SUPLEMENTO - AGRUPADOS - EDICIÓN 10.437

Page 1

AGRUPADOS&JUDICIAL. CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD DE LA FIRMA OPTIMA SOCIEDAD ANÓNIMA. Por escritura Nº 442 del 20/12/2023, autoriZada por la N.P. Analía Clara Doldan de Mateu, con un Capital Suscrito e integrado Gs 50.000.000, Socios Luis Recalde y Ursula Sofia Lorenz de Recalde, Objeto principal Reparación y mantenimiento de vehículos, compra-venta de repuestos y accesorios, Diagnostico de problemas mecánicos, servicios en general, Comerciales, Representaciones, Consignaciones, Importación y Exportación, Inmobiliarias, Servicios, Participaciones, Asesoramiento, Financiera, Duración 99 años, inscripta en el Registro Público y Comercio con matrícula Jurídica N° 43066, Serie Comercial , bajo el N° 01, folio 01 de fecha 19/01/2024, Registro Público de Comercio matricula de comercial Nº 4306, bajo 4306, folio 4306 y sgts. De fecha 20/12/2023, con Domicilio en Ciudad de San Lorenzo. 63349/16/02CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD LA FIRMA “BAUTEC LOMA PLATA S.A.”:“Por Esc. Pública Nº 166 del 19/12/2023, autorizada por la Esc. CLARA SUSANA DUARTE DE PIÑEIRO, se constituyó la firma BAUTEC LOMA PLATA Sociedad Anónima. Duración: 99 años. Domicilio: Cuidad de Loma Plata, Chaco Capital Social: Gs. 2.000.000.000.- (guaraníes dos mil millones) Objeto: Tiene por objeto principal la fabricación de muebles y articulo de ebanistería en sus más variados tipo, formas y estilo; y toda otra explotación relacionada con la industrialización de la madera, inclusive la carpintería mecánica y metálica. - Socios: MUEBLERIA PARAISO S.A., ELMER FUNK TOEWS, ALBERT FUNK TOEWS, SEBASTIAN SAWATZKY SAWATZKY, HANS JURGEN FRIESEN HIEBERT, WALTER PENNER FUNK, MARCO PENNER FUNK, GUIDO PENNER FUNK. La Sociedad fue inscripta en la Dirección Gral. De los Registros Públicos, Sección Personas Jurídicas y Comercio con Matricula Jurídica Nº 43096 bajo el Nº 01, folio 01-19, Serie Comercial, en fecha 01-02-2024”. 63345/16/02CONSTITUCION DE SOCIEDAD. Por Escr. Púb. N° 181 del 10/11/2023, autorizada por la N.P. Raquel Silvero De Gomez, e inscripta en la Dirección Gral. De los Registros Públicos. En fecha 29/12/2023 A) Reg. De Personas Jurídicas y Comercio, Matricula N° 42906, bajo el N° 1, folio 1, Serie: Comercial, se constituyó la firma AGROGANADERA FJ S.A. Duración.: 99 años. Socios: Jimmy Hildebrand Kehler y Freddy Hildebrand Kehler Capital.: ₲1.000.000.000. –Objeto: Actividades Agrícolas, Ganaderas y Comerciales en Gr al . 63381/16/02-

CONSTITUCIÓN DE “GRUAS VMS” S.R.L., por Esc. Nº 882 del 29/12/2023, autorizada por la N.P. Gladis González Velázquez. DOMICILIO: Barrio Caaguazú, Ciudad de Ñemby. República del Paraguay. DURACIÓN: 99 años. OBJETO: SERVICIO DE GRUA Y TRASLADO, ASISTENCIA ANTE ACCIDENTES, SINIESTROS O FALLAS MECÁNICAS, RESCATE, SERVICIO DE GRUA DE PEQUEÑO Y GRAN PORTE, SERVICIO DE GRUA CON BRAZO HIDRAULICO, COLOCACIÓN DE CARTELES DE PUBLICIDAD O PROPAGANDA, TRABAJOS DE LOGISTICA. - CAPITAL: Gs. 450.000.000.- INSCRIPTO en la SECCION PERSONAS JURIDICAS Y COMERCIO, MATRICULA Nº 43.126, bajo el Nº 01, folio 01-12, Serie COMERCIAL, el 06/02/2024.63385/16/02-

DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Abg. Gabriela Maricel Meaurio Samudio, de la Sexta Circunscripción Judicial, Alto Paraná, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos MIGUEL DE LOS SANTOS TRAVERSSI AREVALOS y NILZA ISIDORA OJEDA CARVALLO, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Ciudad del Este, 4 de agosto de 2023. Abg. Emilce Y. Rodríguez Ovelar, Actuaria Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. -62777/14/02.DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de San Juan Nepomuceno, Abg. Carlos Alberto Rojas Cañete, cita emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal conformada por los esposos LAUREANA PEREIRA GONZALEZ C/ ALBINO LOMBARDO SANABRIA para que en el perentorio término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 212 del Código Civil. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. Secretaría N° 1. San Juan Nepomuceno, 22 de

agosto de 2023. Abg. Leonida E. Pereira, Actuaria Judicial. -62765/14/02.DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL DEL PRIMER TURNO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE SAN PEDRO, ABOG. NORMA MABEL FLEITAS A., cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la Sociedad Conyugal formada por los esposos: MARCOS ADAN DE LA CRUZ MALDONADO Y VIVIANA RAMIREZ FERREIRA, para que en el perentorio término de treinta días contados desde la publicación del presente edicto comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 del Código Civil. El juicio radica en la Secretaría N° 1, a cargo del Actuario Abg. Francisco Recalde Denis.SAN PEDRO DE YCUAMANDYYÚ, 21 de diciembre de 2023. -62805/15/02.DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL, DEL CUARTO TURNO DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REPÚBLICA, Abg. NILDA CONCEPCIÓN BENITEZ CABALLERO, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos LILIANA BEATRIZ OZUNA ARMOA Y RICHARD SAMUEL ARANDA OVIEDO para que en el termino de 30 días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaria N° 08 a mi cargo Abg. Héctor Daniel Granada González - Actuario Judicial. ENCARNACIÓN, 5 de diciembre 2023. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es valido, deberá utilizar el lector de Código QR, siendo ya en consecuencia,innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.-62884/16/02.DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Tercera Circunscripcion Judicial de la Republica, con sede en María Auxiliadora, Abg. R. Evelin Cabrera Paredes, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos “FRANCISCO DANIEL MAYER BURLINI Y NELLY RODAS DE MAYER, NELLY RODAS DE SUDO o NELLY RODAS SALINAS S/ DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL”, para que en el término de 30 días,

contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría N° 1, a mi cargo Abg. Elcira Haydé González Ojeda, Actuaria Judicial. Maria Auxiliadora, 1 de Febrero de 2024. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.62943/17/02.DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y de la Adolescencia del Segundo Turno de la ciudad de Coronel Oviedo, Abg. LAURA BEATRIZ ROJAS CAÑETE, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos TOMASA GIMENEZ DE RECALDE, CON C.I. Nº 2.346.007; Y RUBEN SALUSTIANO RECALDE ESPINOLA, CON C.I. Nº 2.049.810, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92. El juicio radica en la secretaria a mi cargo. (CORONEL OVIEDO, 22 de diciembre de 2023). Abg. WILSON F. SILVA Actuario Judicial interino, Sec. Nº 3. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.-62938/17/02.DISOLUCION CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Vigésimo turno de la Capital, Abg. Juan Martín Palacios Fantilli, por A.I. N° 06 de fecha 01 de febrero de 2024, dictado en los autos caratulados: ILSE NOEMI TORRES E IGNACIO FABIAN MIRANDA TORRES S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL". Nº 423; AÑO: 2023; SECRETARÍA Nº 39, cita y emplaza por quince días a los que tengan interés en reclamar derechos contra la comunidad conyugal conformada por los esposos Sres. ILSE NOEMI TORRES E IGNACIO FABIAN MIRANDA TORRES para que, en término de 30 días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de no poder hacerlo en adelante, sino solo contra bienes propios del deudor. V° B° Abg. Vidalia Pereira Toledo, Actuaria

MIÉRCOLES 14 FEBRERO DE 2024

Judicial. Asunción, 02 de febrero de 2024. 63001/20/01DISOLUCION CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Vigésimo Primer Turno e Interino del Vigésimo Segundo Turno de la Capital, Secretaría N° 43, Abg. José Miguel Villalba Báez cita y emplaza por 15 días a fin de que aquellos que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conformada por los esposos ZUNILDA MARIA ASUNCION BENAVENTE FERREIRA y GUSTAVO ADOLFO PEREZ FRETES para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente Edicto comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. Abg. Fabriczio Leonel Domingo Sarubbi Ramos, Actuario Judicial. Asunción, 15 de enero de 2021. 62996/20/01DISOLUCION CONYUGAL. El Juez Penal de la adolescencia e interino del Juzgado Civil, Comercial, Laboral, de Curuguaty, ABG. VICTOR DARIO GODOY, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal conformada por los esposos: CLAUDIA SAAVEDRA DE CRISTALDO Y JUAN CARLOS CRISTALDO AYALA, para que en el perentorio termino de treinta días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art 55 de la Ley 1/92 del Código Civil Paraguayo El juicio radica en la secretaria Nº 1 mi cargo Abg SCHIRLEY PAOLA IRALA LEITE, Actuaria Judicial Conste. CURUGUATY, 20 de diciembre de 2023. Se hace saber al destinatario de este EDICTO que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 63021/20/01DISOLUCION CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y la Adolescencia del Segundo Turno de la ciudad de Coronel Oviedo, Abg. LAURA BEATRIZ ROJAS CAÑETE, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos RODRIGO EMMANUEL PAIVA CHAMORRO con C.I. N° 4.571.593 y DELIA DAHIANA MARTINEZ CANTERO con C.I. N° 5.579.912, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dis-

1

puesto en el Art. 55 de la ley 1/92. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. CORONEL OVIEDO, 5 de febrero de 2024). Abg. WILSON F. SILVA, Actuario Judicial.- Sec. Nº 4. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 63020/15/02DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil del Primer Turno de la Circunscripción Judicial de Caaguazú con asiento en la ciudad de Coronel Oviedo, Abg. LILIAN ROSMARY GONZALEZ DE DUARTE, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos LORENZO DARIO CORONEL PORTILLO y ANGELA LILIANA VILLAVERDE LOPEZ, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/91 de la Reforma Parcial del Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la secretaria a mi cargo. CORONEL OVIEDO, 1 de febrero de 2024.- Abg. Adela Benítez Ramos - Actuaria Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 63043/21/02DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno, Abg. Gabriela Ramírez, de la Sexta Circunscripción Judicial, Alto Paraná cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ADOLFINA PETRONA FLORES DE SOSA Y LUIS FRANCISCO SOSA CENTURION para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art.212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Ciudad del Este, 7 de febrero de 2024, Abg. Sara Ojeda, Actuaria Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación 63102/22/02DISOLUCION CONYUGAL. EL


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.
SUPLEMENTO - AGRUPADOS - EDICIÓN 10.437 by La Nación - Issuu