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12.1.10. Regulaciones de Construcción y del Espacio Edificable

acción ocasione deterioro al entorno natural, por lo que dentro de este se contendrán las medidas necesarias para mitigar y disminuir los impactos al medio ambiente que se pudieran ocasionar. Su elaboración y evaluación se sujetará a lo establecido en la normatividad ambiental aplicable.

Directrices generales de desarrollo

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Estas serán implementadas en áreas determinadas por su importancia de crecimiento que no cuenten con un programa de desarrollo urbano o lineamientos específicos, y dentro de la que se establecerá la estructura urbana de la zona para estar en posibilidades de tomar las decisiones por parte de la autoridad para las diferentes autorizaciones que pudieran impactar la zona. Estas directrices generales de desarrollo serán turnadas a la Comisión Coordinadora de Desarrollo Urbano para su emisión de dictamen de congruencia en los términos que establece la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California.

12.1.10. Regulaciones de Construcción y del Espacio Edificable

Para la regulación de la construcción, en particular del espacio edificable, se deberá actualizar el Reglamento de Edificaciones del Municipio de Tecate y el Reglamento de Imagen Urbana del Municipio Tecate, para que sea enfocado particularmente en la definición de regulaciones indispensables para la seguridad de las edificaciones, así como en la calidad de los diseños y materiales requeridos para las obras o infraestructuras públicas. Asimismo, los reglamentos relacionados a la construcción deberán evitar la imposición de cajones mínimos de estacionamiento, así como de tamaños mínimos de lotes o de construcción, de manera que se evite privilegiar el uso del automóvil, y/o el encarecimiento artificial de la vivienda social, en particular aquella que le puede brindar una alternativa de vivienda legal a todas aquellas familias actualmente expulsadas a la ilegalidad o a las periferias.

12.1.11. Códigos de Diseño Inteligente (Smart Codes), Zonificación y el Transecto

La zonificación secundaria, de usos y destinos de suelo, se deberá establecer a través de la definición de seis tipos de zonas de compatibilidad, basadas en el Transecto, favoreciendo una ciudad más compacta, densa y de usos mixtos, que propicie mayor cercanía entre los usos y actividades de los habitantes, que favorezca la vida de comunitaria y de barrio, el emprendimiento local, las plantas activas, la caminabilidad, y mayor seguridad y salud de las personas. Para ello, cada zona de la ciudad se deberá catalogar entre una de siete categorías de intensidades de mezclas y densidades permitidas, basadas en una de las siete categorías del Transecto, que se clasifican de la siguiente manera: ● T1: Natural ● T2: Rural

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