AGRUPADOS&JUDICIAL. DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL y LABORAL LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REPUBLICA, con sede en María Auxiliadora, Abg. R. Evelin Cabrera Paredes, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos “WILMER ARIEL ULLON MORALES Y ALBA ADELA BENITEZ BRITEZ”, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría N°1, a mi cargo Abg. Elcira Haydé González Ojeda, Actuaria Judicial. MARIA AUXILIADORA, 5 de febrero de 2024.- Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 13 6 6/201 9 . 63173/23/02DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REPUBLICA, Abg. R. EVELIN CABRERA PAREDES, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos MARIA ELIZABETH BAEZ GONZALEZ Y ARNALDO ANDRES NUÑEZ OJEDA, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo percibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría N° 2 a mi cargo Abg. MIRIAN ORTIZ YURTZ, Actuaria Judicial. MARIA AUXILIADORA, 2 de febrero de 2024. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 63175/23/02DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil del Primer Turno de la Circunscripción Judicial de Caaguazú con asiento en la ciudad de Coronel Oviedo, Dra. LILIAN ROSMARY GONZALEZ DE DUARTE, cita y emplaza por
quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos IRMA LOPEZ VILLALBA y PEDRO GAVILAN FERNANDEZ, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/ 91 de la Reforma Parcial del Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la secretaria a mi cargo. CORONEL OVIEDO CORONEL OVIEDO, 8 de febrero de 2024.- Abg. ADELA BENITEZ RAMOS - Actuaria Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.- 63215/24/02DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Tercer Turno de Ciudad del Este de la VI Circunscripción judicial Alto Paraná, Abg. Victoriana Cáceres Duarte, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos OSCAR CASTILLO DOMINGUEZ Y YOHANA ELIZABETH GUZMAN ENCINA, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría N° 6 a cargo del Actuario Abg. Marcelo Iván Benítez Colman. Ciudad del Este, 9 de febrero de 2024. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación. 63212/24/02DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRA (Villarrica), Abg. LIZA ALFONSO, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad formada por los esposos SANDRA LORENA ALDERETE y JAVIER ARMOA ROMAN para que, en el término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezca a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley N° 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo
vigente. El juicio radica en la secretaria a mi cargo. - VILLARRICA, 6 de octubre de 2023. Firmado digitalmente por: TERESITA NOEMI ORTELLADO ZORRILLA (ACTUARIO/A). 63296/27/02DISOLUCION CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Décimo Turno de la Capital, Secretaría Nº 20, Abg. Rocío González Morel, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos WILFRIDO CACERES QUINTANA y BARBARA LILIANA AGUILAR ACOSTA, para que en el término de 30 días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 98 de la Ley N° 1/92. El juicio radica en la Secretaría N° 20 a mi cargo. Fdo. Abg. Tobias Redekop Harder. - Se hace saber al destinatario de este documento que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1335/2019 de la Corte Suprema de Justicia. Asunción, 5 de febrero de 2024. 63288/27/02DISOLUCION CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE AMAMBAY, Abg. JUAN MARCELINO GONZALEZ, emplaza por quince (15) veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos RODOLFO GERARDO ROJAS GONZALEZ y SHYRLEY LORENA DUARTE TALAVERA, para que en el perentorio término de treinta (30) días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92.- El juicio radica en la Secretaría a cargo de la Actuaria Judicial, Abg. CAROLINA FRANCO VAZQUEZ. Pedro Juan Caballero, 09 de noviembre de 2023. 63282/27/02DISOLUCION CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, DE SANTA ROSA DEL AGUARAY, ABG. NELSON ANTOLIN MERCADO P., cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la Comunidad Ganancial conformada por los esposos: "MIRIAN GRACIELA VAZQUEZ CABALLERO y PABLO RUIZ DIAZ RUIZ
DIAZ" para que en el perentorio término de treinta días contados desde la publicación del presente edicto comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 del Código Civil. El juicio radica en la Secretaria a mi cargo. FDO. Actuaria Interina. SANTA ROSA DEL AGUARAY, 9 de febrero de 2024.-Firmado digitalmente por: MARIA FATIMA SAUCEDO LO PE Z (AC T UA R I O/A). 63268/27/02DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO DE LA CIUDAD DE FERNANDO DE LA MORA ABG. MIRIAN FERREIRA RUIZ DIAZ, comunica al destinatario del presente edicto de publicación que en el marco del JUICIO: “JUAN DE DIOS INSAURRALDE CABRERA Y CELIA CAROLINA MONTIEL BENITEZ S/ DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL” SE ORDENÓ la publicación de los edictos de citación y emplazamiento en el diario “LA NACIÓN” de gran circulación, porquince (15) días conforme al 614 del C.P.C, convocando a quienes tengan derechos o créditos que reclamar contra la comunidad para que en el perentorio término de treinta (30) días comparezcan a ejercer las acciones que les asisten bajo apercibimiento de no poder hacerlo en adelante, sino contra bienes propios del deudor, de referencia radica en la secretaria N° 3 a cargo del Abg. ALVARO BUENO MARTINEZ (ACTUARIO JUDICIAL). Se hace saber al destinatario del presente edicto que el mismo cuenta con el Código QR por lo cual, para tener certeza que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR siendo ya en consecuencia innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme a las Acordadas 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. FERNANDO DE LA MORA, 9 de febrero de 2024. Firmado digitalmente por: MIRIAN BEATRIZ FERREIRA RUIZ DIAZ (JUEZ/A). 63317/27/02DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Abg. Gabriela Maricel Meaurio Samudio, de la Sexta Circunscripción Judicial, Alto Paraná cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos SONIA RAQUEL PORTILLO MERELES Y SERGIO DE JESUS LEON LUGO, para que en el término de 30 días, contados desde la publica-
MIÉRCOLES 21 FEBRERO DE 2024
ción del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. CIUDAD DEL ESTE, 9 de febrero de 2024. Abg. Emilce Y. Rodríguez Ovelar, Actuaria Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 63360/25/02DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA CIUDAD DE ITAKYRY, de la Circunscripción Judicial de Alto Paraná, Abogada y Notaria Eresmilda Román Paiva, cita y emplaza por 15 (Quince) veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la comunidad conyugal formada por los esposos OSCAR ALBERTO COLMAN GARCETE Y CARMEN OLINDA CARDOZO DE COLMAN s/ Disolución de la Comunidad Conyugal”, para que en término de 30 (treinta) días contados desde el día siguientes de la última publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento a lo dispuesto por el Art. 55 de la Ley 1/92 del Código Civil Paraguayo. El presente juicio Oscar Alberto Colman Garcete c/ Carmen Olinda Cardozo de Colman s/ disolución de la Comunidad Conyugal”. Expediente Nro. 184. Año 2023, radica en la Secretaría a cargo del Actuario Luis Osmar Meza A. Itakyry, 8 de febrero de 2024. 63346/28/02DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil del Segundo Turno, Abg. L AUR A BEATRIZ ROJAS CAÑETE, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos LIZ MARIANA FIGUEREDO KARAJALLO C/ SABINO AGUILERA FLORENTIN, para que, en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la ley 1/92. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. CORONEL OVIEDO, 27 de diciembre de 2023. Abg. WILSON F. SILVA, Actuario Judicial. - Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido,
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deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.- 63340/28/02DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE GUAIRA (Villarrica), Abg. LIZA MARÍA ALFONSO VERA, cita y emplaza por 15 veces a los que tengan que reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos GLADYS ROSA TORRES CANO y CRISTOBAL CANDIA BENITEZ para que en el término de 30 (treinta) días de la publicación del presente edicto comparezca a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la ley N° 1/92 modificado del código civil paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaria a mi cargo. VILLARRICA, 18 de diciembre de 2023. Firmado digitalmente por: CESAR RIGOBERTO BATTAGLIA (ACTUARIO). 63338/28/02DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de San Juan Nepomuceno Abog. Carlos Alberto Rojas Cañete, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ELADIO CARRERA ESCOBAR C/ VICTORIANA NOGUERA SAENGER S/ DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD DE GANANCIALES, para que, en el término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la secretaria a mi cargo. San Juan Nepomuceno, 08 de febrero de 2.023, Secretaría N.º 1. Abog. Leónida E. Pereira, Actuaria Judicial. Circunscripción Judicial de Caazapá. 63395/30/02DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Abg. Gabriela Maricel Meaurio Samudio, de la Sexta Circunscripción Judicial, Alto Paraná cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos DIEGO DAVID PORTILLO VAZQUEZ Y VANINA GISSEL OLMEDO QUIÑONEZ, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a