Recursos Contenciosos Administrativos en Venezuela

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República Bolivariana de Venezuela

Ministerio Del Poder Popular para la Educación

Universidad Bicentenaria de Aragua

Convenio CREATEC-IMPERIAL

Derecho Contencioso Administrativo

Jurisdicción Contencioso-Administrativa

La jurisdicción contencioso administrativa es el conjunto de tribunales establecidos para controlar la legalidad y legitimidad de la actividad de la Administración Pública y de los entes que actúen en ejercicio de la función administrativa.

Se han desarrollado y estructurado

Jurisdicciones especiales, como la

Jurisdicción Constitucional, la Jurisdicción

Contencioso Electoral y la Jurisdicción

Contencioso Administrativa, las cuales se distinguen,básicamenteporlosactosobjeto decontrol.

Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad

Es un mecanismo legal que permite a los ciudadanos impugnar actos administrativos que consideran ilegales o perjudiciales, buscando su anulación.

No todos los particulares pueden interponer el recurso de nulidad. Sólo podrán formular el recurso quienes tengan legitimación activa, o sea, la aptitud para demandar la nulidad del acto así como el restablecimiento de la situación lesionada.

El fin básico de este recurso es obtener, en sede jurisdiccional, la nulidad de un previo acto administrativo, sea por razones deilegalidad o por razones de inconstitucionalidad.

Si el acto viola un derecho subjetivo el particular, éste deberá estar en una especial situación de hecho frente al acto administrativo considerado contrario a Derecho, es decir, tener un interés legítimo, personal y directo.

El recurso contencioso administrativo debe ser presentado dentro de un lapso perentorio, que se cuenta a partir de la notificación del acto administrativo.

Procedimiento de la Jurisdicción Contenciosa Funcionarial

El artículo 95 de la Ley del Estatuto de la Función Pública señala que la controversiasquese susciten con motivo de su aplicación, se iniciaránatravésdel recurso contencioso funcionarial.

El contencioso funcionarial Consiste en una querella escrita,enlacualelinteresadoplanteasuspretensiones procesales. Es el medio procesal por medio del cual se puede reaccionar contra los actos administrativos emanados de la Administración Pública de naturaleza funcionarial,queseancontrariosalalegalidadylesionen situacionessubjetivas,propiasdelámbitofuncionarial.

Un ejemplo común en un funcionario público que acude a los tribunales con competencia en lo contencioso funcionarial a reclamar la nulidad de la destitución de la que ha sido objeto. Por regla general este no busca solo la nulidad del acto administrativo que lo retiró de la Administración Pública, sino que tendrá como intención fundamental que se ordene el reingreso a su puesto de labores y el pago de los salarios dejados de percibir desde el momento de su retiro y hasta una efectiva reincorporación.

A diferencia del contencioso administrativo general, el contencioso funcionarial atiende a cualquier pretensión procesal contra actos administrativos o hechosadministrativos, siempre que estos sean de contenido funcionarial.

Jurisdicción contenciosa electoral

El artículo 235 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política señala que: “El Recurso Contencioso Electoral es un medio breve, sumario y eficaz para impugnar los actos, las actuaciones y las omisiones del Consejo Nacional Electoral y para restablecer las situaciones jurídicas subjetivas lesionadas por éste, en relación a la constitución, funcionamiento y cancelación de organizaciones políticas, al registro electoral, a los procesos electorales y a los referendos. Los actos de la administración electoral relativos a su funcionamiento institucional serán impugnados en sede judicial, de conformidad con los recursos y procedimientos previstos en la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia o en otras leyes.”

La competencia exclusiva del Recuso

ContenciosoElectoralesejercidasolola

Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, encargada de resolver de manera permanente los procesos judiciales relacionados con asuntos electorales.

Jurisdicción contenciosa electoral

El artículo 297 de la CRBV señala que “La jurisdicción contencioso electoral será ejercida por la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia y los demás tribunales que determine la ley.”

Conocer las demandas contencioso electoralesqueseinterpongancontra losactos,actuacionesyomisionesde losórganosdelPoderElectoral,tanto los que estén directamente vinculados con los procesos comiciales, como aquellos que estén relacionados con su organización, administraciónyfuncionamiento.

El Recurso Contencioso Electoral se regirá por las disposiciones de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia en todos los aspectos no regulados por esta Ley.

Es de la competencia de la Sala Electoral delTribunal Supremo de Justicia:

Conocer las demandas contencioso electorales que se interpongan contra los actosdenaturalezaelectoralqueemanende sindicatos, organizaciones gremiales, colegios profesionales, organizaciones con fines políticos, universidades nacionales y otrasorganizacionesdelasociedadcivil.

Conocer las demandas de amparo constitucional de contenido electoral, distintas a las atribuidas a laSalaConstitucional.

Jurisdicción Especial ContenciosoAdministrativa Inquilinario

Es una Jurisdicción especial, que regula los procedimientos de nulidad contra los actos administrativos de efectos particulares, referidos a la materia Inquilinaria. Controla la actividad de los entes y órganos de laAdministración Pública, responsables y competentes en materia inmobiliaria.

Estos procesos se dan en los Juzgados Superiores en lo Civil y Contencioso Administrativo, y en alzada a las Cortes de lo Contencioso Administrativo.

Depende principalmente de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas y la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios de 1999.

Referencias

• Asamblea Nacional Constituyente de Venezuela. (1999). ConstitucióndelaRepublicaBolivarianadeVenezuela.

• Gaceta Oficial de Venezuela. (1997). Ley Orgánica del SufragioyParticipaciónPolítica.

• Allan Brewer Carías. (2010). Ley Orgánica de la Jurisdicción ContenciosaAdministrativa.EditorialJurídicaVenezolana.

• Iván Cubillan Suarez. (2023). Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad: Admisibilidad y Procedimiento. UniversidadCentraldeVenezuela.

• Omnia Legal (2023). Los juicios contencioso funcionariales enVenezuela.

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