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Régimen fiscal de las entidades y figuras jurídicas extranjeras transparentes a partir de 2021 44
Ante la cercana entrada en vigor de las disposiciones relacionadas con el tratamiento aplicable a las entidades y figuras jurídicas extranjeras transparentes, para el 1 de enero de 2021, se vuelve esencial para los contribuyentes evaluar el impacto que tendrán las operaciones que vengan celebrando con los residentes en el extranjero que reciben un tratamiento transparente para efectos fiscales en su país de origen INTRODUCCIÓN
U
no de los aspectos novedosos incluidos en la Reforma Fiscal para 2020 fue el correspondiente a la regulación de las entidades extranjeras transparentes fiscales y figuras jurídicas extranjeras, mediante la cual se incorporaron a la legislación mexicana las recomendaciones del Proyecto Base Erosion and Profit Shifting (BEPS) –Erosión de la Base Imponible y Traslado de Beneficios–.
M.I. y L.C.P. Marco Antonio Ruiz Gómez, Socio de la Asociación Nacional de Especialistas Fiscales Enero 2021
Asimismo, no se debe pasar por alto el objetivo primordial de las disposiciones ya referidas, consistente en buscar dar un tratamiento opaco en México a las entidades extranjeras transparentes fiscales y figuras jurídicas extranjeras, para efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).