Diario Católico

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Fe y Actualidad

Fundación Diario Católico / RIF. J-07000679-0

Fundado el 14 de Mayo de 1924

DECANO DE LA PRENSA TACHIRENSE - PREMIO NACIONAL DE PERIODISMO 1963 - 1988

30 de Junio de 2019

Web: diariocatolico.press

Papa Francisco: en Cristo podemos

reencontrar la paz del espíritu

Bs.S. 5.000,00

Presbítero Javier Velásquez ordenado sacerdote en Ureña

El Papa Francisco destaca en la fiesta del Sagrado Corazón de Jesús el Amor que Dios tiene por cada uno de nosotros, por lo que animó a ir a Jesús “con confianza” porque “él nos perdona siempre”. Aseguró que “en él podemos reencontrar la paz del espíritu, frecuentemente disturbado en nosotros por la incertidumbre, por la tristeza, por el sentido del pecado”. Página 2

La Diócesis de San Cristóbal cuenta con un nuevo sacerdote, el joven Javier Velásquez fue ordenado presbítero el 22 de junio por oración consecratoria

Cinco periodistas, cinco historias de periodismo. Parte II

El pasado 27 de junio, Venezuela celebró el Día Nacional del Periodista. Fecha para conmemorar a quienes día a día luchan en búsqueda de la verdad y vencer la censura. Algunos

expertos en el área comunicacional opinan que en el país hacer periodismo ya no es posible, debido a la alta confrontación política que viven los ciudadanos. Página 3

Piden a Bachelet mediar por situación crítica de venezolanos

Mediante un comunicado público, Cáritas Venezuela se dirigió a la alta comisionada de Derechos Humanos de la ONU, Michelle Bachelet, sobre la situación de urgencia y vulnerabilidad de los derechos humanos

que se vive en el país. Cáritas Venezuela emitió “un clamor que ya excede el llamado de socorro que hemos pedido durante varios años y de la voz de nuestra gente, vulnerada y disminuida en su dignidad”. Página 4

e imposición de manos del Obispo Mario Moronta, en la Iglesia Divina Misericordia de La Integración, del municipio Pedro María Ureña. Página 8

Maduro aseguró que negociación en Noruega va continuar

El presidente Nicolás Maduro anunció que la mesa de negociación con la oposición continuará pese a las denuncias de un nuevo golpe de Estado que buscaba derrocarlo y asesinarlo junto a otros dirigentes

chavistas. “Quiero dialogo, quiero entendimiento, quiero acuerdos. Les adelanto que el diálogo con los Noruegos sí va, y vamos avanzar en acuerdos verificables por la paz de Venezuela” dijo.


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30 de Junio de 2019

REGISTRO DE COMERCIO. INVERSIONES VENPORT DE LOS ANDES, C.A.

CIUDADANO. REGISTRADOR MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TÁCHIRA. SU DESPACHO.- Yo, JESÚS MANUEL SALINAS, Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.815.905, R.I.F. V-03815905-0, domiciliado en el Municipio San Cristóbal, Estado Táchira y hábil; ante usted ocurro con todo respeto para exponer que, actuando en mi condición de GERENTE ADMINISTRATIVO de la Sociedad Mercantil INVERSIONES VENPORT DE LOS ANDES, C.A.; con número de R.I.F. J-40178519-0, debidamente inscrita ante ese Registro Mercantil, a su digno cargo, en fecha cuatro (04) de diciembre de dos mil doce (2012) y debidamente facultado para este acto, ante Usted con el debido acatamiento ocurro, a los fines de presentar copia certificada del Acta de Asamblea Ordinaria de Accionistas de la prenombrada compañía, celebrada el día 02 de mayo de 2019. Consigno a la presente, ejercicios económicos así como balance de fecha intermedia de aumento de capital aprobado por la sala técnica del colegio de contadores, certificaciones del contador, publicación del acta de fecha 15 de noviembre de 2017, registrada en fecha 17 de abril de 2018, bajo el Nº 55, Tomo 8-A RM I. Solicito, con el debido acatamiento, al Ciudadano Registrador Mercantil, se sirva inscribir esta participación y el acta que se presenta en los libros correspondientes y se me expida copia certificada de la misma. En San Cristóbal, Estado Táchira, en la fecha de la nota respectiva.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA. SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS. REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TÁCHIRA. RM No. 443. 209º y 160º. Municipio San Cristóbal, 14 de Junio del Año 2019. Por presentada la anterior participación por su FIRMANTE, para su inscripción en el Registro Mercantil, fijación y publicación. Hágase de conformidad y agréguese el original al expediente de la Empresa Mercantil junto con los recaudos acompañados. Expídase la copia de publicación. El anterior documento redactado por el Abogado LEIDYS LAURA CASTRO CONTRERAS IPSA N.: 98361, se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Número: 43, TOMO -9-A RM I. Derechos pagados BS: 322.392,70 Según Planilla RM No. 44300155700, Banco No. 281440391 Por BS: 49.992,73. La identificación se efectuó así: JESÚS MANUEL SALINAS, C.I.: V-3.815.905. Abogado Revisor: MARCY MILAIDY SAYAGO QUINTERO. PRESENTÓ CERTIFICACIÓN DE LA LCDA. ROSA PIERINA MORENO UZCÁTEGUI C.P.C. 40.846, CUYO CONTENIDO SE EXPLICA POR SI MISMO. LA PRESENTE INSCRIPCIÓN SE ANTICIPO POR URGENCIA JURADA CONFORME AL ART. 29 DE LA LEY DE REGISTRO PUBLICO Y DEL NOTARIADO.

Yo, JESÚS MANUEL SALINAS, Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de Cédula de Identidad N° V-3.816.905, R.I.F. V-03816905-4, domiciliado en San Cristóbal y hábil; ante usted ocurro con todo respeto para exponer que, actuando en mi condición de GERENTE ADMINISTRATIVO de la Sociedad Mercantil INVERSIONES VENPORT DE LOS ANDES, C.A.; debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero di/la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha cuatro (04) de diciembre de dos mil doce (2012), anotado bajo el número: 14; Tomo 33-A, hago constar y certifico que la copia que a continuación se transcribe, es traslado fiel y exacto de su original, insertado en el LIBRO DE ACTAS DE LAS ASAMBLEAS llevado por esta Compañía y que copiado textualmente dice así: “Hoy, a los dos (02) días de mayo de dos mil diecinueve (2019); en la sede social de la Compañía “INVERSIONES VENPORT DE LOS ANDES, C.A.”, en Barrancas parte baja, calle 6, Edificio “DINAZ”, local 1-27, Municipio Cárdenas, Estado Táchira; se reunieron los accionistas de la misma, propietarios en este acto y decidieron constituirse en Asamblea General Ordinaria de acuerdo a lo establecido en el artículo 271º del Código de Comercio y de la Cláusula Décima Segunda del Documento Estatutario de la Compañía. Se procede a establecer la lista de los asistentes a la Asamblea, la cual es como sigue; ABILIO DE FREITAS PEREIRA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad número: V-6.069.651, R.I.F. V-06069651-5, domiciliado en Caracas, en nombre propio, titular de un millón cuatrocientas sesenta mil (1.460.000) acciones, LUCILINA DE ABREU FERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número: V-8.759.217, R.I.F. V-08759217-7, domiciliada en Caracas, en nombre propio, titular de un millón noventa y cinco mil (1.095.000) acciones, ALICIA DE ABREU FERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número: V-9.313.537, R.I.F. V-06313537-89, domiciliada en Caracas, en nombre propio, titular de un millón noventa y cinco mil (1.095.000) acciones, JUAN CARLOS DE ABREUS FERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número: V-6.313.539, R.I.F. V-06313539-5, domiciliado en Caracas, en nombre propio, titular de un millón veintidós mil (1.022.000) acciones, ABEL DARÍO CHACÓN MEJÍA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número: V-9.224.836, R.I.F. V-09224836-0, domiciliado en Palo Gordo, en nombre propio, titular de setecientas treinta mil (730.000) acciones, JESÚS MANUEL SALINAS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número: V-3.815.905, R.I.F. V-03815905-0, domiciliado en San Cristóbal, en nombre propio, titular de setecientas treinta mil (730.000) acciones, AMÉRICO CATANHO DA SILVA, portugués, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad número: E-948.161, R.I.F. E-00948161-6, domiciliado en Caracas, en nombre propio, titular de quinientas ochenta y cuatro mil (584.000) acciones, y MARIO CATANHO DA SILVA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad número: V-10.359.189, R.I.F. V-10359189-5, domiciliado en Caracas, en nombre propio, titular de quinientas ochenta y cuatro mil (584.000) acciones; las cuales hacen la totalidad del Capital Social que alcanza la suma de SETECIENTOS TREINTA BOLÍVARES (Bs. 730,00), dividido en SIETE MILLONES TRESCIENTAS MIL (7.300.000) acciones nominativas de CERO CON UNA DIEZMILÉSIMA DE BOLÍVAR (Bs. 0,0001) cada una de ellas, pagadas en su totalidad y distribuidas en la misma proporción que se señaló precedentemente, razón por la cual se prescinde de la convocatoria por la prensa. Atendiendo al capital de la Compañía representado y a que los accionistas presentes aceptan la celebración de la Asamblea, se declara legalmente constituida la Asamblea Ordinaria de Accionistas de esta Compañía. Asiste como invitada especial, la ciudadana Rosa Anyiney Ramírez de Suárez, venezolana, mayor de edad, Licenciada en Contaduría Pública, titular de la cédula de identidad número: V-9.349.428, inscrita en el Colegio de Profesionales de la Contaduría bajo el número: 40.807, Comisario de la Empresa. Se procede ante todo a establecer el orden del día el cual es aprobado por unanimidad y es como sigue: PUNTO PRIMERO: Considerar el Balance General al 30 de junio de 2018, así como los Estados de Ganancias y Pérdidas, correspondiente al ejercicio económico del 01 de julio de 2017 al 30 de junio de 2018, con vista el informe del Comisario de la Compañía. PUNTO SEGUNDO: Aumento de Capital mediante la actualización del valor nominal de las acciones, de acuerdo con los principios de contabilidad de aceptación general vigentes en la República Bolivariana de Venezuela. PUNTO TERCERO: Resolver sobre la modificación de la Cláusula QUINTA y SEXTA del Documento Estatutario de la Compañía y en el Código de Comercio vigente, ésta asamblea procedió a considerar, discutir el preseñalado punto primero y posteriormente la misma aprobó por unanimidad el Balance General al 30 de junio de 2018, así como los Estados De Ganancias y Pérdi-

.Información. das, correspondientes a los ejercicios económicos del 01 de julio de 2017 al 30 de junio de 2018, con vista al informe del Comisario de la compañía el cual también fue aprobado unánimemente. Puesto en consideración el PUNTO SEGUNDO, ésta asamblea discutió proceder al aumento de capital de Setecientos Treinta Bolívares (Bs. 730,00) a Cinco Millones de Bolívares (Bs. 5.000.000,00), lo cual, se paga mediante la capitalización de Cuentas Por Pagar Accionistas tomando de ella la cantidad de Cuatro Millones Novecientos Noventa y Nueve Mil Doscientos Setenta Bolívares (Bs. 4.999.270,00), de la partida de Cuentas por Pagar Accionistas, mediante la actualización del valor nominal de las acciones, para lo cual, se aclaró que el valor actual de las acciones es de cero con una diezmilésima de bolívar (Bs. 0,0001) cada una, pero como quiera que el balance del ejercicio del 2018, preparado según los principios de contabilidad vigentes en la República Bolivariana de Venezuela denominados BA VEN NIF (NIF para las PYME), muestra un Capital Social actualizado, se propone a la Asamblea que se proceda a aumentar el capital social, con un incremento de Cuatro Millones Novecientos Noventa y Nueve Mil Doscientos Setenta Bolívares (Bs. 4.999.270,00), es decir, desde la suma actual de Setecientos Treinta Bolívares (Bs. 730,00), hasta la cantidad de Cinco Millones de Bolívares (Bs. 5.000.000,00), de los cuales, se pagarán por capitalización de cuentas por pagar a accionistas, reflejada en el banco de fechas intermedias al 02 de mayo de 2019 y 30 de abril de 2019, todo mediante la actualización del valor nominal de las acciones desde cero con una diezmilésima de bolívares (Bs. 0,0001) a Cincuenta Mil Bolívares (Bs. 50.000,00) cada una, manteniéndose el mismo porcentaje del paquete accionario para cada accionista. La asamblea, aprobó por unanimidad la propuesta anterior. PUNTO TERCERO: ésta Asamblea acordó por unanimidad para dar concordancia con el punto segundo, MODIFICAR las CLÁUSULAS QUINTA y SEXTA del Documento Estatutario de la Compañía, la cual quedó redactada de conformidad con el siguiente texto: “QUINTA: EL CAPITAL SOCIAL de la Compañía es de CINCO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 5.000.000,00), dividido en CIEN ACCIONES (100) acciones nominativas de CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 50.000,00), cada una de ellas. Las acciones han sido totalmente suscritas y pagado también el CIEN POR CIENTO (100%) de su valor. El capital social ha sido cancelado así: El capital inicial, es decir, UN BOLÍVAR CON VEINTE DECIMAS (Bs. 1,20) al momento de la constitución, según consta en documento constitutivo de fecha 04 de diciembre de 2012, registrado bajo N° 14, Tomo 33-A; y CUATRO BOLÍVARES CON OCHENTA DECIMAS (Bs. 4,80) según aumento de capital aprobado en acta de fecha 28 (le noviembre de 2013, registrada en fecha 17 de marzo 2014, bajo el N° 14, Tomo 7A RM I; DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO BOLÍVARES (Bs. 244,00), fecha 02 de diciembre de 2016, registrada en fecha 16 de marzo de 2017, bajo el N° 44, Tomo 11; CUATROCIENTOS OCHENTA BOLÍVARES (Bs. 480,00), según aumento de capital aprobado en acta de fecha, 15 de noviembre de 2017, registrada en fecha 17 de abril de 2018, bajo el N° 55, Tomo 8-A; y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS SETENTA BOLÍVARES (BS. 4.999.270,00), según aumento de capital aprobado en la presente acta, mediante la capitalización de cuentas por pagar accionistas reflejadas en el balance de fechas intermedias al 02 de mayo de 2019 y 30 de abril de 2019”. “SEXTA: EL CAPITAL SOCIAL de la Compañía ha sido totalmente pagado en la forma establecida en la CLAUSULA QUINTA de los Estatutos Sociales de la Compañía, habiendo sido suscritas las acciones en la forma siguiente: ABILIO DE FREITAS PEREIRA, ha suscrito y pagado totalmente VEINTE (20) ACCIONES por un valor de UN MILLÓN DE BOLÍVARES (Bs. 1.000.000,00). LUCILINA DE ABREU FERNÁNDEZ, ha suscrito y pagado totalmente QUINCE (15) ACCIONES por un valor de SETECIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 750.000,00). ALICIA DE ABREU FERNÁNDEZ, ha suscrito y pagado totalmente QUINCE (15) ACCIONES por un valor de SETECIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 750.000,00). JUAN CARLOS DE ABREUS FERNÁNDEZ, ha suscrito y pagado totalmente CATORCE (14) ACCIONES por un valor de SETECIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 700.000,00), AMÉRICO CATANHO DA SILVA, ha suscrito y pagado totalmente OCHO (08) ACCIONES por un valor de CUATROCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 400.000,00); MARIO CATANHO DA SILVA, ha suscrito y pagado OCHO (08) ACCIONES por un valor de CUATROCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 400.000,00), ABEL DARÍO CHACÓN MEJÍA, ha suscrito y pagado totalmente DIEZ (10) ACCIONES por un valor de QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 500.000,00); y JESÚS MANUEL SALINAS, ha suscrito y pagado totalmente DIEZ (10) ACCIONES por un valor de QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 500.000,00)”. Se autoriza al ciudadano JESÚS MANUEL SALINAS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.815.905, procediendo en este ato en su condición de Gerente Administrativo de la Sociedad Mercantil INVERSIONES VENPORT DE LOS ANDES, C.A., para que cumpla con las formalidades de certificación, registro y publicación por ante el Registro Mercantil. DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ART. 17 DE LA RESOLUCIÓN Nº 150 PUBLICADA EN GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Nº 39.697, DEL 16 DE JUNIO DE 2011, DE LA NORMATIVA PARA LA PREVENCIÓN, CONTROL, Y FISCALIZACIÓN DE LAS OPERACIONES DE LEGITIMACIÓN DE CAPITALES Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO APLICABLES EN LAS OFICINAS REGISTRALES Y NOTARIALES DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. DECLARO BAJO FE DE JURAMENTO, que los capitales, bienes, haberes, valores o títulos del acto o negocio jurídico en este acto proceden de actividades lícitas, lo cual puede ser corroborado por los organismos competentes y no tienen relación alguna con dinero, capitales, bienes, haberes, valores o títulos que se consideren producto de las actividades o acciones ilícitas contempladas en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento del Terrorismo y/o en la Ley Orgánica de Drogas. No habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión de la cual se extiende la presente acta, que una vez leída es aprobada por unanimidad por todos los asistentes, los cuales firman al pie de la misma en señal de conformidad. (FDO) ABILIO DE FREITAS PEREIRA; (FDO) LUCILINA DE ABREU FERNÁNDEZ; (FDO) ALICIA DE ABREU FERNÁNDEZ; (FDO) JUAN CARLOS DE ABREUS FERNÁNDEZ; (FDO) MARIO CATANHO DA SILVA; (FDO) JESÚS MANUEL SALINAS; (FDO) ROSA ANYINEY RAMÍREZ DE SUÁREZ. Y yo, JESÚS MANUEL SALINAS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.815.905, y de este domicilio, procediendo en este acto con el carácter de Gerente Administrativo de la Sociedad Mercantil “INVERSIONES VENPORT DE LOS ANDES, C.A.”, certifico que el Acta que antecede es copia fiel y exacta tomada del original de Libro de Actas de la Compañía.-

MUNICIPIO SAN CRISTÓBAL, 14 DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE (FDOS.) JESÚS MANUEL SALINAS, ABOGADO FRANKLIN JOSÉ JAIRRAN MORA. SE EXPIDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA DE PUBLICACIÓN SEGÚN PLANILLA NO.: 443.2019.2.1244.

Papa Francisco: Jesús es todo corazón y todo misericordia

El Papa Francisco destaca en la fiesta del Sagrado Corazón de Jesús el amor que Dios tiene por cada uno de nosotros, por lo que animó a ir a Jesús “con confianza” porque “él nos perdona siempre”. “Jesús nos mira, nos ama y nos espera”, indicó el Pontífice quien destacó también que él es “todo corazón y todo misericordia”. Previamente, el Papa Francisco había destacado la importancia de la Solemnidad del Sagrado Corazón de Jesús al saludar a los peregrinos de lengua polaca al final de la audiencia general de esta semana. “Esta fiesta nos recuerda que Cristo está siempre vivo, nos ama, se ofrece a nosotros como fuente de misericordia, de perdón, de redención”, afirmó el Papa. En esta línea, Francisco aseguró ante miles de fieles reunidos en la Plaza de San

Pedro que “en él podemos reencontrar la paz del espíritu, frecuentemente disturbado en nosotros por la incertidumbre, por la tristeza, por el sentido del pecado”. “Ofrezcamos al Divino Corazón a nosotros mismos, toda nuestra vida y el tiempo de vacaciones apenas iniciadas. Les deseo a todos un buen reposo estivo”, dijo el Papa. En este sentido, el Santo Padre invitó a todos también “a mirar a aquel Corazón y a imitar los sentimientos más verdaderos”. Además, al aproximarse la festividad del Sagrado Corazón de Jesús pidió también oraciones “por todos los sacerdotes” y en la cercanía de la fiesta de San Pedro y San Pablo, el Papa solicitó oraciones por su “Ministerio petrino, para que cada acción pastoral tenga la huella del amor que Cristo tiene por cada uno de nosotros”.


.Información.

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Cinco periodistas, cinco historias de periodismo Parte II

El pasado 27 de junio, Venezuela celebró el Día Nacional del Periodista. Fecha para conmemorar a quienes día a día luchan en búsqueda de la verdad y vencer la censura. Algunos expertos en el área comunicacional opinan que

en el país hacer periodismo ya no es posible, debido a la alta confrontación política que viven los ciudadanos. A continuación, la segunda parte de cinco periodistas, cinco historias de periodismo.

“No hay garantías para Periodismo: “acto nadie y menos aún para heroico en Venezuela” los periodistas” La comunicadora social, Eilyn Cardozo cuenta con 26 años de ejercicio profesional. Actualmente es la corresponsal del diario colombiano La Opinión, en el estado Táchira. Considera que “hacer periodismo en Venezuela equivale a hacer una carrera de obstáculos con un grillete en el pie. Además de luchar contra la falta de vocerías, estadísticas y datos oficiales, también debe hacerlo contra la censura del Gobierno, la de sus propios medios presionados por el aparato gubernamental y contra su propia autocensura, pues es natural y comprensible que el miedo a ser detenido, perseguido o agredido le lleve a pensarlo dos veces antes de abordar determinados temas. Seguir haciendo periodismo en Venezuela requiere un fuerte compromiso ético y la firmeza de carácter necesaria para dar a conocer la verdad por encima de todas esas presiones”. Considera que las tecnologías hacen la vida más fácil, “el acceso a las fuentes, la confrontación de datos, la transmisión de información, la inmediatez. Pero son solo herramientas que pueden usarse bien o pueden servir para desinformar, todo depende de la intención, la ética y la honestidad de quién se encuentra detrás del teclado” dijo. Resaltó que los medios de comunicación atraviesan una crisis, “aunque parezca increíble, la libertad de información que reina en internet atenta contra la principal fuente de financiamiento de los medios tradicionales. Ahora, la proliferación de los infociudadanos pareciera una amenaza contra el periodismo, pero volvemos al punto de la ética y la credibilidad.

Abundancia no es sinónimo de calidad y mucho menos de veracidad, los infociudadanos constituyen una herramienta valiosísima para los periodistas y los medios, pero la credibilidad de las informaciones siempre va de la mano de la confirmación de un medio o un periodista que se hace eco de ellas y verifica lo informado” apuntó. Con la situación país, señala que “no hay garantías para nadie y menos aún para los periodistas, sin embargo, como periodista existe el compromiso de informar a pesar de las vicisitudes del oficio y por honrar ese compromiso muchos colegas han sido vejados, perseguidos y hasta encarcelados”. Como reto de periodismo, piensa que es “imponer la información veraz sobre los llamados "Fake news", cada día más abundantes en las redes sociales. El periodismo venezolano, debe mantener su papel de antipoder, sin arrodillarse ante las presiones del Gobierno o convertirse en defensores a ultranza de la oposición”. A las generación de relevo les dice que amen lo que hacen, “hacerlo de la mejor manera posible, apegados siempre a sus principios y valores” apuntó

El periodista William Amaya, ejerce esta profesión desde 2013, es locutor, animador, y actualmente dirige el noticiero Es Noticia Vzla, en Extasis 97.7 FM, de lunes a viernes en horas de la mañana. A su juicio, hacer periodismo en Venezuela, es un acto heroico, “es ser la voz de las necesidades que cada vez se multiplican, es poder cumplir con la comunidad de ser responsable, hacer que las denuncias tengan eco, fundamento y que estén apegadas a la situación real”. De no cambiar el Gobierno, augura un periodismo radicalizado en cuanto a información, “ya que la concentración de poder comunicacional va asfixiar las pocas emisoras, y va ser aún más difícil contar las historias, relatar las denuncias, hacer periodismo como se debe hacer realmente”. Recordó que la universidad brinda las herramientas para aprender a ejercer la profesión, fortalece la vocación y alimenta el criterio en observación y procesamiento de la noticia, pero cuando llegas a la calle, “te obliga a buscar otras formas de informar, de superar las limitaciones y obstáculos” precisó. El uso de las tecnologías es la ruta de escape, el ancla a tierra del quehacer informativo señala Amaya, puesto que “hay muchas

cosas aplicaciones, redes que han permitido que la noticia encuentra salida y sea visible. Las nuevas tecnologías han logrado que se multiplique la información y llegue a más personas, ante esto, ya no informamos a un grupo de personas si no a millones del mundo” acotó. Por la conducción de su noticiero, fue citado por agentes del Sebin, días antes del concierto Aid Live Venezuela, esto, tras realizar una serie de entrevistas a la dirigencia opositora. “Buscan evitar a toda costa que se muestre las noticias y que irradie las informaciones que les afectan” relató. Emigrar es una opción, pero apuesta por Venezuela. “Debemos seguir sobreviviendo a la opresión, mantener los medios, protegerlos y alimentar la vocación y el espíritu de los catedráticos en las universidades” agregó. La anécdota “Mientras realizaba mis pasantías en Venevisión, realicé un reportaje sobre unas afectaciones en la vía hacia Capacho. Me coloqué en la fractura de la calle por sugerencia del camarógrafo para hacer un paneo y me resbalé, cayendo un metro abajo. Me llené de barro la ropa y luego de limpiarme pude hacer el amanece para el noticiero” acotó Amaya.

eva Villanu n i l r e Mary illanueva ev @may

Apuesta por el libre desenvolvimiento del periodismo

Freddy Ramírez ejerce esta profesión desde hace casi dos años. Labora para la Televisora Regional del Táchira –TRT-, y la emisora Tamá. Indicó que hacer periodismo requiere un gran sacrificio y vocación, “porque sabemos las limitantes que existen hoy día para poder ejercer cualquier tipo de carrera, es por ello, que ésta requiere de una gran dedicación y constancia”. De acuerdo a las condiciones políticas y sociales del país, el periodismo lo ve mucho más censurado en unos años, “cada día más limitado y deteriorado porque se maneja una sola fuente y un solo tipo de información”, sin embargo, apuesta por un cambio para el libre desenvolvimiento del periodismo en Venezuela. En lo poco que lleva ejerciendo, ha sido amenazado en protestas, tanto de oposición como del Gobierno. Recuerda una serie de agresiones como insultos a través de redes sociales, “así como partirme los vidrios del carro, lanzarme piedras, entre otras cosas,

pese a que como periodista se busca la manera de ser lo más neutro posible” añadió. “No podemos hablar de libertad de expresión cuando muchas veces te ves coaccionado de hablar de ciertos temas en los medios de comunicación. Creo en el periodismo ciudadano hasta cierto punto, pero, cuando comienza a invadir tu espacio de trabajo se convierte en algo malo” puntualizó. La anécdota “El día 22 de febrero, cuando deciden cerrar la frontera, mi equipo de prensa, entre ellos cuatro personas, nos quedamos del lado de Cúcuta y nuestras maletas se quedaron en San Antonio, ya que daríamos cobertura al concierto Aid Live Venezuela. Ante esto, nos toco esperar hasta tres días con la misma ropa y para retornar, tuvimos que buscar un trochero y a través de él poder cruzar, tomando los riesgos que hubo en aquel momento para que los periodistas pudiesen retornar a Venezuela” concluyó. *****


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.Información.

30 de Junio de 2019

Cáritas Venezuela pidió a Michelle Bachelet mediar por situación crítica de venezolanos

Mediante un comunicado público, Cáritas Venezuela se dirigió a la alta comisionada de Derechos Humanos de la ONU, Michelle Bachelet, sobre la situación de urgencia y vulnerabilidad de los derechos humanos que se vive en el país. Cáritas Venezuela emitió “un clamor que ya excede el llamado de socorro que hemos pedido durante varios años y de la voz de nuestra gente, vulnerada y disminuida en su dignidad”, donde detalló diversos desafíos humanitarios de carácter urgente a los que se enfrenta. El retraso en el crecimiento infantil a causa de la desnutrición crónica es el primer desafío referido en la carta. “Después de evaluar a más de 30 mil niños en estos últimos 3 años, Cáritas puede hablar con pesar de todos estos niños pequeños que están

entrando a su edad escolar con retardo de su crecimiento físico y el rezago cognitivo, afectivo y social que eso significa para ellos y para el capital humano con el que nos tocará en los años venideros restaurar nuestra nación”, expresaron. Asimismo, afirmaron que más de un tercio de los niños que atienden se encuentran en esa situación. En ese sentido, comentaron que se incluyeron cuatro anexos con datos actuales sobre el “alcance de los daños ocasionados por desnutrición aguda, retraso en el crecimiento infantil, supervivencia familiar y acceso a los alimentos básicos”. Como segundo punto, recordaron el “éxodo” masivo de venezolanos y “la fisura extensa e irreparable que está dejando en nuestro tejido la emigración”. “Uno de cada 13 venezolanos se ha ido ya, buscando

REGISTRO DE COMERCIO. BODEGÓN Y DELICATESSES LA ERMITA, C.A.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA. SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS. REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TÁCHIRA. RM No. 443. 208º y 159º. ABOGADO FRANKLIN JOSÉ JAIRRAN MORA, Registrador Mercantil Primero. C E R T I F I C A. Que el asiento de Registro de Comercio transcrito a continuación, cuyo original está inscrito en el Tomo: 2-A RM I. Número: 6 del año 2019, así como La Participación, Nota y Documento que se copian de seguida son traslado fiel de sus originales, los cuales son del tenor siguiente: CIUDADANO: REGISTRADOR MERCANTIL PRIMERO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. SU DESPACHO.- Yo, ROSCIO USECHE DE OLIVARES, venezolana, mayor de edad, casada, comerciante, titular de la cédula de identidad N° V- 12.229.657, con RIF N° V-12229657-8 de este domicilio y civilmente hábil, en mi carácter de Gerente General de la Sociedad Mercantil BODEGÓN Y DELICATESSES LA ERMITA C.A., con N° de Rif J-40749478-3 empresa inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del Estado Táchira, bajo el N° 22, Tomo 12-A, de fecha 03 de Marzo del 2016 Exp N° 443-18127, ante usted con el debido respeto ocurro para exponer: Presento Acta de Asamblea General Extraordinaria de la Sociedad que represento de fecha 06 de Noviembre de 2018, la cual explica su contenido por sí misma. Acompaño a la presente Estados Financieros al 31/12/2017, Balance de Fechas intermedias, Balance e inventario, Facturas originales y Depósitos Bancarios para su vista y devolución con sus respectivas copias, y Carta de Inactividad. Ruego al Ciudadano Registrador, una vez inscrita el acta me sea devuelta copia certificada con sus resultas para fines de su publicación. En la ciudad de San Cristóbal a la fecha de su Registro.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA. SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS. REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TÁCHIRA. RM No. 443. 208º y 159º. Municipio San Cristóbal, 22 de Enero del Año 2019. Por presentada la anterior participación por su FIRMANTE, para su inscripción en el Registro Mercantil, fijación y publicación. Hágase de conformidad y agréguese el original al expediente de la Empresa Mercantil junto con los recaudos acompañados. Expídase la copia de publicación. El anterior documento redactado por el Abogado JOSÉ REMIGIO PEÑA ANDRADE IPSA N.: 26153, se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Número: 6, TOMO -2-A RM I. Derechos pagados BS: 200.009,59 Según Planilla RM No. 44300151883, Banco No. 269179471 Por BS: 199.999,52. La identificación se efectuó así: ROSCIO USECHE DE OLIVARES, C.I.: V-12.229.657. Abogado Revisor: FRANKLIN JOSE JAIRRAN MORA.

ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD BODEGÓN Y DELICATESSES LA ERMITA C.A., Yo, ROSCIO USECHE DE OLIVARES, venezolana, mayor de edad; casada, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V-12.229.657, con RIF N° V-12229657-8 de este domicilio y civilmente, hábil, en mi carácter de Gerente General de la Sociedad Mercantil BODEGÓN Y DELICATESSES LA ERMITA C.A., con N° de Rif J-40749478-3 empresa

un lugar donde la vida sea posible”, dijeron. Del mismo modo, denunciaron que se está perdiendo “el alma del pueblo”. “Se nos están yendo madres, padres, maestros, médicos, investigadores, hermanos, personal humanitario, nuestros ancianos. Estamos perdiendo capacidades, cuidado, memoria y todos los vínculos sociales

y afectivos que sostienen la institución familiar”, lamentaron. El tercer aspecto denuncia el trabajo precario, la trata de personas y la prostitución, nuevas formas de esclavitud que atacan la integridad física, espiritual y moral de los venezolanos. “Son miles los venezolanos a los que se les

inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del Estado Táchira, bajo el N° 22, Tomo 12-A, de fecha 03 de Marzo del 2016 exp N° 443-18127, CERTIFICO que el acta que a continuación se extiende es copia fiel y exacta de su original la cual está inserta en este libro de Actas de Asambleas que lleva esta empresa: En la ciudad de San Cristóbal en la sede de la Sociedad siendo el día 06 de Noviembre de 2018 presentes sus accionistas ROSCIO USECHE DE OLIVARES, venezolana, mayor de edad; casada, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V-12.229.657 con RIF N° V-12229657-8 de este domicilio y civilmente hábil, RAMÓN USECHE RICO, Venezolano, mayor de edad, casado, comerciante, titular de la cédula N° V-1.527.031 con Rif N° V- 01527031-8 de este domicilio y civilmente hábil, prescindiéndose de previa convocatoria por estar reunidos el cien por ciento (100%) de las Acciones de la Sociedad y así mismo se encuentra presente en la Asamblea, con el carácter de Comisario de la Sociedad la Licenciada en Contaduría Pública ZORAIDA DEL CARMEN CAÑIZALEZ SEGOVIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.299.959, inscrita en el Colegio de Contadores Públicos N° 109.735 para considerar y tratar él siguiente orden del día: PRIMER PUNTO: Participación al Registro Mercantil sobre la inactividad de la empresa desde el 03/03/2016 al 31/12/2016. SEGUNDO PUNTO: Aprobación o Improbación de los Balances correspondientes a los ejercicios económicos comprendidos el 31/12/2017 previo informe del comisario. TERCER PUNTO: Cambio del valor nominal de las acciones que conforman el capital social de la empresa. Aumento de capital de la sociedad, emisión de nuevas acciones y modificación de la Cláusula QUINTA de los Estatutos de la Sociedad. Sometido el anterior orden del día a la consideración de la Asamblea, la misma lo aprueba por unanimidad; pasándose de seguida a tratar el PRIMER PUNTO en el orden del día toma la palabra el accionista ROSCIO USECHE DE OLIVARES y expone: En vista de que la empresa no tuvo actividad económica desde su constitución en fecha 03 de Marzo del 2016 hasta el 19 de Marzo de 2016, se presentó ante la Dirección de Tributos Internos del SENIAT constancia de la misma cuya fecha de recepción es del 17 de Marzo del 2017 N° de Registro 7481, a fin de que sea agregada al expediente de la empresa el cual reposa en el Registro Mercantil Primero del Estado Táchira. La Asamblea lo aprueba de forma unánime SEGUNDO PUNTO continuando con el derecho de palabra la accionista ROSCIO USECHE DE OLIVARES. Propongo que sean aprobados los estados financieros que aquí se nos presentan correspondientes a los ejercicios económicos comprendidos entre el 01/12/2017 al 31/12/2017; por mostrar estos la situación real de la Sociedad para la fecha, y como tal su aprobación, es recomendada por el Comisario de la Sociedad; sometida tal proposición a la consideración de la asamblea y analizados los estados financieros en referencia, la misma los- aprueba por unanimidad. Continúa con el derecho de palabra la accionista ROSCIO USECHE DE OLIVARES para tratar el TERCER PUNTO y expuso: propongo el cambio del valor nominal de las acciones con ocasión de la reconversión monetaria implementada en el País desde el 20/08/2018; de DIEZ MIL BOLÍVARES (Bs. 10.000,00) cada una, la cual, luego de la misma quedó en CERO CON DIEZ BOLÍVARES SOBERANOS (Bs.S. 0,1) y llevarla a razón de CINCO BOLÍVARES SOBERANOS (Bs.S. 5,00) cada una siendo el incremento de CUATRO CON NUEVE BOLÍVARES SOBERANOS (Bs.S. 4,9) siendo necesario reducir el número total de acciones de QUINIENTAS (500) a DIEZ (10) acciones correspondiendo a la accionista ROSCIO USECHE DE OLIVARES NUEVE (9) acciones, y al accionista RAMÓN USECHE RICO UNA (1) acción: Así mismo, en aras de mejorar la marcha de la empresa se hace necesario realizar un aumento del Capital Social de CINCUENTA BOLÍVARES SOBERANOS (Bs.S. 50,00) que es su capital actual, a la cantidad de VEINTE MILLONES DE BOLÍVARES SOBERANOS (Bs.S. 20.000.000,00), mediante un incremento de DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES SOBERANOS (Bs. 19.999.950,00) y la emisión de TRES MILLONES NOVECIENTAS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTAS NOVENTA (3.999.990) nuevas acciones de CINCO BOLÍVARES SOBERANOS (Bs.S. 5,00) cada una, estas acciones serán suscritas y pagadas por los accionistas de la siguiente manera: ROSCIO USECHE DE OLIVARES, suscribe TRES MILLONES QUINIENTAS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTAS NOVENTA Y UNA (3.599.991) nuevas acciones con un valor nominal de CINCO BOLÍVARES SOBERANOS (Bs.S. 5,00) cada una, para un total de DIECISIETE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO BOLÍVARES SOBERANOS (Bs.S. 17.999.955,00); RAMÓN USECHE RICO, suscribe TRESCIENTAS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTAS NOVENTA Y NUEVE (399.999) nuevas acciones con un valor nominal de CINCO BOLÍVARES SOBERANOS (Bs.S. 5,00) cada una para un total de UN MILLÓN NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLÍVARES SOBERANOS (Bs.S. 1.999.995,00); el mencionado aumento será pagado mediante facturas que se anexan cuyo monto es de DIECINUEVE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES SOBERANOS (Bs.S. 19.699,950,00) y dos depósitos bancarios cuyos números de referencia son 257686797 del Banco Bicentenario en fecha 07/09/2018 por un monto de DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES SOBERANOS (Bs.S. 200.000,00) y uno del Banco Provincial N° de Ref: 000001996 de fecha 07/09/2018 por un monto de CIEN MIL BOLÍVARES (Bs.S. 100.000,00). Tal proposición es aprobada por unanimidad de

agotaron los medios y están transando su vida con lo único que les queda, su propia integridad”, alertaron. Además, manifestaron que la gravedad de la situación ha provocado “tasas sin precedente de suicidios, de prostitución y de hermanos atrapados en redes de trata de personas, en el tráfico ilegal, en trabajos forzados, en situación de

esclavitud”. Asimismo, indicaron que más de la mitad de las aulas en escuelas y universidades se encuentran vacías, debido a que la crisis del sistema educativo “está desmantelando el futuro del país”. Señalaron que la violencia como forma de intercambio social es otro punto a tratar, el cual afecta a toda la sociedad y a las familias. “Nos compromete, especialmente, la violencia alimentaria, porque la hemos seguido y registrado. Esta no es solo la violencia con la que han destruido nuestra agricultura, o la de la escasez y la corrupción. Es también la violencia alimentaria simbólica con la que nos han quitado la memoria, la tradición, el derecho a comer por preferencia y la comensalía como espacio sagrado de creación y vínculo social”, aseveraron.

la Asamblea. Acto seguido y en consideración a lo anteriormente expuesto y aprobado en el orden del día, se hace necesario modificar la cláusula Quinta de los Estatutos Sociales referente al Capital Social de la Compañía, la cual propone en lo adelante quede redactada así: QUINTA: EL CAPITAL SOCIAL DE LA COMPAÑÍA ES DE VEINTE MILLONES BOLÍVARES SOBERANOS (Bs.S. 20.000.000,00) DIVIDIDO CUATRO MILLONES (4.000.000) DE ACCIONES DE CINCO BOLÍVARES SOBERANOS (Bs.S. 5,00) CADA UNA NOMINATIVAS Y NO CONVERTIBLES AL PORTADOR, CAPITAL ESTE QUE HA SIDO SUSCRITO TOTALMENTE Y PAGADO POR LOS ACCIONISTAS DE LA SIGUIENTE MANERA: LA ACCIONISTA ROSCIO USECHE OLIVARES SUSCRIBE TRES MILLONES SEISCIENTAS MIL (3.600.000) ACCIONES, PARA UN TOTAL DE DIECIOCHO MILLONES DE BOLÍVARES SOBERANOS (Bs.S. 18.000.000,00). EL ACCIONISTA RAMÓN USECHE RICO SUSCRIBE CUATROCIENTAS MIL (400.000) ACCIONES, PARA UN TOTAL DE DOS MILLONES BOLÍVARES SOBERANOS (Bs.S. 2.000.000,00) DICHO CAPITAL SOCIAL HA SIDO SUSCRITO TOTALMENTE Y PAGADO POR LOS ACCIONISTAS DE LA SIGUIENTE MANERA: A) CINCUENTA BOLÍVARES SOBERANOS (Bs.S. 50,00) QUE FUE EL CAPITAL INICIAL MEDIANTE EL APORTE DE MERCANCÍA TAL COMO SE EVIDENCIA EN EL BALANCE E INVENTARIO EN ACTA CONSTITUTIVA DE, SOCIEDAD INSCRITA POR ANTE EL REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TÁCHIRA, BAJO EL N° 22, TOMO 12-A DE FECHA 05 DE MARZO DEL 2018, B) DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES SOBERANOS (Bs.S. 19.999.950,00), SEGÚN CONSTA EN ACTA DE FECHA 06 DE NOVIEMBRE DE 2018 CON DINERO EN EFECTIVO MEDIANTE DEPÓSITO BANCARIO Y MERCANCÍA TAL COMO CONSTA EN BALANCE DE FECHAS INTERMEDIAS, BALANCE E INVENTARIO QUE SE ANEXA; No habiendo nada más que tratar en la Asamblea la misma se dio por terminada no sin antes haber autorizado te la Gerente General de la Sociedad ROSCIO USECHE DE OLIVARES; ya identificada, para que solicite y obtenga la inscripción de la misma por ante el Registro Mercantil Primero del Estado Táchira. De acuerdo a lo establecida en el art. 17 de la resolución N° 150 publicada en gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.697 del 16 de junio de 2011, de la normativa para la prevención, control y fiscalización de las operaciones de legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo aplicables en las oficinas registrales y notariales de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARO BAJO FE DE JURAMENTO, que los capitales, bienes, haberes, valores o títulos del acto o negocio jurídico, en este acto proceden de actividades lícitas, lo cual puede ser corroborado, por los organismos competentes y no tienen relación alguna con dinero, capitales, bienes, haberes; valores o títulos que consideren productos-de las actividades o acciones ilícitas contempladas, en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada. En señal de conformidad firman los asistentes de la asamblea ROSCIO USECHE DE OLIVARES (fdo) RAMÓN USECHE RICO (fdo) ZORAIDA DEL CARMEN CAÑIZALEZ SEGOVIA (fdo).

MUNICIPIO SAN CRISTÓBAL, 22 DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE (FDOS.) ROSCIO USECHE DE OLIVARES, ABOGADO FRANKLIN JOSÉ JAIRRAN MORA. SE EXPIDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA DE PUBLICACIÓN SEGÚN PLANILLA NO.: 443.2018.4.2300.


Periodistas tachirenses conmemoraron su día con celebración de la Misa

.Información. REGISTRO DE COMERCIO. INVERSIONES VENPORT DE LOS ANDES, C.A.

CIUDADANO. REGISTRADOR MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TÁCHIRA. SU DESPACHO.- Yo, JESÚS MANUEL SALINAS, Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.815.905, R.I.F. V-03815905-0, domiciliado en el Municipio San Cristóbal, Estado Táchira y hábil; ante usted ocurro con todo respeto para exponer que, actuando en mi condición de GERENTE ADMINISTRATIVO de la Sociedad Mercantil INVERSIONES VENPORT DE LOS ANDES, C.A.; con número de R.I.F. J-40178519-0, debidamente inscrita ante ese Registro Mercantil, a su digno cargo, en fecha cuatro (04) de diciembre de dos mil doce (2012) y debidamente facultado para este acto, ante Usted con el debido acatamiento ocurro, a los fines de presentar copia certificada del Acta de Asamblea Ordinaria de Accionistas de la prenombrada compañía, celebrada el día 02 de mayo de 2019. Consigno a la presente, ejercicios económicos así como balance de fecha intermedia de aumento de capital aprobado por la sala técnica del colegio de contadores, certificaciones del contador, publicación del acta de fecha 15 de noviembre de 2017, registrada en fecha 17 de abril de 2018, bajo el Nº 55, Tomo 8-A RM I. Solicito, con el debido acatamiento, al Ciudadano Registrador Mercantil, se sirva inscribir esta participación y el acta que se presenta en los libros correspondientes y se me expida copia certificada de la misma. En San Cristóbal, Estado Táchira, en la fecha de la nota respectiva.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA. SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS. REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TÁCHIRA. RM No. 443. 209º y 160º. Municipio San Cristóbal, 14 de Junio del Año 2019. Por presentada la anterior participación por su FIRMANTE, para su inscripción en el Registro Mercantil, fijación y publicación. Hágase de conformidad y agréguese el original al expediente de la Empresa Mercantil junto con los recaudos acompañados. Expídase la copia de publicación. El anterior documento redactado por el Abogado LEIDYS LAURA CASTRO CONTRERAS IPSA N.: 98361, se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Número: 43, TOMO -9-A RM I. Derechos pagados BS: 322.392,70 Según Planilla RM No. 44300155700, Banco No. 281440391 Por BS: 49.992,73. La identificación se efectuó así: JESÚS MANUEL SALINAS, C.I.: V-3.815.905. Abogado Revisor: MARCY MILAIDY SAYAGO QUINTERO. PRESENTÓ CERTIFICACIÓN DE LA LCDA. ROSA PIERINA MORENO UZCÁTEGUI C.P.C. 40.846, CUYO CONTENIDO SE EXPLICA POR SI MISMO. LA PRESENTE INSCRIPCIÓN SE ANTICIPO POR URGENCIA JURADA CONFORME AL ART. 29 DE LA LEY DE REGISTRO PUBLICO Y DEL NOTARIADO.

“El periodismo hoy exige que se practique desde el discernimiento, la promoción de la verdad y el sentido de pertenencia del periodista a la comunidad”, expresó el sacerdote Johan Pacheco, director de Comunicación de la Diócesis de San Cristóbal, en la misa del Día del Periodista este 27 de junio. La Eucaristía fue celebrada en la sede del Colegio de Periodistas del Táchira, en la que participaron los comunicadores agremiados de la entidad. La ceremonia fue organizada por miembros del Secretariado de Comunicación Social de esta Iglesia local. El padre Pacheco exhortó a los comunicadores sociales a colocar en práctica “el discernimiento, para profundizar en un periodismo que beneficie el crecimiento de una sociedad que vive en crisis policía, económica, pero también de censura de

medios, de desinformación, y fake news”. Así mismo, recordó que “el gran valor del periodismo es la práctica de la verdad, por lo cual debe ser promovida como estilo de trabajo e identidad del comunicador, para no caer en la tentación de la mentira y la difamación”, dijo. También, el sacerdote y periodista Johan Pacheco, indicó en su mensaje que es vital que “el periodista debe vivir con sentido de partencia a la comunidad, viviendo sus preocupaciones y sus angustias, para que la noticia sea humanizada y sensibilizada por la realidad que vive el pueblo”. Finalmente, el sacerdote al impartir la bendición, también animó a los periodistas a seguir cumpliendo con su albor periodística para superar las barreras de la censura a la que es sometida Venezuela. (Prensa DiócesisSC)

Yo, JESÚS MANUEL SALINAS, Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de Cédula de Identidad N° V-3.816.905, R.I.F. V-03816905-4, domiciliado en San Cristóbal y hábil; ante usted ocurro con todo respeto para exponer que, actuando en mi condición de GERENTE ADMINISTRATIVO de la Sociedad Mercantil INVERSIONES VENPORT DE LOS ANDES, C.A.; debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero di/la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha cuatro (04) de diciembre de dos mil doce (2012), anotado bajo el número: 14; Tomo 33-A, hago constar y certifico que la copia que a continuación se transcribe, es traslado fiel y exacto de su original, insertado en el LIBRO DE ACTAS DE LAS ASAMBLEAS llevado por esta Compañía y que copiado textualmente dice así: “Hoy, a los dos (02) días de mayo de dos mil diecinueve (2019); en la sede social de la Compañía “INVERSIONES VENPORT DE LOS ANDES, C.A.”, en Barrancas parte baja, calle 6, Edificio “DINAZ”, local 1-27, Municipio Cárdenas, Estado Táchira; se reunieron los accionistas de la misma, propietarios en este acto y decidieron constituirse en Asamblea General Ordinaria de acuerdo a lo establecido en el artículo 271º del Código de Comercio y de la Cláusula Décima Segunda del Documento Estatutario de la Compañía. Se procede a establecer la lista de los asistentes a la Asamblea, la cual es como sigue; ABILIO DE FREITAS PEREIRA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad número: V-6.069.651, R.I.F. V-06069651-5, domiciliado en Caracas, en nombre propio, titular de un millón cuatrocientas sesenta mil (1.460.000) acciones, LUCILINA DE ABREU FERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número: V-8.759.217, R.I.F. V-08759217-7, domiciliada en Caracas, en nombre propio, titular de un millón noventa y cinco mil (1.095.000) acciones, ALICIA DE ABREU FERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número: V-9.313.537, R.I.F. V-06313537-89, domiciliada en Caracas, en nombre propio, titular de un millón noventa y cinco mil (1.095.000) acciones, JUAN CARLOS DE ABREUS FERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número: V-6.313.539, R.I.F. V-06313539-5, domiciliado en Caracas, en nombre propio, titular de un millón veintidós mil (1.022.000) acciones, ABEL DARÍO CHACÓN MEJÍA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número: V-9.224.836, R.I.F. V-09224836-0, domiciliado en Palo Gordo, en nombre propio, titular de setecientas treinta mil (730.000) acciones, JESÚS MANUEL SALINAS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número: V-3.815.905, R.I.F. V-03815905-0, domiciliado en San Cristóbal, en nombre propio, titular de setecientas treinta mil (730.000) acciones, AMÉRICO CATANHO DA SILVA, portugués, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad número: E-948.161, R.I.F. E-00948161-6, domiciliado en Caracas, en nombre propio, titular de quinientas ochenta y cuatro mil (584.000) acciones, y MARIO CATANHO DA SILVA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad número: V-10.359.189, R.I.F. V-10359189-5, domiciliado en Caracas, en nombre propio, titular de quinientas ochenta y cuatro mil (584.000) acciones; las cuales hacen la totalidad del Capital Social que alcanza la suma de SETECIENTOS TREINTA BOLÍVARES (Bs. 730,00), dividido en SIETE MILLONES TRESCIENTAS MIL (7.300.000) acciones nominativas de CERO CON UNA DIEZMILÉSIMA DE BOLÍVAR (Bs. 0,0001) cada una de ellas, pagadas en su totalidad y distribuidas en la misma proporción que se señaló precedentemente, razón por la cual se prescinde de la convocatoria por la prensa. Atendiendo al capital de la Compañía representado y a que los accionistas presentes aceptan la celebración de la Asamblea, se declara legalmente constituida la Asamblea Ordinaria de Accionistas de esta Compañía. Asiste como invitada especial, la ciudadana Rosa Anyiney Ramírez de Suárez, venezolana, mayor de edad, Licenciada en Contaduría Pública, titular de la cédula de identidad número: V-9.349.428, inscrita en el Colegio de Profesionales de la Contaduría bajo el número: 40.807, Comisario de la Empresa. Se procede ante todo a establecer el orden del día el cual es aprobado por unanimidad y es como sigue: PUNTO PRIMERO: Considerar el Balance General al 30 de junio de 2018, así como los Estados de Ganancias y Pérdidas, correspondiente al ejercicio económico del 01 de julio de 2017 al 30 de junio de 2018, con vista el informe del Comisario de la Compañía. PUNTO SEGUNDO: Aumento de Capital mediante la actualización del valor nominal de las acciones, de acuerdo con los principios de contabilidad de aceptación general vigentes en la República Bolivariana de Venezuela. PUNTO TERCERO: Resolver sobre la modificación de la Cláusula QUINTA y SEXTA del Documen-

30 de Junio de 2019

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to Estatutario de la Compañía y en el Código de Comercio vigente, ésta asamblea procedió a considerar, discutir el preseñalado punto primero y posteriormente la misma aprobó por unanimidad el Balance General al 30 de junio de 2018, así como los Estados De Ganancias y Pérdidas, correspondientes a los ejercicios económicos del 01 de julio de 2017 al 30 de junio de 2018, con vista al informe del Comisario de la compañía el cual también fue aprobado unánimemente. Puesto en consideración el PUNTO SEGUNDO, ésta asamblea discutió proceder al aumento de capital de Setecientos Treinta Bolívares (Bs. 730,00) a Cinco Millones de Bolívares (Bs. 5.000.000,00), lo cual, se paga mediante la capitalización de Cuentas Por Pagar Accionistas tomando de ella la cantidad de Cuatro Millones Novecientos Noventa y Nueve Mil Doscientos Setenta Bolívares (Bs. 4.999.270,00), de la partida de Cuentas por Pagar Accionistas, mediante la actualización del valor nominal de las acciones, para lo cual, se aclaró que el valor actual de las acciones es de cero con una diezmilésima de bolívar (Bs. 0,0001) cada una, pero como quiera que el balance del ejercicio del 2018, preparado según los principios de contabilidad vigentes en la República Bolivariana de Venezuela denominados BA VEN NIF (NIF para las PYME), muestra un Capital Social actualizado, se propone a la Asamblea que se proceda a aumentar el capital social, con un incremento de Cuatro Millones Novecientos Noventa y Nueve Mil Doscientos Setenta Bolívares (Bs. 4.999.270,00), es decir, desde la suma actual de Setecientos Treinta Bolívares (Bs. 730,00), hasta la cantidad de Cinco Millones de Bolívares (Bs. 5.000.000,00), de los cuales, se pagarán por capitalización de cuentas por pagar a accionistas, reflejada en el banco de fechas intermedias al 02 de mayo de 2019 y 30 de abril de 2019, todo mediante la actualización del valor nominal de las acciones desde cero con una diezmilésima de bolívares (Bs. 0,0001) a Cincuenta Mil Bolívares (Bs. 50.000,00) cada una, manteniéndose el mismo porcentaje del paquete accionario para cada accionista. La asamblea, aprobó por unanimidad la propuesta anterior. PUNTO TERCERO: ésta Asamblea acordó por unanimidad para dar concordancia con el punto segundo, MODIFICAR las CLÁUSULAS QUINTA y SEXTA del Documento Estatutario de la Compañía, la cual quedó redactada de conformidad con el siguiente texto: “QUINTA: EL CAPITAL SOCIAL de la Compañía es de CINCO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 5.000.000,00), dividido en CIEN ACCIONES (100) acciones nominativas de CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 50.000,00), cada una de ellas. Las acciones han sido totalmente suscritas y pagado también el CIEN POR CIENTO (100%) de su valor. El capital social ha sido cancelado así: El capital inicial, es decir, UN BOLÍVAR CON VEINTE DECIMAS (Bs. 1,20) al momento de la constitución, según consta en documento constitutivo de fecha 04 de diciembre de 2012, registrado bajo N° 14, Tomo 33-A; y CUATRO BOLÍVARES CON OCHENTA DECIMAS (Bs. 4,80) según aumento de capital aprobado en acta de fecha 28 (le noviembre de 2013, registrada en fecha 17 de marzo 2014, bajo el N° 14, Tomo 7A RM I; DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO BOLÍVARES (Bs. 244,00), fecha 02 de diciembre de 2016, registrada en fecha 16 de marzo de 2017, bajo el N° 44, Tomo 11; CUATROCIENTOS OCHENTA BOLÍVARES (Bs. 480,00), según aumento de capital aprobado en acta de fecha, 15 de noviembre de 2017, registrada en fecha 17 de abril de 2018, bajo el N° 55, Tomo 8-A; y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS SETENTA BOLÍVARES (BS. 4.999.270,00), según aumento de capital aprobado en la presente acta, mediante la capitalización de cuentas por pagar accionistas reflejadas en el balance de fechas intermedias al 02 de mayo de 2019 y 30 de abril de 2019”. “SEXTA: EL CAPITAL SOCIAL de la Compañía ha sido totalmente pagado en la forma establecida en la CLAUSULA QUINTA de los Estatutos Sociales de la Compañía, habiendo sido suscritas las acciones en la forma siguiente: ABILIO DE FREITAS PEREIRA, ha suscrito y pagado totalmente VEINTE (20) ACCIONES por un valor de UN MILLÓN DE BOLÍVARES (Bs. 1.000.000,00). LUCILINA DE ABREU FERNÁNDEZ, ha suscrito y pagado totalmente QUINCE (15) ACCIONES por un valor de SETECIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 750.000,00). ALICIA DE ABREU FERNÁNDEZ, ha suscrito y pagado totalmente QUINCE (15) ACCIONES por un valor de SETECIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 750.000,00). JUAN CARLOS DE ABREUS FERNÁNDEZ, ha suscrito y pagado totalmente CATORCE (14) ACCIONES por un valor de SETECIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 700.000,00), AMÉRICO CATANHO DA SILVA, ha suscrito y pagado totalmente OCHO (08) ACCIONES por un valor de CUATROCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 400.000,00); MARIO CATANHO DA SILVA, ha suscrito y pagado OCHO (08) ACCIONES por un valor de CUATROCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 400.000,00), ABEL DARÍO CHACÓN MEJÍA, ha suscrito y pagado totalmente DIEZ (10) ACCIONES por un valor de QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 500.000,00); y JESÚS MANUEL SALINAS, ha suscrito y pagado totalmente DIEZ (10) ACCIONES por un valor de QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 500.000,00)”. Se autoriza al ciudadano JESÚS MANUEL SALINAS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.815.905, procediendo en este ato en su condición de Gerente Administrativo de la Sociedad Mercantil INVERSIONES VENPORT DE LOS ANDES, C.A., para que cumpla con las formalidades de certificación, registro y publicación por ante el Registro Mercantil. DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ART. 17 DE LA RESOLUCIÓN Nº 150 PUBLICADA EN GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Nº 39.697, DEL 16 DE JUNIO DE 2011, DE LA NORMATIVA PARA LA PREVENCIÓN, CONTROL, Y FISCALIZACIÓN DE LAS OPERACIONES DE LEGITIMACIÓN DE CAPITALES Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO APLICABLES EN LAS OFICINAS REGISTRALES Y NOTARIALES DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. DECLARO BAJO FE DE JURAMENTO, que los capitales, bienes, haberes, valores o títulos del acto o negocio jurídico en este acto proceden de actividades lícitas, lo cual puede ser corroborado por los organismos competentes y no tienen relación alguna con dinero, capitales, bienes, haberes, valores o títulos que se consideren producto de las actividades o acciones ilícitas contempladas en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento del Terrorismo y/o en la Ley Orgánica de Drogas. No habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión de la cual se extiende la presente acta, que una vez leída es aprobada por unanimidad por todos los asistentes, los cuales firman al pie de la misma en señal de conformidad. (FDO) ABILIO DE FREITAS PEREIRA; (FDO) LUCILINA DE ABREU FERNÁNDEZ; (FDO) ALICIA DE ABREU FERNÁNDEZ; (FDO) JUAN CARLOS DE ABREUS FERNÁNDEZ; (FDO) MARIO CATANHO DA SILVA; (FDO) JESÚS MANUEL SALINAS; (FDO) ROSA ANYINEY RAMÍREZ DE SUÁREZ. Y yo, JESÚS MANUEL SALINAS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.815.905, y de este domicilio, procediendo en este acto con el carácter de Gerente Administrativo de la Sociedad Mercantil “INVERSIONES VENPORT DE LOS ANDES, C.A.”, certifico que el Acta que antecede es copia fiel y exacta tomada del original de Libro de Actas de la Compañía.-

MUNICIPIO SAN CRISTÓBAL, 14 DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE (FDOS.) JESÚS MANUEL SALINAS, ABOGADO FRANKLIN JOSÉ JAIRRAN MORA. SE EXPIDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA DE PUBLICACIÓN SEGÚN PLANILLA NO.: 443.2019.2.1244.

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30 de Junio de 2019

REGISTRO DE COMERCIO. DISTRIBUIDORA NUBE AZUL DE LOS ANDES, C.A.

CIUDADANO. REGISTRADOR MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TÁCHIRA. SU DESPACHO.- Yo, ABEL DARÍO CHACÓN MEJÍA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad número: V-9.224.836, con número de R.I.F. V-09224835-0 y domiciliado en Palo Gordo, procediendo en este acto con el carácter de Gerente de la Sociedad Mercantil “DISTRIBUIDORA NUBE AZUL LOS ANDES C.A.”, con número de R.I.F. Nº J-31129359-0, debidamente inscrita ante ese Registro Mercantil, a su digno cargo, en fecha veintiséis (26) de marzo de dos mil cuatro (2004); anotado bajo el número: 52, Tomo 6-A, expediente número: 107770, y debidamente facultado para este acto, ante Usted, con el debido acatamiento ocurro, a los fines de presentar copia certificada del Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas de la prenombrada compañía, celebrada el día 02 de mayo de 2019. Consigno a la presente acta, ejercicios económicos así como balance de fecha intermedia del aumento aprobado por la sala técnica del colegio de contadores, certificaciones del contador, publicación del acta de fecha 15 de noviembre de 2017, registrada en fecha 20 de abril de 2018, bajo el Nº 83, Tomo 8-A RM I. Solicito, con el debido acatamiento, al Ciudadano Registrador Mercantil, se sirva inscribir esta participación y el acta que se presenta en los libros correspondientes y se me expida copia certificada de la misma. En San Cristóbal, Estado Táchira, en la fecha de la nota respectiva.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA. SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS. REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TÁCHIRA. RM No. 443. 209º y 160º. Municipio San Cristóbal, 14 de Junio del Año 2019. Por presentada la anterior participación por su FIRMANTE, para su inscripción en el Registro Mercantil, fijación y publicación. Hágase de conformidad y agréguese el original al expediente de la Empresa Mercantil junto con los recaudos acompañados. Expídase la copia de publicación. El anterior documento redactado por el Abogado LEIDYS LAURA CASTRO CONTRERAS IPSA N.: 98361, se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Número: 42, TOMO -9-A RM I. Derechos pagados BS: 1.252.382,70 Según Planilla RM No. 44300155699, Banco No. 281440361 Por BS: 999.982,73. La identificación se efectuó así: ABEL DARÍO CHACÓN MEJÍA, C.I.: V-9.224.836. Abogado Revisor: MARCY MILAIDY SAYAGO QUINTERO. PRESENTÓ CERTIFICACIÓN DE LA LCDA. ROSA PIERINA MORENO UZCÁTEGUI C.P.C. 40.846, CUYO CONTENIDO SE EXPLICA POR SI MISMO. LA PRESENTE INSCRIPCIÓN SE ANTICIPO POR URGENCIA JURADA CONFORME AL ART. 29 DE LA LEY DE REGISTRO PUBLICO Y DEL NOTARIADO.-

Yo, ABEL DARÍO CHACÓN MEJÍA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número V-9.224.836, R.I.F. V-09224836-0 y domiciliado en Palo Gordo, procediendo en este acto con el carácter de Gerente de la Sociedad Mercantil “DISTRIBUIDORA NUBE AZUL LOS ANDES, C.A.”, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha veintiséis (26) de marzo del dos mil cuatro (2004), anotado bajo el número: 52, Tomo 6-A, hago constar y certifico que la copia que a continuación se transcribe, es traslado fiel y exacto de su original, insertado en el LIBRO DE ACTAS DE LAS ASAMBLEAS llevado por esta Compañía y que copiado textualmente, dice así: “Hoy, a las dos (02) días del mes de mayo del año dos mil diecinueve (2019), en la sede de la Compañía en Barrancas Pate Baja, Calle 6 entre carreras 1 y 2, Edificio Dinaz, Nº 1-27, Municipio Cárdenas, Estado Táchira, “DISTRIBUIDORA NUBE AZUL LOS ANDES, C.A.”, se reunieron los accionistas de la misma, propietarios de la totalidad de las acciones de la Compañía, de los cuales certifico su presencia en este acto y decidieron constituirse en Asamblea General Extraordinaria de acuerdo a lo establecido en el artículo 271º del Código de Comercio y de la Cláusula Décima Segunda del Documento Estatutario de la Compañía. Se procede a establecer la lista de los asistentes a la Asamblea, la cual es como sigue: ABILIO DE FREITAS PEREIRA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad número V-6.069.651, R.I.F. V-06069651-5, domiciliado en Caracas, en nombre propio, titular de tres millones cuatrocientos sesenta mil (3.460.000) acciones, LUCILINA DE ABREU FERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V-8.759.217, R.I.F. V-08759217-7, domiciliada en Caracas, en nombre propio, titular de dos millones quinientas noventa y cinco mil (2.595.000) acciones, ALICIA DE ABREU FERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V-6.313.537, R.I.F. V-06313537-9, domiciliada en Caracas, en nombre propio, titular de dos millones quinientas noventa y cinco mil (2.595.000) acciones, JUAN CARLOS DE ABREUS FERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número V-6.313.539, R.I.F. V-06313539-5, domiciliado en Caracas, en nombre propio, titular de dos millones cuatrocientos veintidós mil (2.422.000) acciones, ABEL DARÍO CHACÓN MEJÍA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número V-9.224.836, R.I.F. V-09224836-0, domiciliado en Palo Gordo, en nombre propio, titular de un millón setecientos treinta mil (1.730.000) acciones, JESÚS MANUEL SALINAS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número V-3.815.905, R.I.F. V-03815905-0, domiciliado en San Cristóbal, en nombre propio, titular de un millón setecientos treinta mil (1.730.000) acciones, AMÉRICO CATANHO DA SILVA, portugués, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad número E-948.161, R.I.F. E-00948161-6, domiciliado en Caracas, en nombre propio, titular de un millón trescientos ochenta y cuatro mil (1.384.000) acciones y MARIO CATANHO DA SILVA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad número V-10.359.189, R.I.F. V-10359189-5, domiciliado en Caracas, en nombre propio, titular de un millón trescientos ochenta y cuatro mil (1.384.000) acciones; las cuales hacen la totalidad del Capital Social que alcanza la suma de MIL SETECIENTOS TREINTA BOLÍVARES (Bs. 1.730,00) dividido en SIETE MILLONES (7.000.000) de acciones nominativas de CERO CON UNA DIEZMILÉSIMA DE BOLÍVARES (Bs. 0,0001), cada una de ellas, pagadas en totalidad, y distribuidas en la misma proporción que se señaló precedentemente, razón por la cual se prescinde de la convocatoria por la prensa. Atendiendo al capital de la Compañía representado y a que los accionistas presentes aceptan la celebración de la Asamblea, se declara legamente constituida la Asamblea Extraordinaria de Accionistas de esta Compañía. Asiste como invitado especial, la ciudadana Rosa Anyiney Ramírez de Suárez, venezolana, mayor de edad, Licenciada en Contaduría Pública, titular de la cédula de identidad número V-9.349.428, R.I.F. V-09349428-4, inscrita en el Colegio de Profesionales de la Contaduría bajo el número: 40.807, Comisario de la Empresa. Se procede ante todo a establecer el orden del día el cual es aprobado por unanimidad y es como sigue: PUNTO PRIMERO: Considerar el Balance General al 30 de junio de 2018, así como los Estados de Ganancias y Pérdidas, correspondientes al ejercicio económico del 01 de julio de 2017 al 30 de junio de 2018, con vista el informe del Comisario de la Compañía. PUNTO SEGUNDO: Aumento de Capital, mediante la actualización del valor nominal de las acciones, de acuerdo con los principios de contabilidad de aceptación general vigentes en la República Bolivariana de Venezuela. PUNTO TERCERO: Resolver sobre la modificación de la cláusula QUINTA y SEXTA del Documento Estatutario de la Compañía. Sometido a consideración y aprobado el orden del día se comenzó a desarrollar el PUNTO PRIMERO y cumplidos como han sido los requisitos exigidos en el Documento Estatutario de la Compañía y en el Código de Comercio vigente, tomó la palabra el accionista Juan Carlos De Abreus Fernández y propuso a esta asamblea discutir el pre señalado punto primero y posteriormente la misma aprobó por unanimidad el Balance General al 30 de junio de 2018, así como los Estados de Ganancias y Pérdidas, correspondientes a los ejercicios económicos del 01 de Julio do 2017 al 30 de junio de 2018, con vista al informe del Comisario de la compañía el cual fue aprobado unánimemente. Puesto en consideración el PUNTO SEGUNDO, tomó la palabra el accionista Juan Carlos De Abreus Fernández y propuso a ésta asamblea discutir el aumento de capital de Mil Setecientos Treinta Bolívares (Bs. 1.730,00) a

.Publicidad. Cien Millones de Bolívares (Bs. 100.000.000,00), lo cual es paga mediante la capitalización de Cuentas por Pagar Accionistas tomando de ella la cantidad de Noventa y Nueve Millones Novecientos Noventa y Ocho Mil Doscientos Setenta Bolívares (Bs. 99.988.270,00) de la partida de Cuentas por pagar Accionistas mediante la actualización del valor nominal de las acciones, para lo cual, se aclaró que el valor actual de las acciones de cero enteros con una diezmilésima de bolívares (Bs. 0,0001) cada una, pero como que el balance del ejercicio del 2018, preparado según los principios de contabilidad vigentes en la República Bolivariana de Venezuela denominados BA VEN NIF (NIF para las PYME), muestra un Capital Social actualizado, se propone a la Asamblea que se proceda a aumentar el capital social, con un incremento de Noventa y Nueve Millones Novecientos Noventa y Ocho Mil Doscientos Setenta Bolívares (Bs. 99.998.270,00), es decir, desde la suma actual de Mil Setecientos Treinta Bolívares (Bs. 1.730,00), de los cuales, pagarán por capitalización de cuentas por pagar a accionistas reflejada en el balance de fechas intermedias al 02 de marzo de 2019 y 30 de abril de 2019, todo mediante la actualización del valor nominal de las acciones de cero con una diezmilésima de bolívares (Bs. 0,0001) a Cien Mil Bolívares (Bs. 100.000,00), cada una, manteniéndose el mismo porcentaje del paquete accionario para cada accionista. La asamblea aprobó por unanimidad la propuesta anterior. Finalmente propuso en consideración el PUNTO TERCERO: Tomó la palabra el accionista Juan Carlos De Abreus Fernández y propuso a ésta asamblea discutir el señalado punto y posteriormente la misma aprobó por unanimidad y posteriormente ésta Asamblea acordó por unanimidad para dar concordancia con el punto segundo, MODIFICAR las CLÁUSULAS QUINTA y SEXTA del Documento Estatutario de la Compañía, la cual quedó redactada de conformidad con el siguiente texto: “QUINTA: EL CAPITAL SOCIAL de la Compañía es de CIEN MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 100.000.000,00), dividido en MIL (1.000) acciones nominativas de CIEN MIL BOLÍVARES (Bs. 100.000,00) cada una de ellas. Las acciones han sido totalmente suscritas y pagadas también el CIEN POR CIENTO (100%) de su valor. El capital social ha sido cancelado así: El veinte por ciento (20%) del capital inicial, es decir, CERO CON CUATRO DECIMAS DE BOLÍVARES (Bs. 0,40), al momento de la constitución y el ochenta por ciento (80%) del capital inicial, es decir, UN BOLÍVAR CON SEIS DECIMAS (Bs. 1,60), como consta en acta de asamblea de fecha 30 de noviembre de 2007, inscrita por ante ese Registro Mercantil en fecha 18 de agosto de 2008, bajo el Nº 9, Tomo 17-A; TRES BOLÍVARES (Bs. 3,00) según aumento de capital aprobado en la referida acta de asamblea anteriormente señalada inscrita en fecha 18 de agosto de 2008, bajo el Nº 9, Tomo 17-A; DOS BOLÍVARES CON CUATRO DECIMAS (Bs. 2,40) según aumento de capital aprobado en la acta de asamblea fecha 25 de marzo de 2009, registrado bajo el Nº 17, Tomo 22-A RM I, en fecha 14 de julio de 2009; CERO BOLÍVARES CON SEIS DECIMAS (Bs. 0,60) según aumento de capital aprobado en el acta de asamblea de fecha 15 de marzo de 2010, registrada bajo el Nº 17, Tomo 11-A RM I, en fecha 02 de junio de 2010, OCHO BOLÍVARES (Bs. 8,00) según aumento de capital aprobado en el acta de asamblea de fecha 30 de abril de 2011, registrada bajo el Nº 8, Tomo 18-A RM I, en fecha 20 de junio de 2011, CUATRO BOLÍVARES (Bs. 4,00) según aumento de capital aprobado en el acta de asamblea de fecha 15 de abril de 2012, registrada bajo el Nº 55, Tomo 13-A RM I, en fecha 28 de Junio de 2012; VEINTE BOLÍVARES (Bs. 20,00) según aumento de capital aprobado en el acta de asamblea de fecha 06 de agosto de 2013, registrada en fecha 17 de marzo de 2014, bajo el Nº 13, Tomo 7-A RM I; SESENTA BOLÍVARES (Bs. 60,00) según aumento de capital aprobado en el acta de asamblea de fecha 22 de septiembre de 2014, registrada en fecha 11 de febrero de 2015, bajo el Nº 9, Tomo 11-A RM I; DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 200,00) según aumento de capital aprobado en el acta de asamblea de fecha 22 de noviembre de 2015, registrada en fecha 31 de marzo de 2016; bajo el Nº 1, Tomo 18-A RM I; CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 400,00), según aumento de capital aprobado en acta de fecha 02 de diciembre de 2016, registrada en fecha 16 de marzo de 2017, bajo el Nº 43, Tomo 11-A; MIL TREINTA BOLÍVARES (Bs. 1.030,00) según aumento d capital aprobado en fecha 15 de noviembre de 2017; registrada en fecha 20 de abril de 2018, bajo el Nº 83, Tomo 8-A; y según aumento de capital aprobado en la presente acta, y NOVENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y BOLÍVARES (Bs. 99.998.270,00), mediante la capitalización de cuentas por pagar accionistas reflejadas en el balance de fechas intermedias al 02 de mayo de 2019 y 30 de abril de 2019”. “SEXTA: EL CAPITAL SOCIAL de la Compañía ha sido totalmente pagado en la forma establecida en la CLÁUSULA QUINTA de los Estatutos Sociales de la Compañía, habiendo sido suscritas las acciones en la forma siguiente: ABILIO DE FREITAS PEREIRA, ha suscrito y pagado totalmente DOSCIENTAS (200) ACCIONES por un valor de VEINTE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 20.000.000,00); LUCILINA DE ABREU FERNÁNDEZ, ha suscrito y pagado totalmente CIENTO CINCUENTA (150) ACCIONES por un valor de QUINCE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 15.000.000,00); ALICIA DE ABREU FERNÁNDEZ, ha suscrito y pagado totalmente CIENTO CINCUENTA (150) ACCIONES por un valor de QUINCE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 15.000.000,00); JUAN CARLOS DE ABREUS FERNÁNDEZ, ha suscrito y pagado totalmente CIENTO CUARENTA (140) ACCIONES por un valor de CATORCE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 14.000.000,00); ABEL DARÍO CHACÓN MEJÍA, ha suscrito y pagado totalmente CIEN (100) ACCIONES por un valor de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 10.000.00,00); JESÚS MANUEL SALINAS, ha suscrito y pagado totalmente CIEN (100) ACCIONES, por un valor de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 10.000.000,00); AMÉRICO CATANHO DA SILVA, ha suscrito y pagado totalmente OCHENTA (80) ACCIONES, por un valor de OCHO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 8.000.000,00) y MARIO CATANHO DA SILVA, ha suscrito y pagado totalmente OCHENTA (80) ACCIONES por un valor de OCHO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 8.000.000,00)”. Se autoriza a Abel Darío Chacón Mejía, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número: V-9.224.836, de este domicilio, procediendo con el carácter de Gerente de la Compañía, para cumplir con las formalidades de certificación, registro y publicación por ante el Registro Mercantil. DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ART. 17 DE LA RESOLUCIÓN Nº 150 PUBLICADA EN GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Nº 39.697, DEL 16 DE JUNIO DE 2011, DE LA NORMATIVA PARA LA PREVENCIÓN, CONTROL, Y FISCALIZACIÓN DE LAS OPERACIONES DE LEGITIMACIÓN DE CAPITALES Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO APLICABLES EN LAS OFICINAS REGISTRALES Y NOTARIALES DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. DECLARO BAJO FE DE JURAMENTO, que los capitales, bienes, haberes, valores o títulos del acto o negocio jurídico en este acto proceden de actividades lícitas, lo cual puede ser corroborado por los organismos competentes y no tienen relación alguna con dinero, capitales, bienes, haberes, valores o títulos que se consideren producto de las actividades o acciones ilícitas contempladas en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento del Terrorismo y/o en la Ley Orgánica de Drogas. No habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión de la cual se extiende la presente acta que una vez leída es aprobada por unanimidad por todos los asistentes, los cuales firman al pie de la misma en señal de conformidad. (FDO.) Abilio De Freitas Pereira; (FDO) Alicia De Abreu Fernández; (FDO) Juan Carlos De Abreus Fernández; (FDO) Abel Darío Chacón Mejía; (FDO) Américo Catanho Da Silva; (FDO) Mario Catanho Da Silva; (FDO) Jesús Manuel Salinas; (FDO) Rosa Anyiney Ramírez De Suarez.

MUNICIPIO SAN CRISTÓBAL, 14 DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE (FDOS.) ABEL DARÍO CHACÓN MEJÍA, ABOGADO FRANKLIN JOSÉ JAIRRAN MORA. SE EXPIDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA DE PUBLICACIÓN SEGÚN PLANILLA NO.: 443.2019.2.1243.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA PODER JUDICIAL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL ESTADO TÁCHIRA MUNICIPIO AYACUCHO DIRECCIÓN DE REGISTRO CIVIL Nº DRCM-N-003-2019

NOTIFICACIÓN

Se notifica a la ciudadana EGLYS LISBETH RIVAS GARCIA, titular de la cédula de identidad Nº V-9.348.739, residenciada en EL CENTRO CALLE 4, de San Juan de Colón, Municipio Ayacucho, Estado Táchira, de conformidad los Artículos 122 de la Ley Orgánica de Registro Civil y 67 del Reglamento Nº 1 de la Ley Orgánica de Registro Civil publicado en la Gaceta Oficial Nº 40.093 del 18 de enero de 2013, que según Acta de Disolución de Unión Estable de Hecho Nº 031 de fecha 10 de Junio de 2019 de los Libros llevados por este Registro Civil, el Ciudadano: RAFAEL ANTONIO LABRADOR ROSALES, titular de la cédula de identidad Nº V-8.108.978, DECLARÓ SU VOLUNTAD DE DISOLVER UNILATERALMENTE la Unión Estable de Hecho celebrada ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Ayacucho, Estado Táchira de fecha 27 de Junio de 2016, cuyo Acta quedó asentada con el Nº 134/2016. En San Juan de Colón, 10 de Junio del 2019.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. 209° y 160°

. PARTE ACTORA: Ciudadana XIOMARA ESPERANZA LABRADOR DE GÓMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.028.245, domiciliada en San Cristóbal, Estado Táchira y civilmente hábil. APODERADO DEL ACTOR: Abogada SONIA CONTRERAS, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-10.900.446 e inscrito en el Inpreabogado bajo en N° 53.165. PARTE DEMANDADA: Ciudadano JAIME EDUARDO GÓMEZ CIFUENTES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.239.850, domiciliado en San Cristóbal, Estado Táchira y civilmente hábil. ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado REINALDO JOSÉ CHACÓN PACHECO, venezolano, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 104.713. MOTIVO: DIVORCIO. EXPEDIENTE N° 19683/2016. Fundamentándola en el Artículo 185, numerales segundo y tercero del Código Civil. En fecha 20 de julio de 2016, se libro boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Publico. En fecha 17 de enero de 2017, el Alguacil del Tribunal informo que cito al ciudadano Jaime Eduardo Gómez Cifuentes. En fecha 06 de marzo de 2017, tuvo lugar el primer acto conciliatorio con la asistencia de la parte demandante, debidamente asistida de abogados y se dejo constancia que la parte demandada no asistió al acto ni por si ni por medio de su apoderado. En fecha 21 de abril de 2017 se realizo el segundo acto conciliatorio con la- asistencia de las partes, debidamente asistidos de abogados. En fecha 12 de mayo de 2017, las partes debidamente representadas y asistidas, suspendieron la causa hasta el 30 de mayo de 2017 inclusive. En fecha 13 de agosto de 2018, se declaro abierto el acto de contestación de la demanda. La parte actora insistió en la continuación del presente juicio y siendo las 3:30 pm se dejo constancia que la parte demandada no compareció ni por si ni por medio de su apoderado. Analizadas las pruebas promovidas y evacuadas por las partes... III DISPOSITIVA. Por los razonamientos anteriores, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la presente demanda de DIVORCIO, intentada por la ciudadana Xiomara Esperanza Labrador de Gómez en contra del ciudadano Jaime Eduardo Gómez Cifuentes, ambas partes identificadas en la presente decisión, con fundamento en la causal segunda y tercera del artículo 185 del Código Civil. SEGUNDO: Queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre los ciudadanos: XIOMARA ESPERANZA LABRADOR DE GÓMEZ y JAIME EDUARDO GÓMEZ CIFUENTES según consta en acta de matrimonio N° 264 de fecha 27 de agosto de 1981, expedida por la Prefectura del Municipio San Juan Bautista del Distrito San Cristóbal, hoy Registro Civil del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira. TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandada, por haber resultado totalmente perdidosa. Liquídese la sociedad conyugal si hubiere lugar a ello. Una vez quede firme la presente decisión, expídase copia certificada con oficio y remítase al Registro Civil del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira y al Registro Principal del Estado Táchira, a los fines legales consiguientes. Igualmente se ordena publicar en un Diario de mayor circulación del Estado Táchira, un extracto de la presente sentencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 507 del Código Civil, cuyo cumplimiento resulta obligatorio a los fines del valor jurídico de la presente sentencia. Regístrese, publíquese y déjese copia para el archivo del Tribunal. Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los ocho (08) días del mes de febrero del año dos mil diecinueve (2019). Años: 208° de la Independencia y 160° de la Federación. El Juez Temporal (Fdo) Félix Antonio Matos. La Secretaria Temporal, (Fdo) María Gabriela Arenales. Esta el sello del Tribunal. La Suscrita Secretaria Temporal del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 del Código de Procedimiento Civil, certifica la exactitud de la anterior copia por ser fiel traslado de su original que se encuentra en el expediente civil N° 19683/2018 en el cual la ciudadana Xiomara Esperanza Labrador de Gómez demanda al ciudadano Jaime Eduardo Gómez Cifuentes por Divorcio.


.Publicidad. REGISTRO DE COMERCIO.

PANADERÍA Y PASTELERÍA QUIEROTORTA,C.A.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA. SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS. REGISTRO MERCANTIL TERCERO DEL ESTADO TÁCHIRA. RM No. 445. 209º y 160º. Abog. RICHARD ENRIQUE HURTADO FARÍAS, Registrador Mercantil Tercero. C E R T I F I C A. Que el asiento de Registro de Comercio transcrito a continuación, cuyo original está inscrito en el Tomo: 15-A RM 445. Número: 29 del año 2019, así como La Participación, Nota y Documento que se copian de seguida son traslado fiel de sus originales, los cuales son del tenor siguiente: CIUDADANO. REGISTRADOR MERCANTIL TERCERO DEL ESTADO TÁCHIRA. SU DESPACHO.- Yo, ALYEDA DEL CARMEN VELASCO LABRADOR, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No. V-5.672.108, domiciliada en San Cristóbal, Estado Táchira, procediendo en mi carácter de PRESIDENTE de la Compañía PANADERÍA Y PASTELERÍA QUIERO TORTA, C.A., y suficientemente facultada para este acto por su Acta Constitutiva Estatutaria, ante Usted ocurro para exponer: A los fines de su inscripción y registro y de conformidad con el artículo 215 del Código de Comercio, presento a Usted el Documento Constitutivo de la referida Empresa, el cual ha sido redactado con suficiente amplitud para que sirva a la vez de Acta Constitutiva y Estatutos Sociales y a los fines de que sean agregados al Expediente de la Empresa anexo los siguientes recaudos: Anexo Balance e Inventario inicial de apertura, Carta de Aceptación de Comisario con sus soportes. Ruego a Usted que si están llenos los extremos de Ley, ordene se me expida copia certificada del presente escrito, de la referida Acta Constitutiva y del Auto que ordene tales providencias. San Cristóbal, a la fecha de la nota respectiva.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA. SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS. REGISTRO MERCANTIL TERCERO DEL ESTADO TÁCHIRA. RM No. 445. 209º y 160º. Municipio San Cristóbal, 6 de Junio del Año 2019. Por presentada la anterior participación. Cumplidos como han sido los requisitos de Ley, inscríbase en el Registro Mercantil junto con el documento presentado; fíjese y publíquese el asiento respectivo; fórmese el expediente de la Compañía y archívese original junto con el ejemplar de los Estatutos y demás recaudos acompañados. Expídase la copia de publicación. El anterior documento redactado por el Abogado EDUARDO ANTONIO VELASCO LABRADOR IPSA N.: 35033, se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Número: 29, TOMO -15-A RM 445. Derechos pagados BS: 5.010,92 Según Planilla RM No. 44500295941, Banco No. 279420658 Por BS: 5.000,03. La identificación se efectuó así: ALEYDA DEL CARMEN VELAZCO LABRADOR, ÁNGEL DE JESÚS VELAZCO LANDAZÁBAL, C.I.: V-5.672.108, V-211.2119.257. Abogado Revisor: SIMÓN HAMDAN SULEIMAN. Deberá tramitar ante los organismos competentes la PERMISOLOGÍA correspondiente para su funcionamiento y una vez obtenida la misma consignarla.- Se deja planilla del Banco Sofitasa, por concepto de pago de Timbres Fiscal según Artículo 2 Numeral 3.-

Nosotros, ALEYDA DEL CARMEN VELAZCO LABRADOR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula identidad No. V-5.672.108, soltera, domiciliada en la ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira y jurídicamente hábil, ÁNGEL DE JESÚS VELASCO LANDAZÁBAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-21.219.257, soltero, domiciliado en la ciudad de San Cristóbal Estado Táchira y jurídicamente hábil, DECLARAMOS hemos convenido en constituir como en efecto lo hacemos mediante este acto una COMPAÑÍA ANÓNIMA, cuyas cláusulas han sido redactadas con suficiente amplitud para que sirvan a su vez de Estatutos Sociales estas son del tenor siguiente: DENOMINACIÓN, DOMICILIO, DURACIÓN Y OBJETO. PRIMERA: La compañía se denomina PANADERÍA Y PASTELERÍA QUIERO TORTA, C.A., bajo cuya denominación se realizarán todas las gestiones, actos y contratos sociales, igualmente, distinguirá su correspondencia, facturas, anuncios y cualquier instrumento de la compañía donde ella actúe y participe. SEGUNDA: El domicilio de la compañía es: La Romera, Calle 16 entre careras 14 y 15, número 14-8, Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, República Bolivariana de Venezuela, pero podrá establecer, sucursales, agencias y oficinas en cualquier otro lugar del país o en el Exterior, sí así lo decidiese la Asamblea de Accionistas. TERCERA: El Objeto de la compañía será: la elaboración, compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización al mayor y detal de todo tipo de alimentos para el consumo humano, víveres en general, productos en estado natural, perecederos y no perecederos, transformados, industrializados y envasados, igualmente podrá elaborar, comprar, vender, importar, exportar, distribuir y comercializar confites, golosinas, productos de limpieza e higiene personal e industrial. La prestación del servicio de restaurante por mesas, en barra, mostrador y domicilio. La prestación de servicios de bebidas nacionales e importadas alcohólicas y no alcohólicas por copas y al mayor y detal. Servicio y venta de delicateses y café Comercio permanente y temporal. Alquiler del local para eventos. Igualmente podrá importar y/o exportar toda clase de materia prima y sus derivaos relacionada con aquellos productos destinados a los servicios alimentarios; y en fin, podrá dedicarse a cualquier otra actividad de lícito comercio, que en forma directa e indirecta se relacione con el objeto enunciado. Igualmente la comercialización del negocio y promoción y fomento de actividades relacionadas con la franquiciación, entendiéndose esta última como la actividad que tiene por objeto poner a cualquier comerciante a su disposición los conocimientos, la marca y organización e imagen publicitaria a cambio de una remuneración en función al negocio realizado por el comerciante que recibe el asesoramiento, es decir, operaciones de carácter mercantil y la comercialización del cómo hacerlo. También con sociedades mercantiles establecidas en Venezuela o en el Extranjero, pudiendo representarlas en cualquier tipo de negociaciones y en consecuencia estará capacitada para realizar actividades de importación de cualquier materia prima necesaria para el desarrollo del objeto social. En general, podrá realizar cualquier actividad de lícito comercio conexa o afín con el objetivo principal. CUARTA: La Sociedad Mercantil tendrá una duración de Treinta (30) años contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Mercantil, sin embargo la Compañía podrá ser disuelta y liquidada antes de su término o prórroga y aumentada su duración si así lo resolviere la Asamblea de Accionistas. CAPÍTULO Y ACCIONES. QUINTA: La Sociedad Mercantil tendrá un Capital de QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 500.000,00), dividido en CINCO MIL (5.000) acciones, con un valor de MIL BOLÍVARES (Bs. 1.000,00) cada una, las cuales dan a sus tenedores iguales derechos y obligaciones. El Capital social ha sido suscrito y pagado en un cien por ciento (100%) de la forma siguiente: ALEYDA DEL CARMEN VELAZCO LABRADOS, suscribe el 50% de las acciones, es decir DOSCIENTOS CINCUENTA (250) ACCIONES, representadas en inventario de materia prima e insumos cuyo valor representa la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 250.000,00); ÁNGEL DE JESÚS VELAZCO LANDAZÁBAL, suscribe el 50% de las acciones, es decir, DOSCIENTOS CINCUENTA (250) ACCIONES, representadas en inventario de materia prima e insumos cuyo valor representa la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 250.000,00), para cumplir con el total del capital de la Compañía. El capital ha sido enterado y pagado según Balance e Inventario de apertura que se anexan. De acuerdo a lo establecido en el Artículo 17 de la Resolución Nº 150 publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.697, del 16 de junio de 2011, de la Normativa para la Prevención, Control, y Fiscalización de las operaciones de Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo aplicables en las Oficinas Registrales y Notariales de la República Bolivariana de Venezuela. DECLARO BAJO FE DE JURAMENTO, que los capitales, bienes, haberes, valores o títulos del acto o negocio jurídico en este acto proceden de actividades lícitas, lo cual puede ser corroborado por los organismos competentes y no tienen relación alguna con dinero, capitales, bienes, haberes, valores o títulos que se consideren producto de las actividades o acciones ilícitas contempladas en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento del Terrorismo y/o en la Ley Orgánica de Drogas. SEXTA: Cada una de las acciones representa un voto en las asambleas, tanto ordinarias como extraordinarias, las cuales son indivisibles y la Sociedad Mercantil solo reconocerá un solo propietario por acción. SÉPTIMA: Los accionistas tienen derecho preferente para la adquisición de acciones de la Compañía. Cuando se trate de aumento de capital, dicho derecho preferente se

manifestara suscribiendo acciones que cubran el aumento propuesto, en proporción al número de ellas, de que cada accionista sea propietario. OCTAVA: La adquisición de acciones de la Compañía implica la plena adhesión a la presente Acta Constitutiva y Estatutos sociales, así como también a las decisiones de las Asambleas, tomadas dentro del ámbito de sus atribuciones. DE LAS ASAMBLEAS. NOVENA: El poder supremo de la compañía reside en la Asamblea de Accionistas. La Asamblea Ordinaria de Accionistas se reunirá una vez al año en la sede de la Compañía, dentro de los tres siguientes meses al cierre del ejercicio anual, en el día y la hora que lo determine la Junta Directiva, lo cual se participará a los accionistas, mediante publicación en el periódico regional de circulación diaria con (5) días de anticipación a la fecha fijada para la reunión. También podrá reunirse la Asamblea, en cualquier lugar sin convocatoria alguna, si a ella concurre la totalidad del capital social con derecho a voto. DÉCIMA: Habrá Asamblea Extraordinaria de Accionistas cuando así lo acuerde la Junta Directiva, o cuando lo solicite un número de accionistas que representen la quinta parte del capital social y en su convocatoria se observaran las mismas reglas establecidas en la cláusula anterior.- DÉCIMA PRIMERA: Las Asambleas tanto Ordinarias como Extraordinarias de Accionistas se considerarán válidamente constituidas cuando se encuentren en ellas por sí o por medio de apoderado (s) personas que representen más de la mitad de las acciones que integran el capital social y que tengan derecho a voto; y las resoluciones se tomarán por mayoría absoluta de las acciones presentes, salvo disposición legal en contrario. Si no se lograre el QUÓRUM previsto se procederá a convocar nueva Asamblea mediante publicaciones que se harán de la forma prevista en la cláusula Novena, en cuyo caso se constituirá las Asambleas sea cual fuere el número de acciones presentes que tengan derecho al voto y sus resoluciones tomadas por mayoría absoluta de las acciones presentes serán definitivas. DÉCIMA SEGUNDA: Los accionistas tienen derecho a ser representados en las Asambleas por medio de apoderados, constituidos por documento público o autenticado. DÉCIMA TERCERA: Las Asambleas Generales de Accionistas legalmente constituida serán soberanas y sus decisiones son obligatorias para los accionistas, hayan o no concurrido a la reunión. DE LA DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN. DÉCIMA CUARTA: La dirección y administración de la compañía estará a cargo de una JUNTA DIRECTIVA, integrada por dos (2) miembros, accionistas o no, los cuales se denominarán: Presidente y Vicepresidente, elegido por la Asamblea General de Accionistas y durarán en sus funciones diez (10) años, vencido como fuera el lapso citado, quien ejerza tal función deberá ser ratificado o removido por la asamblea general de accionistas, en reunión ordinaria u extraordinaria. Los administradores accionistas deberán depositar en la caja social de la compañía de la compañía cinco (5) acciones las cuales permanecerán indisponibles hasta tanto se aprobada la cuenta de su gestión administrativa y los no accionistas deberán depositar una cantidad de dinero equivalente al valor de cinco acciones, todo para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 244 del Código de Comercio. Los actos de disposición realizados por los administradores que graven a la sociedad, afecten o reduzcan, negativamente el patrimonio de la misma, en perjuicio de todos los accionistas, una vez constatados, autoriza a cualquiera de los accionistas sin convocatoria o reunión previa, a iniciar las acciones penales y civiles a que hubiera lugar en su contra. DÉCIMA QUINTA: Son atribuciones del Presidente y el Vicepresidente a continuación: a) Adquirir, enajenar o gravar bienes muebles o inmuebles, convenir, desistir, transigir, comprometer, conferir poderes generales o especiales, revocarlos cuando a bien tengan, celebrar toda clase de contratos que estén comprendidos dentro del objeto de la Compañía y hacer todo cuanto juzgue conveniente en beneficio de la empresa; b) Fijar el sueldo de los miembros de la Junta Directiva; c) Fijar los sueldos, remuneraciones o porcentajes sobre las utilidades de los asesores, gerentes, apoderados y al secretario; d) Decretar dividendos y ordenar la forma de pagarlos; e) Celebrar contratos, abrir cuentas corrientes bancarias, emitir, cheques, pagarés, giros, letras de cambio, firmar letras de cambio y firmar documentos relacionados con el desarrollo de los negocios de la compañía; f) Aceptar, endosar, descontar, avalar y protestar letras de cambio, cheques y demás efectos de comercio; g) Delegar en los socios, funcionarios, gerentes, asesores o apoderados una o más de las atribuciones que le confiere estos estatutos por el término que crean conveniente y revocarlos cuando lo consideren necesario. El Presidente y el Vicepresidente tendrán las siguientes atribuciones actuando conjuntamente o separadamente: a) Nombrar Asesores, Gerentes, apoderados y el secretario; b) Ordenar las convocatorias de las Asambleas de Accionistas; c) Autorizar los gastos generales extraordinarios; d) Nombrar y remover libremente al personal subalterno de la compañía y fijar las remuneraciones; e) Dirigir las deliberaciones de la Junta Directiva y de las Asambleas de Accionistas, cuyas reuniones presidirá. Las faltas absolutas o permanentes del Presidente o Vicepresidente serán ejercidas por cualquiera uno de los Directores en las mismas condiciones de actuación conjunta o separadamente. DÉCIMA SEXTA: Además del Fondo de reserva legal con cargo a la cuenta de gastos generales, se harán a juicio de la Junta Directiva los apartados necesarios para abonar y pagar en su oportunidad las prestaciones Sociales de acuerdo con la Ley Orgánica del Trabajo y su Reglamento, las contribuciones del INCES, para depreciación de equipos e inmuebles y para cualquier otro fondo o apartado que la Junta Directiva lo considere necesario a excepción del Fondo de Reserva Legal, la Junta Directiva puede disponer de estos fondos cuando lo considere conveniente. DEL EJERCICIO ECONÓMICO, APARTADOS Y COMISARIO. DÉCIMA SÉPTIMA: El primer ejercicio económico de la Compañía comenzará a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Mercantil y finalizará el 31 de diciembre del 2019 y en los ejercicios sucesivos comenzará el primero de enero de cada año y culminará el 31 de diciembre de ese mismo año, mientras dure su giro, en dicha fecha se procederá a formar balance e inventario general de la situación activa y pasiva de la sociedad, de acuerdo con las técnicas y prácticas de la contabilidad. En la formación del balance se indicará claramente el capital social realmente existente para el momento del mismo; los gastos generales durante el año, más las utilidades o pérdidas que resulten; el cálculo para apartados de amortización de todos los elementos del activo permanente hasta reponer sus costos, así como cualquier otro requisito para su debida formación. En cada corte de cuenta se separarán de los beneficios líquidos un cinco por ciento (5%) del capital social. El remanente resultante después de separado ese porcentaje será entre los accionistas en proporción al monto de sus acciones a través de la emisión de nuevas acciones igualmente. DÉCIMA OCTAVA: De los ingresos brutos se deducirán los gastos de explotación, los gastos generales, incluyendo las utilidades, las prestaciones del persona; las pérdidas que pude haber por cualquier concepto, más un apartado prudencial para el pago de los impuestos y después de hecha las mencionadas deducciones la suma que resultare será considerada como utilidad líquida de la compañía. DÉCIMA NOVENA: La aprobación del balance General por Asamblea legalmente constituida, servirá de finiquito a los administradores. VIGÉSIMA: La Sociedad tendrá un Comisario, quien durará en sus funciones diez (10) años o hasta tanto no sea sustituido por decisión de la Asamblea General de Accionistas, pudiendo ser reelegido. Sin embargo, el mismo permanecerá en su cargo hasta tanto sea efectivamente sustituido, aunque haya expirado el término para el cual fue designado. El Comisario tendrá, de acuerdo con la Ley, las más amplias facultades de inspección y vigilancia sobre todas las operaciones de la sociedad. DISPOSICIONES TRANSITORIAS. VIGÉSIMA PRIMERA: Para el primer periodo se harán los siguientes nombramientos: PRESIDENTE: ALEYDA DEL CARMEN VELAZCO LABRADOR, VICEPRESIDENTE; ÁNGEL DE JESÚS VELAZCO LANDAZÁBAL Y COMISARIO JOSÉ HELI PARRA ACEVEDO, quien es venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.431.836 inscrito en el Colegio de Contadores Públicos bajo el Nº 33.043. VIGÉSIMA SEGUNDA: Se autoriza al PRESIDENTE: ALEYDA DEL CARMEN VELAZCO LABRADOR y al VICEPRESIDENTE: ÁNGEL DE JESÚS VELAZCO LANDAZÁBAL, para presentar este documento ante el Registro Mercantil con facultad para que firme cualquier otro documento o solicitudes a que haya lugar. (FDO) ALEYDA DEL CARMEN VELAZCO LABRADOR, (FDO) ÁNGEL DE JESÚS VELAZCO LANDAZÁBAL. Es justicia en la ciudad de San Cristóbal, a la fecha de su presentación.

30 de Junio de 2019

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REGISTRO DE COMERCIO. AGROPECUARIA SANTO CRISTO 403, C.A.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA. SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS. REGISTRO MERCANTIL SEGUNDO DEL ESTADO TÁCHIRA. RM No. 444. 209° y 160°. ABOGADO JOHANNA SALOME RODRÍGUEZ CENCI, REGISTRADORA MERCANTIL SEGUNDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. C E R T I F I C A. Que el asiento de Registro de Comercio transcrito a continuación cuyo original está inscrito en el Tomo: 2-A. MERCANTIL SEGUNDO. Número: 7 del año 2019, así como La Participación, Nota y Documento que se copian de seguida son traslado fiel de sus originales, los cuales son del tenor siguiente: CIUDADANA: REGISTRADORA MERCANTIL SEGUNDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. SU DESPACHO.- Yo, FREDDY JESÚS ROA MONCADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V9.336.256 soltero, domiciliado en la ciudad de Coloncito, Municipio Panamericano del Estado Táchira y civilmente hábil, actuando en mi carácter de PRESIDENTE de la Sociedad Mercantil: AGROPECUARIA SANTO CRISTO 403 C.A., debidamente inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en Fecha 18 de Septiembre de 2013, bajo el N° 2, Tomo 15-A, Expediente 444-2411, ocurro ante Usted respetuosamente a los fines de presentar ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD MERCANTIL: AGROPECUARIA SANTO CRISTO 403 C.A., celebrada en fecha 25 de Enero del 2.019, para que previo el cumplimiento de los requisitos de Ley, ordene su registro, fijación y publicación, con el ruego que me sea expedida copia certificada de la misma para los efectos legales pertinentes.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA. SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS. REGISTRO MERCANTIL SEGUNDO DEL ESTADO TÁCHIRA. RM No. 444. 209° y 160°. Municipio Ayacucho, 18 de Junio del Año 2019. Por presentada la anterior participación por su FIRMANTE, para su inscripción en el Registro Mercantil, fijación y publicación. Hágase de conformidad y agréguese el original al expediente de la Empresa Mercantil junto con los recaudos acompañados. Expídase la copia de publicación. El anterior documento redactado por el Abogado LUIS ARTURO RODRÍGUEZ GUERRERO IPSA N.: 181410, se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Número: 7, TOMO -2-A MERCANTIL SEGUNDO. Derechos pagados BS: 1.478.800,00 Según Planilla RM No. 44400053318, Banco No. 5471548 Por BS: 1.000.000,03. La identificación se efectuó así: FREDDY JESÚS ROA MONCADA, C.I.: V-9.336.256. Abogado Revisor: JOHANNA SALOME RODRÍGUEZ CENCI. Para comprobar el pago del Aumento de Capital Social el ciudadano antes identificado presento facturas, Nros. 00417-00418 por un monto de (Bs. 100.000.000, 00) presento Estado de Situación Financiera Emitido por el Contador de la Sociedad Mercantil, Inventario de Bienes Muebles, e Informe del Comisario los cuales se anexan a su expediente respectivo. Se concede un plazo de treinta (30) días contados a partir de la fecha de registro del presente documento para que sea acreditado por ante esta oficina el traspaso de los Bienes muebles, aportados al aumento del capital social, por un monto de (Bs. 100.000.000,00); REGISTRADORA MERCANTIL SEGUNDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. FDO. ABOGADO JOHANNA SALOME RODRÍGUEZ CENCI. ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD MERCANTIL: AGROPECUARIA SANTO CRISTO 403 C.A. En el Sector Caño Hondo, carretera panamericana, casa sin- numero, La Fría Municipio García de Hevia del Estado Táchira, en fecha 25 de Enero del 2.019, siendo las ocho de la mañana (08:00 AM) reunidos en el domicilio de la compañía, los accionistas de la compañía: FREDDY JESÚS ROA MONCADA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.336.256, domiciliado en la ciudad de Coloncito, Municipio Panamericano del Estado Táchira, propietario de CINCO MIL (5.000) acciones y ALEJANDRO ÁLVAREZ GRUEIRO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.921.080, domiciliado en la ciudad de Coloncito, Municipio Panamericano del Estado Táchira, propietario de CINCO MIL (5.000) acciones quienes representan la totalidad del capital social de la compañía, razón por la cual se obvia la previa convocatoria establecida en los estatutos sociales de la compañía. Se encuentra presente en calidad de invitada especial en la Asamblea la Comisario de la compañía Licenciada en Contaduría Pública: YARITZA DEL PILAR RIVERA RAMÍREZ, venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.577.567, inscrita en el Colegio de Contadores Públicos del Estado Táchira, bajo el Numero C.P.C. 109.655. Reunidos con la finalidad de celebrar una ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS. Constituida formalmente la Asamblea, EL PRESIDENTE procede a leer los puntos de la Agenda del Día: ÚNICO PUNTO: Aumento del Capital de la Compañía y Modificación de las CLAUSULAS QUINTA Y SEXTA de los Estatutos Sociales de la Compañía; Discutida la Agenda del día fue aprobada por Unanimidad. Seguidamente se pasó a deliberar: ÚNICO PUNTO: Aumento del Capital de la Compañía y Modificación de las CLAUSULAS QUINTA Y SEXTA de los Estatutos Sociales de la Compañía. Solicita la palabra el accionista FREDDY JESÚS ROA MONCADA y expone para consideración de la Asamblea que es necesario aumentar el capital social de la compañía de la Cantidad de CIEN BOLÍVARES (Bs. 100,00) a la cantidad de CIEN MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 100.000.000,00) a través de un incrementó de NOVENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS BOLÍVARES (Bs. 99.999.900), aportados en Mobiliarios y Equipos según facturas anexas números 417 y 418, emitidas por FERRELECTRICOS LOS ANDES C.A. en fecha 25/01/2019, reflejadas en informe de Compilación Financiera anexo. Asimismo se propone el incremento del valor nominal de la acción de la cantidad de UN CÉNTIMO DE BOLÍVAR (Bs. 0,01) a la cantidad de DIEZ MIL BOLÍVARES (Bs. 10.000,00). Luego de un análisis por parte de los presentes fue aprobado por unanimidad el Aumento de Capital. En virtud de la Reconversión Monetaria decretada por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela según Decreto Número 3.548 publicado en Gaceta Oficial Extraordinaria Número 41.446 de Fecha 25 de Julio del año 2.018, se modifica las clausulas QUINTA Y SEXTA de los Estatutos Sociales de la compañía en los siguientes términos: QUINTA: El capital de la Compañía es de CIEN MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 100.000.000,00) dividido y representado en DIEZ MIL (10.000) ACCIONES con un valor nominal de DIEZ MIL BOLÍVARES (Bs. 10.000,00), nominativas y no convertibles al portador. SEXTA: El capital ha sido totalmente suscrito y pagado por los accionistas de la siguiente manera: El accionista FREDDY JESÚS ROA MONCADA, ya identificado, ha suscrito CINCO MIL 5.000 ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MIL BOLÍVARES (Bs. 10.000,00) cada una para un total de CINCUENTA MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 50.000.000,00) y el accionista ALEJANDRO ÁLVAREZ GRUEIRO ya identificado, ha suscrito CINCO MIL (5.000) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MIL BOLÍVARES (Bs. 10.000,00) cada una para un total de CINCUENTA MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 50.000.000,00) El Capital Social fue pagado en un cien por ciento (100%) de la siguiente manera: 1) La Cantidad de VEINTE BOLÍVARES (Bs. 20,00) en dinero en efectivo según comprobante de depósito 067160315 del Banco Exterior en fecha 07 de Agosto de 2.013, cuenta corriente 01150001391003081416, que corresponde al Capital Social suscrito y pagado, según Documento Constitutivo Estatuario, inscrito por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el numero 2; Tomo 15-A, expediente 444-2411, de fecha Dieciocho de Septiembre de 2.013. 2) La Cantidad de OCHENTA BOLÍVARES (Bs. 80,00), mediante la cancelación del OCHENTA POR CIENTO (80%) restante del capital suscrito y no pagado, pagado a través de cuenta por pagar a socios según consta en: Acta de Asamblea General Ordinaria de Accionistas, bajo el Número 100, Tomo 1-A celebrada el 15 de Marzo de 2.016 y Registrada el 19 de Enero de 2.017. 3) La Cantidad de NOVENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS -NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS BOLÍVARES (Bs. 99.999.900), aportados en Mobiliario y Equipos según facturas anexas números 417 y 418, emitidas por FERRELECTRICOS LOS ANDES C.A. en fecha 2510112019, reflejadas en informe de Compilación Financiera anexo, correspondientes al Aumento del Capital Social tal como se evidencia en la presente Acta de Asamblea General Extraordinaria celebrada en fecha 25/01/2019. Y nosotros, FREDDY JESÚS ROA MONCADA y ALEJANDRO ÁLVAREZ GRUEIRO, previamente identificados, actuando en este acto en representación de AGROPECUARIA SANTO CRISTO 403 C.A. DECLARAMOS BAJO FE DE JURAMENTO que los capitales, bienes, haberes, valores o títulos del acto o negocio jurídico otorgado a la presente fecha, proceden de actividades lícitas, lo cual puede ser corroborado por los organismos competentes y no tienen relación alguna don actividades, acciones o hechos ilícitos contemplados en las leyes venezolanas y a su vez nosotros, FREDDY JESÚS ROA MONCADA y ALEJANDRO ÁLVAREZ GRUEIRO, de ocupación comerciantes, previamente identificados, actuando en este acto en representación de AGROPECUARIA SANTO CRISTO 403 C.A., DECLARAMOS QUE LOS FONDOS PRODUCTO DE ESTE ACTO, TENDRÁN UN DESTINO LICITO; Sometido a votación fue aprobado-por unanimidad el único punto de la Asamblea. Agotada la Agenda del Día y no habiendo nada más que tratar la asamblea acordó por unanimidad autorizar a FREDDY JESÚS ROA MONCADA, anteriormente identificado, para hacer todos los trámites y gestiones relativos a la inscripción de la presente Acta por ante el Registro Mercantil Segundo del estado Táchira. Es todo se leyó y conformes firman. FREDDY JESÚS ROA MONCADA (FDO.), ALEJANDRO ÁLVAREZ GRUEIRO (FDO.) y YARITZA DEL PILAR RIVERA RAMÍREZ (FDO.). Y YO, FREDDY JESÚS ROA MONCADA, anteriormente identificado en mi carácter de PRESIDENTE de la Sociedad Mercantil: AGROPECUARIA SANTO CRISTO 403 C.A., certifico la exactitud de la presente Acta la cual es copia fiel y exacta de su original, que corre inserta en el libro de Actas la Compañía.

MUNICIPIO SAN CRISTÓBAL, 6 DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE (FDOS.) ALEYDA DEL CARMEN VELAZCO LABRADOR, ÁNGEL DE JESÚS VELAZCO LANDAZÁBAL, Abog. RICHARD ENRIQUE HURTADO FARÍAS. SE EXPIDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA DE PUBLICACIÓN SEGÚN PLANILLA NO.: 445.2019.2.1702. MUNICIPIO AYACUCHO, 18 DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE (FDOS.) FREDDY JESÚS ROA MONCADA, ABOGADO JOHANNA SALOME RODRÍGUEZ CENCI. SE EXPIDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA DE PUBLICACIÓN SEGÚN PLANILLA NO.: 444.2019.2.817.


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30 de Junio de 2019

.Información.

Presbítero Javier Velásquez ordenado sacerdote en Ureña

20 años como Obispo en el estado Táchira

La Diócesis de San Cristóbal cuenta con un nuevo sacerdote, el joven Javier Velásquez fue ordenado presbítero el 22 de junio por oración consecratoria e imposición de manos del Obispo Mario Moronta, en la Iglesia Divina Misericordia de La Integración, del municipio Pedro María en Ureña. Indicó monseñor Mario Moronta en la homilía, que al neo sacerdote “el Señor que lo ha elegido y lo ha llamado, sencillamente no lo deja solo. Más que invitarlo de manera protocolar, lo hace su socio en el ejercicio del sacerdocio. Por ello, como lo enseña el Evangelista Juan al recordar las palabras de Jesús en la Última Cena, ya no lo llama siervo, sino amigo. Es decir, lo introduce en el grupo más cercano para hacerle conocer de manera especial lo que ha de testimoniar a su

pueblo. Además, es tan estrecha esa amistad, que podemos decir con los Padres de la Iglesia que lo convierte en otro Cristo”. En la ceremonia participaron los sacerdotes del Táchira, y de la Diócesis de Cúcuta (Colombia), y los seminaristas del Seminario Santo Tomás de Aquino donde el presbítero Javier Velásquez realiza su trabajo pastoral. También el Obispo Moronta sobre la Configuración a Cristo de quienes reciben el Orden Sacerdotal: “debemos tomar conciencia continuamente de esta realidad. Si no, corremos el riesgo de pensar, vivir y mostrar el sacerdocio recibido como si se tratara de algo banal o que se realiza al gusto del consumidor. No es así. Es una realidad sacramental. Nos enseña la teología que el sacramento del Orden marca carácter”,

dijo. El Prelado reiteró al neo sacerdote: “has sido llamado a configurarte a Cristo Sacerdote. Conocemos de tu respuesta generosa y seria y estamos seguros de que aprovecharás la gracia de Dios. No dejes nunca de ser lo que eres: un cristiano de fe y de caridad, así como un buen servidor de la gente. Tu disponibilidad permitirá que puedas hacer bien las cosas que son de Dios, para lo cual vas a ser consagrado. Mantente firme en tu respuesta a pesar de las dificultades que puedas conseguirte en el camino”. El presbítero Javier Velásquez es oriundo de corregimiento de La Victoria, Norte de Santander (Colombia), y realizó toda su formación sacerdotal en el Seminario Santo Tomás de Aquino en Palmira. (Prensa DiócesisSC)

las Ordenes Sagradas, rito que se efectúa en los últimos años de estudios teológicos, en la etapa formativa de Configuración a Cristo.

El padre Orrù dirigió unas palabras de agradecimiento a Dios por el vigésimo quinto aniversario de so ordenación sacerdotal y la

Iglesia diocesana del Táchira por su por ser parte de su familia en el Evangelio. (Prensa DiócesisSC)

Padre Mauro Orrù celebró 25 años de vida sacerdotal

El pasado 25 de junio el sacerdote Mauro Orrú celebró su aniversario 25 de vida sacerdotal, la ceremonia la presidió en la Iglesia Sumo y Eterno Sacerdote del Seminario Diocesano en Palmira, acompañado de familiares, amigos, seminaristas, sacerdotes, y el Obispo Mario Moronta quien pronunció la homilía. “Hoy, en nuestra comunidad del seminario Diocesano, conmemoramos los 25 años de ordenación sacerdotal del querido hermano Mauro

Orrù. También él, hace cinco lustros, recibió la gracia sacramental que lo convirtió en peregrino sacerdote. Y así lo asumió desde sus primeros momentos de vida sacerdotal en su querida Italia”, dijo Monseñor Moronta en su reflexión. También el Obispo reflexionó sobre la dimensión peregrinante del sacerdote: “Desde el testimonio de vida que nos ofrece reconocemos nuevamente la dimensión peregrinante de todo sacerdote. Vemos en su entrega y en su alegría, el rostro del

Buen Pastor que conoce a sus ovejas y las conduce al verdadero redil. Asimismo volvemos a escuchar continuamente el eco de la Palabra del Sumo Sacerdote, a través de su predicación, enseñanzas y testimonio de vida”. El sacerdote Muaro Orrù de origen italiano, que trabaja en la Diócesis de San Cristóbal como formador en el Seminario Diocesano Santo Tomás de Aquino, renovó sus compromisos sacerdotales. En la ceremonia también un grupo de seminaristas fueron Admitidos a

30 de Junio de 2019 - Venezuela / Año XCV Nº 29.991 / Semanario ( Año III - N° 145) Edificio DIARIO CATÓLICO - Carrera 4 No. 3-41 -Teléfonos (0276) 3432015 y 3432819 - Fax: (0276) 3434683 E-mail: diariocatolico@gmail.com - RIF: J-07000679-0 / NIT: 0030042956


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