaciones hoy, en la ciudad de Tacna, (Perú).
El informe, que se debatirá en el Foro de Davos, celebrado en esa localidad suiza entre el 16 y el 20 de enero, identifica como principales riesgos a corto plazo, que se prolongarán hasta dos años, “la escasez de alimentos y de energía” -resultado de la pandemia de covid y la guerra en Ucrania- y el aumento de los precios y el costo de la vida.
Estas crisis amenazan con socavar los esfuerzos para hacer frente a los riesgos a más largo plazo, “especialmente los relacionados con el cambio climático, la biodiversidad y la inversión en capital humano”, dice el documento.
Generan además riesgos “conexos”, como la recesión; el sobreendeudamiento; la polarización social debida a la desinformación y el auge de las guerras geoeconómicas. EFE
LIMA. Las protestas antigubernamentales se expAndieron este 11 de enero de 2023 en el sur de Perú, donde se reportaron enfrentamientos de manifestantes con las fuerzas de seguridad en Cuzco, mientras se mantiene el pedido de renuncia de la presidenta Dina Boluarte tras las muertes de 17 civiles y un policía en la ciudad surandina de Juliaca.
Las manifestaciones reunieron a cientos de personas, gran parte de ellos campesinos llegados desde localidades del interior a las capitales de las regiones de Cuzco, Ayacucho, Apurímac, Arequipa y Tacna, esta última fronteriza con Chile.
En Cuzco se reportó que decenas de personas marcharon por la ciudad y luego intentaron llegar hasta el aeropuerto internacional, que es vigilado por un numeroso contingente policial, que incluye la presencia de tanquetas antidisturbios.
Mientras que los manifestantes lanzaron arengas contra el Gobierno, un grupo de personas buscó acercarse a la terminal aérea y se originaron enfrentamientos con el uso de gases lacrimógenos.
En Ayacucho, donde en diciembre pasado murieron 10 personas en las protestas, se cumplió con el segundo día de una paralización de 48 horas. EFE
y Recreación, se CONVOCA
A todos los clubes filiales de la institución, que se encuentren debidamente acreditados mediante Acuerdo Ministerial y sus Directorios vigentes, a la Asamblea General Extraordinaria de Elección del Directorio, de Liga Deportiva Parroquial Picaihua, la cual se llevará a cabo el día viernes 27 de Enero del 2023, a las 20:00 en la sede ubicada en la Av. Pitágoras y José Ingenieros, oficinas del GAD Parroquial, de la ciudad de Ambato, Provincia Tungurahua para tratar el siguiente orden del día:
1. Constatación del quórum.
2. Instalación de la Asamblea.
3.Moción de candidaturas y elección
4. Nombramiento y posesión del directorio electo.
5. Clausura.
El procedimiento se sujetará a lo establecido en la Ley del Deporte, Educación Fisica y Recreación, al Reglamento Sustitutivo (1117) al Reglamento General de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, y en lo que fuere pertinente al estatuto de Liga Deportiva Parroquial Picaihua.
EN
COMUNICARSE AL 099.826.01.00 001-004-2464
En lo que refiere al quórum reglamentario se estará de acuerdo a lo prescrito en la disposición del Art. 17 del Reglamento Sustitutivo (1117) al Reglamento General de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación. Atentamente
Principalmente llegan desde Colombia, aprovechando el periodo festivo que tienen en ese país al iniciar cada año.
TULCÁN.- Las fguras gigantes en cientos de árboles de ciprés son su principal atractivo, en medio de la mística que encierra el cementerio José María Azael Franco, en la ciudad de Tulcán, capital de la provincia de Carchi, que cada año atrae a miles de turistas para visitar sus instalaciones, declaradas desde 1984 como
Patrimonio Cultural del Ecuador
Este sitio, a inicios de cada año, registra una masiva presencia de turistas extranjeros , principalmente
provenientes de Colombia , quienes aprovechan las semanas festivas que tienen
° El cementerio se denomina José María Azael Franco, en honor al primer artista que comenzó a dar forma a las inmensas figuras de ciprés, ganando reconocimiento nacional y mundial.
Probablemente es el único cementerio considerado un atractivo turístico del Ecuador, porque ahí confluyen la arquitectura, el paisajismo y el arte, a través de los exóticos jardines, custodiados por creativas figuras en ciprés.
El destino, ubicado en las avenidas Cementerio y Cotopaxi, en el centro de Tulcán, a pocos metros del parque Isidro Ayora, data de 1936.
El 28 de mayo de 1984, por sus peculiares jardines, fue declarado Patrimonio Cultural del Ecuador, para el 23 de agosto del mismo año recibir la nomenclatura de ‘Sitio natural de interés turístico nacional’, de la Dirección Nacional de Turismo.
cada año por el Carnaval de Negros y Blancos para viajar.
Las cifras Según las
estadísticas de la Jefatura de Turismo del Municipio de Tulcán, en los primeros días de 2023, el incremento de visitas de turistas extranjeros con relación a 2022 es de aproximadamente 3.000 personas
“En las primeras semanas del año tenemos un grupo considerado de 10.200 personas que han ingresado al cementerio de Tulcán, solamente referentes a turistas extranjeros, del vecino país de Colombia, lo que para
EL DATO
Las figuras más antiguas datan de 1930 y son las que se encuentran a la entrada del camposanto.
nosotros es una grata sorpresa ya que el corte del año anterior a esta fecha era de aproximadamente 7.000 personas, pero hoy vemos que se ha superado”, afrmó Jéssica García, de la Jefatura de Turismo.
Agregó que en estas fechas también se organizan actividades artísticas y se brindan servicios de guianza por el cementerio, con grupos de 30 personas, con una duración aproximada de media hora. “Hacemos el control de ingreso para registrar el número de visitantes e ir levantando indicadores”.
La visita de turistas colombianos también mejora las ventas de quienes tienen locales comerciales en las calles aledañas al cementerio, donde principalmente hay servicios gastronómicos y tiendas de artesanías.
“La visita es masiva. Desde el 3 de enero comienzan los días festivos en Colombia por los carnavales y ya se comienza a ver
turistas extranjeros en el cementerio
de Tulcán, que llegan y visitan nuestros negocios”, dijo Luis Montenegro, uno de los comerciantes de la zona.
“
Hay bastante turista en enero. Nosotros nos preparamos para estas fechas, porque en esta temporada es cuando más vendemos, así como en noviembre, por el Día de Difuntos”, agregó.
Los viajeros colombianos afrman que su llegada a Tulcán se debe, en su mayoría, por la compra de paquetes turísticos que incluyen viajes dentro de Colombia y terminan extendiéndose hasta Ecuador, pero solo hasta el cementerio de Tulcán.
Desde una de las agencias colombianas explicaron que sus paquetes se enfocan en que personas del norte y centro de Colombia viajen a Pasto, al Carnaval de Negros y Blancos, donde se incluyen otros destinos para complementar el paquete, que incluyen Tulcán.
Por ejemplo, uno de los que llegó en esta semana a Ecuador,
partió desde Medellín y Pereira , con Nariño como destino principal, donde se promovieron visitas a la laguna de Cocha, el Santuario de Las Lajas, en Ipiales, para fnalmente pasar al cementerio de Tulcán , en Ecuador, y retornar a Colombia.
El edificio, construido hace cerca de 40 años, perteneció al Banco Ecuatoriano de la Vivienda y posteriormente pasó a ser propiedad del Miduvi.
El edifcio ubicado en la calle Luis A. Martínez entre la avenida Cevallos y Sucre , centro de Ambato, se transformará en un proyecto de solución habitacional de interés social.
Esta construcción tiene cerca de 40 años, perteneció al Banco Ecuatoriano de la Vivienda y posteriormente pasó a ser propiedad del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda (Miduvi).
El 5 de enero de 2023 concluyó el plazo de inscripción del concurso nacional de anteproyectos enfocado en la recuperación de edificios públicos.
En 2023 se espera reducir 10 puntos en el déficit habitacional del país.
Para la intervención, que se efectuará en el edificio del centro de Ambato, se inscribieron 170 arquitectos de 13 provincias del Ecuador.
La mayoría de proyectos llegaron desde Pichincha con un total de 112, Tungurahua con 13, Azuay con 13, Guayas con 11 y Loja con nueve.
La iniciativa está a cargo del Gobierno Nacional a través del Miduvi en el marco de la Política Urbana Nacional , además, cuenta con la colaboración del Colegio de Arquitectos de Pichincha, Banco Interamericano de Desarrollo y la Agencia Francesa de Desarrollo.
Se prevé que para mediados de este año ya se cuente con el presupuesto para el inicio de la construcción.
La ministra de Desarrollo Urbano y Vivienda, Gabriela Aguilera , destacó la acogida del concurso en un tiempo récord.
“Desde el Miduvi expresamos nuestro agradecimiento a los profesionales del Ecuador por su interés en ser parte de esta iniciativa y contar con su va-
LUGAR. La infraestructura que será transformada en vivienda se ubica en la calle junto al parque Cevallos.
liosa participación avanzar en proyectos que permitan seguir mejorando la calidad de vida de las familias”, aseguró.
Mar ía Samaniego, presidenta del Colegio de Arquitectos de Pichincha, explicó que se busca promover que la vivienda de interés social esté inmersa en la parte urbana de las ciudades para generar cohesión social y que los beneficiarios tengan acceso a servicios públicos y estén cerca
de hospitales, escuelas, centros comerciales, entre otros espacios.
“ El edificio ti ene una estructura sólida y aproximadamente mil metros cuadrados de área útil”, indicó Samaniego.
La lectura del veredicto y premiación del proyecto ganador se realizará el próximo 28 de febrero, lo que permitirá avanzar en el diseño definitivo de rehabilitación del
edificio que beneficiará a los grupos más vulnerables
Los proyectos deberán adaptarse a las necesidades de estos g rupos familiares, se espera que a mediados de año ya se cuente con el presupuesto necesario para el inicio de la construcción.
Una vez culminado este trabajo se prevé que, de la mano del Registro Social , se escoja a las personas o familias que se beneficiarán de estas viviendas. (RMC)
El Ministerio de Salud Pública continúa vacunando a la población contra el COVID-19.
En Tungurahua están habilitados más de 58 puntos de inoculación a los que la ciudadanía puede acudir desde las 08:00 hasta las 16:00.
Actualmente se aplican primeras dosis de refuerzo a los mayores de 12 años, así como también la segunda dosis de refuerzo a los mayores de 18 años.
Es importante que toda la población complete su es-
quema de vacunación para evitar que el contagio de coronavirus sea mortal.
Puntos de vacunación
En Ambato se habilitaron los centro de salud de Cunchibamba, Izamba, Atahualpa, Angahuana, Ambatillo, Quisapincha, La Vicentina, Nº 1, Nº 2, Santa Rosa, Picaihua, Totoras, Huachi Grande, Huachi Chico, Martínez, La Península, Pasa, Juan Benigno Vela, Yanzaputzán, Pilahuín y Tangaiche.
En Baños la atención será
en el centro de salud del casco urbano del cantón, así como en Río Negro, Río Verde y Río Blanco.
Chiquicha, Cotaló, Chumaquí, Auditorio Hospital Básico Pelileo, Huambaló, Salasaca y los puestos de Salud Artezón y Teligote son los sitios habilitados en Pelileo.
Para los patateños la atención será en los centros de salud de El Triunfo, Sucre y Patate.
En Píllaro se vacuna en los centros de salud de Huapante, Presidente Urbina, San
Andrés, San José de Poaló, Santa Rita, San Miguelito y los puestos de salud de Andahualo, Chaupiloma y Emilio María Terán.
En el Frente Sur Occidental de Tungurahua la inmunización será en Tisaleo los centros de salud de Alo-
bamba, Quinchicoto, Tisaleo y El Calvario. En Mocha en Pinguilí, El Rosal y el puesto de salud de Yanahurco. En Quero el centro de Salud tipo C y en Hualcanga Santa Anita. Finalmente también se vacuna en el Centro de Salud Tipo B Cevallos (RMC)
Tungurahua, puntos de vacunación contra el covid habilitados durante eneroSITUACIÓN. La ciudadanía puede acudir a los centros de salud desde las 08:00.
El caso está en la Fiscalía, los trabajadores esperan que se sancione a los culpables. El pedido se habría hecho a todos los trabajadores de la institución en Loja.
El Ministerio de Transporte y Obras Públicas de Loja (MTOP), está inmiscuido en uno de los supuestos actos de corrupción manejados en el gobierno de Guillermo Lasso. Para renovar los contratos de los empleados, que se terminaban en diciembre de 2022, les habrían solicitado alrededor de 300 dólares , caso contrario se quedaban fuera. Esta denuncia ya ha sido puesta en la Fiscalía General del Estado por parte de los perjudicados para que investiguen quiénes y cuántos pagaron.
TOME NOTA
El Director Distrital de la provincia ha sido removido de su puesto. El Subsecretario Zonal 7 sigue en funciones.
sino afuera”, señala.
Corrupción Según el audio de una con-
versación que circula entre uno de los trabajadores y la funcionaria que labora en Talento Humano de la institución, dice: “el dinero tiene que hacer llegar en un sobre cerrado hasta el martes con su nombre. Me dijeron que son 300 dólares, le aviso para que esté pendiente y más que nada no tengan inconvenientes. Hasta la otra semana ya les renuevan, yo me he olvidado, he estado a full. En cuanto al sueldo, ya pagamos, pero no creo se acredita, ojalá les paguen pronto. Bueno, le cuento, aquí a toditos toditos nos piden, son disposiciones, que más nos toca que cumplir,
Esto habría ocurrido a pocos días de haber concluido el año 2022, por lo que procedieron a pedir dinero para renovar los contratos a las personas que tenían contratos ocasionales. Uno de los trabajadores no canceló y ahora está fuera de la institución, pero ya ha procedido a poner la denuncia y ya consta el caso en la Fiscalía de Loja desde los primeros días del mes de enero de 2023.
Este suceso, donde tres trabajadores habrían sido llamados a que paguen, ha hecho que los representantes de los trabajadores, como el Sec retario del Sindicato de Trabajadores, Carlos Maldonado, pida al Gobernador, Ministro de Transporte y otras autoridades a nivel local y nacional, puedan actuar y dar de baja el nombramiento del Subsecretario Zonal 7, Talento Humano y Director Provincial de la institución. “Pero no solo ese es el pro-
blema, también hay la falta de cumplimiento a la entrega de indumentaria durante los últimos 5 años, pese a que es una obligación entregarles cada año; y, la falta de maquinaria, solo hay tres o cuatro volquetas, el resto están dañadas”, reveló Maldonado.
Diario La Hora intentó comunicarse con las autoridades de esta cartera de Estado, sin embargo, desde Comu-
nicación se dijo que el tema lo manejan las autoridades nacionales. Según un comunicado del Ministerio, luego de conocer el hecho, actuará de inmediato, mientras tanto, han iniciado acciones administrativas, disciplinarias y legales. Según el ministro, Darío Herrera, en su cuenta de Twitter, “el ministro y su actual administración no toleran actos de corrupción”.
Concejal propone que se utilicen tricimotos y mototaxis en parroquias de Loja
Ayer, en el Cabildo del Municipio de Loja, se analizó en primer debate el proyecto de Ordenanza que Regula y Controla el Uso de Motocicletas de tipo Tricimotos y Mototaxis en el cantón Loja. Esta propuesta fue presentada por el concejal Pablo Burneo en diciembre de 2022.
vigente en el país.
TOME NOTA
Concejales de Loja, nuevamente en discusiones, tuvieron que suspender sesión de Cabildo.
Propuesta Burneo en calidad de proponente, explicó que el proyecto no es para la ciudad, sino solo para las parroquias rurales de Loja como Vilcabamba, El Cisne, Chuquiribamba, entre otras . Aseguró que ese tipo de ordenanzas se contempla y tiene el aval de la Ley de Tránsito que está
La ordenanza es una de las tantas propuestas que ha presentado en el Cabildo. Acerca de las tricimotos, es un servicio que ya existe en el país y es hora que Loja tenga el servicio. Con esta propuesta en parroquias rurales se dejará de utilizar al burro de carga y se debe optar por las tricimotos , dijo.
Diana Aguilar, concejala, manifestó que no puede aprobarse esta propuesta, debido a que existen ciertas inconsistencias como contradicciones, sumado a que no existe un estudio técnico para crear cupos de este tipo de servicios. Por lo tan-
CONCEJAL. Pablo Burneo, concejal de Loja.
to, solicitó que se conozca el proyecto, luego se regrese al proponente o archivarlo.
Al final, la sesión fue suspendida y no se dio paso a la aprobación en primer debate, ya que hubo controversia entre la alcaldesa y la concejala Diana Aguilar, quien
le solicitó que responda por qué suspende sin ningún argumento, pero no fue contestada.
Controversias Durante la sesión en donde también se analizaron algunos otros temas hubo algunas discusiones entre
concejales y la alcaldesa del cantón, Patricia Picoita. Incluso por más de dos ocasiones la transmisión del acto a través de la página Municipio de Loja, fue suspendida y reemplazada por publicidad de la municipalidad.
Las ‘vacunas’ son una forma de subsistencia económica de los grupos delictivos.
‘Luzmina’ nombre protegido, es una quevedeña de 38 años de edad, madre de dos hijos, a los cuales, junto con su esposo trabajaron duro para sacarlos adelante.
Cuenta que su tranquilidad y sueños terminaron en diciembre de 2022, cuando a su negocio llegaron dos hombres en una moto, para decirle que debían pagar ‘vacuna’, de lo contrario les harían daño.
“Mi esposo se puso nervioso, recuerdo que me llamó y me explicó la situación. Los delincuentes eran apenas hombres jóvenes, aproximadamente de unos 20 o 25 años de edad.
Asustados les dijimos que la única fuente de ingresos era el pequeño negocio que habíamos sostenido por años. Pero insistieron que necesitaban dos mil dólares. Después de tanta charla, accedimos porque nos dijeron que nos dejarían en paz”, relató ‘Luzmila’.
No pasaron ni dos semanas desde que pagaron la primera ‘vacuna’, cuándo los antisociales, esta vez, un poco más exigentes e identificándose como miembros de la banda ‘Los Choneros’, les advirtieron que necesitaban 5 mil dólares más, de lo contrario que se atengan a las consecuencias.
“Me enojé mucho, por lo que les dije que nosotros no somos millonarios, que nos dejen tranquilos, que no les íbamos a dar más. Lo que pasó después en horas de la madrugada, es algo que no quiero recordar, pero lo voy a exponer, porque las autoridades tienen que hacer algo. No puede ser posible que la delincuencia acabe no solo
con los negocios, sino también con nuestras vidas y esperanzas, dejando incluso secuelas sicológicas en niños y personas vulnerables como mi esposo que es diabético, porque a raíz de lo que sucedió su salud empeoró”, reveló la ciudadana.
‘Luzmila’ cuenta que, a las 03:00 de la madrugada de ese fin de semana, escucharon varias detonaciones que iban dirigidas a su vivienda, asustados, y al ver que eran atacados, buscaron protegerse debajo de sus camas.
El sonido de las balas, que después les reveló la Policía, fueron disparadas con fusiles, despertó a todo el barrio y los llenó de pánico.
Pasar a la Pag. 11
Los delincuentes que horas antes visitaron por segunda vez su negocio, habían cumplido su promesa, de intentar asesinarlos porque no les depositaron los cinco mil dólares que les habían pedido.
“Por negarnos a pagar la ‘vacuna’, ahora estamos escondidos y sin un futuro por delante, Cuando a alguien le ocurre esto, te desorientas y sientes que todo lo logrado, ya no existe, porque aunque el atentado no nos dañó físicamente, si lo hizo sicológicamente” , afirmó la víctima.
De Los Ríos, el cantón Babahoyo fue el lugar dónde se inició con esta modalidad delictiva, y que se extendió a otros cantones de la provincia.
Muchos emprendedores han cerrado sus negocios, incluso se han ido a otras ciudades, para empezar de nuevo con sus vidas, unos lo logran, otros no.
Connie Jiménez, gobernadora de Los Ríos, señaló que el peor error que puede cometer alguna persona es ceder a los propósitos de los delincuentes, e hizo el llamado a que no contesten llamadas telefónicas de números desconocidos, ni mensajes, que además, inmediatamente denuncien en la Fiscalía, institución que se encarga de derivar los diferentes casos a la UNASE o Policía Judicial (PJ).
“Se le ha pedido a la Fiscalía que le dé prioridad a las denuncias de extorsión, pero queda claro que, si no se denuncia, nosotros no podemos levantar información en contra de algún delincuente. Hay mucha gente que se dedica a este delito, y no tiene ningún historial delictivo ni antecedentes, porque no se denuncia” , afirmó Jiménez.
La representante del Ejecutivo en la provincia, aseguró que existen casos que se han resuelto, justamente porque los afectados colocan sus denuncias en la Fiscalía.
“Agricultores, empresarios, comerciantes, entre otros me han hecho saber
“Si nosotros no le damos tarea a la Fiscalía, estamos dejando en libertad a todos esos criminales, hemos metido preso a mucha gente, que luego de dos o tres días, con medidas sustitutivas, salen. Hay que romper con esta cadena, denuncien los casos por favor”.
CONNIE JIMÉNEZ GOBERNADORA DE LOS RÍOS“Estamos pidiendo duplicar el personal de la UNASE en la provincia, porque las dos peleas puntuales que existen en Los Ríos, es en contra de las extorsiones y los narcos, en los cuales hemos estado trabajando en materia de seguridad”.
por lo que están pasando, lo cierto es que, por estas denuncias hemos encontrado vehículos, allanado casas donde se encuentran drogas y demás. Todo es una cadena, ¿por qué es que necesitamos de las denuncias?, porque hoy en día los delincuentes saben más de leyes que los propios abogados”, reveló la Gobernadora.
Para aplicar medidas que ayuden a reducir la inseguridad en tierra fluminense, se han realizado Mesas de Seguridad, una en Quevedo, otra en Babahoyo, mientras la población espera mayor respuesta. (DLH)
° El experto en seguridad nacional e internacional, Mario Pazmiño, le dijo a LA HORA, que el tema de extorsiones está ligado directamente al accionar de las organizaciones de crimen organizado transnacional y de delincuencia común. “Esa es una forma de supervivencia de las organizaciones, mientras van ejerciendo un control territorial. A eso se le denomina gobernanza criminal y está en lugares de adecentamiento de estas estructuras, como son los santuarios. Esto les facilita y les permite a ellos un mayor control, porque están desplazando al Estado de sus competencias, por ejemplo, el Estado es constitucionalmente el responsable de la seguridad de los ecuatorianos, pero al no poder garantizar esa seguridad, asumen esa competencia las bandas delictivas, entonces, ellos se acercan a los lugares comerciales, ciudadanía o cualquier persona, y les ofrecen el servicio de protección a cambio de una remuneración económica, ahí existe lo que se denomina ‘vacuna’, extorsión o impuesto, que en definitiva es una forma de gobernanza criminal que el Estado ha ido cediendo por la falta de una acción política concreta y de una decisión política de intervención inmediata, entonces, tenemos un problema grave, el Estado se está quedando sin una reacción adecuada y está permitiendo que esto siga creciendo, lo que es preocupante”, expresó Pazmiño.
Las investigaciones continúan para tratar de identificar a más personas vinculadas.
A través de trabajos conjuntos de investigación policial y militar se allanó un predio privado para dar un fuerte golpe al narcotráfico en Santo Domingo.
La operación estuvo comandada por unidades especializadas
La operación denominada ‘Spitzer 01’ se desarrolló en la cooperativa de vivienda Unión Cívica, donde existía un punto para el acopio de sustancias sujetas a fiscalización.
Tareas de inteligencia permitieron conocer la ubicación del predio donde se almacenaba la droga y no se descarta que desde ese lugar haya sido enviada a otras provincias del país.
Personal de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional revisaron el inmueble hasta encontrar el alcaloide en 25 bloques cubiertos con cinta aislante, tipo ladrillos.
En el sitio también apre-
° Durante el último trimestre del 2022 la Policía Nacional y Fuerzas Armadas también allanaron una vivienda en la Unión Cívica, donde decomisaron armas de fuego aparentemente pertenecientes a una peligrosa organización delictiva.
hendieron a Alejandro C., de 43 años. El hombre registra cinco antecedentes penales y quedó a órdenes de las autoridades judiciales para que afronte un proceso por presunto tráfico de sustancias estupefa-
cientes.
Se calcula que existen 24 kilos. La droga quedó almacenada en la respectiva cadena de custodia, al igual que varios dispositivos móviles incautados en el operativo. (JD)
Los administradores de farmacias sostienen que la situación de inseguridad en la provincia Santo Domingo de los Tsáchilas los tiene en zozobra y que muchas veces deciden cerrar los establecimientos como medidas de protección
Emily Torres, administradora, manifestó que los robos en farmacias no solo se están dando en las noches, sino también en horas del día y no saben cómo afrontar la situación.
más accesibles por temas de seguridad”, señaló.
Ante denuncia de ciudadanos que no encuentran abiertas las farmacias en horas de la noche, la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa), realiza operativos constantes.
En la provincia Tsáchila existen 400 farmacias que brindan servicios de salud.
“No justifico cerrar las farmacias cuando estamos de turno, pero deben ser
Por incumplimiento al turno, en diciembre 2022, técnicos del Arcsa clausuraron tres establecimientos farmacéuticos
Miluska Castro, coordinadora de la zona 4 de
Arcsa, manifestó que quienes incumplen con la normativa son sancionados hasta con cinco salarios básicos.
Indicó que el artículo 166 de la Ley Orgánica de Salud establece: “Las farmacias deben atender al público un mínimo de 12 horas diaria s, i ninterrumpidas y cumplir obligatoriamente los turnos establecidos por la autoridad sanitaria nacional”.
Añadió que la institución hace el cronograma de los turnos que deben cumplir las farmacias a escala nacional, para dar acceso a medicamentos.
Las farmacias de turno
Madrugar, esperar bajo el sol, gastar en trasporte y comida es lo que hacen los beneficiarios de las ayudas estatales cada mes.
Desde tempranas horas se puede observar a personas realizando largas filas en los alrededores de BanEcuador, en la ciudad de Esmeraldas. Algunos acuden a la entidad para realizar trámites bancarios, pero la mayoría llega con la esperanza de cobrar los bonos del Gobierno y llevar el pan a casa.
En los exteriores se hay seis carpas para que quienes acuden al banco se puedan cubrir del sol, pero esas infraestructuras resultan insuficientes.
Durante las mañanas se puede observar a personas sentadas en las aceras y arrimadas a las paredes, esperando su turno para ingresar a BanEcuador.
Luisa Moreno moradora de Cananga, madre de dos niños de 11 y de 3 años de edad, contó que dejó a sus pequeños en casa para salir a cobrar el bono. Ese dinero le sirve para comprar la comida que ellos necesitan. Este 10 de enero de 2023 llegó a las 05:00 pagó taxi para estar temprano
en la fila, pero cuando llegó ya habían 60 personas.
Madrugar para cobrar Lety Chila, quien el 9 de enero estuvo en las inmediaciones del banco haciendo fila desde las 05:00 hasta las 16:00 no pudo cobrar el bono ese día porque la fila era muy larga. Ella regresó el 10 de enero. Lo hizo a la misma hora con la esperanza de ver si esta vez podía cobrar. María Ortiz, quien estuvo en la fila por horas, dijo que los 50 dólares del bono tendrá que el material que le estaban solicitando a su hijo en el colegio “Si no alcanzo a cobrar hoy mi hijo no podrá ir a clases porque no podrá llevar su material” expresó.
Largos viajes Elena Vera, quien esperaba sentada en la vereda que la fila avance indicó que madrugó a las 05:30 desde la parroquia camarones para cobrar el bono. Comentó que cada vez es igual, que las filas no avanzan y que
se debe esperar por largas horas.
“El mes pasado estuve aquí en las afueras del banco desde las 06:00 y cuando llegué ya había gente aquí esperando y recién me desocupé a las 14:00.
Más de 8 horas parada aquí a fuera para cobrar” indicó.
Luz Zambrano, de 51 años. quien llegó desde la parroquia Rocafuerte contó que en un memento determinado de la mañana la
fila se torna desesperante. “Hay personas que se meten a la fila ocasionando problemas y uno debe estar atenta, pero a la edad que uno tiene ya no está para estar de pie tanto tiempo”, dijo.(LV)
Ecuador
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Hallan uno de los restos más completos del tigre diente de sable
Los restos de un tigre diente de sable suramericano, el felino registrado más grande del planeta, de unos 10.000 años de antigüedad, fueron hallados bastante completos y articulados durante unas obras de construcción de una vivienda en Argentina. EFE/ Matías Taglioretti paleontólogo
En virtud de lo previsto en el Art. 32 de la CRE, señala que: “La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir. El Estado garantizará este derecho mediante políticas económicas, sociales, culturales, educativas y ambientales; y el acceso permanente, oportuno y sin exclusión a programas, acciones y servicios de promoción y atención integral de salud, salud sexual y salud reproductiva. La prestación de los servicios de salud se regirá por los principios de equidad,
universalidad, solidaridad, interculturalidad, calidad, eficiencia, eficacia, precaución y bioética, con enfoque de género y generacional”.
El artículo 35 ibídem establece: “Las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado. La misma atención prioritaria recibirán las personas en situación de riesgo, las víctimas de violencia doméstica y sexual, maltrato infantil, desastres naturales o antropogénicos.
El Estado prestará especial protección a las personas en condición de doble vulnerabi-
lidad.”
En cuanto la Ley Orgánica de la Salud en su artículo 1 señala: “La presente Ley tiene como finalidad regular las acciones que permitan efectivizar el derecho universal a la salud consagrado en la Constitución Política de la República y la ley. Se rige por los principios de equidad, integralidad, solidaridad, universalidad, irrenunciabilidad, indivisibilidad, participación, pluralidad, calidad y eficiencia; con enfoque de derechos, intercultural, de género, generacional y bioético”.
El artículo 3 de la mencionada norma, establece: “La salud es el completo estado de bienestar físico, mental y social y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades. Es un derecho humano inalienable, indivisible, irre -
nunciable e intransmisible, cuya protección y garantía es responsabilidad primordial del Estado; y, el resultado de un proceso colectivo de interacción donde Estado, sociedad, familia e individuos convergen para la construcción de ambientes, entornos y estilos de vida saludables”.
En esta misma norma el artículo 13 establece: “Los planes y programas de salud para los grupos vulnerables señalados en la Constitución Política de la República, incorporarán el desarrollo de la autoestima, promoverán el cumplimiento de sus derechos y se basarán en el reconocimiento de sus necesidades particulares por parte de los integrantes del Sistema Nacional de Salud y la sociedad en general”.
El articulo innumerado 1,
En función del principio de legalidad, las personas sometidas al poder punitivo del Estado tienen el derecho a ser juzgadas ante un juez o autoridad competente con observancia del trámite propio de cada procedimiento; en ese contexto, en aplicación de las reglas de interpretación de las normas del COIP (artículo 13 del COIP), el procedimiento abreviado, al ser un régimen especial, debe estar supeditado estrictamente a las normas que lo regulan; el numeral 1 del artículo 635 del COIP determina que son susceptibles de procedimiento abreviado las infracciones sancionadas con pena máxima privativa de libertad de hasta diez años; del contexto de esta regla jurídica se tiene que la aplicación del régimen de circunstancias agravantes o de la reincidencia, per se, no están consideradas en la norma para calcular si la infracción objeto de procedimiento abreviado tiene un pena máxima privativa de libertad de hasta diez años.
Sumado a ello, la norma que rige el cálculo de la pena sugerida en este procedimiento especial no nos habla de agravantes ni de reincidencia, de ahí que la observancia específica de aquellas en la admisibilidad a trámite del procedimiento abreviado, atentaría contra su propia naturaleza, no olvidemos que al juez le queda prohibido ampliar los límites de los presupuestos legales para la aplicación de la sanción. No cabe la aplicación del régimen de agravantes ni de la reincidencia para determinar la admisibilidad a trámite del proceso abreviado.
NO. OFICIO: 893-P-CNJ-2019, Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
¿Cuándo existen agravantes o reincidencia es aplicable el procedimiento abreviado?
determina: “El Estado ecuatoriano reconocerá de interés nacional a las enfermedades catastróficas y raras o huérfanas; y, a través de la autoridad sanitaria nacional, implementará las acciones necesarias para la atención en salud de las y los enfermos que las padezcan, con el fin de mejorar su calidad y expectativa de vida, bajo los principios de disponibilidad, accesibilidad, calidad y calidez; y, estándares de calidad, en la promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación, habilitación y curación. Las personas que sufran estas enfermedades serán consideradas en condiciones de doble vulnerabilidad”.
La Ley Orgánica de la Salud ha establecido una serie de definiciones para su aplicación las mismas que se encuentran en el artículo 259 que para el caso que nos encontramos las necesarias son: “Art. 259.- (Agregado por el Art. 4 de la Ley s/n, R.O. 625, 24-I-2012).- Para efectos de esta Ley, se entiende por: (…) Enfermedad Catastrófica.Es aquella que cumple con las siguientes características: a) Que implique un alto riesgo para la vida de la persona; b) Que sea una enfermedad crónica y por lo tanto que su atención no sea emergente; y, c) Que su tratamiento pueda ser programado o que el valor
QUEDA ANULADA
Por pérdida de certificado de inversión Nro. 001000220000085001
Cliente TORRES SANCHEZ MANUEL ALEJANDRO Cédula de Ciudadanía Nro. 0704864958 de la Cooperativa de ahorro y Crédito Cooprogreso. 001-003-2414
promedio de su tratamiento mensual sea mayor al determinado en el Acuerdo Ministerial de la Autoridad Sanitaria.”
La Corte Constitucional en Sentencia 328-19-EP/20 del 24 de junio de 2020, dentro de la CAUSA N. 328-19-EP ha indicado: “40. La Constitución de la República del Ecuador y el ordenamiento jurídico ecuatoriano dan especial importancia a la salud, pues es reconocida como un derecho constitucional (art. 32) y a la vez, como uno de los deberes primordiales del Estado (art. 3.1) que debe ser garantizado a través políticas, programas y servicios de salud que integran el Sistema Nacional de Salud (artículo 358), y que debe regirse por los principios de calidad, eficiencia, eficacia y precaución. 41. El derecho a la salud está además reconocido en numerosos instrumentos de derecho internacional que son vinculantes para el Ecuador: la Declaración Universal de Derechos Humanos (artículo 25.1); el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (artículo 12); la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (artículo 5.iv.e); la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (artículos 11 y 12. 1); la Conven -
ción sobre los Derechos del Niño (artículo 24.1); la Convención sobre la Protección de los trabajadores migratorios y sus Familiares (artículo 28); el Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (artículo 10) y la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (artículo 25). 42. La salud es un derecho humano indispensable para el ejercicio de los demás derechos humanos. Todo ser humano tiene derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud que le permita vivir dignamente. De este modo, el derecho a la salud implica no solo la ausencia de afecciones o enfermedades, sino también a un estado completo de bienestar físico, mental y social, derivado de un estilo de vida que permita alcanzar a las personas un balance integral.
La Corte Interamericana ha precisado que la obligación general respecto del derecho a la salud se traduce en el deber estatal de asegurar el acceso de las personas a servicios esenciales de salud garantizando una prestación médica eficaz y de calidad, así como de impulsar el mejoramiento de las condiciones de salud de la población. (…) 45. En el caso de las personas con enfermedades degenerativas, pertenecientes a grupos vul -
nerables, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “Corte IDH”), en el caso Chinchilla Sandoval y Otros vs, Guatemala determinó que “la necesidad de protección de la salud, como parte de la obligación del Estado de garantizar los derechos a la integridad personal y a la vida, se incrementa respecto de una persona que padece enfermedades graves o crónicas cuando su salud se puede deteriorar de manera progresiva”. 46. En este sentido, la Corte IDH ha determinado que el derecho a la salud de las personas miembros de grupos vulnerables, por su condición de atención prioritaria, a más de ser entendido como el derecho al más alto nivel de salud posible; “abarca la atención de salud oportuna y apropiada conforme a los principios de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad. El cumplimiento de la obligación del Estado de respetar y garantizar este derecho deberá dar especial cuidado a los grupos vulnerables y marginados […].”
En la sentencia de precedente constitucional obligato-
rio 001-010-JPO-CC, la Corte hizo una primera aproximación respecto de la naturaleza y procedencia de la acción de protección, y estableció lo siguiente: “…las garantías jurisdiccionales, específicamente la acción de protección, proceden cuando del proceso se desprenda la vulneración de derechos constitucionales provenientes de un acto de autoridad pública no judicial, vulneración que debe ser declarada por el juez constitucional vía sentencia…”;
Sentencia 001-10-JPO-CC, de 22 diciembre 2010, dentro del Caso No. 999-09-JP. Karla Andrade Quevedo). Así también ha resuelto la Corte Constitucional del Ecuador, en su sentencia 0016-13-SEP-CC, en el Caso No. 1000-12-EP, de fecha Quito, D. M., de fecha 16 de mayo del 2013, cuando dice: “El respeto al trámite correspondiente constituye uno de los ejes centrales que permite el cumplimiento de las normas del debido proceso y fomentan la seguridad jurídica en el país, por lo que intentar subsanar la supuesta viola-
Quito, 11 de diciembre del 2022
Se comunica al público, la anulación por perdida/ sustracción del cheque CHQ 306 presentado por el girador ANDRES PATIÑO SALAZAR Cte No. 5005091213 DEL BANCO BOLIVARIANO 001-005-1583
POR HABERSE
EXTRAVIADO, QUEDA ANULADO EL TITULO DE ACCIONES No. 485 DEL CONJUNTO CLÍNICO NACIONAL – CONCLINA C.A., DE PROPIEDAD
DE: OSWALDO NELSON CAMACHO ECHEVERRIA 001-004-2453
Convocase a los Señores Socios de la compañía PEÑA DURINI CIA. LTDA a la Junta General Extraordinaria de Socios que tendrá lugar el día 20 de Enero del 2023, a las 8h00 horas en las oficinas ubicadas en la Av. Galo Plaza Lazzo N66-106 y de las Avellanas de la ciudad de Quito para tratar el siguiente orden del día:
• Conocer y resolver sobre los informes presentados por los administradores de la Compañía, relativos a los ejercicios económicos del 2020 y 2021.
• Conocer y resolver sobre los Estados Financieros correspondientes a los ejercicios económicos 2020 y 2021
• Conocer y resolver sobre los resultados de los ejercicios fiscalales del 2020 y 2021.
• Ratificaciones.
Los informes de los Administradores, así como el Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias, se encuentran a disposición de los señores socios, en las oficinas de la compañía, conforme lo dispone la Ley de Compañías y demás normas aplicables.
Quito, 12 de Enero del 2023
Maria Cecilia Peña Gerente General 001-004-2465
De conformidad con el Art. 118 de la Ley de Compañías numeral a) y el art 25 de los estatutos de la compañía y el art. 6 de reglamento de juntas generales de socios y accionistas de compañías, se convoca a los señores Accionistas de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE TERRESTRE TRANSGROUP UNO TG& S.A., a la Junta General Extraordinaria de Accionistas a celebrarse el día Martes 24 de Enero del 2023 a las 10h00 am, en las instalaciones del barrio Media Luna, calle Archer Harman y Huacho, Nomenclatura S11-161 como referencia a la parada de buses Colectrans “Camal Aeropuerto” del Cantón Quito, Provincia de Pichincha, en vista que la compañía no tiene salón de reuniones se realizará en el salón alquilado. La junta conocerá y resolverá sobre los siguientes puntos que consta en el Orden del día:
1. Constatación de Quórum e Instalación de la Asamblea por parte del Señor Presidente.
2. Lectura y aprobación de Orden del Día.
3. Informe y Resolución del señor Gerente General con relación al Año Gestión como representante Legal.
4. Conocimiento debate y resolución del Proyecto Reglamento Interno. Se convoca de manera individual y personal al Comisario de la Compañía Sr. Enry Palma Vélez, en su domicilio ubicado en el Barrio Girón de Chillogallo Nicolás Cevallos y García de Valverde para que asista a la Junta general convocada.
Nota: Se les solicita que cada Accionista lleve sus documentos de identificación y a los que tengan representaciones que estecen debidamente legalizadas para poder tener voz y voto}
Atentamente,
Jiménez Haro Víctor Omar.
GERENTE
CÍA TRANSGROUP UNO TG&SA
C O N V O C A T O R I AA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA PEÑA DURINI CIA. LTDA.
ción de derechos constitucionales mediante procedimientos ajenos a la naturaleza de la garantía si genera inseguridad jurídica, pero sobre todo provoca la desnaturalización de la acción extraordinaria de protección”.
De manera que la acción de protección no tiene por objeto absorber la justicia ordinaria, sino que fue instituida para tutelar los derechos constitucionales de las personas,
Así también lo ha resuelto la misma Corte Constitucional del Ecuador, en su sentencia su sentencia No. 117-13-SEP-CC, Caso. 0619-12EP, Quito D. M., 11 de diciembre de 2013, cuando dice: “Es claro que la distinción en el objeto de la acción de protección y los procesos de impugnación en sede contencioso administrativa, no está en el acto impugnado; sino más bien, en la consecuencia del mismo. Así, la expedición de un acto administrativo interesa a la jurisdicción constitucional, en tanto constituye la fuente de una situación violatoria a derechos constitucionales…”
El derecho a la seguridad jurídica está consagrado en el artículo 82 de la Constitución, y se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades competentes.
Este derecho es ampliamente examinado por la Corte Constitucional en la sentencia 13I.15-SEP.CC; CASO N.”0561-12-EP, en la que se lee lo que sigue: “Mediante un ejercicio de interpretación integral del texto constitucional se determina que el derecho a la seguridad jurídica, es el pilar sobre el cual se asienta la confianza ciudadana en cuanto a las actuaciones de los distintos poderes públicos; en virtud de aquello, los actos emanados de dichas autoridades públicas deben contener una adecuada argumentación respecto al tema puesto en su conocimiento, debiendo además ser claros y precisos, sujetándose a las atribuciones que le compete a cada órgano”, debemos señalar que nos encontramos en un Estado Constitucional de Derechos y de Justicia, donde se diseña un estado Constitucional, en la que no solo se reconoce
derechos constitucionales y humanos, sino que se deben garantizarse en todo sentido; por eso, el jugador debe de considerar lo siguiente con respecto al caso concreto; Derechos fundamentales, todos aquellos derechos subjetivos que corresponden universalmente a ¨todos¨ los seres humanos en cuanto dotados del status de personas, de ciudadanos o personas con capacidad de obrar; entendiendo por ¨derecho subjetivo¨ cualquier expectativa positiva (de prestaciones) o negativa (de no sufrir lesiones) adscrita
a un sujeto por una norma jurídica; y por status la condición de un sujeto, prevista asimismo por una norma jurídica positiva, como presupuesto de su idoneidad para ser titular de situaciones jurídicas y/o autos de los actos que son ejercicio de éstas. En donde todas las personas, autoridades e instituciones están sujetas a la Constitución, conforme lo establece el Art. 426 Ibídem. Por lo que debemos tener presente que la Constitución en su Art. 1, señala efectivamente que: “...El Ecuador es un Estado consti-
REPUBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO
VISTO BUENO N° 313637-2022-PDZ
ACTOR: DR. FRANCISCO XAVIER VERGARA ORTIZ, PRESIDENTE Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA CAMARA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DE PICHINCHA CAEIPI
ACCIONADA: Ab. MARIA DANIELA BRAVO AYALA
CAUSAL: 1 DEL ART. 172 CÓDIGO DEL TRABAJO
Se le hace saber:
Dentro del Trámite de VISTO BUENO No. 313637-2022-PDZ, presentado por el DR. FRANCISCO XAVIER VERGARA ORTIZ, PRESIDENTE Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA CAMARA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DE PICHINCHA CAEIPI, en calidad de empleador en contra de su trabajadora Ab. MARIA DANIELA BRAVO AYALA, se ha dictado lo que sigue:
INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, 06 de Enero del 2023, a las 10H00.- Dentro del Trámite de VISTO BUENO No. 3136372022-PDZ, presentado por el DR. FRANCISCO XAVIER VERGARA ORTIZ, PRESIDENTE Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA CAMARA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DE PICHINCHA CAEIPI; Agréguese al expediente el escrito y la Declaración Juramentada presentada por la parte accionante, atendiendo al mismo se dispone: 1) En aplicación al Art. 183, 545, atribución 5ta. y 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese a la trabajadora Ab. MARIA DANIELA BRAVO AYALA, mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación, de conformidad a lo dispuesto en la normativa legal vigente; el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos “COGEP”, por cuanto el empleador bajo juramento declara desconocer el domicilio de la accionada, a quien se le concede el término de veinte días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notifcaciones. 2) Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto, y se le informa al accionante que las publicaciones se realizarán a día seguido y se remitirán a la Inspectoría del Trabajo dentro del término de diez días siguientes desde la notifcación con la presente providencia, en caso de no dar cumplimiento se dispondrá el archivo del expediente. 3) Tómese en cuenta el correo electrónico karinaescobarm@hotmail.com ; y la autorización otorgada al (a) profesional del derecho que suscribe la presente causa.- NOTIFIQUESE.- F) AB. Msc. EVELYN PAMELA DELGADO ZAPATA
Lo que comunico para los fnes de Ley.
tucional de derechos y justicia...”. Así que los ciudadanos están obligados a realizar sus actos sujetos a lo que manda la Constitución sin menoscabar el derecho de persona alguna.
Derecho al debido proceso El derecho al debido proceso,
se encuentra consagrado en el artículo 76 de la Constitución de la República del Ecuador, el mismo dentro de su desarrollo constitucional, acopia un cúmulo de garantías que deben ser observadas en todo procedimiento judicial y/o administrativo; para cuyo efecto, estimamos preponderante
Acuerdo Ministerial Nro: 0056 del 02 de febrero del 2015 Rumiñahui-Sangolqui-Pichincha
Rumiñahui: 12 de enero del 2023
Se convoca a los socios del Club Deportivo Básico Barrial “LOS ANDES JUNIOR.”, a la asamblea general extraordinaria de Elecciones (periodo 2022-2024) que se realizará el día 27 de enero del 2023 a las 19h00; y, a la asamblea general extraordinaria para Reforma Integral del Estatuto que se realizará el día 28 de enero del 2023 a las 19h00.
Lugar: Av. General Enríquez casa nro. 105, Parroquia de Sangolqui del Cantón Rumiñahui Provincia de Pichincha.
001-004-2471
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA POR EL PROGRESO DEL VALLE PROTAXI S.A.
CONVOCASE A LOS SEÑORES ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA POR EL PROGRESO DEL VALLE PROTAXI S.A., A LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, A CELEBRARSE EL DIA DOMINGO 22 DE ENERO DEL 2023 A LAS 08H00, EN LAS INSTALACIONES DE NUESTRAS OFICINAS UBICADA EN LAS CALLES CARAS Y HUANCAVILCA, DEL BARRIO RUMILOMA DE LA CIUDAD DE SANGOLQUÍ CANTÓN RUMIÑAHUI PROVINCIA DE PICHINCHA.
ORDEN DEL DIA
CONSTATACION DEL QUORUM
LECTURA Y APROBACION DEL ACTA ANTERIOR
INFORME DEL SR. PRESIDENTE
INFORME DEL SR. GERENTE GENERAL
PRESENTACION DE LOS BALANCES Y ESTADO GENERAL DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS DE LA COMPAÑÍA, DEL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2022, A CARGO DEL SEÑOR DR. ANIBAL ALTAMIRANO CONTADOR DE LA COMPAÑÍA. 6. INFORME DEL COMISARIO 7. ELECCIONES DEL PRESIDENTE, DIRECTORIO Y COMISARIO. 8. ASUNTOS VARIOS
LOS BALANCES, ASI COMO LOS INFORMES DE ADMINISTRADORES DE LA COMPAÑÍA, SE ENCUENTRAN A DISPOSICION DE LOS SEÑORES ACCONISTAS, EN LAS OFICINAS DE LA COMPAÑÍA.
SE CONVOCA DE MANERA ESPECIAL AL SR. DANIEL CALISPA COMISARIO PRINCIPAL DE LA COMPAÑÍA.
SANGOLQUI, 11 DE ENERO DEL 2023
ATENTAMENTE
Sr. Raúl Herrera GERENTE GENERAL 001-004-2462 001-003-2411
remitirnos al análisis realizado al respecto por la Corte Constitucional del Ecuador, para el período de transición, dentro de la sentencia 034-09-SEP-CC. Caso No. 0422-09-EP, en la que indicó que el debido proceso se fundamenta en: “(...) un conjunto de garantías con las cuales se pretende que el desarrollo de las actividades en el ámbito judicial o administrativo se sujete a reglas mínimas, con el fin de proteger los derechos garantizados por la Carta Suprema, constituyéndose el debido proceso en un límite a la actuación discrecional de los jueces. Por tanto, no es sino aquel proceso que cumple con las garantías básicas establecidas en la Constitución, y que hace efectivo el derecho de las personas a obtener una resolución de fondo, basada en derecho (...)”. De lo desarrollado por el máximo órgano de control, interpretación constitucional y de administración de justicia en esta materia en el Ecuador, podemos extraer que el derecho al debido proceso está entrelazado con el derecho a la seguridad jurídica, ya que obviamente toda autoridad pública o judicial, que respete y garantice las normas y los derechos de las partes dentro de un proceso, ya sea administrativo o judicial, está reafirmando el respeto a la Carta Fundamental (Constitución) y consecuentemente a las normas que conforman el ordenamiento jurídico vigente.
La Corte Constitucional, en la Sentencia 030-09-SEPCC, caso Nº 0100-09-EP, Juez Constitucional Sustanciador: Dr. Roberto Bhrunis Lemarie, publicado en el Suplemento del Registro Oficial Nº 97, 29.12.2009, p. 69, han dicho: “La seguridad jurídica, como derecho constitucional tutelable, se garantiza en el artículo 82, que lo determina como la certeza de la norma clara y pública, que se aplicará cumpliendo los lineamientos constitucionales, generando con ello la confianza y respeto en la Carta Fundamental.”.
De tal manera, EL CONOCIMIENTO DEL DERECHO Y SU APLICACIÓN por parte de los jueces debe garantizar la observación, tanto de las normas sustantivas como de las adjetivas, pero no de manera mecánica, pues como se señaló anteriormente, es garantía de seguridad jurídica la previsibilidad en la inter -
pretación jurídica que realizan los jueces que, en definitiva, puede redundar en una actuación justa.
Tutela judicial efectiva Considerando que la tutela judicial efectiva, imparcial y expedita de los derechos e intereses de la persona halla su reconocimiento constitucional en el artículo 75 de la Constitución de la República, así como en el Art. 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; disposiciones que se encuentran, a su vez, en armonía con el Art. 76 del Código Estadual y 88 ibídem, que se refiere a la Acción de Protección, añadiendo en forma contundente: “[...] La aplicación de los derechos y garantías descritos al caso en juicio, en concordancia con el objeto de la acción, los únicos procedimientos adecuados para conocer y resolver sobre la existencia de violaciones a derechos constitucionales son las garantías jurisdiccionales de los derechos constitucionales; y en el caso de que dichas violaciones se originen en actos u omisiones de autoridades públicas no judiciales, la acción de protección.
Así, es claro que la distinción en el objeto de la acción de protección y los procesos de impugnación en sede contenciosa administrativa, no está en el acto impugnado, sino en la consecuencia del mismo. Dicho de otro modo, esta Corte considera que las vías ordinarias, aunque también sirvan para impugnar actos de autoridades públicas no judiciales, no son adecuadas para declarar y reparar una violación a derechos constitucionales [...] Arribar a una solución diferente a la propuesta en el párrafo anterior, implicaría reconocer esquemas superados por el constitucionalismo ecuatoriano, como el carácter residual del extinto recurso de amparo constitucional, en razón del cual era necesario agotar las vías ordinarias en aras de “demostrar” su idoneidad y/o su ineficacia”.
En el caso en concreto, respecto de la acción de protección como es la presente especie, la Corte Constitucional mediante sentencia 016-13-SEP-CC, emitida dentro de la causa No. 1000-12-EP de fecha 16 de mayo de 2013, ha emitido el siguiente pronunciamiento: “...la acción de protección es la garantía
idónea y eficaz que procede cuando el juez efectivamente verifica una real vulneración a derechos constitucionales, con lo cual, no existe otra vía para la tutela de esos derechos que no sean las garantías jurisdiccionales.”
En este mismo contexto, mediante sentencia 041-13-SEP-CC, dictada dentro del caso No. 0470-12-EP se expresó también, bajo los siguientes términos: “… La acción de protección no constituye un mecanismo de superposición o reemplazo de las instancias judiciales ordinarias, pues ello ocasionaría el desconocimiento de la estructura jurisdiccional estatal establecida por la Constitución (...) no sustituye a todos los demás medios judiciales pues en dicho caso, la justicia constitucional pasaría a asumir potestades que no le corresponden, afectando la seguridad jurídica de los ciudadanos y desvirtuando la estructura jurisdiccional del Estado y desconociendo la garantía institucional que representa la Función Judicial…”.
Como consecuencia de lo anterior, resulta ineludible determinar, que la acción de protección se podrá presentar únicamente cuando concurran los siguientes requisitos: 1. Violación de un derecho constitucional; 2. Acción u omisión de una autoridad pública o de un particular de conformidad con el artículo siguiente; y, 3. Inexistencia de otro mecanismo de defensa judicial adecuado y eficaz para proteger el derecho violado; en virtud de que así lo prescribe al artículo 40 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional; requisitos que se constituyen en cuestiones que implican un análisis de fondo del asunto controvertido en la acción de protección; por lo tanto, podrán ser invocados por el juzgador únicamente a través de sentencia motivada, en los términos exigidos por la Constitución y la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. [[Sentencia N.0 102-13-SEPCC - CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR - caso N.0 0380-10-EP, interpretación conforme y condicionada del contenido del artículo 40 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional]].
En definitiva, para que proceda la acción de protección, es condición sine qua non, que concurran tres requisitos que determina el art. 40 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, a saber: Violación de un derecho constitucional; Acción u omisión de autoridad pública o de un particular de conformidad
con el artículo siguiente; y, inexistencia de otro mecanismo de defensa judicial adecuado y eficaz para proteger el derecho violado; por ende, la Constitución de la República del Ecuador vigente desde el 20 de octubre del año 2008, así como el desarrollo jurisprudencial sostenido por la Corte Constitucional del Ecuador, por medio del cual
De conformidad a lo establecido en la REGLAMENTO GENERA L LEY DEL DEPORTE, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN en sus Arts. 16 y 17, se convoca con carácter obligatorio a todos los socios y miembros del CLUB DEPORTIVO ESPECIALIZADO PROFESIONAL “MINEROS SPORTING CLUB”, a la Asamblea General de Elecciones a realizarse el día 1 de febrero de 2023, a las 11h00 en el cantón Las Navas, provincia de Bolívar, en la sede del CLUB, ubicado en el barrio Miraflores, calle Simón Bochain Rachid y Juan Bonilla. Para tratar el siguiente orden del día:
1. Constatación del quórum; 2. Instalación de la sesión; 3. Exclusión e Inclusión de socios al Club Deportivo Especializado Profesional “Mineros Sporting Club”.
Dado en Las Naves, el 11 de enero de 2023
Atentamente,
001-004-2468
Quito, 11 de enero de 2023
Para tratar el siguiente orden del día:
Constatación del Quórum
Lectura y aprobación del Acta anterior
Informe del presidente saliente
Informe del Gerente saliente
Elección nueva Directiva
Puntos Varios
Fecha: 20 de enero de 2023
Hora: 10 AM.
Lugar: Oficinas de COTRAAND S.A.
Dirección: Amadeo Izquieta S44-167 y Av La Ecuatoriana piso 3
Atentamente Galo Segura GERENTE
han sostenido que el procedimiento en garantías debe ser simple, informal, garantizándose de esta forma el acceso a los órganos de la administración de justicia, así como que los destinatarios de las garantías jurisdiccionales puedan acceder a la misma de manera ágil y dinámica, el artículo 88 de la Constitución de la República, y desarrollado en la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, a la acción de protección le da el carácter de objeto directo e inmediato.
El Art. 424 de la Constitución de la República prescribe que “La Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico. Las normas y los actos del poder público, deberán mantener conformidad con sus disposiciones constitucionales; en caso contrario carecerán de eficacia jurídica (...)”. Así mismo, nos referimos a lo dispuesto en el Art. 172 inciso primero ibídem, que indica: “Las juezas y jueces administrarán justicia con sujeción a la Constitución, a los instrumentos internacionales y a la ley”. A su vez, el Art. 9 del Código Orgánico de la Función Judicial, establece: “La actuación de las juezas y jueces de la Función Judicial será imparcial, respetando la igualdad ante la ley. En todos los procesos a su cargo, las juezas y jueces deberán resolver siempre las pretensiones y excepciones que hayan deducido los litigantes, sobre la única base de la Constitución, los instrumentos internacionales de derechos humanos, los instrumentos internacio -
nales ratificados por el Estado, la ley y los elementos probatorios aportados por las partes”.
Efectivamente, la seguridad jurídica se fundamenta esencialmente por el respeto a las normas Constitucionales y las normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por la autoridad competente, al respecto, la Corte Constitucional refiriéndose a la seguridad jurídica ha dicho: “se entiende como certeza práctica del derecho y se traduce en la seguridad jurídica de que se conoce lo previsto como lo prohibido, lo permitido, y lo mandado por el poder público respecto de las relaciones entre los particulares y de éstos con el Estado, de lo que se colige que la seguridad jurídica es una garantía que el Estado reconoce a la persona para que su integridad, sus derechos y sus bienes no sean violentados y que en caso de que esto se produzca, se establezcan los mecanismos adecuados para su tutela”; lo descrito se encuentra plasmado en la sentencia No. 025-09-SEP-CC, en los casos 0023-EP, 002409-EP.; en este punto se debe tomar en consideración el contenido del numeral 3 del artículo 11 de la Constitución de la República del Ecuador, que manda que los derechos consagrados constitucionalmente, como el derecho a la tutela judicial efectiva y a la actuación imparcial de la justicia serán de inmediata aplicación por y ante cualquier servidor público, administrativo o judicial, y, no se puede limitar.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Compañías y en el Estatuto Social de la compañía, se convoca por segunda ocasión a los Accionistas de ALTOS DEL PARQUE ALPARQUE S.A., en adelante la “Compañía” a la Junta General Extraordinaria de Accionistas que se llevará a cabo el día, lunes 23 de enero de 2023 a las 10:00 en las oficinas de la Compañía, ubicadas en la ciudad de Quito, en la Avenida Galo Plaza Lasso N5857 y Fray Leonardo Murialdo, PB.
Los accionistas que asistan a la Junta por medios telemáticos podrán conectarse a través de la plataforma Zoom a la cual podrán acceder mediante el siguiente link: Únete a la reunión de Zoom https://dentons.zoom.us/j/93441219176?pwd=Y2dkYjN2MXJRMXhscHY5ZDBFYXl
PUT09
ID de reunión: 934 4121 9176 Código de acceso: 971425
Para tratar el siguiente orden del día:
1. Conocer y resolver sobre el aumento de capital, reforma del artículo quinto del estatuto social de la Compañía y autorizaciones respectivas.
Se convoca especial e individualmente a la comisaria de la Compañía la señora Pilar del Consuelo Larrea Arellano en su domicilio ubicado en Rumiñahui, la Colina Guayas LOTE 123 correo electrónico gerencia@alparqueecuador.com
Se comunica además que los documentos que van a ser conocidos por la Junta General se hallarán a disposición de los accionistas en las oficinas ubicadas en Quito, en la calle Avenida Galo Plaza Lasso N5857 y Fray Leonardo Murialdo PB.
Para la celebración de la Junta, los accionistas quedan facultados a:
1. Solicitar información sobre los puntos a tratar en la misma.
2. Solicitar la inclusión de puntos en el orden del día, en caso de que lo consideren necesario. Para lo cual tendrán dos días contados a partir de la presente publicación, mismos que deberán ser enviados al correo gerencia@alparqueecuador.com con la copia certificada del documento que acredite la capacidad legal del socio requirente 3. En caso de comparecencia mediante carta poder, la misma deberá ser enviada al correo electrónico a: gerencia@alparqueecuador.com conjuntamente con la copia certificada del documento que acredite la capacidad legal del socio otorgante de tal carta poder.
4. Las votaciones se tomarán en orden alfabético dentro de la Junta y se registrará el resultado de las mismas. Para participar en la Junta, los accionistas que concurran por medios telemáticos deberán enviar un correo electrónico a gerencia@ alparqueecuador.com los documentos que acrediten la capacidad legal del compareciente y al finalizar la Junta deberán enviar copia certificada y si fuera del exterior debidamente apostillada del documento que acredite la capacidad legal para comparecer y un correo electrónico ratificando la votación que se dio en la Junta. En el correo electrónico no se puede cambiar el sentido de la votación expresada en la Junta General.
5. La Junta General se reunirá en segunda convocatoria, con el número de accionistas presentes.
Quito, 12 de enero de 2023
Atentamente, 001-004-2466
CONSEJO DE LA JUDICATURA
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DEL CANTÓN OTAVALO CDLA. RUMIÑAHI- CALLE MANUEL ANDRADE Y ALBERTO SUÁREZ DÁVILA OTAVALO –ECUADOR
CITACIÓN JUDICIAL A: LEMA CAMUENDO GABRIELA VALENTINA.
PETICIONARIO: LEMA POMAQUERO FRANCISCO.
ACCIONADA: LEMA CAMUENDO GABRIELA VALENTINA JUICIO: EXTINCIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA N °. 10201-2015-0044.
JUEZA: Dra. María Janeth Salas Subía
EXTRACTO DE LOS FUNDAMENTOS DE HECHO: “...mi hija Gabriela Valentina Lema Camuendo, viene percibiendo una pensión alimenticia de $90 dólares americanos, más los beneficios de ley....” EXTRACTO DE LA PETICIÓN CONCRETA: “... interpongo la presente demanda de extinción de la pensión alimenticia en contra de mi hija Gabriela Valentina Lema Camuendo, a fin de que en sentencia se declare extinguida la pensión alimenticia que percibe mi referida hija...”
AUTO DE CALIFICACIÓN:
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES CON SEDE EN EL CANTÓN OTAVALO DE IMBABURA. “[...]Otavalo, viernes 28 de febrero del 2020, a las 16h53. VISTOS.- Incorporados al proceso que han sido el escrito y anexos presentados con fecha jueves 30 de enero del 2020 a las 11h14m, por el señor FRANCISCO LEMA POMAQUERO. En lo principal, téngase en cuenta la petición de EXTINCIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA, de conformidad a los Arts. 4 y 32 numeral 3 de la Ley Reformatoria al Código de la Niñez y Adolescencia, la cual ha sido presentada en contra de la benefciaria señorita GABRIELA VALENTINA LEMA CAMUENDO, por lo que se dispone lo siguiente: 1) Ténganse en cuenta el Certifcado de Nacimiento emitido desde la página web de la Dirección General de Registro Civil, Identifcación y Cedulación del Ecuador, correspondiente a la benefciaria Gabriela Valentina Lema Camuendo, constante en una foja útil.- El ofcio No. CONADIS-TP-2020-0330-O suscrito por la Ing. Margarita Lucia Díaz Chirán en calidad de Analista de Transversalizacion y Participación 1 del CONADIS.- Consultas realizadas en las páginas web de varias instituciones públicas.- El certifcado Nro. MREMH-CZ9-2020-01996 suscrito por Endara Muñoz Gustavo Maximiliano en calidad de Coordinador Zonal 9 del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.- Copias simples de la credencial profesional y cédulas de ciudadanía.- 2) De conformidad al memorando No.CJDNGP20180377MC, de fecha 22 de agosto del 2018, suscrito electrónicamente por el Dr. Esteban Alejandro Echeverría Carrera, Director Nacional de Gestión Procesal, en el que da a conocer el pronunciamiento dela Dra. María Rosa Merchán Larrea, en su calidad de Presidenta Subrogante de la Corte Nacional de Justicia referente a la consulta planteada sobre el pronunciamiento adecuado para extinguir alimentos en materia de familia, memorando que ha sido difundido mediante correo institucional el día miércoles 22/08/2018 15:38, por el Ing. Samier Ali López Salazar Coordinador de esta Unidad Judicial, de la cual textualmente establece “(...) El procedimiento adecuado para extinguir los alimentos en caso de caducidad por cumplir la o el alimentario la mayoría de edad a los 21 años si ha estado cursando estudios, es un procedimiento ante el mismo juez, quien se pronunciará luego de escuchar a la otra parte sin, sin ningún otro trámite”. “Por lo tanto, no se requiere plantear una solicitud en proceso voluntario, como tampoco convocar a audiencia, para resolver la petición de extinción del alimentos”. Por lo que se dispone, una vez que ha sido rendido el juramento de ley, Cítese en legal forma a la benefciaría señorita GABRIELA VALENTINA LEMA CAMUENDO, al amparo de lo dispuesto en los artículos 20 y 130numeral 9) del Código Orgánico de la Función Judicial, en uno de los diarios/periódicos de amplia circulación que se editan en la ciudad de Ibarra, capital de provincia, en razón de que en este cantón Otavalo no se edita periódico alguno, según manda el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos; esto a fn de garantizar el principio de contradicción, el derecho a la defensa y cumpliendo con el principio constitucional del debido proceso dispuesto en el Art. 76 de la Constitución de la República del Ecuador. Para el efecto, por Secretaría de este despacho, entréguese el extracto correspondiente para la citación. La parte accionante brinde las facilidades que el caso amerite para su oportuno cumplimiento.- 3) La demandada una vez citada tiene la obligación de señalar defensa técnica dentro de la presente causa, casillero judicial y electrónico a fn de recibir sus futuras notifcaciones, así como también se deberá pronunciar en el término de DIEZ DÍAS, de forma expresa su aceptación o rechazo’ fundamentado al requerimiento realizado por el señor FRANCISCO LEMA POMAQUERO, sobre la petición de EXTINCIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA, fenecido el tiempo otorgado el alimentante deberá justifcar en legal y debida forma que se encuentra al día en el pago de las prestaciones alimenticias dentro de esta causa, para lo cual deberá acercarse a la Ofcina de Pagaduría a fn de que se certifque lo correspondiente.NOTIFÍQUESE.- [...].- f) Dra. María Janeth Salas, Jueza.-
Lo que CITO a usted para los fnes legales pertinentes, advirtiéndole de la obligación de señalar casillero judicial y/o correo electrónico dentro del perímetro legal de esta Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Otavalo de Imbabura. Bajo el principio de publicidad, se pone a disposición de las partes procesales el expediente, a efectos de que puedan revisarlo detenidamente u obtener copia de algún documento de ser el caso.-Lo Certifco, Abg. Femando Erazo secretario encargado.-
Otavalo, miércoles 11 de marzo del 2020.
NOTARÍA OCTAVA DEL CANTÓN IBARRA: Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura otorgada en la Notaría Octava del cantón Ibarra, el cinco de diciembre del dos mil veintidós, los señores PEDRO FRANCISCO TULCÁN ARTEAGA y JOSÉ LUIS EGAS TORO, procedieron a la constitución de la sociedad civil denominada “INDUTE S.C.C”, de conformidad con el numeral veintinueve del artículo dieciocho de la Ley Notarial, se dispone la publicación del extracto, por una sola vez en uno de los periódicos de mayor circulación en el domicilio de la sociedad civil, previa su aprobación e inscripción en el Registro Mercantil.
SOCIOS: PEDRO FRANCISCO TULCÁN ARTEAGA y JOSÉ LUIS EGAS TORO.
RAZON SOCIAL: “INDUTE S.C.C”
OBJETO: 1) Explotación agropecuaria en todas sus fases, esto es: desarrollo, crianza, industrialización y comercialización de toda clase de ganado mayor y menor; explotación de la industria porcina, ovina, avícola; siembra, cultivo, cosecha, procesamiento, industrialización y comercialización de todo tipo de productos agrícolas tales como: plantas, árboles, frutas, verduras, hortalizas, tubérculos, legumbres, hongos, fores, follajes y en general todo producto natural. 2) Importación, exportación, compra, venta, desarrollo, elaboración y comercialización de toda clase de bienes inmuebles, maquinarias, equipos, productos primarios, productos procesados e insumos para el sector agrícola, ganadero, e industrial. 3) Implementación de sistemas de riego y otros sistemas de automatización para el sector agrícola, industrial y ganadero. 4) Construcción de todo tipo de instalaciones civiles, eléctricas, sanitarias para el sector agrícola, ganadero e industrial. 5) La promoción, organización y realización de ferias y eventos agrícolas, ganaderos e industriales, tanto a nivel nacional como internacional. 6) La prestación, directa o indirecta, de toda clase de servicios para los sectores agrícola, ganadero e industrial, tales como: servicios técnicos, estudios de factibilidad, elaboración y dirección de proyectos, servicios de asesoría y visitas técnicas, servicio de recolección de datos y procesamiento de información. 7) Desarrollo, importación, exportación y comercialización de productos químicos como fertilizantes, plaguicidas, insecticidas, fungicidas y prestación de servicios en el control de plagas y fumigación; 8) Obtención por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de concesiones, cualquier título habilitante, autorizaciones, permisos o licencias emitidos por parte de autoridades o dependencias administrativas de carácter estatal o municipal, necesarios para el buen cumplimiento de los objetivos de la sociedad civil y comercial. 9) Ejecutar todos los actos y contratos lícitos con las diferentes instituciones gubernamentales y privadas a nivel nacional. 10) Capacitación asesoramiento técnico, consultaría, investigación y desarrollo en el sector agrícola ganadero e industrial. 11) Impulsar, Promover, Promocionar y/o ejecutar otros actos de comercio físico o electrónico permitidos en el Ecuador. 12) Para la consecución del objeto social, la compañía podrá actuar por sí o por interpuesta persona natural o jurídica y celebrar actos, contratos, permitidos por la ley a nivel nacional. 13) Abrir toda clase de cuentas corrientes o bancarias, contratar crédito y líneas de fnanciamiento como medio para el cumplimiento de los fnes de la sociedad civil y comercial.-
DOMICILIO: En la calle Mariano Pozo N77-461 y Juan Barrezueta, parroquia Ponceano, cantón Quito, provincia de Pichincha.-
GERENTE GENERAL: PEDRO FRANCISCO TULCÁN ARTEAGA.
PRESIDENTE: JOSE LUIS EGAS TORO.
SUMA DE APORTACIONES: USD 400,00
TIEMPO DE DURACIÓN: 30 años.
Particular que pongo en conocimiento para los fnes legales correspondientes.
Ibarra, 05 de Diciembre del 2.022