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Fundación Diario Católico / RIF. J-07000679-0

Fundado el 14 de Mayo de 1924

DECANO DE LA PRENSA TACHIRENSE - PREMIO NACIONAL DE PERIODISMO 1963 / 1988 - PREMIO MONSEÑOR PELLÍN 2019 02 de Febrero de 2020

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La preocupación del Papa por migrantes 95 aniversario del en la frontera de Venezuela y Colombia Seminario Diocesano de Palmira

El encuentro que, con el título de “Caridad en la frontera”, se desarrolló del 30 al 31 de enero en Cúcuta, Colombia, con la participación de los obispos de

las diócesis fronterizas entre Colombia y Venezuela, ha mostrado “la preocupación del Santo Padre por las situaciones migratorias fronterizas”. Según un co-

Estados Unidos: Semana Nacional del Matrimonio

municado difundido por el Dicasterio para el Servicio del Desarrollo Humano Integral, cuya Sección Migrantes y Refugiados fue la organizadora del evento,

la voluntad del Pontífice es “poner en sinergia las actividades caritativas a favor de las personas más débiles y vulnerables en esta región”. Página 3

Asesinan al cuarto seminarista que seguía secuestrado en Nigeria

La Diócesis de San Cristóbal celebra con júbilo el aniversario 75 de su ‘alma mater’, el Seminario Diocesano Santo Tomás de Aquino, que gracias la visión eclesial del Siervo de Dios Tomás Antonio Sanmiguel creó esta institución para fortalecer la evangelización de la región andina. Este domingo el Obispo de San

Cristóbal, monseñor Mario Moronta, preside la Eucaristía, a las 10:30 am, en acción de gracias en la Iglesia Jesucristo Sumo y Eterno Sacerdote implorando el aumento de las vocaciones sacerdotales, y encomendando a los miembros de la vida consagrada en la fiesta de la Presentación del Señor.

Obispos proponen oración ante avance del coronavirus

Los obispos de Filipinas dieron a conocer una oración que desde hoy se reza en las Misas en el país, ante el avance del coronavirus:

El tema elegido para la edición de 2020 es: "Historias sobre la Iglesia doméstica", con el objetivo – se lee en el sitio web de los Obispos de los Estados Unidos – de centrar la atención en "la construcción de una cultura de la vida y el amor que comience con el apoyo y la promoción del matrimonio

y la familia". El material informativo distribuido por los Prelados contiene algunos datos significativos: por ejemplo, se recuerda que "los niños que viven con ambos padres están mucho mejor en la escuela y tienen muchos menos problemas con la ley, los embarazos precoces y las adicciones".

Luego de la liberación de tres seminaristas que fueron secuestrados en Nigeria, el Obispo de Sokoto, Mons. Matthew Hassan Kukah, informó que el cuarto joven que había sido capturado hace unos días fue asesinado. “Con el corazón apesadumbrado, quiero informarles

que nuestro querido hijo Michael fue asesinado por los bandidos en una fecha que no podemos confirmar. Él y la esposa de un médico fueron arbitrariamente separados del grupo y ultimados. El rector identificó el cuerpo del joven esta tarde”, dijo el Prelado.

Dios nuestro Padre, recurrimos a ti en momentos de necesidad, solicitando tu protección contra el coronavirus que ha causado tantas víctimas y ha afectado a muchos. Oramos por las personas encargadas de estudiar la naturaleza y las causas de este virus y cómo se propaga esta infección. Guía las manos y las mentes de los médicos para que puedan ayudar a

El Señor, Dios del universo, Él es el Rey de la gloria / Salmo 23

los pacientes con competencia y compasión. También a aquellos gobiernos y organizaciones comprometidos en buscar la cura y la solución a esta epidemia. Oremos por los enfermos para que pronto puedan recuperar la salud. Concédenos, oh Dios, la gracia de trabajar por el bien de todos y ayudar a los necesitados. Amén.


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02 de Febrero de 2020 REGISTRO DE COMERCIO. NUTRIAVES SANTO CRISTO, C.A.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA. SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS. REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TÁCHIRA. RM No. 443. 209º y 160º. ABOGADO FRANKLIN JOSÉ JAIRRAN MORA, Registrador Mercantil Primero. C E R T I F I C A. Que el asiento de Registro de Comercio transcrito a continuación, cuyo original está inscrito en el Tomo: 3-A RM I. Número: 13 del año 2020, así como La Participación, Nota y Documento que se copian de seguida son traslado fiel de sus originales, los cuales son del tenor siguiente: CIUDADANO: REGISTRADOR MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TÁCHIRA. SU DESPACHO.- Yo, Douglas Febres Casanova Becerra, venezolano, divorciado, mayor de edad, Ingeniero Agrónomo, titular de la cédula de identidad Nº V-9.418.926, civilmente hábil y domiciliado en Palo Gordo, Municipio Cárdenas del Estado Táchira, procediendo en mi carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil NUTRIAVES SANTO CRISTO, C.A., debidamente inscrita por ante ustedes, bajo el Nº 32, Tomo 3-A, de fecha: 11/02/2019, según expediente Nº 443-23803, debidamente autorizado para este acto, con el debido respeto ocurro ante Usted para presentar copia, certificada por mí, del acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas celebrada en fecha 05/08/2019, en la que se aprueba la apertura de dos sucursales así; una en el sector Las Vegas de Táriba, municipio Cárdenas del Estado Táchira y la segunda en el Barrio El Carmen, sector La Concordia del municipio San Cristóbal, también del Estado Táchira. Se agrega copia de los siguientes documentos: 1) Fotocopia de las Cédulas de Identidad y RIF de los accionistas; 2) Fotocopia del RIF de la empresa. Solicito se ordene agregar la presente acta al expediente, así como su inscripción y publicación y se expida copia certificada de esta participación, del auto que sobre ella recaiga. Y la referida Acta. Es justicia en San Cristóbal, hoy a la fecha de su presentación.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA. SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS. REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TÁCHIRA. RM No. 443. 209º y 160º. Municipio San Cristóbal, 31 de Enero del Año 2020. Por presentada la anterior participación por su FIRMANTE, para su inscripción en el Registro Mercantil, fijación y publicación. Hágase de conformidad y agréguese el original al expediente de la Empresa Mercantil junto

REGISTRO DE COMERCIO. DISTRIBUIDORA DISTRICAR 2020, C.A.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA. SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS. REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TÁCHIRA. RM No. 443. 209º y 160º. ABOGADO FRANKLIN JOSÉ JAIRRAN MORA, Registrador Mercantil Primero. C E R T I F I C A. Que el asiento de Registro de Comercio transcrito a continuación, cuyo original está inscrito en el Tomo: 2-A RM I. Número: 73 del año 2020, así como La Participación, Nota y Documento que se copian de seguida son traslado fiel de sus originales, los cuales son del tenor siguiente: CIUDADANO: REGISTRADOR MERCANTIL PRIMERO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. SU DESPACHO.- Yo, GARCÍA, BARRERA DORIS MARITZA, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad V-26.229.588, de nacionalidad venezolana, domiciliada en la ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, y civilmente hábil, encontrándose debidamente autorizado por el ACTA CONSTITUTIVA Y ESTATUTOS, de la Compañía, que más adelante determina, en la cual soy el Presidente, muy respetuosamente ocurro ante usted para exponer: De conformidad con lo establecido en el artículo 215 del Código de Comercio, participo que se ha constituido en la ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, una compañía anónima denominada “DISTRIBUIDORA DISTRICAR, C.A.”, en tal sentido presento a usted el documento constitutivo, el cual ha sido redactado con suficiente amplitud para que sirva a la vez de Acta y Estatutos Sociales, a su vez también presento constancia de aceptación del comisario, copia de cédula de identidad de los accionistas, así como fotocopia de cédula del carnet colegiado del comisario y de depósitos bancarios. Pido a usted, que previa la comprobación del cumplimiento de los requisitos de Ley, se sirva ordenar el registro, fijación y publicación del acta constitutiva y estatutos, formara su expediente respectivo y expedirme copia certificada de asiento correspondiente. Es justicia que espero en la ciudad de San Cristóbal, a la fecha de su presentación.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA. SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS. REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TÁCHIRA. RM No. 443. 209º y 160º. Municipio San Cristóbal, 29 de Enero del Año 2020. Por presentada la anterior participación. Cumplidos como han sido los requisitos de Ley, inscríbase en el Registro Mercantil junto con el documento presentado; fíjese y publíquese el asiento respectivo; fórmese el expediente de la Compañía y archívese original junto con el ejemplar de los Estatutos y demás recaudos acompañados. Expídase la copia de publicación. El anterior documento redactado por el Abogado MARTA HORTENCIA MEDINA DE BRICE¿O IPSA N.: 200E322, se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Número: 73, TOMO -2-A RM I. Derechos pagados BS: 1.003.600,00 Según Planilla RM No. 44300162834, Banco No. 295216418 Por BS: 800.000,03. La identificación se efectuó así: HARRY WILSON ROJAS CHAVES, DORIS MARITZA GARCIA BARRERA, C.I: V-6.248.964, V-26.229.588. Abogado Revisor: FRANKLIN JOSÉ JAIRRAN MORA.

Nosotros, GARCÍA BARRERA DORIS MARITZA y ROJAS CHAVES HARRY WILSON, venezolana la primera, venezolano el segundo, mayores de edad, solteros, titulares de la cedula de identidad V-26.229.538 y V-6.248.964, en su orden, domiciliados en la ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, y civilmente hábiles, hemos decidido constituir en este acto, como en efecto lo hacernos, una sociedad mercantil en forma de compañía -anónima, la cual se regirá conforme a las siguientes cláusulas, han sedo redactadas con suficiente amplitud, para que sirvan a su vez de estatutos sociales de la compañía, sujeta a las siguientes: CAPÍTULO I. DE LA DENOMINACIÓN, DOMICILIO, DURACIÓN Y OBJETO SOCIAL PRIMERA: la compañía se denominará “DISTRIBUIDORA DISTRICAR 2020, C.A.”, Y tendrá su domicilio fiscal en calle 1 casa 11-64 barrio curazao Municipio Bolívar del Estado Táchira, lo cual no impide la apertura de sucursales, agencias o representaciones en otros lugares de la República Bolivariana de Venezuela o en el Exterior, previa autorización de la asamblea de accionistas. Segunda: la duración de la compañía será de veinte (20), años, contados a partir de su inscripción en el Registro Mercantil, pudiendo prorrogarse su duración por un lapso similar o inferior sí así lo resolviere la asamblea general de accionistas, y llegado el caso deberá realizarse su respectiva participación al Registro Mercantil. TERCERA: el objeto principal de la compañía será: todo lo relacionado con importación, exportación, comercialización, distribución, representación y venta al mayor y detal de víveres en general, hortalizas, verduras, frutas, carnes rojas y blancas, charcutería, Quesos en todo tipo de sus presentaciones, producto lácteos, confitería, refresquería, delicadeces, quincallería, perfumería, productos de limpieza, artículos de ferretería, así como también la venta de artículos de oficina y papelería en general pudiendo realizar cualquier otra actividad de licito comercio que este directamente relacionada con el ramo descrito en el presente documento. CAPÍTULO II. DEL CAPITAL, ACCIONES Y ACCIONISTAS. CUARTA: el capital social de la compañía es de ochenta millones de bolívares sin céntimos (Bs. 80.000.000,00), dividido en ochocientas acciones, que tendrán un valor nominal de cien mil bolívares cada una (Bs. 100.000.00), nominativas y no convertibles al portador. El capital ha sido totalmente suscrito y pagado en especies según consta en facturas y Balance de Apertura, agregadas al acta constitutiva; el capital ha sido suscrito así: la socia GARCÍA BARRERA DORIS MARITZA suscribe setecientas cincuenta acciones de cien mil bolívares cada una (Bs. 100.000,00), para un total de setenta y cinco

.Publicidad. con los recaudos acompañados. Expídase la copia de publicación. El anterior documento redactado por el Abogado LAURA ELIZABETH GRANADOS DUQUE IPSA N.: 239480, se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Número: 13, TOMO -3-A RM I. Derechos pagados BS: 43.200,00 Según Planilla RM No. 44300162961, Banco No. 295211917 Por BS: 0,02. La identificación se efectuó así: DOUGLAS FEBRES CASANOVA BECERRA, C.I.: V-9.418.926. Abogado Revisor: FRANKLIN JOSÉ JAIRRAN. DE CONFORMIDAD CON LOS ART. 99 I.S.L.R. Y 35 C.O.T. EL PRESENTE SUJETO PASIVO DEBE INFORMAR A LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA EN EL PLAZO LEGAL SOBRE LA APERTURA DE LAS SUCURSALES DE LA COMPAÑÍA.-

ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE LA SOCIEDAD MERCANTIL NUTRIAVES SANTO CRISTO, C.A. En San Cristóbal, Estado Táchira, hoy 05 de Agosto del año dos mil diez y nueve, siendo las 2:00 p.m., reunidos en la sede Social de la Compañía los señores: DOUGLAS FEBRES CASANOVA BECERRA, venezolano, divorciado, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.418.926, en su condición de Presidente de la Compañía, como accionista, propietario de ochocientas (800) acciones; lo que equivale al 80% del caudal accionario; YAJAIRA MILENA CASANOVA CÁRDENAS, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.810.462, civilmente hábil y domiciliado en Táriba, Municipio Cárdenas del Estado Táchira, en su carácter de Gerente General, propietaria de cien (100) de acciones que equivalen al 10% del caudal accionario, DOUGLAS LEONARDO CASANOVA CÁRDENAS, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-25.376.095, civilmente hábil y domiciliado en Táriba, Municipio Cárdenas del Estado Táchira, en su carácter de accionista, propietario de cien (100) de acciones que equivalen al 10% del caudal accionario, quienes conforman la totalidad del capital social de la compañía, por lo que se obvia la convocatoria estatutaria y de ley; igualmente presente la Licenciada Rosangela Desiree Chacón Prato, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-22.677.505, Contador Público inscrito en el Colegio de Contadores Públicos del Estado Táchira según C.P.C. N° 157.850 en su condición de Comisario de la compañía; todos, con el objeto de efectuar una Asamblea Extraordinaria de Accionistas de la Compañía; en este acto toma la palabra el Presidente informando a los presentes que la reunión se efectúa con el objeto de deliberar y resolver sobre el siguiente punto: ÚNICO: Someter a aprobación la apertura de las sucursales y en consecuencia modificación de la cláusula segunda de los estatutos sociales. Sometida a consideración la agenda, la misma es aprobada sin modificación. Acto seguido, se pasa a discutir el punto Único: Someter a millones de bolívares y paga la totalidad; el socio ROJAS CHAVES HARRY WlLSON suscribe cincuenta (50), acciones de cien mil bolívares cada una, para un total de cinco millones de bolívares y paga la totalidad de las mismas. Quinta: las acciones son nominativas e indivisibles con respecto a la sociedad, la cual reconocen a un propietario por cada acción, así cada acción representa un vota en las asambleas, y deberán estar firmadas por el presidente y/o vicepresidente de la compañía, y cumplir con los demás requisitos exigidos en el artículo 293, del Código de Comercio vigente. La propiedad de las mismas se comprueba mediante su inscripción en el Libro de Accionistas. El traspaso de acciones no será aceptado cuando sea deudor de plazo vencido por el pago de la cuota del capital social, exigido por la Junta Directiva. Sexta: la cesión de ellas se hará por declaración en el citado libro firmado por el cedente y el cesionario, o por sus apoderados conforme a lo ordenado en el artículo 296 del Código de Comercio vigente. Séptima: el capital social podrá ser aumentado por resolución de la asamblea general de accionistas. Se establece un derecho preferente a favor de los accionistas para la adquisición de las acciones en caso de ser cedidas por cualquiera de ellos; en consecuencia, ningún accionista podrá efectuar enajenación de acciones de la compañía a terceras personas, ni darlas en garantía por créditos personales de ninguna especie sin antes habérselas ofrecido a los otros accionistas y haber obtenido autorización de la asamblea general de accionistas para constituir la garantía. Este quedará en libertad .de vender a terceros las acciones, si no ha recibido respuesta dentro de los quince días (15) continuos de haber hecho la oferta a cada accionista. El oferente podrá ofrecer parte o todas sus acciones, por lo cual, si los accionistas no estuvieren interesados en adquirir parte o la totalidad de ellas, quedara en libertad de venderlas a cualquier otra persona natural o jurídica. Si varios accionistas estuvieren interesados en adquirirlas, estas cesiones, se distribuirán entre los aspirantes, de acuerdo al número de acciones de cada uno de ellos. Si hubiere desacuerdo en cuanto al precio que debe pagarse por las acciones ofrecidas, el mismo se determinará tomando en cuenta su valor nominal y el estado económico de la sociedad determinará tomando en cuenta su valor nominal y el estado económico de la sociedad para la fecha en que se hizo la proposición, conforme al balance que se forme al efecto. CAPÍTULO III. DE LAS ASAMBLEAS. OCTAVA: la suprema autoridad de la compañía reside en la Asamblea General de Accionistas, legalmente constituida y por lo tanta representa la totalidad de los socios, sus deliberaciones y decisiones, dentro del límite de sus facultades, son obligatorias para todos y todas, incluso para los ausentes. NOVENA: Las asambleas generales de la compañía serán ordinarias y extraordinarias. La asamblea general ordinaria se reunirá una vez al año por lo menos; cualquier día hábil dentro de los tres (3) meses siguientes al cierre del ejercicio económico, y será convocada por cualquiera de los miembros de la junta directiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 277 del Código de Comercio, con cinco (5), días de anticipación por lo menos, con el objeto que establece el Código de Comercio o cualesquiera otros propósitos siempre que estén expresados en la respectiva convocatoria. Las Asambleas Generales Extraordinarias se reunirán cada vez que cualquiera de los miembros de la junta directiva lo decidan o cuando lo solicite un número de accionistas que representen por lo menos el veinte por ciento (20%), del capital social de conformidad con lo establecido en el artículo 278, del Código de Comercio vigente. DÉCIMA: No se requerirá convocatoria previa para la celebración cuando esté representado la totalidad del capital social y los presentes estén de acuerdo con el orden del día. Todas las asambleas se celebrarán en la sede social de la compañía y se considerarán válidamente constituidas, cuando esté presentes en ellas, por lo menos el NOVENTA Y CINCO POR CIENTO (95%), del capital social. Sus decisiones serán adoptadas con el voto favorable de los accionistas que representen por lo menos el NOVENTA Y CINCO POR CIENTO (95%, del capital social presente. Una vez legalmente constituida la Asamblea General, en caso de abandono intempestivo de cualquiera de los accionistas, las decisiones que se tomaren, serán válidas y de obligatorio cumplimiento para los ausentes, siempre que no menoscabe el quórum. DÉCIMA PRIMERA: la convocatoria para todas las Asambleas Generales, ya sean estas Ordinarias o Extraordinarias, deberán ser firmadas por el Presidente y/o vicepresidente de la compañía o quien haga sus veces, expresará el día, el lugar y hora en que se llevara a cabo la Asamblea y deberá publicarse en un periódico de mayor circulación de la localidad de cinco (5) días de anticipación por lo menos a la fecha señalada para la Asamblea. DÉCIMA SEGUNDA: Las Asambleas sean Ordinarias o Extraordinarias serán presididas por el presidente y/o vicepresidente de la compañía quienes designaran un secretario. De toda reunión de Asamblea se levantará un acta que se registrará en el libro respectivo, en orden cronológico, deberá contener el nombre de todos los participantes, el carácter con que actúan, el número de acciones representadas por cada uno de ellos, el número de votos a favor y en contra que obtuvo cada proposición, deberá firmarse por todos los participantes en la reunión, y en el caso que uno o más de los accionistas o representantes no quisieran o no pudiesen hacerlo, será necesaria la autorización o poder y se dejará constancia de tal hecho, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 283, del Código de Comercio. DÉCIMA TERCERA: son atribuciones de la Asamblea General: 1.- Nombrar los miembros de la Junta Directiva de la compañía; 2.- Nombrar y remover el comisario; 3.- Discutir para aprobar o modificar el Balance General, con vista al informe del comisario; 4.- Aprobar el aumento o disminución del capital social; 5.- Decidir sobre la prorroga o disminución del lapso de duración de la compañía; 6.- Decidir sobre la Disolución y liquidación de la compañía; 7.- Decidir sobre la venta total de los bienes inmuebles de la empresa; 8.- Conocer y resolver sobre cualquier asunto que le sea sometido a consideración según convocatoria o en el orden del día acordado en la Asamblea, que implique modificación de los Estatutos Sociales; 9.- Decretar los dividendos por utilidades y los apartados legales de reserva. DÉCIMA CUARTA: cada accionista tendrá derecho a un voto por cada acción que le pertenezca- pueden hacerse representar en la Asamblea por terceras personas, mediante otorgamiento do carta poder o cualquier otro documento suficiente, a juicio de la Junta Directiva. CAPÍTULO IV. DE LA ADMINISTRACIÓN Y DEL COMISARIO. DÉCIMA QUINTA: la dirección de LA COMPAÑÍA ESTARÁ A CARGO DE la Asamblea General de Accionistas legalmente constituida, pero la dirección de los negocios la ejercerá la Junta Directiva, integrada por dos (2) miembros: (01), Presidente y un (01), Vicepresidente, los cuales podrán ser accionistas c; no y serán elegidos o removidos por la Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria de accionistas. Los miembros de la Junta Directiva durarán cinco (5) años en el ejercicio de sus funciones, siendo entendido que, por cualquier causa la Asamblea no hiciere los respectivos nombramientos en su debida oportunidad, ellos continuarán en sus respectivas funciones, hasta que tomen posesión sus respectivos reemplazos. DÉCIMA SEXTA: para responder por los resultados de s gestión, cada directivo depositará dos (02), acciones en la Caja Social, o el doble de su equivalente en dinero efectivo, si no fueren accionistas, de conformidad con el artícul 244 del Código de Comercio. DÉCIMA SEPTIMA: El Presidente y el Vicepresidente de la compañía, obrando conjunta o separadamente representarán a la compañía en todo los asuntos negocios para los cuales ha sido constituida y tendrán los más amplios poderes de administración y disposición. Tendrán a su cargo la repre-

aprobación la apertura de las sucursales en la ciudad de las Vegas de Táriba y San Cristóbal. Toma la palabra el Presidente, accionista Douglas Febres Casanova Becerra, ya identificado, quien propone en convertir en Sucursales los puntos de venta de reciente apertura así: Sucursal Nro. 1 ubicada en el Local PB-04 del MINICENTRO COMERCIAL LOS PRIMOS, Nro. 2-297; Las Vegas De Táriba, Municipio Cárdenas Estado Táchira y, Sucursal Nro. 2 ubicada en la esquina de la Carrera 10 con Calle 2 Nro. 10-4, Barrio El Carmen, La Concordia, Municipio San Cristóbal Estado Táchira. En consecuencia queda modificada la cláusula segunda así: CLAUSULA SEGUNDA: El domicilio principal de la Sociedad Mercantil: estará ubicada en VDA 4 CASA NRO 1-12 SECTOR GALLARDÍN PALO GORDO; y el de las dos sucursales ubicadas de la siguiente manera: Sucursal Nro. 1 ubicada en el Local PB-04 del MINICENTRO COMERCIAL LOS PRIMOS, Nro. 2-297; Las Vegas De Táriba, Municipio Cárdenas Estado Táchira y, Sucursal Nro. 2 ubicada en la esquina de la Carrera 10 con Calló 2 Nro. 10-4, Barrio El Carmen, La Concordia, Municipio San Cristóbal Estado Táchira. Sometida a consideración, la propuesta es aprobada Finalmente, se autoriza al ciudadano Douglas Febres Casanova Becerra, venezolano, mayor de edad, divorciado, titular de -la cédula de identidad Nº V-9.418.926, en su condición de Presidente de la Compañía, para certificar la presente acta y realizar las diligencias por ante el Registro Mercantil respectivo. No habiendo más puntos a tratar, se da por concluida la Asamblea. Se redactó la presente Acta, se leyó y conformes firman todos los presentes. (Fdo.) Douglas Febres Casanova Becerra; (Fdo.) Yajaira Milena Casanova Cárdenas; (Fdo.) Douglas Leonardo Casanova Cárdenas; (Fdo,) Lic. Rosangela Desiree Chacón Prato. Y Yo, Douglas Febres Casanova Becerra, ya identificada, actuando en mi carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil NUTRIAVES SANTO CRISTO, C.A., certifico que el acta que antecede es copia y exacta tomada del libro de actas de la Compañía.

MUNICIPIO SAN CRISTOBAL, 31 DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTE (FDOS.) DOUGLAS FEBRES CASANOVA BECERRA, ABOGADO FRANKLIN JOSÉ JAIRRAN MORA. SE EXPIDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA DE PUBLICACIÓN SEGÚN PLANILLA NO.: 443.2020.1.622.

sentación de la compañía, entre otras las siguientes atribuciones: 1.- Hacer cumplir las normas que rigen la compañía y las decisiones tornadas en las Asambleas; 2- Los más amplios poderes de administración y disposición en la gestión diaria de los negocios e intereses de la compañía; 3.- Dictar las normas generales de la administración de la compañía; 4.- Ejecutar las operaciones de compra y venta de bienes muebles e inmuebles, constituir hipotecas, prendas y otros gravámenes; 5.- Ordenar el pago de los dividendos cuando fuere el caso, previa autorización de la Asamblea de accionistas: 6.- Conceder, solicitar, contratar y movilizar préstamos para el financiamiento de operaciones; 7.- Presentar a la Asamblea General, anualmente las cuentas del ejercicio económico respectivo conjuntamente con el informe del comisario; 8.- El Presidente es el único facultado para abrir, movilizar y cancelar cuentas bancarias, así como también es el único facultado para emitir, aceptar, endosar, descontar letras de cambio, cheques y otros efectos de comercio, recibir cantidades de dinero, otorgar recibos y finiquitos: 9.- Nombrar, contratar y remover empleados y determinar su remuneración; 10.- Convocar y presidir las Asambleas Generales de Accionistas, sean Ordinarias o Extraordinarias; 11.- Nombrar consultor jurídico y representante legal de la empresa, otorgándoles el poder necesario para la adecuada representación y defensa de la compañía, bien sea poderes especiales o generales; 12.- Comprar, enajenar, gravar, y arrendar bienes muebles e inmuebles de para la compañía; 13.- Considerar y resolver sobre, aportes a otras compañías, así como también sobre la compra venta de acciones y emisiones de títulos valores; 14.- Celebrar, escribir, modificar, resolver, o rescindir contratos de todo tipo; 15.- Conferir podres a particulares para la administración y gestión de actividades de la compañía. DÉCIMA OCTAVA: La Asamblea General de Accionistas designará y elegirá un Comisario, quien durará tres (3) años en el ejercicio de sus funciones, y en todo caso cumplirá su cometido, mientras no fuere reemplazado, quien revisará los balances de los ejercicios económicos, presentará informe previo a la celebración de las Asambleas Generales sobre la elaboración de los balances generales y estados de ganancias y pérdidas. Son atribuciones del comisario de las señaladas en los artículos 287 y 309 del Código de Comercio. CAPÍTULO V. DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMPAÑÍA. DÉCIMA NOVENA: En caso de disolución y liquidación de la compañía, se dispondrá su liquidación conforme a las reglas pertinentes del Código de Comercio vigente, estableciéndose además como causa de disolución de la compañía las establecidas en el Artículo 340 del Código de Comercio vigente o cuando así lo decida la Asamblea General de Accionistas con el voto unánime de la totalidad del capital social y en la misma Asamblea que decrete la disolución y liquidación, deberá nombrar uno o dos liquidadores a quienes dará los poderes que juzgue convenientes. El producto de la liquidación, deducción y de los gastos que ella ocasione, será distribuido entre los accionistas en proporción al número de acciones que posean y al precio actual de ellas. CAPÍTULO VI. DEL EJERCICIO ECONÓMICO, DEL BALANCE DEL CÁLCULO Y REPARTO DE LAS UTILIDADES. VIGÉSIMA: El ejercicio económico de la compañía, comienza a partir de la inscripción del presente documento ante el Registro Mercantil, y hasta el treinta y uno (31) de diciembre de cada año, y los sucesivos comenzaran el día dos (2) de enero de cada año, hasta el treinta y uno (31), de diciembre de cada año. VIGÉSIMA PRIMERA: Una vez cerrado el ejercicio fiscal de la compañía, se practicará Inventario, se presentará el Balance General, el cual será sometido a la consideración de comisario para su ulterior examen por la Asamblea, y se pondrá a disposición de los accionistas, por lo menos con quince (15) días de anticipación a la fecha de celebración de la Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria. VIGÉSIMA SEGUNDA: Se fija un diez por ciento (10%) del monto del capital social para el Fondo de Reserva a que se contrae el artículo 262, del Código de Comercio. Para su formación se separará de los beneficios líquidos anuales una cuota del cinco por ciento (5%), hasta que el fondo de reserva alcance el monto previsto. Los beneficios que no fuesen cobrados en la fecha de su exigibilidad no devengarán interés alguno. Calculados los beneficios con deducción de los gastos y demás apartados, el saldo favorable será distribuido entre los accionistas en proporción las acciones de que son titulares por concepto de dividendos. Para todo lo no previsto en los presentes Estatutos Sociales, se procederá de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio vigente. CAPÍTULO VIll. DISPOSICIONES TRANSITORIAS. ÚNICA: Han sido designados para integrar la junta Directiva, para el primer período de cinco (5), años, para el cargo de PRESIDENTE, a la accionista GARCÍA BARRERA DORIS MARITZA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-26.229.588, domiciliado en el Municipio San Cristóbal del Estado Táchira; y para el cargo de VICEPRESIDENTA, ROJAS CHAVES HARRY WILSON, soltero, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-06.248.964, domiciliada en el Municipio San Cristóbal del Estado Táchira. Para el cargo de comisario se ha designado al Lcdo. En Contaduría pública ILDANY CHACÓN, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-21.023.116, C.P.C. 153.144, Las personas nombradas permanecerán en el cargo hasta que sean sustituidos por la Asamblea General de Accionistas y tomen posesión quienes deban reemplazarlos. Se autoriza suficientemente a la ciudadana GARCÍA BARRERA DORIS MARITZA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-26.229.588, domiciliado en el Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, y hábil, para que haga la participación respectiva en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. En conformidad los presentes firman la presente acta.

MUNICIPIO SAN CRISTOBAL, 29 DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTE (FDOS). HARRY WILSON ROJAS CHAVES, DORIS MARITZA GARCÍA BARRERA, ABOGADO FRANKLIN JOSÉ JAIRRAN MORA. SE EXPIDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA DE PUBLICACIÓN SEGÚN PLANILLA NO.: 443.2020.1.497.


.Información.

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Nuncio Apostólico y Obispo de San Cristóbal visitan ‘Casa de Paso’ en la frontera El Nuncio Apostólico en Venezuela, monseñor Aldo Giordano, acompañado del Obispo de San Cristóbal, monseñor Mario Moronta, visitaron el sábado 1 de febrero la Casa de Paso “Divina Providencia” que ofrece alimento a los inmigrantes en la frontera colombo venezolana. “En nombre del Papa Francisco quiero agradecer y quiero compartir su abrazo y su afecto”, dijo el Nuncio Apostólico conmovido por las obras de caridad que se realizan en esta casa de atención a los inmigrantes venezolanos. Indicó monseñor Aldo Giordano que el Papa Francisco “sigue el trabajo de esta obra y quiere seguir ayudando”. En las próxi-

mas semanas el Nuncio Apostólico viajará al Vaticano: “me reuniré con el Papa y compartiré esta rea-

lidad que he visto”, dijo. Esta visita se realizó al finalizar el encuentro de los obispos de la frontera que se

Nuevo Vicerrector Académico en la UCAT: sacerdote Ricardo Casanova

La Universidad Católica del Táchira (UCAT) en reunión del Consejo Universitario presidido por el Gran Canciller, monseñor Mario Moronta y el Rector presbítero Javier Yonekura junto a las demás autoridades de la institución, aprobaron este 27 de enero la designación como nuevo Vicerrector Académico al presbítero Ricardo Casanova, sacerdote de la Diócesis de San Cristóbal. La función del Vicerrector Académico de la UCAT es supervisar, motivar y coordinar, en comunión con el Rector, las actividades docentes, de investigación y de extensión de la universidad. La designación del nuevo Vicerrector se da luego de la renuncia por motivos

de salud de la doctora Annalisa Poles, a quien el monseñor Mario Moronta agradeció por su trabajo y deseó un pronto regreso a los oficios universitarios. El padre Ricardo Casanova por su parte expresó que sus expectativas son “poder servir en medio de la comunidad universitaria, estar disponible para animar, ayudar y acompañar. Conjugar la academia con la vida cristiana, para ser en el ambiente universitario imagen de Cristo buen pastor”. Así mismo señaló que “espera aprender de todos, caminar juntos manifestando siempre la cercanía que debe distinguir a un configurado a Cristo”, además “impulsar y trabajar en pro de la academia”, dijo. El sacerdote Ricardo

Emmanuel Casanova Duque es Magister en Teología Moral, titulo obtenido en la Pontificia Universidad de la Santa Cruz en Roma (Italia), y Licenciado en Teología de la misma universidad. También logró la Licenciatura en Educación mención Filosofía en el Instituto Universitario Santo Tomás de Aquino, en el Táchira. Y actualmente opta el Doctorado Canónico en Teología en la Pontificia Universidad Bolivariana de Medellín (Colombia). El padre Casanova desde 2013 es profesor de la UCAT en la Facultad de Humanidades y Educación, y en la Facultad de Ciencias Jurídicas. Y desde el 2017 era el Coordinador de la Facultad de Ciencias de la Religión. (Prensa DiócesisSC)

efectuó en Cúcuta (Colombia), el 30 y 31 de enero, en un evento organizado por el Dicasterio para el Servicio

Por su parte el Obispo de San Cristóbal, monseñor Mario Moronta, señaló que lo que se vive en la ‘Casa de Paso’ es una manifestación de Dios: “aquí se hace realidad aquello de con cinco panes y dos peces se da de comer a una multitud, con la ayuda de Dios a través del apoyo de tanta gente. No sólo de dar de comer por comer, sino por manifestar la caridad de Cristo”. La Casa de Paso Divina Providencia está localizada a un kilómetro del Puente Internacional Simón Bolívar, en el sector la Parada de Villa el Rosario, Cúcuta. Allí cada día son distribuiIntegral de Desarrollo Hu- dos mas de 5000 comidas mano y por la Sección de calientes a los inmigrantes Migrantes y Refugiados del venezolanos. (Prensa DióVaticano. cesisSC)

Iglesia analizó enorme flujo de movilidad humana en frontera colombo venezolana

En los días 30 y 31 de enero de 2020, en Cúcuta, Colombia, se ha celebrado el encuentro de los obispos de las diócesis fronterizas entre Colombia y Venezuela titulado “Caridad en la frontera”. El evento, promovido y organizado por el Dicasterio para el Servicio Integral de Desarrollo Humano y por la Sección de Migrantes y Refugiados, en colaboración con la Diócesis de Cúcuta, quería expresar la preocupación del Santo Padre por las situaciones migratorias fronterizas y poner en sinergia las actividades caritativas a favor de las personas más débiles y vulnerables en esta región. A la reunión asistieron

los Nuncios Apostólicos de Colombia y Venezuela, los representantes de las Conferencias Episcopales de Colombia y Venezuela, el Consejo Episcopal Latinoamericano (CELAM), los Obispos de las diócesis fronterizas entre Venezuela y Colombia, los representantes de Cáritas Colombia, Cáritas Venezuela, Caritas Internationalis y la Comisión Católica Internacional de Migraciones. Las sesiones de trabajo del primer día se centraron en analizar los desafíos pastorales planteados por los enormes flujos de movilidad humana entre los dos países, particularmente visibles en las zonas fronterizas. Los

obispos que asistieron, compartieron los resultados de las respuestas caritativas que se han activado en sus diócesis, que es una manifestación concreta del amor maternal de la Iglesia por todos sus hijos. En el segundo día, los participantes identificaron una serie de posibles colaboraciones interdiocesanas transnacionales que podrían fomentar una mayor efectividad de los esfuerzos realizados hasta el momento. La reunión terminó con un compromiso renovado por parte de todos para ayudar espiritual y materialmente a los migrantes y las comunidades locales que experimentan las mismas vulnerabilidades.


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CONVOCATORIA Inversiones Todo Concreto, C.A. Rif J-40866613-8

El Sr. Edgardo Urbano Galvez López, C.I. V-14.744.972, Presidente de la Empresa, convoca a una Asamblea a todos los miembros de la misma, con la finalidad de tratar los siguientes puntos: La revalorización del valor nominal de la acción, aumento de capital, inclusión de socio, cambio de domicilio y aprobación de Estado Financiero, convocatoria a efectuarse en Residencias Cumbres Andinas, Edificio 9, Apartamento 1-2 Planta Baja, ubicada detrás del Mc Donald’s, Avenida Rotaria, San Cristóbal, Edo. Táchira, el día Sábado 08 de Febrero de 2020, a las 9:00 a.m.

REGISTRO DE COMERCIO. COMERCIAL DE REPUESTOS, C.A.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA. SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS. REGISTRO MERCANTIL TERCERO DEL ESTADO TÁCHIRA. RM No. 445. 209º y 160º. Quien suscribe: C E R T I F I C A. Que se ha confrontado la Copia Certificada Fotostática constante de seis (6) folio(s), que a continuación se reproducen, y que es traslado fiel y exacto del Documento inscrito bajo el Número: 8 – COPIA CERTIFICADA, TOMO 2-A-1991 RM445. DE FECHA: 04/10/1991.- CORRESPONDIENTE A LA EMPRESA: COMERCIAL DE REPUESTOS, C.A. Que se encuentran insertos al Expediente Nº: 48207. Con fecha: MUNICIPIO SAN CRISTOBAL, 25 DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTE. CERTIFICA, igualmente que esta Copia Certificada Fotostática ha sido elaborada en esta oficina por el funcionario: MARÍA EUGENIA VIVAS ESPINEL. Con Cédula de Identidad Nº: V-10.151.088. Persona autorizada por mí para hacerla y quien suscribe cada una de las páginas de la presente certificación.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA. SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS. REGISTRO MERCANTIL TERCERO DEL ESTADO TÁCHIRA. RM No. 445. 202º y 153º. DATOS DE LA UBICACIÓN DEL DOCUMENTO EN EL ARCHIVO. Fecha: Jueves, 27 de Diciembre de 2012. Trámite: 445.2012.4.1826. Acto: Aumento de Capital de Empresa Mercantil. Denominación: COMERCIAL DE REPUESTOS, C.A. Número de Expediente: 48207. UBICACIÓN EN EL PROTOCOLO UBICACIÓN EN EL EXPEDIENTE Protocolo: A Pieza: 1 Tomo: 59 Número en la Pieza: 5 Número en el Tomo: 44 Folio Inicial: 15 Folio Inicial: 262 Folio Final: 25 Folio Final: 268 CIUDADANO. REGISTRADOR MERCANTIL TERCERO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. SU DESPACHO.- Yo, MERCEDES DEL ROSARIO RODRÍGUEZ MORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.153.620, soltera, domiciliada en la ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira y hábil; actuando en este acto en mi carácter de Gerente de Operaciones de la Sociedad Mercantil “COMERCIAL DE REPUESTOS COMPAÑÍA ANÓNIMA (CORECA)”, debidamente inscrita por ante la Oficina del Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el Nº 8, Tomo 2-A, en fecha 04 de octubre del año 1.991, ocurro ante su Competente autoridad, con el debido respeto y presento: 1º) ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, celebrada el día veinte (20) de abril del año 2.012, y que se explica por sí sola. 2º) Copia Simple para ser agregada al Expediente de la Compañía, de la cédula de identidad de la Socia MERCEDES DEL ROSARIO RODRÍGUEZ MORA. 3º) Copia Simple para ser agregada al Expediente Copia Simple de la cédula de identidad del ciudadano JOSÉ ELÍAS DURÁN TOLOZA, quien funge como Comisario de la Compañía, a la cual, se hace referencia y Copia Simple de la Credencial Nº 7.836 de la Federación de Colegio de Contadores Públicos de Venezuela. Todo para ser agregados al Expediente de la Compañía. 5º) Originales de Balance General y de Comprobación; Estados Demostrativos de Ganancias y Pérdidas correspondientes a los Ejercicios del 01 de enero al 31 de diciembre del 2.010 y del 01 de enero al 31 de diciembre del 2.011 de la referida Compañía e Informes del Comisario a los mismos. 6º) Copia Simple para ser agregada al Expediente de la Compañía de la Planilla de Declaración del Impuesto Sobre la Renta correspondiente a los Ejercicios Económicos 2.004 / 2.005 / 2.006 / 2.007; se presenta Originales para su vista y devolución. 7º) Ejemplar del Diario Católico de fecha 01 de mayo del 2.012 donde aparecen publicadas las Actas de Asambleas Extraordinarias de Accionistas debidamente Protocolizadas por ante este Registro bajo los Nos. 3, 4 y 5 correspondientes al Tomo 36-A de fecha 21 de noviembre del 2.011.- Solicito al ciudadano Registrador Mercantil una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos pertinentes, ordene su inscripción y fijación y se me expida Copia Certificada de la misma a los Fines Legales consiguientes; La cual es Copia Fiel y Exacta del asiento tomado del Libro de Actas y que Certifico así: ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS de la Sociedad Mercantil “COMERCIAL DE REPUESTOS COMPAÑÍA ANÓNIMA, (CORECA)”, celebrada el día veinte (20) de abril del año 2012.-* En la ciudad de 2.012.- En la ciudad de San Cristóbal, a los veinte (20) días del mes de abril del año 2.012; siendo las 08:30 p.m., reunidos en su sede los socios: EVA CAROLINA RODRÍGUEZ MORA, MERCEDES DEL ROSARIO RODRÍGUEZ MORA, MARÍA LOURDES RODRÍGUEZ MORA y BLANCA BEATRIZ RODRÍGUEZ MORA; venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nos. V-9.245.882; V-10.153.620; V-10.172.190 y V-12.632.352, en su respectivo orden, solteras, domiciliadas en la ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira y hábiles; propietarios la primera, segunda y tercera de UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO (1.378) ACCIONES cada una y UN MIL TRESCIENTAS SETENTA Y SIETE (1.377) ACCIONES, la cuarta; lo cual representa el Cien por Ciento (100%) del Capital de la Compañía; siendo por lo tanto, innecesaria su convocatoria por la Prensa y como Invitados Especial, el ciudadano MARCO AURELIO RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-1.531.779, divorciado, de este domicilio y hábil; quien funge como Gerente General de la Empresa, y en su carácter de Comisario, el ciudadano JOSÉ ELÍAS DURÁN TOLOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.560.585, casado, de este domicilio y hábil.- Seguidamente se instaló la Asamblea y se convino en tratar el siguiente Orden del Día: PRIMER PUNTO: Discusión, Aprobación o Improbación del Balance General y Estados Demostrativos de Ganancias y Pérdidas de la Sociedad Mercantil “COMERCIAL DE REPUESTOS COMPAÑÍA ANÓNIMA (CORECA)”, correspondiente a los Ejercicios Económicos de 01/01/2.010 al 31/12/2.010 y del 01/01/2.011 al 31/12/2.011; previo Informe del Comisario. SEGUNDO PUNTO: Aumento del Capital Social de la Compañía mediante la Capitalización de Cuentas por Pagar a Accionistas. TERCER PUNTO: Modificación de la Cláusula Décima, Décima Primera, Décima Segunda, Décima Tercera y Décima Cuarta de

.Información.

Clero de la Diócesis de Cabimas realizó Ejercicios Espirituales correspondientes al año 2020 Desde lunes 20 hasta el viernes 24 de enero de 2020, el clero de la Diócesis de Cabimas realizó sus acostumbrados “Ejercicios Espirituales”, con el objetivo de fortalecer la fraternidad en la ministerialidad sacerdotal. El mismo se llevó a cabo en la casa de convivencia "Nazaret", ubicada en la ciudad de Cabudare en el estado Lara. Monseñor Roberto Sipols dirigió el encuentro, con el tema “Que Cristo viva en mí todo su misterio".

Con relación a este retiro del clero, Monseñor Ángel Caraballo, Obispo de la Diócesis de Cabimas, expresó que “como todos los años nos preparamos para asistir con alegría y gozo a nuestro retiro, ocasión privilegiada para renovar nuestra

los Estatutos de la Compañía. QUINTO PUNTO: Designación de los Nuevos Cargos que conforman la Nueva Junta Directiva, Ratificación del Comisario en su Cargo y Modificación de la Cláusula Primera de la Disposición Final de los Estatutos de la Compañía. A continuación se procedió a discutir y aprobar el Orden del Día contenido en la misma por los Accionistas presentes y la Sub-Gerente General, MERCEDES DEL ROSARIO RODRÍGUEZ MORA, declaró válidamente instalada la Asamblea Extraordinaria de Accionistas para deliberar y pronunciarse. Inmediatamente se dio lugar al desarrollo de la misma; PRIMER PUNTO: La Asamblea de Accionistas, una vez, revisados y discutidos; de manera unánime Aprueba los Balances Generales y los Estados Demostrativos de Ganancias y Pérdidas de los Ejercicios Económicos que se corresponde a los periodos del 01 de enero al 31 de diciembre del año 2.010 y del 01 de enero del 2.011 al 31 de diciembre del 2.011; previo informe del Comisario; los cuales, se consignan para ser agregados al Expediente Nº 48207 perteneciente a la Sociedad Mercantil “COMERCIAL DE REPUESTOS COMPAÑÍA ANÓNIMA (CORECA)”.- SEGUNDO PUNTO: Por decisión unánime de los Accionistas se acuerda y aprueba Aumentar el Capital Social de la Compañía de QUINIENTOS CINCUENTA Y UN BOLÍVARES CON DIEZ CÉNTIMOS (Bs. 551,10) a la cantidad de CIENTO SESENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS TREINTA BOLÍVARES (Bs. 165.330,00), con un incremento de CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS SETENTA Y OCHO BOLÍVARES CON NOVENTA CÉNTIMOS (Bs. 164.778,90) mediante el aumento del Valor Nominal de las Acciones existentes, que es de CERO BOLÍVARES CON DIEZ CÉNTIMOS (Bs. 0,10) a TREINTA BOLÍVARES CON 00/100 (Bs. 30,00) cada una; mediante un incremento de VEINTINUEVE BOLÍVARES CON NOVENTA CÉNTIMOS (Bs. 29,90) cada una. El mismo es cancelado, a través, de la Capitalización de CUENTAS POR PAGAR A ACCIONISTAS de la suma de DOSCIENTOS VEINTE MIL BOLÍVARES CON 00/100 (Bs. 220.000,00), reflejada en el Balance de Comprobación, que se anexa a la presente Acta conservando el mismo número de acciones cada uno de los Accionistas; lo cual, serán asentadas en el Libro de Accionistas las Acciones Revalorizadas.- TERCER PUNTO: Por decisión unánime de los Accionistas se acuerda y modificación la cláusula Quinta y Sexta de los Estatutos Vigentes de la Compañía; las cuales, quedan redactadas de la siguiente manera: QUINTA: El Capital de la Compañía es de CIENTO SESENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS TREINTA BOLÍVARES CON 00/100 (Bs. 165.330,00), suscrito y pagado totalmente de la siguiente manera: 1º) La Cantidad de QUINIENTOS CINCUENTA Y UN BOLÍVAR CON DIEZ CÉNTIMOS (Bs. 551,10) pagados con dinero efectivo y mercantil correspondiente al Capital inicial suscrito, tal y como consta en Acta Constitutiva de la empresa, Protocolizada por ante la Oficina de Registro Mercantil Tercero, Bajo el Nº 8, Tomo 2-A, en fecha 04 de octubre del año 1.991.- 2º) La Cantidad de CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS SETENTA Y OCHO BOLÍVARES CON NOVENTA CÉNTIMOS (Bs. 164.778,90) correspondiente al total de Aumento aprobado en la presente Acta y cancelada mediante la Capitalización de CUENTAS POR PAGAR A ACCIONISTAS y que se refleja en el Balance de Comprobación. SEXTA: El Capital de la Compañía está dividido en CINCO MIL QUINIENTAS ONCE (5.511) ACCIONES nominativas e individuales con un Valor de TREINTA BOLÍVARES (Bs. 30,00) cada una, suscrito y pagado en su totalidad, así: 1º) La Socia EVA CAROLINA RODRÍGUEZ MORA, suscribe y paga MIL TRESCIENTAS SETENTA Y OCHO (1.378) ACCIONES a razón de TREINTA BOLÍVARES (Bs. 30,00) cada una para un total de CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CUARENTA BOLÍVARES (Bs. 41.340,00) siendo este Punto aprobado por unanimidad.- 2º) La Socia MERCEDES DEL ROSARIO RODRÍGUEZ MORA, suscribe y paga MIL TRESCIENTAS SETENTA Y OCHO (1.378) ACCIONES a razón de TREINTA BOLÍVARES (Bs. 30,00) cada una, para un total de CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CUARENTA BOLÍVARES (Bs. 41.340,00).- 3º) La Socia MARÍA LOURDES RODRÍGUEZ MORA, suscribe y paga MIL TRESCIENTAS SETENTA Y OCHO (1.378) ACCIONES a razón de TREINTA BOLÍVARES (Bs. 30,00) cada una para un total de CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CUARENTA BOLÍVARES (Bs. 41.340,00) y 4º) La Socia BLANCA BEATRIZ RODRÍGUEZ MORA, suscribe y paga MIL TRESCIENTAS SETENTA Y SIETE (1.377) ACCIONES a razón de TREINTA BOLÍVARES (Bs. 30,00) cada una, para un total de CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS DIEZ BOLÍVARES (Bs. 41.310,00).- CUARTO PUNTO: Por decisión unánime de los Accionistas sed modificaron en sus contenidos las Cláusulas Décima, Décima Primera, Décima Segunda, Décima Tercera y Décima Cuarta de los Estatutos de la Compañía; las cuales, quedan suscritas y modificadas de la siguiente manera: DÉCIMA: La Dirección, Representación y Administración de la Compañía estará a cargo de la Asamblea de Accionistas, legalmente constituida; pero la Administración de los Negocios será ejercida por el Presidente de la Compañía, nombrado y elegido por la Asamblea de Accionistas, a tales efectos. Igualmente serán designados por la Asamblea General: Un Gerente Administrativo, Un Gerente de Operaciones, Un Gerente de Logística y un Gerente de Personal; quienes ejercerán las funciones del Presidente en caso de ausencia temporal o permanente.- DÉCIMA PRIMERA: El Gerente Administrativo, el Gerente de Operaciones, el Gerente de Logística y el Gerente de Personal, podrán ser Accionistas o no y durarán diez (10) años en el ejercicio de sus funciones; pudiendo ser reelegidos; siendo entendido que si por cualquier motivo la Asamblea de Accionistas no efectuare el respectivo nombramiento en su debida oportunidad; éstos continuarán en sus cargos hasta ser reemplazados.- DÉCIMA SEGUNDA: Cada vez, que el Gerente Administrativo, el Gerente de Operaciones, el Gerente de Logística y el Gerente de Personal, debe sustituir al Presidente, deberá realizarse la correspondiente participación por el tiempo que dure la misma, al Registrador Mercantil, a objeto de que quede entendido de ello, quienes contraten con la Compañía. Dicha participación puede ser realizada por el mismo Presidente o por cualquiera de los Gerentes en su respectivo orden, aquí señalado. En caso de no realizarse la misma, por falta de determinar el tiempo en que deba sustituirse, ésta deberá hacerse una vez finalizado el lapso de sustitución.- DÉCIMA TERCERA: el Presidente representa a la Compañía y la obliga actuando en forma individual y separada en todos sus negocios o asuntos para los cuales han sido nombrado y, en ejercicio de sus funciones podrá: Representa activa y pasivamente a la Compañía.- Sostener y defender los Derechos ante las Autoridades y Funcionarios Nacionales, Estadales y Municipales; así como ante los Particulares. Autorizar con su firma todos los Contratos; Documentos y Actos de la Sociedad.- Conferir Poderes para la Defensa Judicial y Extrajudicial de la Sociedad.- Ejecutar todos los actos de administración, así como, fijar los gastos de la misma.- Nombrar y remover empleados de la Compañía fijándoles la correspondiente remuneración.- Efectuar y cubrir todos los Convenios, Contratos o Negocios de la Compañía.- Movilizar Créditos de cualquier naturaleza, abrir y cerrar Cuentas Bancarias a nombre de la Compañía.- Girar, endosar, aceptar, protestar y pagar Cheques o Letras de Cambio, Constituir Hipotecas.- Nombrar y remover Factores de Comercio.- Nombrar Apoderados Judiciales y Extrajudiciales confiriéndoles las facultades necesarias.- Acordar el empleo de los Fondos de Reserva.- Convocar a las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias y en general, realizar toda clase de actos tendientes al beneficio y mejoramiento de la Compañía.Queda terminantemente prohibido a los demás miembros de la Asamblea de Accionistas, a excepción del Presidente, tomar individualmente cualquier acuerdo, así, como suscribir Documen-

adhesión a Jesucristo, Sumo Sacerdote y Buen Pastor, para robustecer nuestro vínculo como hermanos en el presbiterio y para recuperar fuerzas y ánimo para seguir trabajando por el Reino de Dios en medio de nuestras comunidades a nosotros

confiadas”. Mons. Roberto Sipols pertenece a la Arquidiócesis de Valencia, fue ordenado hace 36 años y ha sido superior del Seminario Mayor y párroco de cuatro comunidades; además de Vicario General, profesor de historia de la Filosofía e Historia de la Iglesia, fundador de "La voz de Jesús", ministerio internacional de evangelización, predicador en varios países y tiene en su haber 21 retiros dados a diversos cleros diocesanos y comunidades religiosas.

tos por los que se otorguen Firmas, Fianzas, Avales o cualquier otro tipo de actividades que no sean en beneficio de la Compañía constituida. Disponer el empleo que debe dársele al Fondo de Reserva a que se contrae el Artículo 262 del Código de Comercio. Dar cumplimiento a las decisiones tomadas por la Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria de Accionistas.- Presentar a la Asamblea de Accionistas una Exposición detallada de todas las Operaciones de la Compañía durante el respectivo Ejercicio Económico junto con el Balance General e Informe del Comisario.- Indicar la fecha a partir de cuanto deben hacerse efectivos los dividendos a Cuenta de Utilidades No Distribuidas y lugar de pago, previa apreciación de la asamblea de Accionistas. DÉCIMA CUARTA: El Presidente, el Gerente Administrativo, el Gerente de Operaciones, el Gerente de Logística y el Gerente de Personal; en forma conjunta están ampliamente facultados para realizar actos de Enajenación, Arrendamiento o cualquier otro Contrato que envuelva la totalidad de los bienes que constituyen el Activo Social, y por lo tanto, para llevar a efectos dichos actos, no requiere autorización de la Asamblea de Accionistas. QUINTO PUNTO: Los Accionistas de manera unánime deciden eliminar los cargos de Gerente General y de Sub-Gerente General y, en su lugar, se crean los cargos de Presidente, Gerente Administrativo, Gerente de Operaciones, Gerente de Logística y Gerente de Personal.- Así mismo, se decide ratificar en su cargo al Comisario y modificar la Disposición Final en su Cláusula Primera; la cual, queda redactada de la siguiente manera: DISPOSICIÓN FINAL: PRIMERA: Se designa y nombra como Presidente de la Junta Directiva al ciudadano MARCO AURELIO RODRÍGUEZ, Gerente Administrativo a EVA CAROLINA RODRÍGUEZ MORA, Gerente de Operaciones a MERCEDES DEL ROSARIO RODRÍGUEZ MORA, Gerente de Logística a MARÍA LOURDES RODRÍGUEZ MORA y como Gerente de Personal a BLANCA BEATRIZ RODRÍGUEZ MORA; venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-1.531.779; V-9.245.882; V-10.153.620; V-10.172.190 y V-12.632.352 en su respectivo orden, divorciado el ´primero y solteras segunda, tercera, cuarta y quinta, de este domicilio y hábiles.- Se designa como Comisario de la Sociedad Mercantil “COMERCIAL DE REPUESTOS COMPAÑÍA ANÓNIMA (CORECA)”, al ciudadano JOSÉ ELÍAS DURÁN TOLOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.560.585, Contador Público Colegio, bajo el Nº 7.836, casado, de este domicilio y hábil; quien deberá cumplir a los efectos con lo establecido en el Artículo 311 del Código de Comercio.- Agotado el Orden del Día y no habiendo más que tratar se levantó la sesión y se dio por concluida la Asamblea Extraordinaria de Accionistas. Se autorizó a la ciudadana MERCEDES DEL ROSARIO RODRÍGUEZ MORA, ya identificada, para realizar los trámites de Registro de la presente Acta; la cual, una vez leída, firmaron en señal de conformidad los presentes: EVA CAROLINA RODRÍGUEZ MORA (Fdo.), MERCEDES DEL ROSARIO RODRÍGUEZ MORA (Fdo.), MARÍA LOURDES RODRÍGUEZ MORA (Fdo.), BLANCA BEATRIZ RODRÍGUEZ MORA (Fdo.), MARCO AURELIO RODRÍGUEZ (Fdo.), y JOSÉ ELÍAS DURÁN TOLOZA (Fdo.).-

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA. SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS. REGISTRO MERCANTIL TERCERO DEL ESTADO TÁCHIRA. RM No. 445. 202º y 153º. Municipio San Cristóbal, 27 de Diciembre del Año 2.012. Por presentada la anterior participación por su FIRMANTE, para su inscripción en el, Registro Mercantil, fijación y publicación. Hágase de conformidad y agréguese el original al expediente de la Empresa Mercantil junto con los recaudos acompañados. Expídase la copia de publicación. El anterior documento redactado por el Abogado FRANKLIN EDUARDO CONTRERAS LÓPEZ IPSA N.: 69551, se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Número: 44, TOMO -59-A RM 445. Derechos pagados BS: 1.351,80 Según Planilla RM No. 44500078223, Banco No. 164066 Por BS: 1.764,79. La identificación se efectuó así: MERCEDES DEL ROSARIO RODRÍGUEZ MORA, C.I. V-10.153.620. Abogado Revisor: EDUIRA CHIQUINQUIRÁ CASTELLANOS CHIRINOS. Presentó para su vista y devolución Constancia de Calificación de Empresa Solicitud Nro. 2.148 de fecha 03/07/2009, Planillas de Declaración del Impuesto Sobre La Renta correspondientes a los ejercicios Económicos 2004, 2005, 2006, 2007.- Deberá tramitar por ante la SIEX, la Constancia de Calificación de Empresa, conforme al Decreto 2095, de fecha 13/02/92, publicado en Gaceta Oficial Nro. 34930 del 25/03/92. Se concede plazo de sesenta (60) días continuos para que la consignen. Conforme al Art. 35 del Código Orgánico Tributario, el presente sujeto pasivo debe informar a la Administración Tributaria el Nombramiento de la Junta Directiva efectuado, dentro de un mes continúo, a partir de esta fecha.-

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA. SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS. REGISTRO MERCANTIL TERCERO DEL ESTADO TÁCHIRA. RM No. 445. 209º y 160º. Municipio San Cristóbal, 25 de Enero del año 2020. Por recibido en esta misma fecha constante de seis (6) folio(s) útil(es). Agréguese la solicitud al expediente de la Compañía. Expídase copia certificada con inserción del presente Auto. Los derechos arancelarios fueron cancelados según Recibo Número: 44500398378. Quien suscribe hace constar que la anterior Copia Certificada Fotostática es copia fiel y exacta de los que corren insertos al expediente número: 48207 las cuales fueron canceladas según planilla RM N°: 445.2020.1.535.


.Información.

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Jornada Nacional de la Infancia y Adolescencia Misionera en La Grita

Milagros García

El pasado domingo 26 de enero, la parroquia “Nuestra Señora de Los Ángeles” de La Grita fue la anfitriona de la Jornada Nacional de la Infancia y Adolescencia Misionera de la Diócesis de San Cristóbal, donde se celebraron los 117 años de la fundación de la Obra de la Infancia Misionera en Venezuela. El evento estuvo dirigido por la asesora diocesana de Infancia Misionera y Centimisión, Any Moncada, y el Director Diocesano de Misiones, padre Pedro Mora, quien tuvo su primera misa como sacerdote en el marco de esta fiesta, siendo para los asistentes motivo de doble celebración. Las calles de La Grita se llenaron desde muy temprano de personas que asistían a ambas celebraciones, pero especialmente

se hizo presente la alegría de los distintos grupos de niños que llegaban desde varias partes del Táchira para celebrar el aniversario de la Obra, donde cada año se imponen las insignias representativas de quienes pertenecen a la Infancia

Misionera, como la cruz de iniciación y las bufandas de colores que los identifican. En esta ocasión, el padre Pedro expresó su alegría y emoción por ser la primera vez que celebraba esta Jornada y también que oficiaba una misa, pues fue

asignado como Director de Misiones en su ordenación diaconal, hace apenas 6 meses por parte del Obispo de San Cristóbal, Mons. Mario Moronta. El equipo asesor de IAM y Centimisión aprovechó para expresar al nuevo presbítero sus mejores deseos en su vida sacerdotal, y presentaron junto con los niños, algunos detalles que les habían hecho y llevado cada uno desde sus parroquias. Al finalizar, Moncada agradeció a Dios por el don de la vida y la vocación del padre Pedro, y pidió por su perseverancia en este servicio, que hasta ahora ha llevado con mucho entusiasmo y rectitud. Terminada la eucaristía de celebración de la Jornada, se realizó un compartir

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refrigerios que los grupos habían llevado, allí los niños intercambiaron entre sí tarjetas con mensajes bíblicos y dibujos alegóricos a la celebración. En las demás Diócesis del país la JONIAM ha tenido diferentes fechas de celebración respondiendo a las necesidades particulares de cada ciudad, desarrollándose entre el 24 de enero y el 2 de febrero según han anunciado los responsables de cada Diócesis. La Obra de la Infancia y Adolescencia Misionera pertenece a las Obras Misionales Pontificias de Venezuela, dirigidas por el Pbro. Endeer Zapata y la en la casa parroquial don- hermana Maribel Marquide se cantó el cumpleaños na. a la IAM y se repartieron *****

PREMIO NACIONAL DE PERIODISMO 1963 PREMIO NACIONAL DE PERIODISMO 1988

Fundación Mons. Dr. Mario del Valle Moronta Rodríguez Presidente Pbro. Lcdo.Johan José Pacheco Colmenares Director - Gerente Lcda. María Magdalena Flores Dávila Asistente Administrativo / Diagramadora Luis Alfonso Pastrán Encargado del Archivo

Premio Monseñor Pellín 2019 "Esfuerzo Editorial del Año"

Fundado por Mons. Tomás Antonio Sanmiguel el 14 de Mayo de 1.924 Los conceptos emitidos en los artículos de opinión son exclusiva responsabilidad de sus autores ND: Agradecemos a nuestros colaboradores de página siete, limitarse en sus textos a sólo una cuartilla y media ó 45 líneas a doble espacio, en papel tamaño carta.

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02 de Febrero de 2020

.Publicidad.

REGISTRO DE COMERCIO. PINTUANDES COMPAÑÍA ANÓNIMA,

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA. SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS. REGISTRO MERCANTIL TERCERO DEL ESTADO TÁCHIRA. RM N.: 445. 209º y 160º. Abog. Richard Enrique Hurtado Farías, Registrador Mercantil Tercero, CERTIFICA que el asiento de registro de comercio transcrito a continuación, cuyo original está inscrito en el Tomo: 15-A RM 445, Número 28 del año 2019, así como la participación, nota y documento que se copian de seguida son traslado fiel de sus originales, los cuales son del tenor siguiente: 58536. Este folio pertenece a Pintuandes, C.A., número de Expediente: 58536. CIUDADANO: REGISTRADOR MERCANTIL TERCERO DEL ESTADO TÁCHIRA. SU DESPACHO. Yo, APOLINAR SANDOVAL PINEDA, venezolano, casado, mayor de edad, hábil, titular de la Cédula de Identidad N°. V-10.168.493, con RIF N°. V-10168493-4, comerciante, domiciliado en San Cristóbal Estado Táchira, autorizado en la presente acta, con el carácter de Gerente General de la sociedad mercantil: PINTUANDES COMPAÑÍA ANÓNIMA, con RIF J-301197372, domiciliada en San Cristóbal Estado Táchira, inscrita en el Registro Mercantil Único del Estado Táchira el 13/05/1993, bajo el N°. 41, Tomo 8-A., con modificaciones inscritas en el Registro Mercantil Tercero del Estado Táchira, ante usted con el debido acatamiento ocurro y expongo: a los fines de INSCRIPCIÓN en el Expediente 58.536 de mi representada, presento copia certificada del acta veintidós de la asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada el 02/04/2019. ANEXOS:(1) Un ejemplar del Diario La Nación de fecha 01/marzo/2019 donde en su página A2 se contiene la publicación de las Actas: Veinte y Veintiuno inscritas en el RM III del Estado Táchira el 17/07/2018, bajo los Números: Nº 30 y 31, Tomo 39 A RM 445.(2) Informe del Contador de la Situación Financiera de la Empresa del Ejercicio Económico: 01/01/2018 al 31/12/2018, de fecha: 29/01/2019, e Informe del Comisario de fecha: 01/03/2019 por el cual recomienda la aprobación de la gestión administrativa y del estado financiero del ejercicio económico del año 2018 y, en consecuencia, el aumento del capital social.(3)Informe del Auditor Independiente de fecha 28/02/2019. (4)Informe de Compilación Financiera de fecha 02/04/2019. Solicito la expedición de una (1) copia certificada de la presente acta para fines legales de la compañía. San Cristóbal, en la fecha de su presentación. Apolinar Sandoval Pineda. Gerente General. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA. SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS. REGISTRO MERCANTIL TERCERO DEL ESTADO TÁCHIRA. RM N.: 445. 209º y 160º. Municipio San Cristóbal, 08/ de junio de 2019. Por presentada la anterior participación por su FIRMANTE, para su inscripción en el Registro Mercantil, fijación y publicación. Hágase de conformidad y agréguese el original al expediente de la Empresa Mercantil junto con los recaudos acompañados. Expídase la copia de publicación. El anterior documento redactado por el Abogado Ciro José Lozada Rosales, IPSA N.: 14201, se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Numero: 28, TOMO 15-A RM 445. Derechos pagados Bs. 94.134,10 según Planilla RM No. 44500295759, Banco No. 279383301 por Bs. 94.122,03. La identificación se efectuó así; Apolinar Sandoval Pineda, C.I. V-10.168.493. Abogado Revisor: Pedro Emilio Romero Morales. Se deja copias de las planillas Nros. 280288966 y 280288268 por cien bolívares (Bs. 100,00) cada una para un total de Bs. 200,00, del Banco Bicentenario por concepto de pago de Timbres Fiscales, según el Artículo 2, Ramos, Numeral 3. REGISTRADOR MERCANTIL TERCERO. Abog. Richard Enrique Hurtado Farías. Esta página pertenece a Pintuandes, C.A., Nº. Expediente: 58536. MOD. ACTA VEINTIDÓS.- DE LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD MERCANTIL: PINTUANDES, COMPAÑÍA ANÓNIMA. San Cristóbal, dos de abril de dos mil diecinueve. A las 05.00 P.M., en la sede de la empresa, nos reunimos los accionistas:(1) APOLINAR SANDOVAL SALAS, venezolano, casado, mayor de edad, hábil, titular de la Cédula de Identidad N°. V-4.976.758, con RIF N°. V-04976758-3, propietario de 160 acciones, 36,89 %, del capital; (2) MARINA PINEDA DE SANDOVAL, venezolana, casada, mayor de edad, hábil, titular de la Cédula de Identidad N°. V-27.814.630, con RIF N°. V-27814630-4 propietaria de 49 acciones; 11,31 % del capital; (3) HÉCTOR ARNOLDO SANDOVAL PINEDA, venezolano, soltero, mayor de edad, hábil, con Cédula de Identidad N°. V-13.973.682, con RIF N°. V-13973682-2, propietario de 45 acciones; 10,36 % del capital; (4) APOLINAR SANDOVAL PINEDA, venezolano, casado, mayor de edad, hábil, titular de la Cédula de Identidad N°. V-10.168.493, con RIF N°. V-10168493-4, propietario de 45 acciones; 10,36 % del capital; (5) ESTERLING SANDOVAL PINEDA, venezolano, soltero, mayor de edad, hábil, con Cédula de Identidad N°. V-10.167.168, con RIF N°. V-10167168-9, propietario de 45 acciones; 10,36 % del capital; (6) LUCY GLENEX SANDOVAL de ZABALA, venezolana, casada, mayor de edad, hábil, con Cédula de Identidad N°. V-11.497.627, con RIF N°. V-11497627-6, propietaria de 45 acciones; 10,36 % del capital; (7) ZULEYMA SANDOVAL PINEDA, venezolana, soltera, mayor de edad, hábil, titular de la Cédula de Identidad N°. V-12.814.075, con RIF N°. V-12814075-8, propietaria de 45 acciones, 10,36 % del capital. Está representado el capital social de la empresa, suscrito y pagado en un ciento por ciento (100%). Dicha asamblea es celebrada en la sede social de la empresa sin necesidad de previa convocatoria por la prensa en atención a lo dispuesto en el Artículo 11 del documento estatutario vigente. Está presente la Comisaria de la empresa: YORSA YAMILENA PÉREZ RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, hábil, titular de la Cédula de Identidad N°. V-15.028.321, con RIF N°. V-150283210, Licenciada en Contaduría Pública, inscrita en el C.P.C. bajo el N°. 52.607, domiciliada en San Cristóbal Estado Táchira. Los accionistas asambleístas eligieron como Presidente de esta asamblea a APOLINAR SANDOVAL PINEDA, ya identificado, quien constató el quórum y sometió a consideración de los asambleístas los puntos de agenda: PRIMERO: Aprobación, improbación ó modificación del Informe del Contador de la Situación Financiera de la Empresa del Ejercicio Económico: 01/01/2018 al 31/12/2018 previo el Informe de la Comisario. SEGUNDO: Aumento del capital social de la compañía. TERCERO: Modificación del Artículo 5, del Capítulo II, Capital Social y Acciones, del acta veintiuno inscrita en esta oficina de Registro Mercantil el 17/07/2018, Nº. 31, Tomo 39 A 445 donde se contiene la Reforma Total Estatutaria. CUARTO: Dieta de los accionistas. Los puntos de la agenda fueron aprobados por unanimidad de la asamblea. Acto seguido los accionistas procedieron a deliberar y resolvieron: AL PUNTO PRIMERO: El presidente de la asamblea Apolinar Sandoval Pineda, ya identificado, sometió a consideración de los asambleístas el Informe del Contador de la Situación Financiera de la Empresa del Ejercicio Económico: 01/01/2018 al 31/12/2018, previo haberse oído el informe de la Comisario. La asamblea aprobó por unanimidad los informes en referencia. AL PUNTO SEGUNDO: El presidente de la asamblea Apolinar Sandoval Pineda, ya identificado, manifestó a los asambleístas: “El capital social de la compañía es de veintiún mil setecientos bolívares (Bs. 21.700,00), dividido en cuatrocientas treinta y cuatro (434) acciones de cincuenta bolívares cada una (Bs. 50,00). Es necesario aumentar el capital social de la compañía en la suma de nueve millones cuatrocientos doce mil doscientos bolívares (Bs. 9.412.200,00,) mediante la emisión de ciento ochenta y ocho mil doscientas cuarenta y cuatro (188.244) acciones de un valor nominal cada una de cincuenta bolívares (Bs. 50,00), para llevarlo de veintiún mil setecientosbolívares (Bs. 21.700,00) a nueve millones cuatrocientos treinta y tres mil novecientos bolívares (Bs. 9.433.900,00),dividido enciento ochenta mil seiscientas setenta y ocho (180.678) acciones de un valor nominal cada una de cincuenta bolívares (Bs. 50,00)”. Las ciento ochenta y ocho mil doscientas cuarenta y cuatro (188.244) nuevas acciones son suscritas y pagadas en la forma siguiente:(1) APOLINAR SANDOVAL SALAS, suscribe 77.469 acciones para un total de tres millones ochocientos setenta y tres mil cuatrocientos cincuenta bolívares (Bs. 3.873.450,00); (2) MARINA PINEDA DE SANDOVAL, suscribe 23.751 acciones para un total de un millón ciento ochenta y siete mil quinientos cincuenta bolívares (Bs. 1.187.550,00); (3) HÉCTOR SANDOVAL PINEDA, suscribe 21.756 acciones para un total de un millón ochenta y siete mil ochocientos bolívares (Bs. 1.087.800,00); (3) APOLINAR SANDOVAL PINEDA, suscribe 21.756 acciones para un total de un millón ochenta y siete mil ochocientos bolívares (Bs. 1.087.800,00); (5) LUCY GLENEX SANDOVAL DE ZABALA, suscribe 21.756 acciones para un total de un millón ochenta y siete mil ochocientos bolívares (Bs. 1.087.800,00); (6) ZULEIMA SANDOVAL PINEDA, suscribe 21.756 acciones para un total de un millón ochenta y siete mil ochocientos bolívares (Bs. 1.087.800,00); (7) ESTERLING SANDOVAL PINEDA, no suscribe ni paga nuevas acciones. En tal sentido, no capitaliza de la cuenta por pagar a accionistas, él recibirá la suma de un millón ochenta y siete mil ochocientos bolívares (Bs. 1.087.800,00) de la cuenta por pagar accionistas y lo pagará a la compañía para abonar a deuda personal que tiene con la misma. El pago del aumento del capital social, es decir, la suma de nueve millones cuatrocientos doce mil doscientos bolívares (Bs. 9.412.200,00) es hecho mediante la Capitalización de la Cuenta por Pagar a Accionistas conforme al Informe de la Situación Financiera de la Empresa del Ejercicio Económico: 01/01/2018 al 31/12/2018. El punto en consideración fue aprobado por unanimidad por los asambleístas. Anexo: Informe de Compilación Financiera de fecha 02/abril/2019.AL PUNTO TERCERO: El presidente de la asamblea, Apolinar Sandoval Pineda, ya identificado, sometió a consideración de los asambleístas la modificación del Artículo 5, Capitulo II, Capital Social y Acciones, del Acta veintiuno inscrita en esta Oficina de Registro Mercantil el 17/07/2018, Nº. 31, TOMO 39 A RM 445, donde se contiene la Reforma Total Estatutaria; modificación que fue aprobada por unanimidad de los asambleístas. En tal sentido, dicho artículo queda redactado así: ARTICULO 5: “El capital social suscrito y pagado de la sociedad mercantil es de nueve millones cuatrocientos treinta y tres mil novecientos bolívares (Bs. 9.433.900,00), dividido en ciento ochenta mil seiscientas setenta y ocho(180.678) accionesde un valor nominal cada una de cincuenta bolívares (Bs. 50,00), así: (1) APOLINAR SANDOVAL SALAS, setenta y siete mil seiscientas veintinueve (77.629) acciones y ha pagado la suma de tres millones ochocientos ochenta y un mil cuatrocientos cincuenta bolívares (Bs. 3.881.450,00), 42.96 % del capital;(2) MARINA PINEDA DE SANDOVAL, veintitrés mil ochocientas (23.800) acciones y ha pagado la suma de un millón ciento noventa mil bolívares (Bs. 1.190.000,00), 13.17 % del capital; (3) HÉCTOR ARNOLDO SANDOVAL PINEDA, veintiún mil ochocientas una (21.801) acciones y ha pagado la suma de un millón noventa mil cincuenta bolívares (Bs. 1.090.050,00),12.06 % del capital; (4) APOLINAR SANDOVAL PINEDA, veintiún mil ochocientas una (21.801) acciones y ha pagado la suma de un millón noventa mil cincuenta bolívares (Bs. 1.090.050,00), 12.06 % del capital; (5) ESTERLING SANDOVAL PINEDA, cuarenta y cinco (45) acciones y ha pagado la suma de dos mil doscientos cincuenta bolívares (Bs. 2.250,00), 1.24 % del capital; (6) LUCY GLÉNEZ SANDOVAL DE ZABALA, veintiún mil ochocientas una (21.801) acciones y ha pagado la suma de un millón noventa mil cincuenta bolívares (Bs. 1.090.050,00), 12.06 % del capital; (7) ZULEIMA SANDOVAL PINEDA, veintiún mil ochocientas una (21.801) acciones y ha pagado la suma de un millón noventa mil cincuenta bolívares (Bs. 1.090.050,00), 12.06 % del capital. El capital suscrito ha sido pagado en su totalidad así: (A) Bolívares 0,03 según acta inscrita ante el Registro Mercantil del Estado Táchira, bajo el N°. 41, Tomo 8-A, el 1305-1993; (B) Bolívares 0,8 según acta inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, el 25-091997, bajo el N°. 51, Tomo 13-A; (C) Bolívares 3,92 según acta inscrita en el Registro Mercantil Tercero del Estado Táchira, el 09-10-2000, bajo el N°. 57, Tomo 12-A; (D) Bolívares 1,48 según acta inscrita en el Registro Mercantil Tercero del Estado Táchira, el 21-12-2001, bajo el N°. 14, Tomo 16-A; (E) Bolívares 3,77 según acta inscrita en el Registro Mercantil Tercero del Estado Táchira, el 18-03-2005, bajo el N°. 25, Tomo 4-A; (F) Bolívares Bs. 45,70 según acta inscrita en el Registro Mercantil Tercero del Estado Táchira, el 16-03-2012, bajo el Nº. 7, Tomo 9-A RM 445; (G) Bolívares 107,30 según acta inscrita en el Registro Mercantil Tercero del Estado Táchira, el 24-02-2015, bajo el N°. 21, Tomo 12-A RM 445; (H) Bolívares 101,50 según el acta diecinueve inscrita el Registro Mercantil Tercero del Estado Táchira, el 26/01/2017, Nº. 09, Tomo 7-A RM 445. (I) Bolívares 21.435,50 según el acta veinte inscrita el Registro Mercantil Tercero del Estado Táchira, 17/07/2018, Nº. 30, Tomo 39 A RM 445. (J) Bolívares nueve millones cuatrocientos doce mil doscientos bolívares (Bs. 9.412.200,00) conforme a la presente acta que se inscribe en esta oficina de registro mercantil.AL PUNTO CUARTO: El presidente de la asamblea, Apolinar Sandoval Pineda, ya identificado, sometió a consideración de los asambleístas la necesidad de decretar una dieta mensual para cada uno de ellos. La asamblea aprobó por unanimidad la proposición presentada y, acordó que la misma debe ser objeto de aprobación en cuanto al monto mensual y forma de pago por los miembros de la Junta directiva ó administradores de la compañía.La asamblea autoriza a APOLINAR SANDOVAL PINEDA, venezolano, casado, mayor de edad, hábil, titular de la Cédula de Identidad N°. V-10.168.493, domiciliado en San Cristóbal Estado Táchira, en su carácter de Gerente General de la Junta Directiva de la compañía para que certifique copia de la presente acta y la inscriba en la oficina de registro mercantil correspondiente. Terminó la asamblea, a las siete de la noche (07.00 P.M.), redactamos la presente acta y conformes firmamos: Apolinar Sandoval Salas, Marina Pineda de Sandoval, Héctor Arnoldo Sandoval Pineda, Apolinar Sandoval Pineda, Esterling Sandoval Pineda, Lucy Glénex Sandoval de Zabala, Zuleyma Sandoval Pineda y Yorsa Yamilena Pérez Ramírez. Firmados todos, firmas ilegibles. Y Yo, APOLINAR SANDOVAL PINEDA, venezolano, mayor de edad, hábil, casado, con Cédula de Identidad N°. V-10.168.493, domiciliado en San Cristóbal Estado Táchira, con el carácter de Gerente General de la sociedad mercantil: PINTUANDES, COMPAÑÍA ANÓNIMA, certifico la exactitud de la presente copia tomada del libro de actas de la empresa. Asimismo, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 17 de la Resolución Nº. 150 publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº. 39.697 del 16 de junio de 2011 de la Normativa para la Prevención, Control y Fiscalización de las Operaciones de Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo Aplicables en las oficinas registrales y notariales de la República Bolivariana de Venezuela, declaro bajo de juramento, que los capitales, bienes, haberes, valores o títulos del acto o negocio jurídico en este acto proceden de actividades licitas, lo cual puede ser corroborado por los organismos competentes y no tienen relación alguna con dinero, capitales, bienes, haberes, valores o títulos que se consideren producto de las actividades o acciones ilícitas contempladas en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento del Terrorismo, y/o en la Ley Orgánica de Drogas. San Cristóbal, en la fecha de su presentación”. MUNICIPIO SAN CRISTOBAL, 06 DE JUNIO DE 2019, FDO., APOLINAR SANDOVAL PINEDA. ABOG. RICHARD ENRIQUE HURTADO FARÍAS. SE EXPIDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA SEGÚN PLANILLA Nº. 445.2019.1539. ABOG. RICHARD ENRIQUE HURTADO FARÍAS REGISTRADOR MERCANTIL TERCERO. FDO. FIRMA ILEGIBLE”.

Diócesis de San Fernando de Apure realizó actividades en torno al Domingo de la Palabra de Dios

Este 26 de enero de 2020, III Domingo del Tiempo Ordinario, la Diócesis de San Fernando de Apure celebró el Domingo de la Palabra de Dios, con diferentes actividades para "resaltar su valor normativo" en la vida de las comunidades cristianas, tal como lo ha recordado el Papa Francisco. Mons. Alfredo Torres, Obispo de San Fernando de Apure, destacó la importancia de esta fiesta cómo "moción del Espíritu Santo, que viene a confirmar el trabajo emprendido hasta ahora en

la Diócesis con el Plan de Pastoral", el cual tiene como fundamento la centralidad en la Palabra de Dios. Por otra parte, el director de la Pastoral de Comunicación de la diócesis, Pbro. Ender Moissant expresó que "desde cada Parroquia se pudo percibir mucha creatividad y entusiasmo en las diferentes actividades propuestas por el Obispo y la Vicaría de Pastoral". En efecto, procesiones con la Palabra de Dios dentro y fuera de los Templos, círculos de Lectura Orante, ac-

tividades de formación y lúdicas en Parroquias y Colegios, se llevaron a cabo contando con la participación entusiasta del pueblo de Dios. El pasado 30 de septiembre de 2019, memoria de San Jerónimo, el Papa Francisco dio a conocer esta fiesta del Domingo de la Palabra de Dios a través de una carta apostólica en forma de "Motu Proprio" titulada "Aperuit Illis" que comienza con las palabras del Evangelio de San Lucas 24,45 "Les abrió el entendimiento". *****

REGISTRO DE COMERCIO. PINTUANDES COMPAÑÍA ANÓNIMA,

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA. SERVICIO AUTONOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS. REGISTRO MERCANTIL TERCERO DEL ESTADO TACHIRA. RM N.445. 209º y 160º. Abog. Richard Enrique Hurtado Farías, Registrador Mercantil Tercero, CERTIFICA que el asiento de registro de comercio transcrito a continuación, cuyo original está inscrito en el Tomo: 39-A RM 445, Número 31 del año 2019, así como la participación, nota y documento que se copian de seguida son traslado fiel de sus originales, los cuales son del tenor siguiente: 58536. Este folio pertenece a PINTUANDES, C.A., número de Expediente: 58536. CIUDADANO: REGISTRADOR MERCANTIL TERCERO DEL ESTADO TACHIRA.SU DESPACHO.Yo,APOLINAR SANDOVAL PINEDA, venezolano, casado, mayor de edad, hábil, titular de la Cédula de Identidad N°.V-10.168.493, con RIF N°.V-101684934, comerciante, domiciliado en San Cristóbal Estado Táchira, autorizado en la presente acta, con el carácter de GERENTE GENERAL de la sociedad mercantil: PINTUANDES COMPAÑÍA ANONIMA, con RIF J-301197372, domiciliada en San Cristóbal Estado Táchira, inscrita en el Registro Mercantil Único del Estado Táchira el 13/05/1993, bajo el N°. 41, Tomo 8-A., con modificaciones inscritas en el Registro Mercantil Tercero del Estado Táchira, ante usted con el debido acatamiento ocurro y expongo: para fines de INSCRIPCIÓNen el Expediente 58.536 de mi representada, presento copia certificada del acta veintitrésde la asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada el30/octubre/2019.Solicito la expedición de una (1) copia certificada de la presente acta para fines legales de la compañía. San Cristóbal, en la fecha de su presentación.Apolinar Sandoval Pineda. Gerente General.REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA. SERVICIO AUTONOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS. REGISTRO MERCANTIL TERCERO DEL ESTADO TACHIRA. RM N.445. 209º y 160º. Municipio San Cristóbal, 10/ diciembre/2019. Por presentada la anterior participación por su FIRMANTE, para su inscripción en el Registro Mercantil, fijación y publicación. Hágase de conformidad y agréguese el original al expediente de la Empresa Mercantil junto con los recaudos acompañados. Expídase la copia de publicación. El anterior documento redactado por el Abogado Ciro José Lozada Rosales, IPSA N.: 14201, se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Numero: 31, Tomo39-A RM 445. Derechos pagados Bs.183.600,00 según Planilla RM No.44500397302, Banco Nº.289512488 por Bs.0.02. La identificación se efectuó así: Apolinar Sandoval Pineda, C.I.V-10.168.493. Abogado Revisor: Simón Hamdan Suleiman. La presente inscripción se anticipó por urgencia jurada conforme al Artículo 28 de la Ley de Registro Público y del Notariado. Se deja copia de la Planilla del Banco Bicentenario por concepto de pago de Timbres Fiscales, según el Artículo 2, Ramos, Numeral 3. Registrador Mercantil Tercero Del Estado Táchira, Abog. Richard Enrique Hurtado Farías. Esta página pertenece a PINTUANDES, C.A., Nº. Expediente: 58536. MOD.ACTA VEINTITRES.- DE LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD MERCANTIL: PINTUANDES, COMPAÑÍA ANONIMA. San Cristóbal, treintade octubre dos mil diecinueve. A las 07.00 P.M., en la sede de la empresa, nos reunimos los accionistas: (1) APOLINAR SANDOVAL SALAS, venezolano, casado, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.V-4.976.758, con RIF N°. V-049767583, propietario de 77.629 acciones; (2) MARINA PINEDA DE SANDOVAL, venezolana, casada, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.V-27.814.630, con RIF N°.V-278146304, propietaria de 23.800 acciones;(3) HÉCTOR ARNOLDO SANDOVAL PINEDA, venezolano, soltero, mayor de edad, con Cédula de Identidad N°.V-13.973.682, con RIF N°. V-139736822, propietario de 21.801 acciones; (4) APOLINAR SANDOVAL PINEDA, venezolano, casado, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.V-10.168.493, con RIF N°.V-101684934, propietario de 21.801 acciones; (5) ESTERLING SANDOVAL PINEDA, venezolano, soltero, mayor de edad, con Cédula de Identidad N°.V-10.167.168, con RIF N°. V-101671689, propietario de 45 acciones; (6) LUCY GLENEX SANDOVAL de ZABALA, venezolana, casada, mayor de edad, con Cédula de Identidad N°. V-11.497.627, con RIF N°. V-114976276, propietaria de 21.801 acciones; (7) ZULEYMA SANDOVAL PINEDA, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V-12.814.075, con RIF N°. V-128140758, propietaria de 21.801 acciones.Está representado el capital social de la empresa, en un ciento por ciento (100%), suscrito y pagado. Dicha asamblea es celebrada en la sede social de la empresa sin necesidad de previa convocatoria por la prensa en atención a lo dispuesto en el Artículo 11 del documento estatutario vigente.Está presente laComisaria de la empresa:YORSA YAMILENA PÉREZ RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, hábil, titular de la Cédula de Identidad N°.V-15.028.321, con RIF N°. V-150283210, Licenciada en Contaduría Pública, inscrita en el CPC bajo el N°. 52.607, domiciliada en San Cristóbal Estado Táchira. Los accionistas asambleístas eligieron como Presidente de esta asamblea al accionista APOLINAR SANDOVAL PINEDA, ya identificado, quien constató el quórum y sometió a consideración de los asambleístas el PUNTO ÚNICO DE AGENDA: Aclaratoria del Punto Tercero aprobado en el Acta Veintidós (acta anterior) inscrita en esta oficina de Registro Mercantil el 06/junio/2019, bajo el Nº. 28, Tomo 15-A RM 445, referido a la modificación del ARTÍCULO 5, del Capítulo II, Capital Social y Acciones, del documento estatutario vigente.Acto seguido los accionistas procedieron a deliberar y resolvieron: AL PUNTO ÚNICO: El presidente de la asamblea Apolinar Sandoval Pineda, ya identificado, manifestó a los asambleístas: “En el Punto Tercero de la citada acta veintidós referido a la modificación del ARTÍCULO 5, del capital social de la compañía, en su redacción se indicó por error involuntario la suma de ciento ochenta mil seiscientas setenta y ocho (180.678) acciones cuando lo correcto es: ciento ochenta y ocho mil seiscientas setenta y ocho (188.678) acciones y, en consecuencia los porcentajes de cada uno de los accionistas”. Acto seguido, la asamblea por unanimidad aprobó hacer la ACLARATORIA al respecto. En tal sentido, el Artículo en mención, queda redactado de la siguiente forma: ARTÍCULO 5:“El capital social suscrito y pagado de la sociedad mercantil es de nueve millones cuatrocientos treinta y tres mil novecientos bolívares (Bs. 9.433.900,00), dividido en ciento ochenta ocho mil seiscientas setenta y ocho (188.678) acciones de un valor nominal cada una de cincuenta bolívares (Bs. 50,00), así: (1) APOLINAR SANDOVAL SALAS, setenta y siete mil seiscientas veintinueve (77.629) acciones y ha pagado la suma de tres millones ochocientos ochenta y un mil cuatrocientos cincuenta bolívares (Bs. 3.881.450,00), 41.14% del capital; (2) MARINA PINEDA DE SANDOVAL, veintitrés mil ochocientas (23.800) acciones y ha pagado la suma de un millón ciento noventa mil bolívares (Bs. 1.190.000,00), 12.61% del capital; (3) HÉCTOR ARNOLDO SANDOVAL PINEDA, veintiún mil ochocientas una (21.801) acciones y ha pagado la suma de un millón noventa mil cincuenta bolívares (Bs. 1.090.050,00), 11,55 % del capital; (4) APOLINAR SANDOVAL PINEDA, veintiún mil ochocientas una (21.801) acciones y ha pagado la suma de un millón noventa mil cincuenta bolívares (Bs. 1.090.050,00), 11,55% del capital; (5) ESTERLING SANDOVAL PINEDA, cuarenta y cinco (45) acciones y ha pagado la suma de dos mil doscientos cincuenta bolívares (Bs. 2.250,00), 0.02 % del capital; (6) LUCY GLÉNEZ SANDOVAL DE ZABALA, veintiún mil ochocientas una (21.801) acciones y ha pagado la suma de un millón noventa mil cincuenta bolívares (Bs. 1.090.050,00), 11.55% del capital; (7) ZULEIMA SANDOVAL PINEDA, veintiún mil ochocientas una (21.801) acciones y ha pagado la suma de un millón noventa mil cincuenta bolívares (Bs. 1.090.050,00), 11.55 % del capital”. La asamblea autoriza a APOLINAR SANDOVAL PINEDA, al Gerente General de la Junta Directiva de la empresa para que certifique copia de la presente acta y la inscriba en la oficina de registro mercantil correspondiente. Terminó la asamblea, a las sietey treinta de la noche (07.30 P.M.), redactamos la presente acta y conformes firmamos: Apolinar Sandoval Salas, MarinaPineda de Sandoval, Héctor Arnoldo Sandoval Pineda, Apolinar Sandoval Pineda, Esterling Sandoval Pineda, Lucy Glénex Sandoval de Zabala, Zuleyma Sandoval Pineda y Yorsa Yamilena Pérez Ramírez. Firmados todos, firmas ilegibles.Y Yo, APOLINAR SANDOVAL PINEDA,venezolano, mayor de edad, hábil, casado, con Cédula de Identidad N°.V-10.168.493,domiciliado en San Cristóbal Estado Táchira, con el carácter de Gerente General de la sociedad mercantil: PINTUANDES, COMPAÑÍA ANONIMA, certifico la exactitud de la presente copia tomada del libro de actas de la empresa. San Cristóbal, en la fecha de su presentación.MUNICIPIO SAN CRISTOBAL, 10/DICIEMBRE/2019, FDO., APOLINAR SANDOVAL PINEDA; ABOG. RICHARD ENRIQUE HURTADO FARIAS. SE EXPIDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA SEGÚN PLANILLA Nº.445.2019.3171. ABOG. RICHARD ENRIQUE HURTADO FARIAS REGISTRADOR MERCANTIL TERCERO DEL ESTADO TACHIRA. FDO. FIRMA ILEGIBLE”.


.Publicidad. REGISTRO DE COMERCIO. PLÁSTICOS R.C., C.A.

Nosotros, SANDRA MILENA CÁRDENAS RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.128.359, comerciante, domiciliada en la ciudad de Ureña, Municipio María Ureña, Estado Táchira y civilmente hábil, y DIANA PATRICIA CÁRDENAS RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.126.718, domiciliada en la ciudad de Ureña, Municipio Pedro María Ureña, Estado Táchira, y civilmente hábil, por medio del presente documento declaramos: Que hemos decidido constituir, como en efecto formalmente constituimos en este acto una Compañía Anónima, que se regirá por las cláusulas que se especifican a continuación, las cuales han sido redactadas con suficiente amplitud para que a su vez sirvan de estatutos sociales de la misma. TÍTULO PRIMERO. DENOMINACIÓN, DOMICILIO, OBJETO Y DURACIÓN. CLÁUSULA PRIMERA: La Sociedad Mercantil se denominará PLÁSTICO R.C., C.A. CLÁUSULA SEGUNDA: La Compañía tendrá su domicilio en la Calle 9 Nº 2-47 Barrio Bonilla Ureña, Municipio Pedro María Ureña, Estado Táchira, pudiendo establecer sucursales, agencias y/o representaciones en cualquier lugar del territorio de la República Bolivariana de Venezuela o del exterior, cuando así lo decida la Asamblea de Accionistas reunida con ese fin. CLÁUSULA TERCERA: La compañía tendrá por objeto la fabricación, Diseño, transformación, importación, exportación, compra, venta, comercialización, distribución al mayor y detal de todo tipo de artículos de plástico y sus derivados, tales como Bolsas plásticas en todos sus tamaños, volúmenes y texturas, platos, vasos, recipientes, mallas, cordeles, PVC, PET y productos terminados de estos materiales, artículos de piñatería y juguetes, confitería, artículos de limpieza, artículos de Higiene personal. Así como la compra e importación, al mayor y al detal productos, materiales, equipos, máquinas y necesario para la realización del objeto principal. Así mismo podrá transportar cargar y descarga de los bienes y mercancías comercializados aquí descritos por todas las Carreteras del territorio nacional sin perjuicio de dedicarse a otra actividad relacionada con su objeto. Y en general podrá realizar cualquier otro acto de lícito comercio relacionado con el objeto principal. CLÁUSULA CUARTA: La duración de esta Compañía es de VEINTE (20) AÑOS, contados a partir de su inscripción en el Registro Mercantil, lapso que podrá prorrogarse o disminuirse según lo decida la Asamblea de Accionistas legalmente constituida y convocada para tal efecto. TÍTULO SEGUNDO. DEL CAPITAL Y DE LAS ACCIONES. CLÁUSULA QUINTA: El capital de la Compañía será CIEN MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 100.000.000,00) dividido y representado en UN MIL (1.000) ACCIONES con un valor nominal de CIEN MIL BOLÍVARES CON 00/100 (Bs. 100.000,00) cada una, no convertibles al portador. CLÁUSULA SEXTA: El capital ha sido totalmente suscrito y pagado por los accionistas de la siguiente manera: La ciudadana SANDRA MILENA CÁRDENAS RODRÍGUEZ, suscribe QUINIENTAS (500) ACCIONES, con un valor nominal de CIEN MIL BOLÍVARES CON 00/100 (Bs. 100.000,00) cada una para un total de CINCUENTA MIL BOLÍVARES CON 00/100 (Bs. 100.000,00), cada una para un total de CINCUENTA MILLONES DE BOLÍVARES 00/100 (Bs. 500.000.000,00); DIANA PATRICIA CÁRDENAS RODRÍGUEZ, suscribe QUINIENTAS (500) ACCIONES, con un valor nominal de CIEN MIL BOLÍVARES CON 00/100 (Bs. 100.000,00) cada una para un total de CINCUENTA MILLONES DE BOLÍVARES CON 00/100 (Bs. 50.000.000,00). El capital de la Compañía ha sido totalmente suscrito y pagado en un 100% en Mercancías tal como se evidencia en facturas que junto con el Inventario y su respectivo Informe de Auditoría que forman parte de la presente acta. CLÁUSULA SÉPTIMA: Cada acción da derecho a un voto en las Asambleas y no admite división con respecto a la Compañía, la cual no reconocerá más de un (1) propietario por cada una de ellas. Todas las acciones son de igual valor, confieren iguales derechos e imponen iguales obligaciones a cada uno de sus suscriptores. La propiedad de las acciones se acredita originalmente a través de ésta acta y toda cesión por acta que suscribirán el cedente y el cesionario en el libro de accionistas, acta que igualmente ha de firmar un directivo de la compañía. CLÁUSULA OCTAVA: Los accionistas se conceden recíprocamente el derecho preferente en relación a la enajenación de las acciones, para tal fin se convocará a una asamblea extraor-

REGISTRO DE COMERCIO. COMERCIALIZADORA B.A. C.A.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA. SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS. REGISTRO MERCANTIL TERCERO DEL ESTADO TÁCHIRA. RM No. 445. 209º y 160º. Abog. RICHARD ENRIQUE HURTADO FARÍAS, Registrador Mercantil Tercero. C E R T I F I C A. Que el asiento de Registro de Comercio transcrito a continuación, cuyo original está inscrito en el Tomo: 12-A RM 445. Número: 21, del año 2019, así como La Participación, Nota y Documento que se copian de seguida son traslado fiel de sus originales, los cuales son del tenor siguiente: CIUDADANO: REGISTRADOR MERCANTIL TERCERO DEL ESTADO TÁCHIRA. SU DESPACHO.- Yo EDUARDO JOSÉ BARRERA ALBARRACÍN, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad V-21.085.192, domiciliado en la Carrera 1 entre Calles 12 y 13, Casa Nº 19, Barrio Santa Teresa, Santa Ana, Municipio Córdoba, Estado Táchira, de profesión Comerciante, inscrito en el R.I.F. bajo el Nº V-21085192-1, hábil, suficientemente autorizado por la Sociedad Mercantil “COMERCIALIZADORA B.A., C.A.”, ante usted muy respetuosamente ocurro para presentar el documento ConstitutivoEstatutario de la citada compañía, anexo carnet, balance de apertura, carta de aceptación del comisario, carta de apertura y depósito bancario, para que cumplidos como sean los requisitos de Ley, se ordene la inscripción, registro y publicación del Acta Constitutiva, pidiéndole se me expida copia certificada de la misma. Es justicia que espero en San Cristóbal a la fecha de su presentación. Justicia que espero en San Cristóbal a la fecha de su presentación.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA. SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS. REGISTRO MERCANTIL TERCERO DEL ESTADO TÁCHIRA. RM No. 445. 209º y 160º. Municipio San Cristóbal, 8 de Mayo del Año 2019. Por presentada la anterior participación. Cumplidos como han sido los requisitos de Ley, inscríbase en el Registro Mercantil junto con el documento presentado; fíjese y publíquese el asiento respectivo; fórmese el expediente de la Compañía y archívese original junto con el ejemplar de los Estatutos y demás recaudos acompañados. Expídase la copia de publicación. El anterior documento redactado por el Abogado CESAR OMERO SIERRA IPSA N.: 48494, se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Número: 21, TOMO -12-A RM 445. Derechos pagados BS.: 2.010,92 Según Planilla RM No. 44500293798, Banco No. 24993300 Por BS: 2.000,03. La identificación se efectuó así: MARTA EMILIA ALBARRACÍN RODRÍGUEZ, EDUARDO JOSÉ BARRERA ALBARRACÍN, C.I.: V-10.176.387, V-21.085.192. Abogado Revisor: SIMÓN HAMDAN SULEIMAN. Deberá tramitar ante los organismos competentes la PERMISOLOGÍA correspondiente para su funcionamiento y una vez obtenida la misma consignarla.- Se deja planilla del Banco Sofitasa, por concepto de pago de Timbres Fiscal según Artículo 2 Numeral 3.-

Nosotros, MARÍA EMILIA ALBARRACÍN RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V-10.176.387, domiciliada en la Carrera 1 entre Calles 12 y 13, Casa Nº 19, Barrio Santa Teresa, Santa Ana, Municipio Córdoba, Estado Táchira, de profesión Comerciante, inscrita en el R.I.F bajo el Nº V-10176387-7 y EDUARDO JOSÉ BARRERA ALBARRACÍN, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad V-21.085.192, domiciliado en la Carrera 1 entre Calles 12 y 13, Casa Nº 19, Barrio Santa Teresa, Santa Ana, Municipio Córdoba, Estado Táchira, de profesión Comerciante, inscrito en el R.I.F bajo el Nº V-21085192-1; por medio del presente Documento Declaramos: Hemos convenido en constituir, como en efecto constituimos una Sociedad Mercantil de la especie Compañía Anónima, la cual se regirá por los artículos contenidos en este Documento, el cual ha sido redactado con suficiente amplitud para que a su vez sirvan de Estatutos Sociales: TITULO I. DENOMINACIÓN, DOMICILIO, DURACIÓN Y OBJETO. ARTÍCULO 1º: La compañía se denominará “COMERCIALIZADORA B.A., C.A”. ARTÍCULO 2º: La compañía tendrá su domicilio en la carrera 1 entre Calles 12 y 13, Casa Nº 19, Barrio Santa Teresa, Santa Ana, Municipio Córdoba, Estado Táchira, pero podrá instalar y mantener establecimientos, ofici-

02 de Febrero de 2020

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dinaria de accionistas siendo esa la oportunidad para que los accionistas hagan uso de tal derecho, si él renuncia, queda el oferente en libertad de vender las acciones a un tercero. CLÁUSULA NOVENA: Queda prohibido a los accionistas dar fianzas y avales que comprometen los intereses de la compañía, así como también les están prohibido colocar las acciones que les pertenecen en garantía, a excepción de que trate de operaciones a favor de la propia compañía. TÍTULO TERCERO. DE LA ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS. CLÁUSULA DÉCIMA: La Asamblea General de Accionistas legalmente constituid tiene la suprema dirección de la Compañía y sus decisiones deberán ser acatadas por todos los accionistas estén o no de acuerdo con ellas y hayan asistido o no a las asambleas. CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: Las Asambleas Generales de Accionistas serán Ordinarias y Extraordinarias. Tanto las Asambleas Ordinarias como las Extraordinarias se harán previa convocatoria por la prensa local, con diez (10) días de anticipación a la fecha fijada para la asamblea, sin embargo podrán prescindirse de dicha convocatoria, cuando se encuentre presente y representado la totalidad del capital social en dicha Asamblea. La Asamblea Ordinaria se celebrará todos los años en un día cualquiera de los noventa (90) días siguientes al término del ejercicio económico en la sede de la Compañía. La Asamblea Extraordinaria se celebrará cada vez que sean necesario para la Compañía y será convocada según lo estipula en el Art. 278 del Código de Comercio. Macha de los negocios sociales y el funcionamiento de la Compañía. b) Convocar las asambleas ordinarias o extraordinarias de accionistas, fijando la materia que deba tratarse en ellas y ejecutar las decisiones de las mismas. c) Aprobar y reformar los presupuestos anuales de la compañía. d) Representar a la compañía en todos y cada uno de sus actos, contratos, operaciones y negocios, suscribir contratos, comprar, vender, permutar, dar y recibir en pago, ceder, gravar, arrendar y en cualquier forma enajenar bienes tanto muebles como inmuebles, constituir, aceptar o extinguir prendas, cauciones, hipotecas, fianzas, prendas y cualesquiera otros derechos reales. e) Autorizar la emisión, aceptación, endoso y descuento de cheques, letras de cambio, pagarés y demás documentos de créditos de la compañía. f) Ejecutar la plena representación de compañía tanto judicial como extrajudicialmente, con las más amplias facultades como darse por citado o notificado, intentar y contestar acciones, excepciones, recursos ordinarios, comprometer en árbitros, hacer posturas en remates judiciales o no. g) Constituir apoderados generales o especiales atribuyéndole las funciones o facultades que considere necesaria pudiendo sustituir, revocar poderes que hubiese otorgado en nombre de la compañía. h) Nombrar y remover todos los empleados de la compañía, y fijarles los sueldos y salarios que consideren convenientes. i) Expedir copias certificadas de las actas de asambleas y de la junta directiva. j) Abrir, movilizar y cerrar cuentas bancarias, emitir, endosar, aceptar, protestar y avalar letras de cambio, valores, cheques y patentes, inventos y creaciones. k) Llevar la gestión diaria de los negocios, recibir la contabilidad cuidando que sea llevada con toda claridad y exactitud y firmar la correspondencia de la compañía, disponer lo conducente a fin de garantizar el buen funcionamiento de uso de los bienes de la compañía, con la excepción de constituir a la sociedad en avalista de las relaciones ajenas a su propio negocio, facultad que se reserva expresamente a la asamblea general de accionistas, l) Realizar los trámites necesarios ante la institución correspondiente para la obtención de la autorización de Adquisición de Divisas (ADD) destinadas a cumplir con el objeto social, así como realizar todos los trámites, solicitudes, inscripciones, operaciones y demás actos necesarios para cumplir con la normativa y/o providencias emanadas del Centro. m) Realizar operaciones de compra de Títulos Valores en el Sistema Complementario de Administración de Divisas autorizado para realizar todas las operaciones de importación y exportación de bienes y servicios y en general realizar cualquier actividad y actos usuales y normales no expresamente señalados en estos estatutos y todo aquello cuanto fuere necesario para la mejor gestión de los intereses de la compañía. TÍTULO QUINTO. DEL COMISARIO Y SUS OBLIGACIONES. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA: La compañía tendrá: Un (1) Comisario, elegido por la Asamblea General de Accionistas y durará Cinco (05) años en el ejercicio de sus funciones, pudiendo ser reelegido. El Comisario tendrá a su cargo la fiscalización total de la contabilidad de la compañía y ejercerá las funciones que le señala el Código de Comercio. TÍTULO SEXTO. DEL EJERCICIO ECONÓMICO, FONDO DE RESERVA Y UTILIDADES. CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA: El ejercicio anual se iniciará el primero (1) de enero de cada año y concluye el Treinta y Uno (31) de Diciembre del mismo. En esa

fecha se hará un corte en las cuentas examinándose el balance de los estados de ganancias y pérdidas y libros contables de la compañía. El primer ejercicio económico de la compañía comenzará el día de su inscripción en el registro mercantil y terminará el Treinta y uno (31) de Diciembre de 2020. CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA: La JUNTA DIRECTIVA procederá al reparto de utilidades efectivas y ya recaudadas en la forma siguiente: A) Se apartará un cinco por ciento (5%) de las utilidades para formar la reserva legal hasta que alcance el diez por ciento (10%) del capital social. B) Dispondrán la creación de otras reservas y apartados que estimen convenientes y necesarios constituir para formar fondos de previsión de emergencias y cualquier otro que decidan crear los cuales podrán disponer por acuerdo unánime de los integrantes de la junta directiva para ser repartido en forma proporcional al monto de las acciones, salvo que la asamblea aplazare o modificase esta distribución. TÍTULO SÉPTIMO. DE LA DECLARACIÓN JURADA DE ORIGEN Y DESTINO LÍCITO DE FONDOS. CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA: Por medio del presente, nosotros SANDRA MILENA CÁRDENAS RODRÍGUEZ y DIANA PATRICIA CÁRDENAS RODRÍGUEZ, de ocupación comerciantes, previamente identificados, actuando en este acto en representación de PLÁSTICOS R.C., C.A., DECLARAMOS BAJO FE DE JURAMENTO, que los capitales, bienes, haberes, valores o títulos del acto o negocio jurídico otorgado a la presente fecha, proceden de actividades lícitas, lo cual pude ser corroborado por los organismos competentes y no tienen relación alguna con actividades, acciones o hechos ilícitos contemplados en las leyes venezolanas y a su vez nosotros SANDRA MILENA CÁRDENAS RODRÍGUEZ y DIANA PATRICIA CÁRDENAS RODRÍGUEZ, de ocupación comerciantes, previamente identificadas, actuando en representación de PLÁSTICOS R.C., C.A. DECLARAMOS que los fondos producto de este acto, tendrán un destino lícito. DISPOSICIONES TRANSITORIAS. PRIMERA: En todo lo no previsto en este documento se aplicarán las disposiciones establecidas en el Código de Comercio y demás Leyes especiales vigentes. SEGUNDA: La Asamblea constitutiva procedió a designar a la Junta Directiva para el periodo 2020 – 2025 PRESIDENTE al accionista SANDRA MILENA CÁRDENAS RODRÍGUEZ antes identificada, VICEPRESIDENTE al accionista DIANA PATRICIA CÁRDENAS RODRÍGUEZ, antes identificada. TERCERA. Para el cargo de Comisario para el periodo 2020 – 2025. Se designa a la ciudadana FLORINDA DE LICE VIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad no. V-9.185.807, Licenciada en Contaduría Pública, inscrita en el C.P.C. bajo el No. 40.868, con domicilio en la ciudad de Ureña, Municipio Pedro María Ureña del Estado Táchira. CUARTA: Se autoriza al accionista SANDRA MILENA CÁRDENAS RODRÍGUEZ, PRESIDENTE de la Compañía para que realice las diligencias necesarias por ante el Registro Mercantil competente a los fines de la presentación, inscripción, fijación y publicación de la presente Acta Constitutiva y Estatutos Sociales de conformidad con la Ley. Es Justicia en San Cristóbal, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, a la fecha de su Presentación.

nas sucursales y agencias en cualquier otro lugar, ya sea de la República Bolivariana de Venezuela o en cualquier otro país, previo al cumplimiento de la Ley. ARTÍCULO 3º: La compañía tendrá una duración de CINCUENTA AÑOS contados a partir de la inscripción del presenté Documento Constitutivo por ante el Registro Mercantil, pudiéndose reducir o prorrogar este lapso a juicio de la Asamblea General de Accionistas. ARTÍCULO 4º: La compañía tendrá como objeto: Todo lo relacionado con la comercialización, representación, distribución, exhibición, fabricación, importación y exportación, ventas al mayor y al detal de todo tipo de mercancía de las ramas de charcutería en general, carnicería, quincallería, papelería, perfumería, zapatería, confitería, bisutería, alimentos concentrados y medicina para animales, y todo lo relacionado con la compra, venta al mayor y detal, importación, exportación y distribución de todo tipo de víveres y toda clase de bebidas alcohólicas y bebidas no alcohólicas, toda clase de verduras y frutas, bolsas de plástico y de papel, productos genéricos, artículos de ferretería, útiles de limpieza, cloro, champú de todos los tipos, papel higiénico, servilletas, materia prima seca y líquida y químicos terminados de limpieza, además podrá desarrollar todas las actividades comerciales, licitas que directamente se relacionen con el mencionado objeto social y que se consideren necesarias en beneficio de la compañía y en fin cualquier actividad que sea conexa y esté relacionada directamente con la actividad principal. TITULO II. CAPITAL SOCIAL, ACCIONISTAS, ACCIÓN. ARTÍCULO 5º: El Capital Social de la Compañía es de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (200.000,00 Bs), divididos en Cien Acciones (100) Acciones, por un valor nominal de dos mil bolívares (2.000,00 Bs) cada una. Por lo tanto cada una de ellas da derecho a un voto en las deliberaciones de la Asamblea. ARTÍCULO 6º: El Capital de la compañía ha sido íntegramente suscrito y pagado de la manera siguiente: La ciudadana: MARÍA EMILIA ALBARRACÍN RODRÍGUEZ, suscribe la cantidad de Cincuenta (50) acciones, por un valor de cien mil bolívares (100.000,00 Bs.), equivalentes al cincuenta (50%) por ciento del capital social de la compañía, de los cuales paga el veinte (20) porciento equivalentes a veinte mil bolívares (20.000,00 Bs.) y los restantes ochenta mil bolívares (80.000,00 Bs) en un lapso de trescientos sesenta y cinco (365) días y El ciudadano: EDUARDO JOSÉ BARRERA ALBARRACÍN, suscribe la cantidad de cincuenta (50) acciones, por un valor de cien mil bolívares (100.000,00 Bs.), equivalentes al cincuenta (50%) por ciento del capital social de la compañía, de las cuales paga el veinte (20) porciento equivalentes a veinte mil bolívares (20.000,00 Bs.) y los restantes ochenta mil bolívares (80.000,00 Bs) en un lapso de trescientos sesenta y cinco (365) días. Quedando de tal manera suscrito y pagado el veinte por ciento (20%) del capital social de la compañía por cada uno de los socios. ARTÍCULO 7º: Los preindicados pagos se realizaran por la entidad bancaria correspondiente y se anexara los respectivos depósitos. ARTÍCULO 8º: Las Acciones de la Compañía son Nominativas, No convertibles al portador y confiere a sus titulares iguales derechos, obligaciones y son Indivisibles con respecto a la Compañía al los fines del Voto dando cada una de ellas Derecho a un (01) Voto en las Deliberaciones de la Asamblea y reconociéndose a un (01) solo propietario para cada acción. ARTÍCULO 9º: El Capital Social podrá ser aumentado o disminuido si se estima conveniente y se aprueba en Asamblea de Socios realizada para tales efectos. En los aumentos del Capital Social, los Accionistas tendrán Derecho preferentes para suscribirlo, proporcionalmente a las acciones que cada uno posee. De igual manera antes de proceder a realizar cualquier enajenación de acciones a terceros, los accionistas de la compañía tendrán preferencia para la adquisición. Los accionistas deberán ejercer dicho derecho dentro de los TREINTA (30) días continuos siguientes al que se haya hecho la oferta escrita. Transcurrido dicho plazo, si el oferente no ha recibido respuesta de la misma forma, se considera liberado para ofrecer las acciones a terceros. TITULO III. ASAMBLEA GENERALES DE ACCIONISTAS. ARTÍCULO 10º: La asamblea General de Accionistas legalmente constituida representa la universalidad de los Accionistas y sus decisiones serán obligatorias para todos, tanto para los asistentes de la asamblea, como para los que haya dejado de concurrir a ella. Es el órgano supremo de la compañía y como tal, estará investida de las más amplias facultades para dirigir y administrar los negocios sociales. ARTÍCULO 11º: La Asambleas de la Compañía serán Ordinarias o Extraordinarias y todos los socios están obligados a asistir a ellas. ARTÍCULO 12º: Las Asambleas Ordinarias se reunirán dentro de los Noventas (90) días siguientes a la fecha del cierre del ejercicio económico actual, en la fecha, hora y lugar que fije la convocatoria respectiva; La Asamblea Extraordinaria se reunirá cuando así lo requiere los intereses de la compañía y así lo resuelva la Junta Directiva cuando lo solicite un número de accionistas que representa la quinta parte del Capital Social. ARTÍCULO 13º: La Asamblea sea Ordinaria o Extraordinaria, deberá ser convocada por la prensa con cinco (05) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la reunión, pero también podrá constituirse y deliberar válidamente sin dicha convocatoria por la prensa, cuando esté presente en ellas la totalidad del Capital Social. ARTÍCULO 14º: En caso de no reunirse la Asamblea en el día fijado en la convocatoria, se aplicara lo propuesto en el artículo 274 y 276 del Código de Comercio, según trate de Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria. ARTÍCULO 15º: Para que la Asamblea, sea Ordinaria o Extraordinaria se considere válidamente constituida, se requiere la concurrencia del Setenta y Cinco por ciento (75%) del Capital Social y ninguna proposición podrá considerarse aprobado, si no tiene el voto favorable de la mayoría absoluta del Capital Social presente o representado en la Asamblea A tal fin los accionistas podrán Hacerse representar por carta-poder debidamente autenticada. ARTÍCULO 16º: Son atribuciones de la Asamblea Ordinaria las establecidas por el artículo 275 del Código de Comercio vigente. TITULO IV. DE LA ADMINISTRACIÓN. ARTÍCULO 17º: La Compañía estará a cargo de dos (2) Directores, los cuales podrán ser o no accionistas de la compañía quienes durarán cinco (05) años en sus ejercicios y sus funciones, pudiendo ser reelegidos, y deberán permanecer en el cargo hasta que sus sucesores sean nombrados y tomen posición del cargo. Los administradores así

mismo depositarán diez (10) acciones cada uno en la Caja Social de la Compañía a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 244 del Código de Comercio Venezolano vigente. ARTÍCULO 18º: Los Directores firmarán por la Compañía separadamente y tendrán la más amplias facultades de SIMPLE ADMINISTRACIÓN. La ausencia temporal del Director será llenada por los otros Directores, quienes tendrá sus mismas facultades, podrán representarla judicial y extrajudicialmente en todos los asuntos que le concierne y sean de su interés y firmarán por ella obligándola; pueden ejercer los más amplios poderes de administración y disposición sobre los bienes de la compañía y muy especialmente las siguientes facultades: a) Convocar a las Asambleas Generales. b) Ejercer la representación judicial de la Sociedad o Extrajudicial con facultades expresas para convenir, transigir, desistir y para comprometer en árbitros, arbitradores y de derecho los asuntos de interés para la compañía, nacer posturas de remate. c) Enajenar, adquirir, permutar, arrendar por más de dos (02) años los bienes de la compañía, otorgando los documentos respectivos ante las autoridades competentes firmando los libros y protocolos que fueren menester. d) Abrir y movilizar cuentas corrientes bancarias y/o comerciales de depósito y créditos o de cualquier otra clase, librar, aceptar títulos valores pudiendo delegar en forma expresa y tácita a favor de otras personas, el ejercicio de estas facultades en este literal descritas. e) Nombrar apoderados generales o especiales con las facultades antes dichas, incluso para actuar en juicio y defender los intereses y derechos de la compañía en la forma que estime conveniente, pudiendo revocar dichos apoderados cuando así lo considere prudente. f) Solicitar créditos, otorgando las garantías hipotecarias y prendarias que considere menester para la obtención de los mismos. TITULO V. EL COMISARIO. ARTÍCULO 19º: La Compañía tendrá un (01) Comisario, quién tendrá todas las facultades y prerrogativas que atribuyan dicho cargo, y las que establecen el Código de Comercio Venezolano Vigente. Se nombra por el periodo de dos (02) años y permanecerá en el ejercicio de su función hasta que sea sustituido. TITULO VI. DEL EJERCICIO ECONÓMICO, BALANCE, UTILIDADES Y FONDOS DE RESERVAS. ARTÍCULO 20º: El Ejercicio Económico de la Compañía comenzara el día 01 de Enero de cada año y terminará el 31 de Diciembre de ese mismo año, con excepción del presente ejercicio que se iniciará desde su inscripción en el Registro Mercantil, hasta el 31 de Diciembre del año 2019. ARTÍCULO 21º: Al final de cada Ejercicio Económico se hará un corte de cuenta y se formará el inventario y el Balance General con su estado de ganancias y pérdidas para determinar el Estado económico de la compañía y liquidar las utilidades o pérdidas del año. ARTÍCULO 22º: Los accionistas de la compañía facilitarán, toda la documentación necesaria al comisario, a los fines de la elaboración del informe correspondiente. ARTÍCULO 23º: De las utilidades obtenidas durante el Ejercicio Económico se hará un apartado del CINCO POR CIENTO (5%) para formar el FONDO DE RESERVAS hasta alcanzar Diez por Ciento (10%) del Capital Social, según lo dispone el artículo 262 del Código de Comercio. Del remanente de Utilidades a distribuir se harán lo demás aportados que la Asamblea considere convenientes y lo sobrante se distribuirá o repartirá conforme a lo establecido por el Código de Comercio y demás leyes. TITULO VII. DISPOSICIONES TRANSITORIAS. PRIMERA: Se designa como Directores a los accionistas: MARÍA EMILIA ALBARRACÍN RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V-10.176.387 y EDUARDO JOSÉ BARRERA ALBARRACÍN, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad V-21.085.192. SEGUNDA: Se designa como comisario a la Licenciada en Contaduría Pública: YUREIMA DEL CARMEN ROMERO VIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15242.254 inscrita en el Colegio de Contadores Públicos del Estado Táchira bajo el Nº 118623. TERCERO: Se autoriza expresamente al accionista: EDUARDO JOSÉ BARRERA ALBARRACÍN, ya identificado, para que realice la correspondiente tramitación por ante el registro mercantil a los fines de su inscripción, fijación y publicación, así como para que se firme los libros correspondientes. DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ART. 17 DE LA RESOLUCIÓN Nº 150 PUBLICADA EN GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Nº 39.697 DEL 16 DE JUNIO DE 2011, DE LA NORMATIVA PARA LA PREVENCIÓN, CONTROL Y FISCALIZACIÓN DE LAS OPERACIONES DE LEGITIMACIÓN DE CAPITALES Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO APLICABLES EN LA OFICINAS REGISTRALES Y NOTARIALES DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. DECLARO BAJO FE DE JURAMENTO, que los capitales, bienes, haberes, valores o títulos del acto o negocio jurídico en este acto, proceden de actividades licitas, lo cual puede ser corroborado por los organismos competentes y no tienen relación alguna con dinero, capitales, bienes, haberes, valores o títulos que se consideren producto de las actividades o acciones ilícitas contempladas en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento del Terrorismo y/o en la Ley Orgánica de Drogas.

MUNICIPIO SAN CRISTOBAL, 23 DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTE (FDOS.) DIANA PATRICIA CÁRDENAS RODRÍGUEZ, SANDRA MILENA CÁRDENAS RODRÍGUEZ, ABOGADO FRANKLIN JOSÉ JAIRRAN MORA. SE EXPIDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA DE PUBLICACIÓN SEGÚN PLANILLA NO.: 443.2020.1.230.


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02 de Febrero de 2020

.Información.

El enfermo no es un número: es una persona que necesita humanidad

Al recibir al Grupo Villa María care and research, una realidad que opera en el sector de la salud, el Papa Francisco manifestó su esperanza en una nueva cultura al servicio de la vida humana, centrada en la preparación técnica y moral de los trabajadores de la salud. El Papa puso de manifestó que la evolución tecnológica y los propios cambios de naturaleza social, económica y política han modificado el tejido sobre el que descansa la vida de los hospitales y las estructuras de atención de la salud. Y les recordó que “de ahí la necesidad de una nueva cultura, especialmente en la preparación técnica y moral de los trabajadores de la salud a todos los niveles”. En esta perspectiva, el Santo Padre les dijo que es importante lo que el Grupo

Villa María ha realizado hasta ahora para satisfacer las necesidades de los pacientes y sus familias, que a veces se ven obligados a emigrar a centros especializados lejos de su propio

territorio. Sin embargo, el compromiso de ampliar el ámbito de actuación con la adquisición o creación de nuevas estructuras y la ampliación de las infraestructuras – prosiguió Francisco

– “muestra la voluntad de asegurar el equipamiento y el confort necesarios para los enfermos y su recuperación”. El enfermo no es un número: es una persona que

necesita humanidad. En este sentido, es necesario estimular la colaboración de todos, para salir al encuentro de las necesidades de los enfermos con espíritu de servicio y actitud de

generosidad y sensibilidad. Esto no es fácil, porque el enfermo se encuentra mal, y pierde la paciencia y está "fuera de sí" muchas veces. En este sentido, es necesario estimular la colaboración de todos, para atender las necesidades de los enfermos con espíritu de servicio y actitud de generosidad y sensibilidad. Para lograr estos objetivos, es necesario no dejarse absorber por los "sistemas" que sólo apuntan al componente económico-financiero, sino actuar un estilo de proximidad a la persona, para poder asistirla con calor humano frente a las ansiedades que la afectan en los momentos más críticos de la enfermedad. De esta manera se contribuye concretamente a humanizar la medicina y la realidad hospitalaria y sanitaria.

torales del reciente Sínodo Especial para la región Panamazónica; y proponer líneas de acción y programas

pastorales, que puedan integrarse a los planes diocesanos, para la formación en el cuidado de la casa común”. Para llegar a la reflexión del tema que se desarrollará en esta Asamblea, da conocer la CEC, se contará con la orientación de expertos en el campo de minería, medio ambiente, tierras, agua, deforestación y biodiversidad, entre otros, de la Universidad Santo Tomás, el Ministerio del Medio Ambiente y la Fundación Social. En lo pastoral, se hará un aporte por parte de los Obispos que asistieron al Sínodo de la Amazonía convocado por el Papa Francisco en octubre de 2019.

Colombia: La ecología integral al centro de la 109° Asamblea Plenaria del Episcopado La Conferencia Episcopal de Colombia (CEC) dio a conocer que, la ecología integral será el tema central de la 109° Asamblea Plenaria de este Episcopado, que se realizará en Bogotá del 3 al 7 de febrero, con la participación de unos cien Obispos del país. “Entre los objetivos planteados para esta Asamblea – se lee en la página web de la CEC – están la creación y formación de la conciencia de la responsabilidad en el cuidado de la creación como misión de la Iglesia”. Asimismo, los Obispos colombianos están invitados a reflexionar cómo “discernir los modos para poner en marcha

acciones eclesiales en la línea de ecología integral, tanto a nivel de la acción pastoral como a nivel de

incidencia socio-política”. De igual forma, los Prelados dirigirán su mirada al reciente Sínodo de la Ama-

zonía, con el fin de “asumir como pastores de la Iglesia colombiana las líneas, conclusiones y propuestas pas-

02 de Febrero de 2020 - Venezuela / Año XCV Nº 30.015 / Semanario ( Año III - N° 167) Edificio DIARIO CATÓLICO. Carrera 4 No. 3-41. Teléfonos (0276) 343.20.15 y 343.28.19 - Fax: (0276) 343.46.83. E-mail: diariocatolico@gmail.com RIF: J-07000679-0 / NIT: 0030042956


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