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RIESGO PARA LA SALUD PÚBLICA EN COLOMBIA POR INEQUIDAD EN EL RÉGIMEN TRIBUTARIO EN LOS MEDICAMENTOS PRODUCIDOS LOCALMENTE
DOSSIER: Reforma tributaria
La Asociación de Industrias Farmacéuticas Colombianas, Asinfar ha elevado su sentimiento de preocupación al Gobierno Nacional y al Congreso de la Republica frente a la regresividad que representa el Proyecto de ley 240 o Ley de Financiamiento, al mantener a los medicamentos en la categoría de excluidos ( lo que impide descontar o compensar los valores de IVA pagados en el proceso de producción), generando una desventaja competitiva frente a los productos importados que continuaran gozando de los beneficios tributarios en sus países de origen y al llegar al territorio colombiano.
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Esta situación es agravada en los últimos días al eliminar la exclusión del IVA que hoy se aplica a las materias primas empleadas en la producción local de medicamentos, que normalmente son de mejor precio y de mayor consumo dentro del sistema de salud, esta situación genera un desincentivo a la producción local, lo que impide ser el soporte – apalancamiento para contribuir a la sostenibilidad del sistema de salud colombiano.
No se puede desconocer que en la actual crisis de salud la industria local ha asumido grandes retos para continuar adecuando sus plantas a estándares mundiales y adoptando ajustes a la Política nacional de Precios de Medicamentos y por el otro lado se ha visto afectada por el aumento en los plazos de pago a la industria en el sistema.
En este escenario la mayor preocupación es que en la Ley del financiamiento mantenga grabar las materias primas de medicamentos y la categoría de excluido, desincentive la producción local y entremos en riesgo de desabastecimiento de medicamentos y productos nacionales.
Por tal razón Asinfar ha “compartido con diferentes actores del Gobierno y con Congresistas un listado de argumentos, a modo de Justificación, para declarar los medicamentos exentos de IVA, a la vez que mantener sus insumos y principios activos excluidos.
Justificación:
• Actualmente los medicamentos y otros productos farmacéuticos de uso terapéutico hacen parte de la categoría de bienes excluidos del IVA. También están excluidos del IVA (no causan el impuesto) las materias primas químicas con destino a la producción de medicamentos.
• Esta exclusión afecta la competitividad de los farmacéuticos producidos en Colombia, frente a los importados que reciben devoluciones de impuestos pagados en sus países de origen, o no tienen figuras equivalentes al IVA. Acabar con esta situación fortalecería la competencia en los mercados farmacéuticos, en beneficio del sistema de salud y del acceso de los colombianos a medicamentos esenciales. Y hacerlo es posible definiendo a los medicamentos como productos incluidos en la lista de bienes exentos del IVA.
• En la fabricación nacional de medicamentos existen gastos y costos que generan IVA y que no pueden ser descontados posteriormente, pues los productos finales están EXCLUIDOS. Bienes y servicios relacionados con materiales de investigación y desarrollo de productos nuevos; materiales de análisis de calidad; materiales de empaque y otros costos indirectos de fabricación; sustancias distintas a las consideradas materias primas químicas; diversos gastos de mercadeo; costos de energía; servicios de consultorías y sistemas de información, entre otros, generan un IVA que impacta los costos y restan competitividad al productor nacional frente a productos terminados importados que llegan excluidos del IVA y que además han recibido en sus países de origen devoluciones de impuestos por ser bienes exportados.
• Según estimaciones de la industria farmacéutica de producción nacional, por la exclusión del IVA, este trato diferenciado entre medicamentos producidos localmente y medicamentos importados terminados genera un sobrecosto al producto nacional de un 5,1% frente al mismo producto importado de otros países.
• Por esta razón se propone que las partidas correspondientes a medicamentos y productos farmacéuticos de uso terapéutico se consideren bienes EXENTOS, esto es, que sean exentos del IVA con derecho a compensación y devolución.
• La propuesta permitiría que los medicamentos producidos localmente puedan descontar los IVA generados durante la producción y, por ende, tener un precio más competitivo, lo que genera beneficios al consumidor (que accedería a un mejor precio en los mercados farmacéuticos y sin pago de IVA), innegables ahorros al sistema de salud, y mayor competitividad para la industria farmacéutica de producción en Colombia. Los tres beneficios resultantes de la transición de los productos a que hacen alusión las partidas arancelarias consideradas en la primera viñeta de esta justificación, de un régimen excluido a uno EXENTO, según el estudio de la ADRES[1], son: reducir los precios de los productos farmacéuticos; aumentar la competitividad de la industria farmacéutica nacional en tanto que se fortalece la competitividad de las exportaciones de Colombia en el extranjero; y fomentar el establecimiento de nuevas industrias en Colombia, con las implicaciones de creación de empleo, aumento de conocimiento en salud, y crecimiento del país que esta medida supone.
Sobra reiterar que la industria farmacéutica de fabricación local impulsa el crecimiento económico, genera competencia en los mercados nacionales frente a productos importados de alto costo, tiene importantes exportaciones, genera significativo empleo formal y de alta calificación, y es motor de la investigación y la innovación en el país. Lo más importante, la industria farmacéutica de fabricación nacional es la proveedora del 70% de las unidades de medicamentos que se consumen en Colombia. Su consolidación es esencial para el desarrollo social y económico de Colombia y para la estabilidad misma del sistema de salud.
Cordialmente
José Luis Méndez Hernández Presidente Ejecutivo de la Asociación de Industrias Farmacéuticas Colombianas, Asinfar
[1] La Política Industrial Farmacéutica: Equidad tributaria y arancelaria. ADRES, 2018