BOLETÍN FISCAL Y SEGURIDAD SOCIAL - NÚMERO 138 SEPTIEMBRE 2023

Page 1

BOLETÍN FISCAL Y SEGURIDAD SOCIAL NÚMERO 139 OCTUBRE 2023

www.gmtransport.com (686) 115-65-82 Software Administrativo y Operativo para transporte de carga (carta porte, liquidaciones, facturación, mantenimiento, inventarios, llantas, contabilidad, kpis)

sergio.ventas@gmtransporterp.com GMTransportOficial grupogmtransport/ GrupoGMTransport


TABLA DE

contenido PÁGINA 1 • COMPLEMENTO CARTA PORTE PÁGINA 2 • NO DEBEN EXIGIR LA CONSTANCIA FISCAL PARA FACTURAR PÁGINA 3 • SOLICITAN AL SAT EXTENDER PLAZO PARA LA CANCELACIÓN DE LAS FACTURAS PÁGINA 4 • SITIOS DONDE SUPLANTAN AL FISCO PÁGINA 5 • PRODECON RECUPERA LA CASA HABITACIÓN DE UNA PERSONA CONTRIBUYENTE PÁGINA 6 • ASÍ TE PUEDES INSCRIBIR AL IMSS PÁGINA 7 • CONVENIO PRIVADO CON EL INFONAVIT PÁGINA 9 • CRÉDITO INFONAVIT SUBSECUENTES PÁGINA 10 • ESTÍMULO POR LA ADQUISICIÓN DE DIÉSEL

Nos reiteramos atentos a sus comentarios o cuestionamientos:

Lic. Rubén René Hernández Hernández COORDINADOR DE ASUNTOS FISCALES Y SEGURIDAD SOCIAL Bárbara Pérez Vázquez: analista.fiscal@canacar.com.mx

www.canacar.com.mx


BOLETÍN FISCAL Y SEGURIDAD SOCIAL

COMPLEMENTO CARTA PORTE

E

l Servicio de Administración Tributaria (SAT) realizó mejoras en el proceso de emisión de facturas electrónicas con complemento Carta Porte, con el objetivo de simplificar el cumplimiento de esta obligación fiscal por parte de los contribuyentes que realizan traslados de bienes o mercancías dentro del territorio nacional. La versión 3.0 de este complemento, que promete una mayor eficiencia y facilidad de uso, estará en plena vigencia a partir del 25 de noviembre de 2023. Sin embargo, el SAT ha dispuesto un periodo de transición para permitir que los contribuyentes se familiaricen con la nueva versión. Durante este periodo, que se extiende hasta el 31 de diciembre de 2023, los contribuyentes podrán seguir emitiendo sus facturas utilizando la versión 2.0, la última actualización de la cual se publicó el 24 de febrero de 2023 en el Portal del SAT. A partir del 1 de enero de 2024, la única versión válida para la emisión de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) o facturas electrónicas con complemento Carta Porte será la versión 3.0. El SAT ha puesto a disposición de personas físicas y morales los nuevos catálogos incluidos en esta actualización. Los contribuyentes pueden consultar esta información en el siguiente enlace: http://omawww.sat.gob. mx/tramitesyservicios/Paginas/complemento_carta_porte.htm Es importante recordar que el uso del complemento Carta Porte es obligatorio desde enero de 2022. Hasta septiembre de 2023, se han emitido un total de 602,767,439 facturas con Carta Porte a través de los Servicios gratuitos de facturación del SAT y mediante Proveedores Autorizados de Certificación (PAC). El SAT enfatiza que la información registrada en este documento está protegida por el secreto fiscal y juega un papel fundamental en el fortalecimiento del comercio formal, la lucha contra el contrabando y la competencia desleal, al regularizar las operaciones comerciales relacionadas con los servicios de transporte.

www.canacar.com.mx P-1


BOLETÍN FISCAL Y SEGURIDAD SOCIAL

NO DEBEN EXIGIR LA CONSTANCIA FISCAL PARA FACTURAR

E

l 18 de octubre de 2023, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que para solicitar el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura electrónica, por la compra de productos o la prestación servicios, no se requiere entregar al proveedor la Cédula de Identificación Fiscal o Constancia de Situación Fiscal. Lo anterior fue dado a conocer mediante la Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2023, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF). A través de un comunicado, el SAT explicó que el contribuyente que solicite una factura solo está obligado a proporcionar verbalmente o por escrito la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), nombre o razón social, código postal del domicilio fiscal y el uso fiscal que le dará a dicho comprobante, por ejemplo, gastos en general o adquisición de mercancías. La autoridad fiscal también indicó que el Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que la factura debe emitirse en el momento en que se realiza la transacción en archivo electrónico y cuando el cliente lo requiera se entregará su representación impresa. Por eso, el SAT considera que otra práctica fiscal indebida es que se solicite al contribuyente ingresar a sitios web para que capture sus datos de identificación para generar el comprobante fiscal. De esta manera, el SAT señala que son prácticas fiscales indebidas: Condicionar la expedición de facturas a la exhibición de la Cédula de Identificación Fiscal o Constancia de Situación Fiscal. Negar la emisión de la factura en el establecimiento o local comercial y trasladar al cliente la obligación de generarla, incluso si el pago se realiza en efectivo. Para presentar una denuncia por alguna de estas prácticas, el SAT puso a disposición los siguientes medios de contacto, las 24 horas del día, los 365 días del año:

• Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx • Quejas y Denuncias SAT: 55 8852 2222 • Teléfonos Rojos ubicados en las oficinas del SAT • En el portal del SAT, consulta el servicio de conciliación de factura.

www.canacar.com.mx P-2


BOLETÍN FISCAL Y SEGURIDAD SOCIAL

SOLICITAN AL SAT EXTENDER PLAZO PARA LA CANCELACIÓN DE LAS FACTURAS

D

urante 2022, muchos contribuyentes emitieron Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) o facturas electrónicas con errores e inconsistencias. Esto se debe a la implementación de la versión 4.0 del CFDI en enero de 2022, que trajo consigo más requisitos para los comprobantes fiscales y sus complementos. Por eso, muchos contribuyentes están notando las siguientes acciones del Servicio de Administración Tributaria (SAT):

•E l programa de vigilancia profunda, que consiste en detectar omisiones e inconsistencias en los CFDI y orienta a los contribuyentes para corregirlas.

•C artas invitación, recibidas a través del buzón tributario o correo

electrónico, donde se les informa sobre diferencias e inconsistencias y se les invita a rectificar.

Debido a estas situaciones, hay una gran incertidumbre entre los contribuyentes. Esto se debe a que algunos se ven obligados a cancelar comprobantes emitidos en 2022 y anteriores. Si los contribuyentes no cancelan correctamente los comprobantes, enfrentan multas del 5 al 10% del monto de cada comprobante, según los Artículos 81, XLVI, y 82, XLII, del Código Fiscal de la Federación (CFF). Si no se cancelan estos comprobantes, los contribuyentes también corren el riesgo de una restricción temporal del Certificado de Sello Digital (CSD), según el Artículo 17-H Bis del CFF. Lo anterior se expuso al SAT en un planteamiento del Programa de Síndicos del Contribuyente. En este contexto, se solicitó a la autoridad fiscal extender el plazo para la cancelación de CFDI hasta el 31 de diciembre de 2023. Se solicitó adicionar un artículo transitorio a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), para que hasta el 31 de diciembre de 2023 se entienda que se cumple con los requisitos para los CFDI, establecidos en el Artículo 29-A de CFF, aquellos contribuyentes que realicen la cancelación de CFDI de ejercicios fiscales anteriores al ejercicio fiscal 2023, siempre que cumplan con lo siguiente:

•C uenten con la aceptación del receptor de conformidad con la regla 2.7.1.34.

•C uando la operación que ampare el CFDI cancelado subsista, el

contribuyente haya emitido un nuevo CFDI de acuerdo con las guías de llenado de CFDI.

www.canacar.com.mx P-3


BOLETÍN FISCAL Y SEGURIDAD SOCIAL

Como parte de su respuesta, el SAT señaló que actualmente la RMF, en la Regla 2.7.1.47., prevé que la cancelación de los CFDI se podrá efectuar a más tardar en el mes en el cual se deba presentar la declaración anual del ISR correspondiente al ejercicio fiscal en el cual se expidió el citado comprobante. Es decir, en los meses de marzo y abril, siendo dichos meses el plazo máximo para llevar a cabo la cancelación de un CFDI. Pero la autoridad fiscal aseguró que se analizará con las áreas correspondientes la viabilidad de extender este plazo hasta el 31 de diciembre de 2023. Esto fue plasmado en la minuta de la Tercera Reunión Trimestral 2023 con las Coordinaciones Nacionales de Síndicos del Contribuyente.

SITIOS DONDE SUPLANTAN AL FISCO

E

l Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha lanzado una advertencia urgente a todos los contribuyentes, recordándoles que el único portal oficial de la institución para llevar a cabo trámites y acceder a servicios es sat.gob.mx. En las últimas semanas, han surgido en diversas redes sociales sitios web fraudulentos que tienen como objetivo suplantar la identidad del SAT, engañando así al público en general. Se han identificado varias formas de fraude, incluyendo la presencia de correos electrónicos provenientes de dominios falsos que pretenden ser del SAT. Además, se han descubierto perfiles falsos en redes sociales y mensajes enviados por WhatsApp, todos buscando obtener información sensible como datos fiscales, números de cuentas bancarias y números de seguridad social. El SAT ha reiterado la existencia de medios de comunicación oficiales a través de los cuales los contribuyentes pueden obtener información confiable y segura. Estos son:

• Portal del SAT: sat.gob.mx • Redes Sociales Oficiales: • Facebook: SAT México • Twitter: SATMX • Instagram: satmx • YouTube: satmx Es fundamental tener en cuenta que el sitio oficial del SAT nunca termina en “.org”. Además, el SAT enfatiza que no lleva a cabo subastas ni vende bienes, productos, maquinaria pesada, camiones o vehículos particulares. Cualquier reclamo o sospecha de un sitio falso puede ser denunciado a través del correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

www.canacar.com.mx P-4


BOLETÍN FISCAL Y SEGURIDAD SOCIAL

El SAT reafirma su compromiso con la ciberseguridad y garantiza que cuenta con mecanismos sólidos para evitar hackeos y robos de información que puedan poner en riesgo tanto a la institución como a la información privada de los contribuyentes. La colaboración de la comunidad es vital para mantener un ambiente en línea seguro y protegido para todos los usuarios.

PRODECON RECUPERA LA CASA HABITACIÓN DE UNA PERSONA CONTRIBUYENTE

L

a Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) recientemente expuso un caso en el que recuperó la casa habitación de una persona contribuyente, que en su momento fue adjudicada en favor del fisco federal. La Prodecon explicó que a mediados de los años noventa, una pareja contrajo matrimonio por la vía civil mediante el régimen de sociedad conyugal, lo que conlleva a que los bienes que se adquirieron dentro del matrimonio sean parte de esta sociedad. Es decir, ambos consortes son copropietarios. La pareja de contribuyentes adquirió un hogar para vivir en matrimonio, pero por desconocimiento legal la casa fue escriturada y registrada ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio (RPPyC) sólo a nombre del esposo. Por circunstancias de la vida, la pareja decidió divorciarse y acordaron verbalmente que la casa habitación se la quedaría la mujer. Esto, al desconocer que aparte de disolver el matrimonio, también se debía liquidar la sociedad conyugal y así dejar protegido el patrimonio de la mujer y los menores. Las personas que conformaban el entonces matrimonio siguió su vida normal conforme a los acuerdos verbales de la separación. Hasta que un día, unas personas se presentaron en el domicilio de la entonces esposa y menores manifestando que tenían intención de adquirir la propiedad al haberla visto en una subasta del Servicio de Administración y Enajenación de Inmuebles (SAE), actualmente Instituto para Devolver al Pueblo de lo Robado (INDEP). Debido a lo anterior, la contribuyente acudió al RPPC, y al pedir información se percató que el inmueble que su ex esposo les había dejado ahora estaba a nombre del fisco federal, y por tanto ya no era de ellos. Es en ese momento, la contribuyente acudió a Prodecon a recibir atención y solicitar apoyo para conocer la verdad real de los hechos y buscar la manera de recuperar su patrimonio, que considera que le fue injustamente quitado. Prodecon, a través de su servicio de Queja requirió al Servicio de

www.canacar.com.mx P-5


BOLETÍN FISCAL Y SEGURIDAD SOCIAL

Administración Tributaria (SAT) los antecedentes del caso y las razones por las que adjudicó en su favor el hogar de la persona contribuyente. El SAT indicó que adjudicó la casa de la contribuyente a su favor, debido a un adeudo impuesto a su entonces esposo por la Policía Federal de Caminos, por la cantidad aproximada de 1,000 pesos, al transitar por una carretera y no pagar en su momento. La deuda se turnó al SAT para su cobro, mismo que al no lograr que el deudor lo saldara, procedió al embargo del bien inmueble que le fue informado por el RPPC estaba registrado a su nombre. El trabajo de la Prodecon dio como resultado que se dejará sin efectos todo el procedimiento de cobro por parte del SAT, y que se restituyera su derecho de copropietaria del inmueble a la madre de familia y a sus hijos. Con esto se dio fin a un problema que se generó hace más de 10 años, y que por negligencia o desconocimiento creció al grado de perder su propiedad por un adeudo menor, mismo que con base la protección legal que Prodecon brindó pudo ser recuperado. Esta es la historia real del criterio jurisdiccional A/2023, y fue publicada en la revista Prodecontigo, edición octubre noviembre de 2023. https: //www.prodecon.gob.mx /h om e -prodecon/prodecontigo/ prodecon-tigo-2023/?utm_source=El+Fiscoanalista&utm_ campaign=d20ef4ff88-30_de_noviembre11_29_2017_COPY_01&utm_ medium=email&utm_term=0_d343594ccd-d20ef4ff88-219436343

ASÍ TE PUEDES INSCRIBIR AL IMSS

E

l Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha implementado una reforma que brinda cobertura de seguridad social a los trabajadores freelance. A partir del 18 de octubre, los trabajadores independientes en México ahora tienen acceso a servicios de salud, prestaciones y pensiones, independientemente de si están asociados con una empresa. Esta iniciativa, aprobada recientemente, se espera que beneficie a cientos de miles de profesionales independientes en todo el país. Para unirse a este programa, los trabajadores freelance deben proporcionar ciertos documentos esenciales: •C URP: La Clave Única de Registro de Población es necesaria para la identificación oficial en México.

www.canacar.com.mx P-6


BOLETÍN FISCAL Y SEGURIDAD SOCIAL

•C omprobante de domicilio: Un documento válido que confirme la dirección actual del solicitante.

•C orreo electrónico y número de celular: Medios de contacto importantes para el IMSS.

Especificación de ocupación y detalle de ingresos: Información relevante para determinar las contribuciones y beneficios adecuados. Los trabajadores freelance pueden iniciar su registro en línea a través del sitio web oficial del IMSS. Además, también tienen la opción de visitar personalmente la subdelegación más cercana para obtener orientación sobre los trámites. Los trabajadores independientes que se inscriban en este programa podrán acceder a una variedad de beneficios, incluidos:

•S eguro de Enfermedades y Maternidad: Cobertura para gastos médicos y maternos.

• Seguro de Riesgos de Trabajo: Protección contra accidentes laborales. • Seguro de Invalidez y Vida: Beneficios para situaciones de invalidez y

apoyo para los beneficiarios en caso de fallecimiento. •S eguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez: Garantía de ingresos para la jubilación. •S eguro de Guarderías y Prestaciones Sociales: Asistencia para el cuidado de niños y otras prestaciones sociales. Para cualquier consulta o asistencia adicional, los trabajadores freelance pueden comunicarse con el IMSS al número 800 623 2323 y seleccionar la opción 1. El equipo de atención está disponible de lunes a viernes de 08:00 a 20:00 hrs, y los sábados, domingos y días festivos de 8:00 a 14:00 hrs.

CONVENIO PRIVADO CON EL INFONAVIT

L

as personas que tuvieron una mala racha y no pudieron seguir pagando su crédito del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) de forma regular, pueden firmar un convenio para reestructurar su crédito con nuevas condiciones. Borrón y cuenta nueva por convenio privado Se trata de una facilidad conocida como Borrón y cuenta nueva por convenio privado, que permite a los derechohabientes del Infonavit poner al corriente su crédito, sin importar si está en pesos o en veces salario mínimo.

www.canacar.com.mx P-7


BOLETÍN FISCAL Y SEGURIDAD SOCIAL

De acuerdo con un video publicado en el canal Comunidad Infonavit de Youtube, si tienes de una a nueve mensualidades pendientes de pago, el Infonavit te apoya a regularizar tu crédito. Esto lo hace sumando al saldo de tu crédito las mensualidades que debes, con sus intereses, manteniendo la misma mensualidad. Requisitos para solicitar el borrón y cuenta Los principales requisitos para solicitar el Borrón y cuenta nueva por convenio privado, son los siguientes: • T ener de una a nueve mensualidades sin pagar •H aber agotado tu fondo de protección de pagos seguro de desempleo •N o contar con una reestructura vigente •N o encontrarse en proceso jurídico •Q ue el crédito no esté próximo a liquidarse. Es decir, deben faltar más de 12 mensualidades por pagar •Q ue el crédito no rebase el plazo máximo de años indicados en el contrato. Además, en el vídeo se indica que si pagas de manera cumplida y el crédito está fondeado al 100% con el Infonavit o con CityBanamex, podrías recibir un beneficio económico que se aplicará directo al saldo de tu crédito. Si tienes relación laboral debe reflejarse un pago bimestral del patrón, y si no se tiene relación laboral se deben realizar tres pagos completos y seguidos. Si el crédito tiene entre una y dos mensualidades sin pagar, podrías recibir el monto de una mensualidad sin incluir seguros ni comisiones. Si tú crédito tiene de tres a nueve mensualidades sin pagar, se te podría incluir el monto de los intereses generados durante los meses que tú crédito ha estado sin pago a partir de la tercera mensualidad. Para solicitar el Borrón y cuenta nueva por convenio privado, se deben seguir los siguientes pasos: • I ngresa en Mi cuenta Infonavit •B usca la sección Mi Credito, opción Solicitud de reestructura •S i te aparece la opción Borrón y cuenta nueva por convenio privado (BCP), eres elegible En el video se recomienda que revises que las condiciones de tu crédito con la reestructura sean las mismas que las actuales: lee la carta modificatoria a las condiciones de pago y el convenio, y si estás de acuerdo acéptalo y descárgalo. Después debes acudir al centro de servicio del Infonavit más cercano, presentando tu número de crédito o de seguridad social y una identificación oficial vigente. Si no puedes acudir: • T u cónyuge puede hacerlo presentando su acta de matrimonio o concubinato • T us hijos presentando su acta de nacimiento o •U na tercera persona con poder notarial. La información será revisada por el asesor del del Infonavit, y si estás de acuerdo tendrás que firmar un convenio privado con el Infonavit. Puedes ver el video que se publicó en el canal Comunidad Infonavit https://www.youtube.com/watch?si=Ff-pQC8DxWSgE8pd&v=zgTkp_ ZOQh8&feature=youtu.be Fecha de publicación: 5 de septiembre de 2023.

www.canacar.com.mx P-8


BOLETÍN FISCAL Y SEGURIDAD SOCIAL

CRÉDITO INFONAVIT SUBSECUENTES

E

l Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) recientemente informó que eliminó las restricciones que impedían a las personas solicitarle más de un financiamiento de vivienda. A través de un comunicado, el Infonavit indicó que ahora, con un esquema de Créditos Subsecuentes, los derechohabientes con relación laboral activa podrán obtener el número de créditos que requieran, para lo que necesiten, siempre y cuando hayan terminado de pagar el crédito anterior. En el comunicado se indica que el cambio deriva de una reforma a la Ley del Infonavit -aprobada en 2020-, que busca atender las necesidades de las personas en las diferentes etapas de su vida y ayudarlas a incrementar su patrimonio. El Infonavit señaló que los únicos productos que no están considerados en los créditos subsecuentes son Cuenta Infonavit + Crédito Bancario y MejOraSí. Lo anterior se debe a que dichos productos están dirigidos a trabajadores independientes sin una relación laboral activa. Anteriormente, en el caso de la compra de vivienda, las personas sí podían acceder a Tu 2do Crédito Infonavit. Pero este financiamiento se otorgaba con una tasa de interés fija de 10.1%. Ahora, los financiamientos para la adquisición de una casa se otorgarán bajo las mismas condiciones vigentes del primer crédito, con tasas de interés diferenciadas de 3.09% a 10.45%, dependiendo del nivel de ingresos de las y los derechohabientes. Para solicitar un financiamiento, las personas derechohabientes deben ingresar a Mi Cuenta Infonavit, elegir la opción de crédito que más se ajuste a sus necesidades, y precalificarse para verificar si cumplen con la puntuación requerida para ese producto de crédito. https://portalmx.infonavit.org.mx/wps/portal/infonavit.web/el-instituto/ el-infonavit/sala-de-prensa/!ut/p/z1/pZBBDoIwFETP4gk6LUrqkhIsCIJEG6Ab0xVpoujCeH6rO6JWjLP7yZv5kyGatEQP5mZ7c7XnwRzd3enwEEogjee0lIJz1HJfiriqAmxAmjHAi3yBGttcYg26oyD6H79i0_yMA1LAATzliFZJliyLgElFp_nxQdGv_V8B7Y9viB6 _eLOgF3hM9AR8G3xrcTkppxY262d3WK8H-g!!/dz/d5/L2dBISEvZ0FBIS9nQSEh/?boletin=051&anioBoletin=13

www.canacar.com.mx P-9


BOLETÍN FISCAL Y SEGURIDAD SOCIAL

ESTÍMULO POR LA ADQUISICIÓN DE DIÉSEL Para los contribuyentes que adquieran diésel o biodiesel y sus mezclas, para consumo final y uso automotriz en vehículos que se destinen exclusivamente al transporte público de personas o carga, así como turístico, a través de carreteras o caminos, podrán acreditar contra el ISR causado que tenga el contribuyente en el ejercicio un monto equivalente al IEPS causado por la enajenación de este combustible. A continuación, informamos a ustedes los siguientes factores del mes de octubre:

SEM 39 40 41 42

PERÍODO ESTÍMULO Del 30 de septiembre al 6 de octubre de 2023 $ 2.7875 Del 7 al 13 de octubre de 2023 $ 2.7888 Del 14 al 20 de octubre de 2023 $ 3.6385 Del 21 al 27 de octubre de 2023 $ 2.6890 Para más información consultar la página del www.dof.gob.mx

www.canacar.com.mx P-10


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.