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Fundado el 14 de Mayo de 1924

DECANO DE LA PRENSA TACHIRENSE - PREMIO NACIONAL DE PERIODISMO 1963 / 1988 - PREMIO MONSEÑOR PELLÍN 2019 20 de Octubre de 2019

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Diario Católico fue galardonado con Premio Monseñor Pellín 2019

La Conferencia Episcopal Venezolana – CEP- reconoció la labor de periodistas

y medios de comunicación del país con la entrega del Premio Nacional de Periodis-

mo Monseñor Pellín 2019, donde Diario Católico se alzó con la categoría Esfuerzo

Editorial. El director de este rotativo, el presbítero Johan Pacheco, recibió el ga-

lardón, y agradeció el reconocimiento a este medio impreso que por más de 95 años, ha lle-

Perros calientes en pesos: una manera de paliar la crisis / Página 3

vado un mensaje de fe, esperanza, y valores a los hogares del estado Táchira. Página 8


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20 de Octubre de 2019

REGISTRO DE COMERCIO. ASOCIACIÓN COOPERATIVA PRODUCTORA DE ALIMENTOS VALLE HERMOSO, R.L.

TA-1808-2019-00000031 ACTA CONSTITUTIVA Y ESTATUTOS SOCIALES DE LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA PRODUCTORA DE ALIMENTOS VALLE HERMOSO, R.L., Nosotros(as): CARLOS EDUARDO CARRILLO OCHOA, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número V-2.971.721; D YAN FERNANDO CARRILLO MORALES, venezolano, soltero, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número V-17.370.940; REINALDO ANTONIO BALLONA VIVAS, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-17.811.743; YRIS XIOMARA MEDINA RIVERO, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-13.817.535; YASLEY LILIBETH ROMERO CONTRERAS, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-173646.126; domiciliados(as) y reunidos(as) en el municipio San Cristóbal del estado Táchira, en fecha primero de junio de dos mil diecisiete, hemos decidido constituir, como en efecto lo hacemos, mediante la presente Acta Constitutiva, una asociación cooperativa conforme a las disposiciones establecidas en la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas y su Reglamento. La presente Acta Constitutiva ha sido redactada con suficiente amplitud para que sirva de Estatutos sociales, los cuales han sido debidamente debatidos y aprobados por las y los Asambleístas, y son del tenor siguiente: CAPÍTULO I. DENOMINACIÓN, RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD, DURACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO. ARTÍCULO Y. DENOMINACIÓN, RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD, DURACIÓN Y DOMICILIO. La asociación cooperativa se denominará «PRODUCTORA DE ALIMENTOS VALLE HERMOSO», adopta un régimen de responsabilidad limitada, tendrá una duración indefinida, y su domicilio legal será en la CALLE 4 BIS, EDIF EL RESERVISTA, LOCAL 3-107, SECTOR 23 DE ENERO PARTE ALTA, Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, pudiendo establecer sucursales u oficinas en cualquier parte del país o del extranjero cuando así lo requieran los objetivos de la asociación cooperativa. ARTÍCULO 2. OBJETO. El objeto de la asociación cooperativa se enmarca en la producción agrícola, específicamente: La explotación mixta (agrícola y pecuaria), El cultivo de hortalizas, raíces y tubérculos, así como la importación, exportación, comercialización y distribución relacionada con su objeto; y en general ejecutar todos los actos y contratos que sean necesarios para la consecución de dicho objeto. CAPÍTULO II. DE LOS ASOCIADOS Y ASOCIADAS. ARTÍCULO 3. REQUISITOS PARA LA ADMISIÓN. Para ser Asociado o Asociada de la asociación cooperativa se requiere: A) En caso de ser persona jurídica, tener carácter civil y no tener fines de lucro; B) En caso de ser persona natural, ser mayor de edad, y en caso de ser adolescente, cumplir con las exigencias previstas en el Artículo 84 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; C) Ser productor(a) agrícola primario(a) o trabajador(a) agrícola en los servicios prestados por la asociación cooperativa; D) Conocer los principios, formas organizativas y normas legales y reglamentarias que sustentan al movimiento cooperativo, por medio de talleres de capacitación dictados por instituciones educativas debidamente acreditadas en la materia; E) Suscribir y cancelar las aportaciones exigidas para la formación del capital de la asociación cooperativa. ARTÍCULO 4. DEBERES Y DERECHOS DE LOS ASOCIADOS Y LAS ASOCIADAS. Son deberes y derechos de las Asociadas y Asociados, además de los señalados en el Artículo 21 de la ley Especial de Asociación Cooperativas, los siguientes: A) Participar en las actividades educativas de la asociación cooperativa, y proyectar la imagen del Cooperativismo ante la comunidad; B) Cubrir el valor de los certificados que hubiesen suscrito dentro de los plazos señalados por el Departamento de Administración, así como también las contribuciones o porcentajes fijados por la Asamblea o reuniones Generales de Asociados, para acrecentar los recursos económicos; C) Obtener respuesta de los planteamientos realizados por escrito; D) Obtener por escrito la información necesaria sobre la marcha y funcionamiento de la asociación cooperativa. ARTÍCULO 5. PÉRDIDA DEL CARÁCTER DE ASOCIADO O ASOCIADA. El carácter de Asociada o Asociado se extingue por: A) Fin de la existencia de la persona física o jurídica; B) Renuncia; C) Pérdida de las condiciones para ser Asociado o Asociada, decretada por la Asamblea General de Asociados; D) Exclusión acordada en la Reunión General de Asociados o Asamblea, por las causas establecidas en los Estatutos; E) Extinción de la asociación cooperativa. ARTÍCULO 6. CAUSAS DE EXCLUSIÓN Y SUSPENSIÓN DE ASOCIADOS ASOCIADAS. A) No satisfacer sin justa causa y en el plazo previsto las aportaciones obligatorias; B) Negarse, sin motivo justificado, a cumplir con los Reglamentos, normas de control e instrucciones que le encomienden o impartan y legítimamente los órganos y funcionarios competentes de la asociación cooperativa; C) Observar mala conducta o realizar actos que se traduzcan en grave perjuicio moral o material para la asociación cooperativa; D) Infringir cualquiera de las prohibiciones que la Ley le impone a todo(a) Asociado(a) de una asociación cooperativa; E) El no cumplimiento de los deberes y el irrespeto a los derechos establecidos en el artículo 21 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas; F) El no cumplimiento o irrespeto de los demás deberse y derechos contemplados en el artículo 4 del presente documento Constitutivo-Estatutario. ARTÍCULO 7. DEL PROCEDIMIENTO Y LAS INSTANCIAS PARA EXCLUIR Y SUSPENDER A LAS Y LOS ASOCIADOS. El Departamento de Administración tendrá la competencia para iniciar los procedimientos disciplinarios de suspensión o exclusión de Asociados o Asociadas, a cuyo efecto deberá citar al(la) presunto(a) infractor(a) para que comparezca ante el Departamento de Administración en determinado día, hora y lugar, a fin de que tenga conocimiento del o los hecho que se le atribuyen. Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al fijado para la comparecencia, el(la) presunto(a) infractor(a) tendrá la oportunidad de ejercer su defensa, bien por sí solo(a) o con la intervención de algún(a) apoderado(a) o representante. De todas las actuaciones que se realicen, el Departamento de Administración deberá conformar un expediente. Vencida la oportunidad de ejercer el derecho a la defensa, el Departamento de Administración deliberará dentro de los dos (2) días hábiles siguientes, con el voto favorable de la mitad mas uno, acerca de la suspensión hasta por treinta (30) días continuos del(la) presunto(a) infractor(a), someter a la consideración de la Asamblea General de Asociado la exclusión del(la) mismo(a). En caso de continuar con la medida disciplinaria de exclusión, el Departamento de Administración deberá convocar a una Asamblea General de Asociados, previo cumplimiento de los requisitos formales previstos en estos Estatutos, antes de los treinta (30) días siguientes a su deliberación de excursión. En caso contrario, operará el perdón de la falta cometida por el(la) presunto(a) infractor(a). El(la) presunto(a) infractor(a) se entenderá citado(a) a través de los medios que a tales efectos tengan previsto los presentes Estatutos para la convocatoria, en la cual deberá señalarse expresamente, dentro del orden del día, lo concerniente a la medida de exclusión a tratar. ARTÍCULO 8. DEL REINTEGRO EN CASO DE RETIRO O EXCLUSIÓN: Cuando un Asociado o Asociada se separe de la asociación cooperativa, sea excluido(a) o pierda su condición de tal, solo tiene derecho a que le reintegren los préstamos que éste(a) le haya otorgado a la asociación cooperativa respetando los plazos establecidos, el valor de las aportaciones integradas y los excedentes que le correspondan, deducidas las pérdidas que proporcionalmente les correspondiere soportar y sin perjuicio a la asociación cooperativa, y la revalorización que pudieran tener, de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas. CAPÍTULO III. DE LAS FORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO, COORDINACIÓN Y CONTROL DE LA COOPERATIVA AGRARIA. SECCIÓN PRIMARIA. DE LAS ASAMBLEAS. ARTÍCULO 9. GENERALIDADES. La Asamblea General de Asociados es la autoridad suprema de la asociación cooperativa y sus acuerdas obligan a todos los Asociados y Asociadas, presentes o ausentes, siempre que se tomen conforme a la Ley Especial" de Asociaciones Cooperativas y estos Estatutos. Son decisiones privativas de la Asamblea las señaladas en el artículo 26 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas, su Reglamento, las que señalan estos Estatutos y el Reglamento Interno. Las Asambleas pueden ser Ordinarias o Extraordinarias. La Asamblea Ordinaria se celebrará una vez al año, dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio económico. La agenda de la Asamblea Ordinaria contemplará entre otros aspectos: La cuenta, el Balance General, los Informes o Memorias que los Departamentos de la asociación cooperativa deban presentar, el Plan Anual de Actividades de la asociación cooperativa, con sus presupuestos, y la elección de nuevos(as) directivos(a) en sustitución de aquellos(as) cuyos períodos hayan vencido. Las Asambleas Extraordinarias se celebrarán cuando se presente una actividad o gestión que no esté contemplada en el Plan Anual de Trabajo, y que por su cuantía comprometa la estabilidad económica de la asociación, cooperativa, o cuando se presente cualquier circunstancia de especial relevancia sobre la cual deba pronunciarse la Asamblea. De cada asamblea se levantará un acta que será asentada en el libro respectivo dentro de los diez (10) días siguientes a su celebración y remitida a la Superintendencia Nacional c e Cooperativas. ARTÍCULO 10. DE LA CONVOCATORIA A LAS ASAMBLEAS. El Departamento de Administración podrá convocar de oficio las Asambleas, sean éstas Ordinarias o Extraordinarias. El Departamento de Administración también deberá convocar la Asamblea cuando lo solicite el cincuenta y uno por ciento (51%) de las y los Asociados. El Departamento de Administración deberá efectuar las convocatorias para las Asambleas Ordinarias a más tardar diez (10) días hábiles antes de la fecha límite establecida para su realización; caso contrario, deberá ser realizada por el Departamento de Evaluación y Control o un cincuenta y uno por ciento (51%) de las y los Asociados, dentro de los siete (7) días hábiles, previos a la fecha límite. En aquellos casos en que el Departamento de Evaluación y Control no realice la convocatoria, la misma podrá ser realizada por el cincuenta y uno por ciento (51%) de las y los Asociados. La convocatoria deberá ser realizada a través de un aviso escrito publicado en la cartelera de la sede social de la asociación cooperativa. La convocatoria podrá hacerse además, mediante publicación en un periódico de la localidad. También podrá ser convocada la Asamblea por el por el Departamento de Evaluación y Control cuando existan fundados indicios de responsabilidad por dolo, negligencia o impericia de los miembros del Departamento de Administración u otras instancias, convocatoria que se hará con la finalidad de plantear la destitución de aquellos(as) miembros que resultaren responsables. En la convocatoria a las Asambleas, sean Ordinarias o Extraordinarias, se expresará el día, hora, lugar y orden del día a tratar. El orden del día no podrá redactarse con expresiones tales como «Asuntos Generales». «Puntos Varios», u otros análogos, siendo nulas las decisiones que se tomen sobre materias incluidas en esta denominación. También serán nulos todos los acuerdos que se tomen sobre un asunto no comprendido en la convocatoria, salvo que la Asamblea acuerde, por mayoría absoluta de las y los presentes, considerar el asunto que se proponga. Cuando la convocatoria de la Asamblea sea solicitada por grupos de Asociados(as) en los porcentajes y lapsos que se hayan previstos en los Estatutos, el Departa-

.Publicidad. mento que curse la convocatoria deberá incluir en el orden del día solo los puntos que el grupo de solicitantes haya indicado en su petición. Las Asambleas deberán realizarse preferentemente en el domicilio y sede principal de la Asociación Cooperativa. Cuando en la Asamblea se constaten hechos que puedan acarrear responsabilidad penal o civil de los(as) Asociados(as) que integren alguna de las instancias que componen la asociación cooperativa, aquella decidirá si llevará el asunto ante los órganos jurisdiccionales competentes, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias que considere pertinentes. ARTÍCULO 11. DEL QUÓRUM, DE LAS DECISIONES. Y DE LOS ACUERDOS. La Asamblea se considerará válidamente constituida cuando concurra la mitad más uno de los Asociados y Asociadas, equivalente al cincuenta y uno por ciento (51%) de los Asociados y Asociadas de la asociación cooperativa. En caso de no haber quórum para la primera convocatoria, se convocará por segunda vez para una fecha comprendida entre los siete (7) y quince (15) días hábiles siguientes, celebrándose válidamente con el número de Asociados y Asociadas que concurran. Esta circunstancia se hará saber en la convocatoria. Los acuerdos a que hubiese llegado la Asamblea, deberán hacerse conocer por escrito a los asociados y Asociadas en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles siguientes a la realización de la misma: A) Las decisiones se aprobarán por mayoría simple de votos de los asociados y asociadas presentes y representados, salvo aquellos casos especiales en donde la Ley Especial de Asociaciones de Cooperativas contemple mayoría calificadas. B) Cada Asociado o Asociada tendrá un voto y podrá hacerse representar por otro Asociado o Asociada, mediante carta de poder. No se podrá representar a más de un Asociado o Asociada salvo lo contemplado en el artículo 28 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas. SECCIÓN SEGUNDA. DE LA INSTANCIA DE ADMINISTRACIÓN. ARTÍCULO 12. DE LA INSTANCIA DE ADMINISTRACIÓN, DENOMINACIÓN, REQUISITOS, COMPOSICIÓN, DURACIÓN Y ATRIBUCIONES. DENOMINACIÓN. La Administración y dirección de las actividades socioeconómicas de la asociación cooperativa, así como la ejecución de los planes acordados en la Asamblea, ajustándose a las normas que ésta le haya fijado, estarán a cargo del Departamento de Administración, que es el órgano ejecutivo de la Asamblea, y tendrá a su cargo la administración de la asociación cooperativa de conformidad con lo dispuesto en la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas. REQUISITOS. Para ser miembro del Departamento de Administración se requiere: A) Tener la condición de Asociado o Asociada de la Asociación Cooperativa; B) Poseer Solvencia Moral; C) Haber recibido educación cooperativista, avalada con el respectivo certificado; D) Conocer y aceptar el contenido de la Ley de Asociaciones Cooperativistas y el contenido de estos Estatutos; E) Ser mayor de edad; F) No se elegirán miembros suplentes cuando el número de integrantes de la asociación cooperativa no sea suficiente para proveer estos cargos. COMPOSICIÓN. El Departamento de Administración se integrará por tres (3) miembros principales, que ocuparán los cargos de: Presidente(a), Tesorero(a) y Secretario(a). DURACIÓN. Las y los miembros del Departamento de Administración durarán en sus cargos tres (3) años, pudiendo ser reelectos(as) por un (1) solo periodo adicional. ATRIBUCIONES DEL DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN. Serán las siguientes: A) Llevar sistemas adecuados de contabilidad y control interno, así como cuidar que los registros y documentos necesarios se lleven y conserven bien; B) Solicitar al(la) Tesorero(a) la elaboración de los estados financieros completos; C) Requerir la presentación trimestral del Balance de Comprobación, y demás estados financieros requeridos trimestralmente por la Superintendencia Nacional de Cooperativas, y además la preparación de informes mensuales cuando así lo crea conveniente; D) Efectuar anualmente un estudio financiero de la asociación cooperativa y recomendar a la Asamblea la forma en que deberán utilizarse los excedentes; E) Presentar a la Asamblea la cuenta, el balance, los informes o memorias, el Plan Anual de Actividades y su respectivo presupuesto, y los proyectos de reformas estatutarias, de conformidad con lo establecido en la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas; F) Convocar a la Asamblea cuando se presente una actividad o gestión que no esté contemplada en el Plan Anual de trabajo, y que por su cuantía; a juicio del Departamento de Administración, comprometa la estabilidad económica de la asociación cooperativa; G) Convocar las Asambleas Ordinarias o Extraordinarias en el plazo que señala cada caso; H) Conformar, conjuntamente con el Departamento de Evaluación y Control, el Comité Disciplinario; I) Afiliar la asociación cooperativa a los Organismos o Entes de la economía social, para lo cual será suficiente la comunicación de solicitud de los(as) representantes legales de la asociación cooperativa. En General, desarrollar las actividades establecidas en la Ley, estos Estatutos y el Reglamento Interno. ARTÍCULO 13. DEL DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN, FACULTADES Y OBLIGACIONES DEL(LA) PRESIDENTE(A). A) Presidir las sesiones del Departamento de Administración y de la Asamblea. B) Representar legalmente a la Asociación Cooperativa; C) Otorgar los contratos a que hacen referencia estos Estatutos, previa autorización del Departamento de Administración; D) Conjuntamente con el(la) Tesorero(a), adquirir a través de cualquier título bienes muebles e inmuebles, enajenar y gravar bienes muebles e inmuebles, y celebrar toda clase de contratos sobre los mismos; en caso de enajenar o gravar activos que integren el patrimonio de la asociación cooperativa, deberá contar previamente con la autorización de la Asamblea General de Asociados; abrir y movilizar cuentas bancarias, emitir y cobrar cheques a nombre de la Asociación Cooperativa; F) Convocar las reuniones del Departamento de Administración y a la Asamblea. ARTÍCULO 14. DEL DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN, FACULTADES Y OBLIGACIONES DEL(A) SECRETARIO(A). A) Llevar el libro de registro de Asociados y Asociadas; B) Tramitar la correspondencia, y expedir certificaciones; C) Asentar las actas las reuniones del Departamento de Administración y de las Asambleas en los libros respectivos y recabar la firma de las y los asistentes a la respectiva reunión, conjuntamente con el(la) Presidente(a); D) Las otras que le señalen la Asamblea y el Departamento de Administración. ARTÍCULO 15. DEL DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN, FACULTADES Y OBLIGACIONES DEL(A) TESORERO(A). A) Supervisar y guardar bajo custodia toda la documentación relacionada con los ingresos, depósitos, valores y uso de los fondos; B) Llevar el libro de registro de aportaciones e informar al Departamento de Administración de cualquier irregularidad que se presente por parte de los Asociados y Asociadas en el pago de sus certificados, préstamos o cualquier otra obligación que tenga con la asociación cooperativa; C) Entregar bajo inventario todos los libros, documentos, registros y demás pertenencias de la asociación cooperativa, tan pronto se nombre su sucesor(a); D) Presentar al Departamento de Administración la cuenta, el balance, los informes, el Plan Anual de Actividades y su respectivo presupuesto, y los proyectos de reformas estatutarias, de conformidad con lo establecido en la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas; E) Mantener al día todos los registros contables; F) Las otras que le señalen el Departamento de Administración y la Asamblea. ARTÍCULO 16. DE LA INSTANCIA DE EVALUACIÓN Y CONTROL. DENOMINACIÓN Y ATRIBUCIONES. DENOMINACIÓN. La asociación cooperativa estará sujeta a la vigilancia y control de una Instancia denominada Departamento de Evaluación y Control. Es la encargada de supervisar el funcionamiento de la asociación cooperativa y de la gestión realiza a por los(as) miembros de las demás instancias. ATRIBUCIONES. A) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones por parte de lo(as) miembros del Departamento de Administración y demás instancias; B) Vigilar la contabilidad para que sea llevada con la debida puntualidad y corrección en los libros autorizados y para que los balances se realicen y se den a conocer a las y los Asociados oportunamente; C) Vigilar la inversión de los fondos sociales; D) Evaluar el resultado de las operaciones económicas mediante el análisis de los estados financieros de la asociación cooperativa; E) Realizar las orientaciones y correctivos que sean necesarios para el mejor desempeño administrativo de la asociación cooperativa; F) Revisar periódicamente los libros Contables que por obligación de Ley debe llevar la asociación cooperativa; G) Emitir dictamen sobre la memoria y cuenta del Departamento de Administración y presentarlo a la Asamblea; H) Vigilar el otorgamiento, renovación y la Ejecución de las garantías que deben dar las personas que administren o tengan a su cargo bienes de la asociación cooperativa; I) Comunicar a la Superintendencia Nacional de Cooperativas y a los Organismos de integración respectivos, cualquier informa Sión que llegue a su conocimiento sobre manejos irregulares en la asociación cooperativa; J) Ordenar auditorías y escoger las personas que deben realizarlas y fijar las condiciones en que deben ser contratadas; K) Convocar a las Asambleas Ordinarias o Extraordinarias a falta de convocatoria del Departamento de Administración, según lo establecido en el presente Estatuto; L) Conformar, conjuntamente con el Departamento de Administración, el Comité Disciplinario. ARTÍCULO 17. DEL DEPARTAMENTO DE EVALUACIÓN Y CONTROL. COMPOSICIÓN Y ATRIBUCIONES. COMPOSICIÓN. Se integrará por un(a) (1) Contralor(a), y tendrá una duración de tres (3) años, pudiendo ser reelecto(a) por un (1) solo período adicional ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DEL(LA) CONTRALOR(A). A) Evaluar el resultado de las operaciones económicas mediante el análisis de los estados financiero de la asociación cooperativa; B) Realizar las orientaciones y correctivos que sean necesarios para el mejor desempeño administrativo la asociación cooperativa; C) Revisar periódicamente los libros contables que por obligación de ley debe llevar la asociación cooperativa; D) Presentar a la Asamblea un informe que deberá contener un estudio analítico sobre la memoria y cuenta del Departamento de Administración, el cual contemplará necesariamente los aspectos institucionales, financieros, contables, administrativos, sociales y educativos: E) Presidir las reuniones con los integrantes del Departamento de Evaluación y Control. ARTÍCULO 18. DE LA INSTANCIA DE EDUCACIÓN. DENOMINACIÓN, COMPOSICIÓN Y ATRIBUCIONES. DENOMINACIÓN. La asociación cooperativa tendrá una instancia destinada a fomentar la capacitación, adiestramiento y formación, especialmente la educación cooperativa. Será la encargada de promover la educación y capacitación de los Asociados y Asociadas o de terceras personas, en todo lo relativo a las actividades de la asociación cooperativa en los valores del Cooperativismo, denominada Departamento de Educación. ATRIBUCIONES. A) La planificación y evaluación colectiva de la acción cooperativa cotidiana y permanente; B) El diseño colectivo de estructuras y procesos organizativos que propicien el desarrollo de valores democráticos, solidarios y participativos; C) Los procesos de formación y capacitación de los Asociados y Asociadas, o de cualquiera otra persona, en todo lo relativo al objeto de la asociación cooperativa; D) La instrucción de los Asociados y Asociadas, o de cualquiera otra persona, en los principios y valores del Cooperativismo; E) Realizar convenios con instituciones públicas o privadas, para fortalecer la capacitación de las y los Asociados y la comunidad; F) Cualquiera otra que señale la Asamblea; G) La planificación y evaluación colectiva de la acción cooperativa cotidiana y permanente; H) El diseño colectivo de estructuras y procesos los organizativos que propicien el desarrollo de valores democráticos, solidarios, participativos, y los procesos de formación y capacitación; I) La planificación de las actividades culturales y deportivas. COMPOSICIÓN. El Departamento de Educación se conformará por un(a) (1) Coordinador(a) de Educación, y tendrá una duración de tres (3) años, pudiendo ser reelecto(a) por un (1) solo período adicional. ARTÍCULO 19. DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN. ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DEL(LA) COORDINADOR(A) DE EDUCACIÓN. A) Realizar y programar todas las actividades formativas de la asociación cooperativa; B) Realizar convenios con instituciones .el Estado, privadas u otras para fortalecer la capacitación de las y los Asociados y la comunidad; C) Participar activamente en la elaboración de proyectos y Planes de fortalecimiento de la educación cooperativa; D) Coadyuvar en el cumplimiento de los programas y objetivos definidos por el Departamento de Educación; E) Cualquier otra que le asigne la Asamblea, el Departamento de Administración y estos

Estatutos. CAPÍTULO IV. DEL RÉGIMEN Y DURACIÓN DEL EJERCICIO ECONÓMICO. ARTICULO 20. DEL RÉGIMEN ECONÓMICO. RECURSOS PATRIMONIALES. Los recursos propios de carácter patrimonial estarán constituidos por: A) Aportaciones de las y los Asociados; B) Los excedentes acumuladas en las reservas y fondos permanentes; C) Las donaciones, legados o cualquier otro aporte a título gratuito destinado a integrar el capital de la asociación cooperativa. Los aportes de los Asociados y Asociadas son individuales, podrán hacerse en dinero, especie o trabajo, y tendrán un valor de CUATRO MILLONES BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 4.000.000,00), de los cuales será pagado un CIEN POR CIENTO (103,00%) de su valor a los quince (15) días después de la protocolización de la presente Acta Constitutiva-Estatutaria. ARTÍCULO 21. DURACIÓN DEL EJERCICIO ECONÓMICO. El ejercicio económico de la asociación cooperativa comienza el día primero (1) de Enero y concluye el día treinta y uno (31) de Diciembre de cada año, con excepción del primer ejercicio, que se contará a partir de la protocolización en el Registro de la presente Acta Constitutiva-Estatutaria, hasta la fecha de terminación señalada. CAPÍTULO V. FONDOS, RESERVAS Y EXCEDENTES. ARTÍCULO 22. Todo lo referente a los fondos, reservas y excedentes, se regirá por las disposiciones previstas en el Capítulo VII, Artículos 49, 50, 51 y 54 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas, su Reglamento, y el Reglamento Interno sobre el manejo y disposición de fondos, reservas y excedentes. CAPÍTULO VI. DE LAS NORMAS SOBRE LA INTEGRACIÓN DE LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA. ARTÍCULO 23. La Asamblea decidirá, previo informe presentado por la reunión conjunta del Departamento de Administración y el Departamento de Evaluación y Control, todo lo relativo a la integración, así como la organización, si fuere el caso, a la cual se adscribirá la asociación cooperativa, pudiéndose integrar a los organismos de integración, cooperativas, instituciones u organismos del Estado que le garanticen el mejor desarrollo socio económico a la asociación cooperativa. En todo caso, la asociación cooperativa se regirá según lo dispuesto en el Capítulo VIII de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas. CAPÍTULO VII. DE LOS PROCEDIMIENTOS PARA LAS REFORMAS DE ESTATUTOS. ARTÍCULO 24. DE LAS REFORMAS ESTATUTARIAS. Las reformas estatutarias debe ser aprobadas por lo menos con el setenta y cinco por ciento (75%) de los Asociados y Asociadas presentes en la Reunión General de Asociados o Asamblea, previo cumplimiento de lo establecido en el Artículo 10 de estos Estatutos. Se harán suficientes convocatorias hasta que esté presente el porcentaje requerido. El acta en la que conste la modificación, la identificación de los Asociados y Asociadas que la aprobaron, y el estatuto, se protocolizarán dentro del término de quince (15) días hábiles. Entrará en vigencia una vez otorgado y registrado el documento de modificación. CAPÍTULO VII. DE LO PROCEDIMIENTOS PARA LA TRANSFORMACIÓN, FUSIÓN, SEGREGACIÓN, DISOLUCIÓN, Y LIQUIDACIÓN. ARTÍCULO 25. Todo lo referente a los procedimientos para la transformación, fusión, escisión, segregación, disolución y liquidación, se regirá por las disposiciones previstas en el Capítulo XI de la Ley Especial de Asociaciones cooperativas. CAPÍTULO IX. DE LAS NORMAS SOBRE EL TRABAJO COOPERATIVO. ARTÍCULO 26. Todo lo referente al trabajo en la asociación cooperativa se regirá por las disposiciones previstas en el Capítulo V de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas. DISPOSICIONES GENERALES Y TRANSITORIAS. ARTÍCULO 27. Para todo lo no previsto en estos Estatutos, se aplicarán las disposiciones contenidas en la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas, las normas del Derecho Común y los Principios Generales del Derecho, así como las disposiciones y resoluciones emanadas de la Superintendencia Nacional de Cooperativas. Seguidamente, la Asamblea procedió a la elección de las y los miembros integrantes de los Departamentos de Administración, Evaluación y Control, y Educación, quienes luego de electos(as) se reunieron por separado en el transcurso de la Asamblea, a fin de distribuir los cargos, quedando conformados de la siguiente manera y por el lapso de tiempo que se señala en cada caso: DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN: PRESIDENTE(A): CARLOS EDUARDO CARRILLO OCHOA, titular de la cédula de identidad Nº V-12.971.721, elegido por tres (3) años; SECRETARIO(A): YRIS XIOMARA MEDINA RIVERO, titular de la cédula de identidad Nº V-13.817.535, elegida por tres (3) años; TESORERO(A): D YAN FERNANDO CARRILLO MORALES, titular de la cédula de identidad N° V-17.370.940, elegido por tres (3) años. DEPARTAMENTO DE EVALUACIÓN Y CONTROL: CONTRALOR(A): REINALDO ANTONIO BALLONA VIVAS, titular de la cédula de identidad Nº V-17.811.743, elegido por tres (3) años. DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN: VOCERO(A): JASLEY ROMERO CONTRERAS, titular de la cédula de identidad N° V-17.646.126, elegida por tres (3) años. Todos los Asociados y Asociadas suscribieron un Certificado de Aportación de CUATRO MILLONES BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 4.000.000,00), cancelando el CIEN POR CIENTO (100,00%) de su valor, lo que hace un capital suscrito de VEINTE MILLONES BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 20.000.000,00) y un capital que será pagado de VEINTE MILLONES BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 20.000.000,00), a los quince (15) días después de la protocolización de la presente Acta Constitutiva Estatutaria. La Asamblea autoriza a YRIS XIOMARA MEDINA RIVERO, titular de la cédula de identidad Nº V-13.817.535, en su carácter de Secretario(a) del Departamento de Administración, para que solicite el registro del presente documento por ante la autoridad competente en cuya jurisdicción tenga su domicilio legal esta asociación cooperativa y remita copia de la misma a la Superintendencia Nacional de Cooperativas (SUNACOOP) dentro de los quince (15) días siguientes a su registro, a fin de cumplir con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas. Terminada la reunión se levantó la presente Acta. Todos(as) conformes, firman. En San Cristóbal, a la fecha de su otorgamiento.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA. SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS. REGISTRO PÚBLICO DEL PRIMER CIRCUITO DEL MUNICIPIO SAN CRISTÓBAL ESTADO TÁCHIRA. Trece (13) de Junio del dos mil diecisiete (2017). 207º y 158º. El anterior documento fue redactado por la Abg. CRISTINA FAZZINA inscrito(a) en el Inpreabogado No. 73576; identificada con el Número 439.2017.2.1091, de fecha 12/06/2017. Presentado para su registro por CARLOS EDUARDO CARRILLO OCHOA, CÉDULA N° V-12.971.721. Fue leído y confrontado con sus copias en los protocolos y firmados en estos y en el presente original por su(s) otorgante(s) ante mí y los testigos JORGE LUIS DURÁN ZAMBRANO y DAVID ROLDAN GUERRERO PANQUEBA con CÉDULA N° V-17.169.276 y CÉDULA N° V-9.221.841. La Revisión Legal fue realizada por el(la) Abg. MARÍA ALEJANDRA BALESTRINI DE UZCÁTEGUI con CÉDULA N° V-11.506.994 funcionario(a) de esta Oficina de Registro, La Revisión de Prohibiciones fue realizada por JORGE LUIS DURÁN ZAMBRANO, con CÉDULA N° V-17.169.276. La identificación de (los) Otorgante(s) fue efectuada así: CARLOS EDUARDO CARRILLO OCHOA, nacionalidad VENEZOLANA, estado civil SOLTERO, CÉDULA N° V-12.971.721. D’YAN FERNANDO CARRILLO MORALES, nacionalidad VENEZOLANA, estado civil SOLTERO, CÉDULA Nº V-17.370.940. REINALDO ANTONIO BALLONA VIVAS, nacionalidad VENEZOLANA, estado civil SOLTERO, CÉDULA N° V-17.891.743. YRIS XIOMARA MEDINA RIVERO, nacionalidad VENEZOLANA, estado civil SOLTERA, CÉDULA N° V-13.817.635 y JASLEY LILIBETH ROMERO CONTRERAS, nacionalidad VENEZOLANA, estado civil SOLTERA, CÉDULA Nº V-17.646.126. El Recaudo COPIA DE LA RESERVA DE DENOMINACIÓN FUERON AGREGADOS AL CUADERNO DE COMPROBANTES. Fueron agregado al Cuaderno de Comprobantes bajo el número 3466 y folio 4434-4447 respectivamente. Este documento quedó inscrito bajo el(los) Número(s) 27 folio(s) 88 del (de los) Tomo(s) 11 del Protocolo de Transcripción del presente año respectivamente. Este documento quedó otorgado en esta oficina a las 09:00 a.m. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 12 DE LA LEY ESPECIAL DE ASOCIACIONES COOPERATIVAS, EL PRESENTE DOCUMENTO SE ENCUENTRA EXONERADO DEL PAGO DE LOS DERECHOS DE REGISTRO.


.Información.

Perros calientes en pesos: una manera de paliar la crisis ***Quienes caminan por las calles de San Cristóbal pueden ser cautivados por el olor de los conocidos “hot dogs”, pues en un radio de cinco cuadras se puede encontrar hasta tres vendedores, dispuestos atender a quienes necesiten una comida rápida. La crisis, obligó a Pacheco a montar su puesto de perros calientes Maryerlin Villanueva @mayevillanueva La situación económica de Venezuela ha obligado a muchos a reinventarse para buscar más ingresos económicos. El estado Táchira, se convirtió en una región donde sus ciudadanos se las ingenian para incrementar sus ganancias y sobrevivir en el país. Según cifras de la Comisión de Finanzas de la Asamblea Nacional, la inflación acumulada supera el 3 mil 326% mientras que el mes de octubre fue de 23,5 por ciento. El aumento salarial establecido por el Gobierno de Nicolás Maduro de 300 mil bolívares, es irrisorio para los venezolanos para cubrir la canasta básica. Ante esto, las personas han optado por viajar al vecino país a comprar productos y luego revender en pe-

sos o bolívares en efectivo, otros se dedican a la venta de perros calientes, que si bien es un negocio de vieja data, hoy día, parece ser muy rentable. Quienes caminan por las calles de San Cristóbal pueden ser cautivados por el olor de los conocidos “hot dogs”, pues en un radio de cinco cuadras se puede encontrar hasta tres vendedores, dispuestos atender a quienes necesiten una comida rápida. La proliferación se genera por los bajos costos de inversión y las buenas ganancias a la hora de vender, y esta es la opinión de Pedro Pacheco, un joven de 20 años, quien tiene su puesto en la calle 16 de Puente Real. Mientras atiende a un par de clientes, relató que la difícil situación lo obligó a montar su puesto, “pues es una fuente de ingreso que

se está viendo mucho en la calle, también, porque estoy aburrido de trabajarle a los demás y no se ve el dinero, y por ello, decidí hacer esto” dijo. Indicó que durante el día, trabaja en una carnicería, por un salario un poco más del mínimo, pero, por las tardes y parte de la noche, trabaja vendiendo perros calientes. El costo es de mil 500 pesos el combo, y consta de un perro caliente con un vaso de fresco, otro combo, cuesta 3 mil 500 pesos, pero el pan está acompañado de salchicha Frankfurt. Destacó que por día, puede llegar a vender 30 panes que de ganancia puede ser entre 12 mil y 15 mil pesos, pero “ahorita se están haciendo muchos puntos de venta y entonces la ganancia baja, por noche he llegado a vender ocho o 10 perros”.

Los combitos tiene un precio de mil 500 pesos

La inversión Indicó que algunos vendedores compran en La Parada, “yo me voy a Cúcuta y compro en los mayoristas que venden los productos para los perros calientes a mejor precio. Uno está antes de mediodía aquí y se pone a preparar para comenzar a vender a las dos o tres de la tarde” precisó. Las servilletas tienen un costo de mil 200 pesos, salchichas, 5 mil 500 pesos; salsas 5 mil 500 pesos, pan, 4 mil 500 pesos, salsas, entre 10 y 15 mil pesos, y la bebida, 600 pesos por sobre. El pan es el único producto que adquiere en San Cristóbal, pues trasladarlo desde el vecino a país a la región, le parece algo tedioso. “Aquí la mayoría de los productos a veces ni se consiguen, especialmente las salchichas, y lo que se consigue lo traen de Cúcuta, por tanto, es más rentable ir hasta allá y traerlo” acotó. Receptividad Resaltó que en el poco tiempo que lleva trabajando, cuenta con la receptividad de los vecinos, quienes se acercan a realizar la degustación, incluso, colaboran en no colocar basura en su sitio de trabajo. Agregó que no cuenta con punto de venta, pero, la mayoría de clientes prefieren pagar en pesos ante la escasez de bolívares.

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Invitan a obtener título de bachiller en corto tiempo en liceo CCB Simón Bolívar

El liceo CCB Simón Bolívar que funciona en la sede EBRO a lado de la ONA, en la Unidad Vecinal, en el municipio San Cristóbal, tiene sus puertas abiertas para aquellas personas que deseen culminar el bachillerato en poco tiempo. La información fue dada a conocer por Anya Merchán, directora de dicho plantel quien señaló que este programa busca promover el desarrollo integral del estudiante, bajo un sistema de educación de calidad a jóvenes y adultos, con dife-

rentes áreas de aprendizaje. Las inscripciones se encuentran abiertas, sin costo alguno, para los periodos de primero a quinto año. Los interesados deben presentar: Notas, carpeta marrón con gancho, dos fotos, partida de nacimiento, copia de la cédula de identidad. En cuanto a los horarios, precisó que entre semana, de lunes a viernes, de tres a seis de la tarde; fines de semana, de jueves a sábado, para éste último, de siete y treinta de la mañana a tres de la tarde. (MV)

Hilda Méndez, madre de Erica Albina Betancourt Méndez, de 43 años, quien falleció hace más de un año, producto de unas quemaduras de segunda y tercer grado por agua hirviendo, exigió a las autoridades del Cicpc y demás organismos de seguridad, esclarecer el crimen de su hija. Méndez relató que Betancourt, tenía un tumor en la cabeza que le produjo severos problemas mentales y un carácter agresivo lo que generaba que deambulara por las calles de Rubio y otros lugares. “Mi hija padeció mucho, no le dieron atención médica, murió tan hinchada que no entraba en la urna, y sin importar que fuera una paciente psiquiátrica, ella era un ser humano” indicó. Relató Méndez que su muerte se produce luego

que ella se acerca una famosa licorería en Rubio, y la dueña le roció el agua caliente, “y hasta la fecha el Cicpc no ha esclarecido este hecho ni nada, sabiendo que el día que la quemó fue un hecho público”. Acotó que los vecinos son testigos de lo que ocurrió, sin embargo, temen dar declaraciones a los entes, pues la propietaria de dicho lugar es adinerada y temen represalias. (MV)

Exigen esclarecer crimen de joven con problemas mentales en Rubio


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EDIFICIO RESIDENCIAS MIURA RIF J-29739180-0

CONVOCATORIA Se convoca a los copropietarios del EDIFICIO RESIDENCIAS MIURA, ubicado en la Av. Universidad entre Av. España y calle 2, a una Asamblea General Extraordinaria de Propietarios, a celebrarse el día MARTES 22 DE OCTUBRE DE 2019, en las instalaciones de la Sala de Fiestas del Edificio. 1era. convocatoria: 5:00 p.m.; 2da. Convocatoria: 6:00 p.m.; 3era. Convocatoria: 7:00 p.m. PUNTOS A TRATAR: PRIMERO: Solicitud por parte del Presidente de la Junta de Condominio actual a la Tesorera, de las cuentas administrativas de su gestión. SEGUNDO: Elección de Nueva Junta de Condominio. JOSE FERMIN MILLAN PRESIDENTE JUNTA DE CONDOMINIO

República Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular para la Agricultura Productiva y Tierras Instituto Nacional de Tierras Rif: G-20002387-2

CARTEL DE NOTIFICACIÓN SE HACE SABER

A la ciudadana ANA ROSA JAIMES, titular de la cédula de identidad Nº V-5.325.451, sobre un lote de terreno denominado “LA CABRERA”, ubicado en Asentamiento Campesino No Posee, Parroquia Cipriano Castro, Municipio Libertad del estado Táchira, con una superficie aproximada de SEIS HECTÁREAS CON OCHO MIL VEINTISIETE METROS CUADRADOS (6ha con 8.027 m2), cuyos linderos son: Norte: Caño Cataratas; Sur: Vía Principal Hato de La Virgen; Este: Caño La Cabrera y Terreno ocupado por Paula y Oeste: Vía principal Hato de la Virgen, que el Directorio de este organismo en Sesión Número ORD-918-18, de fecha 15-03-2018, en deliberación sobre el punto de cuenta número 1200007783, acordó lo siguiente: OMISSIS “(…) I.- DECISIÓN. En virtud de todos los razonamientos fácticos y jurídicos antes expuestos, este Directorio en uso de las atribuciones que han sido conferidos en el artículo 1, 2, 12, 59, 60, 61, 62, 67, 115 y 117, numerales 1, 4, 8 y 10 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, y así mismo de acuerdo con lo previsto en los artículos 27, 28, 29 y 30 ejusdem, acuerda: Primero: Revocatorio de Título de Declaratoria de Garantía de Permanencia y Carta de Registro Agrario, otorgado por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras, en Sesión Nº EXT 234-14, Punto Nº 1200000975, de fecha 19 de noviembre de 2014, a favor de la ciudadana Ana Rosa Jaimes, titular de la cédula de identidad Nº V-5.325.451, sobre un lote de terreno denominado “LA CABRERA”, ubicado en Asentamiento Campesino No Posee, parroquia Cipriano Castro, Municipio Libertador del Estado Táchira, con una superficie aproximada de SEIS HECTÁREAS CON OCHO MIL VEINTISIETE METROS CUADRADOS (6 ha con 8.027 m2), cuyos linderos son: Norte: Caño Cataratas; Sur: Vía Principal Hato de La Virgen; Este: Caño La Cabrera y Terreno ocupado por Paula y Oeste: Vía principal Hato de la Virgen. Cuyas coordinadas UTM son: El Lote 1, El Vértice: 1, Este: 795148, Norte: 867013, El Lote: 1, El Vértice: 2, Este: 795189, Norte: 86016, El Lote: 1, El Vértice: 3, Este: 795248, Norte: 795248, Norte: 867038, El Lote: 1, El Vértice: 4, Este: 795347, Norte: 867141, El Lote: 1, El Vértice: 5, Este: 795389, Norte: 867140, El Lote: 1, El Vértice: 6, Este: 795368, Norte: 867191, El Lote: 1, El Vértice: 7, Este: 795350, Norte: 867186, El Lote: 1, El Vértice: 8, Este: 795329, Norte: 867184, El Lote: 1, El Vértice: 9, Este: 795309, Norte: 867185, El Lote: 1, El Vértice: 10, Este: 795278, Norte: 867199, El Lote: 1, El Vértice: 11, Este: 795356, Norte: 867227, El Lote: 1, El Vértice; 12, Este: 795243, Norte: 867243, El Lote: 1, El Vértice: 13, Este: 795214, Norte: 867281, El Lote; 1, El Vértice: 14, Este: 795205, Norte: 867314, El Lote: 1, El Vértice: 15, Este: 795231, Norte: 867351, El Lote: 1, El Vértice: 16, Este: 795242, Norte: 867380, El Lote 1, El Vértice: 17, Este: 795112, Norte: 867357, El Lote: 1, El Vértice: 18, Este: 795105, Norte: 867322, El Lote: 1, El Vértice: 19, Este: 795071, Norte: 867277, El Lote: 1, El Vértice: 20, Este: 795048, Norte: 867249, El Lote: 1, El Vértice: 21, Este: 794995, Norte: 867221, El Lote: 1, El Vértice: 22, Este: 794997, Norte: 867208, El Lote: 1, El Vértice: 23, Este: 795033, norte: 867197, el Lote: 1, El Vértice: 24, Este: 795068, Norte: 867160, El Lote: 1, El Vértice: 25, Este: 795098, Norte: 867108, El Lote: 1, El Vértice: 26, Este: 795117, Norte: 867021, El Lote: 1, El Vértice 0, Este: 795148, Norte: 867013. Segundo: Notificar la presente decisión la ciudadana Ana Rosa Jaimes, titular de la cédula de identidad Nº V-5.325.451, así como cualquier otra persona que pudiera tener intereses legítimos, personales y directos en el asunto, indicándoles que contra la presente Decisión podrán interponer recurso contencioso administrativo de nulidad, dentro de un lapso de sesenta (60) días continuos contados a partir de su notificación, por ante el Tribunal Superior Agrario competente por el territorio; todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40 y 179 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en concordancia con los artículos 73, 75 y 76 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, pudiendo este Instituto hacer uso de la fuerza pública, en caso de ser necesario para la ejecución de los actos administrativos que dicte, conforme a lo establecido en el artículo 115 ejusdem. Tercero: Delegar en el Presidente de este Instituto, los actos subsiguientes para la perfección, eficacia y ejecución, de la presente decisión, todo conforme a lo previsto en el artículo 126 numeral 8 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario”. En tal sentido, quien suscribe, el ciudadano LUIS FERNANDO SOTELDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.732.641, en mi carácter de Presidente (e) del Instituto Nacional de Tierras, según Decreto Nº 3.128 publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 41.265, de fecha 26 de Octubre de 2017, debidamente facultado por el Directorio de este organismo para realizar la presente notificación, a los fines de dar cumplimiento a la normativa prevista en la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y en los Artículos 73 y 76 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, le informo que de considerar que el citado acto administrativo afecte sus derechos subjetivos o intereses legítimos, personales y directos, podrá, conforme a lo previsto en Parágrafo Segundo del Artículo de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, ejercer Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad por ante el Tribunal Superior Agrario competente por el territorio, dentro del lapso de treinta (30) días continuos, contados a partir de la fecha en que sea practicada la presente notificación. En la ciudad de Caracas, a la fecha de su notificación.

.Información. REGISTRO DE COMERCIO. V BOUTONS, C.A.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA. SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS. REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TÁCHIRA. RM No. 443. 209º y 160º. ABOGADO FRANKLIN JOSÉ JAIRRAN MORA, Registrador Mercantil Primero. C E R T I F I C A. Que el asiento de Registro de Comercio transcrito a continuación, cuyo original está inscrito en el Tomo: 17-A RM I. Número: 24 del año 2019, así como La Participación, Nota y Documento que se copian de seguida son traslado fiel de sus originales, los cuales son del tenor siguiente: CIUDADANO. REGISTRADOR MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TÁCHIRA. SU DESPACHO.- Quien suscribe, ERIKA DEL CARMEN VÁSQUEZ HERNÁNDEZ, venezolano mayor de edad, soltero, comerciante, titular de la cédula de identidad No. V-16.021.828 R.I.F. V-16.021.828 -9, de este domicilio, civilmente hábil, en mi carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil “V BOUTONS C.A.”, ante usted respetuosamente ocurro a fin de presentar original del acta por la cual quedo constituida la mencionada compañía anónima, documento este que ha sido redactado con suficiente amplitud para que a la vez constituya los estatutos de la sociedad y del cual consta la especial autorización que me fue otorgada para hacer la presente participación. Acompaño al presente escrito con Acompaño al presente escrito con Acompaño al presente escrito con facturas, Balance de Apertura, Inventario Anexo, Carta de Aceptación del Cargo de Comisario, Fotocopias de las Cedulas de Identidad de Accionista, Fotocopia de la Cedula y Carnet del Colegio Contadores Públicos del Comisario; para que una vez examinado el cumplimiento de los requisitos legales, se sirva ordenar el registro, fijación y publicación del documento constitutivo de la misma y la formación del expediente correspondiente. Solicito igualmente se me expida copia certificada para los fines legales pertinentes. En la fecha de la nota respectiva.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA. SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS. REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TÁCHIRA. RM No. 443. 209º y 160º. Municipio San Cristóbal, 8 de Octubre del Año 2019. Por presentada la anterior participación. Cumplidos como han sido los requisitos de Ley, inscríbase en el Registro Mercantil junto con el documento presentado; fíjese y publíquese el asiento respectivo; fórmese el expediente de la Compañía y archívese original junto con el ejemplar de los Estatutos y demás recaudos acompañados. Expídase la copia de publicación. El anterior documento redactado por el Abogado SU-LEEN HEYSELL RODRÍGUEZ BELTRÁN, IPSA N: 214914, se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Número: 24, TOMO -17-A RM I. Derechos pagados BS: 801.600,00. Según Planilla RM No. 44300158534, Banco No. 287938464 Por BS: 700.000,03 La identificación se efectuó así: WALTER ALEXANDER JAIMES REYES, ERIKA DEL CARMEN VÁSQUEZ HERNÁNDEZ, C.I.: V-14.417.888, V-16.021.828. Abogado Revisor: GABRIELA DEL CARMEN CHACÓN SANTAELLA. SE CONCEDE PLAZO DE TREINTA (30) DÍAS A PARTIR DE ESTA FECHA DE INSCRIPCIÓN PARA PRESENTAR EL TRASPASO DE LOS BIENES APORTADOS AL CAPITAL DE LA COMPAÑÍA.-

Quienes suscriben, ERIKA DEL CARMEN VÁSQUEZ HERNÁNDEZ, venezolana mayor de edad, soltera, comerciante, titular de la cédula de identidad No. V-16.021.828 R.I.F. V-16021828-9, de este domicilio, civilmente hábil y WALTER ALEXANDER JAIMES REYES, venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, titular de la cedula de identidad No. V-14.417.888 R.I.F. V-14417888-9, de este domicilio, civilmente hábil, por medio del presente documento declaramos: Hemos convenido en constituir, como en efecto constituimos una compañía anónima, que se regirá por la presente acta constitutiva, la cual se ha redactado con suficiente amplitud para que a su vez sirva de estatutos sociales de la referida sociedad mercantil. CAPITULO PRIMERO. DENOMINACIÓN, DOMICILIO, OBJETO Y DURACIÓN DE LA COMPAÑÍA. ARTICULO PRIMERO: La Denominación de la compañía será: “V BOUTONS C.A.”. ARTICULO SEGUNDO: El Domicilio de la misma será ubicado en la Urbanización Colinas de Pirineos Avenida 2 Calle 7 Casa 300-A, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, República Bolivariana de Venezuela, pudiendo actuar en cualquier otro lugar de la República o fijar domicilios especiales para determinados contratos u obligaciones previo cumplimiento de los requisitos necesarios. ARTICULO TERCERO: La presente empresa tiene como objeto, la compra, venta, comercialización, exhibición, fabricación, diseño, distribución, exportación, importación, producción textil, confección, transporte, almacenaje de ropa femenina, masculina, infantil, carteras, cinturones, zapatos, bisutería, joyas, perfumes, ropa interior, lencería, splash, jabones de tocador, pijamas, pantuflas, uniformes civiles, militares, escolares y sus accesorios para instituciones públicas y privadas, estampados de franelas, franelillas, suéter, shorts, monos, ropa intima, chemise de damas, caballeros y niños, como también el diseño, sublimación, rotulación en cualquier superficie; así como cualquier otra actividad que sea preparatoria necesaria o resultante y de licito comercio relacionada con el mismo. ARTICULO CUARTO: La Duración de la sociedad será de veinte (20) años, contados a partir de la fecha de inscripción de este documento constitutivo en el Registro Mercantil jurisdiccional, pudiéndose proceder a su prorroga cuando así lo decidieren y acordaren los socios en asamblea general convocada a tal efecto. CAPITULO SEGUNDO. DEL CAPITAL Y SUS ACCIONES. ARTÍCULO QUINTO: El Capital social de la compañía será de SETENTA MILLONES BOLÍVARES (Bs.S. 70.000.000,00), el cual ha sido suscrito en su totalidad y pagado en un cien por ciento (100%), dividido en CIEN (100) ACCIONES con un valor nominal de SETECIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs.S. 700.000,00) cada una y ha sido suscrito de la manera siguiente: ERIKA DEL CARMEN VÁSQUEZ HERNÁNDEZ, suscribió y pago NOVENTA (90) ACCIONES, por un valor de SESENTA Y TRES MILLONES DE BOLÍVARES (Bs.S. 63.000.000,00), y WALTER ALEXANDER JAIMES REYES, suscribió DIEZ (10) ACCIONES, por un valor de SIETE MILLONES BOLÍVARES (Bs.S. 7.000.000,00). Este capital ha sido pagado por los socios mediante el aporte de Mobiliario, tal como se evidencia en Balance Apertura, Inventario y Facturas, los cuales se anexan. ARTICULO SEXTO: Las acciones serán nominativas no convertibles al portador y serán iguales entre sí, son indivisibles con respecto a la sociedad quien no reconoce sino un solo propietario por cada una de ellas; cuando por herencia y/o otra causa una acción pertenezca a varias personas, la compañía no aceptara sino un solo representante por dicha acción, autorizado por escrito por los comuneros o por quien sus derechos represente. Los títulos de las acciones uno para cada una de ellas, contendrán las especificaciones que señala el artículo 293 del Código de Comercio. ARTICULO SÉPTIMO: Los Accionistas tendrán igual derecho en cuanto a un voto por acción que le pertenezca, de preferencia para la venta, cada título debe contener los requisitos establecidos en el Artículo 293 del Código de Comercio. CAPITULO TERCERO. DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMPAÑÍA. ARTÍCULO OCTAVO: La Dirección y Administración de la compañía corresponde a la Junta Directiva elegida por la Asamblea General de Accionistas, la cual estará integrada por UN PRESIDENTE Y UN VICE PRESIDENTE, quienes podrán ser socios ò no. Los miembros de la Junta Directiva durarán diez (10) años en el ejercicio de sus funciones, pudiendo ser reelegidos, y en todo caso permanecerán en sus funciones hasta que sean sustituidos por la asamblea general de accionistas. Los miembros de la Junta Directiva administrarán conjunta o separadamente los negocios sociales de la compañía, ya sea personalmente o por persona designada por ellos para tal efecto. Los miembros de la Junta Directiva son el órgano ejecutor de todas las decisiones de la Junta Directiva y representan a la empresa en forma absoluta, pudiendo contratar por ella, la representación de la empresa será tanto judicial como extrajudicial, y en consecuencia, en todas las relaciones con terceras personas, pudiendo firmar todos los documentos públicos y privados de la misma, así como informar de todo lo que se relaciones con la marcha de la empresa. Las facultades enunciadas son a titulo enunciativo, no taxativo. En ningún momento los miembros de la Junta Directiva podrán alegar insuficiencia de facultades En el manejo de la compañía. Cada miembro de la Junta Directiva depositará en la caja social de la sociedad, cinco (05) acciones, o su equivalente en dinero, de no ser socio de la compañía, hasta que sean aprobadas por la asamblea general de accionistas las cuentas correspondientes al periodo durante el cual, dure en el ejercicio de su cargo, con el fin de garantizar su gestión administrativa, entendiéndose que dichas acciones o su equivalente serán inalienables, esto para los efectos en el artículo 244 del Código de Comercio vigente, a cuyas condiciones quedarán sometidos. Las ausencias temporales o definitivas de un miembro de la Junta Directiva serán suplidas por otro miembro, mediante autorización por escrito debidamente autenticada por ante notario público, quien dentro de sus atribuciones tendrá que cumplir con el contenido que le asigne la Junta Directiva y la Asamblea de Accionistas. En caso de renuncia, ausencia definitiva o desaparición de uno de los Directores Gerentes, se deberá convocar a una asamblea general de accionistas, de conformidad con lo establecido en del Código de Comercio, para lo cual estará facultado el otro Director Gerente o por solicitud de un numero de accionistas que representen por lo menos un veinticinco y cinco por ciento (25%) del capital social, de conformidad con lo establecido en el artículo 278 del Código de Comercio, dentro del plazo de quince (15) días continuos de haberse determinado la falta definitiva del Director para su reemplazo; la Junta Directiva no podrá sesionar válidamente antes de haberse celebrado dicha asamblea. ARTICULO NOVENO: La Junta Directiva se reunirá cada vez que sea necesario para la mejor defensa de los intereses de la compañía, a solicitud de cualquier Accionista. Se requerirá la presencia del Presidente y Vice Presidentes para alcanzar el quórum mínimo necesario para la celebración de la sesión de Junta Directiva, y las decisiones se tomarán válidamente con los votos favorables del 100 % de sus miembros. Las convocatorias se realizaran por escrito y confirmado su recibo por cada Accionista por el mismo medio. Los miembros de la Junta Directiva son solidariamente responsables de los acuerdos tomados en Junta Directiva. De cada reunión se levantará un acta en la cual se harán constar las resoluciones de la Junta Directiva, y las mismas se asentaran en el libro de actas de Junta Directiva que a tal efecto se llevará, debiendo cada acta ser firmada por los miembros presentes en cada sesión. ARTICULO DECIMO: Los Miembros de la Junta Directiva son el órgano ejecutor de todas las decisiones, tienen los más amplios poderes de administración y disposición de la compañía, los cuales ejercerán conjunta o separadamente, representan a la empresa judicial como extrajudicialmente. El Presidente tiene la máxima representación de la compañía, SE REQUERIRÁ LA FIRMA DEL PRESIDENTE en las siguientes atribuciones y deberes: Dictar acuerdos y avales, opción en compraventa, permuta, fianza, avales, opción en compra-venta, enajenación, gravamen, hipoteca, liberación, recibir garantías hipotecarias, prendarías o fiduciaria y/o en cualquier otra forma sobre toda clase de bienes. 3-) Fijar, acordar y decidir la cancelación de bonificaciones, bonos extras, bonos de fin de año, bonificaciones de productividad, bonos compensatorios, pagos extraordinarios y/o adicionales a los miem-

bros de la junta directiva y a los accionistas de la sociedad, por concepto de la promoción de proyectos para el desarrollo, mejoramiento, crecimiento de la empresa, por la planificación procesos empresariales que incrementen la productividad, la alta producción de la sociedad. Las facultades anteriormente señaladas son meramente enunciativas y en ningún caso limitativo, toda vez que disponen de las atribuciones en forma plena, salvo por las limitaciones que le imponga la asamblea general de accionistas y estos estatutos. En ningún momento los miembros de la junta directiva podrán alegar insuficiencia de facultades en el manejo de la compañía. CAPITULO CUARTO. DE LAS ASAMBLEAS DE LA COMPAÑÍA. ARTICULO DECIMO PRIMERO: La Suprema Autoridad y control de la sociedad corresponde a la asamblea general de accionistas reunida ordinaria o extraordinariamente, legalmente constituida representa la universalidad de los accionistas y sus resoluciones dentro de los términos de sus facultades según este documento y el Código de Comercio, son obligatorias para todos sus accionistas, aunque no hayan concurrido a la reunión. La convocatoria para las asambleas ordinarias y extraordinarias, serán publicadas en un diario de gran circulación regional y/o nacional, con ocho (08) días de anticipación a la fecha de celebración de la asamblea y por comunicación escrita dirigida a los accionistas con acuse de recibo, y con expresión del objeto que ha de tratarse en la asamblea. Cada acción dará derecho a un voto en la asamblea. La asamblea se considera válidamente constituida sin necesidad de convocatoria previa, cuando se encuentre presente o representado el 100% del capital social. La asamblea general ordinaria tendrá las atribuciones que acuerda la Ley. ARTICULO DECIMO SEGUNDO: La Asamblea General Ordinaria de accionistas se reunirá una vez al año, dentro de la segunda quincena del mes de marzo de cada año, en el lugar, fecha y hora que indique la convocatoria. El objeto de las asambleas ordinarias será el que determine el artículo 275 del Código de Comercio, y el de las extraordinarias, el que determine la correspondiente convocatoria, si estuviere representado en ellas la totalidad del capital social, y en este caso el objeto cinco por ciento (5%), para formar un fondo de reserva, hasta alcanzar el diez por ciento (10 %) del capital social, luego se harán los apartados correspondientes a los impuestos y demás obligaciones que establezcan las leyes. El remanente se distribuirá entre los accionistas o se destinara a reserva voluntaria de conformidad con lo que acuerde la asamblea general de accionistas. La Junta directiva propondrá a la asamblea el dividendo a distribuirse entre los accionistas y una vez decretado aquel corresponde a la Junta Directiva disponer su pago, de modo que se efectué de acuerdo con las conveniencias y posibilidades económicas de la empresa, dentro del periodo siguiente a aquel en que el dividendo se hubiere producido. ARTICULO DECIMO TERCERO: La Asamblea General de Accionistas Ordinaria y/o extraordinaria, estará válidamente constituida cuando esté representada en ella el setenta y cinco por ciento (75%) del capital social, y las decisiones de asamblea general ordinaria y/o extraordinaria se tomaran con el voto favorable del cien por ciento (100%) de ese setenta y cinco por ciento (75%) del capital social presente. La asamblea general ordinaria tendrá las atribuciones que acuerda la Ley. Los accionistas podrán hacerse representar en las asambleas por medios de apoderados constituidos por carta, telegrama u otro medio escrito; teniendo entre sus atribuciones, la aprobación del presupuesto anual de gastos, balance anual de la compañía, nombramiento y remoción de los miembros de la junta directiva y del comisario. Para todos los casos previstos en el artículo 280 del código de comercio, es necesaria la presencia en la asamblea de accionistas ordinaria y/o extraordinaria de un numero de accionistas que representen el cien por ciento (100 %) del capital social para considerarse válidamente constituida y las decisiones se tomaran con el voto favorable del cien por ciento (100 %) del Capital Social presente. La votación se hará en forma pública salvo que la asamblea decida lo contrario. Las actas obligatoriamente para su validez deberán ser firmadas por todos los asistentes. resoluciones que crean convenientes a la marcha de los negocios de la empresa; representar, solicitar, tramitar, gestionar, otorgar, consultar por ante autoridades civiles, judiciales, administrativas, organismos e institutos públicos y/o privados, fiscales, tributarios, servicios integrales de administración tributaria, organismos públicos, institutos autónomos, registros mercantiles, registros inmobiliarios y demás organismos municipales, estatales, regionales y/o nacionales, así como ejercer todas las acciones que correspondan en relación con las mismas; celebrar contratos, proyectos, planes de trabajo e inversión; aprobar, ordenar y ejecutar cualquier clase de operaciones de licito comercio; presentar a la asamblea general de accionistas un informe detallado de las actividades ejecutadas en el año fiscal respectivo, suministrando a los accionistas con suficiente antelación, los estados financieros conjuntamente con los informes del comisario; ordenar, realizar, tramitar, efectuar, publicar las convocatorias a la asamblea general de accionistas, debiendo efectuar las convocatorias para la celebración de las mismas, ya sean ordinarias o extraordinarias; abrir, cerrar, cancelar, girar, movilizar, retirar, depositar, protestar, endosar, descontar, negociar, solicitar saldos, anular y/o suspender cheques, solicitar chequeras, actualizar datos, comprar cheques de gerencia en las cuentas ya sean corrientes, de ahorros, a la vista, a plazos o de cualquier tipo en bancos, instituciones financieras, instituciones de crédito, casas de cambio, bancos universales, cajas de ahorro, o de cualquier forma de acuerdo con los respectivos reglamentos; cobrar cheques emitidos a favor de la empresa, cobrar órdenes de pago, giros, retiros a favor de la empresa; contratar, sustituir y despedir gerentes, personal, empleados, obreros asignándole su remuneración, fijando su sueldo y salario; autorizar y ordenar erogaciones, gastos operacionales, gastos generales y/o extraordinarios de la compañía; fijar remuneraciones y gastos de representación a serle asignados a la junta directiva, al comisario y demás personal de la empresa; recomendar a la asamblea de accionistas la distribución de las utilidades disponibles; nombrar, otorgar, sustituir y/o revocar poderes especiales, generales o de cualquier tipo pare representantes judiciales, apoderados y/o gerentes por sectores; otorgar las escrituras, recibos, cancelaciones, finiquitos y demás documentos públicos y privados, así como los respectivos protocolos y registros que requieran las operaciones o actos jurídicos antes mencionados, para los cuales quedan facultados. Las facultades anteriormente señaladas son meramente enunciativas y en ningún caso limitativo, toda vez que disponen de las atribuciones en forma plena, salvo por las limitaciones que le imponga la asamblea general de accionistas y estos estatutos. En ningún momento los miembros de la junta directiva podrán alegar insuficiencia de facultades en el manejo de la compañía SERA COMPETENCIA DEL PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE LAS SIGUIENTES ATRIBUCIONES Y FACULTADES CONJUNTA O SEPARADAMENTE 1-) Solicitar, celebrar, negociar y/o Contratar prestamos, líneas de créditos, pagares y/o créditos u otros efectos de comercio a favor de la empresa. 2- ) Otorgar y suscribir actos que representen cesión, compra, venta, permuta, fianza, u orden del día, será determinado o fijado por la misma asamblea. Si a la asamblea ordinaria o extraordinaria no concurriere la representación exigida por la presente acta para constituirse y requerimiento de la Junta Directiva o por solicitud de un número de accionistas que representen por lo menos el cincuenta por ciento (50%) del capital social, de conformidad con lo establecido en el artículo 278 del Código de Comercio. CAPITULO QUINTO. DEL COMISARIO. ARTICULO DECIMO CUARTO: La Compañía tendrá Un (01) Comisario, elegido por la asamblea general de accionistas, el cual tiene derecho ilimitado de inspección y vigilancia sobre todas las operaciones de la sociedad, de conformidad con las facultades que le señala la ley mercantil. Durará cinco (05) años en sus funciones y podrá ser reelegido, y en todo caso permanecerá en su cargo hasta que la asamblea general de accionistas designe quien ha de reemplazarlo. CAPITULO SEXTO. DE LOS BALANCES, CUENTAS, UTILIDADES. FONDO DE RESERVA Y GARANTÍA. ARTICULO DECIMO QUINTO: El Balance será formado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 304 del Código de Comercio. El ejercicio económico comenzará el primero (01) de enero y terminará el treinta y uno (31) de diciembre de cada año. El primer ejercicio comenzará el día de su inscripción en el registro mercantil jurisdiccional y terminará el treinta y uno (31) de diciembre del 2019. ARTICULO DECIMO SEXTO: De las utilidades brutas de la empresa, se separa anualmente. CAPITULO SÉPTIMO. DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN. ARTICULO DECIMO SÉPTIMO: En caso de disolución y liquidación de la sociedad la asamblea general accionistas permanecerá investida de las amplias facultades en todo lo relativo a la liquidación. Igualmente estará facultada para nombrar a los liquidadores y les otorgara los poderes que juzgue conveniente, observándose lo que a tales efectos establece el Código de Comercio. CAPITULO OCTAVO. DISPOSICIONES GENERALES. ARTICULO DECIMO OCTAVO: En todo lo no previsto en el presente documento, regirá en forma suplementaria, las disposiciones del Código de Comercio, del Código Civil y de cualquier otra ley aplicable que tenga relación con la presente compañía anónima. CAPITULO NOVENO. DISPOSICIONES TRANSITORIAS. PRIMERA: Se designa a los miembros de la junta directiva de la manera siguiente: PRESIDENTE: ERIKA DEL CARMEN VÁSQUEZ HERNÁNDEZ, venezolana mayor de edad, soltera, comerciante, titular de la cédula de identidad No. V-16.021.828, R.I.F. V-16021828-9 de este domicilio, civilmente hábil y VICEPRESIDENTE: WALTER ALEXANDER JAIMES REYES, venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, titular de la cedula de identidad No. V-14.417.888 R.I.F. V-14417888-9, de este domicilio y civilmente hábil. Se designa igualmente como comisario a DELCY ANDREINA PERNÍA DE SALAS, venezolana, mayor de edad, soltera, Licenciada en Contaduría Pública, titular de la cedula de identidad No. 15.858.879, R.I.F. V-15858879-6, inscrito en el Colegio de Contadores Públicos del Estado Táchira bajo el No. CPC 159946, de este domicilio y civilmente hábil. Finalmente fue autorizado el Presidente: ERIKA DEL CARMEN VÁSQUEZ HERNÁNDEZ, ya identificada, para realizar la Presentación formal de la documentación correspondiente por ante el Registro Mercantil, y cumplir con las formalidades de registro y publicación de la presente acta. Es justicia en la ciudad de San Cristóbal, a la fecha de su Presentación. DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 17 DE LA RESOLUCIÓN Nro. 150, PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Nro. 39.697 DEL 16 DE JUNIO DEL 2011, DE LA NORMATIVA PARA LA PREVENCIÓN, CONTROL, Y FISCALIZACIÓN DE LAS OPERACIONES DE LEGITIMACIÓN DE CAPITALES Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO APLICABLES EN LAS OFICINAS REGISTRALES Y NOTARIALES DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. DECLARO BAJO FE DE JURAMENTO, que los capitales, bienes, haberes, valores o títulos del acto o negocio jurídico a objeto de este acto son provenientes de Actividades Licitas por tanto, proceden de actividades de legitimo carácter mercantil, y no tiene relación alguna con dinero, capitales, bienes, haberes, valores o títulos que se consideren productos de las actividades o acciones ilícitas contempladas en la LEY ORGÁNICA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA Y LA LEY ORGÁNICA DE DROGAS.

MUNICIPIO SAN CRISTÓBAL, 8 DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE (FDOS.) WALTER ALEXANDER JAIMES REYES, ERIKA DEL CARMEN VÁSQUEZ HERNÁNDEZ, ABOGADO FRANKLIN JOSÉ JAIRRAN MORA. SE EXPIDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA DE PUBLICACIÓN SEGÚN PLANILLA NO.: 443.2019.3.2333.


.Publicidad. REGISTRO DE COMERCIO. CENTRO CLÍNICO SAN CRISTÓBAL, C.A.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA. SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS. REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TÁCHIRA. RM No. 443. 209º y 160º. ABOGADO FRANKLIN JOSÉ JAIRRAN MORA, Registrador Mercantil Primero. C E R T I F I C A. Que el asiento de Registro de Comercio transcrito a continuación, cuyo original está inscrito en el Tomo: 17-A RM I. Número: 1 del año 2019, así como La Participación, Nota y Documento que se copian de seguida son traslado fiel de sus originales, los cuales son del tenor siguiente: CIUDADANO: Registrador Mercantil Primero del Estado Táchira. Su Despacho.- Yo, HELMER ALBERTO GÁMEZ NAVARRO, venezolano, mayor de edad, casado, médico internista-intensivista, domiciliado en San Cristóbal, Estado Táchira, titular de la Cédula de Identidad número V-5.029.479; actuando en este acto con el carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil CENTRO CLÍNICO SAN CRISTÓBAL, C.A., inscrita por ante este Despacho en fecha 30 de junio de 1976, bajo el Nº 1, Tomo 2-A; inscrita en el Registro de Información fiscal bajo el Nº J-09002096-9 (Expediente Nº 00137), ocurro por ante usted a fin de participarle que en la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas celebrada el día 12 de Abril de 2018, para su correspondiente inserción y registro. El objeto de la Asamblea en cuestión fue, la consideración del siguiente Orden del Día: “PRIMERO: Considerar, aprobar o modificar los Estados Financieros e Informe de Gestión de la Junta Directivas correspondientes al ejercicio económico que va del 01-01-2017 al 31-12-2017 con vista en el Informe del Comisario. SEGUNDO: Considerar y aprobar el Proyecto de Reparto de Dividendos presentado por la Junta Directiva de la Sociedad. TERCERO: Considerar y aprobar o no el Aumento de Capital de la Sociedad a la suma de Bs. 5.000.000.000,00, y en caso de ser aprobado, modificar las Cláusulas Quinta y Sexta de los Estatutos Sociales de la Compañía”. Acompaño la presente con los siguientes recaudos: a) Ejemplar de la publicación de la convocatoria; b) Copias de las Cartas de Autorización para la representación de los accionistas en la Asamblea; c) Estados Financieros de la Compañía al 31-12-2017; d) Estado de situación financiera,, antes del Aumento de Capital y después de verificado el mismo; e) Certificación de los dividendos decretados; f) Copia de la Declaración de ISLR correspondiente al ejercicio del año 2017; g) Informe del Comisario de la Sociedad. Solicito que una vez registrada el Acta de Asamblea en cuestión, se sirva expedirme Copia Certificada de la misma. Dado en San Cristóbal, a la fecha de su presentación.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA. SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS. REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TÁCHIRA. RM No. 443. 209º y 160º. Municipio San Cristóbal, 1 de Octubre del Año 2019. Por presentada la anterior participación por su FIRMANTE, para su inscripción en el Registro Mercantil, fijación y publicación. Hágase de conformidad y agréguese el original al expediente de la Empresa -Mercantil junto con los recaudos acompañados. Expídase la copia de publicación. El anterior documento redactado por el Abogado ANTONIO JOSÉ ARISMENDI ORTEGA IPSA N.: 1683-77, se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Número: 1, TOMO -17-A RM I. Derechos pagados BS: 618.900,00 Según Planilla RM No. 44300158283, Banco No. 287687699 Por BS: 500,07. La identificación se efectuó así: HELMER ALBERTO GÁMEZ NAVARRO, C.I.: V-5.029.479. Abogado Revisor: FRANKLIN JOSÉ JAIRRAN MORA.

Acta de Asamblea General Extraordinaria de CENTRO CLÍNICO SAN CRISTÓBAL, C.A. Correspondiente al día 12-04-2018. Siendo las 7:30 p.m. del día 12 de Abril de 2018, ubicados en el Hall del Tercer Piso del Edificio Centro Clínico San Cristóbal, avenida Las Pilas, Urbanización Santa Inés, San Cristóbal; para realizar la Asamblea General Extraordinaria de la sociedad de comercio “CENTRO CLÍNICO SAN CRISTÓBAL, C.A.”, sociedad de comercio domiciliada en San Cristóbal, Estado Táchira, inscrita por ante el Registro Mercantil (hoy Registro Mercantil Primero) de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el N° 1, Tomo 2-A, de fecha 30 de junio de 1976; inscrita en el Registro de Información Fiscal bajo el N° J-09002096-9; conforme con la CONVOCATORIA, publicada en la edición correspondiente al día 25 de Marzo de 2017 del Diario de La Nación), presentes los accionistas, siguientes: 1) YULEYMI CAROLINA ALBARRACÍN CONTRERAS, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-13.490.646, representada en este acto por ELISA YANETH DURÁN BECERRA, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-9.231.778, según consta de Carta Poder que se anexa; 2) CARLOS MIGUEL ALEZARD RAMÍREZ, venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-10.166.699, representado en este acto por CARLOS MIGUEL ALEZARD RUBIO, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N° V-1.866.259, según Carta Poder que se anexa; 3) MARÍA AUXILIADORA ALEZARD RAMÍREZ, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-13.506.199, representada en este acto por CARLOS MIGUEL ALEZARD RUBIO, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N° V-1.866.259, según Carta Poder que se anexa; 4) OMAR ANTONIO ALÍ DUERTO, venezolano, casado y titular de la cédula de identidad N° V-8.497.408; 5) ROLANDO ALBERTO ANSELMI RUIZ, venezolano, soltero y titular de la cédula de Identidad N° V-5.029.123, Suplente de la Junta Directiva de la Sociedad; 6) ROSA MARÍA ARDILA DE GRANADOS, venezolana, casada y titular de la cédula de Identidad N° V-3.075.261; 7) LUIS MARCELO AVILÁN LÓPEZ, venezolano, casado y titular de la cédula de identidad N° V-2.887.335, representado en este acto por JUAN CARLOS DÍAZ GARCÍA, venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-9.217.217, según consta de Carta Poder que se anexa; 8) NELSON JESÚS BÁEZ CAMACHO, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-9.237.324, representado en este acto por MARCO VINICIO SILLIÉ ORTEGA, venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-4.115.549, según Carta Poder que se anexa; 9) EDGAR AUGUSTO BALLESTEROS QUINTERO,. venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-1.909.740; 10) ÁNGEL EMERIO BARROSO CARABALLO, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad ,N° V-9.484.189; .11) ÁNGEL SANTIAGO BETANCOURT RAMÍREZ, venezolano, casado y titular de la cédula de identidad N° V-3.074.800, representado en este acto por NORMAN ANTONIO CORDERO, venezolano, casado y titular de la cédula de Identidad N° V-1.120.620, según consta de Carta Poder que se anexa; 12) JORGE ANDRÉS BLANCO GARCÍA, venezolano, soltero y titular de la cédula de identidad N° V-2.893.693, representado en este acto por PEDRO RAFAEL RAMÍREZ DUQUE, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N° V-2.450.604, según consta de Carta Poder que se anexa; 13) MAURO DE JESÚS BRAVO BETANCOURT, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N° V-3.961.864; 14) MAURO HUMBERTO BRAVO CASANOVA, venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-14.873.943, representado en este acto por MAURO DE JESÚS BRAVO BETANCOURT, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N° V-3.961.864, según Carta Poder que se anexa; 15) FERMÍN ALFONSO CARRILLO CHACÓN, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N°

V-5.655.032, Vocal de la Junta Directiva de la Sociedad; 16) CARLOS SEGUNDO CASANOVA RANGEL, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N° V-2.546.606; 17) NURI DEL VALLE CASTILLO BRICEÑO, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-11.190.518, representada en este acto por JULIO ALEXANDER SÁNCHEZ LARGO, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N° V-9.239.209, según Carta Poder que se anexa; 18) LOURDES ZORAIDA COLMENARES DE MORENO, venezolana, casada, titular de la cédula de identidad N° V-9.149.827, representada en este acto por RITA ENEIDA ZAMBRANO DUQUE, venezolana, soltera y titular de la cédula de identidad N° V-8.101.185, según Carta Poder que se anexa; 19) RAMÓN LEONIDAS COLMENARES ROMERO, venezolano, divorciado, titular de la cédula de identidad N° V-5.655.132, representado en este acto por SAIDA INÉS ZAMBRANO CÁRDENAS, venezolana, divorciada, titular de la cédula de identidad N° V-3.719.194, según consta de Carta Poder que se anexa; 20) KRISELL MILAGROS CONTRERAS DE SERRANO, venezolana, casada y titular la cédula de Identidad N° V-9.228.147, representada en este acto por MARÍA CECILIA MÉNDEZ ARAQUE, venezolana, divorciada y titular de la cédula de identidad N° V-3.072.885, según Carta Poder que se anexa; 21) LEONARDO JOSÉ CONTRERAS ZAMBRANO, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N° V-5.688.363; 22) NORMAN ANTONIO CORDERO, venezolano, casado y titular de la cédula de Identidad N° V-1.120.620; 23) AROLDO CHIQUILLO ASTROZA, venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.185.909; 24) ILSE MARÍA D’SANTIAGO VEGA, venezolana, divorciada y titular de la cédula de identidad N° V-3.429.157, representada en este acto por PEDRO RAFAEL RAMÍREZ DUQUE, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-2.450.604, según Carta, Poder que se anexa; 25) PATRICIA MIREN DE ARBELOA WALTER, venezolana, divorciada y titular de la cédula de Identidad N° V-4.523.813, representada en este acto por MARCO VINICIO SILLIÉ ORTEGA, venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-4.115.549, según Carta Poder que se anexa; 26) JUAN CARLOS DÍAZ GARCÍA, venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-9.217.217; 27) ELISA YANETH DURÁN BECERRA, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-9.231.778; 28) JAVIER ANTONIO DURÁN CÁRDENAS, venezolano, divorciado, titular de la cédula de Identidad N° V-9.235.575, Vicepresidente de la Junta Directiva; 29) JESÚS ANTONIO DURÁN CÁRDENAS, venezolano, casado, titular de la cédula de Identidad N° V-10.151.903, representado en este acto por SAIDA INÉS ZAMBRANO CÁRDENAS, venezolana, divorciada, titular de la cédula de identidad Nº V-3.719.194, según Carta Poder que se anexa; 30) CARLOS MIGUEL ECHEVERRÍA PORRAS, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N° V-9.246.314, representado en este acto por AROLDO CHIQUILLO ASTROZA, venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.185.909, según Carta Poder que se anexa; 31) SUCESIÓN DE JOSÉ GABRIEL ESPINOZA MILLAR, representada en este acto por EDGAR AUGUSTO BALLESTEROS QUINTERO, venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-1.909.740, según consta de Carta Poder suscrita por su legítima heredera ciudadana MARISABEL ESPINOZA NAVARRO, quien es venezolana, soltera y titular de la cédula de identidad N° V-14.180.391; 32) GIAN CARLO FAZZOLARI MORA, .venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.016.026, representado en este acto por JOSÉ DE JESÚS PATIÑO VÁSQUEZ, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-1.534.266, según consta de Carta Poder que se anexa; 33) ELDA LUISA GALINDO DE GRANADO, venezolana, viuda, titular de la cédula de identidad N° V-2.113.041, representada en este acto por ÉLCIDE ESPERANZA ROA DE BUITRAGO, venezolana, casada, titular de la cédula de identidad número V-3.195.319, según consta de Carta Poder que se anexa; 34) HELMER ALBERTO GÁMEZ NAVARRO, venezolano, casado, titular de la cédula de Identidad N° V-5.029.479, Presidente de la Junta Directiva; 35) RAMÓN ENRIQUE GRANADOS GALINDO, venezolano, casado y titular de la cédula de identidad N° V-12.231.717, representado en este acto por ÉLCIDE ESPERANZA ROA DE BUITRAGO, venezolana, casada y titular de la cédula de identidad N° V-3.195.319, según Carta Poder que se anexa; 36) CUAUHTÉMOC ABUNDIO GUERRA, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N° V-2.878.817, representado en este acto por CARLOS SEGUNDO CASANOVA RANGEL, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N° V-2.546.606, según Carta Poder que se anexa; 37) BLANCA AURORA GUERRERO DE RIVAS, venezolana, casada, titular de la cédula de identidad N° V-3.618.458; 38) RAÚL GUILLÉN RODRÍGUEZ, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N° V-3.821.155, representado en este acto por EGBERTO AMADO DE JESÚS ZAMBRANO, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N° V-1.909.976, según consta de Carta Poder que se anexa; 39) ALBA VIRGINIA HERNÁNDEZ CHACÓN, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-5.654.090, representada en este acto por MARÍA CECILIA MÉNDEZ ARAQUE, venezolana, divorciada, titular de la cédula de identidad N° V-3.072.885, según Carta Poder que se anexa; 40) FÉLIX ALBERTO HERNÁNDEZ MOGOLLÓN, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-4.000.624; 41) CARLOS GUILLERMO JAIME MARTÍNEZ, venezolano, casado, titular de la cédula de Identidad N° V-1.555.444, representado en este acto por EGBERTO AMADO DE JESÚS ZAMBRANO, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad número V-1.909.976, según consta de Carta Poder que se anexa; 42) LUIS ERNESTO JAIMES OROZCO, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N° V-10.147.807, representado era este acto por ADELA RAMÍREZ DE CABRERA, venezolana, casada, titular de la cédula de Identidad N° V-3.312.624, según Carta Poder que se anexa; 43) GLADYS CONSUELO LABRADOR RUBIO, venezolana, divorciada, titular de la cédula de identidad N° V-2.892.187; 44) BEATRIZ MARLENE LINARES DE MORENO, venezolana, casada, titular de la cédula de identidad N° V-9.248.092, Secretaria de la Junta Directiva de la Sociedad; 45) MELVIN ALOIS LÓPEZ ORDAZ, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N° V-3.351.020, representado en este acto por CARLOS SEGUNDO CASANOVA RANGEL, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N° V-2.546.606, según consta de Carta Poder que se anexa; 46) MARÍA CECILIA MÉNDEZ ARAQUE, venezolana, divorciada, titular de la cédula de identidad N° V-3.072.885; 47) YOLEIDA CONSOLACIÓN MEDINA DE HURTADO, venezolana, casada, titular de la cédula de Identidad N° V-8.095.592, Suplente de la Junta Directiva; 48) SAMUEL DARÍO MOGOLLÓN SÁNCHEZ, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N° V-1.629.460, representado en este acto por NORMAN ANTONIO CORDERO, venezolano, casado y titular de la cédula de Identidad N° V-1.120.620, según Carta Poder que se anexa; 49) GERSON JOSÉ MOLINA JAIMES, venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-10.145.684, representado en este acto por MIRIAM TERESA RAMÍREZ DE DURÁN, venezolana, casada y titular de la cédula de Identidad N° V-3.194.874, según Carta Poder que se anexa; 50) SUCESIÓN DE CONSUELO JOSEFINA MONZÓN DE MORÓN, representada en este acto por ELISA YANETH DURÁN BECERRA, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-9.231.778, según consta de Carta Poder otorgada por su heredero JERÓNIMO MORÓN, venezolano, viudo, titular de la cédula de identidad N° V-3.105.330; 51) CARMEN AMÉRICA OLIVARES MEDINA, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-3.074.302, representada en este acto por MAURO DE JESÚS BRAVO BETANCOURT, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N° V-3.961.864, según Carta Poder que se anexa; 52) JULIO RAFAEL OMAÑA CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-1.582.840, representado en este acto por JOSÉ DE JESÚS PATIÑO VÁSQUEZ, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N° V-1.534.266, según consta de Carta Poder que se anexa; 53) VÍCTOR HUGO OMAÑA RODRÍGUEZ, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad. N° V-8.096.672, representado en este acto por ÉLCIDE ESPERANZA ROA DE BUITRAGO, venezolana, casada, titular de la cédula de identidad N° V-3.195.319, según consta de Carta Poder que se anexa; 54) CARLOS DAVID PÁEZ CAMARGO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-1.547.212, representado en este acto por ALBERTO JOSÉ SALAS, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-2.286.603, según Carta Poder que se anexa; 55) PORFIRIO PARADA CHACÓN, venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-3.791.968, representado en este acto por GERARDO ANTONIO PÉREZ DUQUE, venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-9.132.272, según Carta Poder que se anexa; 56) DONATELLA PAOLA PARLAPIANO D’ANNA, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-10.175.495, representada en este acto por PEDRO RAFAEL RAMÍREZ DUQUE, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N° V-2.450.604, según consta de Carta Poder que se anexa; 57) LUIS ALBERTO PARRA CHACÓN, venezolano, divorciado, titular de la cédula de identidad N° V-3.793.809; 58) JOSÉ DE JESÚS PATIÑO VÁSQUEZ, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N° V-1.534.266; 59) GILBERTO PÉREZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-3.072.012, representado en este acto por MARÍA CECILIA MÉNDEZ ARAQUE, venezolana divorciada, titular de la cédula de identidad N° V-3.072.885, según Carta Poder que se anexa; 60) GERARDO ANTONIO PÉREZ DUQUE, venezolano, soltero, titular de cédula de identidad N° V-9.132.272; 61) MARCO TULIO PIRRONGELLI, venezolano, divorciado, titular de la cédula de identidad N° V-3.01.8.450, representado en este acto por MARCO VINICIO SILLIÉ ORTEGA, venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-4.115.549, según Carta Poder que se anexa; 62) JOSÉ GREGORIO PRADOS DELGADO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-5.686.169, representado en este acto por ELISA YANETH DURÁN BECERRA, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-9.231.778, según consta de Carta Poder que se

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anexa; 63) SUCESIÓN DE HENRY JOSÉ QUINTERO SÁNCHEZ, representada por su legítima heredera y representante MARÍA ALEJANDRA QUINTERO ZAMBRANO, venezolana, soltera, titular de la cédula de Identidad N° V-13.973.336; 64) OFIR SOLVEIG DE JESÚS QUINTERO SÁNCHEZ, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-3.311.770, representada en este acto por LUIS ALBERTO PARRA CHACÓN, venezolano, divorciado y titular de la cédula de identidad N° V-3.793.809, según Carta Poder que se anexa; 65) VALENTÍN RAMÍREZ CARRERO, venezolano, divorciado, titular de la cédula de identidad N° V-1.557.307; 66) PEDRO RAFAEL RAMÍREZ DUQUE, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N° V-2.450.604; 67) JUAN BAUTISTA RAMÍREZ GARCÍA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-9.243.066; 68) ADELA RAMÍREZ DE CABRERA, venezolana, casada, titular de la cédula de Identidad Nº V-3.312.624; 69) MIRIAM TERESA RAMÍREZ DE DURÁN, venezolana, casada y titular de la cédula de identidad Nº V-3.793.809; 70) JOHN GUIDO RAMÍREZ, venezolano, casado y titular de la cédula de identidad N° V-3.623.024, representado en este acto por BLANCA AURORA GUERRERO DE RIVAS, venezolana, casada y titular de la cédula de identidad N° V-3.618.458, según Carta Poder que se anexa; 71) LEONARDO JOSUÉ RAMÍREZ ZAMBRANO, venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-9.247.505, representado en este acto por BLANCA AURORA GUERRERO DE RIVAS; venezolana, casada y titular de la cédula de identidad N° V-3.618.458, según Carta Poder que se anexa; 72) SUCESIÓN DE ALBERTO JOSÉ RICO DÁVILA, representada en este acto por RITA ENEIDA ZAMBRANO DUQUE, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-8.101.185, según Carta Poder que se anexa, suscrita en nombre de la Sucesión por el coheredero ALBERTO JOSÉ RICO GARCÍA, venezolano, casado y titular de la cédula de identidad N° V-9.239.141; 73) ÉLCIDE ESPERANZA ROA DE BUITRAGO, venezolana, casada, titular de la cédula de identidad N° V-3.195.319; 74) RUTH YRACEMA RUBIO MONTENEGRO, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-4.992.026, representada en este acto por AROLDO CHIQUILLO ASTROZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.185.909, según Carta Poder que se anexa; 75) HERNÁN RUIZ MORALES, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-15.241.322, representado en este acto por SAIDA INÉS ZAMBRANO CÁRDENAS, venezolana, divorciada, titular de la cédula de identidad N° V-3.719.194, según Carta Poder que se anexa; 76) ALBERTO JOSÉ SALAS, venezolano, casado, titular de la cédula de Identidad N° V-2.286.603; 77) ÉLIDE ROSA CRUZ OMAIRA SÁNCHEZ CARRILLO, venezolana, viuda, titular de la cédula de identidad N° V-3.793.378, representada en este acto por ADELA RAMÍREZ DE CABRERA, venezolana, casada y titular de la cédula de Identidad N° V-3.312.624, según Carta Poder que se anexa; 78) LUIS DANIEL SÁNCHEZ LAGOS, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N° V-4.093.047, representado en este acto por LUIS ALBERTO PARRA CHACÓN, venezolano, divorciado, titular de la cédula de identidad Nº V-3.793.809, según Carta Poder que se anexa; 79) JULIO ALEXANDER SÁNCHEZ LARGO, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-9.239.209; 80) LORENA SÁNCHEZ GARCÍA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.163.878, representada en este acto por MIRIAM TERESA RAMÍREZ DE DURÁN, venezolana, casada, titular de la cédula de Identidad N° V-3.194.874, según Carta Poder que se anexa; 81) MARCO VINICIO SILLIÉ ORTEGA, venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-4.115.549; 82) ALMA ALEGRÍA TOVAR NÚÑEZ, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-15.027.100; 83) RODOLFO JOSÉ VALERA MORALES, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-4.210.818, representado en este acto por AROLDO CHIQUILLO ASTROZA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-8.185.909, según Carta Poder que se anexa; 84) ELIO DE JESÚS VELÁSQUEZ VILLARROEL, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N° V-3.118.242, representado en este acto por ALBERTO JOSÉ SALAS, venezolano, casado y titular de la cédula de Identidad N° V-2.286.603, según Carta Poder que se anexa; 85) ALEJANDRO JOSÉ YSEA OQUENDO, venezolano, soltero, titular de la cedula de identidad N° V-13.627.545, representado en este acto por MIRIAM TERESA RAMÍREZ DE DURÁN, venezolana, casada, titular de la cédula de Identidad N° V-3.194.874, según Carta Poder que se anexa; 86) EGBERTO AMADO DE JESÚS ZAMBRANO, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad número V-1.909.976; 87) SAIDA INÉS ZAMBRANO CÁRDENAS, venezolana, divorciada, titular de la cédula de identidad N° V-3.719.194; 88) RITA ENEIDA ZAMBRANO DUQUE, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-8.101.185; 89) SUCESIÓN DE RAFAEL EDECIO ZAMBRANO GUERRERO, representada por su integrante LORENA ZAMBRANO RIVAS, venezolana, soltera y titular de la cédula de identidad N° V-11.498.195; 90) LUZ MARINA ZAMBRANO MORA, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-5.447.274, representada por este acto por CARLOS SEGUNDO CASANOVA RANGEL, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N° V-2.546.606, según Carta Poder que se anexa; 91) LUZ ESTELA DEL SOCORRO ZAMBRANO PEÑALOZA, venezolana, divorciada, titular de la cédula de identidad N° V-1.551.349, representada en este acto por JOSÉ DE JESÚS PATIÑO VÁSQUEZ, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N° V-1.534.266, según Carta Poder que se anexa; 92) GISELA ANTONIA ZAMBRANO SUÁREZ, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad N° V-3.034.686; 93) DOMINGO ANTONIO ZAMBRANO ROSALES, venezolano, soltero, titular de la cédula de Identidad N° V-9.222.770, representado en este acto por GERARDO ANTONIO PÉREZ DUQUE, venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-9.132.272, según Carta Poder que se anexa; 94) JAKELINE ZAMBRANO ZAMBRANO, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N° -9.246.984. Todos los accionistas presentes son poseedores cada uno de un Título representativo de DOS MIL DOSCIENTAS VEINTE (2.220) acciones, para un total de asistentes y representados de NOVENTA Y CUATRO (94) ACCIONISTAS equivalente a DOSCIENTAS OCHO MIL SEISCIENTAS OCHENTA (208.680) ACCIONES que representan el SESENTA Y CINCO COMA DOS POR CIENTO (75,2 %), del Capital Social, de tal suerte que ha quedado conformado el quórum estatutario requerido para celebrar la presente Asamblea. Se encuentran presentes igualmente los ciudadanos: ciudadanos: 95) TITO JOSÉ NARIÑO NEIRA, venezolano, mayor de edad, divorciado, titular de la cédula de identidad N° V-4.206.494, de profesión Contador Público, inscrito en el Colegio de Contadores Públicos del Estado Táchira bajo el N° 7.803, Comisario Principal de la Sociedad; 96) ELIZABETH RINA DAL CANTO PRISCIANDARO, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-13.549.327, Jefe del Departamento de Administración; 97) JOLY OMAIRA LÓPEZ MALDONADO, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-11.507.115, Jefe del Departamento de Contabilidad de la Empresa; 98) DEYMAR ILIANA GUERRERO CÁRDENAS, venezolana*, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-13.972.929, Jefe del Departamento de Servicios Generales; 99) YENNY ELIZABETH CHACÓN QUIROZ, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-19.235.805, Directora Ejecutiva; 100) MIGUEL DAVID ARRIETA ZINGUER, venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-6.300.161, con el carácter de Asesor Legal de la Compañía. El Presidente de la Sociedad, Dr. HELMER ALBERTO GÁMEZ NAVARRO, confirmó el quórum calificado requerido para la celebración de la presente Asamblea, procediendo a dar apertura al acto, a continuación cedió la palabra a la Dra. BEATRIZ MARLENE LINARES DE MORENO, quien procedió a dar lectura a la Convocatoria, que fue publicada en la edición correspondiente al 25-03-2018, del Diario de La Nación de San Cristóbal, y que es del siguiente tenor: “CENTRO CLÍNICO SAN CRISTÓBAL, C.A.”. Capital Social suscrito y pagado Bs. 41.625.000,00. San Cristóbal, Estado Táchira, RIF J-090020969. Dirección: Av. Las Piñas, Urb. Santa Inés, Edif. Centro Clínico San Cristóbal. CONVOCATORIA. De conformidad con el Artículo 276, 280 y 281 del Código de Comercio, en concordancia con las cláusulas 23º y 24º de los Estatutos sociales de la Empresa y el Reglamento Electoral vigente de la Empresa, la Junta Directiva CONVOCA a los señores Accionistas de CENTRO CLÍNICO SAN CRISTÓBAL, C.A., Sociedad domiciliada en San Cristóbal e inscrita en el Registro Mercantil (hoy Registro Mercantil Primero) del Estado Táchira en fecha 30 de Junio de 1976, bajo el N° 1, Tomo 2-A; para una Asamblea General Extraordinaria a celebrarse el día JUEVES 12 DE ABRIL DE 2018, a las 7:30 p.m., en el Hall del Piso 3 del Edificio Centro Clínico San Cristóbal, Avenida Las Pilas, Urbanización Santa Inés; San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de tratar el siguiente Orden del Día: PRIMERO: Considerar, aprobar o modificar los Estados Financieros e Informe de Gestión de la Junta Directivas correspondientes al ejercicio económico que va del 01-01-2017 al 31-12-2017 con vista en el Informe del Comisario. SEGUNDO: Considerar y aprobar el Proyecto de Reparto de Dividendos presentado por la Junta Directiva de la Sociedad. TERCERO: Considerar y aprobar o no el Aumento de Capital de la Sociedad a la suma de Bs.F. 5.000.000.000,00, hoy en día y en caso de ser aprobado, modificar las cláusulas Quinta y Sexta de los Estatutos Sociales de la Compañía. Nota: De conformidad con lo establecido en el Artículo 277 del Código de Comercio, no se podrán considerar puntos distintos a los establecidos en la Convocatoria. San Cristóbal, 25 de Marzo de 2018. Por la Junta Directiva, Dr. Helmer Alberto Gámez Navarro. Presidente. Dr. Javier Antonio Durán Cárdenas VicepresiContinúa en la siguiente Página...

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... Viene de la Página Anterior dente”. De seguidas, el Presidente de la Sociedad procedió a considerar el PRIMER PUNTO del Orden del Día, que se refiere a “Considerar, aprobar o modificar los Estados Financieros e Informe de Gestión de la Junta Directivas correspondientes al ejercicio económico que va del 01-01-2017 al 31-12-2017 con vista en el Informe del Comisario”. En tal sentido el Presidente de la Junta Directiva, Dr. HELMER ALBERTO GÁMEZ NAVARRO, quien expuso el Informe de Gestión, en el cual destacó el poder lograr afrontar el duro reto de mantener el frágil equilibrio de conseguir mantener la operatividad de la Clínica, resguardando el valor de los activos y haber logrado que pese a la severa adversidad económica, mantener la rentabilidad a favor de los accionistas, no se habría conseguido sin la participación activa del equipo directivo; de nuestros accionistas, del talento humano que nos acompaña, de nuestros asesores que han puesto su compromiso y apoyo para el bien de nuestra Institución; preservando nuestros objetivos organizacionales de seguir siendo una Institución Privada de Salud de primer orden y complejidad en la Región y el país; prestando entre todos su concurso, con el propósito de potenciar sus competencias y capacidades en las diversas áreas de su desempeño para el bien de nuestra Clínica, en momentos excepcionalmente duros, por la realidad que se afronta, por la crisis económica generalizada, la situación hiperinflacionaria que pareciera no tener límite, la pérdida de la capacidad adquisitiva de la población en general que determina la caída en la ocupación hospitalaria, el exponencial incremento en los costos, la escasez de insumos, equipos, medicamentos, reactivos, el reto de mantener nuestro capital humano y sin perder de nuestras mentes el frágil equilibrio que requiere la consideración de ser una Empresa Prestadora de Servicios de Salud. No obstante las dificultades que hemos afrontado, se ha logrado mantener el sitial de nuestra Clínica, como Institución de Salud de Primer Orden en la Región, preservando la operatividad de los distintos servicios, la diversidad de los servicios, conservando parámetros de calidad y salvaguardando la rentabilidad de nuestra inversión en momentos de dificultad y carencia, insistiendo en preservar la diversidad, tratando de sacar provecho a las Unidades de Negocio que nos pueden brindar mayor rentabilidad y preservando la calidad de los servicios de salud que prestamos, manteniendo una plantilla laboral razonable y cumpliendo por encima de todas las consideraciones, puntualmente con nuestros compromisos corporativos. De igual modo dio cuenta de las reuniones de Junta Directiva, de la Comisión Técnica, de las Asambleas de Accionistas realizadas, así como de los aspectos Jurídicos relevantes, los de carácter laboral, la gestión administrativa, crédito y cobranza, auditoría, servicios generales y aspectos relativos a la ocupación, servicios prestados, los aspectos asistenciales; la admisión de pacientes, hospitalización por especialidades, intervenciones quirúrgicas efectuadas por especialidad y categoría, servicios de emergencia, Unidad de Cuidados Intensivos; unidades de Hemodinamia, Hemodiálisis, Exciláser, Mezclas, Telemetría, Terapia Respiratoria, Quimioterapia, Medicina Nuclear; Servicios de Diagnóstico, Imagenología, Densitometría, Radiodiagnóstico, Resonancia y Tomografía, Corazón Pulmón y Vasos, Laboratorio Biodiagnóstico; Servicios Clínicos Nutricionales, Farmacia Hospitalaria y Farmaclínico. De igual modo explicó que a pesar del temor tradicional de acudir al financiamiento bancario en la Institución, los créditos contratos fueron cancelados oportunamente; se cancelaron los honorarios profesionales, tanto a los médicos como a los demás profesionales y compañías. Con respecto al descuento que se manejó temporalmente a los socios y se canceló oportunamente y reintegrado a los accionistas Farmacia. Se comienza a ver una situación novedosa para la Compañía y es que el crédito comienza a disminuir y a incrementarse los servicios pagados de contado. Ha aumentado la facturación pero tiene que ver el disparo de la hiperinflación y las pólizas se han hecho insuficientes para los montos de las facturas. Se expuso como se distribuye la deuda con las compañías de seguros. En cuanto al Talento humano disminuyó la plantilla, por las renuncias de los trabajadores. Se cumplió completa y oportunamente con todos los compromisos laborales, tanto establecidos en la Ley, como los derivados de la Contratación Colectiva. Destacó igualmente el Presidente la baja importante en la ocupación de la Clínica, así como los cambios en el servicio de esterilización. Informó acerca de la creación del Departamento de Servicios Auxiliares y la disminución del número de intervenciones quirúrgicas. De seguidas, procedió a exponer los estados financieros al 31-12-2017 Estado de Situación financiera al 31-12-2017 expresados en Bolívares constantes de diciembre del 2017. En costos históricos y ajustados. Paso a exponer El Estado de Resultados del 01-01-2017 al 31-12-2017 en bolívares constantes a diciembre de 2016. A continuación expuso el Estado de Situación Financiera comparativo del año 2017 en relación al año 2016. El cual refleja los cambios producidos en los Estados financieros en cuestión en el ejercicio económico en análisis en relación al ejercicio inmediatamente anterior y el Estado de resultados comparativo. Tomó la palabra el Lic. TITO JOSÉ NARIÑO NEIRA, quien procedió a dar lectura a su Informe, en el cual da cuenta de su evaluación respecto de la gestión administrativa y sobre los Estados Financieros presentados por la Junta Directiva y en el cual recomienda aprobarlos sin reservas. De esta manera se sometió a consideración de los accionistas los Estados financieros de la empresa del año 2017, los cuales fueron aprobados por unanimidad por los accionistas presentes y representados. De seguidas, se procedió a considerar el SEGUNDO PUNTO del Orden del Día, referente a: “Considerar y aprobar el Proyecto de Reparto de Dividendos presentado por la Junta Directiva de la Sociedad”. Retomó la palabra el Dr. HELMER ALBERTO GÁMEZ NAVARRO, quien manifestó que a pesar de la difícil situación económica determinada por el entorno económico del país y del sector, la empresa tuvo un desempeño positivo, como consecuencia de las medidas implementadas y de la participación del capital humano (accionistas, trabajadores, colaboradores), lo cual permite que la Junta Directiva de la Compañía presente un Proyecto de Reparto de Dividendos con cargo a las Utilidades no Distribuidas; que comprendería: Decretar un Dividendo en Efectivo, con cargo a las Utilidades no Distribuidas, que alcanzan la suma de Bs.F. 909.723.805,11, menos la suma del Impuesto sobre la Renta causado, que alcanzó la suma de Bs.F. 298.097.265,39, que alcanzaría la suma de utilidades sujetas a reparto de Dividendos por Bs.F. 611.626.539,72, por lo que se propone repartir la suma de SEISCIENTOS MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 600.000.000,00) que representaría un dividendo en efectivo por la suma por accionista de CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 4.800.000,00), Lo anterior fue sometido a consideración de los accionistas que integran la Asamblea, siendo aprobado por el voto unánime de los accionistas presentes y representados. A continuación se pasó a considerar el TERCER PUNTO del Orden del Día, relativo a “Considerar y aprobar o no el Aumento de Capital de la Sociedad a la suma de Bs.F. 5.000.000.000,00, y en caso de ser aprobado, modificar las Cláusulas Quinta y Sexta de los Estatutos Sociales de la Compañía”. Tomó la palabra el Presidente de la Compañía, con la finalidad de exponer que La fortaleza patrimonial de una Empresa se mide por la capacidad que tienen sus activos para hacer frente a las obligaciones sociales. Es por ello que se precisa contar con un Capital Social suficiente para representar con solidez la situación económica de la Clínica. Agregó el Dr. Gámez que la actualización del Capital Social resulta importante desde dos puntos de vista fundamentales: Desde la perspectiva de la Compañía, El Capital Social representa la capacidad financiera de la Compañía para hacer frente a sus obligaciones y compromisos financieros; aparte de constituir un parámetro para determinar la capacidad de financiamiento externo para mantener la operatividad y funcionamiento pleno de la Empresa. Aunado a lo anterior, se precisa actualizar el Capital para hacerlo más cónsono con el valor del Patrimonio Social, más aún en un entorno hiper inflacionario como el que vivimos; por lo que resulta conveniente apalancarse financieramente para diversificar el riesgo económico. Por otra parte, desde la perspectiva del interés patrimonial de los accionistas de la Compañía, se destaca que las acciones de la Compañía representan una parte importante del patrimonio personal de los accionistas y la actualización de su valor es importante como parámetro para acceder al crédito, así como para la representación del mismo ante las autoridades fiscales, por la actualización de los valores por efectos de la inflación. Por estos motivos, la Junta Directiva, propone incrementar el Capital Social de la Empresa estos motivos, la Junta Directiva, propone incrementar el Capital Social de la Empresa Matriz, en vista de que se precisa actualizar los valores patrimoniales, para hacerlos más cónsonos a la realidad hiperinflacionaria venezolana y aprovechar las ventajas crediticias y tributarias que se pueden obtener en consecuencia. A continuación se presentó cómo ha evolucionado el Capital de la Compañía en el tiempo, hasta la actualidad en que conforme el más reciente incremento en el mismo, se elevó a la suma de Bs.F. 41.625.000,00, con un total de 277.500 acciones, representadas en 125 Títulos Accionarios, cada una representativo de 2.220 acciones, con un valor nominal de Bs.F. 150,00, cada una, para un valor por accionista de Bs.F. 333.000,00, hoy en día y la propuesta de actualización del mismo presentada por la Junta Directiva. Esta propuesta consiste en la modificación del valor nominal de las acciones, mediante la corrección monetaria del valor de los activos de la compañía conforme la reexpresión de los valores, conforme establecen las Normas Ven-Niif, de la siguiente manera: El Capital Social actual, expresado en términos históricos, asciende la suma de CUARENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 41.625.000,00), que en términos reexpresados por efectos de la inflación conforme la normativa contable vigente, representaría la suma de OCHO MILLONES CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS SESENTA Y SIETE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 8.147.567,00), lo cual implica una variación de Bs.F. 8.105.512.567, de los cuales se propone incrementar el valor de dicho Capital Social a la suma de CINCO MIL MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 5.000.000.000,00), que determinaría una modificación del Capital Social de la Compañía de la siguiente manera: Se cambiaría el valor nominal de las acciones, de la siguiente manera: Elevar el valor nominal de las acciones a DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00); con una participación de CUATRO (4) ACCIONES por Título Accionario emitido, para cada uno de los CIENTO VEINTICINCO (125) ACCIONISTAS; lo cual representaría una participación por accionista de Bs.F. 40.000.000,00, para un total de QUINIENTAS (500) ACCIONES emitidas. Lo anterior fue sometido a consideración de los accionistas reunidos en la Asamblea, siendo aprobado por el voto unánime de los mismos, que se encuentran presentes y representados en la misma. De seguidas y como consecuencia de la aprobación de lo anterior, se procedió a considerar la modificación de las Cláusulas Quinta y Sexta de los Estatutos Sociales de la Compañía, retomó la palabra el Presidente de la Sociedad, con la finalidad de indicar que como consecuencia de la aprobación de la modificación en el Capital Social de la Compañía, se precisa modificar las Cláusulas Quinta de los Estatutos Sociales, por lo que propuso que las disposiciones en cuestión tuviesen la redacción siguiente: “CLÁUSULA QUINTA: El Capital Social de la Compañía es la cantidad de CINCO MIL MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 5.000.000.000,00), dividido en QUINIENTAS (500) acciones, no convertibles al portador con un valor nominal individual de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00), Este Capital Social ,ha sido íntegramente suscrito, y totalmente pagado y enterado en caja en un CIEN POR CIENTO (100%), tal y como consta de la Cláusula siguiente”. La redacción anterior fue sometida a consideración de la Asamblea, siendo aprobada con el voto favorable de la mayoría calificada de los accionistas presentes y representados. Destacó el Dr. HELMER ALBERTO GÁMEZ NAVARRO, que en virtud de la modificación de la Cláusula Quinta de los Estatutos Sociales por la nueva conformación de los Estatutos Sociales relativa al nuevo monto a que asciende el Capital Social de la Compañía, se precisa actualizar la Cláusula Sexta que da cuenta de la conformación del mismo, la cual

.Publicidad. propuso que tenga la siguiente redacción: “CLÁUSULA SEXTA: El Capital Social de la Compañía, ha sido íntegramente suscrito y pagado de la siguiente manera: 1) La accionista YULEYMI CAROLINA ALBARRACÍN CONTRERAS, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 2) El accionista CARLOS MIGUEL ALEZARD RAMÍREZ, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00) que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 3) La accionista MARÍA AUXILIADORA ALEZARD RAMÍREZ, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 4) El accionista OMAR ANTONIO ALÍ DUERTO, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00), cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 5) El accionista ROLANDO ALBERTO ANSELMI RUIZ, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un Valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 6) La accionista ROSA MARÍA ARDILA DE GRANADOS, ha suscrito y pagado ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOL/VARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 7) El accionista LUIS MARCELO AVILÁN LÓPEZ, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 8) El accionista NELSON DE JESÚS BÁEZ CAMACHO, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 9) El accionista EDGAR AUGUSTO BALLESTEROS QUINTERO, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que; representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0, 80%) del Capital Social de la, Compañía. 10) El accionista ÁNGEL EMERIO BARROSO CARABALLO, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0, 80%) del Capital Social de la Compañía. 11) El accionista NELSON RAFAEL BASTARDO HOFFMANN, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0, 80%) del Capital Social de la Compañía. 12) El accionista ALFREDO JOSÉ BECKER SARAVIA, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 13) El accionista ÁNGEL SANTIAGO BETANCOURT RAMÍREZ, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 14) El accionista JORGE ANDRÉS BLANCO GARCÍA, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 15) El accionista MAURO DE JESÚS BRAVO BETANCOURT, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES. (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 16) El accionista MAURO HUMBERTO BRAVO CASANOVA, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80) del Capital Social de la Compañía. 17) La SUCESIÓN DEL CIUDADANO ARSENIO ANTONIO BUSTOS ALVARADO, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 18) El accionista SALVATORE BUTTACI GUARINO, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 19) El accionista JULIO CÁCERES HERNÁNDEZ, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 20) El accionista HUGO RAFAEL CARRRASCO VERDÚ, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 21) El accionista FERMÍN ALFONSO CARRILLO CHACÓN, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 22) El accionista ORLANDO ARFILIO CARRILLO LEÓN, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 23) El accionista CARLOS SEGUNDO CASANOVA RANGEL, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 24) La accionista NURI DEL VALLE CASTILLO BRICEÑO, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con, un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 25) La accionista LOURDES ZORAIDA COLMENARES CHACÓN, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 26) El accionista JOSÉ PORFIRIO COLMENARES CHACÓN, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00) que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 27) El accionista JOSÉ ALEJANDRO COLMENARES RUGELES, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 28) El accionista RAMÓN LEONIDAS COLMENARES ROMERO, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 29) El accionista LEONARDO JOSÉ CONTRERAS ZAMBRANO, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00) que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 30) La accionista KRISELL MILAGROS CONTRERAS DE SERRANO, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 31) El accionista NORMAN ANTONIO CORDERO, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0, 80%) del Capital Social de la Compañía. 32) El accionista AROLDO CHIQUILLO ASTROZA, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE *BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 33) La accionista ILSE MARÍA D’SANTIAGO VEGA, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 34) La accionista PATRICIA MIREN DE ARBELOA WALTER, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 35) La SUCE-

SIÓN DEL CIUDADANO HÉCTOR WOLDEMAR DELGADO CONTRERAS, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00) que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 36) El accionista JUAN CARLOS DÍAZ GARCÍA, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 37) El accionista FÉLIX ERNESTO DUIN CORDIDO, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la. Compañía. 38) La accionista ELISA YANETH DURÁN BECERRA, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO. COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 39) El accionista JAVIER ANTONIO DURÁN CÁRDENAS, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,809/5) del Capital Social de la Compañía. 40) El accionista JESÚS ANTONIO DURÁN CÁRDENAS, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80915) del Capital Social de la Compañía. 41) El accionista CARLOS MIGUEL ECHEVERRÍA PORRAS, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 42) La SUCESIÓN DEL CIUDADANO JOSÉ GABRIEL ESPINOZA MILLAR, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.0000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 43) El Accionista GIAN CARLO FAZZOLARI MORA, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 44) La SUCESIÓN DEL CIUDADANO OMAR BIAGGINI, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80915) del Capital Social de la Compañía. 45) La accionista ELDA LUISA GALINDO DE GRANADOS, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 46) accionista JUAN CARLOS GALVIS MOLINA, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 47) El accionista RAFAEL GALVIS VELANDIA, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 48) El accionista HELMER ALBERTO GÁMEZ NAVARRO, ha suscrito y pagado. CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 49) El accionista JESÚS MARÍA GÓMEZ ZAMUDIO, ha suscrito y pagado ± CUATRO (4). ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 50) El accionista RAMÓN ENRIQUE GRANADOS GALINDO, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 51) El accionista CUAUHTEMOC ABUNDIO GUERRA ALBORNOZ, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 52) La accionista BLANCA AURORA GUERRERO DE RIVAS, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 53) El accionista RAÚL GUILLÉN RODRÍGUEZ, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 40. 000. 000, 00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 54) La accionista ALBA VIRGINIA HERNÁNDEZ CHACÓN, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 55) El accionista FÉLIX ALBERTO HERNÁNDEZ MOGOLLÓN, ha suscrito y pagado CUATRO (4). ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 56) El accionista CARLOS GUILLERMO JAIME MARTÍNEZ, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 57) El accionista LUIS ERNESTO JAIMES OROZCO, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTE (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 58) La accionista GLADYS CONSUELO LABRADOR RUBIO, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 59) El accionista LEONARDO ERNESTO LANZA ESCALANTE, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 60) La accionista BEATRIZ MARLENE LINARES DE MORENO, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un: valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 61) El accionista MILCIADES JAVIER LÓPEZ MONTENEGRO, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOL/VARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 62) El accionista MELVIN ALOIS LÓPEZ ORDAZ, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 63) La accionista MARÍA CECILIA MÉNDEZ ARAQUE, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 64) La accionista YOLEIDA CONSOLACIÓN MEDINA DE HURTADO, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 65) El accionista SAMUEL DARÍO MOGOLLÓN SÁNCHEZ, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,60%) del Capital Social de la Compañía. 66) El accionista GERSON JOSÉ MOLINA JAIMES, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 67) La SUCESIÓN DE, CONSUELO JOSEFINA MONZÓN DE MORÓN, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA Continúa en la siguiente Página...


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POR CIENTO (0, 80%) del Capital. Social de la Compañía. 68) La accionista YSABEL MAGDALENA OCHOA PARADA, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 69) La accionista CARMEN AMÉRICA OLIVARES MEDINA, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 70) El accionista JULIO RAFAEL OMAÑA CONTRERAS, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTE (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 71) El accionista VÍCTOR HUGO OMAÑA RODRÍGUEZ, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de. DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA, OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 72) El accionista CARLOS DAVID PÁEZ CAMARGO, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOL/VARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 73) El accionista PORFIRIO PARADA CHACÓN, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 74) La accionista DONATELLA PAOLA PARLAPIANO D'ANNA, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 75) El accionista LUIS ALBERTO PARRA CHACÓN, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 76) El accionista JOSÉ DE JESÚS PATIÑO VÁSQUEZ, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 77) El accionista GILBERTO PÉREZ, .ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 78) El accionista GERARDO ANTONIO PÉREZ DUQUE, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 79) El accionista NÉSTOR WILFREDO PÉREZ MEJÍA, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 80) La accionista YOELIA JOSEFINA PÉREZ TERÁN, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 81) El accionista JORGE ENRIQUE PINEDA MORALES, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 82) El accionista MARCO TULIO PIRRONGELLI, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 83) El accionista PEDRO JOSÉ PLATA, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la compañía. 84) El accionista VASCO BARBOA PRADILLA BECERRA, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la compañía. 85) El accionista JOSÉ GREGORIO PRADOS DELGADO, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la compañía. 86) El accionista FREDDY NOEL QUINTERO ROJAS, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la compañía. 87) La SUCESIÓN DE HENRY JOSÉ QUINTERO SÁNCHEZ, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, »por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la compañía. 88) La accionista OFIR SOLVEIG QUINTERO SÁNCHEZ, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la compañía. 89) El accionista VALENTÍN RAMÍREZ CARRERO, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la compañía. 90) El Accionista PEDRO RAFAEL RAMÍREZ DUQUE, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la compañía. 91) La accionista MIRIAM TERESA RAMÍREZ DE DURÁN, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la compañía. 92) La accionista ADELA RAMÍREZ DE CABRERA, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la compañía. 93) El Accionista JOHN GUIDO RAMÍREZ, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la compañía. 94) El accionista JUAN BAUTISTA RAMÍREZ GARCÍA, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la compañía. 95) El Accionista LEONARDO JOSUÉ RAMÍREZ ZAMBRANO, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la compañía. 96) La Sucesión DEL CIUDADANO ALBERTO JOSÉ RICO DÁVILA, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la compañía. 97) La accionista ÉLCIDE ESPERANZA ROA DE BUITRAGO, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la compañía. 98) La SUCESIÓN DEL CIUDADANO JORGE MANUEL RODRÍGUEZ NIETO, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la compañía. 99) El accionista ÁNGEL IGNACIO ROJAS SARMIENTO, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la compañía. 100) La accionista RUTH YRACEMA RUBIO MONTENEGRO, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE

BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la compañía. 101) El accionista HERNAN RUIZ MORALES, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la compañía. 102) El accionista ALBERTO JOSÉ SALAS, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la compañía. 103) La accionista ELIDE ROSA CRUZ OMAIRA SÁNCHEZ CARRILLO, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la compañía. 104) La accionista NELLY CECILIA SÁNCHEZ SÁNCHEZ, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la compañía. 105) La accionista LORENA SÁNCHEZ GARCÍA, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la compañía. 106) El accionista LUIS DANIEL SÁNCHEZ LAGOS, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la compañía. 107) El accionista JULIO ALEXANDER SÁNCHEZ LARGO, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la compañía. 108) El accionista ANTONIO RAMÓN SÁNCHEZ MÉNDEZ, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 109) El accionista MARCO VINICIO SILLIÉ ORTEGA, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 110) El accionista AMENODORO SUAREZ SUAREZ, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 111) La accionista ALMA ALEGRÍA TOVAR NÚÑEZ, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 112) La accionista NEOVIS MARÍA URDANETA DE MENDOZA, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 113) El accionista RODOLFO JOSÉ VALERA MORALES, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 114) El accionista REINALDO VARGAS VILLAMIZAR, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 115) El accionista ELIO DE JESÚS VELÁSQUEZ VILLARROEL, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 116) El accionista ALEJANDRO JOSÉ YSEA OQUENDO, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 117) El accionista EGBERTO AMADO DE JESÚS ZAMBRANO, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 118) La accionista SAIDA INÉS ZAMBRANO CÁRDENAS, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 119) La accionista RITA ENEIDA ZAMBRANO DUQUE, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 120) La SUCESIÓN DE RAFAEL EDECIO ZAMBRANO GUERRERO, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 121) La accionista LUZ MARINA ZAMBRANO MORA, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 122) La accionista GISELA ANTONIA ZAMBRANO, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 123) La accionista LUZ ESTELA DEL SOCORRO ZAMBRANO PEÑALOZA, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 124) El accionista DOMINGO ZAMBRANO ROSALES, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. 125) La accionista NANCY JAKELINE ZAMBRANO ZAMBRANO, ha suscrito y pagado CUATRO (4) ACCIONES, con un valor nominal de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 10.000.000,00) cada una, por la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 40.000.000,00), que representa el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO (0,80%) del Capital Social de la Compañía. El monto del Capital Social que ha sido íntegramente suscrito y pagado por los accionistas, conforme se explica a continuación: A) La suma de CINCO MIL CUATROCIENTOS SESENTA BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 5.460,00), en aportes en especie y efectivo efectuado por los accionistas, conforme consta de Documento Constitutivo de la Compañía, otorgado por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 30 de junio de 1976, bajo el N° 1, Tomo 2-A. B) Según Aumento de Capital a SIETE MIL QUINIENTOS BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 7.500,00), efectuado conforme consta de Acta de Asamblea de Accionistas de fecha 10 de Enero de 1981, la cual fue inscrita en fecha 06 de Mayo de 1981, bajo el N° 6, Tomo 7-A. C) Conforme aumento de Capital Social a DIECIOCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA BOL/VARES FUERTES (Bs.F. 18.750,00) efectuado conforme consta de Acta de Asamblea de Accionistas de fecha 30 de Junio de 1983, la cual fue inscrita en fecha 26 de Diciembre de 1983, bajo el N° 33, Tomo 20-A. D) De acuerdo con Aumento de Capital a la suma de CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 56.250,00) efectuado según lo acordado en Asamblea de Accionistas de fecha 01 de Marzo de 1991, registrada en fecha 05 de Noviembre de 1992, bajo el N° 20, Tomo 8-A. E) Según Aumento de Capital a la cantidad de SETENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 75.000, 00), el cual fue acordado en Asamblea de Accionistas de fecha 07 de Abril de 1994, registrada en fecha 09 de Agosto de 1996, bajo el N° 18, Tomo 24-A. F) De acuerdo con Aumento de Capital a la cantidad de CIENTO TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 131.250,00) según acordó en Asamblea de Accionistas de fecha 15 de Noviembre de 1995, registrada en fecha 20 de Octubre de 1999, bajo el N° 74, Tomo 20-A. G) Según Aumento de Capital ,a la suma de TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 337.540,00), conforme se acordó en Asamblea de Accionistas de fecha 04 de Abril de 1998, registrada en fecha 20 de Octubre de 1999, bajo el N° 70, Tomo 21-A. H) Conforme Aumento de Capital a la cantidad de SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 675.000,00), decretado en Asamblea de Accionistas de la Sociedad, de fecha 30 de Junio de 1999, registrada en fecha 22 de Diciembre de 1999, bajo el N° 29, Tomo 26-A. I) Según Aumento de Capital a la suma de NOVECIENTOS MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 900.000,00), acordado en Asamblea de Accionistas de la Compañía celebrada en fecha 24 de Marzo de 2000, registrada en fecha 20 de Julio de 2000, bajo el N° 22, Tomo 14-A. J) Según Aumento de Capital a la suma de SEIS MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 6.000.000,00), pagado con cargo a las Utilidades No Distribuidas, aprobado Asamblea de Accionistas celebrada en fecha 26 de Julio de 2012, registrada en fecha 07 de Febrero de 2014, bajo el N° 24, Tomo 5-A RM I. K) Según Aumento de Capital a la suma de CUARENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 41.625.000,00), pagado con cargo a-las Utilidades No Distribuidas, aprobado en Asamblea de Accionistas celebrada en fecha 09 de Junio de 2017; L) Según Aumento de Capital a la suma de CINCO MIL MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 5.000.000.000,00), efectuado mediante revalorización del valor monetario del Capital Social, conforme se acordó en la presente Acta de Asamblea”. La anterior redacción fue

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sometida a consideración de la Asamblea, siendo aprobada la Cláusula en cuestión, con el voto unánime de los accionistas presentes y representados en la Asamblea. De esta manera se dio por concluida la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la Compañía, correspondiente al día 12 de Abril de 2018, siendo las 11:30 p.m. Se autoriza al Presidente de la Sociedad, para realizar las diligencias relativas al registro de la presente acta. Dado en San Cristóbal, a los doce días del mes de Abril de 2018. 1) YULEYMI CAROLINA ALBARRACÍN CONTRERAS, (FDO.); 2) CARLOS MIGUEL ALEZARD RAMÍREZ, representado en este acto por CARLOS MIGUEL ALEZARD RUBIO, (FDO.); 3) MARÍA AUXILIADORA ALEZARD RAMÍREZ, representada en este acto por CARLOS MIGUEL ALEZARD RUBIO, (FDO.); 4) OMAR ANTONIO ALÍ DUERTO, (FDO.); 5) ROLANDO ALBERTO ANSELMI RUIZ, (FDO.); 6) ROSA MARÍA ARDILA DE GRANADOS, (FDO.); 7) LUIS MARCELO AVILÁN LÓPEZ, representado en este acto por JUAN CARLOS DÍAZ GARCÍA, (FDO.); 8) NELSON JESÚS BÁEZ CAMACHO, representado en este acto por MARCO VINICIO SILLIÉ ORTEGA, (FDO.); 9) EDGAR AUGUSTO BALLESTEROS QUINTERO, (FDO.); 10) ÁNGEL EMERIO BARROSO CARABALLO, (FDO.); 11) ÁNGEL SANTIAGO BETANCOURT RAMÍREZ, representado en este acto por NORMAN ANTONIO CORDERO, (FDO.); 12) JORGE ANDRÉS BLANCO GARCÍA, representado en este acto por PEDRO RAFAEL RAMÍREZ DUQUE, (FDO.); 13) MAURO DE JESÚS BRAVO BETANCOURT, (FDO.); 14) MAURO HUMBERTO BRAVO CASANOVA, representado en este acto por MAURO DE JESÚS BRAVO BETANCOURT, (FDO.); 15) FERMÍN ALFONSO CARRILLO CHACÓN, (FDO.); 16) CARLOS SEGUNDO CASANOVA RANGEL, (FDO.); 17) NURI DEL VALLE CASTILLO BRICEÑO, representada en este acto por JULIO ALEXANDER SÁNCHEZ LARGO, (FDO.); 18) LOURDES ZORAIDA COLMENARES DE MORENO, representada en este acto por RITA ENEIDA ZAMBRANO DUQUE, (FDO.); 19) RAMÓN LEONIDAS COLMENARES ROMERO, representado en este acto por SAIDA INÉS ZAMBRANO CÁRDENAS, venezolana, divorciada, titular de la cédula de identidad N° V-3.719.194, (FDO.); 20) KRISELL MILAGROS CONTRERAS DE SERRANO, representada en este acto por MARÍA CECILIA MÉNDEZ ARAQUE, (FDO.); 21) LEONARDO JOSÉ CONTRERAS ZAMBRANO, (FDO.); 22) NORMAN ANTONIO CORDERO, (FDO.); 23) AROLDO CHIQUILLO ASTROZA, (FDO.); 24) ILSE MARÍA D'SANTIAGO DE PEÑA, representada en este acto por PEDRO RAFAEL RAMÍREZ DUQUE, (FDO.); 25) PATRICIA MIREN DE ARBELOA WALTER, representada en este acto por MARCO VINICIO SILLIÉ ORTEGA, (FDO.); 26) JUAN CARLOS DÍAZ GARCÍA, (FDO.); 27) ELISA YANETH DURÁN BECERRA, (FDO.); 28) JAVIER ANTONIO DURÁN CÁRDENAS, (FDO.); 29) JESÚS ANTONIO DURÁN CÁRDENAS, representado en este acto por SAIDA INÉS ZAMBRANO CÁRDENAS, (FDO.); 30) CARLOS MIGUEL ECHEVERRÍA PORRAS, representado en este acto por AROLDO CHIQUILLO ASTROZA, (FDO.),; 31) SUCESIÓN DE JOSÉ GABRIEL ESPINOZA MILLAR, representada en este acto por EDGAR AUGUSTO BALLESTEROS QUINTERO, (FDO.); 32) GIAN CARLO FAZZOLARI MORA, representado en este acto por JOSÉ DE JESÚS PATIÑO VÁSQUEZ, (FDO.); 33) ELDA LUISA GALINDO DE GRANADOS, representada en este acto por ÉLCIDE ESPERANZA ROA DE BUITRAGO, (FDO.); 34) HELMER ALBERTO GÁMEZ NAVARRO, (FDO.); 35) RAMÓN ENRIQUE GRANADOS GALINDO, representado en este acto por ÉLCIDE ESPERANZA ROA DE BUITRAGO, (FDO.); 36) CUAUHTÉMOC ABUNDIO GUERRA ALBORNOZ, representado en este acto por CARLOS, SEGUNDO CASANOVA RANGEL (FDO.); 37) BLANCA AURORA GUERRERO DE RIVAS, (FDO.); 38) RAÚL GUILLÉN RODRÍGUEZ, representado en este acto por EGBERTO AMADO DE JESÚS ZAMBRANO, (FDO.); 39) ALBA VIRGINIA HERNÁNDEZ CHACÓN, representada en este acto por MARÍA CECILIA MÉNDEZ ARAQUE, (FDO.); 40). FÉLIX ALBERTO HERNÁNDEZ MOGOLLÓN, (FDO.); 41) CARLOS GUILLERMO JAIME MARTÍNEZ, representado en este acto por EGBERTO AMADO DE JESÚS ZAMBRANO, (FDO.); 42) LUIS ERNESTO JAIMES OROZCO, representado en este acto por ADELA RAMÍREZ DE CABRERA, (FDO.); 43) GLADYS CONSUELO LABRADOR RUBIO, (FDO.); 44) BEATRIZ MARLENE LINARES DE MORENO, (FDO.); 45) MELVIN ALOIS LÓPEZ ORDAZ, representado en este acto por CARLOS SEGUNDO CASANOVA RANGEL, (FDO.); 46) MARÍA CECILIA MÉNDEZ ARAQUE, (FDO. YOLEIDA CONSOLACIÓN MEDINA DE HURTADO, (FDO.); 48) SAMUEL DARÍO MOGOLLÓN SÁNCHEZ, representado en este acto por NORMAN ANTONIO CORDERO, (FDO.); 49) GERSON JOSÉ MOLINA JAIMES, representado en este acto por MIRIAM TERESA RAMÍREZ DE DURÁN, (FDO.); 50) SUCESIÓN DE CONSUELO JOSEFINA MONZÓN DE MORÓN, representada en este acto por ELISA YANETH DURÁN BECERRA, (FDO.); 51) CARMEN AMÉRICA OLIVARES MEDINA, representada en este acto por MAURO DE JESÚS BRAVO BETANCOURT, (FDO.); 52) JULIO RAFAEL OMAÑA CONTRERAS, representado en este acto por JOSÉ DE JESÚS PATIÑO VÁSQUEZ, (FDO.) 53) VÍCTOR HUGO OMAÑA RODRÍGUEZ, representado en este acto por ÉLCIDE ESPERANZA ROA DE BUITRAGO (FDO.); 54) CARLOS PÁEZ CAMARGO, representado en este acto por ALBERTO JOSÉ SALAS, (FDO.); 55) PORFIRIO PARADA CHACÓN, representado en este acto por GERARDO ANTONIO PÉREZ DUQUE, (FDO.); 56) DONATELLA PAOLA PARLAPIANO D’ANNA, representada en este acto por PEDRO RAFAEL RAMÍREZ DUQUE, (FDO.); 57) LUIS ALBERTO PARRA CHACÓN, (FDO.); 58) JOSÉ DE JESÚS PATIÑO VÁSQUEZ, (FDO.); 59) GILBERTO PÉREZ, representado en este acto por MARÍA CECILIA MÉNDEZ ARAQUE, (FDO.); 60) GERARDO ANTONIO PÉREZ DUQUE, (FDO.); 61) MARCO TULIO PIRRONGELLI, representado en este acto por MARCO VINICIO SILLIÉ ORTEGA, (FDO.) 62) JOSÉ GREGORIO PRADOS DELGADO, representado en este acto por ELISA YANETH DURÁN BECERRA, (FDO.); 63) SUCESIÓN DE HENRY JOSÉ QUINTERO SÁNCHEZ, representada por MARÍA ALEJANDRA QUINTERO ZAMBRANO, (FDO.); 64) OFIR SOLVEIG QUINTERO SÁNCHEZ, representada en este acto por LUIS ALBERTO PARRA CHACÓN, (FDO.); 65) VALENTÍN RAMÍREZ CARRERO, (FDO.); 66) PEDRO RAFAEL RAMÍREZ DUQUE, (FDO.); 67) JUAN BAUTISTA RAMÍREZ GARCÍA, (FDO.); 68) ADELA RAMÍREZ DE CABRERA, (FDO.); 69) MIRIAM TERESA RAMÍREZ DE DURÁN, (FDO.); 70) JOHN GUIDO RAMÍREZ, representado en este acto por BLANCA AURORA GUERRERO DE RIVAS, (FDO.); 71) LEONARDO JOSUÉ RAMÍREZ ZAMBRANO, representado en este acto por BLANCA AURORA GUERRERO DE RIVAS, (FDO.); 72) SUCESIÓN DE ALBERTO JOSÉ RICO DÁVILA, representada en este acto por RITA ENEIDA ZAMBRANO DUQUE, (FDO.); 73) ÉLCIDE ESPERANZA ROA DE BUITRAGO, (FDO.); 74) RUTH YRACEMA RUBIO MONTENEGRO, representada en este acto por AROLDO CHIQUILLO ASTROZA, (FDO.); 75) HERNÁN RUIZ MORALES, representado en este acto por SAIDA INÉS ZAMBRANO CÁRDENAS, (FDO.); 76) ALBERTO JOSÉ SALAS, (FDO.); 77) ÉLIDE ROSA CRUZ OMAIRA SÁNCHEZ CARRILLO, representada en este acto por ADELA RAMÍREZ DE CABRERA, (FDO.); 78) LUIS DANIEL SÁNCHEZ LAGOS, representado en este acto por LUIS ALBERTO PARRA CHACÓN, (FDO.); 79) JULIO ALEXANDER SÁNCHEZ LARGO, representado en este acto por NORMAN ANTONIO CORDERO, (FDO.); 80) LORENA SÁNCHEZ GARCÍA, representada en este acto por MIRIAM TERESA RAMÍREZ DE DURAN, (FDO.); 81) MARCO VINICIO SILLIÉ ORTEGA, (FDO.); 82) ALMA ALEGRÍA TOVAR NÚÑEZ, (FDO.); 83) RODOLFO JOSÉ VALERA MORALES, representado en este acto por AROLDO CHIQUILLO ASTROZA, (FDO.); 84) ELIO DE JESÚS VELÁSQUEZ VILLAROEL, representado en este acto por ALBERTO JOSÉ SALAS, (FDO.); 85) ALEJANDRO JOSÉ YSEA OQUENDO, venezolano, soltero, titular de la cedula de identidad N° V-13.627.545, representado en este acto por MIRIAM TERESA RAMÍREZ DE DURÁN, (FDO.); 86) EGBERTO AMADO DE JESÚS ZAMBRANO, (FDO.); 87) SAIDA INÉS ZAMBRANO CÁRDENAS, (FDO.); 88) RITA ENEIDA ZAMBRANO DUQUE, (FDO.); 89) SUCESIÓN DE RAFAEL EDECIO ZAMBRANO GUERRERO, representada por su integrante LORENA ZAMBRANO RIVAS, (FDO.); 90) LUZ MARINA ZAMBRANO MORA, representada por este acto por CARLOS SEGUNDO CASANOVA RANGEL, (FDO.); 91) LUZ ESTELA DEL SOCORRO ZAMBRANO PEÑALOZA, representada en este acto por JOSÉ DE JESÚS PATIÑO VÁSQUEZ, (FDO.); 92) GISELA ANTONIA ZAMBRANO SUÁREZ, (FDO.); 93) DOMINGO ANTONIO *ZAMBRANO ROSALES, representado en este acto por GERARDO ANTONIO PÉREZ DUQUE; (FDO.); 94) NANCY JAKELINE ZAMBRANO ZAMBRANO, (FDO.); 95) TITO JOSÉ NARIÑO NEIRA, (FDO.); 96) ELIZABETH RINA DAL CANTO PRISCIANDARO, (FDO.); 97) JOLY OMAIRA LÓPEZ MALDONADO, (FDO.); 98) DEYMAR ILIANA GUERRERO CÁRDENAS, (FDO.); 99) YENNY ELIZABETH CHACÓN QUIROZ, (FDO.); 100) MIGUEL DAVID ARRIETA ZINGUER, (FDO.). Quien suscribe, HELMER ALBERTO GÁMEZ NAVARRO, ya identificado, actuando con el carácter de Presidente de la Sociedad de Comercio CENTRO CLÍNICO SAN CRISTÓBAL, C.A.; certifico: Que la presente Acta de Asamblea es copia fiel y exacta del original que reposa en el Libro de Actas de Asamblea de la Sociedad. Dado en San Cristóbal, a los doce (12) días del mes de Abril de 2018.

MUNICIPIO SAN CRISTÓBAL, 1 DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE (FDOS.) HELMER ALBERTO GÁMEZ NAVARRO, ABOGADO FRANKLIN JOSÉ JAIRRAN MORA. SE EXPIDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA DE PUBLICACIÓN SEGÚN PLANILLA NO.: 443.2019.3.2091.


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.Información.

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Diario Católico se alzó con Esfuerzo Editorial en el Pellín 2019

sitio web bajo la dirección de diariocatolico.press, en redes sociales como @diariocatolico en facebook e instagram, mientras que en Twitter, como @diario_catolico “Es un Premio para el presbítero y los fieles de la Iglesia del Táchira, continuemos haciendo periodismo que fomente la cultura del encuentro y la paz” precisó Pacheco.

Maryerlin Villanueva @mayevilllanueva

La Conferencia Episcopal Venezolana –CEP- reconoció la labor de periodistas y medios de comunicación del país con la entrega del Premio Nacional de Periodismo Monseñor Pellín 2019, donde Diario Católico se alzó con la categoría Esfuerzo Editorial. El presidente de la Comisión Episcopal de Comunicación y Obispo Auxiliar de Caracas, monseñor Tulio Ramírez, definió el Monseñor Pellín como un premio para “reconocer y estimular las manifestaciones de alta calidad artística, de contenido ético y de valores cristianos, difundidos

a través de los medios de comunicación social; así como premiar a personas e instituciones con una labor sobresaliente en el ámbito comunicacional del país”. El director de este rotativo, el presbítero Johan

Pacheco, recibió el galardón, y agradeció el reconocimiento a este medio impreso que por más de 95 años, ha llevado un mensaje de fe, esperanza, y valores a los hogares del estado Táchira.

“Mantenerse en circulación no ha sido fácil en medio de la crisis que atraviesa el país y la crisis de los medios impresos a nivel mundial, sin embargo, con un modesto tiraje, a blanco y negro, en 8 páginas, man-

tenemos los mismos objetivos que son, promover los valores del Reino de Dios en la sociedad” dijo. Precisó que con los años, el periódico se adaptó a las nuevas tecnologías, y es por ello, que mantiene su

Otros ganadores Durante la ceremonia, fue premiado diario La Nación, por el trabajo periodístico “en el primer Carmelo del Táchira” escrito por Daniel Pabón; mientras que el personaje del año fue para Nelson Bocaranda.

PROCLAMADORES DE LA PALABRA La tarea fundamental de la Iglesia es el anuncio decidido, valiente y convincente del Evangelio. Todos los miembros del pueblo de Dios deben hacerlo, cada cual desde su propia responsabilidad. Se hace personal y eclesialmente. Es lo que la historia de la Iglesia nos refiere. Así es como se cumple el mandato evangelizador de Jesús de salir a anunciar su mensaje de salvación y hacer discípulos hasta los confines de la tierra. Pablo es incisivo al recordarnos el porqué de esa misión y la responsabilidad personal de cada cristiano: y ¿cómo muchos que no conocen a Cristo lo podrán conocer si no hay quién lo haga? No hay que pensar que es una tarea reducida a los ministros de la misma Iglesia. Ellos tienen una especial responsabilidad. Pero todos los seguidores de Jesús, por el bautismo,

hemos de hacerlo. Para ello nos convertimos en discípulos misioneros del maestro por excelencia... y para hacer que muchos se entusiasmen y se decidan a ser también discípulos. Pablo, al instruir a Timoteo, le indica que debe ser en todo momento: a tiempo y a destiempo. No se puede perder ninguna ocasión y valerse de todos los métodos y técnicas serias y honestas. El Apóstol se muestra contento y agradecido, por ejemplo con los tesalonicenses quienes, por su dedicación y misión lograron que la Palabra cundiera por toda la región y surgieran numerosas comunidades cristianas. En todo esto juega un papel importantísimo el testimonio de vida y de fe. No se puede reducir el anuncio de la Palabra solo a la proclamación oral o escrita. Ello debe ir acompañado, sostenido y re-

frendado por el testimonio personal y eclesial. Como nos dice el Papa Francisco: cada uno de nosotros es una página viva del Evangelio de Cristo. No en vano desde Pablo VI se viene diciendo algo importante: el mundo cree más en los testigos que en los maestros. Si el maestro es testigo, mucho mejor. No olvidemos que en el mandato evangelizador está incluida la orden de ser testigos del Señor. Los bautizados, sobre todo por el sacramento de la confirmación, recibimos ese carisma de ser testigos del Resucitado y su Palabra. Ahora bien, para poder realizar todo esto, el discípulo misionero y testigo debe ser un decidido

y atento oyente de la palabra. Es una de las más importantes lecciones de Pablo a Timoteo. Le enseña que ha de permanecer fiel a la Escritura que ha recibido y que le da la sabiduría con la cual puede lograr la salvación en Jesús. Con dicha palabra podrá enseñar, corregir y educar. “Así el hombre de Dios estará perfectamente equipado”. Es decir tendrá lo necesario para su vida de fe y su salvación. Pero aquí nos conseguimos con un problema cuya solución constituye un tremendo reto para la Iglesia y sus miembros. Un inmenso número de cristianos católicos ni leen ni conocen la palabra de Dios y, por ende, tienen dificul-

tad para poner en práctica sus principios y adecuar su conducta a ella. Por eso, muchas veces, tanto el trabajo en la Iglesia y el sentido de pertenencia a ella se reduce a un mínimum y a ritualismos. Todo se puede quedar en una pastoral de mantenimiento con múltiples acciones misioneras que no provocan mayores cambios existenciales o, en todo caso, la del “gatopardismo” de cambiar externamente sin transformaciones internas y personales. De aquí la urgencia de una formación integral y permanente de todos y cada uno de los miembros del Pueblo de Dios. Es un desafío continuo y que, en el marco de la nueva evangelización hemos de atender sin demora. Entonces la catequesis será testimonial, la predicación desafiante y motivadora, la formación permanente en-

tusiasmante... así se conseguirá que la Biblia no sea un libro de estantería sino de cabecera para leerla, transmitirla y hacerla vida. El ejemplo de lis primeros cristianos es hermosamente iluminador: gracias a su entusiasmo y su alegre testimonio iba aumentando el número de lis que se salvaban. Una Iglesia en salida misionera que sale al encuentro de todos para darles a conocer el Evangelio liberador de Jesús requiere de discípulos educados y centrados en la palabra. Es también tarea de la misma Iglesia. Como enseñó Pablo a Timoteo, cada uno debe ser instruido en la palabra y sus efectos para así darla a conocer a tiempo y a destiempo. Entonces como discípulos misioneros podremos decir y manifestar que somos programadores de esa Palabra de Vida.

20 de Octubre de 2019 - Venezuela / Año XCV Nº 30.003 / Semanario ( Año III - N° 155) Edificio DIARIO CATÓLICO - Carrera 4 No. 3-41 -Teléfonos (0276) 3432015 y 3432819 - Fax: (0276) 3434683 E-mail: diariocatolico@gmail.com - RIF: J-07000679-0 / NIT: 0030042956


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