La noche, momento del día preferido por la criminalidad en Colombia

La anunciada reforma a la Procuraduría General de la Nación, ocupó por algunas semanas el interés de los medios de comunicación y los opi nadores del país.

Hay que hilar fino en la reforma a laProcuraduría
En Contexto. Pág 04.
En Contexto. Pág 08.
N° 5 | Edición Septiembre 2022 | www.freepik.es/detomadaImagen
Enfoque y competencias de la formación en laadministración de justicia
La directora de la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla hace un análisis en torno a los proyectos y la visión institucional en materia formativa de los funcionarios judiciales.
Los animales como seres sintientes: A propósito de la sentencia C-148 de 2022, la CEJ quizo conocer la opinión de una experta en el denominado “derecho de los animales”.
8 de los 11 delitos de mayor impacto que acechan a nuestro país ocurrieron con mayor frecuencia entre las 7:00 p.m. y la 1:00 a.m.; así lo reveló un informe que muestra las horas en las que más se cometieron los delitos de mayor impacto en el país durante el primer semestre de 2022.
Debates CEJ Pág 14.
Contenidos CEJ. Pag. 20

Cristian Steveen Muñoz Castro Luis dePerillaAlejandroMoralesNataliaZubiríaPosadaLeonardoBeltránRico
Hay que hilar fino en la reforma a la Procuraduría por: Juan Carlos Ospina Rendón Abogado, especialista en cultura de paz y Magister en derechos humanos.

Versión: Digital Formato: PDF
Índice
2 www.issuu.com/cej_justicia Septiembre 2022 N° 05
ISSN: 2745-2182 ‘‘En línea”. Para colaboraciones y/o comentarios dirigirse a: Calle 93B # 13-30. Oficina 401 Bogotá D.C., Colombia. Correo Electrónico: asistente@cej.org.co
HerreraHernandoMercado Diseño y Arte Joe CastilloAlexanderGómez
El contenido de los artículos es de exclusiva responsabili dad de los autores. Los textos pueden reproducirse total o parcialmente citando la fuen te.
ContenidosDebatesEnEditorialContextoCEJCEJ0403081420Enfoqueycompetencias
Edición: 05
Director BeltránLeonardoRico Comité Editorial
DirectorCEJEjecutivo
de la forma ción en la administración de justicia por: Mary Lucero Novoa Moreno Directora Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla

Mes: Septiembre Año: 2022
Los animales como seres sintientes por: Johana Fernanda Sánchez Jaramillo Candidata a doctora en derecho de la Universidad del Rosario y docente de la misma Universidad.
La noche, momento del día preferido por la crimi nalidad en Colombia por: Corporación Excelencia en la Justicia

Enexistentes.sentido
Se
De entrada, la Corporación Excelencia en la Jus ticia alienta y comparte la iniciativa de que el nuevo Gobierno se preocupe por atender el tema carcelario, pues éste es uno de los aspectos que merece y requiere prontas y eficaces soluciones; reenfocar la visión que se tiene en relación con el verdadero propósito de recluir a aquellos que cometen un delito, y pensar en promover al ternativas que sirvan para cumplir los fines de resocialización del victimario y restauración de la víctima, quizá puede ser más efectivo que alimentar la idea de crear nuevos centros de re clusión que, a futuro, terminen padeciendo las mismas dificultades que hoy en día enfrentan los
Otro artículo de sumo interés que incluimos en esta edición de la revista es el que estuvo a car go de la directora de la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla. En dicho texto se pone de presente la necesidad de abordar una visión de formación judicial enfocada al desarrollo de habilidades in telectuales, disciplinares y humanas, necesarias para la práctica judicial.
Esperaremos en ese sentido el desenlace de to das las iniciativas legislativas que sean propues
tas por el Gobierno, y haremos el seguimiento a lo que de ellas pueda resultar.
En lo que toca con esta nueva edición de la revista, la número 5, la CEJ ha querido enfocar sus esfuer zos por destacar nuevamente temas de interés para la comunidad, como lo son, por ejemplo, el rela tivo a la propuesta de reforma de la Procuraduría General de la Nación que, se recordará, surgió a partir de la discusión que suscitó el hoy Presidente de la República ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), con ocasión de su destitución como Alcalde Mayor de Bogotá en el año 2013.
De igual forma el lector podrá encontrar en esta edición una aproximación al debate que se ha generado por cuenta de la Sentencia C-148 de 2022, y que resolvió restringir la pesca deportiva en nuestro país, en el buen entendido que, a juicio de la alta corte, es una práctica que comporta maltra to animal; en ese orden de ideas, se plantea la discusión entre el valor que puede tener el derecho de las comunidades a explotar económicamente este sector, y el valor e importancia que puede tener en nuestro ordenamiento jurídico el denominado “derecho de los animales”.
cumple algo más de un mes desde la lle gada del nuevo Gobierno a la Casa de Na riño.
Finalmente, y no por ello menos importante, el lector podrá encontrar en esta edición de nuestra revista el tercer informe de la Corporación Exce lencia en la Justicia, en torno a la criminalidad en Colombia. Dicho tercer informe, que se ha deno minado “Reloj de la Criminalidad III”, deja ver con total claridad los momentos preferidos por la delincuencia en nuestro país para cometer los ilí citos; sin duda, este informe es una herramienta de gran utilidad, especialmente en lo que tiene que ver con la implementación de medidas por parte de los Gobiernos Nacionales y Locales, de cara a la necesidad de mitigar las problemáticas que se presentan en esa materia.
3www.issuu.com/cej_justicia Septiembre 2022 N° 05 Editorial
contrario, la Corporación Excelencia en la Justicia pone de manifiesto su desacuer do con la propuesta de eliminar la Procuraduría General de la Nación; no sólo porque ha faltado claridad del Gobierno frente a las implicaciones de la misma, sino, también, por cuanto que tal iniciativa supondría afectar pilares básicos de nuestro ordenamiento jurídico, contemplados por demás de forma expresa en nuestra Constitu ción Política, como lo son la debida prevención y sanción de las conductas de corrupción, mal que aqueja a nuestro país.
En este pequeño intervalo de tiempo el nuevo Gobierno ha dejado ver, de a pocos, su voluntad e intención de introducir pequeñas reformas al sistema de justicia; algunas apuntan a modificar la concepción que se tiene en relación con el fun cionamiento del sistema carcelario y penitenciario de nuestro país, por ejemplo para revivir la idea de concebir un modelo de justicia restaura tiva más eficiente, y otras apuntan a eliminar la Procuraduría General de la Nación, o a crear una alta corte encargada de resolver las problemáti cas que se presentan en torno a los derechos de propiedad, posesión, ocupación, usufructo, ser vidumbre, uso y tenencia de los bienes inmuebles en suelo rural.
4 www.issuu.com/cej_justicia Septiembre 2022 N° 05 En Contexto Imagen tomada de www.procuraduria.gov.co Hay que hilar fino en la reforma a la Procuraduría Por: Juan Carlos Ospina Rendón1 Abogado, especialista en cultura de paz y Magister en derechos humanos.

Posteriormente, en sentencia del 15 de noviembre de 2017, el Consejo de Estado exhortó al Gobierno nacional, a la Procuraduría General de la Nación y al Congreso de la República, para que, en un pe riodo no superior a dos años, adecuaran el derecho interno conforme al artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); es decir, les pidió garantizar que solo el juez penal, mediante una sentencia condenatoria expedida en el marco de un proceso penal, pueda restringir los derechos políticos de una persona. Finalmente, la Corte IDH, en julio de 2020, ordenó al Esta do colombiano adecuar su ordenamiento jurídico a los parámetros de la sentencia, lo que significa derogar normas contrarias a la CADH, expedir aquellas que protejan sus garantías e interpretar la Constitución y las leyes del país de modo compa tible con el artículo 23.2 de la CADH (control de
Finalmente, la Corte IDH, en julio de 2020, ordenó al Estado colombiano adecuar su ordenamiento jurídico a los parámetros de la sentencia, lo que significa derogar normas contrarias a la CADH”.
L
5www.issuu.com/cej_justicia Septiembre 2022 N° 05
Si bien sería deseable tener una propuesta redac tada para concretar la discusión, mientras esta se confecciona vale la pena hilar fino sobre la refor ma, al menos por tres razones: i) se trata de una entidad que cumple varios propósitos constitu cionales, por lo que los cambios deben considerar los efectos sobre cada uno de ellos, especialmente para no reducir o debilitar el sistema nacional de protección de los derechos humanos confeccio nado en 1991; ii) deben privilegiarse las mejoras sustanciales en las garantías para el juzgamiento de las conductas disciplinables de los funciona rios públicos, fortaleciendo la justicia y superando la alta impunidad; y iii) deben considerarse en la ecuación los roles que cumplen entidades como la Defensoría del Pueblo, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, la Contraloría Gene ral de la República, la Fiscalía General de la Na ción y los jueces en materia penal, entre otros.
Para hilar fino, iniciaré refiriéndome a las deci siones judiciales nacionales e internacionales que soportan la discusión jurídica sobre la reforma en materia disciplinaria. La CIDH, en el informe de fondo 130 de octubre de 2017, recomendó al Estado colombiano adecuar la legislación inter na para impedir la destitución e inhabilidad de funcionarios de elección popular, por parte de la Procuraduría General de la Nación; garantizar la imparcialidad de la autoridad disciplinaria, de tal forma que la autoridad llamada a establecer los cargos no sea quien determine la responsabilidad; admitir que los fallos puedan ser recurridos ante autoridad distinta de la que determinó la respon sabilidad disciplinaria.
“
a anunciada reforma a la Procuraduría General de la Nación, ocupó por algunas semanas el interés de los medios de co municación y los opinadores del país. Durante ese tiempo se plantearon distintos escenarios de reforma de dicho organismo, e incluso de elimina ción, a partir de transformaciones constitucionales y legales. Se trata de un asunto importante para el funcionamiento del Estado, vinculado inicialmen te con las limitaciones de derechos políticos por parte de autoridades administrativas, y una discu sión personal que promovió Gustavo Petro ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), el Consejo de Estado y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), pre vio a su elección como Presidente de la República.
Si bien existen retos en el funcionamiento de la entidad y en la materialización de los propósitos de intervención judicial desde un enfoque claro en la defensa de los derechos humanos y de la sociedad para asegurar su efectividad, se trata de un propósito relevante para el funcionamiento del sistema nacional de los derechos humanos.

De acuerdo con esto, la reforma debería garanti zar el cumplimiento de las mencionadas decisio nes, así como construir un sistema disciplinario que atienda la CADH y las garantías procesales y sustanciales vinculadas con la limitación de derechos políticos, así como la expectativa de lucha genuina contra la corrupción, las fallas en la admi nistración pública y la impunidad.
convencionalidad). En concreto, se trata de evitar que una autoridad administrativa pueda sancionar con inhabilidad o destitución, a un funcionario público elegido democráticamente.
Ahora bien, dado que la Procuraduría cumple otros dos tipos de funciones, además de la disci plinaria, vale la pena considerar los efectos de un ajuste institucional de grandes proporciones sobre la vigilancia de los servidores públicos y la pre vención de situaciones contrarias al ordenamiento jurídico, así como en la intervención procesal en las distintas jurisdicciones en defensa de los dere
“
Imagen tomada de www.examenonuvenezuela.com chos y las garantías de las partes e intervinientes.
Así, una cosa es transformar jurídicamente el de recho disciplinario, lo cual vincula a entidades como la Contraloría General de la República, la Fiscalía General de la Nación y los jueces pena les, y otra eliminar la Procuraduría. La defensa de los intereses públicos y de los derechos humanos, de la mano con la Defensoría del Pueblo y las per sonerías municipales, debería privilegiarse en la discusión sobre la reforma. Se requiere mucha fe en el derecho para concluir que un cambio legal en estas materias puede cumplir los fines estable cidos en las normas vigentes, de hacer efectiva la
6 www.issuu.com/cej_justicia Septiembre 2022 N° 05
Así, una cosa es transformar jurídicamente el derecho disciplinario, lo cual vincula a entidades como la Contraloría General de la República, la Fiscalía General de la Nación y los jueces penales, y otra eliminar la Procuraduría”.
Constitución de 1991, sin transformar las condiciones de operación de la entidad o los enfoques antiliberales de quienes pueden liderarla, como fue el caso del exprocurador Ordoñez.

En todo caso, esa discusión más amplia debería considerar el rol y funcionamiento de los demás organismos de control, de las oficinas de control interno y de control disciplinario interno de las entidades públicas, la intervención en los proce sos judiciales de la Agencia de Defensa Jurídica del Estado y el fortalecimiento de la rama judicial. Actuar con cuidado y sutileza es esencial para for talecer el Estado de derecho y garantizar la efecti vidad de los principios, derechos y deberes consa grados en la Constitución.
Actuar con cuidado y sutileza es esencial para fortalecer el Estado de derecho y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución”. “
7www.issuu.com/cej_justicia Septiembre 2022 N° 05
Hilando fino, el propósito de cumplir con las de cisiones judiciales que he mencionado es un buen inicio para lograr fortalecer el Estado de derecho y su adecuación con la CADH; pero es insuficiente para cubrir la discusión más amplia sobre el fun cionamiento institucional del sistema nacional de los derechos humanos y el rol de una Procuraduría que se enfoque en hacer efectivo el mandato cons titucional de defender el orden jurídico, el patri monio público y los derechos fundamentales, así como apoyar el control constitucional, con auxilio de una Defensoría del Pueblo enfocada en atender los fines del Estado.
Imagen tomada de www.banrepcultural.org
8 www.issuu.com/cej_justicia Septiembre 2022 N° 05 En Contexto Avances y retos de la Escuela Judicial “Rodrigo Lara Bonilla” Enfoque y competencias de la formación en la administración de justicia

Directora Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla Imagen tomada de www.freepik.es/
Por: Mary Lucero Novoa Moreno1
El
El diseño curricular de la Escuela Judicial se basa, principalmente, en un sistema de competencias que fortalecen las dimensiones del Ser, Saber y Hacer, a partir del aprendizaje significativo y la enseñanza entre pares ejercida por la Red de formadores integrada por Magistrados y Jueces, quienes constituyen la columna vertebral de la formación judicial y desarrollan procesos de en
Es así como la Escuela Judicial enmarca sus cur sos virtuales, sus capacitaciones presenciales, y sus ciclos de conferencias, en lo que la Unesco ha denominado “competencias del Siglo XXI”. Llamamos competencias del Siglo XXI2 a las des trezas, conocimientos y actitudes necesarios para enfrentar exitosamente los retos actuales que se definen como las nuevas maneras de pensar, ma neras de trabajar, maneras de vivir el mundo y he rramientas para trabajar, aspectos especialmente acelerados por el periodo de pandemia que im puso el uso de las tecnologías, la alfabetización informacional y digital para la resolución de pro
señanza - aprendizaje aplicados a escenarios bimodales que simulan la práctica judicial, de cara a la forma en la que ejercen sus responsabilida des jurisdiccionales y administrativas, superando la concepción nemotécnica del conocimiento y acentuando el enfoque estratégico del diseño cu rricular y la evaluación del aprendizaje.
9www.issuu.com/cej_justicia Septiembre 2022 N° 05
“
La materialización de los planes de formación es una tarea importante en la que confluyen varios factores que determinan las necesidades de ca pacitación; ello implica un ejercicio de autorre flexión, de indagación, diagnóstico y priorización, cuyo resultado es la base para la arquitectura del diseño curricular en clave b-learning.
Ello, como parte de un examen y autoevaluación en los que se interroga sobre los enfoques y com petencias que se han decidido priorizar en la for mación judicial, para brindar al discente (esto es, al funcionario judicial) una experiencia integral de aprendizaje en el que se desarrollen habilida des intelectuales, disciplinares y humanas, necesarias para la práctica judicial.
Es así como la Escuela Judicial enmarca sus cursos virtuales, sus capacitaciones presenciales, y sus ciclos de conferencias, en lo que la Unesco ha denominado “competencias del Siglo XXI”.
propósito de este artículo es explicar a los lectores y, en general, a la sociedad, la perspectiva de los planes de formación di señados por el Consejo Superior de la Judicatura, a través de la Escuela Judicial “Rodrigo Lara Bo nilla”, así como también sus principales aspectos y objetivos logrados.
Hemos innovado en el diseño y estructuración de nuevas modalidades de formación, que incorpo ran metodologías activas del aprendizaje y ma yor permanencia en la capacitación, formulando nuevas estrategias como diplomados, cursos vir tuales tipo MOOC, videoconferencias, talleres sincrónicos a través de medios digitales, entre otros. Cursos diseñados en ambientes virtuales de aprendizaje que integran temáticas que promue ven habilidades técnicas y humanas.
Estas competencias reconocen que, en un contex to digital y globalizado, el aprendizaje es colabo rativo, y cultiva la creatividad, la innovación, el pensamiento crítico, la resolución de problemas, la competencia de aprender a aprender, la responsabilidad personal y social, la cultura ciudadana de escala local y global, la apropiación de las tec nologías digitales, el manejo de la información, la comunicación y la colaboración. Lo anterior supone un reto importante para la formación judi cial, pues los cambios globales impulsan la recon figuración de las formas de aprender y de enseñar tradicionales y, además, la necesidad de adquirir nuevas habilidades; eso implica evolucionar en métodos de adquisición de competencias que pro muevan la motivación y la cultura del aprendizaje de los servidores judiciales y pensar en incorporar nuevas estrategias como el reskilling’ y ‘upski lling’3 para la formación judicial.
En ese horizonte, el Consejo Superior de la Judicatura y la Escuela Judicial, dirigen sus esfuerzos a construir un proceso de formación más humano, que comprende las necesidades de los servidores”. “
blemas y tomas de decisiones, procesos globales que nos invitan a reformular nuestros objetivos fundamentales, en materia del proceso de gestión del conocimiento de la Rama Judicial.
En ese horizonte, el Consejo Superior de la Judi catura y la Escuela Judicial, dirigen sus esfuerzos a construir un proceso de formación más humano, que comprende las necesidades de los servidores; que incorpora en sus programas la educación para el Ser, que fomenta valores, que brinda oportu nidades de aprendizaje enfocadas a la reflexión crítica, la investigación, la ética, la comunicación, la empatía, el liderazgo y la gestión de las emocio nes en el contexto laboral.
El modelo pedagógico de la Escuela Judicial se desarrolla en tres ejes: Formación inicial conti nua, Investigación y proyección social; e integra los enfoques constructivista, holístico, sistémico y andragógico4, en el que participan servidoras y servidores de la Rama Judicial y las autoridades de las jurisdicciones especiales. Es decir, que a través de la autoformación, autorregulación y au togestión del aprendizaje se abordan todos los sa beres que concurren en la práctica judicial, cuyo objetivo principal es contribuir al mejoramiento continuo del servicio de justicia.
Enfoques pedagógicos
10 www.issuu.com/cej_justicia Septiembre 2022 N° 05
11www.issuu.com/cej_justicia Septiembre 2022 N° 05
En síntesis, para estructurar los planes de forma ción de la Escuela, se tienen en cuenta las trans formaciones sociales que se presentan en la so ciedad global y colombiana, las herramientas tecnológicas para aprender en entornos virtuales y también los cambios en las bases del derecho, en sus distintas ramas y, principalmente, en las nuevas maneras de enseñar el derecho a través del uso de las tecnologías. De cara a los nuevos retos sociales, se hizo necesario incorporar nuevos cu rrículos que abordan temáticas transversales que son de indispensable estudio en un programa de formación judicial para fortalecer las competen cias generales y específicas en las dimensiones del Ser, Saber y Hacer.
El Consejo Superior de la Judicatura, a través de la Escuela Judicial, trabajaba para la virtualización de su oferta académica, con la finalidad de ir en armonía con el proyecto adelantado por la Rama Judicial de virtualizar y digitalizar los procesos judiciales5 como una respuesta efectiva al proceso de modernización de la justicia impulsado por el PETD6; en ese sentido, se implementaron herra mientas virtuales de aprendizaje que incorporan metodologías activas en escenarios digitales, lo que representa una importante innovación en la gestión del diseño curricular.

Imagen tomada de www.freepik.es/
Los resultados de estas experiencias innovadoras han permitido posicionar a la Escuela Judicial “Rodrigo Lara Bonilla” en el contexto iberoame ricano, siendo sus programas de formación ini cial y continua un referente internacional, pues cuentan con la certificación de calidad Red Iberoamericana de Escuelas Judiciales (RIAEJ) NCR 1000:2011. Además, la Escuela Judicial, como in tegrante activa de la Junta Directiva de la mencio nada red supranacional, ha apoyado importantes
La perspectiva académica de la Escuela Judicial ha sido proyectada para asegurar una mayor co bertura y promover la calidad de la acción forma tiva, valiéndose de las tecnologías de la informa ción y de la virtualización de procesos académicos en clave de práctica judicial que promueven la in teracción, el aprendizaje colaborativo, el análisis y resolución de casos y el aprendizaje basado en problemas. Desde hace varios años, la virtualiza ción ha sido una estrategia relevante para permitir el acceso permanente a distintas fuentes de cono cimiento y a nuevas experiencias de aprendizaje.
Es así que la Escuela Judicial en un proceso de avance significativo, construyó un universo de posibilidades de aprendizaje en modalidad virtual, materializado desde el año 2020 en 8 diplomados virtuales para la práctica judicial de 144 horas con los que se beneficiaron un total de 4.859 discen tes; 45 cursos tipo MOOC con incorporación de temáticas de interés para las diferentes especiali dades y jurisdicciones, así como la virtualización de 7 módulos de aprendizaje autodirigido, que son los textos de la formación judicial, transformados a formato multimedia, cursos autogestionables de 40 horas.
Finalmente, nuestro más importante objetivo es ofrecer un sistema de aprendizaje que permita desarrollar competencias y evaluarlas con exi gencia, rigurosidad y objetividad. Es decir, de las TIC (Tecnología de la formación y las comunicaciones), pasamos a las TAC (Tecnologías del aprendizaje y el conocimiento), un uso estratégi co de la tecnología, para privilegiar el interés y la gestión de aprender, avanzando a implementar las TEP7 (Tecnologías para el empoderamiento y la participación) con el objetivo de orientarlas ha cia el uso de la gestión formativa, tanto para el discente como para el formador, potenciando la construcción social del conocimiento en la comu nidad judicial para contribuir a un mejor acceso a la justicia por parte de los ciudadanos en pro del mejoramiento continuo de la administración de justicia.

iniciativas en pro de la formación judicial.
12 www.issuu.com/cej_justicia Septiembre 2022 N° 05
Reflexiones finales
La Escuela Judicial, en un esfuerzo sostenido, ha construido un sistema de gestión del conoci miento en modalidad blended o b-learning, basa do en el desarrollo de competencias generales y específicas que se materializan en un conjunto de actividades de construcción colaborativa para el diseño de ambientes virtuales y presenciales en lógica de práctica judicial, que involucra macro lerning, microlerning, la innovación, la creativi dad, la gestión de recursos multimedia, la gamifi cación y nuevas experiencias de aprendizaje para aplicarlos en contextos de reflexión y análisis que permiten desarrollar habilidades y competencias transferibles a la praxis judicial.
Imagen tomada de www.freepik.es/
Para la vigencia 2021, se proyectó el diseño y estructuración de 41 cursos tipo MOOC, entre 40 y 85 horas, 16 diplomados virtuales, entre 100 y 144 horas, 32 cursos cortos virtuales que se reali zaron por la plataforma Teams, la virtualización de 5 módulos de aprendizaje autodirigido en for mato multimedia, 5 módulos de aprendizaje auto dirigido en formato e-book y la estructuración de 10 artículos científicos.
Adicionalmente, y con ocasión de la pandemia, diseñamos una oferta académica de ciclos de ca pacitación, los cuales, en los últimos tres años, han llevado a desarrollar 788 conferencias virtua les, con más de 260.071 ingresos virtuales de los distintos actores del sector justicia.

Debates CEJ “ particular.ArchivoCrédito:/JaramilloSánchezFernandaJohana
14 www.issuu.com/cej_justicia Septiembre 2022 N° 05
La pesca deportiva no es una práctica ancestral y, aunque lo fuera el ejercicio de tradiciones culturales, como muchos derechos, es relativo. Por ejemplo, sobre la constitucionalidad de la pro hibición de riñas de gallos en Veracruz, la Suprema Corte de México afirmó que ninguna práctica cultural que implique maltrato animal debe tener protección constitucional. (En Colombia la Corte Constitucional con el ropaje de práctica tradicional y cultural blinda la riña de gallos) Entre tanto, el carácter generacional de esta actividad se deriva del hecho de que instituciones privadas y algunas ONG introdujeron esta práctica en territorios e hicieron dependientes de esta actividad a sus habitantes. Algunas reportan un porcentaje de sus ganancias a los lugares donde realizan sus negocios. Es una actividad recreativa y con ánimo de lucro.
1. ¿Considera que la pesca deportiva como una práctica generacional y ancestral debe quedar, como lo estableció la Corte Constitucional, como una actividad restringida por configurar maltrato animal?
Entrevista a proprósito de la Sentencia C-148 de 2022
Entrevista a Johana Fernanda Sánchez Jaramillo1, Candidata a doctora en derecho de la Universidad del Rosario y docente de la misma Universidad.

Los animales como seres sintientes
Por medio de la Sentencia C-148 de 2022, la Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad de las normas que permitían la pesca deportiva. El Alto Tribunal en contró que dicha actividad vulnera el principio de precaución y la prohibición del maltrato animal, reiterando que existe un mandato de protección a los animales como seres sintientes cuyo funda mento es la Constitución ecológica, la protección al medio ambiente, la función social de la propie dad y la dignidad humana.
15www.issuu.com/cej_justicia Septiembre 2022 N° 05
2. ¿Considera que la pesca deportiva en todos los casos vulnera el principio de precaución?, ¿Cómo implementaría un programa de pesca deportiva responsable y sostenible?

Desde una mirada animalista el foco estaría puesto en los derechos de estos seres. La pesca depor tiva viola los derechos de los peces, a ser, a habitar y a cumplir su rol en la comunidad de la tierra, derechos básicos promovidos por Thomas Berry, padre de la jurisprudencia de la tierra. Además, vulnera el interés en seguir viviendo y el derecho a no ser dañados, de los peces, como sujetos mo rales. (Francione y Regan). Ningún programa que avale el sufrimiento, de cualquier especie, puede llamarse “sostenible”. La sostenibilidad es un eufemismo para maquillar actividades nocivas para las especies, humanas y no humanas.
La sentencia tiene un abordaje antropocéntrico de la cuestión al centrarse en el daño al ambiente sano, derecho humano, por eso recurre a principios ambientales como el de precaución.
“
Imagen tomada de www.freepik.es/
4. ¿Considera que el fallo de la Corte resulta idóneo y pertinente para hacer frente a la crisis medio ambiental?
16 www.issuu.com/cej_justicia Septiembre 2022 N° 05
3. ¿Considera que el ordenamiento jurídico colombiano debería entender a los peces como seres sintientes?
Si la Corte hubiera abordado la crisis ambiental, a causa de los impactos negativos de la pesca, hubiera exhortado a otros poderes del Estado a adoptar remedios estructurales.

El ordenamiento jurídico colombiano, incluida su Constitución, es antropocéntrico. La Ley 1774 de 2016 reconoció la sintiencia de los animales, que no garantiza su protección efectiva, puesto que están ubicados en la categoría de bienes muebles y esa cosificación perpetúa su explotación en el Código civil. La sintiencia no es el argumento fundamental para su protección, sino el ser sujeto de una vida y sujeto moral. La mera sintiencia sin complementarla con esas nociones conduce a intentar solamente reducir su sufrimiento en diversas actividades humanas. La sintiencia debe reconocérsele a las especies sin caer en el “chovinismo taxonómico” que deja por fuera a las invertebradas, por ejemplo.
La intención del fallo no es hacer frente a la crisis ambiental. La Corte estudió si, a la luz de las ex cepciones por ella misma establecidas -con las cuales estoy en desacuerdo- era constitucional o no una práctica destinada al entretenimiento humano y decidió, con base en sus propios criterios, que no lo era. La crisis medio ambiental es producto del capitalismo, de los múltiples extractivismos y los planes de desarrollo. Sus decisiones se fundamentan en esos lineamientos y muchas veces tie nen más peso la Constitución económica y la empresa como motor de desarrollo que el derecho al ambiente sano.
““ Imagen tomada de www.pixabay.com/
Imagen tomada de www.pixabay.com/

La Corte no se extralimita, cumple con el mandato constitucional contenido en el artículo 4. Sus fa llos son pragmáticos y antropocéntricamente argumentados, no cuestionan el modelo de desarrollo existente y casi siempre lo favorece, pues incluso en esta sentencia se centró en la pesca deportiva, no consideró la explotación como tal de los demás animales con fines comerciales, investigativos, etc.
5. ¿Qué piensa de aquellos sectores de la sociedad que consideran que con este tipo de sentencias el alto tribunal se estaría extralimitando en sus competencias?
17www.issuu.com/cej_justicia Septiembre 2022 N° 05
“
7. Entre los efectos colaterales de la decisión de la Corte Constitucional, algunos sectores anticipan que, ante su prohibición, las comunidades rurales que dependen económicamente de esta práctica podrían volcarse a otras prácticas ambientalmente depredadoras como la deforestación con fines agrícolas, ¿Qué opinión le merece esta posibilidad?
Hay sectores académicos que apoyan un modelo económico para el cual todo es un bien comercia ble. Habría que determinar qué intereses tienen ellos y las ONG e instituciones privadas a las cuales pertenecen. Las empresas se lucran, pero dicen que un porcentaje de lo que pagan los turistas va a comunidades rurales. El discurso de la sustentabilidad ha servido para explotar múltiples for mas de vida; por fortuna, cada vez hay más información que devela la trama en torno a estos por parte de organismos internacionales, académicos, y algunas ONG conservacionistas. Rechazo toda forma de financierización de la naturaleza y de los demás animales. No se puede ocultar, con argumentos utilitaristas y económicos, la injusticia y violencia que encierra la pesca deportiva.
18 www.issuu.com/cej_justicia Septiembre 2022 N° 05
6. La sentencia de la Corte Constitucional ha sido fuertemente criticada por algunos sectores académicos por presuntamente desconocer la realidad de las comunidades rurales que dependen económicamente de proyectos ambientalmente sostenibles asociados a esta práctica, ¿Qué opinión le merece esta afirmación?
Puede ofrecérseles a estas comunidades un plan de educación, de sustitución como ha ocurrido con prácticas tales como los vehículos de tracción animal o los animales explotados en los circos. El rechazo a su prohibición siempre está basado en argumentos antropocéntricos y económicos cuando la discusión debería girar en torno a la admisibilidad o no de estas prácticas a la luz de la ética animal, análisis que la corte no hizo, pues su fundamentación fue bienestarista y enfoca da en la afectación del hábitat e ingresos económicos de los humanos. Este énfasis en los intereses humanos es evidente cuando la Corte expresa que no existe consenso en torno a la sintiencia de los peces, desconociendo la multiplicidad de estudios científicos y desarrollos éticos en favor de esta. De esa manera, el pez quedó reducido a un mero recurso natural, un bien, que debe ser protegido.
““

20 www.issuu.com/cej_justicia Septiembre 2022 N° 05 La noche, momento del día preferido por la criminalidad en Colombia Se disparó el hurto a personas, la extorsión y las lesiones personales. www.freepik.es/detomadaImagen Contenidos CEJ Por: Corporación Excelencia en la Justicia

superior al promedio equivalente al 33% , el informe también destaca como cruciales las franjas de 8:00 p.m. a 8:59 p.m. y de 6:00 a.m. a 6:59 a.m., con un índice superior al promedio equivalente al 24%. De acuerdo con las estadísticas de este año, en el 24% de los robos se utilizaron armas de fuego y en el 19% se emplearon armas blancas.
cho de los once delitos de mayor impacto que acechan a nuestro país ocurrieron con mayor frecuencia entre las 7:00 p.m. y la 1:00 a.m.; así lo revela el Reloj de la Criminalidad III, informe que muestra las horas en las que más se cometieron estos delitos en el país, durante el primer semestre de 2022.
21www.issuu.com/cej_justicia Septiembre 2022 N° 05
Esta investigación es elaborada cada año por la Corporación Excelencia en la Justicia —CEJ—, en atención a los hechos de inseguridad que per sisten en Bogotá y en varias ciudades y regiones del país, y está basado en los registros delictivos incorporados en el Sistema de Información Esta dístico, Delincuencial, Contravencional y Opera tivo (SIEDCO) de la Policía Nacional, para los delitos de mayor impacto en Colombia (con corte al 30 de junio de 2022).
Cada hora se registran 18 hurtos de celulares
Desde hace tres años, dicho registro se ha cons tituido como una herramienta para que las auto ridades competentes cuenten con insumos meto dológicos y estadísticos, a la hora de prevenir y perseguir la delincuencia.
O
El hurto de celulares presentó en el primer semestre de este año un aumento del 6%, en comparación con el mismo período del año anterior: así, mientras que en 2021 se presentaron 72.798 casos, un promedio de aproximadamente 404 hechos diarios que equivalen a 17 por hora, en 2022 se registraron 77.136 hechos de este tipo; es decir, 429 casos diarios o, en promedio, 18 por hora. Los viernes y sábados fueron los días en los que sucedieron más hurtos, en comparación con cualquier otro día de la semana.
Si bien este delito ocurrió con mayor frecuencia entre las 7:00 p.m. y las 7:59 p.m., con un índice
Cada 15 minutos se roban una motocicleta
En efecto, el hurto de celulares y de motocicle tas se presentó con mayor periodicidad entre las 7:00 p.m. y las 7:59 p.m., los homicidios comunes entre las 8:00 p.m. y las 8:59 p.m., y los delitos sexuales, la violencia intrafamiliar, las lesiones personales y los hurtos a residencias y a estable cimientos de comercio, entre las 12:00 a.m. y las 12:59 a.m.
Al igual que el delito anterior, el hurto de motocicletas es otra de las conductas delictivas que también se cometió mayoritariamente en horas de la noche, y presentó un aumento en el territorio nacional. En el primer semestre de 2021 se presentaron 16.103 robos, un promedio de aproximadamente 89 casos o uno cada 16 minutos, pero en 2022 se registró un incremento del 8% al ocurrir 17.402 robos, que corresponden a 97 casos diarios o uno cada 15 minutos.

Este delito, que se ejecutó en mayor medida valiéndose del uso de armas de fuego (27%) y llaves maestras (19%), se cometió con mayor regularidad entre las 7:00 p.m. y las 7:59 p.m., considerando que en estas horas se evidenció
Imagen tomada de www.freepik.es/
Medianoche, hora en la que se cometieron más delitos sexuales1
hasta 97% más casos en comparación al promedio, y entre las 8:00 p.m. y las 8:59 p.m. al presentarse 96% más casos en comparación al promedio. Los datos suministrados por la Policía Nacional también dejan ver que este delito ocurrió con mayor frecuencia los miércoles, día en el cual se registra, en promedio, 5% más casos en comparación con cualquier otro día de la semana.

domingos se registraron, en promedio, 54% más casos en comparación a cualquier otro día de la semana.
6.617 homicidios se registraron en el primer semestre de 2022
22 www.issuu.com/cej_justicia Septiembre 2022 N° 05
Imagenedad.tomada de www.freepik.es/
Aunque las estadísticas de este año evidenciaron una disminución del 7.9% en el número de delitos sexuales en comparación con el primer semestre del año 2021, el Reloj de la Criminalidad III revela un dato preocupante: que entre las 12:00 a.m. y las 12:59 a.m. se presentaron 329% más agresiones de este tipo, en comparación al promedio. También se destaca una mayor frecuencia de estos hechos en las franjas de 8:00 a.m. a 8:59 a.m. y de 10:00 a.m. a 10:59 a.m.
En cuanto a los homicidios comunes, otro de los delitos estudiados por el Reloj de la Criminalidad III y de mayor impacto en el país, la información suministrada por la Policía Nacional deja ver que este año se registraron 6.617 homicidios, es decir un promedio de 37 hechos diarios o, lo que sería igual, un asesinato cada 39 minutos. Y si bien la pérdida de vidas humanas se redujo un 3%, teniendo en cuenta que en 2021 ocurrieron 6.807 casos, en el 76.8% de los hechos se empleó armas de fuego y en el 17.9% armas blancas. Este delito se concentró entre las 8:00 p.m. y las 8:59 p.m., entre las 7:00 p.m. y las 7:59 p.m. y entre las 9 p.m. y las 9:59 p.m., horas en las que se presentaron 83%, 74% y 67% más casos en comparación al promedio respectivamente. De acuerdo con las estadísticas, los días sábados y los
En relación con el número de casos, en el primer semestre de 2021 se presentaron 17.383 hechos, esto es, 97 incidentes diarios aproximadamente o uno cada 15 minutos, mientras que en 2022 ocurrieron 16.005 hechos de este tipo en los primeros seis meses del 2022, es decir, un promedio de 89 casos diarios o uno cada 16 minutos. Sobre este grupo de 14 delitos , que ocurre con mayor frecuencia de lunes a viernes, se destaca que el 81.5% de las víctimas son mujeres y que el 60.9% corresponden a menores de
Violencia intrafamiliar: el 70% de las víctimas son mujeres
fuego.Imagen
Al igual que la violencia intrafamiliar, los domingos fueron los días más cruciales en cuanto a las lesiones personales, considerando que se registraron, en promedio, 88% más casos en comparación con cualquier otro día de la semana. De acuerdo con las cifras de la Policía Nacional, este año se reportaron 55.779 lesiones en todo el territorio nacional, es decir un promedio de 310 sucesos diarios o 13 por hora, lo cual representó un aumento del 15% si se compara con los 48.565 hechos acaecidos durante el primer semestre de 2021, un promedio de aproximadamente 270 eventos diarios o 11 por hora.

23www.issuu.com/cej_justicia Septiembre 2022 N° 05
tomada de www.freepik.es/
Otro de los delitos que llama la atención en el Reloj de la Criminalidad III es la violencia intrafamiliar, teniendo en cuenta que el 70% de las víctimas de este delito fueron mujeres. En cuanto a los casos reportados, de acuerdo con la Policía Nacional, este año ocurrieron 68.217 hechos, lo que traduce en un promedio de 379 sucesos diarios o, en promedio, 16 por hora. Esto representó un incremento del 9% si se tiene en cuenta que el año pasado durante el mismo periodo se presentaron 62.340 incidentes, con una media de 346 casos al día o 14 por hora.
¿En qué momento del día se registraron más casos? Según el informe, se cometieron en tres franjas horarias comprendidas entre las 12:00 a.m. y las 12:59 a.m., entre las 10:00 a.m. y las 10:59 a.m. y entre las 3:00 p.m. y las 3:59 p.m., destacándose la primera hora con 271% más casos en comparación al promedio. De igual manera, los domingos se perpetraron 33% más casos que cualquier otro día de la semana, por lo que es el día más crítico de la violencia intrafamiliar en Colombia. Sobre este delito, sobresale un mayor uso de armas contundentes con el 31% en los casos reportados.
Estos incidentes se aglutinaron mayoritariamente en tres franjas horarias: entre las 12:00 a.m. y las 12:59 a.m., entre las 7:00 p.m. y las 7:59 p.m. y entre las 8 p.m. y las 8:59 p.m., recalcando la primera hora del día al perpetrarse 107% más casos en comparación al promedio. Si bien en el 30% de las lesiones personales no se empleó ningún tipo de arma, en el 52% se usaron armas contundentes, en el 11% objetos cortopunzantes y en el 4% armas de
Domingo, día crítico de las lesiones personales
Cada 15 minutos un establecimiento de comercio es asaltado
Vale la pena mencionar que se presentó una reducción del 9% en el número de hurtos a residencias registrados en el primer semestre de 2022, en comparación con el primer semestre de 2021. Así, mientras que el año pasado se presentaron 15.953 robos a residencias, que traduce en aproximadamente 89 casos diarios o uno cada 16 minutos, este año ocurrieron 14.456 saqueos, un promedio de 80 casos diarios o 1 cada 18 minutos. Los viernes y sábados ocurrieron más hurtos a residencias al registrarse, en promedio, 9% más casos que cualquier otro día de la semana.
Continuando con la modalidad de hurtos, durante el primer semestre de 2022 ocurrieron 17.168 hurtos a establecimientos de comercio, es decir, en promedio, 95 casos cada 24 horas o 1 cada 15 minutos. Estas cifras evidencian una reducción del 23% en comparación con lo reportado en el primer semestre de 2021, en vista de que ocurrieron 22.158 hurtos al comercio de Colombia, un promedio de 123 incidentes diarios o 1 cada 12 Laminutos.mayoría de los hechos registrados este año ocurrieron en las horas comprendidas entre las 12:00 a.m. y las 12:59 a.m., entre las 8:00 a.m. y las 8:59 a.m. y entre las 10:00 a.m. y las 10:59 a.m. Sobre este tipo de hurto, sobresale que sucedieron con mayor frecuencia de lunes a viernes, mientras que los fines de semana se reportó una reducción equivalente al 24%, con respecto a cualquier otro día de la semana.
La mayor cantidad de hurtos a residencias ocurrieron en la medianoche
Con un índice superior al promedio equivalente al 113%, la franja horaria comprendida entre las 12:00 a.m. y las 12:59 a.m. es la que registra mayores robos a residencias, seguido de los horarios comprendidos entre 10:00 a.m. y las 10:59 a.m. y entre las 2:00 a.m. y las 2:59 a.m., con 35% y 23% más casos en comparación al promedio, respectivamente.

El informe elaborado por la CEJ también analizó la extorsión y los hurtos a personas y de bicicletas. Sobre el primero de estos delitos, las cifras reportadas por la Policía Nacional advierten que,Imagen tomada de www.freepik.es/
24 www.issuu.com/cej_justicia Septiembre 2022 N° 05

Imagen tomada de www.freepik.es/
a corte del 30 de junio de 2022, se perpetraron 4.546 extorsiones (en promedio, 25 casos cada día o uno cada 57 minutos), lo cual representó un aumento del 28% si se compara con los 3.542 casos ocurridos en el primer semestre del año pasado (en promedio, 20 casos diarios o un hecho cada 73 minutos). La franja horaria comprendida entre las 10:00 a.m. y las 10:59 a.m. fue la preferida para ejecutar esta conducta, con un 149% más de casos, en comparación al promedio del año anterior.

En cuanto al hurto a personas, el informe de la CEJ advierte un aumento del 21% en el primer semestre de este año, en comparación con el mismo período del año anterior. En efecto, en el primer semestre de 2021 se presentaron 123.231 hurtos a personas, esto es, en promedio, 685 casos aproximadamente o 29 por hora. Pero en 2022 la cifra incrementó a 148.709 personas, una media de 826 casos por día o 34 por hora. Sobre este delito, se resalta que los viernes y sábados son los días de la semana en los que más se cometieron hurtos, y que el 40.7% de las víctimas de este
25www.issuu.com/cej_justicia Septiembre 2022 N° 05
¿Cuáles son los principales medios empleados por los delincuentes para extorsionar? Se trata de cuatro principalmente: la llamada telefónica (46%), la extorsión directa (25.3%), las redes sociales (16.2%) y la carta extorsiva (5.6%)

Como se evidencia en el informe, delitos tales como la extorsión, las lesiones personales, la violencia intrafamiliar y los hurtos a personas, de celulares y de motocicletas registraron un aumento, comparados con el año anterior. Por su parte, los delitos sexuales, los homicidios comunes, y los robos de bicicletas, a residencias y al comercio registraron una disminución con respecto al 2021.
Finalmente, en lo que respecta al robo de bicicletas, el informe señala que en los seis primeros meses de este año se presentaron 6.737 hurtos de este vehículo de transporte, 2.431 casos menos de los registrados en el mismo periodo en 2021, es decir que se presentó una reducción del 27%. Con un promedio de 37 casos por día, o 1 cada 38 minutos, esta modalidad suele cometerse con mayor regularidad los martes, miércoles y viernes al registrarse, en promedio, 8% más casos que cualquier otro día de la semana. En este año la mayoría de los incidentes ocurrieron en la capital del país, pues al menos seis de cada 10 casos sucedieron en Bogotá, y las horas comprendidas entre las 5:00 a.m. y las 5:59 a.m. fueron los momentos críticos porque se registraron 88% más casos en comparación al promedio.
Imagen tomada de www.freepik.es/
delito fueron mujeres.


28 www.issuu.com/cej_justicia Septiembre 2022 N° 05
La noche, momento del día preferido por la criminalidad en Colombia. Se disparó el hurto a personas, la extorsión y las lesiones personales. Los animales como seres sintientes - Entrevista a propósito de la sentencia C-148 de 2022
6Plan Estratégico de transformación digital de la Rama Judicial. ACUERDO No. PCSJA20-11631Ane xo1 DE 2020.
Hay que hilar fino en la reforma a la Procuraduría
1Abogado, especialista en cultura de paz y Magister en derechos humanos. Profesor de Cátedra y doc torando en derecho de la Universidad de los Andes, Colombia.
5ACUERDO No. PCSJA20-11631 DE 2020. “Por el que se adopta el Plan Estratégico de Transformación Digital de la Rama Judicial -PETD 2021-2025”
43https://blog.acsendo.com/reskilling-y-upskilling-como-impulsan-el-liderazgo-en-tu-companiaistémico:Todoslosnúcleosproblemáticosdelejerciciodelafunciónjudicial.Holista:Integra al pro ceso de educación un aprendizaje permanente desde una perspectiva académica, pero también desde la dinámica del que hacer judicial. Constructivista: Relaciona las estrategias pedagógicas y sus conteni dos, con el fin de orientar la acción educativa al autoconocimiento y a la autoformación de los procesos de formación.
2Evaluación de las Competencias del Siglo XXI (ACT21S, por sus siglas en ingles). http://www.ibe. unesco.org/es/node/12124 consultado el 25 de julio de 2022.
7https://web.magister.com/blog/actualidad/tic-tac-tep/
Enfoque y competencias de la formación en la administración de justicia. Avances y retos de la Escuela Judicial “Rodrigo Lara Bonilla”
1Hace referencia a los siguientes delitos: Acceso carnal violento; Acto sexual violento; Acceso carnal o acto sexual en persona puesta en incapacidad de resistir; Acceso carnal abusivo con menor de 14 años; Actos sexuales con menor de 14 años; Acoso sexual; Acceso carnal o acto sexual abusivo con incapaz de resistir; Proxenetismo con menor de edad; Inducción a la prostitución; Constreñimiento a la prosti tución; Demanda de explotación sexual comercial de persona menor de 18 años de edad; Estímulo a la prostitución de menores; Pornografía con menores; Utilización o facilitación de medios de comunica ción para ofrecer servicios sexuales de menores.
1Abogada, especialista en Derecho Administrativo, Magister en Filosofía del Derecho y Teoría Jurídi ca, candidata a doctora en Derecho, directora de la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla.
Referencias bibliográficas
1Candidata a doctora en derecho, abogada, magíster en relaciones Internacionales, comunicadora so cial y periodista. Miembro de la Fundación Justicia interespecie, del Young Animal Lawyers network del Reino Unido y colaboradora del Earth Law center de los Estados Unidos. Disertante internacional sobre derechos de los demás animales, la madre tierra y los pueblos originarios.

N° 5 | Edición Septiembre 2022 | www.freepik.es/detomadaImagen


