
1 minute read
Lesiones Calificadas
Lesiones Calificadas Código Penal de Venezuela
Capitulo II De las Lesiones Personales Prevista en el encabezamiento del articulo 418:
Advertisement
“Cuando el hecho especificado en los artículos precedentes estuviere acompañado de alguna de las circunstancias indicadas en el articulo 406, o cuando el hecho fuere cometido con armas insidiosas o con cualquiera otra arma propiamente dicha, o por medio de sustancias corrosivas, la pena se aumentara en la proporción de una sexta a una tercera parte.”

Arma Insidiosa Código Penal de Venezuela
Capitulo II De las Lesiones Personales Art. 516:
““Para los efectos de la ley penal se consideran armas insidiosas, las que son fácilmente disimuladas y sirven para ofender por sorpresa o asechanza, tales como las hojas, estoques, puñales, cuchillos, y revólveres de corto cañón, aparatos explosivos y las armas blancas o de fuego que se hallan ocultas o disimuladas de cualquier modo en bastones u otros objetos de uso licito ”

Arma Propiamente Dicha
“Aquellas que hayan sido creadas para matar o lesionar