Proceso paradine

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DERECHO PROCESAL Y CINE El proceso Paradine

Trabajo realizado por: María Pérez de Prada Patricia Borrego Borrero


1. Breve sinopsis del film El Proceso Paradine, film de trama procesal versa sobre la acusación de asesinato de Magdalena Paradine a su marido ciego, el Coronel Paradine. De la defensa de la Señora Paradine se encarga Antonhy Keane, un excelente abogado criminalista de reconocido prestigio. A pesar de que el Señor Keane está casado poco a poco, en las entrevistas previas al juicio para la preparación de la defensa ante el fiscal, se deja llevar por la belleza y encantos de la Señora Paradine, hasta el punto de enamorarse perdidamente de ella y se deja convencer fácilmente de su inocencia. La cliente oculta información y ante la escasez de pruebas para la defensa con que cuenta el Abogado, éste decide investigar por su cuenta a la Señora Paradine y descubre la relación sentimental que mantenía con André Latour (ayudante de cámara del Coronel y acompañante confidencial). El inicio del juicio resulta complicado para el Señor Keane, puesto que la defensa se presentaba difícil y además, el Juez del caso tenía ciertas diferencias con Keane, la esposa de éste lo había rechazado sentimentalmente en varias ocasiones.

2. Desarrollar cuál es la temática jurídica La temática jurídica de la película versa sobre la acusación de asesinato por envenenamiento a la Señora Magdalena Paradine por la muerte de su marido ciego, el Coronel Paradine. La acusación de un delito de asesinato por envenenamiento viene tipificada en nuestro Ordenamiento Jurídico en el art. 139 CP, en el que se establece "la pena de prisión de 15 - 20 años, como reo de asesinato, el que matare a otro concurriendo alguna de las circunstancias siguientes: 1ª Con alevosía. 2ª Por precio, recompensa o promesa. 3ª Con ensañamiento, aumentando delibrada e inhumanamente el dolor del ofendido" En este caso, la víctima se encuentra en un mayor estado de indefensión, dada su ceguera y toma la copa de Borgoña sin conocer la mortal contaminación. Según relató André Latour, la Sra. Paradine salía de la habitación en el instante mismo en que el General pedía a gritos auxilio. Por tanto, el ayudante de cámara pensaba que el suministro de veneno habría venido de la mano de la Sra. Paradine. Este supuesto de


envenenamiento lo podemos encuadrar en el art. 139. 1ª CP, supuesto de alevosía, como hemos hecho mención anteriormente, se trata del suministro de veneno a un Señor mayor y ciego que no sabe que la copa que está tomando contiene tal sustancia nociva, mortal. En nuestro actual ordenamiento jurídico hablamos de pena de prisión, de 15- 20 años, sin embargo, en el caso se habla de una condena de pena capital para la Señora Paradine.

3. Indicar las palabras jurídicas clave •

Proceso Penal Público (Ordinario por delitos graves)

Acción Penal ejercitada por el Ministerio Fiscal

Atestado Policial

Citación cautelar y Detención

Medidas Cautelares: Prisión Provisional y mandamiento de prisión

Imputación y acusación

Juicio Oral

Jurado

Magistrado Presidente

Inspección Ocular

Derechos del imputado al prestar declaración: (Guardar silencio, asistencia letrada)

Comparecencia

Interrogatorio de testigo de cargo

Prueba preconstituida

Careo


Con la venia

Suspensión de la sesión

Confesión en Juicio

Sentencia

Ejecución de sentencia: Pena capital

4. Comentarios a las palabras clave Dentro del proceso penal, definido como el instrumento para aplicar el derecho penal sustantivo, se comprometen Derechos Fundamentales de la persona, entre ellos, la libertad (art. 17 CE) y en el caso que nos ocupa, la vida (art. 15 CE). Por ello, y por otros matices se diferencia del proceso civil. Los términos jurídicos por tanto, son diferentes. En el proceso penal nos encontramos con tres pilares fundamentales; la investigación, la acusación y la función que tienen atribuida los órganos jurisdiccionales, subsumir los hechos probados y deducir de ellos las consecuencias jurídicas, juzgar. Los hechos que se juzgan en la película son constitutivos de un delito castigado con más de 9 años de prisión en nuestro ordenamiento, y si atendemos al criterio especial de competencia objetiva por razón de la materia, según el art. 1.2 LOTJ, corresponde enjuiciarlo al Tribunal del Jurado, siendo un proceso especial del Jurado (Ley 5/1992 de 22 de mayo). Así mismo, el delito es de carácter público, por lo que la presencia del Ministerio Fiscal es de carácter obligatorio y está legitimado para ejercer la acusación, que debe actuar bajo los principios de legalidad e imparcialidad, aun no constando en la trama que exista una acusación particular (art. 101 LECrim). Más adelante, expondremos el resto de comentarios a las palabras clave, que corresponden al curso del proceso.

5. Distinguir los siguientes aspectos procesales •

Hechos fácticos

La noche del 6 de mayo, en la residencia londinense del matrimonio Paradine se produjo una intensa discusión entre el Coronel, su esposa y el ayuda de cámara, André Latour. Tras el altercado, el Coronel pidió a su mayordomo que subiera la cena, y tras ella pidió una copa de Borgoña, en la que se le suministró una sustancia venenosa. A las 9 y media el Coronel pidió auxilio y momentos antes de que llegara Latour, el Coronel


moría. El ayudante de cámara afirmó ver a la Sra. Paradine saliendo de la habitación en ese momento. Cuando el médico inspeccionó la copa de Borgoña declaró que estaba lavada y secada. •

Calificación Jurídica

En nuestro ordenamiento jurídico penal, la acusación califica los hechos como constitutivos de un delito de asesinato, recogido en el art. 139 CP. En un primer momento, la defensa trata de enfocarlos como un suicidio del Coronel, al padecer una ceguera, más tarde como un delito de inducción al suicidio recogido en el art. 143 CP, y tras la declaración del testigo de la acusación, André Latour, la defensa solicita que se remita al Fiscal General copia exacta de las declaraciones que ha pronunciado para que sea formalmente acusado de perjurio por haber mentido bajo solemne juramento y, en su caso, de asesinato.

El petitum

En el proceso penal la causa de pedir, petitum consiste en la pena, la consecuencia jurídica que se deriva de la comisión del delito. En este caso, la acusación solicita que el Jurado considere culpable a la Sra. Paradine y sea por ello, condenada a la pena capital.

Sujetos que intervienen

Mientras que en el proceso civil las partes son de carácter material, porque son las mismas que las del negocio jurídico que subyace al proceso, en el proceso penal, tan solo la parte acusada es de carácter material, pues las partes acusadoras lo son formalmente. Esto es, porque el delito penal atenta contra todos, no solo contra la víctima. En el proceso penal no existe derecho subjetivo privado al castigo del delincuente, tan solo la facultad de acusar, tan solo el Estado posee el “ius puniendi”. La parte acusadora que interviene es, como ya hemos señalado, el Ministerio Fiscal (art. 124.1 CE, art. 541.1 LOPJ) y es el órgano público encargado de defender la legalidad y el interés general, colaborando con los órganos jurisdiccionales, pero sin formar parte de ellos. El art. 6 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, bajo el principio de


legalidad, le impone el deber de: “actuar con sujeción a la CE, leyes y demás normas (..) debiendo dictaminar, informar y ejercitar acciones u oponerse a las indebidamente actuadas, pero siempre en la medida y forma en que las leyes lo establezcan”. Su actuación en solitario está legitimada por los art. 3.4, 5 EOMF y 105 LECrim que establecen que de forma preceptiva: “El Ministerio Fiscal tendrá la obligación de ejercitar con arreglo a las disposiciones de la ley, todas las acciones penales que consideren precedentes, haya o no acusación particular en la causa, salvando los delitos privados” En la parte acusada, nos encontramos con el imputado, que es parte necesaria, pues no se puede celebrar juicio oral sin su presencia, pudiéndose imponer medidas cautelares como en este caso, la prisión provisional para evitar su fuga. Debe estar físicamente presente en las sesiones del juicio oral y para ello, debe estar a disposición judicial. La Sra. Paradine es el sujeto pasivo, es la persona frente a quien se dirige la actividad jurisdiccional y debe encontrarse en plenas facultades mentales tanto en el momento de la comisión del delito como en el enjuiciamiento, pues de él se derivan consecuencias que afectan a sus derechos fundamentales. También interviene preceptivamente el abogado de la defensa y el procurador. Para el Ministerio Fiscal no se requiere, pues es un técnico en derecho. El órgano enjuiciador es el Tribunal del Jurado, recogido en la LOTJ, que en nuestro sistema se compone por 7 miembros y 2 sustitutos legos en derecho, y un Magistrado Presidente. Por último, intervienen en el acto los testigos de la defensa y la acusación, el mayordomo y el ayuda de cámara, que sus declaraciones constituyen medios de prueba.

El Proceso que se sigue

Como hemos destacado, es un Proceso Especial del Jurado y en la película se celebra directamente el desarrollo de la vista, no podemos conocer por tanto, las actuaciones previas que se produjeron. La vista o juicio oral es pública (art. 680-682 LECrim). Abierta la sesión y con las piezas de convicción a la vista (art. 688 LECrim), el Magistrado Presidente pregunta a la acusada si se confiesa o no responsable, considerándose inocente.


La vista continúa con la lectura de los escritos de calificación por parte del Ministerio Fiscal, listas de testigos, peritos y demás pruebas. En el juicio oral sólo se practican las diligencias de prueba propuestas por las partes en tiempo y forma (art. 728 LECrim). En primer lugar, se practica la prueba solicitada y admitida del Ministerio Fiscal, y tras ella, la de la defensa.

Los medios de prueba utilizados

Por el principio de contradicción e inmediación, las pruebas que se practican son aquellas que fueron admitidas en el momento procesal oportuno, que son los escritos de acusación y defensa. Con la excepción que ocurre en la película, recogida en nuestro ordenamiento en el art. 729 LECrim, que es la proposición de manera sobrevenida en el acto de juicio de la prueba del careo entre el testigo de la acusación y la acusada, aunque luego no llega a producirse. La prueba que se practica efectivamente es el interrogatorio de testigos y la declaración de la acusada (art. 688-700 LECrim), que tiene derecho a guardar silencio y no declarase culpable. La prueba debe haberse obtenido y practicado con todas las garantías. La prueba de cargo o incriminatoria, que es la que sirve para convencer al tribunal del jurado de la certeza de los hechos, es la confesión del crimen durante la declaración de la acusada. Esta confesión sirve para desvirtuar la presunción de inocencia de la Sra. Paradine al concurrir una ausencia de incredibilidad subjetiva, una verosimilitud en el testimonio al estar rodeado de corroboraciones periféricas de carácter objetivo además de exponerse sin ambigüedades.

Aplicación de las instituciones procesales al contenido del film

Tras la celebración del juicio y la confesión de la Sra. Paradine, la terminación normal del proceso se produce con el veredicto que considera culpable a la acusada y por tanto, con la elaboración de la sentencia condenatoria. La sentencia penal es la resolución que dicta el Magistrado Presidente recogiendo el veredicto del jurado, una vez presenciada la práctica de la prueba y oídas las alegaciones de las partes, calificando los hechos probados (versión histórica que se considera acreditada) e imponiendo la consecuencia jurídica que corresponda a través del fallo, y el alcance de la pena. En la


sentencia debe existir una correlación entre las pretensiones de las partes, por lo que el tribunal está vinculado por las pretensiones acusatorias de manera absoluta no pudiendo condenar al acusado por un hecho distinto del que fue objeto de acusación, ni imponer una pena más grave de la que se solicitó.

6. Debe realizarse un listado de 10 preguntas relacionadas con el tema que puedan ser objeto de debate 1.

¿Por qué el abogado de la defensa solo usa como medio de prueba

en juicio el interrogatorio de la Sra. Paradine y no propone ningún testigo? 2.

¿Por qué está tan seguro el abogado de la inocencia de la Sra.

Paradine? 3.

¿Es un medio de prueba útil y pertinente que el general no

acostumbrase a beber Borgoña? 4.

¿Por qué se hace referencia en el acto del juicio al pasado y

origen humilde de la acusada? 5.

¿En base a qué principio se le aconseja a la Sra. Paradine que se

acoja a su derecho a no confesarse culpable? 6.

¿Es necesario que el abogado para elaborar la defensa conozca los

detalles y vida completa en todo aquello que pueda perjudicar a la acusada? 7.

¿Entra dentro de la ética y funciones de defensa de un abogado

investigar sin el consentimiento de su cliente su vida privada o su propiedad? 8.

¿En qué casos cabría aplicar en dicho tiempo y lugar la pena

capital? 9.

¿Dónde se encuentra el matiz para poder considerar el acto ilícito

como un asesinato y no un homicidio? 10.

¿Cómo y con qué fin trata el abogado de presentar los hechos

como constitutivos de un suicidio?


7. Comentario personal relacionando las materias vistas en Derecho Procesal y la temática de la película En nuestra opinión, la trama de la película versa sobre un delito público, el asesinato de un hombre ciego a manos de su esposa, con un móvil pasional. La Sra. Paradine, enamorada del ayudante de cámara pretendía escapar con él y la única manera era asesinando deliberadamente a su marido. Bajo un aura de inocencia e integridad presta sus primeros testimonios, tanto al abogado que pone todo su empeño en intentar salvarla, confiando ciegamente en su inocencia, como ante el tribunal del jurado en la vista. No es hasta que se recibe la noticia del suicidio de André que la acusada confiesa el móvil y la autoría del crimen. A pesar de que no existía acusación particular, ya hemos estudiado que el proceso penal es de carácter público, por lo que se rige por el principio de oficialidad, se tutelan intereses que se consideran de carácter público. Es indisponible para las partes. Otro de los principios que se reflejan en la película es el de audiencia, es decir, nadie puede ser condenado sin ser oído y vencido en juicio, es decir, sin habérsele dado la oportunidad de alegar y probar todo que considere conveniente para su defensa.

8. Indicar y explicar las escenas, que desde un punto de vista procesal, le hayan llamado la atención En la película nos encontramos ante dos partes claramente. La primera parte de la película nos sitúa ante la preparación del proceso penal por el móvil jurídico de la acusación de asesinato que se nos presenta. En la segunda parte, no obstante, nos encontramos ante el desarrollo de un juicio, la reproducción exacta de un juzgado (corte inglesa). Escenas llamativas desde un punto de vista procesal ✓

El Abogado hace referencia a lo que ha dicho el Juez en relación

a la copa de Borgoña que pidió el General Paradine tras la cena. El Abogado se dirige al mayordomo preguntándole si considera que es una bebida adecuada y conveniente para antes de ir a dormir. El mayordomo se limita a responder a sus preguntas tal y como le insta el Abogado y éste se limita a decir que el General Paradine no bebía asiduamente Borgoña ya que no le sentaba bien. El Abogado con este interrogatorio trata de presentarlo como un suicidio.


El Juez interviene para hacer una pregunta al Mayordomo y aclarar si no le sentaba bien porque no le gustaba, o le encantaba pero no se atrevía a tomarlo con frecuencia y éste responde que al General Paradine le encantaba beber Borgoña pero efectivamente no se atrevía a tomarlo asiduamente; por lo tanto el Juez destruye el argumento del Abogado que trataba de presentar que el General quisiera beber Borgoña como indicio de suicidio. ✓

Nerviosismo, inquietud de André Latour en la comparecencia

ante el Juez. André Latour, en el momento de la comparecencia con los Evangelios mano hace un Juramento ante Dios Todopoderoso de decir la verdad, toda la verdad y nada más que la verdad del testimonio que va a prestar. El fiscal pone en antecedente que sobre las 20:00 horas, André Latour escuchó la campanilla del General Paradine sonar violentamente y cuando éste subió a la habitación encontró la escena del Señor y la Señora Paradine frente a frente. Poco tiempo después, el Señor Paradine pregutó a su ayudante de cámara y acompañante confidencial si era cierto que lo iba a abandonar cuando más lo necesitaba y éste le dijo que no era cierto, preguntándole de quién había sido esa idea. El General Paradine afirmó que se lo había contado la Señora Paradine. El el Juicio, Amdré Latour cuenta que la Señora Paradine inventó eso porque quería librarse de él. En el momento en que interviene el Abogado haciendo mención sobre la Expareja de André Latour, éste deviene nervioso y es entonces cuando el Juez dice que entiende que sea de gran importancia lo que le está preguntando pero que considera que no viene al caso. Debido a la intervención del Juez, El Abogado se ve obligado a decir que André Latour prsenta una animadversión patológica no solo con su cliente sino con todas las mujeres. El Juez insiste en la idea que no viene al caso la cuestión planteada por Anthony Keane. El Abogado de la Señora Paradine sigue formulando preguntas a André Latour (testigo de la acusación, no de la defensa) hasta que llega un momento insostenible en que el Abogado hace referencia a una dosis de veneno que André Latour había suministrado a un perro del Coronel y entonces este crea la incertidumbre de la posibilidad de haber guardado parte de esa dosis y que fuera ese el veneno que se le hubiera suministrado al Coronel Paradine. Llegado este


punto André se pone muy nervioso; el Juez le pide al testigo que mantenga la calma y acto seguido dirigiéndose al Jurado dice que es inútil que el testigo haga declaraciones de inocencia de hechos de los que nunca se le ha acusado. ✓

Momento en que el Juez interviene diciendo que el Letrado hace

más afirmaciones que preguntas, cuando no debe ser así, ya que debe interrogar al testigo. Sin embargo, éste dice que calla puesto que sabe cuando desagrada al Letrado que lo interrumpan. ✓

El Abogado de la Señora Paradine pregunta a André Latour si

sabe cuánto es la condena por perjuria, éste reitera haber dicho la verdad. Sin embargo, el Abogado le replica diciendo que el General Paradine tenía motivos para enfadarse con él esa noche, que no cumplía bien con sus obligaciones y por tanto, la Señora Paradine se vio obligada a acudir a su marido para hablar de un posible despido de André Latour. André interrumpe diciendo que está cansado de oir tantas mentiras y el Abogado continua replicándole que es ese el motivo de la discusión de aquella noche. El mozo monta en cólera diciendo que todo lo que la Señora Paradine le había contado era mentira y que la odiaba. Acto seguido, André afirma que el General había oído una conversación de él con su esposa y por ello el enfado. Cuando empieza a hablar y contar de nuevo los hechos de lo sucedido, es interrumpido por el Abogado quien pide al Juez que se remita al Fiscal copia exacta de las declaraciones de André Latour para que se le acuse de perjurio por mentir en Juicio y para estudiar si procede otra acusación de asesinato.

9. Buscar lecturas, otras películas y sitios web de interés relacionados con el tema estudiado En relación a otras películas relacionadas con la trama procesal, podemos hacer referencia a las siguiente: - Testigo de cargo. Trama similar a "El proceso Paradine"; aquí la temática jurídica es la acusación de asesinato a una anciana Señora. Se cuestiona que el posible móvil del crimen es la herencia de los bienes de la difunta. Se hace cargo de su defensa un prestigioso abogado.


- Acusados. La temática jurídica del film trata sobre la violación a una mujer de forma repetida por unos chicos, a quienes conoció en un bar. Desesperada, acude a pedir justicia (ejercitando su derecho a la tutela judicial efectiva, art. 24 CE), pero nadie cree en su relato de los hechos, piensan que ha sido ella quien ha provocado tal trato degradante (violación). - 12 hombre sin piedad. El trama versa sobre la condena a muerte de un chico. Son 12 los componentes del jurado que deben decidir por unanimidad si absuelven o condenan a muerte. La vida de este chico esta en mano de la decisión de los 12 miembros del Jurado. Una lectura de interés, podría ser la destacada obra de Francisco Pérez Abellán, Ellas matan mejor: 50 crímenes cometidos por mujeres. En esta obra se hace referencia a los posibles motivos por los que se llega a cometer el delito de asesinato, así como los métodos para perpetrar el crimen, tal como la técnica de envenenamiento. Otra lectura a la que podemos hacer referencia es la obra de John Grisham, El jurado. Esta obra relata el desarrollo de una trama judicial, a raíz de la muerte de un fumador, un grupo de abogados acusan de homicidio a las industrias tabacaleras.


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