FROET | enRuta 203, Octubre 2015

Page 1

I N FOR M AT I VO M E N SUAL D E F RO E T

203

OCT U B R E 2015

“La modificación de pesos y dimensiones supone un paso atrás en seguridad“ FROET realiza alegaciones contra la propuesta de la DGT de modificación de los pesos y dimensiones El Comité Nacional rechaza los 4,5 metros de altura, pero acepta el “megatrailer” como prueba piloto



203 O C TU B R E 2 0 1 5 AÑ O 1 9

Consejo de Dirección: Pedro Díaz Martínez Francisco José López Martínez José Ramón García Arcelay Juan Jesús Martínez Sánchez Francisco Guerrero Giménez Eduardo Pardo Andrés Antonio Ríos Riquelme Francisco González Morcillo Martín Blas González Director: Manuel Pérezcarro Martín Redactora: Ana Martínez Documentación: Pedro Luis Sánchez Mellado Diseño: Publicidad líquida Depósito Legal: MU-521-97

FROET es miembro de: CETM (CONETRANS · FEDAT · FEDEM CEFTRAL Y CETM FRIGORÍFICOS) ASTIC · ANETRA · CEAV · CROEM

EDITORIAL. “El desmadre”

04

FROET INFORMA

05

ACTUALIDAD

12

NOVEDADES LEGISLATIVAS

16

OBSERVATORIO DE COSTES

18

FORMACIÓN

20

EVOLUCIÓN DE CARBURANTES

22

ARCHIVO

24

TE INTERESA

25


04

EDITORIAL

El desmadre

Manuel Pérezcarro Martín Director

Este verano, especialmente caluroso, parece haber sentado mal a algunos, que se han visto afectados en su capacidad de raciocinio. Y si no es así, díganme ustedes a qué se deben los siguientes hechos: Con fecha 4 de agosto de 2015, el Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible remite a las asociaciones del sector un oficio adjuntándoles el Proyecto de la Orden por la que se modifica el Anexo IX del Reglamento General de Vehículos, en materia de pesos y dimensiones, y se les concede un plazo de 10 días para que se formulen observaciones al mismo. Vamos a ver, llevamos dos años hablando de este asunto. Se han elaborado, por la Dirección General de Tráfico, varios proyectos de orden, rechazados por el sector por adolecer de serios defectos y por no estar de acuerdo con algo que perjudica seriamente a los transportistas, y en pleno mes de agosto, inhábil de facto para la mayoría de los departamentos de la Administración, y cuando la gran parte de los españoles aprovecha para tomarse unos días de vacaciones, se descuelgan con un asunto de vital importancia y además con prisas. No me extraña la contestación que recibieron por parte del Comité Nacional, informando, por si acaso, negativamente y comunicando que el Pleno del mismo no podría reunirse para tratar el asunto hasta el 15 de septiembre. Menos mal que todavía queda alguien en el Ministerio de Fomento con cabeza y se concedió el tiempo necesario al Comité para formular las observaciones. Primera en la frente. Con fecha 7 de julio, el Secretario General de Infraestructuras del Ministerio de Fomento convoca a las

EDITORIAL

asociaciones de vehículos pesados del Comité Nacional a una reunión –a celebrar el 15 de septiembre en la mañana– con el fin de analizar los resultados de la prueba del desvío voluntario de camiones por algunos tramos de autopistas de peaje, cuestión también de relevancia para el sector. Pues bien, el Señor Secretario General suspende –la tarde antes y sin explicación alguna– la reunión. Como consecuencia de ello, el presidente del Comité Nacional le envió una carta denunciando el trato descortés y desconsiderado recibido y demandándole los datos prometidos. Pues bien, ni disculpas ni datos. Segunda en la frente. Por último, y tras años denunciando la anormalidad que supone el sistema de módulos y habiendo llegado a un consenso mayoritario en el sector, el 11 de julio se publica el Real Decreto 633/2015, por el que se establece que, a partir de 2016, sólo podrán acogerse al régimen de módulos aquellos transportistas autónomos que durante el año 2015 su volumen de facturación (sin IVA) no superara los 150.000 euros, salvo cuando el transportista trabajara para otro empresario o para un profesional que actuara como tal, en cuyo caso el límite sería de 75.000 euros. Sin embargo, diferentes medios de comunicación han difundido recientemente que el Partido Popular ha tramitado una enmienda a la Ley de Presupuestos Generales de 2016, que permitiría aumentar estas cuantías hasta los 250.000 y 125.000 euros respectivamente. Tercera y última, de momento. Como decía, el tórrido verano que hemos padecido ha licuado la sesera a más de uno.


05

FROET Informa El Comité Nacional rechaza los 4,5 metros de altura, pero acepta el ‘megatrailer’ como prueba piloto La Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) y el resto de organizaciones del Comité Nacional de Transporte por Carretera (CNTC) se reunieron el pasado 14 de septiembre para analizar, entre otros asuntos, el proyecto de modificación del Anexo IX del Reglamento General de Vehículos, por el que se pretende aumentar las dimensiones y las capacidades de carga máximas de los vehículos de transporte, alcanzando los siguientes acuerdos: •

Rechazar la propuesta de ampliar hasta 4’50 metros la altura máxima de los vehículos, en base al riesgo que representa para la seguridad vial al incrementarse significativamente la posibilidad de vuelco, debido al aumento de la superficie de resistencia al viento y al desplazamiento del centro de gravedad de los vehículos, tal y como han expuesto públicamente diversos técnicos cualificados. Para retomar la posible puesta en marcha de esta medida, el CNTC requerirá que un organismo público contrastado certifique que este tipo de vehículos no suponen un riesgo para dicha seguridad vial.

Por otro lado, en el hipotético caso de su entrada en vigor, se exigiría una compensación económica por los costes necesarios para modificar y reacondicionar los muelles de carga a las nuevas dimensiones. En este sentido, según un estudio realizado por la Asociación de Centros de Transporte de España (ACTE), la cantidad correspondiente solo a sus empresas asociadas sería de 1.500 millones de euros. Rechazar también el aumento de la longitud de los vehículos articulados hasta un total de 20’55 metros, por suponer un incremento injustificado de la oferta de transporte y requerir de cuantiosas inversiones en la compra de nuevos equipos. Aceptar la puesta en marcha de pruebas piloto con el ‘megatrailer’ de 25’25 metros de longitud y 60 toneladas de MMA, siempre y cuando exista una definición detallada y acordada con el CNTC de las condiciones previas que serán necesarias para el otorgamiento de estas autorizaciones experimentales.

Finalmente, la CETM quiere recordar que cualquier cambio de la normativa de pesos y dimensiones debe incluir una armonización de las mismas a nivel europeo, al tiempo que se debe abrir un debate sobre otros asuntos de importancia para el sector del transporte como los plazos máximos de pago, la reducción de las restricciones al tráfico, y cualquier otro asunto que represente ineficiencias que reduzcan la productividad de nuestras empresas. Para ello, el sector del transporte está dispuesto a abrir una mesa de negociación y debate con las otras partes implicadas (Administración y organizaciones de cargadores) para tratar en profundidad y de manera conjunta estos asuntos.

Pedro Díaz, nuevo presidente de Undemur

así como la directora del Instituto de Crédito Oficial, Pilar Valero.

El pasado 28 de julio, Pedro Díaz Martínez, presidente de FROET, fue elegido nuevo presidente de Undemur. Díaz sustituye en el cargo a Miguel Lloret, que ha presidido durante doce años la sociedad de garantía recíproca dedicada a avalar a las empresas con mayores dificultades para financiarse.

Undemur, integrada en la actualidad por 4.020 socios, fue creada en 1982 y ha concedido desde entonces avales por importe de 900 millones de euros, 825 en los últimos 18 años, y tiene avalado en este momento un crédito vivo de 120 millones.

También se incorporaron al Consejo de Administración de dicha sociedad, Daniel Mazón Sánchez, nuevo secretario general de la Consejería de Desarrollo Económico, y Javier Celdrán Lorente, director general del Instituto de Fomento,

203

FROET INFORMA


06

FROET realiza alegaciones contra a la propuesta de la DGT de modificación de pesos y dimensiones FROET ha realizado las siguientes alegaciones en contra del proyecto de la Orden Ministerial, con fecha de 4 de agosto de 2015, por el que se modifica el anexo IX del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real 2822/1998, de 23 de diciembre.

Defecto jerárquico de la norma que desarrolla la modificación del reglamento Entendemos que la modificación del anexo IX, si bien está autorizado por la Disposición Final Cuarta para realizarlo a través de Orden Ministerial y especialmente este anexo ( con la conformidad del Ministro de Fomento), el Proyecto de Orden que tratamos contiene materia que es objeto de regulación en el propio Reglamento General de Vehículos, sin facultades de desarrollo por orden ministerial. Así, a modo de ejemplo, nos referimos a su artículo 9.2, donde se establece como norma general que ningún vehículo tractor podrá arrastrar a la vez más de un remolque o semirremolque, a no ser que reglamentariamente así se permita. Pues bien, en el proyecto de orden a la que formulamos alegaciones, se desarrolla un concepto de vehículo bajo la denominación de “configuración euro modular”, de acuerdo con la Directiva 96/53 CE, que puede alterar la prohibición mencionada. Por ello, entendemos, no sólo insuficiente la modificación que se quiere realizar a través de la Orden Ministerial, sino incluso también de Reglamento, por la remisión apuntada a la Directiva europea en la consideración expuesta.

4,50 metros de altura La Directiva 96/53/CE, modificada por la Directiva 2002/7/CE y la Directiva (UE) 2015/719, establece (en su artículo 4 apartado 2), la posibilidad de que los Estados miembros autoricen la circulación en su territorio de vehículos o conjunto de vehículos para el transporte nacional de mercancías que no se ajusten a las características indicadas en los puntos 1.3, 2, 3, 4.1 y 4.3 del Anexo I. El Anexo I, apartado 1, se refiere a las “dimensiones máximas autorizadas de los vehículos” y, en concreto, el punto 1.3 antes aludido establece la altura máxima (todo vehículo), que se fija en 4,00 metros. No obstante, el apartado 3 del artículo 4 del precitado texto legal dice textualmente que “se admitirá que circulen los vehículos o conjunto de vehículos que superen las dimensiones máximas, únicamente previa concesión de autorizaciones especiales expedidas sin discrimina-

FROET INFORMA

ción por las autoridades competentes o con arreglo a modalidades no discriminatorias acordadas en cada caso con dichas autoridades, siempre que dichos vehículos o conjunto de vehículos transporten o estén destinados a transportar cargas indivisibles.” Por lo tanto, se ha de entender que para que un Estado pueda permitir la circulación en su territorio de vehículos o conjunto de vehículos que sobrepasen la altura máxima de 4,00 metros, deberá expedir una autorización especial y solamente si se van a transportar cargas indivisibles. Además, en esta modificación falta una evidente cobertura que defina conceptos como, por ejemplo, con la mención que se realiza de “carrocería adaptable en altura”. No existe en la Orden Ministerial la definición técnica de ésta, lo que sin perjuicio de lo expuesto en el punto anterior, produce una inseguridad jurídica inadmisible en un cuerpo legal. Además, la argumentación en apoyo de las modificaciones que contiene el preámbulo de la Orden Ministerial, ni es cierta ni está contrastada.

Seguridad vial Respecto a la influencia en la seguridad vial, es evidente su aspecto negativo al producirse desplazamiento del centro de gravedad e incremento del riesgo de vuelco en giros cerrados como rotondas. Existe riesgo de vuelco y desplazamientos erráticos en caso de viento lateral por el incremento de la superficie de la carrocería en 6,80 metros cuadrados en un semirremolque. Al experimentar una menor rigidez estructural, se pueden originar movimientos de vaivén de la carga, debido a su mayor altura, lo que repercutirá en la estabilidad del vehículo. Por todo esto, autorizar la circulación de vehículos sin que hayan sufrido un proceso de homologación como establece la Orden Ministerial es contrario, sin duda, a los elementales principios de seguridad.

Influencia negativa en el medio ambiente Incremento de los consumos debido a la mayor superficie frontal que se ve incrementada en 1,275 metros cuadrados, empeorando sensiblemente el coeficiente de penetración aerodinámica.

Influencia negativa en la competencia Estos vehículos afectarán negativamente a las condiciones de competencia en el sector, al ofrecer mayor capacidad de carga que los vehículos que, por sus características, tienen limitada su altura a 4,00 metros, como es el caso de los frigoríficos y furgones cerrados. Hay que tener en cuenta que un semirremolque frigorífico es apto para el transporte de mercancía general y que


07

el cincuenta por ciento de su uso es con este tipo de cargas. Esto influirá negativamente en la competitividad del transporte frigorífico y de manera singular en nuestras exportaciones, al tener que repercutir el coste de la ineficiencia en los tráficos nacionales en los internacionales.

Vehículo modular La definición de vehículo de configuración modular, debe ser más concreta. La Directiva 59/96 CE no es clara en este aspecto, ya que su artículo 4 dice textualmente: “que el Estado miembro que permite las operaciones de transporte en su territorio de vehículos o conjuntos de vehículos de dimensiones distintas de las dimensiones establecidas en el Anexo I autoriza también el uso de vehículos de motor, remolques y semirremolques que se ajustan a las dimensiones del Anexo I en combinaciones tales que puede obtenerse al menos la longitud de carga autorizada en dicho Estado miembro para que todos los operadores puedan disponer de las mismas condiciones de competencia (enfoque modular”. No existe una norma técnica respecto al sistema modular ni se define en la directiva que simplemente hace referencia a un concepto. Por tanto se hace imprescindible definir el vehículo modular de manera precisa, ya que el proyecto de OM no lo hace. Sin perjuicio de lo anterior y en el caso de que este tipo de vehículos pretendan dar respuesta a la Propuesta de Directiva relativa a las unidades de carga intermodales (UECI), de 30 de abril de 2004, entre las posibles combinaciones modulares, resultan de características diferentes la combinación de un vehículo rígido de tres ejes con una caja de 7,82 metros, más un semirremolque de 13,60, de la combinación de una cabeza tractora más un semirremolque de 13,60 más un remolque de 7,82, ya que, mientras la primera combinación precisa de un vehículo rígido de tres ejes, una cuna o dolly de dos ejes y un semirremolque de 3 ejes, es decir, un conjunto de 8 ejes, la segunda solo precisa de un tractor de dos ejes, un semirremolque de tres ejes y un remolque de dos ejes, esto es, un conjunto de 7 ejes y en ambos casos estarían autorizados para transportar 60 TM.

203

Además, la segunda configuración (cabeza tractora + semirremolque + remolque) sería contraria al artículo 9,2 del Reglamento General de Vehículos, que establece como norma general “que ningún vehículo tractor podrá arrastrar a la vez más de un remolque o semirremolque”. Respecto de este tipo de vehículos, el proyecto de la Orden Ministerial no define las condiciones que han de reunirse para el otorgamiento de este tipo de autorizaciones, ni de si éstas están sujetas a limitaciones cuantitativas, requisito esencial para que no altere las condiciones de competencia del mercado.

Vehículos de hasta 20,55 metros El proyecto distingue entre vehículo articulado y tren de carretera especializado en el transporte de vehículos de hasta 20,55 metros de longitud. En el primer caso, sujeta su circulación a una autorización del órgano competente de tráfico, pero no se determina qué circunstancias deben concurrir para el otorgamiento de dicha autorización, ni en qué condiciones debe circular dicho vehículo. En el segundo caso, no indica que sea necesaria autorización alguna, ni determina ningún tipo de limitación, como el uso de autopistas o autovías, como lo hace en el vehículo articulado. Esto debe aclararse, porque en cualquier caso se trata de un vehículo excepcional y, por tanto, su circulación debe estar sujeta a determinadas condiciones. Además, un vehículo de estas características, a pesar de ser un vehículo especializado, podría vulnerar, la condición prevista en la letra a) del artículo 4,4 de la Directiva 59/96 CE, que establece, para poder autorizar este tipo de vehículos, “que las operaciones de transporte se lleven a cabo en el territorio de un Estado miembro, por vehículos o conjuntos de vehículos especializados, en circunstancias tales que normalmente no las lleven a cabo vehículos procedentes de otros Estados miembros, por ejemplo, las operaciones relacionadas con la explotación de los bosques y la industria forestal” y el transporte de vehículos no constituye una operación que no llevan a cabo vehículos procedentes de otros estado miembros, por lo que podría estar afectando a la competencia internacional.

FROET INFORMA


08

El aumento de altura de los camiones supondrá un paso atrás en la seguridad vial La Asociación Española de Fabricantes de Remolques, Semirremolques, Cisternas y Vehículos Análogos (ASFARES) da la razón a los transportistas, que se vienen oponiendo a la modificación de los pesos y dimensiones de los camiones que pretende el Gobierno por la presión ejercida por las grandes cadenas de distribución y el sector del automóvil. Según ASFARES, tras analizar el texto que contiene el proyecto de normativa sobre pesos y dimensiones, se

ve en el caso de los vehículos ya en circulación, en los que los frenos están calculados y homologados para un centro de gravedad más bajo y la inmensa mayoría no disponen de control de estabilidad. En este segundo caso, el problema de estos vehículos no es sólo que sean mucho más inseguros e inestables, sino que romperían la homologación del vehículo e incumplirían el requisito de compatibilidad del semirremolque con la tractora. La consecuencia directa es un mal reparto de frenada, lo que produce mayor distancia de frenado e inestabilidad, sobre todo direccional, favoreciendo el denominado “efecto tijera”. Además, la inestabilidad lateral no se contrarresta, ni siquiera en parte, ya que en su mayoría no disponen de control de estabilidad.

Oposición rotunda de FROET FROET se viene oponiendo a este cambio de norma-

ha advertido que éste supone un paso atrás en seguri-

tiva por distintos motivos, entre ellos los que afectan a

dad que no se ha dado nunca, especialmente en lo re-

la seguridad vial. En el mismo sentido, viene advirtien-

ferente a la nueva altura de 4,5 metros para los vehícu-

do sobre la autorización para circular de los llamados

los, considerándolo un problema serio en relación con

‘megacamiones’, vehículos de 60 TM de peso máximo

aspectos clave para la seguridad en carretera, como

autorizado y 25,25 metros de longitud, es decir, un 50%

la inestabilidad y el frenado de los vehículos pesados.

más de capacidad de carga y 8,75 metros más de lon-

Vehículos más inestables

gitud, el equivalente a dos automóviles, que los vehículos convencionales y que sólo circulan en los países

“Los vehículos de 4,5 metros son más inestables que

nórdicos para determinado tipo de mercancías y de

los ya existentes y comprometen la seguridad, sobre

modo experimental en Holanda.

todo, al vuelco”, afirman desde la asociación. En vehículos nuevos con esta altura elevada, aunque los frenos

Tanto ASFARES como FROET, entienden que el pro-

se calculen y homologuen con un centro de gravedad

yecto de normativa es una chapuza y que estos as-

más alto y a pesar de que equipan por ley el control de

pectos no están contemplados en la reciente Directiva

estabilidad, la inestabilidad será mayor que la de un ve-

Comunitaria, que todavía no se ha adaptado al ordena-

hículo convencional. Pero el asunto es mucho más gra-

miento jurídico español.

Espectacular 60 por ciento de incremento en las matriculaciones de camiones en agosto

crecimiento del 38,4% y en el periodo enero-agosto, del 43,3%.

Según la Asociación Nacional de Fabricantes de Automóviles y Camiones (Anfac), el sector industrial español continúa evolucionando, lo que se considera fundamental para impulsar el segmento de vehículos industriales y el crecimiento económico.

Los industriales pesados rígidos también mostraron tasas positivas, con un 88,8% más en agosto y un crecimiento del 53,4% de todo el año. Por último, el segmento de tractocamiones aumentaron un 62,9% en agosto y en el periodo enero-agosto aumentaron un 52,8% con un total de 9.353 matriculaciones.

Durante el mes de agosto, el segmento de vehículos industriales ligeros creció un 30%, mientras que en el conjunto del año descendió un 1,1%. En el caso de los vehículos industriales medios, el segmento registró un

FROET INFORMA

Por su parte, los industriales pesados experimentaron un crecimiento en agosto del 67,3%, mientras que en el acumulado del año aumentaron un 52,9%, con un total de 10.856 unidades.

Fuente: Transporte Profesional


09

Mariano Luis Albaladejo Ortíz (Director General GESA Mediación), José Ángel Martínez Feito (Dtor. Transporte de Reale), Pedro Díaz Martínez (Presidente de FROET), Juan Conesa Alcaraz (General Manager Primafrío) y Manuel Pérezcarro Martín (Secretario General de FROET.

Primafrío firma un convenio con Reale y Gesa Mediación FROET acogió, el pasado mes de junio, la firma del convenio entre nuestro asociado Primafrío, la compañía de seguros Reale Seguros y nuestro partner Gesa Mediación, por el cual se ha formalizado la póliza de mercancías de dicha empresa de transportes. La firma de este convenio ha sido posible gracias al reciente nombramiento de Gesa Mediación como “Risk Manager” de Primafrio.

FROET firma un convenio con Undemur para facilitar la financiación a los asociados El pasado 30 de julio, se formalizó el acuerdo entre FROET y Undemur SGR con el fin de colaborar en el desarrollo de las pequeñas y medianas empresas de transporte murcianas, y facilitar instrumentos de financiación y licitación de avales de éstas. FROET estuvo representada por su secretario general, Manuel Pérezcarro, y Undemur por su director general, Ángel Frutos Villaescusa. Con este acuerdo se pretende hacer llegar financiación a las pequeñas y medianas empresas, pymes asociadas a FROET y Undemur, para sus proyectos de inversión y necesidades de capital circulante, que permitan la creación, ampliación y modernización de su flota y

203

Cabe destacar que grandes empresas como Primafrio, confíen en profesionales del sector de los Seguros para la gestión de sus riesgos y por ello desde FROET estamos impulsando este tipo de acuerdos entre nuestras empresas asociadas y nuestro partner GESA mediación. Gesa Mediación es la correduría líder en el sector del transporte por carretera en la Región de Murcia. Cuenta con un plantel de 25 técnicos al servicio de las empresas asociadas a FROET, a las que ofrece atención personalizada en las oficinas ubicadas en el propio edificio de la Federación.

sus instalaciones, mejorando su capacidad productiva y los servicios que prestan, así como atender sus necesidades de licitación ante la Administración Pública. El Convenio será de aplicación a los asociados a FROET, preferentemente en la Región de Murcia, si bien también puede aplicarse a otras zonas geográficas en las que pudiesen operar Undemur SGR y los propios asociados. Las pymes o autónomos que quieran beneficiarse de este acuerdo deberán ser asociados a FROET y a Undemur. Undemur tiene como objeto prestar garantías solidarias y servicios de asistencia y asesoramiento financiero a favor de sus socios partícipes, las pymes de la Región de Murcia (empresas y autónomos), para asegurar el cumplimiento de las operaciones que realice. Para más información en el teléfono de Undemur: 968 35 53 20 (Luis Alonso).

FROET INFORMA


10

Austria también establece el salario mínimo para el cabotaje Las empresas extranjeras que hagan cabotaje en Austria deberán demostrar que los salarios mínimos de sus conductores se equiparan a los del país alpino. Eso sí, no se aplicará para los transportistas que atraviesen el Estado y no sea su destino final. En Austria, el salario mínimo varía, dependiendo de la antigüedad del empleado y al tipo de vehículo conducido, así como a la función desempeñada por el trabajador. De hecho, la categoría dicta el salario que percibe el trabajador: conductor, acompañante, mecánico, transportista de mercancías peligrosas, etc.

Los documentos que exige la legislación austriaca a los conductores extranjeros son los siguientes: • Formulario A1, según la normativa de la UE 883/2004 y 987/2009 • Copia de la notificación electrónica enviada (ZKO 3 notificación electrónica) • Contrato y prueba de pago (nóminas) para demostrar que el salario pagado es superior al mínimo exigido en Austria. El Estado austriaco se une a las iniciativas ya implantadas en otros países europeos como Francia o Alemania, en el que se han suavizado los requerimientos a los transportistas extranjeros, aunque sólo en lo que se refiere a las obligaciones de información y registro. En Austria sólo se aplicará en la actividad de cabotaje, y en Noruega sólo es válido si el cargador es de ese país. Acceso al formulario en www.froet.es

Las empresas que viajen a Austria deberán rellenar un formulario online, disponible en varios idiomas, y enviarlo a la dirección de correo electrónico: post.finpolzko@bmf.gv.at

Alemania suaviza las condiciones del ‘salario mínimo’ Las autoridades alemanas han relajado levemente las obligaciones de información y de registro para las empresas de transporte. A partir de ahora, se establecen dos exenciones a las obligaciones de información y registro: 1. 2.

Si el salario mensual bruto del conductor supera los 2.958 € Si el salario mensual excede los 2000 € brutos en la actualidad y los doce meses anteriores.

CETM muestra su malestar ante las malas formas del Secretario General de Infraestructuras de Fomento La Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) quiere manifestar su malestar por la can-

FROET INFORMA

Desde FROET recomendamos que si se cumple alguno de los dos supuestos, se facilite al conductor copia del documento (nómina o certificado anual de percepciones) probatoria. En esos casos, como indican las aduanas alemanas, ya no sería necesario por parte de la empresa cumplir con los requisitos de información vía fax del ingreso en territorio alemán del trabajador ni de conservación de registros de tiempos. Más información: http://www.zoll.de/EN/Businesses/Work/_functions/ faq_einleitung.html?nn=92372 Toda la información sobre la normativa sobre el salario mínimo en Alemania en www.froet.es

celación de la reunión prevista para el pasado 15 de septiembre con el secretario general de infraestructuras del ministerio de Fomento, Manuel Niño, al objeto de tratar el plan de desvío voluntario de camiones a las autopistas de peaje. Esta reunión, que llevaba más de dos meses convocada, se suspendió la tarde anterior sin previo aviso causan-do graves perjuicios y molestias a los representantes de las organizaciones del Comité Nacional del Trans-porte por Carretera (CNTC), muchos de ellos residen-tes fuera de Madrid, que habían ajustado sus agendas, en función a la convocatoria de esta reunión, y contra-tado viajes y hoteles.


11 En consecuencia, desde CETEM queremos mostrar nuestro disgusto por un trato que consideramos descortés e injustificado. Finalmente, teniendo en cuenta que el objetivo de esta reunión era analizar los resultados del plan de desvío del transporte pesado a las autopistas de peaje, hemos solicitado al Secretario General de Infraestructuras que nos traslade los datos actualizados en este sentido para que podamos proceder a su análisis y estudio. CETM considera que el plan “no está registrando el seguimiento que se esperaba” y propondrán a Fomento

Las empresas de mudanzas denuncian el intrusismo en el sector El presidente de la Federación Española de Empresas de Mudanzas (FEDEM), Juan Luis Feltrero, denunció recientemente en Murcia la “grave situación” que vive el sector debido, de forma principal, al fuerte intrusismo que está hundiendo a las empresas de mudanzas y que, amparado en la crisis económica, ha desestabilizado al sector. En la reunión de la Junta Directiva de FEDEM, celebrada en la sede de FROET el pasado 10 de septiembre, Feltrero también puso de manifiesto la necesidad de que las empresas de mudanzas de la Región de Murcia se asocien para lograr aunar esfuerzos en beneficio del sector.

recuperar los doce tramos inicialmente previstos, más dos nuevas propuestas. El Ministerio calculó que 1,3 millones de camioneros podrían acogerse al plan, que además asegura que se beneficiarán de un ahorro de costes estimado en unos 53.000 euros para todos los vehículos que se acojan cada día a la medida. Desde CETM se ha adelantado un primer análisis sobre el “experimento” de Fomento, para indicar que “no está registrando el seguimiento que se esperaba” por parte de los camioneros en los primeros dos meses.

noma murciana, Salvador García-Ayllón, así como el secretario general de FROET, Manuel Pérezcarro. Ante un grupo de empresarios de mudanzas de Murcia y ante los miembros de la Junta Directiva de FEDEM, Salvador García-Ayllón abogó por “crear un instrumento” entre empresas y las distintas administraciones para lograr mejorar la situación del sector, además de ahondar en “las inspecciones”, como herramienta para frenar el importante incremento del intrusismo. Los empresarios del sector denunciaron ante el director general de Transportes las trabas constantes que se le piden desde las administraciones para ejercer el trabajo.

La Federación Española de Empresas de Mudanzas (FEDEM) engloba a cerca de 300 empresas de toda España que se están viendo perjudicadas por la situación del sector. Así, según los datos que maneja la organización, en los últimos cuatro años se ha reducido un 50 por ciento el volumen de trabajo. Esta situación ha llevado a que las plantillas de las empresas de mudanzas se reduzcan entre un 50 y un 70 por ciento. Por todo ello, el presidente de la Federación Española de Empresas de Mudanzas, Juan Luis Feltrero, ha considerado que este sector de mudanzas es el “hermano pobre” de las empresas de transporte por mercancías, pese al empeño que se ha puesto en la profesionalización y en la mejora de las compañías. Este profundo malestar se puso de manifiesto en la reunión mantenida, en la que también participó el director general de Transportes de la Comunidad Autó-

203

FROET INFORMA


12

Actualidad Recuperación del ‘Céntimo sanitario’ para gasolineras y unidades de suministro Las estaciones de servicio y unidades de suministro también pueden recuperar el céntimo sanitario. Es importante recordar que aquellas empresas que contaran, a 31 de diciembre de 2012, con estación de servicio o unidad de suministro de venta al público, pueden presentar una solicitud de devolución de las cantidades ingresadas en la autoliquidación correspondiente a las existencias finales a 31 de diciembre de 2012 (modelo 569 4º trimestre 2012). En esta declaración, se realizaba el pago correspondiente al impuesto IVMDH o céntimo sanitario de las existencias, (carburante no vendido) a 31 de Diciembre de 2012. Dado que dicho impuesto se declaró ilegal por la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) el pasado 27 de febrero de 2014, las cantidades liquidadas en la declaración de existencias puede ser reclamada a la Agencia Tributaria. En el siguiente enlace se puede acceder a la “solicitud de devolución de declaración de existencias finales a 31 de diciembre de 2012” http://bit.ly/1M7NXL6 Para más información contacte con FROET.

Los camiones de 7,5 toneladas también pagarán peaje en Alemania a partir del 1 de octubre Desde el 1 de julio, el peaje alemán, conocido como ‘Toll Collect’, se ha extendido a las carreteas naciones, añadiendo 1.100 kilómetros de carreteras nacionales, autopista y similares a la red de pago. A partir de 1 de octubre, también se reduce el límite de peso por encima del cual los camiones están sujetos a pagar peaje, reduciéndose desde 12 toneladas a 7,5 toneladas de peso bruto del vehículo o

ACTUALIDAD

combinación de vehículos. Al mismo tiempo, las tasas de peaje han cambiado de nuevo como resultado de la introducción de dos nuevas clases de ejes. Además, la nueva ley de peaje federal alemán permite incluir carreteras nacionales que no estén directamente conectadas a la red de carreteras con peajes existente. Las tarifas de peaje están formadas por una tarifa parcial dirigida a la infraestructura, que se determina por la clase de ejes, y de una tarifa parcial dirigida a la contaminación causada por los vehículos, que se determina por la clase de emisión de partículas de cada vehículo en particular. La clase de emisión se puede certificar con la ficha técnica del vehículo, el permiso de circulación, o el certificado de pago de las tasas del motor del vehículo. Es el usuario de la carretera quien está sujeto al pago por el uso de las carreteras públicas y es el responsable de aportar toda la información relevante para el cálculo de la cantidad de peaje a pagar. El incumplimiento de esta obligación podría ser castigada con una multa.

Se modifica el RIMP en Navarra El Boletín Oficial de la Comunidad Foral de Navarra (BON), publicó recientemente la Resolución 147/2015, de 29 de junio, del Director General de Interior, por la que se modifica la anterior Resolución, de 23 de diciembre de 2014, sobre las medidas especiales de regulación del tráfico en 2015 para la Comunidad Foral de Navarra. En concreto, esta Resolución modifica el Anexo VI: Red de Itinerarios para Mercancías Peligrosas (RIMP), con motivo de la inauguración del tramo de autovía que faltaba para la conexión de la A-12 con la AP-68, tal y como ya había hecho la Resolución de 18 de junio de 2015, de la Dirección General de Tráfico (Circular CETM 053-G-15 de 25 de junio). Por otra parte, en coherencia con lo establecido por el Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español, se incluye el itinerario completo, incorporando


13 el propio estacionamiento como parte de la RIMP, del tramo de la NA-5001 comprendido entre la autopista AP-15 con el estacionamiento específico de mercancías peligrosas del Centro de Transporte de Imarcoain-Pamplona.

La CNMC abre expediente sancionador contra la Federación Empresarial Balear de Transportes El 23 de abril de 2014, a la vista de determinada información relacionada con posibles prácticas anticompetitivas en el transporte de viajeros por carretera en las Islas Baleares, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) realizó inspecciones en las sedes de las empresas Roig Bus, S.A., Transacobo, S.L. y Transunion Mallorca, S.L., así como en la sede de la Federación Empresarial Balear de Transportes (FEBT). A partir de la información reservada realizada, la Dirección de Competencia ha observado indicios racionales de la Comisión de una infracción prohibida en el artículo 1 de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia y en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC), por posibles prácticas anticompetitivas. Dichas prácticas consistirían en la fijación de precios, el reparto del mercado y el intercambio de información comercialmente sensible en el transporte de viajeros por carretera, tanto de carácter regular como discrecional, en las Islas Baleares. En consecuencia, la CNMC ha incoado expediente sancionador contra la Federación Empresarial Balear de Transportes (FEBT) y las empresas autobuses: San Antonio, S.A., Autocares Alcas, S.L., Autocares Alorda, S.L., Autocares Caldentey, S.L., Autocares Levante, S.L., Autocares Norte, S.A., Autocares Pujol Palmer, S.A., Autocares Rafael Nadal, S.L., Autocares Roca, s.l., Ibizatours & Islandbus, S.L., Jose Canovas Autocares, S.L., Transacobo, S.L., Transunión Mallorca, S.L., Roig Bus, S.A., Ultramar Express Tranport, S.A.U. y E.S.R. (empresario autónomo que opera con el nombre comercial autocares Emilio Seco). Se abre un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC, sin que la incoación de este expediente prejuzgue el resultado final de la investigación.

203

Por su parte, la Federación Balear de Transportes ha declarado que utilizará los recursos legales para esclarecer este expediente y demostrar su inocencia. Fuente: CNMC

Salvador García-Ayllón, nuevo director general de Transportes, Costas y Puertos El Consejo de Gobierno ha dado el visto bueno al nombramiento de Salvador García-Ayllón Veintimilla como Director General de Transportes, Costas y Puertos. Salvador García-Ayllón Veintimilla nació en Murcia en 1980, Doctor en Arquitectura e Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos por la Universidad Politécnica de Valencia, Master in Business Administration Executive por el ESIC Business School de Valencia y Master en Project Finance y Colaboración PúblicoPrivada en servicios concesionales por la Universidad Politécnica de Madrid. Hasta la fecha ha sido profesor del área de Transportes del Departamento de Ingeniería Civil de la Universidad Politécnica de Cartagena (UPCT), y cuenta con numerosas publicaciones y ponencias en congresos internacionales en el campo de la ingeniería civil y la política territorial. Ha sido asesor en materia de infraestructuras de diversas administraciones públicas autonómicas y municipales, de la Confederación Regional de Organizaciones Empresariales de la Región de Murcia (CROEM), miembro de junta de gobierno del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos y secretario electo de la Comisión de Deontología Profesional del Colegio de Arquitectos de la Región de Murcia. En el campo privado, ha desempeñado distintos puestos de responsabilidad en empresas constructoras y consultoras de ámbito regional e internacional.

La CNMC sanciona a varias estaciones de servicio por no remitir información sobre precios y ventas anuales La CNMC ha sancionado a tres estaciones de servicio al considerarlas responsables de una infracción grave, según el artículo 110 apartados f) y s) de la

ACTUALIDAD


14 Ley 34/1998, de 7 de octubre. Las citadas empresas no enviaron la información periódica relativa a los precios y las ventas anuales de sus instalaciones, tal como establece la normativa. La multa asciende a un total de 76.000 euros a tres empresas por una infracción grave. En concreto, según el artículo 5 del Real DecretoLey 6/2000, los titulares de instalaciones de suministro a vehículos tienen la obligación de remitir determinada información a la Dirección General de Política Energética y Minas “cuando exista una modificación de precios, los datos sobre los productos ofrecidos, así como su precio y marca, en caso de abanderamiento.” Tras recibir tres denuncias remitidas por la Dirección General de Política Energética y Minas, la CNMC inició los correspondientes procedimientos sancionadores, que ahora resuelve, contra las siguientes estaciones de servicio: Bus Service Costa Brava, S.L.; Empresa Manuel Rodríguez Vela y E.S. Nuestro Padre Jesús. Una vez instruidos los procedimientos, la CNMC ha sancionado como responsable de una infracción grave a las siguientes empresas: Bus Service Costa Brava, S.L. (50.000 euros), Manuel Rodríguez Vela (20.000 euros) y E.S. Nuestro Padre Jesús (6.319 euros). Fuente: CNMC

CETM apoya la iniciativa del Partido Popular de bonificar el “céntimo sanitario” en Andalucía Andalucía es la única Comunidad Autónoma que cobra el tipo máximo del tramo autonómico del Impuesto de Hidrocarburos, es decir, 4,8 céntimos por litro de gasóleo y no lo devuelve a través del Gasóleo Profesional. La Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) y la Federación Andaluza de Autónomos del Taxi (FAAT) han dado su apoyo a la propuesta del Partido Popular en Andalucía de pedir a su parlamento bonificar el tramo autonómico del impuesto de hidrocarburos a transportistas y taxistas. Para la CETM, la medida es “estupenda” y han recordado que “desde que se instauró el céntimo sanitario, venimos luchando contra esa injusticia”, de forma que “gracias a las reclamaciones presentadas

ACTUALIDAD

ante la Unión Europea, conseguimos que se declarara ilegal y ahora estamos en proceso de devolución de las cantidades”. De esta manera, la Confederación considera que “cualquier medida que contribuya a eso será una medida acertada” y espera que la propuesta presentada en Andalucía “se extienda a otras comunidades autónomas”. El gasto de combustible en el transporte es una partida importante, “que supone un tercio de los gastos de una empresa de transporte, por encima de los gastos de personal”, por lo que la CETM se ha mostrado a favor de la propuesta planteada por el Partido Popular de Andalucía.

Alemania establece temporalmente controles fronterizos que pueden dificultar el paso a camiones Miles de refugiados continúan llegando a Europa con intención en su mayoría de establecerse en territorio alemán. Por este motivo, Alemania ha decidido restablecer temporalmente los controles en su frontera sur (con Austria) una medida que el mismo tratado europeo prevé en situaciones de crisis. Una situación que, evidentemente, puede provocar retrasos en la circulación de los vehículos que nuestras empresas dirijan hacia Alemania. Thomas de Maizière, ministro del Interior alemán, explicó que la medida fue tomada por razones de seguridad, después de que algunos jefes de gobierno federales anunciaran que estaban al límite de su capacidad. En particular, el estado de Baviera, que comparte frontera con Austria y que recibió la mayor cantidad de refugiados. Horst Seehofer, primer ministro bávaro, declaró recientemente que el restablecimiento de controles era “una señal importante para todo el mundo y para Alemania”, por lo cual es de temer que la medida pueda extenderse al resto de fronteras alemanas, en cuyo caso los problemas de tránsito acabarían por afectar a muchos más viajes de nuestras flotas. De momento, cientos de policías han sido movilizados para implementar los controles de frontera sur, allí se realizarán controles en autopistas y se requerirá la documentación reglamentaria para entrar al


15 país desde la vecina Austria, se deja en suspenso el acuerdo de Schengen y es de temer que se puedan sufrir importantes retrasos en la circulación que afecten a las rutas de sus camiones. Se espera que la llegada de refugiados siga en niveles altos durante los próximos días, ya que muchos están intentando cruzar antes de mañana, cuando entran en vigor en Hungría leyes que permiten per-

seguir penalmente, con hasta tres años de prisión, a quienes ingresen en su territorio de manera ilegal. Hay que tener en cuenta que la República Checa ha reaccionado siguiendo las medidas tomadas por Alemania y ha intensificado los controles en su frontera con Austria, según confirmó el ministro del Interior, Milán Chonavec. Fuente: Astic

SUBE Espectacular 60 por ciento de incremento en las matriculaciones de camiones en agosto Según la Asociación Nacional de Fabricantes de Automóviles y Camiones (Anfac), el sector industrial español continúa evolucionando, lo que se considera fundamental para impulsar el segmento de vehículos industriales y el crecimiento económico.

BAJA El sector de mudanzas denuncia el intrusismo El presidente de la Federación Española de Empresas de Mudanzas (FEDEM), Juan Luis Feltrero, denunció el pasado 10 de septiembre en Murcia la “grave situación” que vive el sector debido, de forma principal, al fuerte intrusismo que está hundiendo a las empresas de mudanzas y que, amparado en la crisis económica, ha desestabilizado al sector.

FROET EN PRENSA “Cuando vieron que la matrícula del camión era de España se pusieron como locos” (La Verdad 20.07.2015).

202

Desaguisado. Artículo de Manuel Pérezcarro (La Verdad 04/08/2015)

“Nos parece absurda la acusación de un cártel” (La Verdad 24/07/2015)

Ganaderos franceses atacan un camión murciano y destruyen 20.000 kilos de carne. (La Opinión de 24/07/2015)

MANÓMETRO • FROET EN PRENSA


16

Novedades legislativas El Impuesto de sucesiones y donaciones en Murcia se reduce en un 99% para empresas El pasado 7 de agosto, se publicó en el BORM el Decreto-Ley 1/2015, de 6 de agosto, de medidas para reducir la carga tributaria en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y otras de carácter administrativo. El decreto-ley, recoge una rebaja del 50% del impuesto de sucesiones y donaciones para cónyuges, padres e hijos sin límite de edad ni de cantidad, y su práctica eliminación –reducción del 99%– cuando la cantidad que se perciba se destine a la creación de empleo o al mantenimiento de una actividad empresarial. En la modalidad de Sucesiones, se elimina el límite máximo de base de reducción fijado actualmente en la reducción en la base imponible del 99% por adquisición de metálico destinado a la constitución o adquisición de empresa individual, negocio profesional o a la adquisición de participaciones en entidades. Además, se mejora la redacción del texto para incorporar, de forma expresa en todos sus apartados, la adquisición de empresa individual o negocio profesional como supuesto de aplicación de la reducción. En la reducción por adquisición mortis causa de explotación agrícola, se rebaja el periodo de mantenimiento de la actividad de diez a cinco años, a fin de facilitar la aplicación de esta medida. Además, se aprueba una nueva reducción en la base imponible del 99% por la adquisición de inmuebles destinados a la constitución o ampliación de empresa
individual, negocio profesional o a la adquisición de participaciones en entidades. Con esta nueva reducción, se completa el cuadro de reducciones en sucesiones y se homogeneiza con el cuadro de reducciones en donaciones. A fin de clarificar la aplicación de esta nueva reducción y aquellas otras de similar naturaleza, se incorpora un nuevo apartado con los requisitos que debe cumplir el documento público en que se formaliza la operación.

NOVEDADES LEGISLATIVAS

En la modalidad de Sucesiones se recupera la deducción en la cuota del 50% para las adquisiciones por herencia de cualquier tipo de bien a favor de los descendientes o adoptados de veintiuno o más años, cónyuges y ascendientes o adoptantes. En este punto debemos recordar que, para los descendientes menores de veintiún años, existe actualmente una deducción del 99% en la cuota. En segundo lugar, en la modalidad de Donaciones, en la reducción por adquisición de empresa individual, negocio profesional o participaciones en entidades, se reduce el plazo de mantenimiento de la actividad de diez a cinco años, de igual modo que en la reducción análoga de sucesiones. Por otro lado, en la reducción por donación en metálico con destino a la constitución o adquisición de empresa individual, negocio profesional o adquisición de participaciones en entidades se realizan varias modificaciones. Primero, se mejora la redacción del texto para incorporar de forma expresa la ampliación de empresa individual o negocio profesional como supuesto de aplicación de la reducción. Segundo, se amplía el ámbito de la reducción a la inversión en cualquier empresa, negocio o participaciones en entidades, sin necesidad de que tenga que ser la primera inversión del obligado tributario. Tercero, se elimina el límite máximo de la base de reducción. En la reducción por adquisición mediante donación de explotaciones agrícolas, también se rebaja el periodo de mantenimiento de la actividad de diez a


17 cinco años, a fin de facilitar la aplicación de esta medida y de equiparar el plazo al establecido en la reducción análoga en sucesiones. En la reducción por la donación de inmuebles con destino al desarrollo de actividad empresarial, se mejora la redacción del texto para incorporar de forma expresa la ampliación de empresa individual o negocio profesional como supuesto de aplicación de la reducción, se amplía el ámbito de la reducción con destino a la inversión en cualquier empresa, negocio o participaciones en entidades, sin necesidad de que tenga que ser la primera inversión del obligado tributario, y se elimina el límite máximo de la base de reducción.

requisitos exigidos al documento público en que se formaliza la operación. En esta modalidad, finalmente, se crea una nueva deducción en la cuota del 50% para las adquisiciones lucrativas inter-vivos, donde se incluyen las
donaciones, de cualquier tipo de bien a favor de ascendientes o adoptantes, cónyuges y descendientes o adoptados, sin distinción de edad. Se trata de un
nuevo beneficio fiscal que nunca había estado regulado en nuestro ámbito regional.
La disposición final segunda establece el régimen de entrada en vigor de la norma, al día siguiente de su publicación en el BORM.

Además, se introduce un nuevo apartado que define específicamente los supuestos en que se cumplen los

Se limita a tres días el plazo para comunicar a la Seguridad Social las bajas y variaciones de datos de empresas y trabajadores El pasado 25 de julio, se publicó en el BOE, el Real Decreto 708/2015, de 24 de julio, por el que se modifican diversos reglamentos generales en el ámbito de la Seguridad Social para la aplicación y desarrollo de la Ley 34/2014, de 26 de diciembre, de medidas en materia de liquidación e ingreso de cuotas de la Seguridad Social, y de otras disposiciones legales. Entre otros aspectos, el RD 708/2015, que entra en vigor el 26 de julio, desarrolla el Sistema de Liquidación Directa de las cotizaciones a la Seguridad Social. Se trata de un modelo que supone la simplificación en la obligación de los empresarios a la hora de liquidar las cotizaciones y que garantiza al trabajador información en el desglose e ingreso de las cotizaciones. El texto aprobado dota de mayor simplicidad y uniformidad a la obligación de cotizar por parte de los empresarios ya que es la propia Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) la que efectúa la liquidación, una vez recibidos los datos de los trabajadores desde la empresa.

empresas y trabajadores, fijados en los tres días naturales siguientes a que se produzcan, gracias al uso generalizado de medios electrónicos. Además, se generaliza el uso de medios electrónicos para comunicar cualquier variación de datos personales que afecten al trabajador o sus circunstancias laborales (procesos de IT, cambio de puesto, etc.). Se completa la información que consta en las bases de datos de los diferentes organismos (INSS, SEPE…) de forma que cualquier variación en la situación del trabajador provoca automáticamente el recálculo de la liquidación mensual. Se incorpora también el convenio colectivo en el que está encuadrado cada asalariado.

En el Real Decreto se establece la reducción de los plazos para comunicar bajas y variaciones de datos de

203

NOVEDADES LEGISLATIVAS


18

Observatorio de costes 31 de julio de 2015

Vehículo frigorífico articulado El mercado del transporte de mercancías por carretera –con un elevadísimo volumen de transacciones anuales y en constante estado de evolución– se caracteriza por una acusada atomización de la oferta y la demanda, lo que origina la falta de transparencia que sería deseable. Por ello surge el Observatorio de Costes, cuyo objetivo es servir de punto de referencia para todas aquellas empresas que, ya sea por su reducido tamaño o por su insuficiente posicionamiento estratégico, encuentran dificultades para establecer los criterios de gestión a seguir para asegurarse una adecuada política comercial. En este sentido, no debe buscarse en el Observatorio la determinación directa del precio de un transporte concreto, puesto que ésta sería el objetivo propio de una tarifa, cosa que este Observatorio no es.

Costes directos En este apartado se presentan los costes directos, actualizados a 31 de julio de 2015, de los tipos de vehículos estudiados en el Observatorio de Costes. Para cada tipo de vehículo se presenta la estructura de costes directos anuales, las características técnicas y de explotación, así como las hipótesis de partida. Los costes del transportista, cuando éste aporte únicamente la cabeza tractora (trabajar al enganche), son los de cada tipología descontando todos aquellos que correspondan al semirremolque.

El Observatorio de costes pretende proporcionar elementos de juicio fiables a partir de los cuales las partes contratantes puedan acordar libremente el precio que estimen más conveniente y con la certeza de estar haciéndolo sobre bases razonablemente contrastadas.

Vehículo frigorífico articulado Costes directos a 31 de julio de 2015 HIPÓTESIS Vehículo articulado de carga general (420 CV, MMA=40.000 kg y carga útil=24.000 kg) Kilómetros anuales recorridos

120.000

100,0 %

Kilómetros anuales en carga

102.000

85,0 %

Kilómetros anuales en vacío

18.000

15,0 %

Nota: estos costes directos corresponden a la media nacional en las condiciones indicadas de explotación de este tipo de vehículo. La personalización de estos costes para cada caso particular se puede realizar con la aplicación informática ACOTRAM (www.fomento.gob.es).

OBSERVATORIO DE COSTES



20

Más información e inscripción online en: www.froet.es/formacion Impartición: Centro Integrado de Transportes. Edificio FROET. 30169 SAN GINÉS (Murcia) Tel: 968 34 01 00 FAX: 968 81 81 54 // e-mail: froet@froet.es (Excepto aquellos en los que se indica una localización distinta)

Cursos privados bonificados por las cuotas de la Seguridad Social. Coste 0 € Dirección estratégica y comercial del transporte

Riegos, medios de pago, financiación y contratación internacional

Duración: 55 horas

Duración: 60 horas

Modalidad: Online

Modalidad: Online

Fecha: 28/09/15

Fecha: 19/10/15

Importe: 351 €

Importe: 297 €

Gestión de la calidad en los servicios logísticos

Planificación y financiación del transporte

Duración: 50 horas

Duración: 55 horas

Modalidad: Online

Modalidad: Online

Fecha: 01/10/15

Fecha: 02/11/15

Importe: 202 €

Importe: 351 €

Gestión de costes logísticos

Cursos CAP de formación continua (35 horas) Del 6 al 15 de noviembre de 2015 (2 fines de semana). En San Ginés

Duración: 30 horas Modalidad: Online Fecha: 05/10/15 Importe: 175 €

Convenio CMR Duración: 22 horas

Logística y distribución

Modalidad: Mixto (De 16 a 19:30)

Duración: 50 horas

Fechas: 09/11/2015 (Lunes y miércoles)

Modalidad: Online Fecha: 13/10/15 Importe: 202 €

Cómo mejorar la comunicación con tus colaboradores. Técnicas de comunicación PNL Duración: 20 horas

Prevención de riesgos laborales del sector logístico

Modalidad: Presencial Fechas: 20/11/2015 (viernes y sábado)

Duración: 50 horas Fecha: 13/10/15

Taller práctico de inteligencia emocional para mandos intermedios

Importe: 184 €

Duración: 20

Modalidad: Online

Modalidad: Presencial

Prevención de riesgos laborales: transporte por carretera

Fechas: 24/11/2015 (martes y jueves)

Duración: 50 horas

Cursos CAP de formación continua (35 horas) Del 30 de noviembre al 04 de diciembre de 2015 (2 fines de semana). En San Ginés

Modalidad: Online Fecha: 13/10/15 Importe: 184 €

FORMACIÓN


21

Cursos subvencionados SEF Eficiencia en la cadena logística del frio Duración: 25 horas

Inglés profesional para la logística y el transporte internacional. Últimas plazas

Modalidad: presencial

Duración: 90 horas

Fecha: 23/10/15

Modalidad: presencial Fecha: 10/11/15

Organización y gestión de almacenes para desempleados Modalidad: presencial

Conducción de vehículos pesados de transporte de mercancías por carretera para desempleados

Fecha: 26/10/15

Duración: 310 horas

Duración: 210 horas

Modalidad: presencial Fecha: 16/11/15

Otros cursos.Escuela de Conductores FROET Ciudad del Transaporte de Molina de Segura Obtención básico y obtención Cisternas Duración: 20 horas

Permiso de camión + CAP inicial + obtención de mercancías peligrosas

Fechas: 23/10/15

Consultar fechas: septiembre

Importe: 195 €

Manejo de carretillas elevadoras Modalidad: presencial Duración: 20 horas Fechas: 13/10/15 Importe: 120 €

Permiso de autobús+ CAP inicial Consultar fechas: septiembre

Permiso conducir Clase E Consultar fechas

Obtención básico y obtención cisternas

Actualización mercancías peligrosas. Básico y cisternas

Duración: 20 horas

Fechas: noviembre. Viernes tarde y sábado mañana

Importe: 195 €

Fechas: 18/12/15

Programas superiores BUREAU VERITAS

¡Novedad!

Programa superior en transporte de mercancías, gestión de stocks y sistemas de gestión

Programa superior en transporte de comercio internacional

Titulación: El alumno recibirá el título ‘Programa superior en transporte de mercancías, Gestión de stock y sistemas de gestión de Bureau Veritas Business School’

Titulación: El alumnos recibirá el título Programa Superior en Comercio Internacional, de Bureau veritas Business School

Modalidad: eLearning Duración: 6 meses Importe: bonificado a través de cuotas. Consultar Salidas profesionales • Técnico en gestión de stock • Técnico en logística y distribución • Técnico en sistemas de almacenaje • Jefe de administración de mercancía y de almacén • Jefe de administración en transporte • Técnico en gestión y control de áreas de logística, transporte o distribución. • Asesor técnico y consultor en proyectos de logística, transporte o distribución.

203

Modalidad: eLearning Duración: 6 meses Importe: bonificado a través de cuotas. Consultar Salidas profesionales • Técnico en administración y en gestión de operaciones nacionales e internacionales • Técnico en comercio exterior (Banca) • Agente de aduanas • Técnico de asesoramiento comercial en el departamento de comercio internacional en industria y comercio. • Consignatario

Posibilidad de hacer módulos sueltos. Consultar

FORMACIÓN


22

Evolución de carburantes

Precio medio del carburante en el mes de septiembre GASÓLEO

GASOLINA 95

Gasolina de protección

Precio asociados

Precio asociados

0,990 € P.V.P.

1,060 € 1,100 € P.V.P.

1,068 € 1,070 €

1,171 € 1,173 €

0,950 € Precio España Precio Murcia FROET - Andamur

GASÓLEO A

La Junquera

Pamplona

0,968 €

0,922 €

San Román

0,916 €

IVA INCLUIDO / FUENTE: MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO Infórmate de nuestras tarjetas Froet Gas BMN y Froet Gas Descuento en el 968 340 100

Gasóleo

Gasolina sin plomo

Sin impuesto

España Alemania Austria Bélgica Bulgaria Chequia Croacia Dinamarca Eslovaquia Eslovenia Finlandia Francia Grecia Holanda Hungría Irlanda Italia Polonia Portugal R. Unido Rumanía Suecia MEDIA

Con impuesto

61.2 118.5 57.2 124.1 56.9 117.4 55.9 119.5 67.2 120.3 59.6 120.7 58.6 123.7 63.8 132.2 59.5 120.1 53.8 122.8 61 137.4 52.3 120.5 66.6 123.8 58 129.5 59.4 120.5 59 133.9 58.2 146.4 56.5 112.3 61.8 125.5 60.5 170.8 57.2 123.3 62 143.1 57.8 129.6

Sin impuesto

España Alemania Austria Bélgica Bulgaria Chequia Croacia Dinamarca Eslovaquia Eslovenia Finlandia Francia Grecia Holanda Hungría Irlanda Italia Polonia Portugal R. Unido Rumania Suecia MEDIA

Precios JUNIO 2015 (Expresado en Ctms. euro/litro)

59.5 149.5 57.8 128.6 57.7 144.2 62 118 53.2 121.4 59.9 138.5 65.9 159 58.5 138.6 58.2 137.2 61.3 157 57 144 60 157.7 59.4 165.5 58.9 123.8 57 144.9 60.6 162.8 56 117.9 63.2 153.7 55.3 164.5 58.2 128.4 57.9 148.5 58.8 149.1 63.6 132.8 Fuente: Ministerio de Industria y Energía

Medidas mensuales del gasóleo en España 140 130 120 110 100 90 80 70 60 50

133,1

132,6

132,3

132,1

Con impuesto

128,2

Con impuesto

125,3 114,9

113,8

Sin impuesto

116,8

117,5

120,3

118,5

59,8

60,3

62,6

61,2

107,2

72,9

72,4

72,2

72,1

68,9

66,4

57,9

57,3

51,6

JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC ENE FEB MAR ABR MAY JUN 2014 2015

Medidas anuales del gasóleo en España 150 135 120 105 90 75 60 45 30 15

136,54 127,35

114,14 75,8

35,6

89,9

95,7

96,96

52,1

52,45

130,31

115,68

90,83 67,27

47,5

135,9

107,53

45,70

57,68

72,54

78,54

75,31

70,49

58,8

2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015

EVOLUCIÓN DE CARBURANTES


23

Evolución del Crudo Brent Media anual

(Expresado en $/barril)

2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 130 120 110 100 90 80 70 60 50 40 30 20 10 0

113,93

110,37

109,59 99,38

81,13 64,01 57,62

Media mensual MES ENERO

2008

2009

2010

2011

2012

2013

2014

2015

90,78

50,04

78,24

96,36

111,41

113,93

109,2

49,78

FEBRERO

94,26 46.62 75,87 104,59 120,59 117,38 109,99 58,81

MARZO

102,05 52.29 80,76 114,25 120,94 109,64 108,27 56,95

ABRIL

109,9 53.61 87,10 122,13 120,63 103,39 108,21 61,10

MAYO

124,75 58.22 78,89 113,36 110,92 103,03 110,20 65,68

JUNIO

134,96 70,68 76,76 114,67 95,64 103,15 112.15 63,71

JULIO

136,29 66,94 76,18 115,76 103,11 108,58 106,72 56,79

AGOSTO

117,61 74,30 78,08 109,42 114,10 112,93 101,50 48,14

SEPTIEMBRE

102,9 66,17 78,94 107,59 113,15 113,62 97,01

OCTUBRE

74,64 74.73 84,14 106,23 112,37 109,85 87,50

NOVIEMBRE

52.97 77,89 86,54 111,34 110,14 108,18 79,27

DICIEMBRE

45,98 76.68 92,05 108,81 110,79 111,39 62,54 Fuente: Cinco Días

Evolución de empresas y autorizaciones Vehículos de servicio público: mercancías y viajeros (agosto 2015) COMUNIDADES ANDALUCÍA ARAGON ASTURIAS BALEARES CANARIAS CANTABRIA CASTILLA Y LEÓN CASTILLA LA MANCHA CATALUÑA CEUTA EXTREMADURA GALICIA LA RIOJA MADRID MELILLA MURCIA NAVARRA PAIS VASCO VALENCIA

MDP-N

LIGEROS

Empresas transportistas servicio público (agosto 2015) V.D.

JUN.15 JUL.AG.15 Dif. % JUN.15 JUL.AG.15 Dif. % JUN.15 JUL.AG.15 Dif. % 33.339 33.677 1,01 7.927 8.000 0,92 4.858 4.858 -1,64 9.804 9.944 1,43 2.015 2.041 1,29 875 896 -1,57 4.813 4.844 0,64 1.435 1.445 0,70 910 893 0,11 3.913 3.945 0,82 1.196 1.244 4,01 1.996 1.968 -0,10 289 297 2,77 827 817 -1,21 3.187 3.210 -1,09 4.041 4.110 1,71 751 768 2,26 522 522 -0,19 16.798 16.886 0,52 3.118 3.161 1,38 2.402 2.404 -0,12 15.734 15.917 1,16 3.077 3.127 1,62 1.463 1.413 -1,48 29.507 29.881 1,27 10.762 10.963 1,87 5.307 5.290 0,02 111 112 0,90 31 30 -3,23 17 17 0,00 5.103 5.164 1,20 1.391 1.404 0,93 926 926 0,65 14.635 14.761 0,86 2.896 2.951 1,90 3.726 3.703 -0,19 1.896 1.914 0,95 315 321 1,90 170 175 0,00 14.900 14.997 0,65 10.233 10.377 1,41 6.347 6.323 -0,60 57 57 0,00 34 34 0,00 10 10 0,00 12.613 12.591 -0,17 1.642 1.651 0,55 1.344 1.332 -1,10 4.317 4.323 0,14 995 1.007 1,21 535 521 -2,19 9.778 9.818 0,41 3.522 3.558 1,02 2.384 2.362 -0,54 25.218 25.435 0,86 5.450 5.551 1,85 2.796 2.746 -1,13

COMUNIDADES PESADOS LIGEROS VIAJEROS ANDALUCÍA ARAGON ASTURIAS BALEARES CANARIAS CANTABRIA CASTILLA Y LEÓN CASTILLA LA MANCHA CATALUÑA CEUTA EXTREMADURA GALICIA LA RIOJA MADRID MELILLA MURCIA NAVARRA PAIS VASCO VALENCIA

JUN.15 JUL.AG. Dif. % JUN.15 JUL.15 Dif. % JUN.15 JUL,AG.15 Dif. % 10.021 10.023 0,02 4.181 4.213 0,77 580 569 -1,90 2.184 2.179 -0,23 1.212 1.231 1,57 69 72 4,35 2.032 2.028 -0,20 957 967 1,04 88 87 -1,14 862 862 0,00 670 681 1,64 109 107 -1,83 2.026 2.026 0,00 2.094 2.085 -0,43 319 322 0,94 1.284 1.280 -0,31 450 460 2,22 43 43 0,00 5.405 5.358 -0,87 1.810 1.818 0,44 234 234 0,00 5.140 5.142 0,04 1.763 1.777 0,79 211 207 -1,90 8.966 8.936 -0,33 7.275 7.397 1,68 429 421 -1,86 21 21 0,00 18 17 -5,56 2 2 0,00 1.883 1.883 0,00 700 708 1,14 133 129 -3,01 4.475 4.461 -0,31 2.381 2.395 0,59 308 307 -0,32 517 515 -0,39 195 198 1,54 10 11 10,00 3.517 3.503 -0,40 5.703 5.750 0,82 366 360 -1,64 15 15 0,00 24 24 0,00 1 1 0,00 2.779 2.770 -0,32 841 843 0,24 95 95 0,00 1.641 1.628 -0,79 765 777 1,57 42 42 0,00 3.795 3.760 -0,92 2.507 2.531 0,96 206 205 -0,49 5.081 5.157 1,50 3.353 3.395 1,25 226 225 -0,44

Fuente: Ministerio de Fomento

203

EVOLUCIÓN DE CARBURANTES


24

Archivo Índice de legislación Transporte de Viajeros. Escolar

Transporte de viajeros

BORM nº 208 de 09/09/2015. Resolución de la Dirección General de Centros Educativos de 28 de agosto de 2015, por la que se dictan instrucciones sobre el funcionamiento del servicio de transporte escolar durante el curso 2015-2016.

Ayudas y subvenciones

BORM nº 168 de 23/07/2015. Orden de 15 de julio de 2015 del titular de la Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo, de bases reguladoras y de convocatoria de subvenciones para programas de fomento de la economía social para el año 2015.

Cámaras de comercio

Fiscal

BOE nº 171 de 18/07/2015. Real Decreto 669/2015, de 17 de julio, por el que se desarrolla la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación.

Transporte de mercancías

BOE nº 173 de 21/07/2015. Enmienda al Anexo I del Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas y sobre vehículos especiales utilizados en esos transportes (ATP), adoptada en Ginebra el 11 de octubre de 2013.

BOE nº 171 de 18/07/2015. Real Decreto 667/2015, de 17 de julio, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, aprobado por el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, en lo que se refiere a cinturones de seguridad y sistemas de retención infantil homologados.

BOE nº 165 de 11/06/2015. Real Decreto-ley 9/2015, de 10 de julio, de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras medidas de carácter económico. BOE nº 165 de 11/06/2015. Real Decreto 633/2015, de 10 de julio, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, y el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por el Real Decreto 1776/2004, de 30 de julio. BOE nº 165 de 11/06/2015. Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.

Comunicados Nº 160 de 07/07/2015. Problema recorrido autobuses

en el acceso al Valle Perdido. Nº 151 de 23/07/2015. Nuevo ataque a camiones murcianos en Francia. Nº 153 de 24/07/2015. Protestas en Francia: problemas circulatorios Nº 155 de 28/07/2015. Francia: continúan las manifestaciones de agricultores y ganaderos Nº 157 de 30/07/2015. Desaguisado. Nº 159 de 31/07/2015. Competitividad a costa de otros. Nº 161 de 31/07/2015. FROET firma un convenio con Undemur para facilitar la financiación de nuestras empresas. Nº 165 de 04/08/2015. Reino Unido establece una exención temporal en los tiempos de conducción y descanso por la crisis migratoria de Caláis. Nº 168 de 05/08/2015. Las subvenciones para cooperativas en Murcia para 2015, contemplan ayudas a la renovación de flota. Nº 166 de 05/08/2015. Pedro Díaz Martínez, nuevo Presidente de Undemur. Nº 169 de 06/08/2015. Descartadas las 44 toneladas en la propuesta de la DGT de modificación de los pesos y dimensiones. Nº 170 de 07/08/2015. Francia: las autoridades españolas advierten del peligro de transportar mercancías. ARCHIVO

Nº 175 de 18/08/2015. Alemania suaviza las condiciones de aplicación del salario mínimo. Nº 181 de 28/08/2015. Entrevista Manuel Pérezcarro, CETM Frigoríficos, para Cadena de Suministro. Nº 185 de 03/09/2015. El impuesto de sucesiones y donaciones en Murcia se reduce un 99% para empresas. Nº 184 de 03/09/2015. Francia
manifestaciones de agricultores en parís previstas para el 3 de septiembre. Nº 186 de 03/09/2015. Oferta formativa
septiembrediciembre 2015. Nº 189 de 08/09/2015. Céntimo sanitario: Aquellas empresas que contaran, a 31 de diciembre de 2012, con estación de servicio o unidad de suministro de venta al público, pueden presentar la solicitud de devolución de las cantidades ingresadas en la autoliquidación correspondiente a las existencias finales a 31 de diciembre de 2012. (Modelo 569 4º trimestre 2012). Nº 188 de 08/09/2015. Curso de electricidad e inyección electrónica motor diésel, impartido por FREMM. Nº 190 de 09/09/2015. Instrucciones sobre el funcionamiento del servicio de transporte escolar durante el curso 2015-2016. Nº 192 de 09/09/2015. Observaciones al proyecto de Orden Ministerial de pesos y dimensiones del 04-082015.


25

Te interesa El Dato Evolución mensual de los precios de consumo En agosto la tasa de variación mensual del IPC general es del –0,3%. Entre los grupos con repercusión negativa en el índice general, destacan:

IPC AGOSTO 2015 •

• •

Transporte, cuya variación del –2,3%, que repercute –0,364, refleja la bajada de los precios de los carburantes y lubricantes. Vivienda, con una tasa del –1,3% y una repercusión de –0,164, debidas a la bajada de los precios de la electricidad y, en menor medida, del gasóleo para calefacción y del gas. Vestido y calzado, con una tasa del –1,3%, que recoge el comportamiento de los precios en el último mes de rebajas y repercute –0,083 en el IPC general.

Por su parte, los grupos con mayor repercusión positiva en el índice general son: • Alimentos y bebidas no alcohólicas, que registra una variación del 0,7% y una repercusión de 0,135, a consecuencia del aumento de los precios de las frutas frescas, las legumbres y hortalizas frescas, el pescado fresco y los aceites.

Hoteles, cafés y restaurantes, con una variación del 0,8%, debida en su mayoría a la subida de los precios de los hoteles y otros alojamientos. La repercusión de este grupo en el IPC es de 0,095. Ocio y cultura, cuya tasa del 0,8%, que repercute 0,054, refleja el incremento de los precios del viaje organizado.

TABLA DE INFLACIÓN Mes

Año 2011

Año 2012 Año 2013 Año 2014

Año 2015

ENERO

-0,7 %

-1,1 %

-1,3 %

-1,4 %

FEBRERO

-0,6 %

-1,0 %

-1,1 %

-1,4 %

-1,6 % -1,4 %

MARZO

0,2 %

-0,3 %

-0,8 %

-1,2 %

-0,8 %

ABRIL

1,4 %

1,1 %

-0,4 %

-0,3 %

0,1 %

MAYO

1,4 %

0,9%

-0,2 %

-0,2 %

0,6 %

JUNIO

1,2 %

0,7 %

-0,1 %

-0,2 %

0,9 %

JULIO

0,7 %

0,5 %

-0,6 %

-1,2 %

-0,1 %

AGOSTO

0,8 %

1,1 %

-0,3 %

-1,1 %

-0,4 %

SEPTIEMBRE 1,0 %

2,1 %

-0,4%

-0,9 %

OCTUBRE

1,8 %

2,9 %

0 %

-0,4 %

NOVIEMBRE

2,3 %

2,8 %

0,2 %

-0,5 %

DICIEMBRE

2,4 %

2,9 %

0,3 %

-1 %

Recuerda Instrucciones escritas ADR 2015 Desde el 1 de julio están en vigor las nuevas “instrucciones escritas” para el transporte de mercancías peligrosas o ADR. Dichas instrucciones deben imprimirse en color e ir en la cabina del camión al alcance de la mano del conductor. Aconsejamos retirar las instrucciones antiguas, ya que puede dar lugar a errores. Pueden descargarlas en: http://www.froet.es/wp-content/uploads/Instrucciones_ADR_esp_15.pdf

Visados transporte de viajeros. Octubre-noviembre 2015 En octubre de 2015 deben tramitarse la renovación o visado de las autorizaciones de viajeros para todas aquellas empresas cuyo NIF o CIF termine en 9. Asimismo, en noviembre deben tramitarse las terminadas en 0.

Visado viajeros Tasa visado empresa: 54,54 €+Gastos Gestión 9,68 € = 64,22 € Por cada tarjeta: 54,54 €+Gastos Gestión 9,68 € = 64,22 €

La tramitación de los visados pueden realizarla a través de nuestro departamento de Gestión. Estos son los precios aplicables para el ejercicio 2015 (IVA y tasas incluidas).

Para hacer el cálculo de las tasas, se debe multiplicar el precio de la tasa por el nº de tarjetas más una del visado de empresa.

203

TE INTERESA. www.bolsaempleo.info


26

Gasóleo profesional: comunicación de las nuevas altas y bajas Recuerde que, para beneficiarse desde el primer momento de la devolución del gasóleo profesional de sus nuevos vehículos matriculados, debe comunicarnos explícitamente que desea que le tramitemos el alta como beneficiario de dichos vehículos, bien a través de nuestro Departamento Ge gestión en el momento de realizar el trámite de matriculación o transferencia,

o a través de nuestro Departamento de Información y Documentación. Recordamos también que es importante comunicar las bajas en el censo de gasóleo profesional de los vehículos que han sido transferidos a terceros o que han sido dados de baja definitivamente.

Renovación de licencias comunitarias de transporte internacional de mercancías por carretera Recordamos que las empresas titulares de licencias comunitarias que deseen renovarlas antes de que expire su vigencia, deberán presentar su solicitud dentro de los dos meses anteriores al plazo de vencimiento.

Para la tramitación de dicha renovación, pueden ponerse en contacto con nuestro Departamento de Gestión en el 968 340 100 Ext. 1

Bienvenida a los nuevos asociados Durante los pasados meses de julio y agosto se han incorporado a la Federación 13 nuevos transportistas autónomos y sociedades, cuya actividad principal es el transporte de mercancías por carretera. A todos ellos les damos la bienvenida.

HERMANOS MIÑANO CASCALES S.L JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ MATEO TRANSPORTES ESPECIALES ALPHA S.L DESARROLLOS BARRANCO DEL PINTO S.L ANDRES VERA VIVANCOS CENTRAL GLOBAL DE CARGAS, S.L DIEGO LÓPEZ PÉREZ

ANTONIO GIMÉNEZ SÁNCHEZ TRANSPORTES VEGARAFAL, S.L JOSE MIGUEL MARTÍNEZ MARÍN MOVILITI SOC.COOP ALMAZATRANS SL.L EZEQUIEL GARCÍA GARCÍA

DEMANDANTES DE EMPLEO Servicio gestionado por PERSON Consultoría y Desarrollo Interesados consultar información completa en www.bolsaempleo.info

OFERTAS Servicio gestionado por PERSON Consultoría y Desarrollo Interesados consultar información completa en www.bolsaempleo.info Conductor Autónomo (Ref 123): ruta fija, internacional al enganche, necesario ser Autónomo con cabeza tractora propia, disponibilidad horaria. Conductor de vehículos frigoríficos (Ref 124): persona responsable y con capacidad para la conducción de tráiler frigoríficos, disponibilidad para viajar total. Conductor (Ref 125): transporte nacional. Conductor de tráiler (Ref 126): autónomos para incorporarse como socios cooperativistas a la agencia de transporte, con o sin vehículo. Disponibilidad para viajar total.

TE INTERESA. www.bolsaempleo.info

Gestor de tráfico nacional/internacional (Ref 127): conocimientos del sector del transporte y la logística. Se necesita cubrir varios puestos, perfiles sin idiomas para tráfico nacional, con idiomas para internacional, sin experiencia para iniciar un período de formación, y con experiencia, para asumir la responsabilidad de liderar el equipo. Conductor (Ref 128): conductor autónomo para reparto / recogidas ámbito regional. Necesario CAP, vehículo propio (desde 3.500 hasta 13000 mma). Se valorará la antigüedad del vehículo.


27

OPORTUNIDAD DE NEGOCIO • Empresa de transporte internacional busca autónomos para hacer internacional al enganche. Ruta fija, trabajo todo el año, retornos garantizados y cobro semanal. • Se precisan autónomos (o pequeñas empresas) con tractoras en condiciones, disponibilidad y seriedad. Interesados: 639 62 11 36 (Eugenia) • Se precisa conductor autónomo para reparto/recogidas ámbito regional de Murcia. Se requiere capacitación profesional, vehículo propio hasta 13 toneladas y experien-

cia en el sector. Referencia: Dpto. Tráfico en el teléfono 968 835 574 • Se vende empresa de transporte de viajeros por carretera con 4 tarjetas y un vehículo marca Volvo. Precio a negociar. Interesados 968 821 210 (Luis Galindo) • Se vende semirremolque Leciñena con 18 años (año 97). Carrocería y piso en muy buenas condiciones. Precio 5.000 € negociables. Para cualquier consulta llamar o enviar e-mail : pili_86b@hotmail.com Teléfono: 625 497 792

Días festivos A efectos de restricciones a la circulación

Ya han sido publicadas la mayoría de restricciones de circulación para 2015. Puede acceder a las mismas través de nuestra página web http://www.froet.es/sala-de-prensa/hemeroteca/archivo/ En el caso de España, se publican por separado las de Cataluña, Navarra y País Vasco. La web de la Dirección General de Tráfico informa en tiempo real de las restricciones y demás retenciones no genéricas. http://www.dgt.es/es/el-trafico/restricciones/

ESPAÑA Octubre

9 viernes, día de la Comunidad Valenciana 12 Lunes, Fiesta Nacional España

Noviembre

2 Lunes siguiente a Todos los Santos (excepto en C. La Mancha Cataluña, Valencia, Madrid, Murcia, Navarra, País Vasco, La Rioja y Melilla)

EUROPA Alemania

3 de octubre - Día de la Unificación Alemana 31 de octubre- Día de la Reforma 1 de noviembre (sólo en Baden-Wurtemberg, Bavaria, North-Rhine Westphalia, Rhineland-Palatinate y Saar)

Austria

26 de octubre 1 de noviembre

Bulgaria

1 de noviembre

Eslovaquia

1 de noviembre 17 de noviembre

Eslovenia

31 de octubre 1 de noviembre

Francia

01 de noviembre Día de Todos los Santos * 11 Armisticio de noviembre de 1918

Hungría

Luxemburgo 1 de noviembre

Polonia

1 de noviembre 11 de noviembre Dia de la Independencia

República Checa

28 octubre 17 noviembre Rumanía 30 de noviembre de Saint Andrei

23 de octubre 1 de noviembre

En los siguientes países, el tráfico internacional de vehículos pesados no está sometido a ninguna prohibición de circulación durante los fines de semana y días festivos: Albania, Armenia, Azerbayán, Bélgica, Bielorrusia, Bosnia-Herzegovina, Chipre, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Georgia, Holanda, Irán, Irlanda, Kazajistán, Kirguistán, Kuwait, Letonia, Lituania, Macedonia(Fyrom), Moldavia, Montenegro, Noruega, Uzbequistán, Países Bajos, Rusia, Serbia, Suecia, Tayiquistán, Turkmenistán, Turquía, Ucrania.

203

TE INTERESA. www.bolsaempleo.info



Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.