FROET | enRuta 204, Noviembre 2015

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I N FOR M AT I VO M E N SUAL D E F RO E T

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N OVI E M B R E 2015

El Gobierno ultima un decreto para abaratar las gasolinas en plena campaña El nuevo sistema de formación profesional obliga a las empresas a renovar el contrato con la entidad organizadora Nuevos límites en módulos: 125.000 € de facturación y 4 vehículos como máximo



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EDITORIAL. “Empresas buzón”

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ACTUALIDAD

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ENTREVISTA: Manuel Pérezcarro

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Eduardo Pardo Andrés

NOVEDADES LEGISLATIVAS

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Antonio Ríos Riquelme

OBSERVATORIO DE COSTES

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FORMACIÓN

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EVOLUCIÓN DE CARBURANTES

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ARCHIVO

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TE INTERESA

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Consejo de Dirección: Pedro Díaz Martínez Francisco José López Martínez José Ramón García Arcelay Juan Jesús Martínez Sánchez Francisco Guerrero Giménez

Francisco González Morcillo Martín Blas González Director: Manuel Pérezcarro Martín Redactora: Ana Martínez Documentación: Pedro Luis Sánchez Mellado Diseño: Publicidad líquida Depósito Legal: MU-521-97

FROET es miembro de: CETM (CONETRANS · FEDAT · FEDEM CEFTRAL Y CETM FRIGORÍFICOS) ASTIC · ANETRA · CEAV · CROEM


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EDITORIAL

Empresas buzón Manuel Pérezcarro Martín Director

Hace más de un año denunciábamos en estas páginas la denominada “rumanización” de las empresas de transporte españolas, una práctica fraudulenta para concurrir en el mercado con ventajas competitivas no desdeñables como salarios más bajos, cotizaciones ridículas, nulo control de la inspección de transportes, etc. Estas malas prácticas acarrean, además, el denominado “dumping social” y para evitar ambas cosas, la Unión Europea aprobó la Directiva 2014/67/UE, cuyo objeto es impedir, evitar y combatir cualquier abuso o cualquier elusión de las normas aplicables por parte de las empresas que sacan un provecho indebido o fraudulento de la libre prestación de servicios transnacionales, exigiendo que la empresa esté auténticamente establecida en el Estado miembro, debiendo analizar su volumen de negocios en ese Estado al objeto de determinar si esa empresa realiza verdaderamente actividades sustantivas y no puramente de gestión interna o administrativas. Esta Directiva ordena a los estados miembros su aplicación, a más tardar, el 18 de junio de 2016. Francia, Alemania, Bélgica o Austria ya lo han hecho. España, a pesar de haberlo solicitado por parte del sector, no lo ha hecho todavía y ya no lo hará en esta legislatura e, imagino, que tampoco será algo urgente para el nuevo gobierno salido de las urnas el próximo 20 de diciembre, por lo que, con suerte, llegaremos al término del plazo para ver traspuesta esta directiva. Mientras tanto, las empresas españolas que tienen constituidas empresas buzón en otros países como Rumanía, Bulgaria o Portugal, aprovechan las circunstancias favorables de la economía para ampliar

EDITORIAL

sus flotas, no con la empresa española, sino con su empresa buzón, hasta el punto de que ya es mayor el número de vehículos y conductores adscritos a sus empresas buzón que a la empresa española. El descaro no tiene límites. Ya ni se molestan en comprar los vehículos en el país de establecimiento de su empresa buzón. Los compran en España y salen del concesionario correspondiente con las placas de matrícula y documentación del Estado donde se encuentra radicada su empresa buzón. El problema de estas prácticas anticompetitivas no era muy grande hace tres años porque no había muchas empresas que realizasen esta acción fraudulenta. Ahora, puede ocurrir como con las “falsas cooperativas de transporte” que, a la vuelta de un año, nos encontremos con un problema de dimensiones colosales que haga caminar hacia la ruina a las empresas que cumplen estrictamente la legalidad, abonan salarios decentes a sus conductores, cotizan a la carísima Seguridad Social española y están permanentemente sometidas a los controles de las inspecciones de Trabajo, Transportes o Hacienda. No se comprende la pasividad de la Administración Española, que incluso, en algún momento ha llegado a defender este tipo de conductas, imagino que confundiendo lo que es la implantación de una empresa española en un país extranjero para desarrollar en el mismo su actividad; lo que se denomina internalización. Si no se actúa ya y de manera contundente, lo que ocurrirá es que, de las empresas decentes, no quedará más que el buzón para recibir las notificaciones de embargo y las reclamaciones por despido.


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FROET Informa El Gobierno ultima un decreto para abaratar las gasolinas en plena campaña

que en julio pasado emitió un duro informe sobre el mercado mayorista de carburantes que denunciaba la poca competencia en el sector, las barreras de entrada a nuevos operadores y el excesivo poder de las tres grandes (Repsol, Cepsa y BP) en toda la cadena de valor al controlar el refino, el transporte, el almacenamiento primario y secundario, así como la distribución.

El Ministerio de Industria y Energía quiere aprovechar el desarrollo normativo de la Ley de Hidrocarburos para introducir medidas más duras y obligar a las compañías petroleras a bajar el precio de los combustibles con más rapidez, recortarles su alto poder de mercado y el control que tienen, gracias a su integración vertical, de todas las actividades del negocio y en las compañías Cores y CLH.

El ministro José Manuel Soria y su equipo trabajan en la redacción del reglamento para poder presentarlo en las próximas semanas. Los cambios normativos aprobados en los últimos años no han servido para traer mayor competencia a un sector controlado por el oligopolio petrolero. Es verdad, tal y como afirma el ministro, que los gasolineros independientes y las estaciones de servicio ligadas a grandes superficies se han hecho su hueco, pero los precios de la mayoría de las gasolineras (en torno al 80 % está en manos de Repsol, Cepsa y BP) siguen sin recoger (ni en velocidad ni en cuantía) las fuertes bajadas de sus referencias internacionales (barril de petróleo y cotizaciones internacionales del gasoil y la gasolina).

Según publica el diario “Voz Pópuli”, fuentes que están al tanto de la iniciativa aseguran que Industria está redactando un reglamento de desarrollo de la Ley de Hidrocarburos, aprobada en mayo, que recogerá estas medidas, atendiendo en parte al diagnóstico del sector realizado por el regulador CNMC,

Límites en módulos, máximo 125.000 € de facturación y 4 vehículos

dicho límite se incremente hasta los 250.000 euros cuando la facturación se realice a particulares. La modificación de la redacción inicialmente prevista se refiere únicamente a los ejercicios fiscales 2016 y 2017, por lo que puede que a partir de 2018 no se podrá acoger al régimen de módulos aquel transportista autónomo que en el año anterior haya facturado más de 75.000 euros anuales.

El pasado 11 de julio, el Real Decreto 633/2015, estableció que, a partir de 2016, sólo podrían acogerse al régimen de módulos aquellos transportistas autónomos que durante el año 2015 su volumen de facturación (sin IVA) no superara los 150.000 euros, salvo cuando el transportista trabajara para otro empresario o para un profesional que actuara como tal, en cuyo caso el límite sería de 75.000 euros.

La aprobación de la enmienda introducida in extremis por el Grupo Parlamentario Popular en el Senado impide la desaparición de facto de los módulos en el sector del transporte por carretera que se preveía para el año que viene.

En un intento por dar satisfacción a las demandas de las asociaciones de autónomos, finalmente el umbral de facturación se ampliará para los transportistas que tributan en módulos pasando de 75.000 a 125.000 € a través de una enmienda que el PP presentó a los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2016 y que fue aprobada el pasado 20 de octubre en el Pleno de la Cámara Baja.

Cuatro vehículos como máximo Además, el límite de exclusión de módulos tiene otra variable que es la del número de vehículos. Con esta reforma el límite de vehículos que hasta ahora estaba en 5, se reduce a 4 como máximo a partir de 2016 para el transporte de mercancías por carretera. Para el transporte de mensajería y el de viajeros el límite será de 5 vehículos.

El incremento del límite de los módulos será una realidad en 2016 y 2017. El texto definitivo contempla además que

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El nuevo sistema de formación profesional obliga a las empresas a renovar el contrato con la entidad organizadora

3. Las entidades formativas deben estar acreditadas Las empresas pueden organizarse por sí mismas la formación o, por el contrario, pueden encomendársela a una entidad externa. En este caso la impartición de la formación se realizará por una entidad formativa acreditada e inscrita. 4. Nuevos límites de financiación Las empresas participarán con sus propios recursos en la financiación de sus trabajadores. Se consideran incluidos en la cofinanciación privada los costes salariales de los trabajadores que reciben formación en la jornada laboral, con los siguientes límites:
a) De 6 a 9 trabajadores: 5 %
b) De 10 a 49 trabajadores: 10 %
c) De 50 a 249 trabajadores: 20 % d) De 250 o más trabajadores: 40 %

A partir de ahora la “formación de demanda” (gestionada por la Fundación Tripartita) pasa a denominarse “Formación Programada para las Empresas”. Tras la publicación en el BOE de la Ley 30/2015, del Sistema de Formación Profesional para el Empleo, se han producido importantes cambios que afectan a la formación de demanda (bonificada), a partir de ahora denominada Formación Programada para las Empresas.

5. Unidad especial para inspeccionar y sancionar

Desde FROET consideramos esencial que nuestras empresas asociadas conozcan algunas de las modificaciones que afectan al funcionamiento de la formación, para que pongan especial cuidado en la gestión de la misma y no incurran en situaciones irregulares o infracciones que puedan ocasionarle sanciones por parte de la Administración. Les recordamos que nuestro Departamento de Formación está a su disposición para resolverles las consultas oportunas que puedan surgir sobre la gestión de la formación. Animamos a nuestras empresas a hacer uso del crédito del que disponen y, a confiar en la Federación, ya que por nuestra larga trayectoria, experiencia y compromiso con nuestros asociados actuamos con responsabilidad en la gestión de la formación.

Cuestiones a tener en cuenta:

Con el fin de garantizar el cumplimiento de la realización de las acciones formativas, éstas serán sometidas a un seguimiento y control efectivo por las administraciones. Para ello, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social contará con una Unidad Especial que desarrollará anualmente un programa de inspección para velar por el cumplimiento de las obligaciones de las empresas, entidades organizadoras y centros de formación, aplicando lo establecido en el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, y modificado por la Ley 30/2015, de 9 de septiembre.

Obligaciones de las empresas 1.

1. Obligatoriedad de renovar el contrato con la entidad externa organizadora El nuevo modelo de gestión obliga a utilizar el contrato de encomienda de organización de la formación suscrito entre empresas y la entidad externa que organiza la formación. Para actualizar dicho contrato, desde Froet nos pondremos en contacto con cada una de las empresas que hayan realizado formación con nosotros. 2. Los cursos deben estar relacionados con la actividad de la empresa Las acciones formativas programadas por las empresas deberán guardar relación con la actividad empresarial. La programación se realizará informando a la Representación Legal de los Trabajadores, a la que se deberá solicitar informe de forma preceptiva.

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Identificar en cuenta separada o epígrafe específico de su contabilidad, bajo la denominación de “Formación Profesional para el Empleo”, todos los gastos de las acciones formativas y permisos individuales de formación. Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control de las administraciones competentes. Custodiar la documentación relacionada con la organización, gestión e impartición de las acciones formativas facilitada por la entidad externa, de acuerdo con los modelos puestos a disposición por la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo. Garantizar la gratuidad de las acciones. Hallarse la empresa al corriente de pago frente Agencia Tributaria y Seguridad Social. Garantizar la veracidad de la información que faciliten a la entidad organizadora para comunicar a la Fundación Tripartita.


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Obligaciones de las entidades organizadoras 1.

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Comunicar el inicio y finalización de las acciones formativas programadas por las empresas ante la Administración a través de los procesos telemáticos implantados por el Servicio Público de Empleo Estatal (incluir en el caso que así se acuerde con la empresa). Asegurar el desarrollo satisfactorio de las acciones formativas. Asegurar las funciones de seguimiento, control y evaluación de las acciones formativas. Asegurar la adecuación de la formación realizada a las necesidades formativas reales de las empresas. Contratar a entidades de formación acreditadas y/o inscritas en el Registro Estatal de Entidades de Formación para la impartición de las acciones formativas, salvo en el caso de tratarse de la misma entidad. Facilitar a cada una de las empresas que suscriba el presente contrato la documentación relacionada con la organización, gestión e impartición de las acciones formativas, así como la información necesaria para la correcta aplicación de las bonificaciones por parte de dichas empresas. Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control que realicen las Administra-

Andalucía dejará de ser la única autonomía que no devuelva el gasóleo profesional Andalucía dejará de ser en breve la única autonomía que aplica el céntimo sanitario y no devuelve esa cantidad a los transportistas. Así al menos lo ha anunciado la presidenta de la Junta, Susana Díaz, quien ha anunciado que la Administración que dirige reintegrará las cantidades que los profesionales de la carretera desembolsen en concepto de tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos. Durante su intervención en una sesión de control a su Gobierno celebrada en el Parlamento andaluz, Díaz ha asegurado que la Junta reembolsará el 100 % del céntimo sanitario a los transportistas, una medida cuyo coste económico ha cifrado en ocho millones de euros.

ciones públicas competentes y los demás órganos de control, asegurándose de su satisfactorio desarrollo. 8. Todas aquellas obligaciones establecidas en la Orden TAS/2307/2007, de 27 de julio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo en materia de formación de demanda y su financiación, relacionadas con la formación programada por las empresas para las que organiza la formación de sus trabajadores. 9. Otras obligaciones que, en su caso, las partes acuerden relacionadas con la planificación de las acciones formativas a realizar, selección de centros de impartición, permisos individuales de formación, programación del calendario de impartición y cualquier otra que contribuya a facilitar el desarrollo de la formación en el empleo. 10. Custodiar el presente contrato manteniéndolo a disposición de los órganos de control competentes, indicados en la normativa vigente así como la restante documentación relacionada con la organización, gestión, e impartición de la formación pueda ser requerida por las administraciones u órganos de control competentes y por la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo.

La organización de transportistas CETM Andalucía-Fatrans, que hace apenas unos días reclamaba a Susana Díaz la devolución de los importes cobrados en concepto de céntimo sanitario, ha valorado positivamente el anuncio de la Junta, aunque, por boca de su presidente, Antonio Amarillo, matiza que sería “deseable” que el reintegro se produjera de manera “retroactiva”. Amarillo ha afirmado sentirse “contento” por la medida adoptada por el Gobierno regional y ha hecho hincapié en que la devolución del céntimo sanitario “es un éxito de un sector unido a través de las diferentes asociaciones, puesto que todos vamos juntos y así algo se consigue, después de muchas presiones en los últimos años”. El presidente de CETM Andalucía-Fatrans afirma que alrededor de 15.600 vehículos de transporte de mercancías andaluces se beneficiarán de la devolución anunciada por Susana Díaz y estima que la cantidad que la Junta debería reembolsar a los transportistas puede ascender a unos 24 millones de euros, el triple de lo que calcula el Gobierno andaluz.

Cabe recordar que desde 2012 la comunidad andaluza aplica el tipo impositivo máximo para el denominado céntimo sanitario, lo que se traduce en un gravamen de 4,8 céntimos de euro por cada litro de carburante repostado en suelo andaluz.

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El Gobierno aumentará a 30.000 euros la cantidad máxima para las deudas con la Hacienda El Gobierno, a instancias del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, se dispone a aprobar una orden por la que la Agencia Tributaria permitirá a los contribuyentes -ya sean particulares o empresas- solicitar aplazamientos o fraccionamientos de deuda de hasta 30.000 euros sin tener para ello que presentar avales o garantías adicionales. Hasta ahora, ese límite se situaba en los 18.000 euros, por lo que el cambio es de una importancia sustancial. La Agencia Tributaria estima que durante los últimos años había recibido en torno a 25.000 solicitudes anuales de aplazamiento o fraccionamiento de deudas de entre 18.000 y 30.000 euros. Para obtener el visto bueno de Hacienda, tenían que aportar avales, hipotecas u otras garantías, asumiendo los costes derivados de la solicitud de los mismos.

IVECO, líder en España de vehículos pesados Iveco mantiene el liderazgo en el mercado español de vehículos industriales de más de 3,5 toneladas al cierre del tercer trimestre del año. El fabricante acumula, entre enero y septiembre, un crecimiento de ventas del 41,2 %, con 6.530 unidades, lo que supone una penetración en el mercado del 21,1 %.

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Más beneficiarios Según datos de la Memoria de la Agencia Tributaria 2014, el mayor número de solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento sigue llegando de particulares o empresas que deben abonar menos de 18.000 euros (casi el 97 %), pero con el nuevo límite, un 66% superior al anterior, el número de beneficiarios se elevará considerablemente. La orden ministerial permitirá que todas las solicitudes de este tipo se vean beneficiadas “con la excepción de las deudas generadas por la falta de ingreso de las retenciones de IRPF, que siguen siendo inaplazables”, matizan desde la Agencia. Tampoco podrán acogerse a esta ventaja las deudas para las cuales el Código Aduanero Comunitario establece una regulación independiente, y obviamente el organismo tributario seguirá aplicando los mismos filtros que hasta ahora a la hora de aprobar una solicitud o, por el contrario, denegarla. En concreto, y para el año 2016, el tipo de interés de demora que rige para aplazamientos y fraccionamientos bajará del 4,375 % al 3,75 %, una reducción de algo más del 14%. Una de las quejas más extendidas entre contribuyentes que demandan aplazamientos era, precisamente, el elevado interés que se exigía para satisfacer esa demanda.

Este mercado está confirmando en 2015 la recuperación que inició a finales del 2013, impulsado por la positiva evolución económica y la mayor disponibilidad crediticia. Si el primer semestre se cerró con un crecimiento de las ventas del 43,7%, en septiembre acumulaba ya una subida del 46 % sobre los nueve primeros meses del año anterior. El volumen de matriculaciones roza ya las 31.000 unidades de vehículos ligeros, medios y pesados.


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La Comisión Europea considera que los estados no pueden sancionar por no llevar el certificado de actividades La Comisión Europea va a emitir una en breve nota interpretativa en relación con la obligatoriedad o no de llevar el certificado de conductor y sobre las posibles sanciones por no llevarlo. Según la nota interpretativa aprobada por la Comisión Europea, “los Estados no deberían imponer el uso de este formulario (o cualquier otro formulario que atestigüe las actividades de los conductores cuando se encuentren fuera del vehículo” y en consecuencia, “no debería penalizarse a los conductores por la ausencia de dicho documento”. El “certificado de actividades” o Leave Letter, es un documento regulado en la Directiva CE 2006/22, en

Se suprime el permiso de conducir de la clase BTP A partir del 1 de enero de 2016, el permiso de conducción de la clase BTP, exigido para taxis, ambulancias y otros vehículos de emergencia y escolares, y sólo existente en España con validez exclusivamente en el territorio nacional, se suprime para adaptarse a las categorías de permisos existentes en el Permiso Único Europeo de Conducción, común en los 28 estados de la Unión. El motivo que justifica su eliminación es que los tipos de vehículos a los que autoriza a conducir la categoría BTP podrán conducirse con otras categorías ya recogidas en el Permiso Único Comunitario, a partir de la entrada en vigor de la modificación reglamentaria. El actual permiso BTP autoriza “a conducir vehículos prioritarios cuando circulen en servicio urgente, vehículos que realicen transporte escolar cuando transporten escolares y vehículos destinados al transporte de viajeros en servicio de tal naturaleza, todos ellos con una masa máxima autorizada no superior a 3.500 kg y su número de asientos, incluido el conductor, no exceda de nueve”.

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cuyo artículo 11 se establece que en ciertas situaciones, cuando el conductor de un vehículo de transporte obligado a llevar tacógrafo se encuentra alejado del vehículo y, en consecuencia, dichos periodos de tiempo no pueden ser registrados en el aparato tacógrafo, debe hacer constar dicha situación en un documento o formulario denominado ‘certificado de actividades’. En ningún caso dicho documento debe utilizarse para acreditar períodos inferiores a una jornada ni tampoco para justificar los descansos diarios ni semanales. El certificado de actividades debe utilizarse para justificarse alguno de los siguientes supuestos: • Haber estado de baja por enfermedad. • Haber estado de vacaciones. • Haber estado de permiso o de descanso. • Haber conducido un vehículo exento de llevar tacógrafo. • Haber efectuado un trabajo distinto del de conducción. • Haber estado disponible. Actualmente, la no cumplimentación del leave letter está sancionada como infracción muy grave ya que lo compara con la ausencia de discos de tacógrafo analógico o información en la tarjeta o tacógrafo digital. La multa es de 1.001 euros.

Los titulares de este permiso podrán seguir conduciendo los vehículos para los que antes se requería el BTP, con independencia de que deban cumplir los requisitos que pudieran establecer las normas sectoriales correspondientes para el desempeño de estos servicios (taxis, ambulancias, policías…), siempre que mantengan en vigor la categoría del permiso de conducción exigida en función del vehículos de que se trate. Asimismo, dichos titulares continuarán con el mismo permiso de conducción, en el que figura la categoría BTP, hasta que les caduque el permiso de la categoría B. Cuando lo renueven, en el nuevo documento ya no figurará la mención BTP. La supresión de esta clase de permiso quedará reflejada en el Reglamento General de Conductores, a través de la publicación en el BOE de un Real Decreto que incluya dicha modificación e incorpore a nuestro ordenamiento la Directiva 2014/85/UE sobre el permiso de conducción y cuya fecha límite para trasponerla es el 31 de diciembre de 2015. Actualmente, dicha supresión está tramitándose. Sólo falta el dictamen del Consejo de Estado y su posterior publicación en el BOE, pero la relevancia que para determinados sectores supone la eliminación de este permiso, requiere de su difusión anticipada.

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Actualidad La IRU acepta la propuesta de ASTIC de aumentar hasta nueve el número de días entre descansos semanales En la reunión del Comité de Liaison de la IRU con la Unión Europea, celebrada el pasado 2 de octubre, la IRU acordó respaldar y promover la propuesta de ASTIC sobre la vuelta a casa, que consiste básicamente en aumentar hasta nueve el número de días entre descansos semanales, compensándolos con un incremento proporcional en la duración del descanso semanal. La medida ha contado con la oposición de los representantes británicos, franceses y alemanes, pero ha sido apoyada por griegos, polacos, checos, austríacos y, de forma especialmente contundente, irlandeses, aparte de por los españoles de ASTIC. De esta forma se ha conseguido superar una postura tímida de la secretaría, que proponía aprobar la propuesta, pero esperar para promoverla activamente a sondar las intenciones de la Comisión y los sindicatos. La propuesta ha sido también presentada, directamente por ASTIC, a la Comisión Europea y a los parlamentarios españoles de la Comisión de Transportes del Parlamento Europeo y ha sido hecha propia por el Gobierno español. Fuente: Astic

Castilla y León suprimirá el céntimo sanitario en 2016 La Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Castilla y León ha trasladado al Consejo de Gobierno el contenido del Anteproyecto de Ley de Medidas Tributarias para 2016, que acompañan los presupuestos de la Comunidad Autónoma para el próximo ejercicio. En el mismo, entre otras cuestiones, se establece la supresión integra del céntimo sanitario, que en este 2015 aún se sitúa en la Comunidad Autónoma en 1,6 céntimos.

ACTUALIDAD

Fueron 12 las comunidades autónomas que hicieron uso de esta posibilidad, la última de ellas Castilla y León en marzo de 2012, aunque actualmente sólo 11 lo tienen implantado, después de que Cantabria lo retirase este 2015. Además, en Madrid se establece actualmente en 1,7 céntimos y en Asturias en 4,0 céntimos, aún por debajo de los 4,8 céntimos máximos permitidos. Según señalan desde la Junta de Castilla y León, al sector transporte ya se le devuelve el 100 % de este impuesto, aunque los transportistas siguen reclamando su supresión integra. Con este Anteproyecto y los planes de Extremadura para reducir también el impuesto, cada vez son más las comunidades autónomas que coinciden en la creencia de que el céntimo sanitario sólo sirve para lastrar las economías de las empresas de su región, como vienen denunciando desde hace años estaciones de servicio y transportistas. Fuente: Cadena de Suministro

Fomento inaugura el último tramo de la A7 El presidente del Gobierno y la ministra de Fomento, Mariano Rajoy y Ana Pastor, respectivamente, han llevado a cabo la inauguración oficial del último tramo de la Autovía A-7, entre las localidades granadinas de Carchuna y Castell del Ferro. Con la puesta en servicio de estos 10 kilómetros se completa la infraestructura de alta capacidad del Corredor Mediterráneo, que conecta Cádiz con la frontera francesa a través de 1.440 kilómetros de autovía. “La apertura de estos 10 nuevos kilómetros de autovía supone una alternativa más rápida, cómoda y segura frente al tránsito por la carretera N-340”, explican desde el Ministerio de Fomento. Y es que, esa carretera convencional, protagonista informativa en los últimos meses, soporta a la altura de las mencionadas localidades granadinas un tráfico de más de 13.500 vehículos diarios, más de 1.600 de los cuales son camiones.


11 El tramo de autovía abierto al tráfico atraviesa los términos municipales de Motril, Lújar y GualchosCastell de Ferro. Cuenta con dos carriles de 3,5 metros por sentido, arcenes exteriores de 2,5 metros e interiores de 1,5 metros. Al discurrir por un terreno especialmente accidentado, las obras han requerido la inversión de casi 165 millones de euros.

España se sitúa por debajo de la media de emisiones de Europa Las emisiones de gases de efecto invernadero en España se han reducido un 7,7 % en 2013 con respecto al ejercicio anterior, con lo que el país se sitúa por debajo de la media en emisiones per cápita y en emisiones-PIB dentro del marco de la Unión Europea. Además, se mantiene de este modo una tendencia descendente iniciada en el año 2008, según han señalado desde el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente tras presentar el informe el ‘Perfil Ambiental de España 2014’, elaborado por el Gobierno anualmente. Los nuevos sistemas cada vez más sostenibles desarrollados por la industria del transporte por carretera están siendo clave en este descenso, debido al peso que este sector tiene en la energía que consume la sociedad y la contaminación atmosférica que produce la misma. Así, sólo en la Comunidad de Madrid, el transporte es responsable del 81% de las emisiones de NOx a la atmósfera, mientras que utiliza un 50,8% de la energía final consumida, razón por la que desde la capital de España se sigue apostando por reducir la contaminación y mejorar la movilidad a través de iniciativas como el ‘Plan Azul+’. Por su parte, Cataluña también premia las iniciativas que apuestan por la movilidad sostenible en el transporte, mientras que Valencia respalda la renovación de flotas de transporte hacia combustibles menos contaminantes. A nivel nacional, cabe destacar que aunque los camiones y furgonetas son responsables de un 80% de las emisiones que se contabilizan en el transporte de mercancías en España, el sector de la logística y el transporte ha reducido sus emisiones un 26,9% entre 2008 y 2012. Fuente: Cadena de Suministro

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El TSJ de Navarra declara nulas las restricciones en la Comunidad Foral El Tribunal Superior de Justicia de Navarra, mediante sendas sentencias dictadas el pasado mes de septiembre, ha resuelto declarar nulas las resoluciones aprobadas por el Gobierno de Navarra en los años 2014 y 2015 por las que se establecían restricciones anuales a la circulación de camiones en la Comunidad Foral, al entender que dichas regulaciones “vulneran el régimen de competencias establecido en el ordenamiento español”. A diferencia de las competencias en materia de regulación del tráfico que ostentan las Comunidades Autónomas de Cataluña y País Vasco, en base a una delegación del Estado mediante los Reales Decretos 3256/1982 y 391/1998 respectivamente, en el caso de Navarra dichas resoluciones fueron dictadas sin tener competencias delegadas, sino basadas en una pretendida competencia recogida en su Estatuto de Autonomía, que atribuye al Gobierno Foral competencias en materia de infraestructuras de carreteras así como a sus competencias históricas en materia de policía de carretera, “pero no de regulación y ordenación del tráfico” como señala expresamente el Tribunal Superior de Navarra. El Gobierno de Navarra no ha tardado en reaccionar a las citadas sentencias y ha acordado presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, al entender que los fallos son “lesivos” para la Comunidad Foral por “no ser conformes” a la delimitación de competencias recogido en la Constitución ni en las Leyes forales de carreteras y de policía.

Los vehículos Euro III y de más de 40 toneladas ya no podrán realizar cabotaje en Francia De acuerdo con el Decreto de 28 de julio de 2014, publicado en el Journal Officiel de 5 de agosto de 2014, la circulación en territorio francés estará prohibida a los siguientes vehículos de más de 40 toneladas que realicen cabotaje: • Vehículos Euro III: desde el 1 de octubre de 2015. • Vehículos Euro IV y V: desde el 1 de octubre de 2018. Los vehículos que realicen transporte internacional con origen, tránsito o destino en el país galo no están afectados por esta normativa.

ACTUALIDAD


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Francia subirá el precio del gasóleo durante cinco años para equipararlo al de la gasolina Después de años de debate el Gobierno francés decidió recientemente eliminar la ventaja fiscal de que goza el combustible diésel en comparación con la gasolina. Para ello, a partir de 2016, la tributación de combustible preferido de los franceses se incrementará en un céntimo por litro, y un nuevo aumento se llevará a cabo en el 2017, mientras que la de la gasolina se reducirá en la misma cantidad durante el mismo período. El Gobierno tiene la intención de poner fin al “tratamiento fiscal favorable” que históricamente tiene el diésel en Francia”, con un IVA más bajo de casi

15 céntimos de euro por litro en comparación con la gasolina. Según Matignon, esta diferencia “induce a una ‘dieselización’ masiva, lo que plantea una preocupación legítima de muchos franceses en cuanto a su impacto en la calidad del aire.” 80 % del combustible Actualmente, el diésel es aproximadamente el 80 % del volumen del combustible vendido en las ciudades francesas y 55,7 % en las compras de automóviles nuevos específicos. Además, el gobierno va a reforzar el plan de ayudas a la compra de vehículos nuevos para retirar de la circulación los vehículos diésel más viejos.


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Entrevista

Para defender nuestros intereses debemos actuar como un ‘lobby’ de presión Manuel Pérezcarro Secretario general de CETM Frigoríficos

Cadena de Suministro: ¿Cómo y por qué se crea CETM Frigoríficos?

El pasado mes de octubre, la revista Cadena de Suministro publicó una entrevista a Manuel Pérezcarro, con motivo de su cargo como secretario general de CETM Frigoríficos. En este número de En Ruta reproducimos la primera parte de dicha entrevista, en la que Pérezcarro apela a la cohesión entre los transportistas para plantear sus reivindicaciones, pues, tal y como afirma el secretario general de FROET, “no existen diferencias insalvables entre las asociaciones para que todas puedan integrase en una misma organización”.

Manuel Pérezcarro: Cuando se creó CETM Frigoríficos, el 11 de diciembre de 2013, ya existía otra organización nacional que defendía los intereses de este sector específico, aunque sólo una pequeña parte de éste estaba representada por dicha organización y que formaba parte de CETM, me refiero, naturalmente, a Atfrie. Cuando ésta abandonó CETM, las empresas de frigoríficos que, aun siendo miembros de CETM a través de Conetrans no pertenecían a Atfrie, demandaban una representación propia de este sector. Fue así cómo surgió CETM Frigoríficos.

ENTREVISTA

En la actualidad, forman parte de CETM Frigoríficos trece asociaciones provinciales con más de 1.600 empresas dedicadas específicamente a esta actividad, con una flota superior a los 9.000 vehículos. Tras las últimas incorporaciones de las asociaciones de Cantabria, Lugo y Navarra esperamos seguir creciendo, pues


15 todavía hay asociaciones importantes que tienen pendiente su incorporación.

CdS: ¿Y de los problemas específicos del transporte frigorífico de mercancías?

CdS: ¿Qué aporta esta confederación al panorama asociativo en el transporte español?

MP: Venimos observando cierta relajación, por no decir otra cosa, sobre el control de los transportistas marroquíes, cada vez más numerosos, por parte de las autoridades españolas. Ello hace que se estén vulnerando normas básicas como el sobredimensionamiento de los depósitos de combustible del semirremolque frigorífico, sobrepasando con creces los 1.500 litros que, como máximo, permite el ADR para un conjunto de vehículos, es decir la capacidad conjunta de los depósitos de la cabeza tractora y el semirremolque frigorífico.

MP: A diferencia de Atfrie, que es una asociación a la que se incorporan directamente las empresas, CETM Frigoríficos agrupa a asociaciones que integran en su seno empresas de transporte frigorífico. Las empresas que ya son miembros de CETM, bien a través de las asociaciones provinciales de Conetrans o de alguna de las demás asociaciones nacionales que conforman CETM, pueden ser miembros de CETM Frigoríficos con una ventaja importante, no tienen que pagar cuota alguna, porque los medios humanos y materiales para la gestión diaria de la confederación los pone CETM. Solo tendrían que pagar cuota de asociación aquellas empresas de transporte frigorífico que, sin pertenecer a CETM, deseasen incorporarse. Otra singularidad de CETM Frigoríficos es que agrupa empresas de transporte frigorífico que transportan cualquier clase de mercancía para la que sea preciso el transporte bajo temperatura dirigida, no sólo productos hortofrutícolas, sino productos perecederos en general, de ahí que tengamos empresas de prácticamente toda la geografía nacional que habitualmente transportan, además de productos hortofrutícolas, carne y pescado fresco, productos lácteos, zumos o productos congelados, alimentos preparados, etc.

CdS: ¿Qué diagnóstico hacen desde CETM Frigoríficos de la situación en la que se encuentra el transporte de mercancías por carretera en Europa? ¿Qué soluciones plantean? MP: Es cierto que existe incertidumbre en el transporte internacional ante la posición de distintos países de la Unión Europea de regular el sector a su conveniencia. Son medidas proteccionistas, que están impidiendo un desarrollo normal de la actividad. Tratan de corregirse con ellas determinados abusos que vienen realizando empresas de países del Este, con costes sociales mucho más bajos y están perjudicando con ello a las empresas españolas y del resto de los países de la Unión, sometiéndolas a controles y trabas burocráticas absolutamente innecesarios. Podemos decir que estamos pagando justos por pecadores. Las medidas disuasorias deben dirigirse contra aquellas empresas concretas que incumplan la Directiva Comunitaria sobre desplazamiento de trabajadores, pero no deben ponerse trabas con carácter general porque esto, a mi juicio, vulnera el Tratado en cuanto a la libre circulación de personas y bienes.

204

“Somos el primer eslabón y el último de la cadena de suministro. Si se rompe esta cadena por un lado o por otro, la economía y el comercio se paralizan inmediatamente” No existe control alguno sobre la vigencia del ATP, permitiendo la circulación de vehículos, sin ATP o con éste caducado. Además, existe una discriminación del transportista español con relación al marroquí, y es que el transportista español, cuando regresa de Marruecos, debe liquidar los impuestos sobre el combustible por la cantidad que exceda de 200 litros en los depósitos, mientras que el marroquí no. En Alemania, sin embargo, son tremendamente estrictos con el cumplimiento de la normativa llevando controles hasta de la altura máxima de los vehículos, inmovilizando los mismos cuando ésta sobrepasa unos pocos centímetros de los cuatro metros autorizados o cuando no se encuentra en condiciones de circular, según el criterio de sus autoridades, aun cuando haya pasado la ITV esa misma semana.

ENTREVISTA


16

CdS: En cuanto al ATP, que regula el transporte de productos perecederos, ¿desde CETM Frigoríficos se plantea alguna adaptación a la realidad española? MP: Creo que sería beneficioso para todos que la obligación del termógrafo se extendiera al transporte de mercancías refrigeradas, no sólo a las congeladas. Ello evitaría cualquier tipo de discusión en cuanto al estado en que se cargó la mercancía o si funcionó correctamente el equipo de frío. CdS: Con la llegada de Ovidio de la Roza a la presidencia de CETM se ha escuchado la necesidad de que las organizaciones y asociaciones del transporte español comiencen a “actuar como lobby” en defensa del sector. ¿Hacen extensible este posicionamiento a CETM Frigoríficos? MP: Las asociaciones de transporte, cualquier asociación, se constituyen para defender los intereses de un sector concreto. Cuando lo hacemos en nuestras relaciones con la Administración, estamos actuando como un lobby de presión. CETM Frigoríficos está actuando, en determinados temas, como un lobby siendo absolutamente necesario puesto que hay otras asociaciones –concesionarios de autopistas o gran distribución- que también actúan como lobbies y sus posiciones perjudican seriamente nuestros intereses, por lo que debemos ser más incisivos. Nos identificamos en este sentido plenamente y en todos los demás, con el discurso de Ovidio de la Roza en la Asamblea General de CETM.

CdS: ¿Qué aspectos de mejora cree que hay en los diferentes ámbitos de representación del transporte español? MP: Siempre se puede mejorar en todo. Quizás, en cuanto a las asociaciones se refiere, haya demasiadas. No existen diferencias insalvables entre unas y otras para que no podamos estar todos juntos, o la mayoría, en una única organización. Se ha demostrado con las últimas actuaciones del Comité Nacional del Transporte en temas como el céntimo sanitario o la modificación de pesos y dimensiones.

rompe esta cadena por un lado o por otro, la economía y el comercio se paralizan inmediatamente. Tampoco la sociedad valora otro tipo de servicios hasta que deja de recibirlos. Por ejemplo, no nos damos cuenta en la vida cotidiana la importancia que tiene la energía eléctrica hasta que sufrimos un apagón. Pero si esto ocurre, lo primero que nos pasa por la cabeza es la puñetera compañía que nos presta el servicio, que encima nos lo cobra bien. Es lamentable que en ocasiones se tenga que reconocer la importancia del sector del transporte ante un “apagón” en la prestación del servicio que, además, daña nuestra imagen, pero, a veces resulta inevitable.

CdS: A punto de finalizar la actual legislatura, ¿qué balance hacen del papel jugado por la Administración y, en particular, por el Ministerio de Fomento en estos últimos cuatro años? MP: En términos generales el Ministerio de Fomento ha tenido una buena actuación con relación al sector. La ministra ha entendido nuestros problemas y ha atendido las demandas esenciales. Entre las cosas que destacaría se encuentra, en primer lugar, la modificación de la LOTT, que contempla aspectos que no iban en el anteproyecto del anterior Gobierno como el referente al ejercicio de la acción directa por el transportista efectivo frente a cualquiera de los intervinientes en la cadena de contratación. En segundo lugar, la negativa del Ministerio a implantar en España la Euroviñeta. En cuanto a cuestiones pendientes que no creo que se aborden ya en esta legislatura, está la publicación del ROTT, herramienta esencial de desarrollo de la Ley de Ordenación del Transporte y que hemos venido reclamando con insistencia.

CdS: La inevitable modificación en la cuestión de pesos y dimensiones, ¿amenaza u oportunidad?

CdS: ¿Cree que el transporte por carretera es valorado como se merece?

MP: No sólo es una amenaza, es un auténtico despropósito. En el proyecto de orden ministerial que recibió para su informe el Comité Nacional en el mes de agosto dando un plazo de 10 días –parece que alguien tiene mucha prisa en este asunto y no somos los transportistas– se contemplan dos modificaciones importantes, la altura de los vehículos que pasaría de 4,00 a 4,50 m de altura y el vehículo euromodular de 25,25 m de longitud y 60 toneladas de MMA.

MP: Creo que la importancia del sector y su valor no se percibe por la sociedad en general. Somos el primer eslabón y el último de la cadena de suministro. Si se

Respecto a la modificación de la altura, ya hemos dado múltiples argumentos para oponernos, como la seguridad al elevar el centro de gravedad del vehículo y el in-

Esto nos daría mayor cohesión y mayor fuerza y respeto a la hora de plantear nuestras reivindicaciones.

ENTREVISTA


17 cremento de la superficie lateral con lo que se aumenta el riesgo de vuelco, o la disminución de la rigidez del vehículo. Los costes, ya que la mayor superficie frontal dispararía los consumos e iría en contra de los criterios marcados por la nueva Directiva comunitaria que preconiza la construcción de vehículos más aerodinámicos y ecológicos, etc.

Además creemos que una modificación de la altura no cumpliría con los requisitos establecidos en la Directiva comunitaria 96/53 CE al afectar significativamente a la competencia internacional, ya que la Directiva solo admite esta posibilidad cuando se trate de vehículos especializados como los porta vehículos, grúas, portacontenedores, etc.

Pero además, en lo que a los camiones frigoríficos se refiere, se perdería competitividad, ya que estos no pueden superar los 4,00 metros de altura y este tipo de vehículos carga el 50% de productos perecederos y el otro 50% de mercancía general, perdiendo oportunidades de carga que tenemos en estos momentos. Esto afectaría también a nuestras exportaciones de productos perecederos, ya que esa falta de competitividad se tendría que trasladar en el precio del transporte de exportación.

Por lo que respecta a los vehículos euromodulares, son excepcionales y la Directiva 96/53/CE, no permite otorgar licencias para este tipo de vehículos, pero permite las exenciones. Por tanto, para apartarse de los requisitos legales y utilizar un vehículo euromodular, una empresa de transportes necesita una exención especial, sujeta a ciertas condiciones. Es decir por el carácter excepcional deben establecerse claramente unas condiciones de uso restrictivas y limitativas.

SUBE Andalucía dejará de ser la única autonomía que no devuelva el gasóleo profesional Así al menos lo ha anunciado la presidenta de la Junta, Susana Díaz, quien ha anunciado que la Administración que dirige reintegrará las cantidades que los profesionales de la carretera desembolsen en concepto de tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos.

BAJA Navarra no puede establecer restricciones El Tribunal Superior de Justicia de Navarra, mediante sendas sentencias dictadas el pasado mes de septiembre, ha resuelto declarar nulas las Resoluciones aprobadas por el Gobierno de Navarra en los años 2014 y 2015 por las que se establecían restricciones anuales a la circulación de camiones en la Comunidad Foral, al entender que dichas regulaciones “vulneran el régimen de competencias establecido en el ordenamiento español”.

204

SUBE Y BAJA


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Novedades legislativas Comentarios a la ley 31/2015 sobre autoempleo y fomento del trabajo autónomo y economía social

Las Cortes Generales aprobaron, el pasado mes de septiembre, la Ley 31/2015, que reforma diversos preceptos e incorpora nuevas disposiciones principalmente dirigidas a los autónomos y a la economía social, entre las que destacan las siguientes: En el ámbito del trabajo autónomo, se introducen nuevos incentivos y bonificaciones en la cotización al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos y se mejoran algunos de los ya existentes, al tiempo que se unifica en un único texto los incentivos al autoempleo para dotar de mayor seguridad jurídica al marco regulatorio vigente. Respecto de los trabajadores autónomos económicamente dependientes, se establece la posibilidad de que, ante determinadas circunstancias que afectan a su actividad profesional y que, en ocasiones, les impide desarrollarla plenamente, puedan contratar un trabajador por cuenta ajena en las situaciones tasadas en la presente norma. Se reconoce a las Empresas de Inserción y de los Centros Especiales de Empleo como entidades prestadoras de Servicios de Interés Económico General, por el que las subvenciones concedidas a estas entidades estén sometidas ahora al Reglamento 360/2012 de la Comisión, de 25 de abril de 2012, pudiendo alcanzar los

NOVEDADES LEGISLATIVAS

500.000 € en un período de tres años cuando hasta la fecha el máximo era de 200.000 € en el mismo periodo de tiempo. Se contempla la posibilidad de reserva en los procedimientos de adjudicación de contratos públicos a las empresas de inserción. Una posibilidad de reserva que ya existía para los Centros Especiales de Empleo, respecto de las personas con discapacidad, y que ahora se amplía para que también las empresas de inserción, esta vez en relación a los colectivos referidos en su normativa reguladora, puedan beneficiarse de la misma, ampliando por tanto el marco regulatorio actual en relación a la protección de los colectivos en riesgo de exclusión laboral. Se recogen medidas destinadas a fomentar el impulso y mantenimiento del autoempleo en su vertiente colectiva, como la ampliación de las posibilidades de capitalización de la prestación por desempleo para la participación en sociedades cooperativas o las ayudas a la contratación para la sustitución de socios de dicho tipo de sociedades.



20

Observatorio de costes 31 de julio de 2015 Vehículo articulado de carga general El mercado del transporte de mercancías por carretera –con un elevadísimo volumen de transacciones anuales y en constante estado de evolución– se caracteriza por una acusada atomización de la oferta y la demanda, lo que origina la falta de transparencia que sería deseable. Por ello surge el Observatorio de Costes, cuyo objetivo es servir de punto de referencia para todas aquellas empresas que, ya sea por su reducido tamaño o por su insuficiente posicionamiento estratégico, encuentran dificultades para establecer los criterios de gestión a seguir para asegurarse una adecuada política comercial.

Costes directos En este apartado se presentan los costes directos, actualizados a 30 de abril de 2015, de los tipos de vehículos estudiados en el Observatorio de Costes. Para cada tipo de vehículo se presenta la estructura de costes directos anuales, las características técnicas y de explotación, y las hipótesis de partida. Los costes del transportista cuando éste aporte únicamente la cabeza tractora (trabajar al enganche) son los de cada tipología descontando todos aquellos que correspondan al semirremolque.

En este sentido, no debe buscarse en el Observatorio la determinación directa del precio de un transporte concreto, puesto que ésta sería el objetivo propio de una tarifa, cosa que este Observatorio no es. El Observatorio de costes pretende proporcionar elementos de juicio fiables a partir de los cuales las partes contratantes puedan acordar libremente el precio que estimen más conveniente y con la certeza de estar haciéndolo sobre bases razonablemente contrastadas.

Vehículo articulado de carga general Costes directos a 31 de julio de 2015 HIPÓTESIS Vehículo articulado de carga general (420 CV, MMA=40.000 kg y carga útil=24.000 kg) Kilómetros anuales recorridos

120.000

100,0 %

Kilómetros anuales en carga

102.000

85,0 %

Kilómetros anuales en vacío

18.000

15,0 %

Nota: estos costes directos corresponden a la media nacional en las condiciones indicadas de explotación de este tipo de vehículo. La personalización de estos costes para cada caso particular se puede realizar con la aplicación informática ACOTRAM (www.fomento.gob.es). Está a disposición de los interesados, en la página Web del Ministerio de Fomento (www.fomento.gob.es), el programa informático de simulación de costes ACOTRAM, desarrollado por la Dirección General de Transporte Terrestre, con el cual se puede calcular la estructura de costes de un vehículo a partir de los datos reales de cada empresa. En la citada página Web siempre se encuentra disponible el último Observatorio de Costes del Transporte de Mercancías por Carretera.

OBSERVATORIO DE COSTES



22

Todos nuestros cursos están subvencionados, o pueden ser bonificados, a través de los créditos de formación de las empresas. Adicionalmente, podemos diseñar planes de formación y cursos adaptados a sus necesidades específicas Más información e inscripción online en: www.froet.es/formacion Impartición: Centro Integrado de Transportes. Edificio FROET. 30169 SAN GINÉS (Murcia) Tel: 968 34 01 00 FAX: 968 81 81 54 // e-mail: froet@froet.es (Excepto aquellos en los que se indica una localización distinta)

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2. Cursos CAP. Formación continua. Mercancías Del 25 al 29 de enero de 2016. De lunes a viernes. Caravaca. Precio 27,43 €+ tasa

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204

FORMACIÓN


24

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Hace 20 años… Boletín informativo FROET Noviembre 1995 Nº 10 A finales de 1995 se constituyó una comisión formada por representantes de las instituciones que participaron en el proyecto del nuevo Centro de Transportes de Murcia (Comunidad Autónoma, Ayuntamiento de Murcia, Ayuntamiento de Alcantarilla, Cámara de Comercio, Instituto de Fomento, SEPES y FROET). La finalidad de esta Comisión fue la de coordinar el proyecto y la solicitud de ayudas de financiación a los Fondos Europeos.


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Evolución de carburantes

Precio medio del carburante en el mes de octubre GASÓLEO

GASOLINA 95

Gasolina de protección

Precio asociados

Precio asociados

0,986 € P.V.P.

1,046 € 1,086 € P.V.P.

1,064 € 1,066 €

1,157 € 1,159 €

0,946 € Precio España Precio Murcia FROET - Andamur

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La Junquera

Pamplona

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Gasóleo

Gasolina sin plomo

Sin impuesto

España Alemania Austria Bélgica Bulgaria Chequia Croacia Dinamarca Eslovaquia Eslovenia Finlandia Francia Grecia Holanda Hungría Irlanda Italia Polonia Portugal R. Unido Rumanía Suecia MEDIA

Con impuesto

53.2 108.9 50.6 116.2 50.4 109.7 50.6 113.1 65.3 118 55.8 116.5 52.7 116.4 58.2 125.1 53.5 112.9 48.9 117.5 56.5 131.9 46.5 113.5 62.4 118.5 50.5 120.4 54 114.2 54.2 128.1 53.2 140.2 52.7 107.8 56.4 118.8 51.4 159.3 52.4 118.2 58.2 136.5 51.8 122.4

Sin impuesto

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Precios AGOSTO 2015 (Expresado en Ctms. euro/litro)

56.3 124 59.5 144.2 54.5 124.6 53.8 139.5 61.6 117.5 53.1 121.7 53.5 130.7 61.9 153.9 56.2 135.9 53.4 132.8 58.4 153.3 52.8 139 56.2 152.9 55.2 160.4 55 119.5 55.4 142.9 56.1 157.3 55.7 117.6 59.4 149 53.2 161.4 52.7 122.4 54.7 142.5 55.3 144.8 Fuente: Ministerio de Industria y Energía

Medidas mensuales del gasóleo en España 140 130 120 110 100 90 80 70 60 50

132,3

132,1

128,2

Con impuesto

Con impuesto

125,3 114,9

113,8

116,8

117,5

120,3

59,8

60,3

62,6

Sin impuesto

118,5

115

61,2

58,2

107,2

72,2

72,1

68,9

66,4

57,9

57,3

51,6

108,9

53,2

AGO SEP OCT NOV DIC ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO 2014 2015

Medidas anuales del gasóleo en España 150 135 120 105 90 75 60 45 30 15

136,54 127,35

114,14 75,8

35,6

89,9

95,7

96,96

52,1

52,45

130,31

114,75

90,83 67,27

47,5

135,9

107,53

45,70

57,68

72,54

78,54

75,31

70,49

58,02

2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015

EVOLUCIÓN DE CARBURANTES


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Evolución del Crudo Brent Media anual

(Expresado en $/barril)

2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 130 120 110 100 90 80 70 60 50 40 30 20 10 0

113,93

110,37

109,59 99,38

81,13 64,01 56,6

Media mensual MES ENERO

2008

2009

2010

2011

2012

2013

2014

2015

90,78

50,04

78,24

96,36

111,41

113,93

109,2

49,78

FEBRERO

94,26 46.62 75,87 104,59 120,59 117,38 109,99 58,81

MARZO

102,05 52.29 80,76 114,25 120,94 109,64 108,27 56,95

ABRIL

109,9 53.61 87,10 122,13 120,63 103,39 108,21 61,10

MAYO

124,75 58.22 78,89 113,36 110,92 103,03 110,20 65,68

JUNIO

134,96 70,68 76,76 114,67 95,64 103,15 112.15 63,71

JULIO

136,29 66,94 76,18 115,76 103,11 108,58 106,72 56,79

AGOSTO

117,61 74,30 78,08 109,42 114,10 112,93 101,50 48,14

SEPTIEMBRE

102,9 66,17 78,94 107,59 113,15 113,62 97,01 48,50

OCTUBRE

74,64 74.73 84,14 106,23 112,37 109,85 87,50

NOVIEMBRE

52.97 77,89 86,54 111,34 110,14 108,18 79,27

DICIEMBRE

45,98 76.68 92,05 108,81 110,79 111,39 62,54 Fuente: Cinco Días

Evolución de empresas y autorizaciones Vehículos de servicio público: mercancías y viajeros (septiembre 2015) COMUNIDADES

MDP-N

LIGEROS

Empresas transportistas servicio público (septiembre 2015) V.D.

JUL.AG.15 SEP.15 Dif. % JUL.AG.15 SEP.15 Dif. % JUL.AG.15 SEP.15 Dif. % ANDALUCÍA 33.677 33.892 0,64 8.000 8.049 0,61 4.858 4.899 0,84 ARAGON 9.944 9.971 0,27 2.041 2.068 1,32 896 898 0,22 ASTURIAS 4.844 4.858 0,29 1.445 1.456 0,76 893 899 0,67 BALEARES 3.945 3.935 -0,25 1.244 1.251 0,56 1.968 1.968 0,00 CANARIAS 297 297 0,00 817 821 0,49 3.210 3.220 0,31 CANTABRIA 4.110 4.134 0,58 768 779 1,43 522 523 0,19 CASTILLA Y LEÓN 16.886 16.975 0,53 3.161 3.170 0,28 2.404 2.414 0,42 CASTILLA LA MANCHA 15.917 15.982 0,41 3.127 3.135 0,26 1.413 1.432 1,34 CATALUÑA 29.881 30.123 0,81 10.963 11.074 1,01 5.290 5.322 0,60 CEUTA 112 112 0,00 30 30 0,00 17 17 0,00 EXTREMADURA 5.164 5.196 0,62 1.404 1.421 1,21 926 948 2,38 GALICIA 14.761 14.811 0,34 2.951 2.998 1,59 3.703 3.732 0,78 LA RIOJA 1.914 1.935 1,10 321 323 0,62 175 173 -1,14 MADRID 14.997 15.048 0,34 10.377 10.487 1,06 6.323 6.308 -0,24 MELILLA 57 56 -1,75 34 34 0,00 10 10 0,00 MURCIA 12.591 12.636 0,36 1.651 1.667 0,97 1.332 1.344 0,90 NAVARRA 4.323 4.344 0,49 1.007 1.021 1,39 521 522 0,19 PAIS VASCO 9.818 9.854 0,37 3.558 3.587 0,82 2.362 2.368 0,25 VALENCIA 25.435 25.504 0,27 5.551 5.582 0,56 2.746 2.765 0,69

COMUNIDADES PESADOS LIGEROS VIAJEROS ANDALUCÍA ARAGON ASTURIAS BALEARES CANARIAS CANTABRIA CASTILLA Y LEÓN CASTILLA LA MANCHA CATALUÑA CEUTA EXTREMADURA GALICIA LA RIOJA MADRID MELILLA MURCIA NAVARRA PAIS VASCO VALENCIA

JUL.AG. SEP.15 Dif. % JUL-AG..15 SEP.15 Dif. % JUL,AG.15 SEP.15 Dif. % 10.023 10.034 0,11 4.213 4.230 0,40 569 577 1,41 2.179 2.177 -0,09 1.231 1.250 1,54 72 71 -1,39 2.028 2.032 0,20 967 970 0,31 87 87 0,00 862 860 -0,23 681 688 1,03 107 107 0,00 2.026 2.025 -0,05 2.085 2.088 0,14 322 322 0,00 1.280 1.280 0,00 460 463 0,65 43 43 0,00 5.358 5.358 0,00 1.818 1.825 0,39 234 234 0,00 5.142 5.138 -0,08 1.777 1.786 0,51 207 208 0,48 8.936 8.954 0,20 7.397 7.481 1,14 421 417 -0,95 21 21 0,00 17 17 0,00 2 2 0,00 1.883 1.886 0,16 708 711 0,42 129 132 2,33 4.461 4.460 -0,02 2.395 2.413 0,75 307 306 -0,33 515 515 0,00 198 198 0,00 11 11 0,00 3.503 3.502 -0,03 5.750 5.788 0,66 360 360 0,00 15 15 0,00 24 24 0,00 1 1 0,00 2.770 2.772 0,07 843 842 -0,12 95 97 2,11 1.628 1.628 0,00 777 785 1,03 42 42 0,00 3.760 3.759 -0,03 2.531 2.542 0,43 205 204 -0,49 5.157 5.171 0,27 3.395 3.417 0,65 225 225 0,00

Fuente: Ministerio de Fomento

204

EVOLUCIÓN DE CARBURANTES


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Archivo Índice de legislación BOE nº 243 de 10/10/2015 Real Decreto 899/2015, de 9 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. BOE nº 243 de 10/10/2015 Real Decreto 901/2015, de 9 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 843/2011, de 17 de junio, por el que se establecen los criterios básicos sobre la organización de recursos para desarrollar la actividad sanitaria de los servicios de prevención.

BOE nº de 23/09/2015 Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación. BORM nº 208 de 09/09/2015 Resolución de la Dirección General de Centros Educativos, de 28 de agosto de 2015, por la que se dictan instrucciones sobre el funcionamiento del servicio de transporte escolar durante el curso 2015-2016.

Comunicados Nº 199 de 29/09/2015. Reforma del Sistema de Formación Profesional. Nº 200 de 30/09/2015. FRANCIA: Los vehículos Euro III y DE MÁS de 40 Toneladas no podrán realizar cabotaje. Nº 205 de 09/10/2015. Matricula tus vehículos más barato en FROET. Nº 207 de 15/10/2015. Comité Ejecutivo de FROET 21 de octubre. Nº 208 de 16/10/2015. Oferta Llave+ E-Lector de regalo 225 €. Nº 210 de 19/10/2015. Asóciate a UTM. Nº 193 de 14/09/2015. El transporte por carretera excluido de “módulos” a partir de 2016, cuando se superen los 75.000 euros anuales de facturación. Nº 194 de 16/09/2015. El Comité Nacional rechaza los 4,5 m. de altura, pero acepta el “megatrailer” para pruebas piloto.

Nº 195 de 17/09/2015. Austria también establece el salario mínimo para operaciones de cabotaje. Nº 196 de 22/09/2015. Comentarios Ley 31/2015 sobre autoempleo y fomento del trabajo autónomo y de la economía social. Nº 189 de 08/09/2015. Céntimo sanitario: Aquellas empresas que contaran, a 31 de diciembre de 2012, con estación de servicio o unidad de suministro de venta al público, pueden presentar la solicitud de devolución de las cantidades ingresadas en la autoliquidación correspondiente a las existencias finales a 31-12-2012 (modelo 569 4º trimestre 2012). Nº 190 de 09/09/2015. Instrucciones sobre el funcionamiento del servicio de transporte escolar durante el curso 2015-2016.

Bienvenida a los nuevos asociados Durante el pasado mes de septiembre se han incorporado a la Federación 10 nuevos transportistas autónomos y sociedades, que en su totalidad tienen como actividad principal el transporte de mercancías por carretera. A todos ellos les damos la bienvenida a FROET.

TRANS PALAZÓN DE MOLINA S.L DISMUYEC S.L SANTIAGO ROBLES HERNÁNDEZ INTERBOJAS E HIJOS, S.L. TRANSPROMIR S.L.L

ARCHIVO

TRAVEMUR S.C.L HERMANOS MIÑANO CASCALES S.L JOSÉ ANTONIO MARTINEZ MATEO DESARROLLOS BARRANCO DEL PINTO S.L TRANSPORTES ESPECIALES ALPHA S.L


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Te interesa El Dato Evolución mensual de los precios de consumo En septiembre la tasa de variación mensual del IPC general es del –0,3%. Los grupos con repercusión negativa en el índice general son: • Transporte, cuya variación del –1,3%, que repercute –0,208, refleja la disminución de los precios de los carburantes y lubricantes. • Ocio y cultura, con una tasa del –2,4% debida, en su mayoría, al descenso de los precios del viaje organizado. La repercusión de este grupo en el IPC es de –0,174. • Vivienda, con una variación del –1,2% y una repercusión de –0,149, consecuencia de la bajada de los precios de la electricidad y, en menor medida, del gasóleo para calefacción y del gas. • Hoteles, cafés y restaurantes, cuya tasa del –1,1% repercute –0,134 y muestra el descenso de los precios de los hoteles y otros alojamientos. Por su parte, entre los grupos con repercusión positiva en el índice general destacan: • Vestido y calzado, con una tasa del 5,0%, que refleja el comportamiento de los precios tras la finalización del periodo de rebajas y el inicio de

IPC SEPTIEMBRE 2015 •

la temporada de invierno. Este grupo repercute 0,319 en el IPC general. Alimentos y bebidas no alcohólicas, que registra una variación del 0,1% y una repercusión de 0,014, a consecuencia, principalmente, del aumento de los precios de las legumbres y hortalizas frescas y los aceites. Cabe reseñar también en este grupo, aunque en sentido contrario, la bajada de los precios de las frutas frescas.

TABLA DE INFLACIÓN Mes

Año 2011

Año 2012 Año 2013 Año 2014

Año 2015

ENERO

-0,7 %

-1,1 %

-1,3 %

-1,4 %

FEBRERO

-0,6 %

-1,0 %

-1,1 %

-1,4 %

-1,6 % -1,4 %

MARZO

0,2 %

-0,3 %

-0,8 %

-1,2 %

-0,8 %

ABRIL

1,4 %

1,1 %

-0,4 %

-0,3 %

0,1 %

MAYO

1,4 %

0,9%

-0,2 %

-0,2 %

0,6 %

JUNIO

1,2 %

0,7 %

-0,1 %

-0,2 %

0,9 %

JULIO

0,7 %

0,5 %

-0,6 %

-1,2 %

-0,1 %

AGOSTO

0,8 %

1,1 %

-0,3 %

-1,1 %

-0,4 %

SEPTIEMBRE 1,0 %

2,1 %

-0,4%

-0,9 %

-0,7 %

OCTUBRE

1,8 %

2,9 %

0 %

-0,4 %

NOVIEMBRE

2,3 %

2,8 %

0,2 %

-0,5 %

DICIEMBRE

2,4 %

2,9 %

0,3 %

-1 %

Recuerda Instrucciones escritas ADR 2015 Desde el 1 de julio están en vigor las nuevas “instrucciones escritas” para el transporte de mercancías peligrosas o ADR. Dichas instrucciones deben imprimirse en color e ir en la cabina del camión al alcance de la mano del conductor. Aconsejamos retirar las instrucciones antiguas, ya que puede dar lugar a errores. Pueden descargarlas en: http://www.froet.es/wp-content/uploads/Instrucciones_ADR_esp_15.pdf

Visados transporte de viajeros. Octubre-noviembre 2015 En noviembre de 2015 deben tramitarse la renovación o visado de las autorizaciones de viajeros para todas aquellas empresas cuyo NIF o CIF termine en 0. En diciembre no se realizarán visados. La tramitación de los visados pueden realizarla a través de nuestro Departamento de Gestión. Los precios aplicables para el ejercicio 2015 (IVA y tasas incluidas) son los siguientes:

204

Visado viajeros Tasa visado empresa: 54,54 €+Gastos Gestión 9,68 € = 64,22 € Por cada tarjeta: 54,54 €+Gastos Gestión 9,68 € = 64,22 € Para hacer el cálculo de las tasas, se debe multiplicar el precio de la tasa por el nº de tarjetas más una del visado de empresa.

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Gasóleo profesional: comunicación de las nuevas altas y bajas Para beneficiarse desde el primer momento de la devolución del gasóleo profesional de sus nuevos vehículos matriculados, debe comunicarnos explícitamente que desea que le tramitemos el alta como beneficiario de esos nuevos vehículos, bien a nuestro Departamento de Gestión en el momento de realizar el trámite de matriculación o transferencia a través de nuestro Departamento de Información y Documentación.

Recordamos también que es importante comunicar las bajas en el censo de gasóleo profesional de los vehículos que han sido transferidos a terceros o bien se han dado de baja definitiva.

Renovación de licencias comunitarias de transporte internacional de mercancías por carretera Recordamos que las empresas titulares de licencias comunitarias que deseen renovarlas antes de que expire su vigencia deberán presentar su solicitud dentro de los dos meses anteriores al plazo de vencimiento.

Para la tramitación de dicha renovación pueden ponerse en contacto con nuestro departamento de Gestión en el 968 340 100 Ext. 1

DEMANDANTES DE EMPLEO Servicio gestionado por PERSON Consultoría y Desarrollo Interesados consultar información en www.bolsaempleo.info

OFERTAS Servicio gestionado por PERSON Consultoría y Desarrollo Interesados consultar información completa en www.bolsaempleo.info Conductor de vehículos frigoríficos (Ref 124): persona responsable y con capacidad para la conducción de tráiler frigoríficos, disponibilidad para viajar total.

nal, con idiomas para internacional, sin experiencia para iniciar un período de formación, y con experiencia, para asumir la responsabilidad de liderar el equipo.

Conductor (Ref 125): transporte nacional.

Conductor (Ref 128): conductor autónomo para reparto/ recogidas ámbito regional. Necesario CAP, vehículo propio (desde 3.500 hasta 13.000 mma). Se valorará la antigüedad del vehículo.

Conductor de tráiler (Ref 126): autónomos para incorporarse como socios cooperativistas a la agencia de transporte, con o sin vehículo. Disponibilidad para viajar total.

Conductor tráiler (Ref 129): se necesita conductor para tráiler con experiencia mínima de 2 años para transporte de mercancías internacional.

Gestor de tráfico nacional/internacional (Ref 127): conocimientos del sector del transporte y la logística. Se necesita cubrir varios puestos, perfiles sin idiomas para tráfico nacio-

OPORTUNIDAD DE NEGOCIO • Empresa de transporte internacional busca autónomos para hacer internacional al enganche. Ruta fija, trabajo todo el año. Garantizamos retornos. Cobro semanal

• Se vende empresa de transporte de viajeros por carretera con 4 tarjetas y un vehículo marca Volvo. Precio a negociar. Interesados 968 82 12 10 (Luis Galindo)

• Se precisan autónomos (o pequeñas empresas) con tractoras en condiciones, disponibilidad y seriedad. Interesados: 639 62 11 36 (Eugenia)

• Se vende semirremolque Leciñena con 18 años (año 97). Carrocería y piso en muy buenas condiciones. Precio 5.000 € negociables. Para cualquier consulta llamar o enviar e-mail Pilar (pili_86b@hotmail.com) 625 497 792

• Se precisa conductor autónomo para reparto/recogidas ámbito regional de Murcia. Se requiere capacitación profesional, vehículo propio hasta 13 toneladas y experiencia en el sector. Referencia: Dpto. Tráfico 968 835 574

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Días festivos A efectos de restricciones a la circulación

Ya han sido publicadas la mayoría de restricciones de circulación para 2015. Puede acceder a las mismas través de nuestra página web http://www.froet.es/sala-de-prensa/hemeroteca/archivo/ En el caso de España, se publican por separado las de Cataluña, Navarra y País Vasco. La web de la Dirección General de Tráfico informa en tiempo real de las restricciones y demás retenciones no genéricas. http://www.dgt.es/es/el-trafico/restricciones/

ESPAÑA Noviembre

2 Lunes siguiente a Todos los Santos (excepto en Castilla - La Mancha, Cataluña, Valencia, Madrid, Murcia, Navarra, País Vasco, La Rioja y Melilla)

Diciembre

7 Lunes siguiente a la Constitución. (Excepto Cantabria, Cataluña, Galicia, Madrid, Navarra y País Vasco) 8 Martes, inmaculada Concepción 25 viernes, Navidad 26 sábado, San Esteban (Cataluña)

EUROPA Alemania

1 de noviembre (sólo en Baden-Wurtemberg, Bavaria, North-Rhine Westphalia, Rhineland-Palatinate y Saar) 25 y 26 de diciembre-Navidad

Austria

1 de noviembre 25 de diciembre 26 de diciembre

Bulgaria

1 de noviembre 24 de diciembre 25 de diciembre 26 de diciembre 31 de diciembre

Eslovaquia

1 de noviembre 17 de noviembre 24 de diciembre 25 de diciembre 26 de diciembre

Eslovenia

1 de noviembre 25 de diciembre 26 de diciembre

Francia

Polonia

1 de noviembre 11 de noviembre Día de la Independencia 25 y 26 de diciembre Navidad

01 de noviembre Día de Todos los Santos * 11 armisticio de noviembre de 1918 25 de diciembre Día de Navidad

Portugal

Hungría

17 de noviembre 24 de diciembre 25 de diciembre 26 de diciembre

1 de noviembre 25 y 26 de diciembre

Italia

Desde las 8:00 hasta las 22:00 del 8 de diciembre Desde las 8:00 hasta las 22:00 del 25 y 26 de diciembre

Luxemburgo

8 de diciembre 25 de diciembre – Navidad

República Checa

Rumanía

30 de noviembre de Saint Andrei 25 de diciembre Navidad Día 26 de diciembre de San Esteban

1 de noviembre 25 de diciembre 26 de diciembre

En los siguientes países, el tráfico internacional de vehículos pesados no está sometido a ninguna prohibición de circulación durante los fines de semana y días festivos: Albania, Armenia, Azerbayán, Bélgica, Bielorrusia, Bosnia-Herzegovina, Chipre, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Georgia, Holanda, Irán, Irlanda, Kazajistán, Kirguistán, Kuwait, Letonia, Lituania, Macedonia(Fyrom), Moldavia, Montenegro, Noruega, Uzbequistán, Países Bajos, Rusia, Serbia, Suecia, Tayiquistán, Turkmenistán, Turquía, Ucrania.

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