
1 minute read
EL DELITO DE LESIONES PERSONALES INTENCIONALES
Lesión: Daño a la integridad física de una persona.
Se refiere a todo daño causado a la salud, física o mental, de una persona, que no ocasiona la muerte y que no está destinada a ocasionarla.
Advertisement
Este artículo define lo que son las lesiones: constituidas por un sufrimiento físico o psíquico que ocasione perjuicio a la salud o una perturbación mental
El delito de lesiones es aquel donde la persona sin intención de matar ocasiona un daño físico o psíquico con perjuicio a la salud de otro
El Art. 46° CRBV, establece la integridad física y psíquica de las personas como un derecho fundamental. El Código Penal por su parte sanciona aquellos hechos que atenten contra la integridad física de las personas.
Código Penal. Capitulo II: De las lesiones personales.
Lesiones Calificadas; Art 418° C P
Lesiones Agravadas; Art. 418° C.P.
Lesiones atenuadas; Arts. 421° y 424°
C.P.
Lesiones Menos Graves
Art 413° Código Penal «El que sin intención de matar, pero si de causarle daño, haya causado a alguna persona un sufrimiento físico, un perjuicio a la salud o una perturbación en las facultades intelectuales, será castigado con prisión de tres a doce meses».
El sujeto pasivo referido en el artículo (delito tipo) es cualquier persona que reciba la lesión Mientras que el sujeto activo, será cualquier persona que infrinja el daño físico o psíquico al sujeto pasivo
El Objeto Jurídico será la integridad física que está tutelada por la CRBV Siempre el objeto jurídico contiene el bien jurídico tutelado por la Constitución o por la Ley; que puede ser un derecho individual fundamental inherente a la persona, al ser humano o. un derecho colectivo, difuso de las personas como serían, por ejemplo, los delitos ambientales, porque en este caso, se tutelan los derechos colectivos de la comunidad, es decir derechos intangibles, ya que no se puede determinar que cantidad le corresponde a cada quien
Objeto Material: Será la persona a la que le han infringido la lesión Lesión que puede ser un golpe, una contusión, una excoriación, etc
Medios de comisión: Es la forma, por violencia (física, moral o psicológica), por acción o por omisión, en forma directa o indirecta, por quemaduras, etc; como se va a ocasionar la lesión al sujeto pasivo