

22 de agosto de 2024
DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN DE USUARIOS
Trabajador:
• Procedimiento de investigación de denuncias de acoso laboral, acoso sexual y violencia en el trabajo.
Empleador:
• Procedimiento especial de pronunciamiento sobre informes de investigación por denuncia de acoso sexual, acoso laboral y/o violencia en el trabajo tramitadas por el empleador. Investigación Empresas.
• Procedimiento especial de aviso del Empleador a la Dirección del Trabajo sobre el inicio de una investigación interna.
• Derivación de denuncias a la Dirección del Trabajo.
1. Trabajador: Procedimiento de investigación de denuncias de acoso laboral, acoso sexual y violencia en el trabajo. - Presencial.
- Virtual (https://midt.dirtrab.cl/)
2. Empleador: Procedimiento especial de pronunciamiento sobre informes de investigación por denuncia de acoso sexual, acoso laboral y/o violencia en el trabajo tramitadas por el empleador. Investigación Empresas.
3. Empleador: Procedimiento especial de aviso del Empleador a la Dirección del Trabajo sobre el inicio de una investigación interna.
4. Empleador: Derivación de denuncias a la Dirección del Trabajo.
Los tramites de empleador son en el portal https://tramitesjuridico.dt.gob.cl
Ambos tramites tendrán Guía Rápida de uso y ficha de preguntas y respuestas en la página web de la DT (www.dt.gob.cl)
1. Denuncia Ley Karin directamente ante la DT
- Presencial: Los/as denunciantes que acudan a los módulos de atención de usuarios de las Oficinas Comunales o Provinciales del Trabajo pueden ingresar una denuncia por vulneración de derechos fundamentales asociada a Acoso Laboral, Acoso Sexual y Violencia en el Trabajo, en adelante, denuncias por Ley Karin.
- Virtual: Por medio del Portal (https://midt.dirtrab.cl/welcome).
Los/as denunciantes que acudan a los módulos de atención de usuarios de las Inspecciones del Trabajo de todo el país pueden ingresar una denuncia por vulneración de derechos fundamentales asociada a Acoso Laboral, Acoso Sexual y Violencia en el Trabajo, en adelante, denuncias por Ley Karin.
• Las etapas del proceso son:
Determinación si corresponde a denuncia Ley Karin
Levantamiento de formulario de denuncia
Generación de número en GESDOC
• Tarea: Asistente Laboral
• Tarea: Asistente laboral
• Tarea: Gestor Documental
• Las/os trabajadores/as podrán realizar su denuncia de Ley Karin en el portal MiDT siguiendo estos pasos:
1. Ingresando a “Denuncias y Solicitudes”, y luego “Ingreso de Denuncias Laborales y por Vulneración de Derechos Fundamentales (Ley Karin)”.
2. Completando los datos solicitados y seleccionado la materia “Vulneración de Derechos Fundamentales/Ley Karin”.
Seleccionar tipo de materia
Se debe seleccionar:
Tipo de materia: “Vulneración de Derechos Fundamentales / Ley
Karin”
Materia: “Derechos fundamentales en General / Ley
Karin”
Tramites de empleador
• Procedimiento Especial Pronunciamiento Investigación Empresas:
Si se opta por una investigación interna, una vez finalizada será remitida junto a las conclusiones a la Inspección del Trabajo respectiva, la cual tendrá un plazo de treinta días para pronunciarse sobre ésta.
En caso de cumplirse el plazo referido y de no existir tal pronunciamiento, se considerarán válidas las conclusiones del informe, especialmente para efectos de adoptar medidas respecto de las personas afectadas.
• Recepción Inicio Investigación Empresas:
En caso de que el empleador, ante el ingreso de una denuncia por materias reguladas en la ley 21.643, determine efectuar un procedimiento de investigación interna, deberá informar de esta decisión a la Dirección del Trabajo, indicando cuáles fueron las medidas de resguardo adoptadas para proteger eficazmente la vida de la persona denunciante.
• Derivación de denuncias DDFF - Ley Karin por parte de la Empresa:
El empleador tiene la posibilidad de derivar una denuncia que se haya ingresado en la empresa, establecimiento o servicio, para que sea la Inspección del Trabajo la encargada de llevar a cabo el procedimiento de investigación.
El empleador debe acompañar los antecedentes necesarios para tramitar la denuncia e indicar cuáles fueron las medidas de resguardo adoptadas.
Por medio del portal https://tramitesjuridico.dt.gob.cl
• Procedimiento Especial Pronunciamiento Investigación Empresas:
Debe ingresar al trámite general y en el campo Motivo de Contacto debe seleccionar Depósito de Investigaciones.
• Recepción Inicio Investigación Empresas:
Debe ingresar al trámite general y en el campo Motivo de Contacto debe seleccionar Aviso de Inicio Investigación.
• Derivación de denuncias DDFF - Ley Karin por parte de la Empresa:
Debe ingresar al trámite general y en el campo Motivo de Contacto debe seleccionar Derivación Denuncia a la DT.
Revisar datos de empleador e indicar el trámite a realizar
Completar antecedentes y finalizar
En caso de que quien concurra a interponer una denuncia por vulneración de derechos fundamentales relativa a Acoso Laboral, Acoso Sexual y Violencia en el Trabajo corresponda a un/a dirigente/a sindical, ya sea, por tratarse de su propia afectación, o actuando en representación de un socio o socia, estas serán recepcionadas de manera presencial en las Inspecciones Comunales o Provinciales en la respectiva Unidad de Relaciones Laborales.
Para las denuncias ingresadas por dirigencias sindicales en representación de 1 socio/a en particular, éstas deberán exhibir y acompañar poder simple de representación, pudiendo aquel ser otorgado en el mismo acto de ingreso de denuncia si la persona afectada estuviere presente.
• Disposición de información sobre tramites de Ley Karin en página web de la DT (tramites y servicios):
• Descripción del tramite
• Manual de usuario
• Preguntas frecuentes
• Donde y como hacer el tramite
• Preguntas y respuestas
• Canales de apoyo a consultas y/o orientación:
• Sistema Único de Atención Ciudadana: https://suac.dt.gob.cl/
• Canal de Atención Telefónica:
• 600 450 4000 Lunes a Viernes, de 09:00 a a17:00 horas.
• Sugerimos revisar la sección de Centro de Consultas antes de contactarse con la DT, ya que ahí podrá encontrar la respuesta a sus dudas.