Tramites Personas Trabajadoras y/o Empleadoras - Dirección del Trabajos

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Tramites trabajador/a y empleador ante la DT

22 de agosto de 2024

DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN DE USUARIOS

Actuaciones ante la DT

Trabajador:

• Procedimiento de investigación de denuncias de acoso laboral, acoso sexual y violencia en el trabajo.

Empleador:

• Procedimiento especial de pronunciamiento sobre informes de investigación por denuncia de acoso sexual, acoso laboral y/o violencia en el trabajo tramitadas por el empleador. Investigación Empresas.

• Procedimiento especial de aviso del Empleador a la Dirección del Trabajo sobre el inicio de una investigación interna.

• Derivación de denuncias a la Dirección del Trabajo.

Actuaciones ante la DT

1. Trabajador: Procedimiento de investigación de denuncias de acoso laboral, acoso sexual y violencia en el trabajo. - Presencial.

- Virtual (https://midt.dirtrab.cl/)

2. Empleador: Procedimiento especial de pronunciamiento sobre informes de investigación por denuncia de acoso sexual, acoso laboral y/o violencia en el trabajo tramitadas por el empleador. Investigación Empresas.

3. Empleador: Procedimiento especial de aviso del Empleador a la Dirección del Trabajo sobre el inicio de una investigación interna.

4. Empleador: Derivación de denuncias a la Dirección del Trabajo.

Los tramites de empleador son en el portal https://tramitesjuridico.dt.gob.cl

Ambos tramites tendrán Guía Rápida de uso y ficha de preguntas y respuestas en la página web de la DT (www.dt.gob.cl)

Actuaciones ante la DT

Actuaciones ante la DT

Actuaciones ante la DT

1. Denuncia Ley Karin directamente ante la DT

- Presencial: Los/as denunciantes que acudan a los módulos de atención de usuarios de las Oficinas Comunales o Provinciales del Trabajo pueden ingresar una denuncia por vulneración de derechos fundamentales asociada a Acoso Laboral, Acoso Sexual y Violencia en el Trabajo, en adelante, denuncias por Ley Karin.

- Virtual: Por medio del Portal (https://midt.dirtrab.cl/welcome).

INGRESO DE DENUNCIAS PRESENCIALES

Los/as denunciantes que acudan a los módulos de atención de usuarios de las Inspecciones del Trabajo de todo el país pueden ingresar una denuncia por vulneración de derechos fundamentales asociada a Acoso Laboral, Acoso Sexual y Violencia en el Trabajo, en adelante, denuncias por Ley Karin.

• Las etapas del proceso son:

Determinación si corresponde a denuncia Ley Karin

Levantamiento de formulario de denuncia

Generación de número en GESDOC

• Tarea: Asistente Laboral

• Tarea: Asistente laboral

• Tarea: Gestor Documental

INGRESO DE DENUNCIAS VIRTUALES

• Las/os trabajadores/as podrán realizar su denuncia de Ley Karin en el portal MiDT siguiendo estos pasos:

1. Ingresando a “Denuncias y Solicitudes”, y luego “Ingreso de Denuncias Laborales y por Vulneración de Derechos Fundamentales (Ley Karin)”.

2. Completando los datos solicitados y seleccionado la materia “Vulneración de Derechos Fundamentales/Ley Karin”.

Seleccionar “”Ingreso de Denuncias Laborales y por vulneración de Derechos Fundamentales /Ley Karin)

Completar con los datos del solicitante

Completar con los datos del empleador denunciado

Seleccionar tipo de materia

Seleccionar tipo de materia

Se debe seleccionar:

Tipo de materia: “Vulneración de Derechos Fundamentales / Ley

Karin”

Materia: “Derechos fundamentales en General / Ley

Karin”

Completar con antecedentes solicitados e indicar relato

Actuaciones ante la DT

Tramites de empleador

• Procedimiento Especial Pronunciamiento Investigación Empresas:

Si se opta por una investigación interna, una vez finalizada será remitida junto a las conclusiones a la Inspección del Trabajo respectiva, la cual tendrá un plazo de treinta días para pronunciarse sobre ésta.

En caso de cumplirse el plazo referido y de no existir tal pronunciamiento, se considerarán válidas las conclusiones del informe, especialmente para efectos de adoptar medidas respecto de las personas afectadas.

• Recepción Inicio Investigación Empresas:

En caso de que el empleador, ante el ingreso de una denuncia por materias reguladas en la ley 21.643, determine efectuar un procedimiento de investigación interna, deberá informar de esta decisión a la Dirección del Trabajo, indicando cuáles fueron las medidas de resguardo adoptadas para proteger eficazmente la vida de la persona denunciante.

• Derivación de denuncias DDFF - Ley Karin por parte de la Empresa:

El empleador tiene la posibilidad de derivar una denuncia que se haya ingresado en la empresa, establecimiento o servicio, para que sea la Inspección del Trabajo la encargada de llevar a cabo el procedimiento de investigación.

El empleador debe acompañar los antecedentes necesarios para tramitar la denuncia e indicar cuáles fueron las medidas de resguardo adoptadas.

Actuaciones ante la DT

Tramites de empleador

Por medio del portal https://tramitesjuridico.dt.gob.cl

• Procedimiento Especial Pronunciamiento Investigación Empresas:

Debe ingresar al trámite general y en el campo Motivo de Contacto debe seleccionar Depósito de Investigaciones.

• Recepción Inicio Investigación Empresas:

Debe ingresar al trámite general y en el campo Motivo de Contacto debe seleccionar Aviso de Inicio Investigación.

• Derivación de denuncias DDFF - Ley Karin por parte de la Empresa:

Debe ingresar al trámite general y en el campo Motivo de Contacto debe seleccionar Derivación Denuncia a la DT.

Interfaz de inicio para realizar los tramites de Ley Karin por parte del empleador

Ingreso de credenciales para iniciar sesión

Generar nueva solicitud para ingresar tramite

Avanzar en el menú de trámites de empleador

Revisar datos de empleador e indicar el trámite a realizar

Tramite: Derivación de denuncia a la DT

Completar antecedentes y finalizar

Consideraciones finales

En caso de que quien concurra a interponer una denuncia por vulneración de derechos fundamentales relativa a Acoso Laboral, Acoso Sexual y Violencia en el Trabajo corresponda a un/a dirigente/a sindical, ya sea, por tratarse de su propia afectación, o actuando en representación de un socio o socia, estas serán recepcionadas de manera presencial en las Inspecciones Comunales o Provinciales en la respectiva Unidad de Relaciones Laborales.

Para las denuncias ingresadas por dirigencias sindicales en representación de 1 socio/a en particular, éstas deberán exhibir y acompañar poder simple de representación, pudiendo aquel ser otorgado en el mismo acto de ingreso de denuncia si la persona afectada estuviere presente.

Consideraciones finales

• Disposición de información sobre tramites de Ley Karin en página web de la DT (tramites y servicios):

• Descripción del tramite

• Manual de usuario

• Preguntas frecuentes

• Donde y como hacer el tramite

• Preguntas y respuestas

• Canales de apoyo a consultas y/o orientación:

• Sistema Único de Atención Ciudadana: https://suac.dt.gob.cl/

• Canal de Atención Telefónica:

• 600 450 4000 Lunes a Viernes, de 09:00 a a17:00 horas.

• Sugerimos revisar la sección de Centro de Consultas antes de contactarse con la DT, ya que ahí podrá encontrar la respuesta a sus dudas.

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