BOLETÍN JURÍDICO, DE SEGURIDAD Y NORMATIVIDAD - NÚMERO 34 OCTUBRE 2023

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BOLETÍN JURÍDICO, DE SEGURIDAD Y NORMATIVIDAD NÚMERO 34 OCTUBRE 2023


TABLA DE

contenido PÁGINA 1 ASPECTOS JURÍDICOS • REGISTRO NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE PERSONALIDAD. PÁGINA 2 NORMATIVIDAD • SUBCOMITÉ DE MATERIALES PELIGROSOS. • PROGRAMA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA DE LA CALIDAD 2024. • SUBCOMITÉ DE NORMAS DE ESPECIFICACIONES DE VEHÍCULOS, PARTES, COMPONENTES Y ELEMENTOS DE IDENTIFICACIÓN. • SUBCOMITÉ DE NORMALIZACIÓN DE SEÑALAMIENTO Y SEGURIDAD VIAL DEL INSTITUTO MEXICANO DEL TRANSPORTE. • REUNIÓN VIRTUAL DEL COMITÉ CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACIÓN DE TRANSPORTE TERRESTRE. •MONITOREO DE LA CONAMER. PÁGINA 11 SEGURIDAD • INCIDENCIA DELICTIVA. • VEHÍCULOS RECUPERADOS POR LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. • MESA DE SEGURIDAD AL AUTOTRANSPORTE., • COMBATE AL MERCADO ILÍCITO DE COMBUSTIBLES PÁGINA 17 ADUANAS • GAFETE ÚNICO DE IDENTIFICACIÓN (GUI) VERACRUZ. • REAPERTURA “SECCIÓN CÓRDOVA”. •A CTUALIZACIÓN EN “CONCEPTO DE PAGO” PARA GENERAR LÍNEA DE CAPTURA – GAFETE ELECTRÓNICO DE IDENTIFICACIÓN. • ASIPONA ALTAMIRA. • PAGO ANUAL OEA. PÁGINA 19 ENLACE LEGISLATIVO • INICIATIVAS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN. • PUNTOS DE ACUERDO DEL CONGRESO DE LA UNÍON. PÁGINA 23 TEMAS DE INTERÉS • SE EXPIDE LA ESTRATEGIA NACIONAL DE MOVILIDAD Y SEGURIDAD VIAL 2023-2042. • ENTRADA EN VIGOR DEL COMPLEMENTO CARTA PORTE VERSION 3.0. PÁGINA 26 ¿SABÍAS QUÉ?

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DIRECCIÓN JURÍDICA Y DE GESTIÓN INSTITUCIONAL o.hernandez@canacar.com.mx

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BURÓ DE ENTIDADES FINANCIERAS. REGISTRO NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE PERSONALIDAD.

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l Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) implementó el Registro Nacional de Acreditación de Personalidad (RENPE). Es una herramienta digital que permite a las empresas registrar los instrumentos notariales de los representantes legales para simplificar los procedimientos de conciliación prejudicial individual, con lo cual, el Centro emitirá una cédula con código QR para identificar que tienen personalidad acreditada y reconocida. La cédula contendrá los siguientes datos: número de registro, nombre de la empresa, nombre del representante legal y fecha de emisión. El objetivo es que cuando los apoderados legales lleguen a la audiencia de conciliación prejudicial muestren su cédula para que el conciliador lea el código QR e identifique que ya está registrado ante el CFCRL. Por una sola ocasión, tendrán que presentar el original ante un conciliador para poder validar la información y constatar que es copia fiel del documento en línea. El RENPE facilitará la acreditación de los representantes legales de las empresas a nivel nacional y así evitar que haya un registro en cada reunión o evento. Finalmente, el CFCRL emitió un MANUAL DE USO DE LA PLATAFORMA: REGISTRO DE ACREDITACIÓN DE PERSONALIDAD (RENPE), cuyo objetivo es proporcionar a los usuarios un documento de apoyo que los guíe en la generación de una cuenta y, en su caso, la recuperación de la contraseña, así como con la captura de información y documentos.

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El Manual puede ser consultado den el siguiente enlace: file:///C:/Users/Juan%20Tapia/Documents/CANACAR/STPS/Centro%20Federal%20Conciliacion%20Laboral/Centro%20Federal%20de%20 Conciliaci%C3%B3n%20y%20Registro%20Laboral_CFCRL/Manual%20Renpe_CFRCL.pdf

NORMATIVIDAD SUBCOMITÉ DE MATERIALES PELIGROSOS.

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l día 13 de octubre de 2023, se llevó a cabo la reunión de este Subcomité en forma virtual, siendo relevante lo siguiente:

Informes de Revisión Sistemática. • NOM-003-SCT/2008, Características de las etiquetas de envases y embalajes, destinadas al transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos. La Norma Oficial Mexicana establece las características, dimensiones, símbolos y colores del marcado, etiquetado y rotulado (carteles) que deben portar los bultos, unidades de transporte, recipientes intermedios para granel y contenedores para graneles, carrotanques y demás unidades de autotransporte y ferrocarril que identifican la clase de peligro que representan durante su manejo y transportación de las mercancías peligrosas y aplicación obligatoria para los expedidores, transportistas y destinatarios de las mercancías peligrosas que transitan por las vías generales de comunicación terrestre, marítima y aérea. • NOM-004-SCT/2008, Sistemas de identificación de unidades destinadas al transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos. Resulta la necesidad imperante de contar con una normatividad que establezca las especificaciones mínimas que deban contar los carteles de identificación para las unidades vehiculares, camiones, unidades de arrastre, autotanques, carrotanques, contenedores, contenedores cisterna, tanques portátiles y recipientes intermedios para granel y demás unidades de autotransporte y ferrocarril que transportan las substancias, materiales o residuos peligrosos y dar certeza a los permisionarios, expedidores de materiales peligrosos, para el transporte adecuado de las mercancías peligrosas. Es decir, ayuda en la seguridad en el manejo y transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos. • NOM-005-SCT/2008, Información de emergencia para el transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos. Esta Norma prevé establecer los datos y especificaciones que debe contener la Información de Emergencia para el Transporte de Substancias, Materiales y Residuos Peligrosos, que indique las acciones a seguir para casos de incidente o accidente (fugas, derrames, explosiones, incendios, exposiciones, etc.), que debe llevar toda unidad de transporte, durante

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el transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos, en bolsa o carpeta-portafolios en un lugar accesible de la unidad, retirada de la carga. Es un instrumento normativo que atiende desde hace más de 15 años a los transportes de materiales peligrosos y que se ha ido modificando de acuerdo a las nuevas necesidades que el transporte lo requiera. Este instrumento aplica para las distintas modalidades del transporte( terrestre, aéreo y marítimo), facilitando la información de emergencia mínima que deben llevar consigo las unidades, esto para que bajo las especificaciones dadas en esta Norma se aminoren los impactos que pueden producir los accidentes que principalmente ponen en riesgo la vida de los usuarios de las carreteras y de las personas residentes de las zonas urbanas y suburbanas por las cuales transitan estas mercancías, además de la fauna y vegetación que puede sufrir daños irreversibles, sin olvidar los daños al medio ambiente y la infraestructura carretera. Estas revisiones sistemáticas se presentarán a la Dirección General de Normas una vez que sean aprobados por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre. Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2024. • Clasificación de mercancías peligrosas para su transporte. • Especificaciones relativas a la construcción y el ensayo de embalajes/enviases para las sustancias infecciosas de la división 6.2, categoría A (Nos. ONU 2814 y ONU 2900). • PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM002-1-SCT-SEMAR-ARTF/2021 Listado de substancias y materiales peligrosos (mercancías peligrosas), Instrucciones y uso de embalajes/envases, recipientes intermedios para graneles (RIG), grandes embalajes/ envases, cisternas portátiles, contenedores de gas de elementos múltiples y contenedores para graneles para el transporte de mercancías peligrosas. • PROYECTO Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-003-SCT-SEMAR-ARTF-2023, Marcado y etiquetado de bultos que contienen mercancías peligrosas. Rotulación (carteles) y marcado de las unidades de transporte y contenedores para graneles que transportan mercancías peligrosas. • Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-043-SCT-SEMARARTF-2022, Documento de transporte de mercancías peligrosas. • Modificación a la NOM-010SCT2/2009, Disposiciones de compatibilidad y segregación para el almacenamiento y transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos. • Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-006-SCT2/2022, Aspectos básicos para la revisión ocular de la unidad destinada al transporte de mercancías peligrosas. • Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-011-SCT2/2021, Condiciones para el transporte de mercancías peligrosas embaladas/envasadas en cantidades limitadas.

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SUBCOMITÉ DE NORMAS DE ESPECIFICACIONES DE VEHÍCULOS, PARTES, COMPONENTES Y ELEMENTOS DE IDENTIFICACIÓN.

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l día 12 de octubre de 2023, se llevó a cabo en forma virtual la reunión de este Subcomité, en donde se tuvo lo siguiente:

Se mencionó que en la propuesta de NOM–053–SCT–2–2023. Transporte Terrestre – Características y Especificaciones Técnicas y de Seguridad de los Equipos para los Vehículos Tipo Grúa para Arrastre y/o Salvamento, se modificó el objetivo y campo de aplicación el término Arrastre y/o Salvamento, por lo que se presentará ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización esta modificación para su aprobación, además, se informó que este proyecto se presentará la semana entrante ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER). Los temas que se presentarán para integrar el Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2024 son los siguientes: • Placas metálicas, calcomanías de identificación y tarjetas de circulación empleadas en automóviles, tractocamiones, autobuses, camiones, motocicletas, remolques, semirremolques, convertidores y grúas, matriculados en la República Mexicana, licencia federal de conductor, listado de series asignadas por tipo de vehículo, servicio y entidad federativa o dependencia de gobierno-Especificaciones y método de prueba. • Especificaciones de seguridad que deben cumplir los autobuses y vagonetas tipo van para el transporte de personal y escolares. • Especificaciones de seguridad que deben cumplir los vehículos cero emisiones con un PBV superior a 3,857kg. LEY DE INFRAESTRUCTURA DE LA CALIDAD / TEMAS REPROGRAMADOS / NOMS VIGENTES A SER MODIFICADAS. • PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-053-SCT-2-2022, Transporte Terrestre - Características y especificaciones técnicas y de seguridad de los equipos para los vehículos tipo grúa para arrastre y/o salvamento. LEY DE INFRAESTRUCTURA DE LA CALIDAD / NOMS VIGENTES A SER CANCELADAS. • Cancelación de la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SCT-2-2016, Placas metálicas, calcomanías de identificación y tarjetas de circulación empleadas en automóviles, tractocamiones, autobuses, camiones, motocicletas, remolques, semirremolques, convertidores y grúas, matriculados en la República Mexicana, licencia federal de conductor, calcomanía de las condiciones físico – mecánicas, listado de series asignadas por tipo de vehículo, servicio y entidad federativa o dependencia de Gobierno, especificaciones y método de prueba.

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SUBCOMITÉ DE NORMALIZACIÓN DE SEÑALAMIENTO Y SEGURIDAD VIAL DEL INSTITUTO MEXICANO DEL TRANSPORTE.

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e llevó a cabo la reunión el día 10 de octubre en forma presencial para tratar los siguientes temas:

Estado de la NOM-034-SCT2/SEDATU-2022, Señalización y dispositivos viales para calles y carreteras; se informó que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 19 de septiembre de este año y que solamente resta concluir la elaboración del Manual de Marcas y Señales que complementan esta Norma, el Subdirector de Servicios Técnicos mencionó que se tiene planeado concluirlo el viernes 13 de octubre de 2023, para que se presente a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) solicitando la exención del Análisis de Impacto Regulatorio. Con respecto a las Normas NOM-086-SCT2-2023, Señalamiento y dispositivos para protección en zonas de obras viales y NOM-036SCT2-2023, rampas de emergencia para frenado en carreteras, se espera el dictamen final de la CONAMER para su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Al igual que los temas anteriores, se espera el dictamen final de la CONAMER para la modificación al numeral 5.1.1. y adición de un artículo transitorio a la Norma Oficial Mexicana NOM-037-SCT2-2020, Barreras de protección en carreteras y vías urbanas. Para el Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2024, se propone: La cancelación de las NOM-086-SCT2-2015, Señalamiento y dispositivos para protección en zonas de obras viales y cancelación de la NOM036-SCT2-2016, rampas de emergencia para frenado en carreteras. Quedó pendiente para la próxima sesión la revisión y análisis del anteproyecto de NOM-033-SCT2-2022, Diseño de plazas de cobro, Criterios de seguridad vial. Se aprobaron los temas normativos para el Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2024 que se mencionaron. Comentarios al proyecto de NOM-004-SEDATU-2023, Estructura y diseño para vías urbanas. Especificaciones y aplicación. Sobre este tema se mencionó que existen definiciones que no concuerdan con la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, por lo que habrá que profundizar en su análisis.

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REUNIÓN VIRTUAL DEL COMITÉ CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACIÓN DE TRANSPORTE TERRESTRE.

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l día 24 de octubre de 2023, se llevó a cabo en forma virtual la reunión de este Comité, llegando a lo siguiente:

Se presentaron y aprobaron los Informes de Revisión Sistemática de las siguientes Normas Oficiales Mexicanas; • NOM-003-SCT/2008, Características de las etiquetas de envases y embalajes, destinadas al transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos. • NOM-004-SCT/2008, Sistemas de identificación de unidades destinadas al transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos. • NOM-005-SCT/2008, Información de emergencia para el transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos. Se aprobaron como Normas Oficiales Mexicanas las siguientes: •NOM-002-1-SCT-SEMARARTF/2021 Listado de substancias y materiales peligrosos (mercancías peligrosas)-Instrucciones y uso de embalajes/envases, recipientes intermedios para graneles (RIG), grandes embalajes/envases, cisternas portátiles, contenedores de gas de elementos múltiples y contenedores para graneles para el transporte de mercancías peligrosas. • Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-003-SCT-SEMAR-ARTF-2023, Marcado y etiquetado de bultos que contienen mercancías peligrosas. Rotulación (carteles) y marcado de las unidades de transporte y contenedores para graneles que transportan mercancías peligrosas. • NOM-043-SCT-SEMAR-ARTF-2022, Documento de transporte de mercancías peligrosas. • NOM-053-SCT-2-2022, Transporte terrestre-Características y especificaciones técnicas y de seguridad de los equipos para los vehículos tipo grúa para arrastre, salvamento y arrastre. • Modificación al numeral 5.1.1. y adición de un artículo transitorio a la Norma Oficial Mexicana NOM-037-SCT2-2020, Barreras de protección en carreteras y vías urbanas. Se aprobaron los siguientes Anteproyectos: • Anteproyecto NOM-000-SCT-2022, Clasificación de Mercancías Peligrosas para su Transporte. • Anteproyecto NOM-010-SCT-2-2023, Disposiciones de Compatibilidad y Segregación para el Almacenamiento y Transporte de Mercancías Peligrosas. • Anteproyecto NOM-051-SCT-2-2023, Especificaciones Relativas a la Construcción y el Ensayo de Embalajes/Enviases para las Sustancias Infecciosas de la División 6.2, Categoría A (Nos. ONU 2814 y ONU 2900).

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Se aprobó el Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2024 de este Comité, mismo que estará formado por los siguientes temas; 1. Clasificación de mercancías peligrosas para su transporte. 2. Especificaciones relativas a la construcción y el ensayo de embalajes/ enviases para las sustancias infecciosas de la división 6.2, categoría A (Nos. ONU 2814 y ONU 2900). 3. PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-002-1-SCT-SEMARARTF/2021 Listado de substancias y materiales peligrosos (mercancías peligrosas)-Instrucciones y uso de embalajes/envases, recipientes intermedios para graneles (RIG), grandes embalajes/envases, cisternas portátiles, contenedores de gas de elementos múltiples y contenedores para graneles para el transporte de mercancías peligrosas. 4. PROYECTO Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-003-SCT-SEMAR-ARTF-2023, Marcado y etiquetado de bultos que contienen mercancías peligrosas. Rotulación (carteles) y marcado de las unidades de transporte y contenedores para graneles que transportan mercancías peligrosas. 5. Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-043-SCT-SEMAR-ARTF-2022, Documento de transporte de mercancías peligrosas. 6. Modificación a la NOM-010-SCT2/2009, Disposiciones de compatibilidad y segregación para el almacenamiento y transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos. 7. Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-006-SCT2/2022, Aspectos básicos para la revisión ocular de la unidad destinada al transporte de mercancías peligrosas. 8. Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-011-SCT2/2021, Condiciones para el transporte de mercancías peligrosas embaladas/envasadas en cantidades limitadas. 9. Cancelación de la NOM-002/1-SCT/2009, Listado de las substancias y materiales peligrosos más usualmente transportados, instrucciones y uso de envases y embalajes, recipientes intermedios para graneles (RIGS), grandes envases y embalajes, cisternas portátiles, contenedores de gas de elementos múltiples y contenedores para graneles para el transporte de materiales y residuos peligrosos. 10. Cancelación de la NOM-003-SCT/2008, Características de las etiquetas de envases y embalajes destinados al transporte de materiales y residuos peligrosos. 11. Cancelación de la NOM-004-SCT/2008, Sistemas de identificación de unidades destinadas al transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos. 12. Cancelación de la NOM-009-SCT2/2009, Especificaciones especiales y de compatibilidad para el almacenamiento y transporte de las substancias, materiales y residuos peligrosos de la clase 1 explosivos. 13. Cancelación de la NOM-027-SCT2/2009, Especificaciones especiales y adicionales para los envases, embalajes, recipientes intermedios a granel, cisternas portátiles y transporte de las substancias, materiales y residuos peligrosos de la división 5.2 peróxidos orgánicos.

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14. Cancelación de la NOM-028-SCT2/2010, Disposiciones especiales y generales para el transporte de las substancias, materiales y residuos peligrosos de la clase 3 líquidos inflamables. 15. Cancelación de la NOM-043-SCT/2003, Documento de embarque de substancias, materiales y residuos peligrosos. 16. PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-002SCT/2020, Listado de substancias y materiales peligrosos (mercancías peligrosas). 17. Placas metálicas, calcomanías de identificación y tarjetas de circulación empleadas en automóviles, tractocamiones, autobuses, camiones, motocicletas, remolques, semirremolques, convertidores y grúas, matriculados en la República Mexicana, licencia federal de conductor, listado de series asignadas por tipo de vehículo, servicio y entidad federativa o dependencia de gobierno - Especificaciones y método de prueba 18. Especificaciones de seguridad que deben cumplir los vehículos cero emisiones con un PBV superior a 3,857 kg. 19. Especificaciones de seguridad que deben cumplir los autobuses y vagonetas tipo van para el transporte de personal y escolares. 20. Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-053-SCT-2-2022, Transporte terrestre-Características y especificaciones técnicas y de seguridad de los equipos para los vehículos tipo grúa para arrastre, salvamento y arrastre. 21. Cancelación de la NOM-001-SCT-2-2016, Placas metálicas, calcomanías de identificación y tarjetas de circulación empleadas en automóviles, tractocamiones, autobuses, camiones, motocicletas, remolques, semirremolques, convertidores y grúas, matriculados en la República Mexicana, licencia federal de conductor, calcomanía de verificación físico-mecánica, listado de series asignadas por tipo de vehículo, servicio y entidad federativa o dependencia de gobierno, especificaciones y método de prueba. 22. PROY NOM-086-SCT2-2023, Señalamiento y dispositivos para protección en zonas de obras 23. PROY NOM-036-SCT2-2023, Rampas de emergencia para frenado en carreteras. 24. Cancelación de la NOM-086-SCT2-2015, Señalamiento y dispositivos para protección en zonas de obras viales. 25. Cancelación de la NOM-036-SCT2-2016, Rampas de emergencia para frenado en carreteras. 26. Revisión y análisis del anteproyecto de NOM-033-SCT2-2022, Diseño de plazas de cobro, Criterios de seguridad vial. 27. Revisión de la Norma Oficial Mexicana NOM-087-SCT-2-2017, que establece los tiempos de conducción y pausas para conductores de los servicios de autotransporte federal.

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MONITOREO DE LA CONAMER.

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e las actividades de monitoreo que realiza la Cámara a los Proyectos de Regulaciones que se presentan ante dicha Dependencia, se tienen los siguientes Proyectos:

REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES. ARTÍCULO 1. El presente Reglamento tiene por objeto establecer la organización y funcionamiento de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, así como determinar la competencia, estructura y atribuciones de sus unidades administrativas. La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, en lo sucesivo la Secretaría, tiene a su cargo el ejercicio de las atribuciones y facultades que le confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y otras leyes, así como los reglamentos, decretos, acuerdos, órdenes y demás disposiciones jurídicas que expida la persona Titular del Ejecutivo Federal. ARTÍCULO 2. La Secretaría planeará y conducirá sus actividades con base en las políticas establecidas por la persona Titular del Ejecutivo Federal y con sujeción en los objetivos, estrategias y prioridades de la Planeación Nacional del Desarrollo para el logro de las metas de los programas a su cargo, así como las de las entidades del sector paraestatal coordinado por ella. ARTÍCULO 3. Al frente de la Secretaría estará una persona Titular, quien para el despacho de los asuntos que le competen, se auxiliará de las unidades administrativas centrales, órganos administrativos desconcentrados y Centros de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, en adelante Centros SICT, siguientes: I. Unidades adscritas a la persona Titular de la Secretaría: a) Unidad de Asuntos Jurídicos: (i) Dirección Ejecutiva de Procesos Contenciosos (ii) Dirección Ejecutiva Normativa (iii) Dirección Ejecutiva Operativa (iv) Dirección Ejecutiva de Supervisión y Control Jurídico de Centros SICT (v) Dirección Ejecutiva Técnica y de Coordinación Jurídica de las Unidades Administrativas y Entidades del Sector. b) Dirección General de Comunicación Social; c) Dirección General Patrimonial y del Derecho de Vía d) Dirección General de Planeación e) Dirección General de Vinculación II. Subsecretaría de Infraestructura: a) Dirección General de Carreteras b) Dirección General de Conservación de Carreteras c) Dirección General de Desarrollo Carretero d) Dirección General de Desarrollo Ferroviario y Multimodal e) Dirección General de Servicios Técnicos.

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III. Subsecretaría de Comunicaciones y Transportes: a) Dirección General de Autotransporte Federal b) Dirección General de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte c) Dirección General de Inclusión Digital y Redes de Telecomunicaciones d) Dirección General de Políticas de Telecomunicaciones y Radiodifusión IV. Unidad de Administración y Finanzas: a) Dirección General de Programación y Presupuesto b) Dirección General de Recursos Humanos y Organización c) Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales d) Dirección General de Tecnologías de Información y Comunicaciones. V. Órganos Administrativos Desconcentrados: a) Agencia Federal de Aviación Civil b) Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario c) Instituto Mexicano del Transporte d) Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano VI. Coordinación de Centros SICT: a) Centros SICT. Dichas unidades administrativas formarán parte de la estructura autorizada. Su adscripción y funciones deberán especificarse y regularse en el Manual de Organización General de la Secretaría y, en sus manuales de organización específicos. Acuerdo por el que se hacen del conocimiento público los días del mes de diciembre de 2023 y enero de 2024 que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos, trámites y procedimientos administrativos, sustanciados ante las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes. ARTÍCULO PRIMERO. Para efectos de los actos, trámites y procedimientos administrativos que en ejercicio de sus atribuciones realizan las distintas unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, se considerarán inhábiles, además de los días 25 de diciembre y 1º de enero, previstos en el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, los días 18, 19, 20, 21, 22, 26, 27, 28 y 29 de diciembre de 2023, y el 2 de enero de 2024. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de esta Secretaría para habilitar los días y horas que requiera para el cumplimiento de sus atribuciones, así como de asignar guardias del personal necesarias. ARTÍCULO SEGUNDO. Durante los días citados en el artículo anterior, no se computarán los plazos y términos correspondientes en los actos, trámites y procedimientos que se sustancian ante las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes. Los días que conforme a este acuerdo son considerados inhábiles, no se aplicarán a los plazos y términos previstos por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, por lo que los trámites y procedimientos que guarden relación con dichas leyes, quedarán exceptuados de la aplicación y observancia de este Acuerdo. TRANSITORIO ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publiwww.canacar.com.mx P-10


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SEGURIDAD INCIDENCIA DELICTIVA

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l Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) y la Fiscalía General de la República (FGR) reportan de manera mensual la incidencia de robo al transporte de carga que se presenta en nuestro país, en esta ocasión presentaremos el comportamiento de la incidencia del período de enero - septiembre de 2023 tanto del fuero común como del fuero federal.

Se presentaron 7,028 robos en el fuero común, al comparar la incidencia delictiva en el mismo período entre 2018 y 2019 disminuyo en 5.36%, en el período entre 2019 y 2020 se disminuyó en 20.24%, en el período entre 2020 y 2021 disminuyó en 9096%, en el período entre 2021 y 2022 incrementó en 0.06% y en el período entre 2022 y 2023 incrementó en 9.47%.

Los delitos carreteros del fuero federal en este período (2023) son de 3,527 robos, en 2022 (3,277 robos) por lo que incrementó un 7.62% la incidencia en 2023.

INCIDENCIA DELICTIVA FUERO COMÚN Y FUERO FEDERAL ENERO – SEPTIEMBRE 2023

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ESTADOS DE MAYOR INCIDENCIA FUERO COMÚN ENERO – SEPTIEMBRE 2023

ESTADOS DE MAYOR INCIDENCIA FUERO FEDERAL ENERO – SEPTIEMBRE 2023

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COMPARATIVO DE INCIDENCIA FUERO COMÚN VS FUERO FEDERAL 2023

TOP 10 ESTAD0S DE MAYOR INCIDENCIA

• El 92.77% de los eventos se denunciaron en estos 10 Estados. • El 31.85% se denunció en el Estado de México • EL 21.46% se denunció en el Estado de Puebla

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VEHÍCULOS RECUPERADOS POR LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.

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erivado de las reuniones que se tienen con la Fiscalía General de la República (FGR), ésta nos ha proporcionado información sobre los vehículos que han sido robados y a su vez recuperados en el mes de septiembre 2023, la cual contiene las características de la unidad (marca, tipo, placas y número de serie), así como la Delegación de la FGR donde se encuentran resguardadas y el motivo por el cual no han sido devueltas.

Ponemos a su disposición el listado de los vehículos recuperados en el link: https://canacar.com.mx/vehiculos-recuperados-2023, a fin de que puedan verificar si las unidades que aparecen en el mismo son de su propiedad y procedan a realizar el trámite de liberación correspondiente en el lugar donde se encuentra localizada, para acceder al listado será necesario agregar la contraseña (PGK2023).

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MESA DE SEGURIDAD AL AUTOTRANSPORTE.

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l pasado 31 de octubre de 2023, CANACAR participó en la MESA DE SEGURIDAD AL AUTOTRANSPORTE, la cual se llevó a cabo en las instalaciones de la Guardia Nacional (GN), con la participación de otras Cámaras y Asociaciones de transporte, se plantearon los siguientes puntos:

Guardia Nacional presentó los siguientes datos relevantes: 1.- Un posible incremento en operativo Escalón, se pretende abrir nueva ruta en Pueble, así también la ruta de Celaya – Lagos de Moreno, con posterioridad nos informarán cuando arranquen. 2.- Respecto al Operativo LAICA, de enero a septiembre de 2023 se realizaron 1,363 alertamientos, de los cuales 229 fueron falsos. Sólo en septiembre se registraron 184 alertamientos. 3.- Operativo Nodriza: Se realizaron 184. 4.- Guardia Nacional reporta que Nodrizas de empresas afiliadas a CANACAR no usan el operativo, en especial Querétaro, Bajío, Nuevo León. 5.- Se está considerando se autorice un Dron más para Puebla. Adicionalmente, la GN comenta que ha enviado una circular interna a las Coordinaciones y Estaciones de Guardia Nacional, reiterando las circunstancias por las cuales usar grúa, en caso de alguna irregularidad se puede reportar a las zonas operativas de la GN en CONTEL. CANACAR participó señalando que, en cuestión de seguridad, es importante realizar una campaña entre los transportistas afiliados y la GN, a efecto de que se sumen al operativo Escalón de Nodrizas. • En cuestión de operación de los servicios, se solicitó pudieran compartir el Protocolo de verificación del Complemento Carta Porte. Comenta GN que como todavía faltan detalles que está trabajando con el SAT, no lo tienen implementado, en cuanto lo tengan será compartido. • También se solicitó el Protocolo de Verificación para el combate al mercado ilícito de combustibles…, a efecto de hacerlo del conocimiento de nuestros afiliados y que no sean sorprendidos. Guardia Nacional señala que todavía no tienen un protocolo, que lo verán con PEMEX a efecto de tener línea para verificación y evitar detenciones de unidades.

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COMBATE AL MERCADO ILÍCITO DE COMBUSTIBLES

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ediante Circular de CANACAR, se informó que el Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, a través de la Secretaría de Energía, publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del día 23 de octubre de 2023, el “DECRETO por el que se establecen medidas para el combate al mercado ilícito de combustibles, relacionadas con la importación de mercancías reguladas por la Secretaría de Energía”, que establece entre otras medidas: • Se restringe temporalmente la importación de las mercancías correspondientes a las fracciones arancelarias de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada en el DOF el 7 de junio de 2022 y sus modificaciones posteriores, que se listan en el Anexo Único del presente decreto, con el objeto de combatir el mercado ilícito de combustibles y el contrabando para evitar: a) El daño inminente a la salud y al medio ambiente; b) La vulneración a la salud y seguridad de la población aledaña a los centros de manejo de combustibles. c) El impacto negativo a vehículos particulares y de transporte público. •P ara aquellos que, previo a la entrada en vigor del presente Decreto, ya cuenten con un permiso de importación para alguna de las mercancías referidas en el Anexo Único, ya reguladas por parte de la Secretaría de Energía, podrán continuar con sus operaciones y deben informar, en un plazo máximo de 30 días hábiles contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, a la Subsecretaría de Hidrocarburos de la Secretaría de Energía, su intención de continuar con las operaciones que ampara su permiso y que las mismas corresponden a un volumen y destino de la mercancía necesario para su proceso productivo, que tendrá como finalidad el desarrollo o realización de una actividad lícita y que no contraviene el presente instrumento. •P rocederán la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, la Comisión Reguladora de Energía, la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y la Procuraduría Federal del Consumidor, así como la Guardia Nacional, en el ámbito de sus respectivas competencias, a incrementar e intensificar la inspección y verificación de las instalaciones de trasvase, terminales intermodales, de almacenamiento, o cualquier otra instalación o medio de transporte en el que se depositen las mercancías objeto del presente Decreto, y el cumplimiento de la regulación vigente y de la que emitan las secretarías de Energía y de Economía, de conformidad con las medidas de control no arancelarias y de trazabilidad de las mercancías que se listan en el anexo de esta publicación. • Se instruye a todas las autoridades federales a cargo de la seguridad pública, así como a la Secretaría de la Defensa Nacional y la Secretaría de Marina para coordinar y coadyuvar en el cumplimiento del presente Decreto. El presente decreto entró en vigor el día 24 de octubre de 2023. El texto completo de este Decreto, así como el Anexo Único, se puede consultar en la dirección electrónica www.dof.gob.mx de fecha 23 de octubre de 2023.

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ADUANAS GAFETE ÚNICO DE IDENTIFICACIÓN (GUI) VERACRUZ.

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a Administración de la Aduana de Veracruz mediante comunicado 070/23 informó que se tiene contemplado para el mes de diciembre del presente año la inauguración e inicio de operaciones en las nuevas instalaciones de esta Aduana en Bahía Norte.

Por lo anterior, con el fin de dar continuidad a las operaciones y a efecto de no verse afectados en el despacho oportuno de sus mercancías por no contar con GUI, no atribuible a esta Unidad Administrativa, se invita a todos los Usuarios de Comercio Exterior actualizar o tramitar sus Gafetes Únicos de Identificación para modular a través de carriles con Tecnología del Proyecto de Integración Tecnológica Aduanera (PITA) en la Nueva Aduana. La validación de vigencias, actualizaciones o trámites, se pueden realizar a través de los siguientes portales: http://www.sat.gob.mx/tramites/85077/obten-tu-gafete-unico. https://www.ventanillaunica.gob.mx/vucem/index.html. REAPERTURA “SECCIÓN CÓRDOVA”.

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a Administración de la Aduana de Ciudad Juárez, informó que la Agencia Nacional de Aduanas de México y en coordinación con la Ofician de Campo de Custom and Border Protection CBP en el Paso, la reapertura de operaciones de carga exportación en la Sección Aduanera Córdova a partir del 10 de octubre de 2023:

• Exportación de lunes a viernes 06:00 a 14:00 horas y sábado cerrado.

ACTUALIZACIÓN EN “CONCEPTO DE PAGO” PARA GENERAR LÍNEA DE CAPTURA – GAFETE ELECTRÓNICO DE IDENTIFICACIÓN.

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a Agencia Nacional de Aduanas de México ANAM, mediante boletín No. 33 nos ha informado que, se realizó una actualización en el formulario para generar líneas de captura, para el caso del trámite “Otorgamiento del Gafete Electrónico”, en el apartado “5. Concepto de pago” se tendrá que seleccionar la clave “700145 expedición de gafetes electrónicos”, como se observa a continuación:

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ASIPONA ALTAMIRA.

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a Administración del Sistema Portuario Nacional (ASIPONA) de Altamira ha publicado en su portal que, derivado de las contingencias relacionadas con el flujo de vehículos dentro del recinto portuario; solicita el apoyo respecto a las mercancías de comercio exterior que se presenten a despacho por la Aduana, para que a partir del presente se coloquen cartulinas en los parabrisas de los vehículos que transporten las mercancías, considerando las siguientes directivas: 1. Mercancía para modulación de importación en servicio extraordinario COLOR ROJO.

2. Modalidad copia simple (no inicio) remisiones y acuerdos de salida COLOR AZUL. 3. Vehículos con contenedores vacíos COLOR VERDE. 4. Vehículos con mercancía de importación e inicios de regla copia simple SIN CARTULINA. Lo anterior, con la finalidad de que personal Administrativo logre gestionar con eficiencia el acomodo de los vehículos en la ruta fiscal y obtener un orden en la modulación de las unidades. PAGO ANUAL OEA.

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e publicó el 30 de octubre del año en curso en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Cuarta Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023, en el cual se establece lo siguiente:

•Las empresas que cuenten con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas (OEA) en las modalidades de Socio Comercial Certificado rubro Auto Transportista Terrestre, cuya vigencia sea de dos años, deberán realizar el pago anual de derechos establecidos en el artículo 40, inciso m) y segundo párrafo de la Ley Federal de Derechos por la cantidad de $35,575.00, a través del esquema electrónico e5cinco, al cumplirse el año de que se emita la resolución por la que se autorice su registro y presentarlo ante la AGACE dentro de los quince días siguientes mediante escrito libre.

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ENLACE LEGISLATIVO INICIATIVAS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN.

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urante los trabajos del mes de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, se presentaron las siguientes iniciativas de interés para el sector: 1. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 7º de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, a cargo de la Diputada Catalina Díaz Vilchis del Grupo Parlamentario de MORENA, el 3 de octubre de 2023. La iniciativa propone que la persona que sea designada por el Ejecutivo Local integrante del Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial deberá estar calificada en la materia. ESTATUS. Pendiente. 2. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma los artículos 16 y 19 de la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la Diputada Wendy Maricela Cordero González del Grupo Parlamentario del PAN, el 10 de octubre de 2023. La iniciativa propone eliminar el listado de delitos por los que el juez podrá ordenar la prisión preventiva oficiosa. ESTATUS. Pendiente. 3. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 25 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, a cargo del Diputado Francisco Favela Peñuñuri del Grupo Parlamentario del PT, el 10 de octubre de 2023. La iniciativa propone que para la formulación de le Estrategia Nacional de Movilidad y Seguridad Vial se deberá observar que se implemente el uso de energías renovables para el transporte público y de carga. ESTATUS. Pendiente. 4. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 132 y 995 Ter de la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la Diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega del Grupo Parlamentario de MORENA, el 10 de octubre de 2023. La iniciativa propone que los centros de trabajo que tengan más de cincuenta trabajadores, al menos el 5% del personal deberá ser persona con discapacidad y adultos mayores. En caso de incumplir con esta disposición, se impondrá, previo apercibimiento, una multa de 50 a 200 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). ESTATUS. Pendiente.

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5. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 1004-B y adiciona un artículo 7 Bis a la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo del Grupo Parlamentario de MORENA, el 17 de octubre de 2023. La iniciativa propone que toda empresa o establecimiento que tenga más de 50 trabajadores, el patrón deberá emplear el 10% de trabajadores en situación de vulnerabilidad (personas con discapacidad, personas adultas mayores, personas indígenas, personas afrodescendientes, personas de la diversidad sexual y de género y personas migrantes). ESTATUS. Pendiente. 6. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a cargo de la Diputada María del Rosario Corona Nakamura del Grupo Parlamentario del PVEM, el 25 de octubre de 2023. La iniciativa propone que los vehículos de carga que no den cumplimiento a la establecido por las Normas Oficiales Mexicanas en materia de peso y dimensiones máximas, así como en lo que respecta a las condiciones físico-mecánicas para su tránsito en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal, se les revocará de manera permanente el permiso de transitar en caminos y puentes de jurisdicción federal. ESTATUS. Turnada a Comisión de Comunicaciones y Transportes. 7. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, a cargo de la Diputada rocío Esmeralda Reza Gallegos del Grupo Parlamentario del PAN. La iniciativa propone que los Observatorios Ciudadanos de Movilidad y Seguridad Vial estarán integrados por todas aquellas organizaciones que estén interesados en participar en la temática y no tengan conflicto de interés con la política pública a ser observada. ESTATUS. Pendiente.

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PUNTOS DE ACUERDO DEL CONGRESO DE LA UNIÓN. 1. Proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), a trabajar en conjunto con las Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), para desarrollar y, en su caso, fortalecer los programas de inteligencia que permitan combatir al crimen organizado en las carreteras del país, a cargo del Diputado Marco Antonio Natale Gutiérrez del Grupo Parlamentario del PVEM, el 3 de octubre de 2023. ESTATUS. Turnado a la Comisión de Seguridad Ciudadana. 2. Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SICT a capacitar adecuadamente a todos los elementos encargados de monitorear y resguardar la seguridad de los transportistas y particulares en carreteras y caminos federales, a cargo del diputado Marco Antonio Natale Gutiérrez del Grupo Parlamentario del PVEM, el 3 de octubre de 2023. ESTATUS. Turnado a la Comisión de Comunicaciones y Transportes. 3. Proposición con punto de acuerdo para exhortar a los gobiernos del Estado de México e Hidalgo a garantizar la seguridad de las y los usuarios de la Carretera México – Pachuca, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez del Grupo Parlamentario del PRI, el 3 de octubre de 2023. ESTATUS. Turnado a la Comisión de Seguridad Ciudadana. 4. Proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo Federal a realizar mesas de dialogo con el Presidente de los Estados Unidos de América, a fin de generar acuerdos pertinentes de buen entendimiento en materia de seguridad y de agilización de mercancías en los cruces fronterizos, en la frontera norte, ente los cierres en diferentes puentes internacionales, a cargo de la Diputada Daniela Soraya Álvarez Hernández del Grupo Parlamentario del PAN, el 4 de octubre de 2023. ESTATUS. Turnado a la Comisión de Asuntos Frontera Norte. 5. Proposición con punto de acuerdo para exhortar al Gobierno de Nuevo León a garantizar la seguridad de los usuarios, así como de los Autotransportistas que circulan a través de la Carretera nacional, ante la creciente ola de violencia e inseguridad en la región, a cargo del Diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez del Grupo Parlamentario del PRI, el 11 de octubre de 2023. ESTATUS. Comisión de Seguridad Ciudadana.

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6. Proposición con punto de acuerdo para exhortar a la SICT a regular adecuadamente y sancionar el cobro excesivo por concepto de arrastre y salvamento de vehículos en las carreteras y caminos del país, a cargo del Diputado Marco Antonio Natale Gutiérrez del Grupo Parlamentario del PVEM, el 17 de octubre de 2023. ESTATUS. Turnado a la Comisión de Comunicaciones y Transportes. 7. Proposición con punto de acuerdo para exhortar a las Secretaría de Relaciones Exteriores y a la Secretaría de Economía a emprender diversas acciones en materia migratoria y revisiones extraordinarias de vehículos y mercancías que ingresan legalmente a Estados Unidos, a cargo de la Diputada Lilia Aguilar Gil del Grupo Parlamentario del PT, e 17 de octubre de 2023. ESTATUS. Turnado a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad. 8. Proposición con punto de acuerdo para exhortar a diversas autoridades de las 32 entidades federativas a fortalecer las acciones gubernamentales en el ámbito de sus competencias, para disminuir la violencia, los robos y asaltos al patrimonio, el abuso, la explotación, el tráfico sexual, de órganos y de personas en la red carretera nacional a niveles federales, estatales y municipales, a cargo de la Diputada Martha Robles Ortiz del Grupo Parlamentario de MORENA, el 30 de octubre de 2023. ESTATUS. Turnado a la Comisión de Seguridad Ciudadana.

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TEMAS DE INTERÉS SE EXPIDE LA ESTRATEGIA NACIONAL DE MOVILIDAD Y SEGURIDAD VIAL 2023-2042.

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a Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU), publicó en el Diario Oficial de la Federación la “Estrategia Nacional de Movilidad y Seguridad Vial 2023 – 2042”. Esta Estrategia se desarrolló con el propósito de facilitar la movilidad de personas y el traslado de bienes y mercancías en condiciones de seguridad vial, establecidos en nuestra Carta Magna en el artículo 4°; para promover el desarrollo de infraestructura y uso del espacio público para los diversos modos de transporte, bajo la premisa del pleno respeto al contenido del Artículo 27 de la misma, relativo al derecho de la nación para imponer modalidades a la propiedad privada que dicte el interés público, regulando en beneficio social el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana. Para ello, las autoridades competentes dictan las medidas necesarias, entre otros objetivos, para ordenar los asentamientos humanos, preservar y restaurar el equilibrio ecológico, evitando la destrucción de los elementos naturales, así como los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la sociedad y de los ecosistemas. En esta Estrategia, participó activamente CANACAR, logrando la inclusión del autotransporte de carga dentro de los ejes y líneas de acción para la creación de políticas públicas en beneficio de la movilidad de bienes y mercancías, donde destaca principalmente los siguientes puntos: • La Estrategia Nacional de Movilidad y Seguridad Vial (ENAMOV) 2023 - 2042 establece la visión a largo plazo y sienta las bases para el desarrollo de la movilidad y la seguridad vial del país, con un horizonte de planeación en el corto, mediano y largo plazo con el propósito de garantizar el derecho de todas las personas a trasladarse y disponer de sistemas integrales de movilidad con calidad, suficiencia y accesibilidad que, en condiciones de igualdad, equidad y sostenibilidad, permitan reducir las brechas de desigualdad en el acceso de las personas al derecho a la movilidad. • Fomentar y regular los servicios de autotransporte de carga, evitando sobrerregulación entre la federación, entidades federativas y municipios, que permita seguir una movilidad segura y eficiente de bienes y mercancías.

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• Elaborar el Plan estratégico de infraestructura que vincule los distintos sistemas de transporte: Aeropuertos, Puertos, Ferrocarriles, Carreteras, que permita identificar nuevos polos e infraestructuras a desarrollar, ampliar, mejorar o renovar. • Desarrollar proyectos que promuevan la consolidación de la red intermodal de comunicaciones y transportes del país, que conecte los principales nodos de centros de población, puertos, aeropuertos, centros industriales y logísticos con las redes carreteras y ferroviarias, que faciliten el traslado de bienes, servicios y personas, generando mayor desarrollo. • Crear programas de infraestructura para optimizar los cruces fronterizos, aduanas y garitas, que permitan reducir los conflictos de movilidad, tránsito y seguridad vial en las ciudades fronterizas y que aumenten el atractivo para la relocalización de empresas(nearshoring). • Elaborar o incluir en los respectivos programas sectoriales la importancia de impulsar las cadenas de nodos logísticos globales, nacionales, regionales y metropolitanos que sean eficientes y sostenibles. • Mejorar el estado físico de la Red Nacional de Caminos a través de la conservación y reconstrucción para aumentar el bienestar, la conectividad y seguridad de los usuarios que transitan en la infraestructura carretera y en los caminos rurales. •F ortalecer el programa permanente en los principales corredores carreteros troncales del sistema carretero nacional, en materia de mantenimiento, mejoramiento, ampliación, así como de seguridad ciudadana, que permita que los flujos de personas, como de bienes y mercancías sean de manera segura, eficiente y sostenible. •D esarrollar planes de operación y proyectos de equipamiento de retención y dosificación, desconsolidación, y consolidación de carga, y cambio intermodal para la última milla que permita resolver los problemas de gestión logística en los accesos carreteros de las ciudades con la colaboración del sector empresarial. •G enerar una coordinación operativa y normativa entre los tres órdenes de gobierno para la promoción de una distribución urbana sostenible, segura y eficiente de bienes y mercancías de los servicios de autotransporte federal, privado y sus servicios auxiliares. •A rmonizar con la LGMSV las leyes locales y códigos en materia de ordenamiento territorial y desarrollo urbano, para que ambos marcos normativos sean congruentes, con principios y objetivos compartidos. •E laboración y/o actualización de las legislaciones estatales y delos reglamentos o bandos municipales, en materia de: tránsito, seguridad vial, movilidad activa, zonificación, construcción, gestión de la ciudad (Infraestructura y equipamientos con énfasis en movilidad), que sean congruentes y en apego a la visión y principios de la LGMSV y la ENAMOV.

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•A ctualizar y/o Elaborar las NOM, Manuales, Guías y Reglas de Operación de Programas Federales con los que se desarrolla la infraestructura vial urbana y carretera, así como los espacios públicos, para que incluyan los principios y criterios de diseño, establecidos en la Ley (LGMSV). •F ortalecer los mecanismos de supervisión y vigilancia de la infraestructura, los equipamientos y servicios del transporte, a fin de asegurar el cumplimiento de la normatividad, propiciar una mayor competitividad del transporte y una mayor seguridad para las personas usuarias. • I ncorporar mayor tecnología en los sistemas de vigilancia, monitoreo y sanción para la regulación de las velocidades de vehículos que transitan por carreteras y vías urbanas. •M odernizar con tecnología de punta los sistemas de vigilancia y sanción para el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas, como lo son: NOM-012-SCT-2-2017 de “Sobre pesos y dimensiones máximas”, la NOM068-SCT-2-2014 de “Condiciones físico - mecánicas y de seguridad”, así como, la NOM-087-SCT-2-2017 “Sobre los tiempos de conducción y pausas” para el autotransporte y el autotransporte de carga. •P romover la asignación de recursos para la implementación y supervisión federal, estatal y municipal de la NOM en materia de “señalización y dispositivos del control del tránsito para calles y carreteras”. •H omologar los proyectos carreteros de las entidades federativas y municipios de acuerdo con el “Manual de Proyecto Geométrico de Carreteras” de la SICT. •C rear un programa de libramientos carreteros en zonas urbanas de alta densidad, incluirlos en los planes y programas de desarrollo urbano, tomando criterios que permitan restringir los procesos de especulación del suelo y que frenen la expansión urbana. •G enerar campañas nacionales y locales obligatorias de educación vial y concientización a todas las personas usuarias de la vía, priorizando a las personas conductoras de vehículos motorizados conforme a los artículos 62, 63, 64 de la LGMSV. •H omologar en todo el país los requisitos para la formación y/o certificación (aptitudes físicas, conocimientos teóricos y prácticos) para la expedición o renovación de todos los tipos de licencias de conducir correspondiente con instrumentos vinculantes para su aplicación. •D esarrollar programas de paradores seguros en coordinación con los tres órdenes de gobierno dando cumplimiento a la NOM-087-SCT-2-2017. •A doptar Normas progresivas para tecnologías de seguridad para vehículos, de peso bruto igual o superior a los 3,857 kg. enfocada en la protección de personas vulnerables. Dicha Estrategia fue publicada el 10 de octubre de 2023, y entró en vigor al día siguiente de su publicación (el 11 de octubre de 2023).

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ENTRADA EN VIGOR DEL COMPLEMENTO CARTA PORTE VERSION 3.0 Se publicó en el portal del SAT la Octava Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 Primera Versión Anticipada la cual establece lo siguiente: • Se podrá registrar en el Complemento Carta Porte (CCP) además del número de pedimento, el documento aduanero para acreditar la legal estancia y/o tenencia de los bienes y mercancías. • El CCP en su versión 3.0 deberá utilizarse a partir del 25 de noviembre de 2023. • Los contribuyentes obligados a expedir el CFDI con Complemento Carta Porte podrán continuar emitiendo el CCP en la versión 2.0 hasta el 31 de diciembre de 2023.

Las empresas transportistas requieren de un registro para ingresar al Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA), para obtenerlo deben cumplir con los siguientes requisitos: 1. Presentar escrito de solicitud de registro de Transportista en el Sistema de Gafetes de la Aduana del AIFA. 2. El escrito será en formato libre, cumpliendo con los requisitos que señalan los artículos 18, 18a y 19 del Código Fiscal de la Federación. 3. Se deberá señalar el número de CAAT. 4. Anexarse la siguiente documentación: •C opia certificada del acta constitutiva de la empresa y de las modificaciones posteriores (objeto social) donde se manifieste que se dedica al transporte de carga. •C opia certificada del permiso de la SICT para operar como empresa transportista y los anexos vehículos dados de alta ante la Secretaría (INCLUSIONES). •C omprobante del registro del Código Alfanumérico Armonizado del Transportista (CAAT). •C opia de la constancia de inscripción en el RFC de la empresa, en donde conste la actividad económica referente al transporte. •C opia del comprobante de domicilio de la empresa (fiscal), no menor a 3 meses. •C opia del poder notarial del representante legal, en caso de que no esté el apoderado en el acta constitutiva (deberá presentar el original del cotejo al momento de la revisión de la documentación). • Copia de la identificación oficial del representante legal. • Listado de unidades a registrar con placas federales (anexar copia legible de la póliza de seguro vigente y de la tarjeta de circulación y el permiso federal expedido por la SICT.

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