FC333770
LIC. MAXIMO ABREU THEN Abogado apoderado.
PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del Art. 42 de la Ley No. 1306-BIS, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento, lo siguiente: Que en fecha Doce (12) del mes de Mayo del año Dos Mil Dieciséis (2016), la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, mediante la Sentencia Civil No. 550-2016-SSET-00479, ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: ADMITE el Divorcio por mutuo consentimiento entre los esposos Danny Ramón Medina Quezada y Jacqueline Castillo Ramírez, conforme al Acto No. 371/2015, de estipulación de Divorcio instrumentado por ante el notario público de los del numero para el Distrito Nacional, Dr. Evaristo Coco, de fecha Veinte (20) de Noviembre del 2015, transcrito más arriba en esta sentencia; SEGUNDO: OTORGA la guarda de la menor de edad Eileen Dayanna, a la señora Jacqueline Castillo Ramírez, madre de dicha menor y fija una pensión por la suma de Tres Mil Pesos Dominicanos (RD$3,000.00), al señor Danny Ramón Medina Quezada, según lo han convenido las partes; TERCERO: ORDENA el pronunciamiento del divorcio, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente; CUARTO: COMPENSA las costas del proceso por tratarse de asunto de familia, tal y como consta en los motivos de la presente sentencia. Así mismo se hace saber que en fecha Ocho (08) del mes de Junio del año Dos Mil Dieciséis (2016), el Oficial del Estado Civil de la Quinta (5ta.) Circunscripción de Santo Domingo Norte, pronunció el divorcio admitido por dicha sentencia, el cual se TRANSCRIBIÓ en el Libro No. 00003, de registros de DIVORCIO, Folio No. 0157, Acta No. 000279, Año 2016, así se efectuó al PRONUNCIAMIENTO de dicho divorcio, todo en virtud de la sentencia antes indicada. La presente Publicación requerida por la Ley ha sido autorizada por la abogada infrascrita.-En la Ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana, hoy día Veintiuno (21) del mes de Junio del año Dos Mil Dieciséis (2016).
FC 333761
LIC. MARIANGER MATIAS L., Abogada.
Se hace de público conocimiento la pérdida de Certificado Financiero No.402-01-248 004808-8 del BANRESERVAS, de fecha dos (02) de Agosto del 2010 por valor de RD$15,000.00, a nombre de: MIGUELINA AMADOR PEGUERO, Cedula 001-0971570-6, la presente publicación se hace para los fines de ley correspondiente. SRA. MIGUELINA AMADOR PEGUERO
FC333659
PÉRDIDA CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Se hace de público conocimiento que se ha extraviado o perdido el Contrato de Arrendamiento del honorable Ayuntamiento de este Municipio de San Juan de la Maguana, marcado con el No. 172, del Solar No.4 de la Manzana No.129, que se encuentra a nombre del Señor CARLOS A. GÓMEZ, la cual es el propietario de dicho Arrendamiento, la cual mide 17.28 metros de frente, por 23.57 metros de fondo, o sea, con una extensión superficial de 400,29 metros cuadrados. En la Ciudad y Municipio de San Juan de la Maguana, provincia San Juan, República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de junio del año dos mil dicaseis (2016).
DR. SALVADOR E. MATEO F. ABOGADO AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO De Conformidad Con Las Disposiciones Del. Art, No.92, Párrafo 3, De La Ley De Registro Inmobiliario Y Del Artículo No.86 Del Reglamento General De Registros De Títulos, Se Hace De Conocimiento Público Que se Ha Extraviado El Certificado De Título (Duplicado Del Dueño), No.96-1242, Registrado En Libro No.1444, Folio No.103, Con Una Superficie De 132.42 Metros Cuadrados, En El Solar No.20, Manzana No.08, Distrito Catastral, No.01, Del, Distrito Nacional, Ubicado En Santo Domingo, Distrito Nacional. Propiedad De La Señora DOMINGA HERNANDEZ CAMPUSANO Y Sucesores.
SRA. DOMINGA HERNANDEZ CAMPUSANO Y SUC. Propietaria FP82512
AVISO DE PÉRDIDA DE TÍTULO
PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del Art. 42 de la Ley No. 1306-BIS, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento, lo siguiente: Que en fecha Veintitrés (23) del mes de Mayo del año Dos Mil Dieciséis (2016), la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, mediante la Sentencia Civil No. 016372016, ordenó lo siguiente: FALLA: ÚNICO: DECLARA bueno y valido el Acto de Estipulaciones y Convenciones No. 01/2016, firmado por los esposos Luis Leonardo Urbaez Martínez, y Marianna Calvio, en fecha Veintidós (22) del mes de Febrero del año Dos Mil Dieciséis (2016), por el Dr. Ramón Sena Reyes, Abogado Notario Público de los del Número del D.N., en consecuencia: A) ADMITE el Divorcio por mutuo consentimiento entre los conyugues Luis Leonardo Urbaez Martínez, y Marianna Calvio; B) ORDENA el pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente; C) COMPENSA pura y simplemente las costas del procedimiento. Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma. (Firmados: EVELYN TORREZ, JUEZ; MARTHA M. DE LA CRUZ DIAZ, SECRETARIA). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Juez de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. Así mismo se hace saber que en fecha Trece (13) del mes de Junio del año Dos Mil Dieciséis (2016), el Oficial del Estado Civil de la Onceava (11va.) Circunscripción del Distrito Nacional, pronunció el divorcio admitido por dicha sentencia, el cual se TRANSCRIBIÓ en el Libro No. 00002, de registros de DIVORCIO, Folio No. 0174, Acta No. 000171, Año 2016, así se efectuó al PRONUNCIAMIENTO de dicho divorcio, todo en virtud de la sentencia antes indicada. La presente Publicación requerida por la Ley ha sido autorizada por la abogada infrascrita.-En la Ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana, hoy día Veintiuno (21) del mes de Junio del año Dos Mil Dieciséis (2016).
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LIC. MARIANGER MATIAS L. Abogada.
PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones legales contenidas en el Art. 42 de la ley 1306bis sobre divorcio y para mayor conocimiento, se hace saber que la CUARTA Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, dicto en fecha dieciocho (18) del mes de Moyo del año (2016), su Sentencia Civil No. 012382016, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: “FALLA: PRIMERO: Admite el divorcio por MUTUO CONSENTIMIENTO entre los esposos señores, ALBERTO MOREL CASTILLO Y RAFAEL CARMEN FAÑA. Conforme a las estipulaciones concertadas entre ellos en el acto de fecha quince (15) de Junio del año 2015 pactado por ante: el Notario Público de los del Número para el Municipio de Santiago LICDA. LOURDES AMBROSINA REYES LIRANZO. SEGUNDO: Se ordena que los esposos, ALBERTO MOREL CASTILLO Y RAFAELA CARMEN FAÑA, o el que haga de una parte más diligente, proceden a transcribir esta sentencia en el termino legal y que se cumplen los demás requisitos que prescribe la ley, TERCERO: compensa pura y simplemente a las costas por tratarse de una litis entre esposos. Firmado por. El Magistrado, Filoset Núñez Polanco, Y Heidy Núñez. SECRETARIA El aludido divorcio fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción del Municipio de Santiago, quien transcribió la sentencia correspondiente en el libro 3, Folio 167, acta No. 502, del año 2016, en fecha (31) de julio del 2015Santiago de los Caballeros, R. D 20 de JUNIO DEL 2016
LICDO. FELIX ANTONIO JIMENEZ. Abogado
AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE
AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO
PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: que en fecha treinta (30) de mayo del año dos mil dieciséis (2016), la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó 1a Sentencia civil Núm. 001690/2016, cuyo dispositivo copiado textualmente es el siguiente: FALLA: UNICO: DECLARA bueno y válido el Acto de Estipulaciones y Convenciones No. 6/2016, firmado por los esposos Yimmy Confesor Almonte Arnaud y Anyoli Maldonado Arnaud, en fecha once (11) del mes de abril del año dos mil dieciséis (2016), por el Lic. José Andrés Mercedes Lantigua, Abogado Notario Público de los del Número del D. N., en consecuencias: A. ADMITE el Divorcio por Mutuo Consentimiento entre los cónyuges Yimmy Confesor Almonte Arnaud y Anyoli Maldonado Arnaud. B.ORDENA el pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, C. Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento. Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma (Firmados): EVELYN TORRES, JUEZ; MIRTHA M. DE LA CRUZ DIAZ, SECRETARIA). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Juez de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. La presente Sentencia, fue pronunciada por ante la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha veinte (20) de junio del año dos mil dieciséis (2016), inscrito en el Libro Registro de Divorcios No. 10, Folio No. 180 Acta No. 795 Año 2016. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de junio del año dos mil dieciséis (2016).
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MARTES, 21 DE JUNIO DE 2016
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En virtud de lo que establece el Art. 92 Párrafo III, por este medio hace la publicación de Pérdida de Certificado de Título correspondiente a la parcela No. 67-0053163, Del D.C. 10 del San Cristóbal, con una extensión Superficial de 19,165.43, amparado en Certificado de Título No. 2006-000106, a nombre de GELO, SRL. DUPLICADO DEL DUEÑO.
NEWTON RENE RODRÍGUEZ ORTEGA Propietario Cédula 001-0172334-4.
AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO Para general conocimiento y en cumplimiento con lo que dispone el artículo 204 de la Ley Registro de tierras, se hace saber que se ha EXTRAVIADO la constancia anotada en el Certificado de título Núm. 8113, expedido a favor de la señora ANA NEREYDA RODRÍGUEZ, dominicana, mayor de edad, soltera, quehaceres domésticos, provista, de la cédula de identidad y electoral número 003-0012312-2, domiciliada y residente en al calle Orlando Martínez casa #13, Sector, 30 de mayo, Baní, provincia Peravia, que ampara el derecho de propiedad sobre el siguiente inmueble: una porción de terreno con una extensión superficial de Doscientos (200) metros cuadrados, ubicada dentro de la parcela Núm 3, del distrito catastral Núm. 8 del municipio de Baní, provincia Peravia, Enmarcado dentro de los linderos Generales de Dicha Parcela.
LIC. SANTO LINO MOTA N. FC333751
AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO DEL DUPLICADO DEL DUEÑO Para conocimiento general y en cumplimiento de 1o que dispone el Artículo 92 Párrafo III, de la Ley de Registro de Tierras y el Artículo 83 y siguientes del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de publico conocimiento, que se ha EXTRAVIADO el Certificado de Título, Duplicado del Dueño, asentado en el Libro 1162, Folio 73, en fecha 23 de Febrero año 1990, expedido en favor de la empresa URBANIZADORA CERRO HERMOSO, S. A., que ampara el derecho de propiedad del siguiente inmueble: PARCELA No. 44-SUBD.-167, del D. C. 13, del Distrito Nacional, correspondiente a Quinientos Siete con Cuarenta y Tres (507.43 mts2) Metros Cuadrados, Amparado en el Certificado de Título No. 90-615, a nombre de la empresa URBANIZADORA CERRO HERMOSO S. A. Esta publicación se hace para dar cumplimiento a la Ley de tierra Reglamento General de Registro de Títulos, a los Dieciocho (18) días de Junio del año Dos Mil Dieciséis (2016).
LIC. SAQUEO FERNANDEZ MINAYA ABOGADO
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Expediente No. 663201605522 Se hace de público conocimiento que en fecha 30 junio del 2016, a las 9:00 a.m., procederé a iniciar el levantamiento para fines de Deslinde, en la Parcela No. 115, del D.C. No. 31, del municipio de Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, propiedad de la SRA. MARIA ESTELA ESPINAL JIMENEZ. Según autorización de fecha 30 de mayo del 2016.
AGRIM. ESTEBAN ANDRES BLANCO NINA, Codia 12508. AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Exp. No. 661201601823. Vista: la Autorización d/f 27/ABRIL/2016, de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Depto. Noreste, a petición de GERMAN ROMERO DE JESUS e IVELISSE JIMENEZ. Se avisa que el 1/julio/2016, a las 9:00 A.M., se dará comienzo a la Mensura para Deslinde en parcela No. 825, del D.C. No. 2, del municipio de El Factor, provincia de María Trinidad Sánchez, en el inmueble que está ubicado en carretera NaguaSan Fco. Al lado del Cuartel de la Policía de El Factor, municipio El Factor, provincia María Trinidad Sánchez. Fecha 15/junio/2016.
HECTOR RADHAMES CAPELLAN C. Agrimensor Contratista. Codia 23471. Tel. 829-961-3296. FC 333768
AVISO DE MENSURA CATASTRAL Se hace de conocimiento público, que el día domingo 26/06/2016, a las 10:00 a.m., se dará inicio al Levantamiento Parcelario necesario para ejecutar los trabajos de Deslinde sobre el inmueble identificado como Parcela No. 553 del Distrito Catastral No. 3, del municipio Sabana Larga, provincia San José de Ocoa, propiedad de PEDRO JOSE ALEGRIA SOTO, Expediente No. 663201606224.
AGRIM. ROBERTO FRANCISCO OVANDO JIMENEZ, Codia 24716. Tel. 1-(809) 968-6030. AVISO DE MENSURA PARA DESLINDE Se hace de público conocimiento que el día 25/junio/2016, a las 9:00 A.M., se iniciarán los trabajos de Mensura para Deslinde, en la Parcela No. 140, del Distrito Catastral No. 02, del municipio de Rancho Arriba, provincia San José de Ocoa, expediente No. 663201513545, según la autorización de fecha 21 de diciembre del 2015. Propiedad de la SRA. ERIDANIA MARIA SOTO ORTIZ. SE ADVIERTE: A todas las personas que tengan algún interés favor comunicarlo a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, Departamento Central, o al Tribunal de Tierras Competente.
AGRIM. MIGUEL ANTONIO SANTANA, Codia No. 19849. Tel. 809-713-9330.
AVISO DE TRABAJOS DE SANEAMIENTO Se hace de público conocimiento, que el próximo día Veinte y Siete (27) del mes de Junio del año 2016, a las 2:00 PM., daremos inicio a los trabajos de Saneamiento Dentro del ámbito del D.C. No. 06, donde Existe una Finca Ganadera, entrando por el Cruce de Milla 5 y La Mina de Loma Prieta, Antigua Carretera a Sánchez, Sección E1 Catey en el Municipio de Sánchez, Provincia Samaná, República Dominicana. Propiedad del Sr. DOROTEO VASQUEZ Y MERCEDES. La presente se hace para dar cumplimiento a la autorización de fecha 1 de Junio del año 2016 correspondiente al expediente No. 661201602333.
JOHANNY DAMIÁN GUZMÁN GARCÍA Agrimensor – contratista, Codia 14994 FC333753
AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE Se hace de público conocimiento, que el próximo día Veinte y Siete (27) del mes de Junio del año 2016, a las 10:00 am., daremos inicio a los trabajos de deslinde Dentro del ámbito de las Parcela No.100, D.C. No.2, Donde existe un Solar Ubicado en la prolongación calle Merien Esquina Calle Quinta, de la Urbanización Nueva Nagua, del Municipio de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana. De la Sra. ZENAIDA MINELIS PEÑA HILARIO DE ESPINO. Representada por la Sra. MINERVA HILARIO CALVO. La presente se hace para dar cumplimiento a la autorización de fecha 6 de Junio del año 2016 correspondiente al expediente No. 661201602447.
FC333753
JOHANNY DAMIÁN GUZMÁN GARCÍA Agrimensor – contratista, Codia 14994
AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE Se hace de público conocimiento, que el próximo día Veinte y Siete (27) del mes de Junio del año 2016, a las 3:30 P.M., daremos inicio a los trabajos de deslinde, Dentro del ámbito de la Parcela No.183, D.C. No.2, Donde existe una Vivienda familiar de dos niveles ubicada, en la Calle Ángel García # 16, Ensanche Santísima Trinidad Municipio De Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana. De los Sres. ABEL RIGOBERTO HERNANDEZ APONTE Y MARTINAANTONIA PAREDES DE HERNANDEZ. Debidamente representados por la Sra. FRANCISCA REYES SANTOS, La presente se hace para dar cumplimiento a la autorización de fecha 1 de Junio del año 2016 correspondiente al expediente No. 661201602371.
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JOHANNY DAMIÁN GUZMÁN GARCÍA Agrimensor – contratista, Codia 14994
AVISO DE TRABAJOS DE DESLINDE Se hace de público conocimiento, que el próximo día Veinte y Siete (27) del mes de Junio del año 2016, a las 10:30 a.m., daremos inicio a los trabajos de deslinde, Dentro del ámbito de la parcela No.124, D.C. No.2, Donde existen una Vivienda y Dos locales comerciales con una Porción de 314 mt2, Ubicado en La Prolongación 27 de Febrero, Barrio Quisqueyano # 61, del Municipio de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana. Del Sr. TOMAS SOSA, la presente se hace para dar cumplimiento a la autorización de fecha 20 de Mayo del año 2016 correspondiente al expediente No. 661201602173.
JOHANNY DAMIAN GUZMAN GARCÍA Agrimensor Contratista CODIA 14994.
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