FROET | enRuta 207, Febrero 2016

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El TS estima los primeros ocho recursos por la reclamación del ‘céntimo sanitario’ FROET solicitará la devolución de los ingresos indebidos por la incorrecta cotización de los conductores Los ‘megacamiones’ reavivan la polémica de las 44 toneladas



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Consejo de Dirección: Pedro Díaz Martínez Francisco José López Martínez José Ramón García Arcelay Juan Jesús Martínez Sánchez Francisco Guerrero Giménez Eduardo Pardo Andrés Antonio Ríos Riquelme Francisco González Morcillo Martín Blas González Director: Manuel Pérezcarro Martín Redactora: Ana Martínez Documentación: Pedro Luis Sánchez Mellado Diseño: Publicidad líquida Depósito Legal: MU-521-97

FROET es miembro de: CETM (CONETRANS · FEDAT · FEDEM CEFTRAL Y CETM FRIGORÍFICOS) ASTIC · ANETRA · CEAV · CROEM

EDITORIAL. “El carro delante de los bueyes”

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ACTUALIDAD

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OBSERVATORIO DE COSTES

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FORMACIÓN

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EVOLUCIÓN DE CARBURANTES

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ARCHIVO

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TE INTERESA

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EDITORIAL

El carro delante de los bueyes Manuel Pérezcarro Martín Director

El refranero español es rico en lógica y sabiduría. Lo que ha hecho el Gobierno con la modificación del Anexo IX, Masas y Dimensiones, del Reglamento General de Vehículos, para autorizar la circulación de los llamados vehículos euro-modulares o EMS, para que nos entendamos, de 60 toneladas de MMA y 25,25 metros de longitud, antes de tener claro aspectos como la composición de este tipo de vehículos, las características técnicas que deben cumplir, qué tipo de autorización para su circulación se les va a exigir, sus características y limitaciones, etc., ha sido como colocar el carro delante de los bueyes. En estos momentos está en proceso de redacción la denominada Instrucción 16/V de Expedición de las Autorizaciones Especiales de Circulación para conjuntos en configuración euro-modular, un documento de dieciséis páginas que estuvo demandando el sector reiteradamente, antes de la aprobación de la modificación del referido Anexo IX y que era esencial para posicionarse ante la propuesta. No sabemos si no se disponía de tal documento, me cuesta creerlo, o que no quería anticiparse para lograr que el sector “tragara” con los EMS en base a una propuesta poco definida. No es muy normal,

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conociendo el funcionamiento de nuestra Administración, que demandando el sector desde el primer día que se le dio traslado de la propuesta de modificación, hace ahora 25 meses, las condiciones en las que se iba a permitir circular a este tipo de vehículos, se elabore un borrador de la instrucción técnica en menos de un mes desde la aprobación de la Modificación del Anexo IX, teniendo en cuenta, además, que este período ha coincidido con las Navidades. El Comité Nacional del Transporte, en su informe de septiembre, puso una premisa básica, que la autorización de la circulación de los EMS estuviese sometida a una prueba piloto previa. Pues bien, parece que este Gobierno en funciones no ha soportado la presión de los cargadores y ha sucumbido a la misma y, si no lo remediamos, los EMS, como ha dicho recientemente el vicepresidente de ASTIC y proveedor de Mercadona, los ‘megacamiones’ han llegado para quedarse y cambiarán el paisaje de nuestras carreteras. Y luego vendrán las 44 toneladas, ya lo ha anunciado AECOC. Y nosotros aquí, viéndolas venir y confraternizando con el enemigo.


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FROET Informa El Tribunal Supremo da la razón a los transportistas estimando los primeros ocho recursos por la reclamación del ‘céntimo sanitario’ La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo resolvió el pasado 26 de diciembre estimar los primeros ocho recursos contenciosoadministrativos de reclamación de responsabilidad patrimonial del Estado por el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, popularmente conocido como ‘céntimo sanitario’. Esto generó que se presentaran miles de recursos para reclamar la responsabilidad patrimonial del Estado por los perjuicios derivados del citado impuesto, lo que llevó al Tribunal Supremo a tramitar «ocho recursos testigos», uno de ellos de FROET, cuyas

sentencias abrirán el camino procesal de los casos pendientes, que mientras tanto están en suspenso. 
FROET realizó 135 solicitudes al Consejo de Ministros por dicha responsabilidad patrimonial de los cuales, hasta la fecha, 60 han sido recurridos ante el Supremo.

 El texto definitivo de las sentencias se dará a conocer una vez terminada su redacción en los próximos días.

El alto tribunal tiene pendiente de resolver casi 4.000 reclamaciones similares de afectados por el céntimo sanitario, especialmente transportistas.

Los observatorios del transporte por carretera constatan la caída de los precios Recientemente se ha celebrado la reunión del grupo de trabajo del Observatorio de Costes, en la que se han aprobado los datos proporcionados por este organismo a fecha 31 de octubre. También se presentaron los últimos observatorios de precios y de actividad con los datos del tercer trimestre de 2015. Del resultado de la reunión, destacamos que se aprecia, durante este trimestre, una importante disminución de los costes por la bajada del precio del gasóleo, una disminución de la tendencia de los precios de transporte y un crecimiento de la actividad de transporte en todos sus ámbitos.

Observatorio de Costes Como consecuencia de la bajada del precio del carburante en el último trimestre en un 7’6 % y una disminución de los costes financieros del 23’4 %, las distintas categorías de vehículos de transporte analizadas presentan una disminución de los costes de explotación en el tercer trimestre de 2015 respecto al trimestre anterior.

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Los costes directos de los vehículos pesados de carga general muestran, en el tercer trimestre de 2015, un descenso del 2,8 % y una variación interanual de -6,3 % como consecuencia de la fluctuación de los precios del combustible. El nivel de los costes se sitúa a la altura de primeros de enero de 2011.

Observatorio de Precios En todas las distancias se observa una tendencia media negativa del -4,8 % respecto al mismo trimestre del año pasado, con una repercusión sobre las distancias largas tan solo del -0,7 %.

Observatorio de Actividad En el tercer trimestre de 2015, las toneladas transportadas disminuyeron mucho respecto al trimestre anterior, aumentando respecto al mismo periodo de 2014.

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FROET solicitará la devolución de ingresos indebidos por la incorrecta cotización de conductores

del Estado de 2016, que modifica la Disposición Adicional 4ª de la Ley 42/2006, y que supone un cambio interpretativo de la norma. Por ello, concluimos que existe la posibilidad de solicitar ante la Tesorería General de la Seguridad Social el retorno de diferencias en las bases de cotización de los conductores y personal adscrito de los años no prescritos (últimos cuatro años).

La cuantía a reclamar puede llegar a 2.304 € por conductor para el período de los cuatro años no prescritos. Siguiendo el criterio de código de ocupación, el tipo de cotización para un conductor por AT y EP es del 6,7 %, mientras que con el criterio de cotización según el CNAE de la empresa, el tipo de cotización para un conductor es del 3,7 %.

Es criterio de FROET, que los tipos de cotización (las tarifas de cotización) de los trabajadores afectos a la actividad principal de la empresa (conductores y jefes de tráfico) debían haberse regido por el CNAE de la empresa (norma general) y no por el código de ocupación (código de ocupación “f” excepción de la norma) como desde la Administración se venía interpretando.

FROET ha analizado las normas y tipos de cotización por Accidente de Trabajo (AT) y Enfermedad Profesional (EP) para las empresas de transporte de mercancías por carretera (con CNAE 494) tras la publicación de la Ley de los Presupuestos Generales

Esto supone que, siguiendo el criterio del código de ocupación, el tipo de cotización para un conductor por AT y EP es del 6,7 %, mientras que con el criterio de cotización del CNAE de la empresa, el tipo de cotización para un conductor es del 3,7 %.

% Criterio código de ocupación TIPO DE COTIZACIÓN AT y EP - CONDUCTOR

6,7 %

Por tanto, procede para el período de cuatro años* la solicitud de devolución de cuotas indebidas ante la Tesorería General de la Seguridad Social. 
FROET estima que, siguiendo el criterio de cotización según CNAE (frente al criterio de cotización del código de ocupación (tal y como se ha venido realizando), el diferencial de cotización a favor de la empresa, para un trabajador con una base de 1.600 € mensuales, sería de 48 €/mes **, lo que supone una cuantía a reclamar, en este caso, de 2.304 € por conductor para el período de los cuatro años no prescritos. En cuanto al procedimiento de solicitud de ingresos indebidos a la TGSS y teniendo en cuenta los plazos de prescripción antes mencionados, se ha de iniciar la preparación, revisión y cálculo de las diferencias nominales (por trabajador) y en cómputo mensual. En este sentido, el Departamento de Asesoría Laboral de FROET se pone a disposición de sus asociados para realizar la gestión y tramitación de esta solicitud. Las tarifas de honorarios para realizar estos trámites diferirán en función de que a la empresa asociada le esté prestando el servicio nuestra asesoría laboral (J. A. Tomás Asesores, S. L.), un asesor externo o la propia empresa.

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% criterio CNAE

3,7 %

% diferencial

3%

Dado el volumen de datos a tener en consideración, los asociados que no tengan contratado el servicio de Asesoría Laboral con FROET deberán solicitar presupuesto previo. No obstante, la Disposición Adicional Final 8ª de la Ley de los PGE, y el criterio de la TGSS (Murcia), a consulta de nuestra federación, nos indican que desde el 1 de enero de 2016 se ha de cotizar por el código de ocupación, convirtiendo la excepción en norma general para el sector. Desde FROET recordamos que el último día de plazo para reclamar lo ingresado indebidamente durante 4 años, vence el 30 de enero próximo. Cada mes que pase sin haber formalizado la reclamación supondrá la pérdida del derecho a la devolución de un mes. Para más información pueden contactar con FROET en el 968 34 01 00

* Cuatro años es el plazo de prescripción en materia de cotización, por lo que hasta el 30 en enero de 2016, último día hábil del mes, se puede solicitar la devolución de los ingresos indebidos desde diciembre de 2011 a noviembre 2015, en febrero de 2016 se puede solicitar desde enero 2012 a diciembre de 2015. ** La devolución de ingresos indebidos, además de la cuantía principal conllevará el abono de los intereses legales que correspondan.


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La Comisión Europea debate sobre la implantación de un peaje único en Europa La comisaria de Transportes de la Unión Europea, Violeta Bulc, ha anunciado que se está debatiendo en Bruselas la posible implantación de un sistema único de peajes para turismos y camiones para la Unión Europea durante 2016. De aprobarse esta propuesta, los Estados miembros de la Unión Europea que incluyan peaje en sus

Los precios de los carburantes sí reflejan las caídas del precio del petróleo Así lo asegura la Asociación Española de Operadores de Productos Petrolíferos (AOP), que informa de que el descenso de las cotizaciones internacionales de los carburantes desde mediados de 2015 se han trasladado en su totalidad al precio que se paga por ellos en el surtidor. En el caso de la gasolina de 95 octanos, el descenso de su cotización en los mercados durante los últimos seis meses fue de 17 céntimos de euro por litro, la misma cantidad en la que este carburante se abarató, de media, en las estaciones de servicio españolas. En cuanto al gasóleo, su precio en los mercados internacionales, en el mismo periodo, cayó 20 céntimos de euro por litro, en la misma medida en la que lo hizo en las gasolineras. En este punto, AOP recuerda que comparar las variaciones porcentuales entre la cotización del crudo y el precio de los carburantes en el surtidor “es incorrecto, ya que los impuestos y los costes de distribución (transporte y almacenamiento, entre otros) minoran el porcentaje tanto en las subidas como en las bajadas, por lo que nunca van a variar en la misma proporción”. Para explicar esta circunstancia, AOP pone un ejemplo en el que se toma como precio base la cifra de 100, en la que el 50 % correspondería a la presión fiscal que soportan los carburantes; el 40 % al coste del carburante y el 10% a otros costes (de al-

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carreteras se reducirían en un único sistema ya que, en palabras de la comisaria de Transportes, Violeta Bulc, “muchos peajes son una barrera a la movilidad dentro del mercado interior”. De esta forma, la Comisión de Transportes se opone al sistema adoptado por Alemania, señalando que no debería haber ninguna discriminación basada en la nacionalidad, tal y como se establece en las bases fundacionales de la Unión Europea. La Comisión Europea puso en marcha un procedimiento de infracción contra Alemania en junio de 2015. Debido al desacuerdo en curso, el plan de Dobrindt, que iba a ser implementado a comienzos de año, ha sido aplazado de forma indefinida.

macenamiento, transporte, mantenimiento de existencias de seguridad, comerciales, amortización, remuneración del minorista y margen del operador mayorista). En el caso de que en los mercados internacionales se produjera una reducción del coste del carburante de 10 céntimos por litro “observamos que esa caída (...) es la misma en el precio de venta al público y en el coste del carburante; sin embargo, porcentualmente, esos 10 céntimos de euro por litro suponen un descenso del 25% en el coste del producto y de sólo un 10% en el PVP por el efecto amortiguador de los impuestos y otros costes”. Además, la AOP recuerda, una vez más, las cotizaciones de la gasolina y el gasóleo en los mercados al por mayor “están condicionados por la oferta y la demanda de dichos productos y por el tipo de cambio euro/dólar”. La Asociación Española de Operadores de Productos Petrolíferos insiste, de nuevo, en que los precios publicados los jueves en el Boletín Petrolero corresponden a la media de los precios diarios de la semana anterior, por lo que existe un decalaje entre los precios publicados en él y los actuales. De hecho, apunta desde la AOP, los precios del geoportal el 14 de enero, eran, de media, un céntimo más bajos que los publicados en el último Boletín Petrolero, hecho público el 11 de enero. Fuente: Estaciones de Servicio


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Los ‘megacamiones’ reavivan la polémica de las 44 toneladas La Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) ha mostrado su preocupación y malestar por las declaraciones realizadas por la organización Aecoc, aprovechando la aprobación de los ‘megacamiones’, para volver a presionar al Gobierno y a la opinión pública para que se amplíe la capacidad máxima de carga en el transporte de mercancías de 40 a 44 toneladas. Para CETM, se trata de una postura “codiciosa por parte de los cargadores, que sólo atiende a interesados motivos económicos” y que no tiene en cuenta aspectos tan importantes como los siguientes: Los elevados costes que conllevaría adaptar la configuración técnica de la actual flota de camiones a las exigencias de pesos máximos por eje que requeriría la nueva normativa. El incremento de la demanda sobre una oferta sobredimensionada ocasionaría un deterioro en las cuentas de resultados de las empresas de transporte, incapaces de repercutir los costes (mayor con-

Balance de Seguridad Vial 2015, un único fallecido en autobús Durante el pasado 2015, en las vías interurbanas se han producido 1.018 accidentes mortales en los que han fallecido 1.126 personas y 4.843 han necesitado hospitalización como consecuencia de las heridas sufridas. De este modo, se ha producido un descenso del 1 % (-6) en el número de fallecidos y del 2 % (-105) en heridos hospitalizados y un aumento del 3 % (+34) en accidentes mortales. Un dato que sobresale del resto es el de los fallecidos en autobús, registrándose un único fallecido en este tipo de vehículo, respecto a los 23 que se registraron en 2014. La cifra de fallecidos representa el mínimo histórico desde 1960, primer año en el que se tienen estadísticas, cuando hubo 1.300 muertos, con un escenario de movilidad absolutamente distinto (en 1960 había

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sumo de combustible, neumáticos, mantenimiento, etc.), que provocaría la puesta en marcha de esta medida. Desde el punto de vista de las infraestructuras, acometer un incremento de pesos bajo una configuración más perjudicial para el firme de las carreteras supondría un deterioro acelerado de las carreteras, exigiendo mayores esfuerzos presupuestarios de los titulares de las vías para acometer su reparación y mantenimiento en periodos cada vez menos dilatados. Desde el punto de vista de la seguridad vial, un aumento de cuatro toneladas de masa máxima autorizada podría suponer un agravamiento de los siniestros en los que se viese implicado un vehículo industrial. CETM afirma no entender que Aecoc “haya decidido realizar estas manifestaciones antes de la reunión prevista con el sector del transporte el próximo 28 de enero para analizar, entre otros temas que afectan a la mayor eficiencia y rentabilidad de las empresas, el de las masas y dimensiones de los vehículos de transporte. Creemos que esta no es la mejor manera de iniciar unos encuentros que dejaron de celebrarse porque a los cargadores les vino mejor presionar al Gobierno”.

un millón de vehículos y en 2015 el parque automovilístico sobrepasa los 31 millones). Con estos datos, la accidentalidad en carretera desciende por duodécimo año consecutivo, descenso que se refleja en el promedio diario de víctimas mortales, que ha pasado de los 11,6 muertos diarios en carretera en 2.000 a los 3,1 fallecidos diarios en 2.015. Estas cifras son provisionales y se refieren únicamente a los accidentes mortales ocurridos en vías interurbanas y tomadas hasta las 24 horas de producirse el accidente. Las cifras definitivas ya consolidadas, que incluirán las víctimas a 30 días de accidentes ocurridos en vías urbanas e interurbanas, estarán disponibles en los próximos meses gracias a las mejoras sustanciales conseguidas en los sistemas de información de la siniestralidad, con cruce con el fichero del INE de fallecidos en 2015. Con estas cifras, España presenta una tasa de 3,6 muertos por 100.000 habitantes muy por debajo de la tasa de mortalidad media de la UE situada en 5,1 por 100.00 habitantes.

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Restricciones a la circulación en España en 2016 El pasado 18 de enero, se publicó la resolución de 8 de enero de 2016, de la Dirección General de Tráfico, por la que se establecen las medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2016. Estas medidas especiales obedecen a razones de seguridad vial, movilidad y de fluidez de circulación, en concordancia con las fechas en que se prevén desplazamientos masivos de vehículos, así como por la peligrosidad de la carga de ciertos vehículos. Esta Resolución tendrá vigencia durante el año 2016, quedando prorrogada hasta la fecha de entrada en vigor de la resolución por la que se establezcan las medidas especiales de regulación de tráfico para 2017.

Mercancías en general En el anexo II del documento, se indican las carreteras y las fechas en las que estará restringida la circulación a todo vehículo de más de 7.500 kg de MMA y a los conjuntos de vehículos de cualquier masa máxima autorizada. Quedan exentos de esta prohibición, los vehículos y conjunto de vehículos de cualquier masa máxima autorizada, que transporten ganado vivo o leche cruda, así como aquellos que transporten, en período invernal, fundentes para asegurar el correcto mantenimiento de la vialidad de las carreteras, o mercancías perecederas a temperatura regulada conforme al ATP.

Mercancías peligrosas A los vehículos que deban llevar los paneles naranja de señalización de peligro reglamentarios conforme el Acuerdo Europeo sobre el Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR), los domingos y los días festivos de ámbito nacional o de ámbito autonómico, desde las ocho hasta las veinticuatro horas dentro de la circunscripción correspondiente -nacional o de Comunidad Autónoma- y los miércoles o jueves vísperas de días festivos de ámbito nacional, desde las dieciséis hasta las veinticuatro horas. También aquellos días y horas indicados en el anexo V. En caso de coincidir varios días festivos consecutivos, incluidos los domingos, dentro del ámbito territorial correspondiente, las restricciones se aplicarán en el primero de ellos solamente desde las ocho hasta las quince horas, y en el último la correspondiente a domingo o día festivo, quedando el resto de días festivos

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sin restricción. Además, en la víspera del primer día festivo, distinto de sábado, se aplicará la restricción desde las dieciséis hasta las veinticuatro horas. Los itinerarios a utilizar por los vehículos para el transporte de mercancías peligrosas serán: • En desplazamientos para distribución y reparto de la mercancía peligrosa a sus destinatarios finales o consumidores: Se utilizará el itinerario más idóneo, tanto en relación con la seguridad vial como con la fluidez del tráfico, recorriendo la mínima distancia posible a lo largo de carreteras convencionales, hasta el punto de entrega de la mercancía. Deberán utilizarse inexcusablemente las circunvalaciones, variantes o rondas exteriores a las poblaciones si las hubiere, y en caso de existir más de una se circulará por la más exterior a la población, pudiendo entrar en el núcleo urbano únicamente para realizar las operaciones de carga y descarga, y siempre por el acceso más próximo al punto de entrega salvo por causas justificadas de fuerza mayor. • En otro tipo de desplazamientos: Si los puntos de origen y destino del desplazamiento se encuentran incluidos dentro de la RIMP -Red de Itinerarios para Mercancías Peligrosas- que figura en el anexo IV de esta Resolución, los vehículos que las transporten, deberán utilizarlos obligatoriamente en su recorrido. Si uno de esos puntos, o ambos, quedan fuera de la RIMP los desplazamientos deberán realizarse por aquellas carreteras convencionales que permitan acceder a dicha Red por la entrada o salida más próxima en el sentido de la marcha, con objeto de garantizar que el recorrido por vías de calzada única sea el más corto posible. El tránsito por vías distintas de las aquí señaladas requerirá que el itinerario no discurra por travesías o lo haga por las de menor peligrosidad -de acuerdo con la intensidad, clasificación y distribución del tráfico, el tamaño del núcleo urbano, la configuración urbanística y el trazado y regulación de las mismas-, y además, la previa comunicación con, al menos, veinticuatro horas de antelación, al Subsector de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil de la provincia correspondiente, quien confirmará, en su caso, la utilización de la nueva ruta. Asimismo, se permitirá abandonar la RIMP en aquellos desplazamientos cuyo destino u origen sea la residencia habitual del conductor, para efectuar los descansos diario o semanal, o para la realización de operaciones de reparación o mantenimiento del vehículo, siempre y cuando en todo caso se cumplan las condiciones de estacionamiento especificadas en el ADR.


11 sejerías correspondientes de las Comunidades Autónomas comunicarán al Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico o al Centro de Gestión de Tráfico de la zona afectada, los vehículos y características del transporte especial, así como el itinerario que seguirán desde su origen hasta el lugar de destino.

Lo dispuesto en los párrafos anteriores, no será de aplicación cuando el transporte de esta clase de mercancías se realice de acuerdo con alguna de las exenciones recogidas en el ADR por razón del cargamento, cantidad o tipo de transporte.

Vehículos especiales Vehículos especiales y vehículos que precisan autorización complementaria de circulación al superar, por sus características técnicas o por razón de la carga indivisible transportada, los valores de las masas o dimensiones máximas permitidas.
Por calendario y tramos de vía: • En los tramos y durante los días y horas que se indican en el anexo II y el anexo V (apartado 1º- Restricciones Comunes, y apartado 2º- Restricciones Específicas epígrafe B) de la Resolución. •

Esta restricción no será de aplicación a vehículos que en función de su urgente utilización en labores de extinción de incendios, protección del medio ambiente, mantenimiento de las condiciones de vialidad de las carreteras y salvamento de vidas humanas y que precisen hacerlo en régimen de transporte especial, tengan que ineludiblemente circular en el horario restringido citado. Para ello los Ministerios de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y de Fomento, y las Con-

España se sitúa como el quinto país de la Unión que tiene el gasóleo más barato con impuestos El precio de venta al público del gasóleo de automoción en España es el quinto más barato de la UE-28, según los datos recogidos por el Boletín Petrolero de la UE. Sólo Letonia, Lituania, Luxemburgo y Polonia venden el gasóleo más barato. Y es que cada litro de diésel cuesta, de media, en nuestro país 96 céntimos de euro, mientras que el promedio de la Unión Europea ampliada se sitúa en los 1,09 euros, un 13,5 % más caro que el PVP que se da en las gasolineras españolas. Antes de impuestos el panorama es muy diferente. Sin aplicar la carga fiscal, el gasóleo español es el decimotercero más caro de la Unión Europea.

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La maquinaria agrícola y la de obras o servicios, siempre que no precisen autorización complementaria de circulación, estará exenta de las restricciones contempladas en el anexo V de esta Resolución.

Los vehículos especiales al servicio de auxilio en carretera estarán exentos de las restricciones contempladas en el anexo II y anexo V de esta Resolución.

En el caso de siniestros que requieran la urgente e inmediata presencia de maquinarias de servicios automotriz y grúas de elevación en el lugar del suceso, comunicarán al Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico a través del Centro de Gestión de Tráfico de la zona afectada, los vehículos y sus características, así como el itinerario que seguirán desde su origen hasta el lugar de destino.

O, dicho de otro modo, hay 15 países en los que el litro de diésel cuesta menos (sin contar las tasas) que en España. Y es que, a pesar de que el 54 % de carga impositiva que pagamos por cada litro de gasóleo en España pueda parecernos un porcentaje muy elevado, lo cierto es que los impuestos sobre los hidrocarburos se sitúan en la banda baja de los que se aplican en la Unión Europea, donde la fiscalidad media sobre el gasóleo asciende al 61 %, siete puntos por encima de la que se da en nuestro país. Por eso, si aplicáramos en España la misma fiscalidad que la que se da de media en Europa, el precio del gasóleo en la actualidad ascendería a algo más de 1,09 euros, 13 céntimos más caro que el que se cobra en nuestro país. Teniendo en cuenta los datos recogidos por el Observatorio de Costes del Transporte de Mercancías del Ministerio de Fomento, un camión articulado de carga general consume una media de 38,5 litros a los 100 kilómetros y recorre 120.000 kilómetros anuales, por lo que si en España se

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12 aplicara la fiscalidad media europea sobre el gasóleo, los transportistas pagarían 6.000 euros más por cada camión al año.

Incertidumbre política La incertidumbre política que España vive en la actualidad hace difícil predecir qué sucederá con los impuestos que gravan los hidrocarburos a corto y medio plazo. Lo que está claro es que siempre que tiene ocasión Bruselas recuerda al Estado español que debería incrementar la fiscalidad sobre la energía como herramienta para reducir el elevado déficit público de nuestro país. Mientras la incógnita de qué pasará con los impuestos sobre los hidrocarburos sigue en el aire, el precio del petróleo, en niveles nunca vistos desde 2004, da un respiro a las economías occidentales, a empresarios y a consumidores particulares, que desde hace ya algún tiempo pagan el litro de carburante por debajo del euro.

El petróleo seguirá barato Aunque son conceptos diferentes y en demasiadas ocasiones las gráficas del precio del petróleo y de los carburantes no evolucionan de forma paralela, parece que el abaratamiento del crudo Brent, que el pasado 12 de enero cerraba la sesión ligeramente por debajo de los 31 dólares/barril, augura unos precios de los combustibles de automoción contenidos para el futuro próximo. Y parece que el petróleo a precios bajos no será flor de un día. Al menos así lo entienden los analistas del banco estadounidense Morgan Stanley, quienes ya han advertido de que la depreciación del yuan que previsiblemente llevará a cabo China próximamente podría desencadenar un nuevo desplome del crudo hasta los 20 dólares por barril. Fuente: Todotransporte

SUBE El Supremo reconoce la ilegalidad del ‘céntimo sanitario’ La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo resolvió, el pasado 26 de enero, la estimación de los primeros ocho recursos contenciosoadministrativos de reclamación de responsabilidad patrimonial del Estado por el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, popularmente conocido como ‘céntimo sanitario’. Los recursos se interpusieron contra decisiones del Consejo de Ministros, que fue rechazando las miles de solicitudes de responsabilidad patrimonial. FROET realizó 135 solicitudes al Consejo de Ministros por dicha responsabilidad patrimonial de los cuales hasta la fecha 70 han sido recurridos ante el Supremo.

BAJA La codicia de los cargadores CETM ha mostrado su preocupación y malestar por las declaraciones realizadas por la organización Aecoc, aprovechando la aprobación de los ‘megacamiones’ para volver a presionar al Gobierno y a la opinión pública para que se amplíe la capacidad máxima de carga en el transporte de mercancías de 40 a 44 toneladas. Para CETM se trata de una postura “codiciosa por parte de los cargadores, que sólo atiende a interesados motivos económicos” y que no tiene en cuenta aspectos tan importantes como la seguridad en la carreteras.

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Actualidad La venta de camiones cierra el año con cifras similares a 2008 alcanzando las 22.000 unidades La venta de camiones cierra el año con un incremento del 38,4 % con 22.435 unidades, cifra que no se alcanzaba desde el año 2008. Este resultado, aunque es positivo, aún está muy por debajo a las cifras de antes de la crisis (en el año 2007 se matricularon 45.260 unidades) es decir, el doble que en el año 2015. En diciembre, este mercado alcanzó un volumen de 1.939 unidades (el mayor volumen para un mes de diciembre desde 2007), con un 19,5 % más que el mismo período del año anterior. Está comprobado que los países con un mayor peso industrial son más resistentes a los ciclos económicos adversos. La economía española cuenta con unos sólidos cimientos industriales en los que apoyarse para un mayor crecimiento y para crear más empleo. En este contexto, la industria de automoción se ha convertido en uno de los principales motores de nuestra economía, contribuyendo y proponiendo iniciativas para seguir y afrontar retos que generen bienestar a nuestro país. El mercado de vehículos industriales es un referente para la mejora del desarrollo industrial en España. En este sentido, hay que recordar que aún no tenemos los niveles deseados para un país como España. Además, los camiones que circulan por nuestras carreteras superan los 12 años de antigüedad, convirtiéndonos en uno de los países con el parque de vehículos industriales más viejo de Europa.

unidades. Dentro de esta categoría, los industriales pesados rígidos también mostraron tasas positivas en diciembre, con un 112 % de crecimiento y un volumen de 212 unidades. En los doce meses alcanzaron un volumen total de 2.326 matriculaciones y un crecimiento del 62,1 %. Por último, el segmento de los tractocamiones aumentó un 1,9 % en diciembre con 1.372 unidades. En el período enero-diciembre creció un 36 %, con un total de 16.825 matriculaciones. Fuente: Anfac

Crece el número total de empresas de transporte por carretera en 2015 Las empresas de transporte por carretera de nuestro país han alcanzado en diciembre de 2015 el número de 235.530 (166.733 de mercancías y 68.500 de viajeros), lo que suponen 378 empresas más que en noviembre de 2015. Según los datos del Ministerio de Fomento, España cuenta con 166.733 compañías dedicadas al transporte de mercancías por carretera a finales de 2015, 346 más que en el mes anterior (+0,20 %) y 1.558 más que hace un año (+0,94%). De este total, 104.688 prestan servicio público (206 empresas más que en diciembre) y 62.045 realizan servicio privado (+140 empresas). En cuanto al número de empresas de transporte de mercancías de servicio público por comunidades, en Cataluña se han contabilizado 19.750 empresas de transporte, 16.103 en Andalucía y 9.410 en Madrid. Murcia cuenta actualmente con 3.631 empresas.

Matriculaciones por segmentos En diciembre, los vehículos industriales ligeros crecieron un 68,8 %, con 54 matriculaciones. En el conjunto de los doce meses del año, también reflejan tasas positivas con un 6,1 % más y 553 unidades. En el caso de los industriales medios, en este mes, registraron un crecimiento del 107,6 % y 301 unidades. En el período enero-diciembre, este segmento acumuló un incremento del 44,9 % y 2.731 matriculaciones. Los industriales pesados, el segmento de mayor volumen, experimentaron un crecimiento en del 9,5 % y 1.584 unidades. En este período reflejaron un alza del 38,7 %, con un total de 19.151

ACTUALIDAD

Navarra reimplanta desde enero el céntimo sanitario El Gobierno de Navarra aprobó el pasado 22 de diciembre la Ley Foral de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias, que incluye la modificación del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos. De este modo, la Diputación Foral implanta finalmente el ‘céntimo sanitario’ en la Comunidad Au-


15 tónoma en las mismas condiciones en las que era aplicado en 2012. Por tanto, el impuesto asciende a 2,4 céntimos por litro para el gasóleo, la gasolina y el queroseno de uso general. No obstante, la administración autonómica ya indicó a principios de noviembre que el impuesto “no tendría efecto” para transportistas y conductores profesionales, ya que “tendrán derecho a devolución de las cuotas correspondientes”. El impuesto se ha establecido para el ejercicio 2016, aunque actualmente la administración estudia también su aplicación en 2017. Según señalan desde el Parlamento de Navarra, la recaudación adicional de entre14 y 15 millones de euros que el ‘céntimo sanitario’ aportará en el próximo año permitirá “mejorar la financiación de las políticas públicas”. Por lo que respecta a Aragón, el pasado 27 de octubre el Consejo de Gobierno de Aragón aprobó el proyecto de Ley de Medidas para el Mantenimiento de los Servicios Públicos con el que pretende lograr una recaudación adicional de alrededor de 100 millones de euros en 2016. Una de las medidas contempladas es el establecimiento de un tipo autonómico del impuesto especial sobre hidrocarburos, que se devolverá a transportistas, taxistas y agricultores, y no gravará el gasóleo de calefacción, y que entró en vigor el 1 de enero de este año.

Ya funcionan los nuevos radares que detectan si el conductor habla por el móvil Los nuevos radares que ha instalado la Dirección General de Tráfico (DGT) en 70 puntos de la red de carreteras secundarias son capaces de detectar si el conductor no lleva el cinturón abrochado y si éste circula utilizando el teléfono móvil, además de controlar la velocidad a la que marcha el vehículo. Estos dispositivos, de apariencia muy similar a los radares actuales, según ha señalado la DGT, están equipados con cámaras que pueden captar 50 imágenes por segundo, gracias a las cuales descubrirán si algún ocupante no lleva el cinturón de seguridad bien abrochado o si el conductor va hablando por el móvil, así como reunir las pruebas necesarias para identificar el vehículo y tramitar la pertinente denuncia. Con esta novedad, la DGT incrementa sus esfuerzos por mejorar la seguridad en carreteras secundarias

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en las que, según los resultados de la última campaña de control, 1.349 conductores fueron denunciados por no utilizar cinturón de seguridad y otros 1.113 por utilizar el móvil al volante. En este sentido, 57 motoristas recibieron denuncias por no llevar el casco. Gracias a este mismo estudio la DGT determinó que el 77 % de los fallecidos en carreteras secundarias no llevaba cinturón pese a que este tipo de vías tienen un Índice de Peligrosidad (16,6) que dobla el de las autovías (8,1) y autopistas (8,1) y supera en cinco puntos al de las carreteras desdobladas (11,4).

El Supremo condena a un transitario a indemnizar al cargador por el valor real de las mercancías robadas El Tribunal Supremo ha hecho pública la sentencia sobre un robo que, por segunda vez, interpreta los artículos 57 y 62 de la Ley de Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías. En este caso, el Alto Tribunal confirma el fallo de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa, que condena a un transitario a indemnizar por el valor real de las mercancías, a pesar de que el cargador no hizo declaración de valor, sobre la base de que los tribunales de ambas instancias consideraron como “hechos probados” que el robo de la mercancía se produjo cuando el camión estaba estacionado en lugar peligroso, accesible y no vigilado (estacionamiento durante la noche en un aparcamiento de gasolinera), con débil protección de la mercancía en un remolque cubierto por una lona y ausencia de vigilancia por el conductor. Estas circunstancias, a juicio del Tribunal, permiten calificar que la conducta del transportista tenga acogida en el sentido amplio del dolo, respecto del incumplimiento de los deberes elementales de la obligación de custodia que le incumbía al transportista, extremo que justifica la no aplicación de la limitación de responsabilidad. A mayor abundamiento, cabe añadir que, en este caso, también se valoró que el conductor denunció los hechos al día siguiente, cuando fue advertido del robo por otros conductores que habían aparcado en dicha zona, “poniendo ello de manifiesto que su actitud no era tampoco vigilante”.

ACTUALIDAD


16 Cierto es que el fallo viene determinado por la valoración de la prueba que realizó el tribunal de instancia pues, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación no es una tercera instancia en la que se pueda entrar a valorar de nuevo la prueba, y sólo podrá hacerlo cuando detecte un error ostensible o notorio.

cientemente cometido por el deudor, sin necesidad de <<animus>> o intención de perjudicar (dolo eventual)” pero, con todo, dada la carga de subjetividad que contiene el indicado precepto, habrá que estar a la valoración de la prueba que siempre será determinante. Fuente: Transporte Profesional

No es menos cierto que también, hasta la fecha, ha existido una variada casuística entre las sentencias de las audiencias provinciales que, en supuestos de hecho similares, unas estaban aplicando el límite de responsabilidad y otras no. No obstante, no sería de extrañar que se extendiese el criterio comentado. Pese a la trascendencia mediática que ha tenido esta sentencia, la Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de julio de 2015 es mucho más clara en sus fundamentos. En este caso, el Tribunal confirma la Sentencia de la Audiencia Provincial de Gerona que no aplicó el “beneficio” de la limitación de responsabilidad del transportista en un transporte de máquinas de precisión y consistencia frágil, que se transportaron embaladas con signos distintivos que indicaban la obligación de “manipular con cuidado”, “no apilar”, el símbolo internacional de “frágil” (una copa de cristal) y sentido de la estiba (una flecha hacia arriba). La máquina llegó a destino con un golpe grave que la hacía inservible e irreparable, y el perito judicial estimó probado que las mercancías se transportaron con falta evidente de diligencia, ya que se había producido una manipulación negligente y que los daños se habían ocasionado por los golpes producidos, y la caída de uno de los bultos, cuando en la mercancía ponía claramente la reseña “no apilar”. Todo ello llevó al Tribunal a considerar que el transportista había realizado una “infracción consciente” del deber jurídico asumido, aplicando lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley del Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías que señala que el transportista no podrá beneficiarse de la limitación de responsabilidad cuando actúe con dolo (intención de dañar) o “con infracción consciente y voluntaria del deber jurídico asumido que produzca daños que, sin ser directamente queridos, sean consecuencia necesaria de la acción”. Con estas dos sentencias, el Tribunal Supremo va perfilando el criterio interpretativo del artículo 62 de la Ley de Contrato de Transporte, al señalar que “el concepto de dolo se abre o resulta comprensivo del daño ocasionado como consecuencia lógica o necesaria de la infracción de un deber jurídico cons-

ACTUALIDAD

El 75 % de los municipios españoles no comunican debidamente a Tráfico los accidentes La directora de la DGT, María Seguí, ha alertado hoy sobre la falta y el retraso en la notificación de accidentes por parte de algunos municipios y les solicita que cumplan la normativa en “tiempo y forma”. Estos deben informar sobre los accidentes con fallecidos en su ámbito geográfico en menos de 24 horas y sobre las circunstancias de los mismos en menos de una semana. Seguí pretende realizar un balance trimestral de los accidentes en vías urbanas, que incluyen un 25 % del total los fallecidos en España, “para poder observar tendencias y corregir las causas de los accidentes”. Hay unos diez municipios de entre 25.000 y 50.000 habitantes que no notifican los accidentes a la DGT y algunos otros -no ha podido especificar el número aún- que no transmiten las infracciones, lo que puede provocar que no se sancione al infractor y que no se le acuse la pérdida de puntos en su carnet. Seguí dijo que de todos los accidentes mortales en zona urbana, el 25 % de ellos nos llega en las 24 horas perceptivas, mientras el 50 % lo hace a los cinco días. De esa manera, un 75 % de los ayuntamientos están incumpliendo sus obligaciones para con Tráfico. Precisamente son las vías urbanas las que están centrando la atención de la DGT, que está concentrando sus esfuerzos en ofrecer más datos sobre la siniestralidad en estas vías. En 2015 se produjeron un total de 254 fallecidos en vías urbanas, frente a los 265 de 2014, lo que significa una reducción del 5 por ciento. En la DGT se muestran preocupados porque el crecimiento de las ciudades “hace que estos siniestros sean cada vez más y más frecuentes”. Fuente: El Mundo


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Nuevo peaje en Bélgica a partir del 1 de abril A partir del próximo 1 de abril, todos los vehículos pesados de más de 3,5 toneladas deben tener una unidad de abordo ‘On Board Unit’ (OBU) para el pago del peaje en las carreteras belgas. Satellic, que es la empresa que gestiona este nuevo peaje, ha puesto a disposición de los usuarios una página web donde se puede calcular el coste de este peaje de acuerdo a cada trayecto: http://tollcalculator.satellic.be

Registro del peaje El registro del nuevo peaje por tramos se efectuará por medio de una ‘On Board Unit’ asistida por saté-

lite. Por este dispositivo, la empresa concesionaria de peajes Satellic pide una fianza por importe de 135 euros que, sin embargo, se reembolsará al devolver la OBU. El OBU puede solicitarse a través de la web https:// satellic.be/en-UK, previo registro en la misma en los puntos de servicio, o a través de los socios de Satellic como, por ejemplo, en DKV-Euroservice.

Instalación La instalación de la On-Board-Unit se puede realizar de dos maneras: mediante un cableado fijo (instalación fija) que se conecta a la red eléctrica del vehículo, o a través de un conector para el mechero del vehículo que, según el estándar, se incluye en el volumen de suministro.

FROET EN PRENSA La bajada del gasoil ahorra 93 millones al transporte en 21 meses (La Opinión 26/12/2015)

El problema de los robos y su responsabilidad (Transporte Profesional, diciembre 2015)

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ACTUALIDAD / FROET EN PRENSA


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Observatorio de costes

31 de octubre de 2015 Vehículo articulado de carga general

El mercado del transporte de mercancías por carretera –con un elevadísimo volumen de transacciones anuales y en constante estado de evolución– se caracteriza por una acusada atomización de la oferta y la demanda, lo que origina la falta de transparencia que sería deseable. Por ello surge el Observatorio de Costes, cuyo objetivo es servir de punto de referencia para todas aquellas empresas que, ya sea por su reducido tamaño o por su insuficiente posicionamiento estratégico, encuentran dificultades para establecer los criterios de gestión a seguir para asegurarse una adecuada política comercial.

Costes directos En este apartado se presentan los costes directos, actualizados a 30 de julio de 2015, de los tipos de vehículos estudiados en el Observatorio de Costes. Para cada tipo de vehículo se presenta la estructura de costes directos anuales, las características técnicas y de explotación, y las hipótesis de partida. Los costes del transportista cuando éste aporte únicamente la cabeza tractora (trabajar al enganche) son los de cada tipología descontando todos aquellos que correspondan al semirremolque.

En este sentido, no debe buscarse en el Observatorio la determinación directa del precio de un transporte concreto, puesto que ésta sería el objetivo propio de una tarifa, cosa que este Observatorio no es. El Observatorio de costes pretende proporcionar elementos de juicio fiables a partir de los cuales las partes contratantes puedan acordar libremente el precio que estimen más conveniente y con la certeza de estar haciéndolo sobre bases razonablemente contrastadas.

Vehículo articulado de carga general Costes directos a 31 de octubre de 2015 HIPÓTESIS Vehículo articulado de carga general (420 CV, MMA= 40.000 kg y carga útil=25.000 kg) Kilómetros anuales recorridos

120.000

100,0 %

Kilómetros anuales en carga

102.000

85,0 %

Kilómetros anuales en vacío

18.000

15,0 %

Nota: estos costes directos corresponden a la media nacional en las condiciones indicadas de explotación de este tipo de vehículo. La personalización de estos costes para cada caso particular se puede realizar con la aplicación informática ACOTRAM (www.fomento.gob.es). Está a disposición de los interesados, en la página Web del Ministerio de Fomento (www.fomento.gob.es), el programa informático de simulación de costes ACOTRAM, desarrollado por la Dirección General de Transporte Terrestre, con el cual se puede calcular la estructura de costes de un vehículo a partir de los datos reales de cada empresa. En la citada página Web siempre se encuentra disponible el último Observatorio de Costes del Transporte de Mercancías por Carretera.

OBSERVATORIO DE COSTES


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Más información e inscripción online en: www.froet.es/formacion Impartición: Centro Integrado de Transportes. Edificio FROET. 30169 SAN GINÉS (Murcia) Tel: 968 34 01 00 FAX: 968 81 81 54 // e-mail: froet@froet.es (Excepto aquellos en los que se indica una localización distinta)

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14. Gestión y optimización de la cadena de suministros 15. Globalización y cadena de suministros 16. Logística internacional e incoterms 17. Los modos de transporte terrestre: sistemas e infraestructura 18. Maritime labour convention (mlc, 2006) 19. Operación de los servicios de transporte terrestre 20. Planificación y control del transporte de mercancías 21. Planificación y financiación del transporte 22. Riesgos, medios de pago, financiación y contratación internacional 23. Seguro marítimo 24. Sistemas de gestión de la seguridad para la cadena de suministro. iso 28000 25. Trading de crudo y productos

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FORMACIÓN


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5. Cursos CAP. Formación continua. Mercancías Del 6 al 15 de junio de 2016. 2 fines de semana. Cartagena. Precio 27,43 €+ tasas

6. Cursos renovación ADR básico+cisternas Del 15 al 17 de abril de 2016. Molina de Segura. Precio 23,61 €+ tasas

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FORMACIÓN


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Otros cursos.Escuela de Conductores FROET Ciudad del Transporte de Molina de Segura Consultar fechas

Capacitación profesional transporte de mercancías por carretera (antiguo título de transportista)

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Todos nuestros cursos están subvencionados o pueden ser bonificados a través de los créditos de formación de las empresas. Adicionalmente, podemos diseñar planes de formación y cursos adaptados a sus necesidades específicas

FECHAS TOPE PARA REALIZAR EL CURSO CAP DE FORMACIÓN CONTINUA Se establece la obligatoriedad de recibir una formación continua o de reciclaje cada cinco años. La formación continua se formalizará a través de un curso de 35 horas, realizándose el examen en el mismo centro autorizado que se recibió la formación.

Quién debe obtener el CAP de reciclaje:
 Es obligatorio tener el CAP desde el año 2011 en el caso de viajeros y desde el 2012 para el de mercancías. La administración ha regulado la realización escalonada de estos cursos en función del número final del permiso de conducción.

Septiembre 2016 ¡Infórmate ya! Conductores de autobuses. 
 Conductores de vehículos de las categorías de permiso de conducción D1, D1+E, D y D+E que tengan que renovar el CAP. Renovación cada 5 años.

Conductores de camiones. 
 Conductores de vehículos de las categorías de permiso de conducción C1, C1+E, C y C+E.
- Titulares de permisos de conducción cuyo número termine en 9 ó 0, antes del 10 de septiembre del 2016.

Hace 20 años… Boletín informativo FROET Enero 1996 Nº 12 En enero de 1996 el Boletín informativo cumplió un año de su edición y lo celebró con un cambio de imagen. Se informaba entonces del convenio entre FROET y el Banco Popular, de la creación del servicio de telefonía móvil. Importante repercusión tuvo la sentencia del Tribunal Constitucional, que declaró inconstitucional el sometimiento a las Juntas Arbitrales de Transporte en las controversias que no excedieran de 50.000 pesetas. Por entonces, FROET recomendaba estipular por escrito en los contratos el sometimiento expreso. Por aquel mes se aprobó además constituir el consorcio para la promoción del Centro Intermodal de Transportes de la 207 de Murcia, con un capital de 10 millones de pesetas. Región

FORMACIÓN


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Evolución de carburantes Precio medio del carburante en el mes de enero GASÓLEO

GASOLINA 95

Gasolina de protección

Precio asociados

Precio asociados

0,842 € P.V.P.

1,003 € 1,043 € P.V.P.

0,912 € 0,913 €

1,159 € 1,160€

0,802 € Precio España Precio Murcia FROET - Andamur

GASÓLEO A

La Junquera

Pamplona

0,836 €

0,794 €

San Román

0,774 €

IVA INCLUIDO / FUENTE: MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO Infórmate de nuestras tarjetas Froet Gas BMN y Froet Gas Descuento en el 968 340 100

Gasóleo

Gasolina sin plomo

Sin impuesto

España Alemania Austria Bélgica Bulgaria Chequia Croacia Dinamarca Eslovaquia Eslovenia Finlandia Francia Grecia Holanda Hungría Irlanda Italia Polonia Portugal R. Unido Rumanía Suecia MEDIA

Con impuesto

50,8 105,9 47,5 112,5 48,4 107,3 47,2 109,5 55,6 106,3 50,1 109,6 49,1 111,7 56,2 122,7 49,8 108,5 43,7 111,4 51,2 125,3 43,5 109,9 56,6 111,3 49,5 119,2 50,7 109,9 47,6 119,9 48,1 134,1 48,3 101,6 53,3 115,0 47,8 155,4 49,1 113,8 52,8 130,9 46,6 114,0

Sin impuesto

España Alemania Austria Bélgica Bulgaria Chequia Croacia Dinamarca Eslovaquia Eslovenia Finlandia Francia Grecia Holanda Hungría Irlanda Italia Polonia Portugal R. Unido Rumania Suecia MEDIA

Precios NOVIEMBRE 2015 (Expresado en Ctms. euro/litro)

50,1 116,5 59,5 132,5 45,4 113,7 45,3 129,3 50,8 104,5 42,8 109,2 45 119,8 54,2 144,3 44,8 122,2 43,0 120,8 48,2 140,8 44,4 129,0 46,2 140,4 47,1 150,6 46,1 108,0 44,8 129,9 46,6 145,8 45,1 103,8 49,9 137,3 44,3 151,3 45,7 113,4 47,0 134,2 44,6 129,3 Fuente: Ministerio de Industria y Energía

Medidas mensuales del gasóleo en España 140 130 120 110 100 90 80 70 60 50

125,3 114,9

113,8

116,8

Con impuesto

120,3

117,5

118,5

115

107,2

66,4

57,9

51,6

57,3

59,8

Con impuesto

62,6

60,3

61,2

Sin impuesto

108,9

107,7

106,3

105,9

53,2

52,2

51,1

50,8

58,2

NOV DIC ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV 2014

2015

Medidas anuales del gasóleo en España 150 135 120 105 90 75 60 45 30 15

136,54 127,35

114,14 75,8

35,6

89,9

95,7

96,96

52,1

52,45

130,31

112,54

90,83 67,27

47,5

135,9

107,53

45,70

57,68

72,54

78,54

75,31

70,49

56,21

2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015

EVOLUCIÓN DE CARBURANTES


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Evolución del Crudo Brent Media anual

(Expresado en $/barril)

2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 130 120 110 100 90 80 70 60 50 40 30 20 10 0

113,93

110,37

109,59 99,38

81,13 64,01 53,65

Media mensual MES ENERO

2008

2009

2010

2011

2012

2013

2014

2015

90,78

50,04

78,24

96,36

111,41

113,93

109,2

49,78

FEBRERO

94,26 46.62 75,87 104,59 120,59 117,38 109,99 58,81

MARZO

102,05 52.29 80,76 114,25 120,94 109,64 108,27 56,95

ABRIL

109,9 53.61 87,10 122,13 120,63 103,39 108,21 61,10

MAYO

124,75 58.22 78,89 113,36 110,92 103,03 110,20 65,68

JUNIO

134,96 70,68 76,76 114,67 95,64 103,15 112.15 63,71

JULIO

136,29 66,94 76,18 115,76 103,11 108,58 106,72 56,79

AGOSTO

117,61 74,30 78,08 109,42 114,10 112,93 101,50 48,14

SEPTIEMBRE

102,9 66,17 78,94 107,59 113,15 113,62 97,01 48,50

OCTUBRE

74,64 74.73 84,14 106,23 112,37 109,85 87,50 49,38

NOVIEMBRE

52.97 77,89 86,54 111,34 110,14 108,18 79,27 46,03

DICIEMBRE

45,98 76.68 92,05 108,81 110,79 111,39 62,54 38,93 Fuente: Cinco Días

Evolución de empresas y autorizaciones Vehículos de servicio público: mercancías y viajeros (diciembre 2015) COMUNIDADES ANDALUCÍA ARAGON ASTURIAS BALEARES CANARIAS CANTABRIA CASTILLA Y LEÓN CASTILLA LA MANCHA CATALUÑA CEUTA EXTREMADURA GALICIA LA RIOJA MADRID MELILLA MURCIA NAVARRA PAIS VASCO VALENCIA

MDP-N

LIGEROS

Empresas transportistas servicio público (diciembre 2015) V.D.

NOV.15 DIC.15 Dif. % NOV.15 DIC.15 Dif. % NOV.15 DIC.15 Dif. % 34.855 35.104 0,71 4.880 4.850 -0,61 8.181 8.219 0,46 10.125 10.184 0,58 897 900 0,33 2.095 2.107 0,57 4.890 4.904 0,29 862 865 0,35 1.486 1.507 1,41 3.931 3.929 -0,05 1.914 1.926 0,63 1.273 1.278 0,39 303 301 -0,66 3.256 3.256 0,00 821 821 0,00 4.197 4.230 0,79 483 483 0,00 783 789 0,77 17.290 17.402 0,65 2.400 2.403 0,13 3.218 3.230 0,37 16.239 16.349 0,68 1.415 1.435 1,41 3.206 3.213 0,22 30.522 30.710 0,62 5.293 5.300 0,13 11.433 11.503 0,61 118 118 0,00 17 17 0,00 32 32 0,00 5.275 5.292 0,32 902 909 0,78 1.446 1.453 0,48 15.005 15.101 0,64 3.680 3.717 1,01 3.042 3.076 1,12 1.953 1.968 0,77 172 172 0,00 327 330 0,92 15.175 15.250 0,49 6.248 6.255 0,11 10.713 10.820 1,00 57 57 0,00 10 10 0,00 36 36 0,00 13.469 13.674 1,52 1.330 1.318 -0,90 1.688 1.705 1,01 4.414 4.428 0,32 524 526 0,38 1.047 1.060 1,24 9.888 9.916 0,28 2.330 2.310 -0,86 3.634 3.627 -0,19 25.994 26.192 0,76 2.703 2.710 0,26 5.647 5.673 0,46

COMUNIDADES PESADOS LIGEROS VIAJEROS ANDALUCÍA ARAGON ASTURIAS BALEARES CANARIAS CANTABRIA CASTILLA Y LEÓN CASTILLA LA MANCHA CATALUÑA CEUTA EXTREMADURA GALICIA LA RIOJA MADRID MELILLA MURCIA NAVARRA PAIS VASCO VALENCIA

NOV.15 DIC.15 Dif. % NOV.15 DIC.15 Dif. % NOV.15 DIC.15 Dif. % 10.058 10.064 0,06 4.276 4.288 0,28 573 569 -0,70 2.178 2.174 -0,18 1.267 1.274 0,55 70 69 -1,43 2.033 2.034 0,05 992 996 0,40 86 87 1,16 859 854 -0,58 694 696 0,29 103 105 1,94 2.017 2.018 0,05 2.082 2.081 -0,05 324 325 0,31 1.287 1.287 0,00 466 469 0,64 43 43 0,00 5.361 5.356 -0,09 1.836 1.841 0,27 233 233 0,00 5.161 5.163 0,04 1.803 1.810 0,39 202 205 1,49 8.973 8.973 0,00 7.684 7.743 0,77 416 419 0,72 21 21 0,00 18 18 0,00 2 2 0,00 1.894 1.891 -0,16 718 722 0,56 128 129 0,78 4.456 4.457 0,02 2.431 2.447 0,66 305 309 1,31 516 515 -0,19 200 202 1,00 11 11 0,00 3.492 3.477 -0,43 5.879 5.933 0,92 358 359 0,28 15 15 0,00 25 26 4,00 1 1 0,00 2.774 2.778 0,14 847 853 0,71 97 98 1,03 1.624 1.625 0,06 800 807 0,88 43 43 0,00 3.742 3.746 0,11 2.570 2.564 -0,23 202 202 0,00 5.202 5.215 0,25 3.452 3.468 0,46 222 225 1,35

Fuente: Ministerio de Fomento

207

EVOLUCIÓN DE CARBURANTES


24

Archivo Índice de legislación Acceso a la profesión

BOE nº 304 de 21/12/2015. Orden HAP/2763/2015, de 17 de

BORM nº 1 de 02/01/2016. Resolución de 22 de diciembre

diciembre de 2015, por la que se aprueban los precios medios

de 2015 de la Dirección General de Transportes, Costas y Puer-

de venta aplicables en la gestión del Impuesto sobre Trans-

tos de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la que

misiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Im-

se convocan pruebas para la obtención del Certificado de Ap-

puesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial

titud Profesional para reconocer el cumplimiento del requisito

sobre Determinados Medios de Transporte.

de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, a celebrar en

Laboral

la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia durante el

BOE nº 312 de 30/12/2015. Real Decreto 1171/2015 de 29 de

año 2016.

diciembre de 2015, por el que se fija el salario mínimo interpro-

BORM nº 1 de 02/01/2016. Resolución de 22 de diciembre

fesional para 2016.

de 2015 de la Dirección General de Transportes, Costas y Puer-

Pensiones. BOE

tos de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la que

1170/2015 de 29 de diciembre sobre revalorización de las pen-

se convocan pruebas para la obtención del certificado o en su

siones del sistema de la Seguridad Social y de otras prestacio-

caso de renovación de la capacitación profesional de Conseje-

nes sociales públicas para el ejercicio 2016.

312

de

30/12/2015. Real Decreto

ros de Seguridad para el Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera o por Ferrocarril, a celebrar en la Comunidad Au-

Restricciones circulación

tónoma de la Región de Murcia, durante el año 2016.

BOE nº 15 de 18/01/2016. Resolución de 8 de enero de 2016,

BORM nº 1 de 02/01/2016. Resolución de 22 de diciem-

de la Dirección General de Tráfico, por la que se establecen me-

bre de 2015 de la Dirección General de Transportes, Costas y

didas especiales de regulación del tráfico durante el año 2016.

Puertos de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la

BOE nº 307 de 24/12/2015. Resolución de 14 de diciem-

que se convocan pruebas para la obtención del Certificado de

bre de 2015, de la Dirección de Tráfico del Departamento de

Competencia Profesional para el ejercicio de la profesión de

Seguridad, por la que se establecen medidas especiales de

Transportista por Carretera, a celebrar en la Comunidad Autó-

regulación de tráfico durante el año 2016 en la Comunidad Au-

noma de la Región de Murcia durante el año 2016.

tónoma del País Vasco.

Carburantes

Autorizaciones 23/12/2015. Orden IET/2786/2015 de

BOE nº 307 de 24/12/2015. Orden FOM/2799/2015 de

17 de diciembre de 2015, por la que se modifica la Orden

18 de diciembre de 2015, por la que se modifica la Orden

ITC/2877/2008, de 9 de octubre, por la que se establece un

FOM/36/2008, de 9 de enero, por la que se desarrolla la sec-

mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros

ción segunda del capítulo IV del título V, en materia de arren-

combustibles renovables con fines de transporte.

damiento de vehículos con conductor, del Reglamento de la

BOE

306

de

Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado Fiscal

por Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre.

BOE nº 312 de 30/12/2015. Resolución de 29 de diciembre

Autorizaciones BOE

de 2015 de la Secretaría General del Tesoro y Política Finan-

PRE/2788/2015 de 18 de diciembre, por la que se modifica el

ciera, por la que se publica el tipo legal de interés de demora

anexo IX del Reglamento General de Vehículos, aprobado por

aplicable a las operaciones comerciales durante el primer se-

Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre (masas y dimen-

mestre natural del año 2016.

siones, ‘megacamiones’).

306

de

23/12/2015. Orden

Comunicados Nº 1 de 04/01/2016. Gasóleo Profesional. Obligación de

Nº 15 de 19/01/2016. Devolución de ingresos indebidos por

presentar los kilometrajes de 2015.

la cotización de los conductores a la Seguridad Social.

Nº 2 de 05/01/2016. Convocatorias 2016. Exámenes de

Nº 11 de 14/01/2016. Sector Logístico. Curso prevención de

Capacitación Profesional, Consejero de Seguridad y CAP.

riesgos laborales básico, online, 50 horas.

Nº 5 de 08/01/2016. FROET Formación: Curso CAP Sub-

Nº 17 de 19/01/2016. Visados de mercancías y operador

vencionado. Febrero. Caravaca de la Cruz.

transporte, febrero 2016, CIF terminado en 2.

Nº 13 de 14/01/2016. Francia publica sus restricciones a la

Nº 18 de 20/01/2016. Carta Gasóleo Profesional. Obligación

circulación para 2016.

de realizar la declaración de kilometrajes del año 2015.

ARCHIVO


25

Te interesa El Dato Evolución mensual de los precios de consumo La tasa anual del Índice de Precios de Consumo (IPC) general en el mes de diciembre es del 0,0 %, tres décimas por encima de la registrada el mes anterior. Los grupos con mayor influencia en esta subida son: •

Transporte, que aumenta su tasa casi dos puntos hasta el –2,8 % debido, en su mayoría, a que este mes los precios de los carburantes y lubricantes han bajado menos de lo que lo hicieron en diciembre de 2014. Vivienda, con una variación del –2,3 %, tres décimas superior a la de noviembre, causada, fundamentalmente, por el descenso de los precios del gasóleo para calefacción, menor que el de 2014. Alimentos y bebidas no alcohólicas, con una variación del 1,8 %, una décima más que el mes anterior. Destacan en esta evolución la disminución de los precios de las frutas frescas, menor que la de 2014, y la subida de los precios del pescado fresco.

IPC DICIEMBRE 2015 A pesar del aumento de la tasa anual del IPC general, cabe reseñar también la bajada de la tasa del grupo: Ocio y cultura, cuya variación se sitúa en el 0,2 %, cinco décimas por debajo de la del mes anterior, a consecuencia de la bajada de los precios de la prensa y revistas, que aumentaron en 2014, y de la subida de los precios del viaje organizado, menor este mes que en diciembre de 2014.

TABLA DE INFLACIÓN Mes

Año 2011

Año 2012 Año 2013 Año 2014

Año 2015

ENERO

-0,7 %

-1,1 %

-1,3 %

-1,4 %

FEBRERO

-0,6 %

-1,0 %

-1,1 %

-1,4 %

-1,6 % -1,4 %

MARZO

0,2 %

-0,3 %

-0,8 %

-1,2 %

-0,8 %

ABRIL

1,4 %

1,1 %

-0,4 %

-0,3 %

0,1 %

MAYO

1,4 %

0,9%

-0,2 %

-0,2 %

0,6 %

JUNIO

1,2 %

0,7 %

-0,1 %

-0,2 %

0,9 %

JULIO

0,7 %

0,5 %

-0,6 %

-1,2 %

-0,1 %

AGOSTO

0,8 %

1,1 %

-0,3 %

-1,1 %

-0,4 %

SEPTIEMBRE 1,0 %

2,1 %

-0,4%

-0,9 %

-0,7 %

OCTUBRE

1,8 %

2,9 %

0 %

-0,4 %

-0,1 %

NOVIEMBRE

2,3 %

2,8 %

0,2 %

-0,5 %

0,3 %

DICIEMBRE

2,4 %

2,9 %

0,3 %

-1 %

0,0 %

Destaca también, aunque en sentido contrario, la bajada de los precios de las legumbres y hortalizas frescas, frente a su incremento en diciembre de 2014.

Recuerda Transportes de viajeros: visados para los meses de noviembre y diciembre 2015 Durante el mes de febrero deben visarse obligatoriamente las autorizaciones de transporte de mercancías por carretera y las de operador de transporte para todas aquellas empresas cuyo NIF o CIF termine en 2. Asimismo, durante el mes de marzo deberán visarse las autorizaciones de las empresas cuyo NIF o CIF termine en 3.

Visado viajeros Tasa visado empresa: 54 € + Gastos Gestión 9,68 € = 63,68 € Por cada tarjeta: 54 € + Gastos Gestión 9,68 € = 63,68 € Para hacer el cálculo de las tasas, se debe multiplicar el precio de la tasa por el número de tarjetas más una del visado de empresa.

La tramitación de los visados pueden realizarla a través de nuestro Departamento de Gestión. Recordamos los precios aplicables durante 2016 (IVA y tasas incluidas):

207

TE INTERESA. www.bolsaempleo.info


26

Gasóleo Profesional, obligación de presentar el kilometraje antes del 31 de marzo Como ya es conocido por todos los transportistas que se benefician de la devolución fiscal del Gasóleo Profesional, en 2016 y como en los anteriores, deben realizar una presentación ante la Agencia Tributaria de la declaración de kilómetros realizados por todos los vehículos que hayan estado inscritos en el año anterior en el Censo de Beneficiarios.

José Antonio, a través de: E-mail: froet@froet.es, o por Whatsapp al número: 626 494 149 El pasado 2015, la Agencia Tributaria abrió expedientes sancionadores a las empresas que no presentaron (o lo hicieron fuera de plazo) la declaración de kilometraje. Por ello, desde FROET insistimos en la importancia de realizar la declaración de kilometraje de gasóleo profesional antes del 31 de marzo de 2016.

Es decir, se debe indicar la lectura del cuentakilómetros a fecha 1 de enero y a 31 de diciembre del año 2015.

También es importante comunicar las bajas de los vehículos en el censo de beneficiarios, ya que pueden producir devoluciones indebidas que generan a su vez bloqueos de liquidaciones.

Para los vehículos con tacógrafo digital, este dato es fácil de obtener. En el caso de aquellos con tacógrafo de discos diagrama, este dato se obtiene del primer y último disco del año.

Por otra parte, el Gobierno regional ha comunicado recientemente que para el año 2016 mantendrá el impuesto en su tramo autonómico. En el caso de Murcia es de 4,8 céntimos por litro de Gasóleo A, impuesto que se ha integrado desde enero de 2013 en el marco general del Impuesto sobre Hidrocarburos.

Les recordamos que nuestro Departamento de Documentación puede realizar este trámite a todos los asociados que lo soliciten. Para ello, el plazo de presentación de estos datos es hasta el 31 de marzo de 2016. Pueden transmitir dichos datos a Pedro Luis Sánchez o

Gasóleo profesional: comunicación de las nuevas altas y bajas Para beneficiarse desde el primer momento de la devolución del Gasóleo Profesional de sus nuevos vehículos matriculados, debe comunicarnos explícitamente que desea que le tramitemos el alta como beneficiario de dichos vehículos. Para ello, puede dirigirse a nuestro Departamento de Gestión en el momento de realizar el trámite de matriculación o transferencia, o bien a tra-

vés de nuestro Departamento de Información y Documentación. Recordamos además, la importancia de comunicar las bajas en el censo de Gasóleo Profesional de los vehículos que han sido transferidos a terceros o que se han dado de baja definitiva.

Renovación de licencias comunitarias de transporte internacional de mercancías por carretera Las empresas titulares de licencias comunitarias que deseen renovarlas antes de que expire su vigencia, deberán presentar su solicitud dentro de los dos meses anteriores al plazo de vencimiento.

Para la tramitación de dicha renovación, pueden ponerse en contacto con nuestro Departamento de Gestión en el 968 340 100 Ext. 1

OPORTUNIDAD DE NEGOCIO • Empresa de transporte internacional busca autónomos o empresas para trabajar al enganche o con conjunto completo. Frigos o lonas. Garantizamos retornos, estabilidad y pago semanal. Interesados llamar al 968 34 34 34 Leonor Bonache. • Se precisa conductor autónomo para reparto/recogidas ámbito regional de Murcia. Se requiere capacitación profesional, vehículo propio hasta 13 tn. MMA. Experiencia en el sector. Referencia: Dpto. Tráfico Tlf : 968 835 574 • Empresa busca autónomo con camión plataforma de carga de 3.000 kg o superior para incorporarse en diciem-

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bre o principios de enero de 2016. (Ángel Manuel, 616 920 079/ infoangelmanuel@gmail.com) • Se precisa transportista para realizar viaje con material para ganadería (jaulas) a Tashkent en Uzbequistán. Interesados contactar con Paca Martínez (pacamartinez@copele.com 968 882 725 / 610 712 691) • Se precisan autónomos (o pequeñas empresas) con tractoras en condiciones, disponibilidad y seriedad. Interesados: 639 62 11 36. Srta Eugenia


27

Días festivos A efectos de restricciones a la circulación Puede acceder a las restricciones a través de nuestra página web.

En el caso de España, se publican por separado las de Cataluña, Navarra y País Vasco. La web de la Dirección General de Tráfico informa en tiempo real de las restricciones y demás retenciones no genéricas.

Las restricciones a la circulación en los países europeo, incluido España, para el 2016 están disponibles en www.froet.es

ESPAÑA Febrero

29 lunes, Día de Andalucía

Marzo

1, Martes. Día de las Illes Balears 19, sábado. San José 24 Jueves Santo 25 Viernes Santo 28 Lunes de Pascua

En los siguientes países, el tráfico internacional de vehículos pesados no está sometido a ninguna prohibición de circulación durante los fines de semana y días festivos: Albania, Armenia, Azerbayán, Bélgica, Bielorrusia, Bosnia-Herzegovina, Chipre, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Georgia, Holanda, Irán, Irlanda, Kazajistán, Kirguistán, Kuwait, Letonia, Lituania, Macedonia(Fyrom), Moldavia, Montenegro, Noruega, Uzbequistán, Países Bajos, Rusia, Serbia, Suecia, Tayiquistán, Turkmenistán, Turquía, Ucrania.

BIENVENIDA A LOS NUEVOS ASOCIADOS Durante el pasado mes de diciembre, se han incorporado a la federación 7 nuevos transportistas autónomos y sociedades. A todos ellos les damos la bienvenida a FROET.

TRANSPORTES GARNÉS ALCARAZ, S. L. FULGENCIO MACANAS TRANSPORTES, S. L. RUIZ HERNÁNDEZ, ANTONIO ULS 2015 S. L.

207

GUEVARA CAMBRONERO, JUAN MANUEL AUTOCARES BENIEL, S. L. TTES. HERMANOS SABATER CEREZO, S. L.

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