Reglamento interno de seguridad y salud en el trabajo 2025

Page 1


REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (RISST)

CENTRO INTEGRAL DE MEJORAMIENTO ACADÉMICO SAC

CIMA SAC

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Fecha de Aprobación: 17/03/2025

Fecha de Actualización: 28/02/2025

Versión: 05

Página 3 de 37

EL PRESENTE REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO HA SIDO APROBADO MEDIANTE ACTA DE SESIÓN N° 001-2024-CSST POR EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DEL CENTRO INTEGRAL DE MEJORAMIENTO ACADÉMICO SAC.

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

(RISST)

CENTRO INTEGRAL DE MEJORAMIENTO ACADÉMICO SAC

ELABORADO POR:

Carrasco Pacheco Leydy Lissett SERVICIO DE SST

REVISADO POR:

Cruzalegui Linares Miluska Yameliss PRESIDENTE DEL CSST

APROBADO POR:

Herrera Jara Segundo Helidoro GERENTE GENERAL

Elaborado por:

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - CSST

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Fecha de Aprobación: 17/03/2025

Fecha de Actualización: 28/02/2025

Versión: 05

Página 6 de 37

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1°. - El Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo (en adelante RISST) del CENTRO INTEGRAL DE MEJORAMIENTO ACADÉMICO S.A.C (en adelante CIMA SAC) es el conjunto de normas de orden técnico, legal y social, cuyo fin es la protección de la vida humana, la promoción de la salud y la seguridad de las personas, así como la prevención de incidentes y accidentes relacionados con las actividades en las que se desempeña.

TÍTULO II

OBJETIVOS, ALCANCES Y BASE LEGAL

1. OBJETIVOS

Artículo 2°.- El presente Reglamento tiene como objetivo principal gestionar y fomentar una cultura de prevención de riesgos ocupacionales, así como mantener condiciones de trabajo adecuadas para el correcto desarrollo de las actividades, mediante la identificación, reducción y control de riesgos, a efectos de prevenir y controlar la ocurrencia de incidentes, accidentes y enfermedades ocupacionales que afecten a los servidores indistintamente de su régimen laboral, practicantes pre profesionales y proveedores visitas.

Artículo 3°. - El presente Reglamento tiene como objetivos específicos:

a. Garantizar las condiciones de seguridad y salvaguardar la vida, la integridad física y el bienestar de los trabajadores, mediante la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales.

b. Promover una cultura de prevención de riesgos laborales, en los trabajadores contratistas, proveedores y todos aquellos que presten servicios vinculados a CIMA SAC con el fin de garantizar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

c. Propiciar el mejoramiento continuo de las condiciones de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, a fin de evitar y prevenir daños a la salud, a las instalaciones o a los procesos en las diferentes actividades ejecutadas, facilitando la identificación de los riesgos existentes, su evaluación, control y corrección de estos

d. Proteger las instalaciones y bienes de CIMA SAC, con el objetivo de garantizar la fuente de trabajo y mejorar la productividad.

e. Estimular y fomentar un mayor desarrollo de la conciencia de prevención entre toda la comunidad educativa sobre el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo (en adelante SGSST)

Elaborado por:

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - CSST

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Fecha de Aprobación: 17/03/2025

Fecha de Actualización: 28/02/2025

Versión: 05

Página 7 de 37

f. Establecer los lineamientos, procedimientos y estándares internos de seguridad y salud en el trabajo (en adelante SST). dentro del ámbito de operación de la entidad y velar por su cumplimiento, proporcionando la mejora continua de las condiciones de trabajo.

2. ALCANCE

Artículo 4°. - El presente Reglamento es de aplicación obligatoria y comprende a toda la comunidad educativa de CIMA SAC sin distinción de su nivel jerárquico, cargo, función o condición laboral, en todas sus dependencias a nivel nacional, así como a los contratistas, visitas de proveedores y particulares que se encuentren dentro de sus instalaciones.

3. BASE LEGAL

a) Constitución Política del Perú

b) Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo

c) Ley N° 30222, Ley que modifica la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo

d) Ley N° 31246, Ley que modifica la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, para garantizar el derecho de los trabajadores a la seguridad y la salud en el trabajo ante riesgo epidemiológico y sanitario.

e) Ley N° 26842, Ley General de Salud, y sus modificatorias

f) Decreto legislativo N° 1499, Establece diversas medidas para garantizar y fiscalizar la protección de los derechos sociolaborales de los trabajadores en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19.

g) Decreto Supremo N° 014-2013-TR, Decreto Supremo que aprueba el registro único de información sobre accidentes de trabajo, incidentes peligrosos y enfermedades ocupacionales y modifica el artículo 110 del reglamento de la Ley de SST.

h) iDecreto Supremo N° 001-2021-TR, Decreto Supremo que modifica diversos artículos del Reglamento de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias.

TÍTULO III

LIDERAZGO, COMPROMISO Y POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD

CAPÍTULO I

LIDERAZGO Y COMPROMISO

Artículo 5°. - CIMA SAC por intermedio de su funcionarios/as y su directivos/as se compromete:

a) Liderar y brindar los recursos para el desarrollo de todas las actividades en la organización para la implementación del SGSST a fin de lograr su éxito en la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales.

Elaborado por:

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - CSST

Fecha de Aprobación: 17/03/2025

Fecha de Actualización: 28/02/2025

Versión: 05

Página 8 de 37

b) Asumir la responsabilidad y compromiso de la prevención de accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales, fomentando el compromiso de cada trabajador mediante el estricto cumplimiento de disposiciones que contiene el presente reglamento.

c) Proveer los recursos necesarios para mantener un ambiente de trabajo seguro y saludable.

d) Conocer y asegurar el cumplimiento de los lineamientos para proteger a la comunidad educativa frente al riesgo de exposición a la covid-19.

e) Establecer programas de SST, definidos y medir el desempeño en la seguridad y salud llevando a cabo las mejoras que se justifiquen.

f) Operar en concordancia con las prácticas aceptadas y con pleno cumplimiento de las leyes y Reglamentos de SST.

g) Investigar las causas de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes; así como desarrollar acciones preventivas en forma efectiva.

h) Fomentar una cultura de prevención de los riesgos laborales para lo cual se inducirá, entrenará, capacitará y formará a los trabajadores en el desempeño seguro y productivo de sus actividades laborales.

i) Mantener un alto nivel de alistamiento para actuar en casos de emergencia, promoviendo su integración con el Sistema Nacional de Defensa Civil.

j) Exigir que toda la comunidad educativa CIMA SAC, cumplan con todas las normas aplicables de Seguridad y Salud en el trabajo.

k) Respetar y cumplir las normas vigentes sobre la materia.

CAPÍTULO II

POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Artículo 6°. - CIMA SAC formula sus Políticas de Seguridad y Salud en el Trabajo (En adelante PSST), teniendo en cuenta los siguientes principios:

• Garantizar la protección de la seguridad y salud de todos los miembros de la empresa mediante las medidas preventivas en los riesgos laborales, así como enfermedades e incidentes relacionados con el trabajo.

• Cumplir con las normas legales pertinentes en materia de SST y otros requisitos.

• Garantizar la consulta y participación activa de los trabajadores y sus representantes en el SGSST

• Revisar periódicamente el SGSST establecido, para asegurar la mejora continua de su desempeño.

• Asegurar que los sistemas de gestión de la empresa sean compatibles con el SGSST

Elaborado por:

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - CSST

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

TÍTULO IV

Fecha de Aprobación: 17/03/2025

Fecha de Actualización: 28/02/2025

Versión: 05

Página 9 de 37

ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES

CAPÍTULO I

FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES

Artículo 7°. - CIMA SAC asume su responsabilidad en la organización del SGSST; y garantiza el cumplimiento de todas las atribuciones y obligaciones que le correspondan, para lo cual deberá:

a) Promover, establecer, aplicar y evaluar en todos sus niveles organizacionales, una cultura de prevención de riesgos en el trabajo.

b) Dirigir la prevención y conservación ambiental y saludable del lugar de trabajo asegurando que esté construido, equipado y dirigido de manera que suministre y garantice una adecuada protección a toda la comunidad educativa, contra accidentes que afecten su vida, salud e integridad física.

c) Proporcionar, la disponibilidad presupuestal existente y acorde con lo establecido en el Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo (en adelante PASST), los recursos necesarios para garantizar que las personas responsables de la SST, incluido el comité de seguridad y salud en el trabajo (en adelante CSST), puedan cumplir con los programas y disposiciones de carácter preventivo.

d) Sentar las bases para que cada centro de trabajo cumpla las políticas y procedimientos específicos para prevenir la covid-19 de manera ajustada a sus propias particularidades.

e) Instruir a sus trabajadores respecto a los riesgos a que se encuentren expuestos en las labores que realizan y particularmente aquellos relacionados con el puesto o función laboral, adoptando las medidas necesarias para evitar accidentes o enfermedades ocupacionales.

f) Desarrollar acciones de sensibilización, capacitación y entrenamiento destinados con promover el cumplimiento de las normas de SST. Las acciones de capacitación se realizarán dentro de la jornada de trabajo, sin implicar costo alguno para el trabajador.

g) Proporcionar a sus trabajadores seguros y equipos de protección personal de acuerdo con la actividad de campo que realicen.

h) Promover en todos los niveles una cultura de prevención de los riesgos en el trabajo.

i) Dar facilidades y adoptar medidas adecuadas que aseguren el funcionamiento efectivo del CSST de CIMA SAC

j) Garantizar el cumplimiento de los acuerdos adoptados por el CSST

k) Garantizar el cumplimiento de los acuerdos que haya adoptado e implementar las recomendaciones que imparta el CSST

l) Implementar acciones que propicien el mantenimiento de un clima laboral favorable, promoviendo la buena salud emocional de la comunidad educativa

m) Realizar otras funciones que estén contenidas en este Reglamento, o que sean establecidas por norma legal expresa, así como sus modificatorias.

Elaborado por:

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - CSST

Fecha de Aprobación: 17/03/2025

Fecha de Actualización: 28/02/2025

Versión: 05

Página 10 de 37

CAPÍTULO II

DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA CIMA SAC

Las personas comprendidas en el ámbito de este Reglamento, están obligados a cumplir las normas en él estipuladas, así como otras disposiciones complementarias, además de las establecidas en la Ley y en los Reglamentos.

a) Cumplir las disposiciones señaladas en materia de seguridad y salud en el trabajo, normas y procedimientos, reglas básicas o cartillas de instrucción que se deriven con el fin de prevenir la proliferación de la covid-19.

b) Hacer uso adecuado de todos los resguardos, dispositivos de seguridad y demás medios suministrados de acuerdo con lo dispuesto en el presente Reglamento, para su protección o la de terceros. Asimismo, cumplir todas las instrucciones de seguridad procedente o aprobada por la autoridad competente, relacionadas con el trabajo.

c) Informar a la instancia superior, de los accidentes e incidentes ocurridos sin excepción, aún por menores que estos sean.

d) Abstenerse de intervenir, modificar, desplazar, dañar o destruir los dispositivos de seguridad o aparatos destinados para su protección y la de terceros; asimismo, respetar y aplicar los métodos o procedimientos adoptados por CIMA SAC.

e) No realizar bromas que pongan en riesgo la vida, evitar los juegos bruscos y, en ninguna circunstancia, trabajar bajo el efecto de alcohol o estupefacientes.

f) Inspeccionar su área física de trabajo antes de iniciar sus labores. Si existieran condiciones subestándares de trabajo que no pudieran eliminarse o mitigarse, el afectado debe informar a su jefe inmediato, este a la Administración General, la que a su vez debe comunicar al CSST, si fuera necesario.

g) Reportar y participar en la solución de los actos y condiciones subestándares de trabajo.

h) Cumplir con todos los avisos y señales de seguridad e identificar los peligros en las áreas de trabajo.

i) Someterse a los exámenes médicos a que estén obligados por norma expresa, cuya confidencialidad del acto médico es garantizada por la entidad.

j) Comunicar al área correspondiente, en caso de sufrir alguna enfermedad contagiosa, para la adopción de medidas correctivas/preventivas correspondientes.

k) No realizar actividades que pongan en riesgo su propia integridad física y la de terceros

l) Ser respetuoso y considerado con las demás personas, a fin de mantener un clima laboral favorable

m) Participar activa y responsablemente en la difusión de normas, programas y planes de SST, así como en la elección de sus representantes ante el CSST

n) Hacer buen uso, cuidado y conservación de los equipos de protección personal (en adelante EPP) que la Institución les proporcione para el desarrollo de sus funciones, siempre y cuando se determinen como

Elaborado por:

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - CSST

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Fecha de Aprobación: 17/03/2025

Fecha de Actualización: 28/02/2025

Versión: 05

Página 11 de 37

necesarios de acuerdo con la evaluación de riesgos efectuada. Se entiende que el uso de dichos equipos es de carácter obligatorio mientras se encuentre laborando o esté fuera de casa, de acuerdo con los procedimientos establecidos por el ministerio de salud frente a la propagación de la covid-19

o) Cumplir con otras obligaciones que estén contenidas en este Reglamento, o que sean establecidas por norma legal expresa.

CAPÍTULO III

RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES DEL CSST

CIMA SAC cuenta con un comité de seguridad y salud en el trabajo (en adelante CSST), cuyos miembros deberán asentar en un Libro de Actas, todos los acuerdos adoptados en cada sesión cumpliendo y haciendo cumplir sus acuerdos en el plazo previsto.

El CSST de CIMA SAC tiene por objetivo promover la salud y seguridad en el trabajo, asesorar y vigilar el cumplimiento de lo dispuesto por el Reglamento y la normativa nacional, contribuyendo al bienestar y desarrollo de todos sus trabajadores.

Artículo 8°. - El CSST tiene las siguientes responsabilidades:

a) Debe desarrollar sus funciones con sujeción a lo señalado en la Ley de SST y su Reglamento, no estando facultado a realizar actividades con fines distintos a la prevención y protección de la seguridad y salud.

b) Coordina y apoya las actividades de los Subcomités o del Supervisor de SST, de ser el caso.

c) Realiza las actividades en coordinación con el Servicio de SST.

d) Elabora un informe anual de las labores realizadas.

Artículo 9°. - El CSST desarrolla sus funciones con sujeción al presente Reglamento

El CSST tendrá las siguientes funciones:

a) Conocer los documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de la actividad del servicio de SST

b) Aprobar y vigilar el cumplimiento del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo (en adelante RISST).

c) Aprobar y vigilar el cumplimiento del PASST.

d) Conocer, aprobar y dar seguimiento a la Programación Anual del Servicio de SST

e) Conocer y asegurar el cumplimiento de los lineamientos establecidos en el plan para la vigilancia, prevención y control de la covid-19.

f) Participar en la elaboración, aprobación, puesta en práctica y evaluación de las políticas, planes y programas de promoción de la SST, de la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales.

Elaborado por:

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - CSST

Fecha de Aprobación: 17/03/2025

Fecha de Actualización: 28/02/2025

Versión: 05

Página 12 de 37

g) Aprobar y dar seguimiento del Plan Anual de Capacitación de los trabajadores sobre SST

h) Promover que todos los nuevos trabajadores reciban inducción, capacitación y entrenamiento sobre la prevención de riesgos laborales presentes en el lugar y puesto de trabajo

i) Vigilar el cumplimiento de la legislación, las normas internas y las especificaciones técnicas del trabajo relacionadas con la seguridad y salud en el lugar de trabajo, así como el RISST

j) Asegurar que los trabajadores conozcan los reglamentos, instrucciones, especificaciones técnicas de trabajo, avisos y demás materiales escritos o gráficos relativos a la prevención de los riesgos en el lugar de trabajo.

k) Promover el compromiso, la colaboración y la participación activa de toda la comunidad educativa en la prevención de los riesgos del trabajo, mediante la comunicación eficaz, la participación en la solución de los problemas de seguridad, la inducción, la capacitación, el entrenamiento, concursos, simulacros, entre otros.

l) Realizar inspecciones periódicas en las áreas administrativas, áreas operativas, instalaciones, maquinaria y equipos, a fin de reforzar la gestión preventiva.

m) Considerar las circunstancias a investigar las causas de todos los incidentes, accidentes y de las enfermedades ocupacionales que ocurran en el lugar de trabajo, emitiendo las recomendaciones respectivas para evitar la repetición de éstos

n) Verificar el cumplimiento y eficacia de sus recomendaciones para evitar la repetición de los accidentes y la ocurrencia de enfermedades profesionales.

o) Hacer recomendaciones apropiadas para el mejoramiento de las condiciones y el medio ambiente de trabajo, velar porque se lleven a cabo las medidas adoptadas y examinar su eficiencia.

p) Analizar y emitir informes de las estadísticas de los incidentes, accidentes y enfermedades ocupacionales ocurridas en el lugar de trabajo, cuyo registro y evaluación deben ser constantemente actualizados por la unidad orgánica de SST del empleador.

q) Colaborar con los servicios médicos y de primeros auxilios.

r) Supervisar los servicios de SST, la asistencia y asesoramiento a la Empresa y al trabajador.

s) En caso ocurra un accidente o incidente peligroso, el CSST debe reportar lo sucedido a la máxima autoridad de CIMA SAC de manera inmediata; así como también informar las medidas correctivas adoptadas, en un plazo no mayor a 10 días después de lo ocurrido

t) Llenar el Libro de Actas detallando las actividades que se llevan a cabo y los sucesos que ocurran dentro de la empresa.

u) Reunirse mensualmente en forma ordinaria para analizar y evaluar el avance de los objetivos establecidos en el Programa Anual y, en forma extraordinaria para analizar accidentes que revistan gravedad o cuando las circunstancias lo exijan.

Elaborado por:

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - CSST

Fecha de Aprobación: 17/03/2025

Fecha de Actualización: 28/02/2025

Versión: 05

Página 13 de 37

Artículo 10°. - Para ser integrante del CSST del CIMA SAC se requiere:

a) Ser trabajador en la institución.

b) Tener dieciocho años (18 años) de edad como mínimo.

c) De preferencia, tener capacitación en temas de seguridad y salud en el trabajo o laborar en puestos que permitan tener conocimiento o información sobre riesgos laborales

Artículo 11°. - El CSST de CIMA SAC lo conforman equitativamente los miembros titulares acreditados como representantes del empleador y de los trabajadores, y la Junta Directiva estará compuesto por:

a) El presidente/a designado por los miembros.

b) El secretario/a designado por los miembros.

c) Los demás miembros titulares.

Artículo 12°. - Funciones del presidente/a del CSST

Son funciones del presidente del CSST las siguientes:

a) Representar al CSST.

b) Convocar y presidir las reuniones del CSST

c) Dirigir los debates en las reuniones del CSST y dirimir los acuerdos en caso de empate en la votación.

d) Facilitar la aplicación y vigencia de los acuerdos adoptados por el CSST, efectuando las coordinaciones correspondientes con los órganos y unidades orgánicas de la institución, o con quien corresponda cuando se requiera.

e) Otras funciones que le requiera el CSST de acuerdo con el RSST de la institución.

Artículo 13°. - Funciones del secretario/a del CSST

Son funciones del secretario/a del CSST las Siguientes:

a) Preparar la agenda a tratar en las sesiones ordinarias y extraordinarias.

b) Recabar las propuestas de los miembros del CSST para la formulación de la agenda.

c) Verificar e informar al presidente respecto al quórum reglamentario.

d) Actualizar, distribuir y conservar la documentación del CSST, incluyendo la que se derive de sus, tales como convocatorias, listas de asistencia, órdenes del día, actas de las sesiones, seguimiento de acuerdos, informes generados y los registros que se generen de estos.

e) Redactar las actas de sesiones, registrando los acuerdos adoptados y las firmas de participación o aprobación, las que se registrarán en el Libro de Actas.

f) Comunicar los acuerdos adoptados en sesión a todos los miembros del CSST.

g) Comunicar las convocatorias efectuadas por el presidente del CSST a los demás miembros, adjuntando los documentos que correspondan.

h) Las demás que se deriven de la naturaleza de su cargo y aquellas que le sean asignadas

Elaborado por:

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - CSST

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Fecha de Aprobación: 17/03/2025

Fecha de Actualización: 28/02/2025

Versión: 05

Página 14 de 37

Artículo 14°. - El cargo de Miembro del CSST queda vacante cuando:

a) Al cumplirse el plazo de dos (2) años establecido para el ejercicio del cargo, para el caso de los representantes de los trabajadores y de los empleadores.

b) Inasistencia injustificada a tres (3) sesiones consecutivas del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o a cuatro (4) alternadas, durante su periodo de gestión.

c) Enfermedad física o mental que inhabilita para el ejercicio del cargo.

d) Por extinción del vínculo laboral.

Artículo 15°. - Las que se generen vacantes deberán ocuparse inmediatamente por orden con los respectivos miembros suplentes, quienes completarán el período correspondiente a los miembros titulares.

Artículo 16°. - Para que el CSST pueda sesionar, es requisito indispensable la asistencia de la mitad más uno de sus integrantes.

CAPÍTULO IV

ORGANIZACIÓN INTERNA DEL CSST

1. ORGANIGRAMA DEL CSST DE CIMA SAC:

Artículo 17°. - CIMA SAC adoptará el siguiente organigrama funcional para el CSST. Sin perjuicio de que éste pueda delegar sus funciones y atribuciones en un responsable de la seguridad en el centro de trabajo.

PRESIDENTE

SECRETARIO

MIEMBRO (POR LOS TRABAJADORES)

MIEMBRO (POR CIMA SAC)

Elaborado por:

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - CSST

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

2. PLAN Y PROGRAMA ANUAL

Fecha de Aprobación: 17/03/2025

Fecha de Actualización: 28/02/2025

Versión: 05

Página 15 de 37

Artículo 18°. - El CSST aprobará el programa actual de seguridad y salud. Este programa deberá estar en relación con los objetivos contenidos en el presente Reglamento y a los otros elementos que garanticen un trabajo en forma preventiva y sistemática contra los riesgos existentes en el centro de trabajo.

3. MAPA DE RIESGOS

Artículo 19°. - CIMA SAC elabora el Mapa de Riesgos, para identificar y localizar los problemas y las acciones de promoción y protección de la salud de los trabajadores en la organización laboral y los servicios que presta. Se constituye como una herramienta participativa y necesaria para llevar a cabo las actividades de localizar, controlar, dar seguimiento y representar en forma gráfica, los agentes generadores de riesgos que ocasionan accidentes, incidentes peligrosos y enfermedades ocupacionales en el trabajo. Este mapa debe ser actualizado permanentemente cuando haya modificaciones en los locales de trabajo.

CAPÍTULO V

IMPLEMENTACIÓN DE REGISTROS Y DOCUMENTACIÓN DEL SGSST

Artículo 20°. - Los documentos del SGSST con los que debe contar la empresa son:

1. La política y objetivos en materia de seguridad y salud.

2. Plan anual de seguridad y salud en el trabajo

3. Programa anual de seguridad y salud en el trabajo.

4. El Reglamento de seguridad y salud en el trabajo.

5. Línea Base.

6. Registros de seguridad y salud en el trabajo.

7. Plan para la vigilancia, prevención y control de la covid-19

8. La identificación de peligros, evaluación de riesgos y sus medidas de control.

9. El mapa de riesgo.

10. La planificación de la actividad preventiva.

Artículo 21°. - Los registros obligatorios del SGSST son:

a) Registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes, en el que deben constar la investigación efectuada y las medidas correctivas adoptadas.

b) Registro de exámenes médicos ocupacionales.

c) Registro del monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales y factores de riesgo disergonómicos.

d) Registro de inspecciones internas de seguridad y salud en el trabajo.

Elaborado por:

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - CSST

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

e) Registro de estadísticas de seguridad y salud.

f) Registro de equipos de seguridad o emergencia.

Fecha de Aprobación: 17/03/2025

Fecha de Actualización: 28/02/2025

Versión: 05

Página 16 de 37

g) Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de emergencia.

h) Registro de auditorías.

TÍTULO V

ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OPERACIONES

CAPÍTULO I

CONDICIONES GENERALES DE SEGURIDAD EN EL LUGAR DE TRABAJO

1. CONDICIONES GENERALES

Artículo 22°. - Los lugares de trabajo deberán mantener las siguientes condiciones y estándares:

a) Deben estar ordenados y limpios.

b) La limpieza de los ambientes de trabajo debe realizarse antes del inicio de la jornada laboral diaria en cada una de las oficinas.

c) Deben ser limpiados, por lo, menos una (1) vez en forma diaria por el personal autorizado y capacitado. Cuando la naturaleza del lugar de trabajo lo exija o las circunstancias lo requieran deben ser limpiados más de una (1) vez por día.

d) Los servicios higiénicos deben estar habilitado y en buenas condiciones de funcionamiento, además de mantener provisión continua de los insumos básicos (agua, jabón líquido, papel toalla, papel higiénico).

e) Se debe desinfectar constantemente las zonas de contacto con el público cada dos (02) horas como mínimo.

f) Deben contar con las señales de advertencia sobre situaciones diversas, tales como suelo mojado, piso resbaladizo, piso encerado, entre otras.

g) Deben mantenerse despejadas las salidas, pasadizos, zonas de seguridad, escaleras y el acceso a los equipos contra incendios.

h) Deben guardarse los objetos punzantes o cortantes en lugares seguros, tan pronto como terminen de utilizarse.

i) Deben almacenarse los objetos de manera segura, ordenada y ubicada en estantes adecuados, fijados a las paredes o al piso, a fin de evitar caídas en caso de sismos.

j) Deben evitarse la sobrecarga en estantes, anaqueles y otros similares. Deben evitarse los ruidos o música estridente a fin de evitar que se perturben las actividades de los demás servidores.

k) Debe evitarse el arrojar a la papelera vidrios rotos o materiales cortantes, los mismos que deberán ser depositados en los contenedores clasificados por tipo de material.

l) Deben señalizarse las rutas de escape, escaleras, ubicación del botiquín de primeros auxilios y extintores, con la finalidad de saber a dónde dirigirse en caso de una urgencia o emergencia.

Elaborado por:

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - CSST

Fecha de Aprobación: 17/03/2025

Fecha de Actualización: 28/02/2025

Versión: 05

Página 17 de 37

m) Deben almacenarse en los lugares establecidos y en forma adecuada los materiales de limpieza.

2. VENTILACIÓN Y TEMPERATURA

Artículo 23°. - Se deben mantener las condiciones siguientes:

a) En las instalaciones, se mantendrán por medios naturales y/o artificiales, condiciones atmosféricas adecuadas para evitar el insuficiente suministro de aire, el aire viciado y las corrientes dañinas, durante el horario de trabajo.

b) En todos los casos, la cantidad de ventilación necesaria en un determinado ambiente, deberá ser proporcional al número de trabajadores existentes y debidamente distribuidos en el área de trabajo, según el esfuerzo que éstos realizan, de modo que se garantice la existencia de condiciones ambientales adecuadas, en lo que se refiere a suministro de aire limpio.

c) La temperatura en todas las instalaciones de la empresa se mantendrá durante las horas de labor a un nivel que no sea perjudicial para la salud de los trabajadores ya sea por medios naturales o artificiales, debiendo evitarse el estrés térmico.

3. ILUMINACIÓN

Artículo 24°. - Se deben contar con las condiciones siguientes:

a) Se deben mantener adecuadas condiciones de iluminación en todas las instalaciones, sea de manera natural o artificial, durante el horario en que los trabajadores desarrollan sus actividades.

b) No se debe contar con fuentes de luz deslumbrantes, para impedir que el paso de la luz solar origine molestias, se debe implementar mecanismos que permitan graduar o restringir la luz solar.

c) Todos los lugares de tránsito en general, tales como pasadizos, gradas, escaleras, vías de evacuación y áreas de trabajo, deberán contar con iluminación segura y apropiada.

d) Las luces se mantendrán encendidas mientras haya personas en las instalaciones.

e) Se deben limpiar periódicamente las lámparas y luminarias, así como las ventanas, manteniendo a éstas libres de obstáculos.

f) Se deben reparar en el menor tiempo posible las fuentes de luz parpadeantes, para evitar molestias a los trabajadores en el desarrollo de sus actividades.

g) Se debe usar iluminación artificial en almacenes de expedientes y archivos, a fin de evitar la luz natural que puede contribuir a deteriorar los documentos en custodia.

4. ERGONOMÍA

Artículo 25°. - Ergonomía en general

Elaborado por:

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - CSST

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Fecha de Aprobación: 17/03/2025

Fecha de Actualización: 28/02/2025

Versión: 05

Página 18 de 37

a) Mantener una postura correcta, tanto sentado como de pie, con las articulaciones en posición neutra o descansada, y cambiar de posición frecuentemente para disminuir la tensión muscular y lesiones osteomusculares.

b) Evitar que en el desarrollo de las tareas se utilicen flexiones y torsiones del cuerpo en forma combinada, debido a que esta combinación es el origen y causa de la mayoría de las lesiones músculo esquelético.

c) Para las actividades en las que el trabajo debe hacerse utilizando la postura de pie, se deberán tomar breves pausas para descansar.

d) Todo personal asignado a realizar tareas en postura de pie y/o sentado debe mantenerse informado acerca de las técnicas de posicionamiento postural y manipulación de equipos, con el fin de salvaguardar su salud.

CAPÍTULO II

ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN USO DE EQUIPOS INFORMÁTICOS

Artículo 26°. - Seguridad ergonómica en el uso de computadoras

Ubicación de la pantalla:

a) Disponer la pantalla de manera perpendicular al techo (formando un ángulo de 90° con respecto al teclado), con el fin de no reflejar los puntos de luz generados por los focos o fluorescentes ubicados en el techo.

b) Ubicar la pantalla de manera frontal al servidor, con la finalidad de evitar giros laterales y/o movimientos incómodos.

c) Tratar, en lo posible, de que la parte superior de la pantalla esté ubicada a la altura de la vista del servidor.

Posición correcta de la persona que trabaja sentado:

a) Adoptar una posición relajada y erguida. Evitar inclinarse hacia adelante o hacia atrás.

b) Colocar los pies de forma plana sobre el suelo.

c) Apoyar la zona lumbar en el respaldar de la silla

d) No girar sobre la silla mediante movimientos bruscos del tronco; se debe realizar el giro con ayuda de los pies.

e) Evitar posturas excesivamente estáticas y a veces forzadas, ya que pueden producir molestias en la nuca, cabeza, brazos y columna vertebral.

f) Se recomienda realizar algunos ejercicios de relajación y estiramiento, durante el desempeño de sus actividades labores.

Elaborado por:

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - CSST

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Fecha de Aprobación: 17/03/2025

Fecha de Actualización: 28/02/2025

Versión: 05

Página 19 de 37

CAPÍTULO III

ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN ACTIVIDADES DE DOCENTES

Artículo 27°. - Seguridad del personal docente

a) Reconozca las condiciones del aula a utilizar: estado de la superficie del suelo, presencia de tarimas o desniveles que deben estar debidamente señalizados, suba y/o baje con precaución tarimas o desniveles.

b) Si debe transportar materiales, hágalo con un bolso o un carro, con el fin de mantener libres sus manos.

c) Utilice buena técnica vocal, adoptando posturas corporales que no tensionen los músculos, principalmente del cuello, respire sin elevar los hombros, inspire en forma nasal, para humedecer, entibie y limpie el aire, emita una fonación suave, hable con el tono adecuado, sienta la voz en la zona de la boca y labios y regule la velocidad de la voz.

d) Cumplir lo dispuesto en el plan para la vigilancia, prevención y control de la covid-19.

e) El docente que por necesidad de servicio debe hacer uso de la voz en forma excesiva, debe obtener información sobre prevención de daño a la voz.

f) Evite hablar en ambientes excesivamente ruidosos, gritar en forma permanente; hablar en un tono que no corresponde; toser o carraspear mientras se habla.

g) Al utilizar equipos o artefactos eléctricos, comprobar el estado del tomacorriente al que se va a conectar; evite que los conductores permanezcan sobre las zonas de tránsito, para desconectar el equipo siempre debemos tirar del enchufe y no del cable.

h) En caso de averías en los equipos la primera medida es desconectarlos y comunicar de inmediato al personal responsable.

i) Evitar en lo posible movimientos bruscos; adoptar una posición erguida para prevenir deformaciones de la columna, cambiar de posición contribuirá a la reducción de la tensión muscular y fatiga.

j) Los ruidos débiles existen en el aula, los que deben anularse son los ruidos excesivos generados por los alumnos.

k) La renovación periódica del aire en el aula ayuda a mantener un ambiente más limpio y contribuye a incrementar el confort y bienestar durante el desarrollo de la actividad docente.

l) La iluminación en lo posible, debe ser natural, en caso de ser artificial debe ser clara pero no estridente.

m) Por ser una actividad que requiere estar de pie se recomienda evitar prendas ajustadas, zapatos de taco alto y evitar la presencia de várices en miembros inferiores.

n) Está prohibido fumar en el lugar de trabajo.

Artículo 28°. - Seguridad del personal docente de actividades (deportes, danzas, etc.)

a) Cumplir lo dispuesto en el plan para la vigilancia, prevención y control de la covid-19.

Elaborado por:

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - CSST

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Fecha de Aprobación: 17/03/2025

Fecha de Actualización: 28/02/2025

Versión: 05

Página 20 de 37

b) El profesor debe tener el conocimiento de los riesgos de cada ejercicio y así buscar los medios eficaces para evitar que esos riesgos se transformen en daños físicos.

c) No dejar elementos o materiales de Educación Física que puedan resultar peligrosos en patios o gimnasios abiertos.

d) Tomar las previsiones del caso cuando trabaje al aire libre, con pisos húmedos o resbaladizos.

e) Para el desarrollo de actividades al aire libre tomar las debidas precauciones de acuerdo a las condiciones climáticas.

f) Evitar realizar el trabajo en un espacio físico muy reducido o con materiales inadecuados o en mal estado para la actividad, en caso contrario informar a la coordinación.

g) En las losas multideportivas tener en cuenta el estado en que se encuentran dichas instalaciones, si los arcos están bien anclados al suelo y al igual que las canastas de baloncesto.

h) Está prohibido fumar en el lugar de trabajo.

CAPÍTULO IV

ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LABORATORIO DE PRÁCTICAS

Artículo 29°. - Seguridad del personal docente y alumnos en el laboratorio de enseñanza;

a) Emplear siempre los equipos de protección personal (guantes, bata y gafas de protección). Usar batas de algodón.

b) Mantener la ventilación adecuada del laboratorio.

c) Cumplir lo dispuesto en el plan para la vigilancia, prevención y control de la covid-19.

d) Usar la menor cantidad posible de compuestos que permita llevar a cabo los objetivos propuestos.

e) Contar con elementos de protección para casos de emergencia.

f) Está prohibido fumar, comer o beber en el laboratorio.

g) Lavarse las manos antes de dejar el laboratorio.

h) Trabajar con orden limpieza y sin prisa.

i) Si se derrama un producto, recogerlo inmediatamente.

j) Dejar siempre el material limpio y ordenado.

k) Todos los frascos que se utilizan en el laboratorio deben estar rotulados.

l) Transportar las botellas cogidas del fondo, nunca de la boca.

m) Depositar en contenedores especiales y debidamente señalizados:

1. El vidrio roto.

2. Los reactivos tóxicos, nocivos o dañinos para el medio ambiente.

3. Los residuos biológicos.

n) Verificar que el equipo eléctrico o electrónico esté debidamente conectado.

o) Comunicarle inmediatamente al responsable del laboratorio cualquier situación atípica detectada (equipos, materiales o sustancias en mal estado, olores extraños, entre otros).

Elaborado por:

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - CSST

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

TÍTULO VI

Fecha de Aprobación: 17/03/2025

Fecha de Actualización: 28/02/2025

Versión: 05

Página 21 de 37

ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS SERVICIOS Y ACTIVIDADES CONEXAS

CAPITULO I

ESTÁNDARES DE SEGURIDAD PARA PERSONAL DE OFICINAS ADMINISTRATIVAS

Artículo 30º. - Generalidades:

a) Usar ropa de trabajo adecuada, acorde con la naturaleza de su trabajo

b) No colocar materiales u objetos en la parte superior de armarios archivadores, muebles y equipos

c) No ubicar cajas, papelería u otro tipo de elementos debajo de escritorios, o mesa de trabajo, porque limita el acercamiento al plano de trabajo e incrementa la fatiga

d) Mantener en el escritorio o puesto de trabajo sólo lo indispensable para realizar las actividades.

e) Cumplir lo dispuesto en el plan para la vigilancia, prevención y control de la covid-19

f) Verificar que la altura del escritorio o del tablero de la mesa permita suficientes espacios para acomodar las piernas, de modo que facilite los ajustes de la postura para el trabajador sentado, a la vez también permite un ángulo de 90° a 100° para el codo.

g) Mantener una postura de sentado, que permita comodidad en el trabajo, regular la altura de la silla o de la superficie de trabajo, de forma que los antebrazos queden paralelos al suelo y las muñecas no se doblen. Adoptar una posición relajada y erguida. Evitar inclinarse hacia adelante o hacia atrás. Colocar los pies de forma plana sobre el suelo.

h) No colocar cerca de los bordes de escritorios o mesas, artefactos como: Teléfonos, máquinas y/o equipos de oficina.

i) Mantener los cajones y puertas de escritorios, archivadores, armarios, etc.; siempre cerrados a fin de evitar golpes o caídas del personal.

j) No adoptar posturas incorrectas como: sentarse sobre una pierna o sentarse con las piernas cruzadas ni sujetar el auricular del teléfono con el hombro.

k) No utilizar líquidos inflamables para la limpieza de equipos.

l) Si de algún equipo eléctrico sale chispas o humo, desconectarlo e informar inmediatamente.

m) Solicitar ayuda antes de mover objetos, muebles y/o equipos pesados.

n) No manipular equipos eléctricos con las manos húmedas.

o) Evitar sobrecargar los tomacorrientes utilizando enchufes múltiples u otros dispositivos eléctricos

p) No se colocará cables eléctricos, ni telefónicos, sin la debida protección.

q) Guardar en gavetas los lápices, cortapapeles, tijeras, alfileres y otros objetos punzocortantes.

r) Desconectar equipos eléctricos al finalizar la jornada de trabajo.

s) El trabajador es responsable del cuidado de los bienes y recursos que le son confiados para el desarrollo de su trabajo.

Elaborado por:

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - CSST

REGLAMENTO

INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

t) Está prohibido fumar en el lugar de trabajo.

Fecha de Aprobación: 17/03/2025

Fecha de Actualización: 28/02/2025

Versión: 05

Página 22 de 37

u) Solicitar la limpieza de los ventiladores a fin de evitar la acumulación de polvo, ácaros, los mismos que son redistribuidos en la oficina si éstos no tienen el mantenimiento adecuado.

CAPÍTULO II

ESTÁNDARES DE SEGURIDAD EN USO DE EQUIPO INFORMÁTICOS

Artículo 31º. - Generalidades:

a) Los equipos deben tener condiciones de movilidad suficiente, para permitir el ajuste hacia el trabajador.

b) Los monitores deben tener protección contra reflejos, parpadeos y deslumbramientos

c) Deberán tener regulación en altura y ángulos de giro

d) El monitor debe ser ubicado de tal forma que la parte superior se encuentre ubicada a la misma altura que los ojos, dado que lo óptimo es mirar hacia abajo en vez que hacia arriba

e) El monitor se colocará a una distancia no superior del alcance de los brazos, antebrazos y manos extendidas, tomada cuando la espalda está apoyada en el respaldar de la silla. De esta manera se evita el flexo extensión del tronco.

f) El teclado sebe ser independiente y tener la movilidad que permita al trabajador adaptarse a las tareas a realizar, debe estar en el mismo plano que el ratón para evitar la flexo extensión del codo.

g) Proporcionar un apoyo adecuado para los documentos, evitando el frecuente movimiento del cuello y la fatiga visual.

h) Para desechar los cartuchos de tóner usados deberán ser colocados de ser posible en la misma caja del cartucho nuevo que está instalado en la impresora o fotocopiadora. En caso no cuente con la caja colocarlo en una caja cualquiera de buen estado evitando su manipulación y reciclaje.

CAPÍTULO III

ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD PARA PERSONAL DE MANTENIMIENTO

Artículo 32°. - El personal de mantenimiento debe cumplir las recomendaciones siguientes:

a) Ayudar a conservar limpia y ordenada la zona de trabajo, depositar los materiales inservibles, basura, etc., en recipientes adecuados para ser retirados.

b) Tener presente en cada momento, la situación de los compañeros que trabajan cerca y el trabajo que están haciendo, para evitar riesgos añadidos por esa proximidad.

c) Cumplir lo dispuesto en el plan para la vigilancia, prevención y control de la covid -19.

d) No permanecer ni circular bajo cargas suspendidas.

e) Revisar antes de iniciar el trabajo que: los equipos, máquinas y herramientas a utilizar estén en buenas condiciones de uso, informar cualquier deficiencia encontrada.

f) Consultar cualquier duda sobre la forma en que debe ser ejecutado el trabajo, no comenzando sin saber antes, cómo hacerlo correctamente.

Elaborado por:

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - CSST

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Fecha de Aprobación: 17/03/2025

Fecha de Actualización: 28/02/2025

Versión: 05

Página 23 de 37

g) No poner fuera de funcionamiento los sistemas de seguridad de máquinas y herramientas.

h) Señalizar la zona de trabajo y poner las medidas de protección colectiva para reducir riesgos.

i) Usar obligatoriamente los equipos de protección personal (EPP) que sean necesarios para protegerse de los riesgos del trabajo.

j) Está prohibido fumar en el lugar de trabajo.

CAPÍTULO IV

ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN TÓPICO MÉDICO

Artículo 33°. - El personal de tópico debe cumplir las recomendaciones siguientes:

a) Lavarse las manos antes de proporcionar cualquier atención al paciente, con cuidado especial ante la piel no intacta.

b) Se utilizará jabón normal para eliminar microorganismos transitorios, suciedad de sangre, tierra, heces y partículas de comida.

c) Utilizar en todo momento los equipos de protección personal: guantes, mascarillas, protectores oculares, gorro, bata y mandil.

d) Cumplir lo dispuesto en el plan para la vigilancia, prevención y control de la covid -19.

e) El suelo debe ser homogéneo, llano y liso, no resbaladizo y de fácil limpieza.

f) Disponer adecuadamente del mobiliario y equipos, de forma que facilite el desplazamiento de los trabajadores y les permita mantener posiciones adecuadas durante el desarrollo del trabajo.

g) Todas las sustancias deben estar debidamente etiquetadas

h) Apartar los objetos cortantes cuando no se utilicen, de la mesa de curaciones.

i) Las agujas y jeringas, han de ser de un solo uso.

j) Los objetos agudos (agujas, hojas de bisturí, etc.) deben considerarse como potencialmente infectantes.

k) Tener extremo cuidado en evitar contacto con heridas, eczemas, escoriaciones de piel y mucosas del personal con fluidos o material procedente de pacientes infectados.

l) Las salpicaduras de material orgánico, especialmente sangre, han de ser rápidamente limpiadas con solución desinfectante, al igual que las superficies en suelos, paredes, etc.

m) Las gasas, algodón, etc., contaminadas con sangre han de colocarse en bolsas plásticas de color rojo, debidamente señalizadas y enviadas a zonas de desecho.

n) Aplicar sistemas de trabajo seguros, procedimientos seguros para la utilización y eliminación del instrumental médico punzo cortante.

o) Está prohibido fumar en el lugar de trabajo.

Elaborado por:

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - CSST

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Fecha de Aprobación: 17/03/2025

Fecha de Actualización: 28/02/2025

Versión: 05

Página 24 de 37

CAPÍTULO V

ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN SERVICIO DE LIMPIEZA

Artículo 34°. - El personal de servicio de limpieza debe cumplir las recomendaciones siguientes:

a) Los trabajadores deben emplear obligatoriamente los equipos de protección personal (EPP).

b) Cumplir lo dispuesto en el plan para la vigilancia, prevención y control de la covid -19.

c) Cuidar que los pisos no se encuentren inundados y se mantengan limpios, evitando que contengan elementos que los hagan resbaladizos.

d) La limpieza debe efectuarse progresando, desde el fondo del local hacia la puerta.

e) Trasladar las bolsas de residuos cerradas, para evitar cortes o pinchazos, no deben apretarse ni deben acercarse al cuerpo ni a las piernas.

f) Los envases y recipientes de productos de limpieza y desinfección, serán debidamente rotulados.

g) Tener cuidado para no golpearse la cabeza o partes del cuerpo, en zonas muy estrechas y con obstáculos, como máquinas, conductos, barandillas, cajones de mesa, armarios, estanterías.

h) Tener especial cuidado al trabajar con productos químicos, que pueden provocar efectos sobre las vías respiratorias, irritación de los ojos, erupciones en la piel.

i) Lavarse las manos antes y después de las tareas con abundante agua y jabón

j) No comer o beber en el puesto de trabajo.

k) Está prohibido fumar en el lugar de trabajo.

CAPÍTULO VI

ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN SERVICIO DE VIGILANCIA

Artículo 35°. - El personal de servicio de vigilancia debe cumplir las recomendaciones siguientes:

a) Los trabajadores están obligados a acatar las disposiciones de la empresa, sobre protección de instalaciones, propiedades, máquinas y equipos en general.

b) El uso de vestuario y equipos de protección es obligatorio, cada trabajador debe mantenerlos en buen estado de conservación, bajo responsabilidad.

c) Cumplir lo dispuesto en el plan para la vigilancia, prevención y control de la covid-19.

d) Contar con la respectiva licencia, si es que porta armas de fuego.

e) Se informará inmediatamente a su superior, sobre cualquier lugar o condición de trabajo que se considere peligroso, a fin de adoptar los correctivos necesarios.

f) Toda persona que ingrese o salga, de las instalaciones de la empresa portando, maletines o paquetes, está obligado a mostrar el contenido del mismo al personal de vigilancia, para su verificación.

g) Está terminantemente prohibido, el ingreso de personas que se presuman en estado etílico o bajo la influencia de drogas o sustancias alucinógenas.

Elaborado por:

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - CSST

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Fecha de Aprobación: 17/03/2025

Fecha de Actualización: 28/02/2025

Versión: 05

Página 25 de 37

h) Todo visitante está obligado a identificarse con su DNI, ante el personal de vigilancia, a su solicitud, antes de ingresar a la empresa.

i) Para trabajar en la noche, tome medidas de precaución especiales. Primero que nada, deberá aumentar la visibilidad y estar bien familiarizado con sus alrededores.

j) Está prohibido fumar en el lugar de trabajo.

CAPÍTULO VII

ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN COMISIÓN DE SERVICIOS

Artículo 36°. - Los trabajadores que realicen actividades fuera de las instalaciones por comisión de servicios deberán cumplir los siguientes lineamientos:

a) Reconocer el trayecto y las condiciones de viaje con el fin de usar la vestimenta apropiada y evitar enfermedades relacionadas a los factores climáticos.

b) Usar los equipos de protección personal adecuados (EPP) y mantener el distanciamiento social establecido (2 metros) a fin de evitar el contagio de la covid-19.

c) Obedecer las señales de tránsito en todo momento.

d) Cruzar siempre en las intersecciones.

e) Cruzar la calle cuando el semáforo esté en luz roja

f) Utilizar los puentes para peatones.

g) Caminar únicamente por las veredas y cuando no las hubiere, en sentido contrario al tránsito.

h) Estar alerta en todo momento ante cualquier situación o individuo que pudiera resultar sospechoso.

i) En caso de evidenciar situación sospechosa, evaluar la posibilidad de ingresar al local público más cercano (por ejemplo, tiendas, restaurantes o empresas) y de ser necesario llamar a la Central del Serenazgo o a la Policía Nacional.

j) No oponer resistencia ante la eventualidad de un robo o asalto; no poner en riesgo su vida.

k) Evitar transitar por zonas de alto riesgo y por calles o avenidas con poca iluminación.

l) Evitar exponer o mostrar teléfonos celulares, tablets o algún otro objeto de valor que puedan atraer la atención de los asaltantes.

m) Llevar consigo lo mínimo indispensable al visitar zonas peligrosas o presumiblemente inseguras.

CAPÍTULO VIII

PROTOCOLO PARA PREVENIR CONTAGIO DEL COVID -19

Artículo 37°. - Conforme a lo dispuesto en las normas de salud vigentes, la empresa CIMA SAC, responsable de brindar el servicio educativo a estudiantes de la región Lambayeque, presenta el “Plan para la vigilancia, prevención y control de la covid-19 en el trabajo”, el cual contiene lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores, estableciéndose criterios generales a cumplir durante el periodo de emergencia sanitaria y posterior a la misma.

Elaborado por:

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - CSST

Responsabilidad del empleador:

1. Limpieza y Desinfección de los Centros de Trabajo

Fecha de Aprobación: 17/03/2025

Fecha de Actualización: 28/02/2025

Versión: 05

Página 26 de 37

2. Identificación de sintomatología covid-19 previo al ingreso al centro de trabajo (Anexo N°2 – Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de la Covid-19)

3. Identificación de niveles de riesgo por cada puesto de trabajo. (Anexo N°1 – Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de la Covid-19).

4. Aplicación de la lista de chequeo de vigilancia (Anexo N°3 – Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de la Covid-19).

5. Aplicación de prueba molecular y/o pruebas rápidas (de ser necesario)

6. Proveer suministros desinfectantes y equipos de protección personal.

7. Vigilancia y control a los trabajadores para prevenir el contagio de la covid-19

Responsabilidad del trabajador:

1. Cumplir las disposiciones señaladas en materia de seguridad y salud en el trabajo, normas y procedimientos, reglas básicas o cartillas de instrucción que se deriven

2. Realizar toda acción conducente a prevenir incidentes, accidentes y en caso de ocurrir informar a su jefe inmediato y del Supervisor de SST

3. Lavarse las manos de acuerdo al plan para la vigilancia prevención y control de la covid-19 en el trabajo.

4. Informar a su jefe inmediato y/o CSST en caso presencie o tenga conocimiento de algún hecho que ponga en riesgo la salud de los trabajadores, por menores que éstos sean.

5. Usar correctamente los equipos de protección personal.

6. Declarar con la verdad los datos que el empleador solicite con el propósito de reincorporarse a su centro de labores, en caso de presentar información falsa que puede perjudicar la salud de sus compañeros, y la propia, lo cual, de constituir una falta grave a la salud pública, asuma sus consecuencias

7. Mantendrán condiciones de orden y limpieza en todos los lugares y actividades.

8. Se someterán a los exámenes médicos a que están obligados por norma expresa, siempre y cuando se garantice la confidencialidad del acto médico.

9. Cumplir con los lineamientos establecidos asumiendo actitudes preventivas en todas las tareas que deban emprender, priorizando las actividades que protejan a las personas y los bienes de la empresa.

CAPÍTULO IX

MANEJO SEGURO DE LÍQUIDOS INFLAMABLES

Artículo 38°. - Los líquidos inflamables pueden abarcar desde líquidos para limpieza, pintura y otros hasta combustibles. Para evitar la ocurrencia de un incendio se debe tener presente las consideraciones básicas:

a) Limpiar inmediatamente cualquier derrame de líquidos inflamables.

Elaborado por:

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - CSST

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Fecha de Aprobación: 17/03/2025

Fecha de Actualización: 28/02/2025

Versión: 05

Página 27 de 37

b) Leer con cuidado, antes de usarlos o almacenarlos, las etiquetas que los fabricantes colocan sobre los recipientes que contienen líquidos inflamables.

c) Mantener orden y limpieza en las áreas donde se mantengan productos inflamables.

d) Mantener cerrados los recipientes cuando no estén en uso.

e) Mantener los líquidos inflamables alejados de llamas y chispas.

f) No fumar en áreas donde hay líquidos inflamables presentes.

g) Evitar cualquier otro acto que provoque la combustión de líquidos inflamables.

CAPÍTULO X ELIMINACIÓN DE DESPERDICIOS

Artículo 39°. - No acumular en el piso desperdicios de material inflamable, los mismos que deben ser destruidos o acumulados separadamente de otros desperdicios.

Artículo 40°. - Se debe disponer de recipientes para recoger inmediatamente los trapos saturados de aceite, pintura u otros materiales combustibles, en el caso de que éstos sean utilizados dentro de las instalaciones de la institución.

Artículo 41°. - Diariamente el personal de limpieza debe recolectar los recipientes de basura de cada ambiente, colocándolos en el lugar determinado para ser evacuados de la institución.

CAPITULO XI

PROTECCIÓN PERSONAL

Artículo 42°. - CIMA SAC a través del área de mantenimiento, seguridad y limpieza, proporciona y garantiza el uso de los Equipos de Protección Personal (EPP) de acuerdo con las condiciones de trabajo, para protegerlos contra lesiones y/o enfermedades ocupacionales. El uso de estos es obligatorio según la naturaleza del trabajo con el fin de evitar el contagio de la covid -19.

Artículo 43°. - En los casos que corresponda, los proveedores de la institución deberán proporcionar los correspondientes EPP a su personal y demás dependientes.

TÍTULO VII

PREPARACIÓN Y RESPUESTA EN CASO DE EMERGENCIAS

CAPÍTULO I

GENERALIDADES

Artículo 44°. - En caso que sea necesaria la evacuación de las instalaciones de la institución se activará la alarma de emergencia, en cuyo caso se deberá tomar en cuenta lo siguiente:

a) Mantener la calma.

b) Suspender cualquier actividad que se esté realizando en ese momento.

Elaborado por:

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - CSST

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

c) Seguir las instrucciones de los brigadistas.

Fecha de Aprobación: 17/03/2025

Fecha de Actualización: 28/02/2025

Versión: 05

Página 28 de 37

d) Abandonar las zonas de trabajo o instalaciones de forma ordenada.

e) Evacuar por las salidas de emergencia establecidas.

f) Dirigirse a las zonas seguras o puntos de reunión, alejándose de las áreas con vidrios e inseguras.

g) Presentarse ante los brigadistas de evacuación para hacer un recuento en el punto de reunión.

h) Evitar bloquear la calle o las vías de acceso.

i) Permanecer en los respectivos puntos de reunión hasta que se disponga otra acción.

CAPÍTULO II

PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN

CONTRA SISMOS

1. PREVENCIÓN CONTRA SISMOS

Artículo 45°. - Simulacros de sismos

CIMA SAC a través de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional, realiza ejercicios periódicos de entrenamiento que simulan las condiciones de un sismo a fin que todos sus servidores estén preparados ante la ocurrencia de un sismo.

Artículo 46°. - Antes de un sismo deben adoptarse los siguientes lineamientos:

a) Asegurar el anclaje de muebles y electrodomésticos altos y pesados a la pared, para evitar su caída durante el movimiento sísmico.

b) Mover los objetos pesados a las partes bajas de los muebles para evitar que caigan ante un eventual sismo; si esto no es posible, tratar de sujetarlos mediante anillos, alambres o asegurarlos a la pared o estantes.

c) Situar los objetos frágiles en zonas próximas al suelo.

d) Ubicar los muebles de manera que pueda evacuarse rápidamente tras cesar el sismo.

e) Visualizar las ventanas, espejos, vidrios o cualquier otro objeto que pueda romperse o desprenderse para alejarse rápidamente de los mismos.

f) Identificar las zonas más seguras en cada lugar: muros, columnas, marcos de puertas, que no tengan cristal sobre ellos, etc. Los ambientes amplios, con grandes ventanales y pocos elementos de apoyo, suelen ser más las propensas a colapsar durante un sismo.

g) Identificar a los brigadistas del local en el que trabaja.

1. Ubicar las rutas de evacuación y zonas seguras en los planos del local en el que se encuentre.

2. Conocer la ubicación del botiquín de primeros auxilios.

3. Participar en los simulacros programados.

Elaborado por:

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - CSST

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

2. PROTECCIÓN CONTRA SISMOS

Artículo 47°. - Durante un sismo.

Deben adoptarse los siguientes lineamientos:

Fecha de Aprobación: 17/03/2025

Fecha de Actualización: 28/02/2025

Versión: 05

Página 29 de 37

a) Salir rápidamente y en orden de las instalaciones. No gritar, correr o empujar, y dirigirse a una zona segura.

b) Mantener la calma y estar alerta a los acontecimientos en el punto de reunión de la zona segura.

c) De percatarse de alguna persona herida, informar inmediatamente a los brigadistas o al personal de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional.

d) No reingresar a su centro de labores ni abandonar los puntos de reunión hasta recibir la orden respectiva por parte del Coordinador General del Centro de Operaciones de Emergencia o quien haga sus veces.

e) Seguir las indicaciones de los brigadistas en todo momento.

Las personas que no hayan podido evacuar de las instalaciones de la institución, deberán hacerlo de acuerdo con las instrucciones de la Oficina de Defensa Nacional, dirigiéndose a los respectivos puntos de reunión.

CAPÍTULO III

PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

1. PREVENCIÓN CONTRA INCENDIOS

Artículo 48°. - Los locales deben estar provistos de suficientes equipos para la extinción de incendios, los que deben estar adaptados a los riesgos particulares que éstos presenten. CIMA SAC deberá contar permanentemente con personas entrenadas (brigadistas/encargados de seguridad/etc.) en el uso correcto de estos equipos.

Artículo 49°. - Aquellas áreas que presenten condiciones particulares de riesgo de incendio, deberán ser inspeccionadas, monitoreadas y tratadas con la mayor frecuencia posible para evitar una contingencia.

PASILLOS Y PASADIZOS

Artículo 50°. - Los pasajes de circulación (escaleras integradas, escaleras de evacuación, accesos de uso general, salidas de evacuación, etc.) deben permanecer siempre libres de obstáculos, no debiendo existir ninguna obstrucción que dificulte el paso de las personas.

Elaborado por:

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - CSST

ESCALERAS, PUERTAS Y SALIDAS

Fecha de Aprobación: 17/03/2025

Fecha de Actualización: 28/02/2025

Versión: 05

Página 30 de 37

Artículo 51°. - Las señales de las puertas de salida deben estar colocadas de tal manera que sean fácilmente visibles y mantener libre el acceso o la visibilidad de las mismas. El giro de la hoja de las puertas de salida debe ser en dirección del flujo de los evacuantes, siempre y cuando el ambiente tenga más de 50 personas.

Artículo 52°. - Las salidas deben estar instaladas en número suficiente y dispuestas de tal manera que las personas ocupadas en los lugares de trabajo puedan abandonarlas inmediatamente con toda seguridad, en caso de emergencia.

Artículo 53°. - Las puertas, pasadizos de salida y escaleras que puedan ser usadas como medio de escape, deben ser claramente identificados con señales que indiquen la vía de salida y deben estar dispuestas de tal manera que sean fácilmente ubicables.

2. PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

Artículo 54°. - Los incendios de acuerdo al tipo de material combustible que arde, se clasifican en:

• INCENDIO CLASE A: Fuego que se produce en materiales combustibles sólidos, tales como: madera, papel, cartón, tela, etc.

• INCENDIO CLASE B: Fuego producido por líquidos inflamables tales como: gasolina, aceite, pintura, solvente, etc.

• INCENDIO CLASE C: Fuego producido en equipos eléctricos como: motores, interruptores, reóstatos, etc.

Artículo 55°. - Deberán aplicarse las siguientes consideraciones generales importantes:

a) Desconectar los aparatos eléctricos al término de las labores de trabajo.

b) Evitar utilizar elementos que provoquen fuego como velas, encendedores u otros similares.

c) Mantener limpia, ordenada y, en lo posible, libre de materiales combustibles y líquidos inflamables, el área de trabajo.

d) Informar al jefe inmediato sobre cualquier equipo eléctrico defectuoso, instalaciones precarias con cordones y cables que queden colgados y expuestos, entre otros.

e) No sobrecargar los tomacorrientes con varios enchufes, puede causar un corto circuito que desencadene en un incendio.

f) Familiarizarse con la ubicación y forma de uso de los extintores y mangueras contra incendios.

g) En caso de incendio de equipos eléctricos, el personal de mantenimiento debe desconectar el fluido eléctrico. No use agua ni extintores que la contengan sin antes haber cortado la energía eléctrica.

h) Cumplir con los avisos de seguridad impartidos por la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional y familiarícese con los principios fundamentales de primeros auxilios.

Elaborado por:

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - CSST

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Fecha de Aprobación: 17/03/2025

Fecha de Actualización: 28/02/2025

Versión: 05

Página 31 de 37

i) Para apagar un incendio, las personas entrenadas deben dirigir el contenido de los extintores a la base de las llamas, sin desperdiciar su contenido.

j) En los incendios de tipo B y C no usar agua para extinguirlos, sino otros medios de extinción, como extintores de polvo químico seco (POS) o gas carbónico (C02).

Artículo 56°. - En caso de detectar un incendio, cualquier persona debe proceder de la siguiente manera:

a) Dar la alarma interna y externa del acontecimiento.

b) Llamar a los Bomberos.

c) Comunicar a los integrantes de la brigada contra incendios y a la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional.

d) Seguir las indicaciones de la brigada contra incendios o de los representantes de la Oficina de Defensa Nacional.

e) Evacuar el área de manera ordenada con dirección a la puerta de salida más cercana.

Artículo 57°. - Consideraciones generales importantes contra incendios

a) La mejor forma de combatir incendios es evitando que estos se produzcan.

b) Desconecte los aparatos eléctricos al término de las labores de trabajo.

c) Mantener el área de trabajo limpio, ordenado y en lo posible libre de materiales combustibles y líquidos inflamables.

d) Informar al jefe inmediato sobre cualquier equipo eléctrico defectuoso (instalaciones precarias con cordones y cables que queden colgados y expuestos).

e) Familiarícese con la ubicación y forma de uso de los extintores y grifos contra incendios.

f) No sobrecargue los tomacorrientes con varios enchufes, puede causar un corto circuito que desencadene en un incendio.

g) En caso de incendio de equipos eléctricos, el personal del Área de Mantenimiento debe desconectar el fluido eléctrico.

h) No use agua, ni extintores que la contengan sino se ha cortado la energía eléctrica.

i) Obedecer los avisos de seguridad impartidos por la Oficina de Defensa Nacional y familiarícese con los principios fundamentales de primeros auxilios.

j) Las personas entrenadas en el uso de extintores, para apagar un fuego, debe acercarse lo más que se pueda, dirigir el chorro a la base de las llamas, no desperdiciar el contenido del extintor.

k) En los incendios de tipo B y C, no se usa agua para extinguirlos, debiéndose usar otros medios de extinción adecuados los extintores de Polvo Químico Seco (PQS) o Gas Carbónico (C02).

Elaborado por:

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - CSST

Artículo 58°. - Extintores portátiles

Fecha de Aprobación: 17/03/2025

Fecha de Actualización: 28/02/2025

Versión: 05

Página 32 de 37

a) CIMA SAC cuenta con extintores vigentes, adecuados y ubicados estratégicamente en cantidad y calidad de acuerdo con los riesgos existentes, lo que permite otorgar al personal una correcta protección en caso de ocurrencia de un siniestro, considerando la naturaleza de sus actividades.

b) Los aparatos portátiles contra incendios se revisarán e inspeccionarán en forma periódica y estarán debidamente identificados y señalizados para su empleo a cualquier hora del día, y serán recargados al término de su tiempo de vigencia o se hallan utilizado o no toda la carga.

c) Cuando ocurran incendios en lugares con presencia de equipos eléctricos, los extintores para combatirlos son de polvo químico seco; en caso de que el incendio sea en oficinas, centros de cómputo implementados con equipos sofisticados, se deben utilizar los extintores de gas carbónico (C02) para su extinción.

Artículo 59°. - Simulacros de incendios

CIMA SAC a través de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional realiza ejercicios de entrenamiento periódicos que simulan las condiciones de un incendio, además adiestrará a todo el personal, en el empleo de los extintores portátiles, evacuación y primeros auxilios.

CAPÍTULO IV SEÑALES DE SEGURIDAD

Artículo 60°. - En las instalaciones de la institución se deberán colocar en lugares visibles y estratégicos avisos y señales de seguridad, de acuerdo con lo establecido en la Norma Técnica Peruana NTP 399.009

“Colores Patrones Utilizados en Señales y Colores de Seguridad”, Norma Técnica Peruana NTP 399.010

“Colores y Señales de Seguridad”, y Norma Técnica Peruana NTP 399.011 “Símbolos, Medidas y Disposición de las Señales de Seguridad”.

Artículo 61°. - Objetivo de las señales de seguridad

El objetivo de las señales de seguridad es informar a toda persona que se encuentre en las instalaciones de CIMA SAC acerca de peligros y riesgos de accidentes, facilitar la evacuación en caso de emergencia y advertir la existencia de circunstancias particulares que pudieran darse en el ámbito de la actividad de la institución.

Artículo 62°. - Dimensiones de las señales de seguridad

Las señales de seguridad serán tan grandes como sea posible y su tamaño será congruente con el lugar en el que se colocan o el tamaño de los objetos, dispositivos o materiales a los cuales se fijan; en todos los casos, el símbolo de seguridad debe ser identificado desde una distancia apropiada.

Elaborado por:

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - CSST

Fecha de Aprobación: 17/03/2025

Fecha de Actualización: 28/02/2025

Versión: 05

Página 33 de 37

Artículo 63°. - Las dimensiones de las señales de seguridad son las siguientes:

Círculo: 20 cm. de diámetro.

Cuadrado: 20 cm. por lado.

Rectángulo: 20 cm. de altura y 30 cm. de base.

Triángulo equilátero: 20 cm. por lado.

Estas dimensiones pueden multiplicarse por las series siguientes: 1.25, 1.75, 2, 2.25, 2.5, y 3.5, según sea necesario ampliar el tamaño.

Artículo 64°. - Aplicación de los colores y símbolos en las señales de seguridad

a) Las señales de prohibición tienen como fondo color blanco, la corona circular y la barra transversal son rojos, el símbolo de seguridad negro y se ubica al centro y no se superpone a la barra transversal; el color rojo cubre como mínimo el 35% del área de la señal.

b) Las señales de advertencia tienen como fondo color amarillo, la banda triangular negra, el símbolo de seguridad negro y ubicado en el centro; el color amarillo debe cubrir como mínimo el 50% de área de la señal.

c) Las señales de obligatoriedad tienen como fondo color azul, la banda circular es blanca, el símbolo de seguridad es blanco y debe estar ubicado en el centro; el color azul cubre como mínimo el 50% del área de la señal.

d) Las señales informativas se deben ubicar en equipos de seguridad en general, rutas de escape, etc.

Las formas de las señales informativas deben ser cuadradas o rectangulares, según convengan a la ubicación del símbolo de seguridad o el texto. El símbolo de seguridad es blanco, el color de fondo es verde y debe cubrir como mínimo el 50% del área de la señal.

CAPÍTULO V PRIMEROS AUXILIOS

Artículo 65°. - Objetivos de los primeros auxilios

El principal objetivo de los primeros auxilios es evitar por todos los medios posibles la muerte o la invalidez de la persona accidentada, así como brindar auxilio a la persona accidentada mientras se espera la llegada del médico o se le traslada a un nosocomio.

Artículo 66°. - Reglas generales básicas

Cuando se presente la necesidad de un tratamiento de emergencia, deben seguirse estas reglas básicas:

a) Evitar el nerviosismo y el pánico.

b) Hacer el tratamiento adecuado sin demora si se requiere acción inmediata para salvar una vida. Algunos de éstos, se mencionan en los artículos siguientes del presente reglamento.

Elaborado por:

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - CSST

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

c) Hacer un examen cuidadoso de la víctima.

Fecha de Aprobación: 17/03/2025

Fecha de Actualización: 28/02/2025

Versión: 05 Página 34 de 37

d) No mover a la persona lesionada, a menos que sea absolutamente necesario.

e) Avisar inmediatamente al médico o brigadista de primeros auxilios.

Artículo 67°. - Procedimientos para Tratamientos de:

1. SHOCK

a) Acostar al paciente levantando sus pies de la camilla, banca o donde se encuentre acostado, con el fin de irrigar el cerebro.

b) Constatar que la boca del paciente esté libre de cuerpos extraños y que la lengua esté hacia adelante.

c) Dar aviso a un compañero para recibir ayuda.

d) Suministrar al paciente abundante cantidad de aire fresco u oxígeno si existe disponible.

e) Evitar el enfriamiento, abrigar al paciente por ejemplo con una frazada u otro objeto.

f) De encontrarse dentro de las instalaciones de CIMA SAC, dar aviso al personal médico de la sede si lo hubiera, o al personal competente para que gestione el traslado del paciente al centro médico más cercano. De encontrarse en comisión de servicio, trasládelo usted mismo o llame a una ambulancia.

2. CONVULSIONES

a) Despeje la zona de curiosos. Deje espacio para el paciente.

b) No trate de impedir las convulsiones. No sujete, ni introduzca los dedos ni objetos en la boca.

c) Mantenga recostado y con la cabeza a un lado para evitar que se golpee con los objetos que lo rodean.

d) Cuando finalice la convulsión, limpie la nariz y la boca de saliva y secreciones.

e) Evitar la mordedura de la lengua colocando un objeto que el paciente pueda morder, sin tapar la boca.

f) Asegúrese que respira bien y tiene pulso. Cúbralo con una frazada o manta.

g) De encontrarse dentro de las instalaciones de la institución, informar al personal médico o a las personas competentes para que gestionen el traslado a un centro médico.

3. HERIDAS CON HEMORRAGIAS

a) Para atender a una persona que sufre una hemorragia, el auxiliador preferentemente contará con guantes desechables de látex por seguridad.

b) Parar o retardar la hemorragia colocando una venda o pañuelo limpio sobre la herida y presionando moderadamente.

c) Dar aviso a un compañero para recibir ayuda, si fuese posible.

Elaborado por:

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - CSST

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Fecha de Aprobación: 17/03/2025

Fecha de Actualización: 28/02/2025

Versión: 05

Página 35 de 37

d) Aplicar un torniquete si la hemorragia persiste, en la zona inmediatamente superior a la herida y ajustar fuertemente.

e) Acostar al paciente y tratar de mantenerlo abrigado.

f) Trasladar al herido al hospital o llamar una ambulancia.

g) De encontrarse dentro de las instalaciones de la institución, informar al personal médico o a las personas competentes para que gestionen el traslado a un centro médico.

h) Si el viaje hasta el centro médico es prolongado, suelte el torniquete cada 15 minutos para que circule la sangre.

4. FRACTURAS

a) No doblar, torcer o jalar el miembro fracturado.

b) Mantener al paciente descansando y abrigado.

c) Dar aviso a un compañero para recibir ayuda.

d) No mover al paciente por fracturas de espalda, cuello, brazo o pierna. Para estos casos llamar al personal médico.

e) Por fracturas de cualquier otra parte del cuerpo, llevar al accidentado al médico.

f) De estar dentro de las instalaciones de la institución, informar al personal médico o a las personas competentes para que gestionen el traslado al respectivo centro médico.

g) Si hay duda acerca de si un hueso está o no fracturado, tratar como fractura.

5. QUEMADURAS

Son lesiones que se producen a causa del calor seco o del calor húmedo y se clasifican de acuerdo al grado de lesión que causa a los tejidos del cuerpo en primer, segundo y tercer grado.

a) Dar aviso a un compañero para recibir ayuda.

b) Para quemaduras leves o de primer grado, aplicar agua a temperatura de ambiente durante 10 min, luego aplicar ungüento y cubrir con una gasa esterilizada.

c) Para quemaduras de segundo y tercer grado quitar la ropa suelta y aplicar una gasa esterilizada lo suficientemente grande para cubrir la quemadura y la zona circundante para evitar el contacto del aire con la quemadura.

d) No aplicar otros insumos como mantequilla, aceite, hielo, etc.

6. RESPIRACIÓN BOCA

A BOCA

Es un método efectivo mediante el cual se revive a una persona que no puede respirar por sí misma, su aplicación nunca daña a la víctima, aunque la falta de esta puede resultar fatal ya que cualquier demora puede producir consecuencias graves o fatales.

Elaborado por:

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - CSST

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Fecha de Aprobación: 17/03/2025

Fecha de Actualización: 28/02/2025

Versión: 05

Página 36 de 37

a) Dar aviso a un compañero para recibir ayuda, de ser posible.

b) Acostar al lesionado de espaldas y en su posición horizontal y colóquese al lado junto a la cabeza.

c) Levantar la mandíbula inferior del lesionado para asegurar el paso del aire.

d) Tratar de cubrir la boca de la víctima; para ello introducir el dedo pulgar y tirar del mentón hacia delante, con la otra mano tapar los orificios nasales (eso evita la pérdida del aire).

e) Respirar profundamente y colocar la boca sobre la de la víctima y soplar en forma suave y regular.

f) Retirar la boca para permitir que la víctima exhale, volver a soplar y repetir 12 veces por minuto como mínimo. Algunas veces la víctima cierra la boca fuertemente, por lo que resulta difícil abrirla, en estos casos sople el aire por la nariz, selle los labios con el índice de la mano que contiene la barbilla.

VI

BOTIQUINES

Artículo 68°. - CIMA S.A.C. contará en todas sus sedes con botiquines para cuidados básicos y para casos de emergencia A si mismo abastecerá de manera que haya siempre un stock permanente de los siguientes medicamentos y materiales en el Botiquín:

a) Instrumentos: Tijeras, pinzas, navaja u hoja de afeitar, termómetro bucal, etc.

b) Vendas: Gasa esterilizada, rollo de tela adhesiva o esparadrapo, caja de curitas, paquetes de algodón,etc.

c) Drogas: Agua oxigenada, alcohol, yodo, , aspirina (o equivalente),antibióticos, calmantes de dolor, entre otros.

TÍTULO VIII

FALTAS DISCIPLINARIAS Y SANCIONES

CAPÍTULO I

FALTAS DISCIPLINARIAS Y SANCIONES

Artículo 69°. - El incumplimiento de las obligaciones previstas en el presente Reglamento, constituyen faltas disciplinarias que serán procesadas y sancionadas conforme al régimen laboral correspondiente al infractor.

TÍTULO IX

DISPOSICIONES FINALES

Primera. - El presente Reglamento solo podrá ser modificado en reunión extraordinaria del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de CIMA S.A.C., debiéndose contar con voto aprobatorio de los dos tercios (2/3) del número legal de los miembros que lo conforman.

Segunda. - El presente Reglamento será distribuido por la Oficina Ejecutiva de Personal a todos los trabajadores de CIMA S.A.C., a su vez, dicha dependencia entregará una copia del mismo cuando se incorpore un servidor a la institución.

Elaborado por:

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - CSST

FIRMA DE LOS MIEMBROS DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.

Representantes del Empleador

Cruzalegui Linares Miluska Yameliss Presidente del CSST

Agapito Guevara Juan Jhony Miembro

Ríos Garabito Luis Enrique Miembro

Representante de los Trabajadores

Gonzales Quispe Juan Jose secretario

Valderrama Huertas Elvalejandra Miembro

Tirado Caicay Paul Vicente Miembro

Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.