Sentencia núm. 030-02-2021-SSEN-00318

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REPÚBLICA DOMINICANA

PODER JUDICIAL

PRIMERA SALA DEL TRIBUNAL SUPERIOR ADMINISTRATIVO EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA YO, CORAIMA C. ROMÁN P., Secretaria Auxiliar del Tribunal Superior Administrativo, CERTIFICO Y DOY FE: Que en los archivos a mi cargo hay un expediente número 0030-2021ETSA-00526, solicitud núm. 030-2021-CA-00287, que contiene una sentencia cuyo texto es el siguiente: Sentencia núm. 030-02-2021-SSEN-00318

Expediente núm. 0030-2021-ETSA-00526 Solicitud núm. 030-2021-CA-00287

En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de junio del año dos mil veintiuno (2021); año 178 de la Independencia y 158 de la Restauración. LA PRIMERA SALA DEL TRIBUNAL SUPERIOR ADMINISTRATIVO, de Jurisdicción Nacional, regularmente constituida en el salón donde acostumbra a celebrar sus audiencias, sito, en la calle Hipólito Herrera Billini esquina Juan B. Pérez, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana, con la presencia de sus jueces: ROMÁN A. BERROA HICIANO, Juez Presidente; MERY LAINE COLLADO TACTUK, Jueza; ÚRSULA J. CARRASCO MARQUEZ, Jueza; asistidos de la infrascrita secretaria auxiliar, CORAIMA C. ROMÁN POZO, y del alguacil de estrado de turno, RAMÓN DARÍO RAMÍREZ, ha dictado, en audiencia pública y sus atribuciones de lo contencioso administrativo, la sentencia que sigue: CON MOTIVO del recurso contencioso administrativo interpuesto por LA FUERZA DEL PUEBLO, agrupación política, organizada de conformidad con la Leyes números 33-18, sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, y 15-19, Orgánica del Régimen Electoral, con domicilio principal en la avenida Bolívar, esquina Dr. Báez, sector Gascue, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, representado el Dr. Leonel Antonio Fernández Reyna, dominicano, titular de la cédula de identidad y electoral núm. 001-0284957-7, quién tiene como abogados constituidos y apoderados especiales a los licenciados Manuel Fermín Cabral, Edward Veras Vargas, Ignacio J. Matos R. y Julián R. Gómez Mencía, dominicanos, portadores de las cédulas de identidad y electoral números 001-1369993-8, 031-0219526-4, 001-1601432-5 y 402-2420821-1, respectivamente, con domicilio profesional abierto en común en la calle El Embajador, núm. 9-C, edificio Embajador Business Center, tercer nivel, suite 3-A, sector Bella Vista, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, con el número telefónico (809) 227-1061, lugar donde el recurrente hace elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del proceso, parte recurrente.

Sentencia núm.030-02-2021-SSEN-00318

Expediente núm. 0030-2021-ETSA-00526 Solicitud núm. 030-2021-CA-00287

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