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PODEMOS

Área de argumentario y discurso

REGIÓN DE MURCIA

Cuadernos de Materiales #Lecturas55 16/12/2017 Desde la convicción de que hacer política no se trata de estar completamente atados al mediático e intenso día a día de la actualidad, sino de ser capaces de enlazar los pequeños pasos en lo cotidiano con la mirada larga, creemos fundamental tener una buena selección de materiales de la enorme cantidad de páginas que se publican a diario y conservar algunos de ellos que puedan ser útiles para la formación y la pedagogía en nuestra organización. Os dejamos por ello una recopilación de artículos de los últimos días que esperemos os sean útiles.

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De contratas y corrupciones Lola García 11/12/2017 La Opinión

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Luces y sombras de los veinte años del Protocolo de Kioto Juan López de Uralde 11/12/17 Público

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Lo más habitual en el Partido Popular es destruir pruebas Isabel Elbal 11/12/2017 El Diario

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Adiós al sinsentido de la regla de gasto Segundo González - Ricardo Molero 13/11/2017 Público

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De contratas y corrupciones Artículo publicado originalmente el 11/12/2017 en La Opinión

“Bravo es ahora presidente de

Adif y quiere que los vecinos se crean a pies juntillas lo que dice sobre el proyecto ferroviario de Murcia. Increíble que el valedor de esa iniciativa sea un dirigente popular que está imputado por prevaricación y malversación”

Lola García Periodista

Al Ayuntamiento de Murcia le crecen los enanos. Melón que abre, melón que se le complica. La causa de tal circunstancia no está muy clara. Podría ser una incompetencia administrativa larvada durante años; podría ser por dejadez y pereza o podría ser por el capitalismo a ultranza y sin alma que parece que ha poseído a las empresas que campan en esta Región, en este país y en el mundo entero. El caso es que cada vez hay más dudas sobre si las contratas públicas y externalizaciones que se hacen en el municipio de Murcia son justas y responden al interés de mejorar la vida de los ciudadanos y de las personas que desempeñan el trabajo objeto de ese contrato. El último episodio de este capítulo de la prestación de los servicios públicos lo ha escrito la contrata del alumbrado público, cuyo pliego de condiciones

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#Lecturas55 16 de diciembre de 2017

DE CONTRATAS Y CORRUPCIONES LOLA GARCÍA

no garantiza que la adjudicataria tenga que subrogar a los 55 trabajadores actuales de la concesionaria. Los grupos de oposición de PSOE, Ahora Murcia y Cambiemos ya han anunciado que presentarán alegaciones a esas condiciones, que en medida alguna tienen mucho sentido. Por su parte, el concejal de Hacienda, Eduardo MartínezOliva, se ha apresurado a aclarar que si los técnicos así lo consideran cambiarán el pliego para que no haya despidos. Está claro que al ayuntamiento capitalino no le va nada bien con las contratas y con las externalizaciones. Hay varios ejemplos de ello. La de Ayuda a Domicilio acabó con años de huelgas y concentraciones en la puerta de la Glorieta, algo que no está claro que no va volver a producirse si como denunció hace meses Ahora Murcia es posible que no se esté dando la prestación de este servicio tal y como se concibió inicialmente. Tampoco está teniendo mucha más suerte la contrata de la limpieza de los colegios, cuya empresa ha sido sancionada por la Administración local. Cambiemos Murcia ha puesto sobre la mesa la falta de personal en esta adjudicación que, según esta formación de izquierdas, puede poner en peligro la salud de los niños. Tampoco la vigilancia de los mercados acabó bien, con meses y meses de impagos a los empleados de seguridad; al igual que la del Ramón Gaya, cuya situación clama al cielo. Debe de ser descorazonador acudir a diario a tu puesto de trabajo y que no te paguen. Y así un día tras otro, un mes tras otro. A la externalización de los cobros de los tributos le han salido también varios frentes, uno de los cuales ha acabado judicializado. Lo que está claro que es que la forma en que se hacen estos procesos no acaba siendo lo efectiva que se podría esperar. El AVE y la ´Operación Lezo´ Si los contratos son el caballo de batalla de cualquier administración también lo son la participación de las administraciones en organismos autónomos, pero vinculados. En este apartado puede haber algo más que sustos. Pueden producirse delitos destapados años después, como en la ´Operación Lezo´, que investiga el expolio que sufrió el Canal de Isabel II de Madrid. En esta presunta trama de corrupciones hay distintos imputados, pero existe uno que en los últimos meses viene mucho por la Región a explicar que el AVE llegará soterrado al Carmen y que no es necesario que los vecinos sigan manifestándose para pedir el soterramiento de las vías. Se trata de Juan Bravo, exconsejero de Hacienda en la época en que Alberto Ruiz-Gallardón era presidente de la Comunidad de Madrid. Bravo es ahora presidente de Adif y quiere que los vecinos se crean a pies juntillas lo que dice sobre el proyecto ferroviario de Murcia. Increíble que el valedor de esa iniciativa sea un dirigente popular que está imputado por prevaricación y malversación, al igual que su antiguo jefe, y que tendrá que ir a declarar ante el juez por esa acusación antes de comerse el turrón. Por cierto, que los vecinos del sur ya llevan 90 días de movilizaciones y no se aburren.

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#Lecturas55 16 de diciembre de 2017

DE CONTRATAS Y CORRUPCIONES LOLA GARCÍA

Hasta le hacen hueco a los policías secretas que les manda el nuevo delegado del Gobierno, Francisco Bernabé, a quienes invitan a cantar villancicos. Por nadie pase.

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PÚBLICO

Luces y sombras de los veinte años del Protocolo de Kioto Artículo publicado originalmente el 11/12/2017 en Público

“El Protocolo de Kioto nos muestra algunas de las fórmulas que han funcionado bien, y también algunos caminos que no deben volver a seguirse.”

Juan López de Uralde Diputado de Unidos Podemos en el Congreso

El 11 de diciembre de 1997 se adoptó, en la ciudad japonesa de Kioto, el primer Acuerdo internacional que buscaba de manera efectiva la reducción de gases de efecto invernadero: el Protocolo de Kioto. Se cumplen, por tanto, veinte años de la adopción de tan importante acuerdo, y es necesario repasar sus luces y sus sombras en un momento en que los impactos del cambio climático se hacen cada vez más visibles. Aunque se firmó en 1997, Kioto no entraría en vigor hasta 2005, por la resistencia de algunos de los países obligados a reducir sus emisiones. En concreto, hasta que Rusia no lo ratificó, el Protocolo no pudo entrar en vigor. Fue notable el daño

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LUCES Y SOMBRAS DE LOS VEINTE AÑOS DEL PROTOCOLO DE KIOTO JUAN LÓPEZ DE URALDE

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al acuerdo que supuso la bajada del proceso de Estados Unidos, quien, bajo la administración Bush, decidió rechazar la ratificación del mismo. El esfuerzo para que ese acuerdo global saliera adelante fue fundamentalmente de la Unión Europea, que lideró en solitario unas negociaciones complejas y llenas de obstáculos impuestos, principalmente, por otros países “desarrollados” como los Estados Unidos y Rusia. Sin Europa no hubiera habido Protocolo de Kioto, aunque bien es cierto que ese liderazgo global europeo ha ido perdiendo fuelle, y se perdió de forma definitiva en 2009, en la Cumbre de Copenhague. El Protocolo de Kioto es un acuerdo muy complejo; afecta a seis gases de efecto invernadero: dióxido de carbono (CO2), metano (CH4), óxido nitroso (NO2), y tres gases fluorados. El acuerdo se marcó como objetivo una reducción del 5% de las emisiones de gases de efecto invernadero de los países industrializados con respecto a las emisiones de 1990, aquellos países incluidos en el Anexo I. Quizás su debilidad más importante sea haber dejado fuera de cualquier obligación de reducción a los países en desarrollo. Esa ausencia de obligación países como China o la India, ha hecho que, pese al esfuerzo realizado desde 2005, sin embargo las emisiones globales no hayan dejado de crecer. A pesar de esta debilidad, Kioto tiene el enorme valor de haber demostrado con hechos y datos que la reducción de las emisiones de CO2 y otros gases de efecto invernadero es posible, y de haber mostrado al mundo la ruta de la descarbonización de la economía. Es por ello destacable su valor, ya que estableció también la arquitectura de lo que sería posteriormente el Acuerdo de París. De hecho, París es notablemente más débil que Kioto, aunque su principal diferencia es que incluye a los países en vías de desarrollo, que no estuvieron incluidos en el Protocolo de Kioto. Una característica relevante de aquel acuerdo es que los compromisos fueron “vinculantes”, es decir, obligaban a los países firmantes a cumplirlos. No todos los países debían reducir sus emisiones en la misma cantidad. El éxito de Kioto fue notable, ya que consiguió en su primera fase una reducción del 22,6%. Es en el establecimiento de objetivos y obligaciones concretas donde Kioto ha obtenido su mayor éxito, al haber conseguido de manera efectiva una notable reducción de emisiones en los países firmantes. Otros aspectos del Protocolo de Kioto han sido más polémicos. En concreto, la introducción de mecanismos de mercado para el comercio de CO2 es su medida más discutida. Algunos países como España, que no cumplieron con los objetivos de reducción, pudieron paliar su incumplimiento comprando derechos de emisión a terceros países. Con el establecimiento del mercado de CO2 se facilitó un agujero de salida con el que algunos países justificaron su incumplimiento. De hecho se concedieron unos derechos de emisión tan altos que dejaron el precio de CO2 por los suelos, lo cual facilitó esa vía de escape barata a los incumplidores. Otra

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LUCES Y SOMBRAS DE LOS VEINTE AÑOS DEL PROTOCOLO DE KIOTO JUAN LÓPEZ DE URALDE

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herramienta polémica de Kioto fueron los Mecanismos de Desarrollo Limpio. Se trata de subvenciones de los países industrializados a proyectos concretos en terceros países, cuya característica debía ser que ayudaran a la reducción de emisiones. Aunque la idea era buena, ya que buscaban incentivar la ayuda al desarrollo en términos de sostenibilidad, el resultado final no ha estado exento de polémica: diversas investigaciones mostraron que muchos de esos proyectos eran tapaderas para cuestiones no necesariamente positivas en materia climática o ecológica, como plantaciones de especies de crecimiento rápido o proyectos hidroeléctricos de gran impacto ambiental. A día de hoy nos vemos en la obligación de acelerar las acciones contra el cambio climático. El Protocolo de Kioto nos muestra algunas de las fórmulas que han funcionado bien, y también algunos caminos que no deben volver a seguirse. Su mayor éxito, sin duda, la superación de los objetivos de reducción planteados, desde el 5% hasta el 22,6%, lo cual es más que notable. Ello se ha debido en gran parte a que esos objetivos han sido vinculantes, cosa que no ocurre con el Acuerdo de París. La lentitud con que se desarrolló Kioto no puede repetirse ahora. No tenemos tiempo. Es urgente comenzar el proceso global de reducción de emisiones. Esperemos que el camino recorrido con Kioto sirva para aprender las lecciones de lo que se hizo bien, y evitar los errores. La urgencia climática es acuciante y ya, ahora, es el momento de acelerar el proceso de descarbonización de la economía.

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EL DIARIO

Lo más habitual en el Partido Popular es destruir pruebas Artículo publicado originalmente el 11/12/2012 en El Diario

Isabel Elbal Abogada de la acusación en el caso de la caja B del PP

“Debe ser lo más corriente del mundo que el juez que está investigando la contabilidad B o caja B del PP, denuncie mediante un auto extensamente argumentado que se han podido cometer los delitos de daños informáticos y encubrimiento”

Mariano Rajoy nos ha sorprendido con unas manifestaciones bien extrañas, a propósito del juicio contra el Partido Popular, la gerente Carmen Navarro, el representante legal y abogado de la formación Alberto Durán y el técnico de informática que destruyó el disco duro de uno de los ordenadores utilizados por Bárcenas y se deshizo del otro. Nos dice Mariano Rajoy, secretario general del partido político que se sentará en el

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LO MÁS HABITUAL EN EL PARTIDO POPULAR ES DESTRUIR PRUEBAS

ISABEL ELBAL

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banquillo de los acusados, que “los acusados actuaron de forma habitual”. Claro, debe ser muy habitual que, siendo pública y notoria una investigación contra el tesorero y gerente del Partido Popular, quien llevaba la contabilidad B del partido, se acometiera la destrucción del disco duro del ordenador utilizado por Luis Bárcenas, formateando y aplicando 35 sobreescrituras; una vez que fueron destruidos los archivos, el disco duro fue rayado a conciencia, antes de deshacerse de él. Debe ser de lo más normal que una vez que el Juez que está investigando, requiere al Partido Popular para que entregue los ordenadores que utilizaba Luis Bárcenas, éstos se entreguen, pero se aclare que uno de los discos duros está destruido -dice el requerido “borrado”- y el otro se ha hecho desaparecer. Así mismo, entra en la más absoluta normalidad que dicho partido político, personado como acusador popular en la Gürtel, hubiera sido expulsado del procedimiento, porque “las maniobras del Partido Popular en el procedimiento” “vienen en la práctica a contradecir” el planteamiento de que el partido “no tiene otra intención que colaborar activamente con la investigación”. Así mismo, se describen varias actuaciones que acreditan que el Partido Popular, supuesto acusador, actúa a favor de, entre otros, el extesorero Luis Bárcenas. Todo ello, según el auto judicial de 26 de abril de 2013. El Partido Popular ya había intentado personarse como acusación popular en el denominado procedimiento “Papeles Bárcenas”, aunque no tuvo éxito, pues, según argumentó el juez, el partido se hallaba incurso en la investigación. Precisamente, se estaban investigando los asientos contables de una cuenta B, los registrados en los llamados “papeles Bárcenas”. Ya ven, todo muy habitual. Debe ser lo más corriente del mundo que el juez que está investigando la contabilidad B o caja B del Partido Popular, denuncie mediante un auto extensamente argumentado que se han podido cometer los delitos de daños informáticos y encubrimiento: es decir, el Juez Pablo Ruz dedujo prolijo testimonio – a instancia de la asociación Observatori DESC, como acusación popular- y lo envió a los Juzgados de Madrid -con sede en Plaza de Castilla- por la destrucción y desaparición de pruebas requeridas en una investigación en curso. Obsérvese lo ordinario y normal que supone que esta denuncia del Juez Pablo Ruz, una vez recae en el Juzgado de Instrucción nº 32 de Madrid, se archiva, sin más, sin practicar ni una sola diligencia de instrucción, en contra de lo indicado por abundante jurisprudencia. Al menos, tendría que haberse practicado la declaración de los denunciados y realizar una mínima investigación. Contra la decisión de sobreseer y archivar, las acusaciones populares personadas presentamos recurso de apelación. ¿Qué sucedió? Algo también súper normal: el mismo día en que la funcionaria que

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LO MÁS HABITUAL EN EL PARTIDO POPULAR ES DESTRUIR PRUEBAS

ISABEL ELBAL

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tramitaba el procedimiento envió éste y los recursos de apelación a la Audiencia Provincial, ese día, la causa completa se extravió. Según la funcionaria, ella dejó el procedimiento en la oficina de Reparto (1ª planta) y según esta oficina, nunca se recibió el mencionado procedimiento desde el Juzgado de Instrucción nº 32 (8ª planta). Sí, como diría Rajoy, es muy “habitual” que un procedimiento -éste contra su propio partido- se perdiera entre las plantas 8ª y 1ª del edificio de Plaza de Castilla. Tras la reconstrucción del procedimiento, hubo cambio de juez en el Juzgado de Instrucción nº 32 y asumió la titularidad la Juez Rosa María Freire. Una vez que la Audiencia Provincial decidió que la decisión de sobreseimiento y archivo no estaba fundamentada, por cuanto que aparecían elementos de la comisión de delitos de daños informáticos y de encubrimiento, la nueva juez practicó sin más dilación las diligencias de investigación y le dio un nuevo impulso: admitió documentación, tomó declaración a investigados y a testigos. Tras entender que la investigación estaba agotada, impulsó el siguiente paso legalmente establecido para que las partes acusadoras pudiéramos realizar escrito de acusación contra los investigados, entre ellos el PP. Y fíjense, qué normal todo: fue recusada dos veces y objeto de durísimos ataques. Es más, se la llegó a vincular muy “estrechamente” con un alto cargo del PSOE, incluso, veladamente, se insinuó que podría estar prevaricando. Evidentemente, estas dos recusaciones no podían prosperar, pero debieron causar verdaderos estragos: en el evidente retraso que sufrió la tramitación de las recusaciones -más de un año- y, suponemos, en el ánimo de la juez -sí, aviso para navegantes-. Lo más normal, oigan. El último de los recursos contra el auto de imputación formal -auto de transformación en Procedimiento Abreviado- también llevó su tiempo. Sin embargo, lo verdaderamente importante es que cuando la Audiencia Provincial resolvió este recurso -el último de los numerosos recursos presentados por los investigados, incluido el PP- la juez Rosa María Freire abrió juicio oral contra ellos. Esta última decisión no la adoptó la juez porque quiso, sin más, sino a petición de las acusaciones populares, que no del Ministerio Fiscal; éste nunca quiso que el procedimiento naciera, continuara y culminara en juicio oral. El Ministerio Fiscal, órgano fuertemente jerarquizado, cuyo jefe máximo es designado por el gobierno, nunca vio la comisión de estos delitos, pese al parecer del Juez denunciante -Pablo Ruz-, de la juez instructora -Rosa María Freire- y de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid. Pues ya ven, todo muy aceptable y corriente. Por último, el Partido Popular pretende eludir el banquillo de los acusados, mediante la aplicación de la doctrina Botín, que gran beneficio obtuvo para el banquero, basándose en que la Fiscalía no acusa y que el perjudicado por el delito -Luis

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LO MÁS HABITUAL EN EL PARTIDO POPULAR ES DESTRUIR PRUEBAS

ISABEL ELBAL

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Bárcenas- tampoco lo hace. Por lo tanto, el acusador popular no estaría legitimado para sentar en el banquillo, en solitario, al PP. Dicha doctrina Botín, fue modulada por la doctrina Atutxa -esta sí llevó al banquillo al político vasco, por delito de desobediencia- y estableció que, aunque el Fiscal no acuse, tampoco es posible excluir a la acusación popular cuando el delito protege un interés público, cuyo perjudicado no es posible concretar en una persona determinada. Evidentemente, el delito de daños informáticos, en un principio, sería un delito privado -afectaría únicamente a Luis Bárcenas- pero en este caso concreto, es un delito “medial” para cometer el delito de encubrimiento o destrucción de pruebas. Es un delito instrumental, tan íntimamente conectado con el delito de encubrimiento que el uno sin el otro no podrían existir, en el presente caso. Y, claro, a ver quién va a poner en duda que el delito de encubrimiento es un delito de carácter general, que protege un interés público, pues el bien jurídico protegido es el buen funcionamiento de la Administración de Justicia, que, en este caso concreto, fue frustrado por la acción destructiva del PP y el resto de acusados. Esa es la tesis que hemos defendido desde la acusación popular Observatori Desc, quien impulsó la denuncia del Juez Pablo Ruz por estos delitos. Sería absurdo que se tratara de expulsar a ésta y al resto de acusaciones populares; y es que no es lógico que se nos haya permitido actuar desde el primer momento y que, ahora, por estrategias combinadas de unos y otros, no pudiéramos culminar nuestro necesario trabajo de acusar y sentar en el banquillo al partido político más afectado de la historia de nuestro país por múltiples causas de corrupción, quien no habría vacilado en burlar una de las más importantes causas judiciales, destruyendo relevantes pruebas.

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Adiós al sinsentido de la regla de gasto Artículo publicado originalmente el 13/12/2017 en Público

Segundo González García Diputado de Unidos Podemos en el Congreso

Ricardo Molero Simarro Doctor en Economía por la UCM

El anuncio de la injustificada intervención de las cuentas del Ayuntamiento de Madrid por parte del Ministerio de Hacienda ha llamado la atención de mucha gente sobre el sinsentido de la denominada “regla de gasto”. Aunque parece compleja por las consecuencias absurdas que conlleva, la regla es en realidad fácil de entender: impide que los entes locales puedan incrementar su gasto por encima del crecimiento, pasado y previsto, del PIB, incluso aunque presenten superávit en sus cuentas y bajo nivel de deuda. Este es el caso de Madrid, que no sólo ha mantenido sus ingresos sistemáticamente por encima de los gastos, sino que ha reducido la deuda que le dejó el anterior consistorio del PP en hasta un 40% en apenas un par de años. La intervención dictada por Montoro es una intromisión sin fundamento económico, ni jurídico. No obstante, sí era esperable porque su único objetivo es evitar que los

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ADIÓS AL SINSENTIDO DE LA GUERRA DE GASTO SEGUNDO GONZÁLEZ - RICARDO MOLERO

casos de gestión exitosa por parte de los ayuntamientos del cambio se conviertan en ejemplo de alternativa de país. Uno de los principales objetivos de los últimos gobiernos ha sido convertir la austeridad fiscal, una política económica fallida, en una obligación legal. El primer paso dado en ese sentido fue la reforma del artículo 135 de la Constitución, pactada por PSOE y PP en 2011, que dio prioridad al pago de la deuda por encima de cualquier otro gasto público. En 2012, el Gobierno del PP aprovechó su mayoría absoluta para aprobar la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF), en la que se concreta el mandato del 135. Todo ello ha dado lugar al establecimiento de un “techo de gasto” público cada vez más bajo para la Administración General del Estado; a una reducción forzada del déficit de las Comunidades Autónomas, que son las que tienen bajo su competencia los servicios públicos más importantes; y a una severa aplicación de la denominada “regla de gasto”, que impide que los ayuntamientos, cuyas competencias son también esenciales para el bienestar de la ciudadanía, puedan utilizar los superávit presupuestarios que han logrado en otra cosa que no sea la devolución de la deuda. Esta priorización del pago de la deuda y, en general, de las políticas de austeridad se encuentra completamente injustificadas. Antes de la crisis, España era uno de los Estados de la Unión Europea (UE) que menor porcentaje de deuda pública tenía, un 35,6% sobre el PIB, muy por debajo del límite del 60%. El incremento de la misma que se produjo después fue consecuencia de la activación de los “estabilizadores automáticos”-la reducción automática de los ingresos públicos y aumento automático del gasto público debido a la caída de la actividad económica- así como de la carga del rescate bancario. Por otro lado, ni la reforma del artículo 135, ni la aprobación de la LOEPSF explican, como nos quiere hacer creer el Gobierno, el descenso de la prima de riesgo que ha tenido lugar durante los últimos años. Dicho descenso solo ha sido posible gracias al programa de compra de títulos de deuda pública implementado por el Banco Central Europeo. Al incrementar la demanda de estos títulos, ese programa ha reducido los tipos de intereses que soportan los estados europeos, incluido el nuestro. A pesar de que la austeridad lo único que han conseguido es que nos convirtiésemos en uno de las economías que más tarde ha recuperado sus niveles de PIB, el Ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro se ha obstinado en convertirse en el paladín de los recortes, poniendo en marcha una cruzada contra los ayuntamientos en la que ha utilizado la regla de gasto como principal arma. Para ello no ha dudado en amenazar con la aplicación de injustificables medidas coercitivas y de control que la LOEPSF establece contra los ayuntamientos que la incumplan, con especial fijación en aquellos que no son de su color político. Además, la regla de gasto es cuestionable debido a varias razones:

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ADIÓS AL SINSENTIDO DE LA REGLA DE GASTO SEGUNDO GONZÁLEZ - RICARDO MOLERO

Por lo inexactas y volátiles que resultan las previsiones del PIB en las que se basa su cálculo; Porque su aplicación implica una pérdida continuada de peso del gasto público municipal sobre el PIB y, por lo tanto, supone un obstáculo para incrementar el gasto público social, en un contexto de infradesarrollo del Estado de bienestar español; Porque supone un agravio comparativo para los EELL frente a la administración central, que está exenta de justificar su propio cumplimiento de la regla de gasto y que, a diferencia de los ayuntamientos, tiene permitido incurrir en déficit. De hecho, los ayuntamientos han sido los que han permitido a Montoro cuadrar sus cuentas para cumplir con los objetivos de déficit impuestos desde la UE. Sólo en 2016, las cuentas locales se cerraron con un superávit del 0,6% del PIB, mientras que las Comunidades Autónomas presentaron un déficit del 0,8% y la Administración Central un desequilibrio del 2,7%. De hecho, los ayuntamientos han logrado un nivel de deuda -2,9% del PIB- inferior al límite del 3% que se les asigna en el artículo 13 de la LOEPSF. Esto lo han conseguido, eso sí, a costa de verse obligados a ampliar la diferencia en el superávit que mantienen en comparación con el promedio de la Unión Europea -0,6% del PIB en el caso de los EELL españoles vs. 0,1% de media europea-. De este modo, no han encontrado nada más que obstáculos en su intento de acercarse al grado de prestación de servicios públicos de su competencia presente en el resto de Europa. La propia AIReF (Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal), entidad creada a instancias del artículo 135 y encargada de supervisar el cumplimiento de los objetivos de déficit, se ha declarado “incapaz de evaluar la regla de gasto” y ha reclamado su reforma para aplicarla como hacen otros países de la Unión Europea. En ellos, la regla de gasto se aplica al conjunto de las administraciones públicas, no a cada una de ellas por separado, como en nuestro país; es un indicador más del objetivo de estabilidad presupuestaria a medio plazo, no un objetivo anual de obligado cumplimiento, como aquí; y su incumplimiento no conlleva sanciones, como las que Montoro se empeña en aplicar a nuestros ayuntamientos. Para hacer frente a este sinsentido, el Grupo Parlamentario Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, en colaboración con los ayuntamientos del cambio, hemos presentado una proposición de ley en la que proponemos una modificación de la regla que demandan los ayuntamientos de todo el país. Nuestra propuesta permitiría que los EELL que presentan equilibrio o superávit en sus cuentas, que tienen un nivel de endeudamiento controlado y que cumplen con el periodo máximo de pago a los proveedores, puedan reinvertir su superávit en garantizar la prestación de los servicios públicos de su competencia, en vez de verse obligados a utilizar sus ingresos extraordinarios en devolver la deuda.

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ADIÓS AL SINSENTIDO DE LA REGLA DE GASTO SEGUNDO GONZÁLEZ - RICARDO MOLERO

Su aprobación permitiría tanto repartir más equitativamente la carga de la consolidación fiscal entre administraciones, como hacer converger a nuestra regulación con la del resto de la Unión Europea. Pero, sobre todo, haría posible que los ayuntamientos sigan contribuyendo a la cobertura de las múltiples necesidades económicas y sociales que, después de una década de crisis y recortes, sigue teniendo la ciudadanía. La Proposición fue admitida a trámite en el Congreso gracias a la incompetencia del Gobierno, que registró 4 minutos fuera de plazo el veto que utiliza recurrentemente y de manera fraudulenta para evitar que ni siquiera se debatan las propuestas de otros grupos parlamentarios en el Congreso. Este error del Gobierno permitió que los grupos de oposición en la mesa del Congreso rechazaran ese veto y que hoy se vaya a discutir su toma en consideración. Previsiblemente, saldrá adelante con el mismo apoyo que han tenido las iniciativas parlamentarias anteriores que pedían la modificación de la regla en la misma línea de lo que se plantea en la proposición que se debate hoy. Si después de la toma en consideración conseguimos superar las artimañas dilatorias que seguramente utilizará el Gobierno en el periodo de enmiendas y, en su momento, llega a aprobarse, esta proposición de ley sería un paso clave para desmontar ese injusto e ineficaz marco legal impuesto por el artículo 135, evitar que el Gobierno siga atacando a los ayuntamientos y degradando esos servicios públicos y ganar una importante batalla de los ayuntamientos frente a Montoro.

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