Ley Orgánica del Sistema de la Seguridad Social.

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UNIVERSIDAD FERMÍN TORO. VICE-RECTORADO ACADÉMICO.

FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y JURÍDICAS. ESCUELA DE DERECHO.

LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Autor: Yndhira Garaycoa. C.I: V-26.325.267

SAIA-A

Derecho del Trabajo y la Seguridad Social.

Ley Orgánica del Sistema de la Seguridad Social.

Sistema de Seguridad Social: Fundamentos y Objetivos.

Artículo 1: Resalta la importancia de establecer un Sistema de Seguridad Social que tenga un enfoque público y solidario. Su principal objetivo es garantizar la protección y el bienestar de toda la población. Se enfatiza la necesidad de asegurar que todos tengan igualdad de acceso a sus beneficios, sin que haya intereses económicos de por medio. Además, se destaca la importancia de que este sistema cumpla con las leyes nacionales e internacionales sobre seguridad social, lo que promueve la justicia social y protege los derechos fundamentales de los ciudadanos.

Fines de la Seguridad Social: Protección y Bienestar Ciudadano.

Artículo 2: Establece los fines de la Seguridad Social, que se centran en proporcionar una protección adecuada a las personas contempladas por la ley. Esto significa que el Estado, a través del Sistema de Seguridad Social, se compromete a garantizar medidas y recursos para mitigar los riesgos y dificultades que puedan enfrentar los ciudadanos en situaciones previstas por la ley. Esencialmente, este artículo subraya la responsabilidad del Estado en asegurar la seguridad y el bienestar de los ciudadanos cubiertos por la Seguridad Social, asegurando medidas de protección ante eventos inesperados o situaciones específicas previstas por la legislación correspondiente.

Regulación Jurídica para el Bienestar.

Artículo 3: Regula las relaciones legales entre las personas y los órganos y entidades del Sistema de Seguridad Social. Esto ocurre cuando suceden eventos protegidos por este sistema, con el propósito de mejorar la calidad de vida y el bienestar de las personas, considerándolos elementos esenciales de la política social. En resumen, este artículo enfatiza la importancia de la legislación para regular las interacciones legales relacionadas con la Seguridad Social, con el objetivo de mejorar la calidad de vida y el bienestar de la población.

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Derecho Universal a la Seguridad Social

Artículo 4: La Seguridad Social en Venezuela es un derecho humano fundamental garantizado por el Estado a todos los residentes, independientemente de su capacidad contributiva, posición social o nacionalidad. Este derecho se basa en principios de progresividad establecidos en la Constitución y en acuerdos internacionales ratificados por el país.

Definición Integral del Sistema de Seguridad Social

Artículo 5: Define el Sistema de Seguridad Social como un conjunto integrado de sistemas y regímenes prestacionales que trabajan de manera complementaria e interdependiente. Su propósito es abordar las contingencias que son objeto de protección por este sistema. En otras palabras, se refiere a la combinación de programas, beneficios y estructuras que trabajan juntos para brindar protección y apoyo a las personas en situaciones de riesgo o necesidad cubiertas por la Seguridad Social. Esto subraya la importancia de una visión holística y coordinada para garantizar una cobertura efectiva y eficiente de las contingencias sociales.

Sistema Prestacional en Seguridad Social

Artículo 6: Define el término "Sistema Prestacional" como una parte integral del Sistema de Seguridad Social que agrupa diversos regímenes prestacionales, como atención médica, pensiones, seguros por desempleo, entre otros. Esta definición es crucial para comprender la estructura y funcionamiento del sistema, ayudando a organizar eficazmente la gestión de los beneficios y servicios ofrecidos a la población.

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Regímenes Prestacionales: Normativas y Beneficios

Artículo 7: Define el Régimen Prestacional como el conjunto de normas que regula las prestaciones destinadas a cubrir diferentes contingencias, especificando el tipo de beneficios ofrecidos, su duración, cuantía y requisitos para acceder a ellos, así como aspectos relacionados con su administración, financiamiento y funcionamiento para garantizar su sostenibilidad y eficacia.

Principios Rectores del Sistema de Seguridad Social

El Artículo 8 delinea los principios esenciales del Sistema de Seguridad Social. Estos principios incluyen la universalidad en la cobertura para todos los ciudadanos, la integralidad que ofrece protección amplia, la eficiencia en el uso de recursos, un financiamiento solidario, un sistema único y participativo, contribuciones directas e indirectas de los beneficiarios, y una gestión equilibrada para asegurar la sostenibilidad a largo plazo. Estos principios aseguran que el sistema sea justo, completo y gestionado de manera efectiva para el beneficio de toda la población.

Carácter Público y Obligatorio del Sistema de Seguridad Social

Artículo 9: Establece que el Sistema de Seguridad Social tiene un carácter público, lo que significa que es administrado por entidades gubernamentales y está destinado a servir al interés público en general. Esto implica que las normas y regulaciones que rigen el sistema son de orden público, es decir, son de obligatorio cumplimiento para todos los ciudadanos y entidades involucradas en el sistema. En resumen, este artículo subraya la naturaleza pública y de interés general del Sistema de Seguridad Social y enfatiza la obligatoriedad de cumplir con las normas establecidas para su funcionamiento.

Administración de las Cotizaciones Obligatorias

El Artículo 10 Establece que las cotizaciones obligatorias para financiar los regímenes prestacionales del Sistema de Seguridad Social deben ser administradas exclusivamente con fines sociales y bajo la dirección y gestión de los órganos y entidades gubernamentales. Esto implica que las contribuciones que realizan empleadores, trabajadores y otros afiliados deben ser utilizadas únicamente para garantizar la cobertura de beneficios sociales dentro del sistema, asegurando así que los recursos se utilicen de manera eficiente y transparente en beneficio de la población.

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Convenios de Asesoría y Gestión Financiera

El Artículo 11 trata sobre los convenios de asesoría con el sector privado para la gestión financiera del Sistema de Seguridad Social. Estos convenios no implican la transferencia de propiedad ni administración de recursos al sector privado. Su objetivo es asesorar las operaciones financieras y la cartera de inversiones para mejorar los rendimientos y mantener el equilibrio financiero del sistema, bajo la supervisión de entidades estatales como la Tesorería de la Seguridad Social y el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat.

Valuaciones y Auditorías en el Sistema de Seguridad Social

Artículo 12: La Tesorería de Seguridad Social llevará a cabo evaluaciones económicas y actuariales del Sistema de Seguridad Social cada dos años. Estas evaluaciones pueden ser auditadas por organismos internacionales especializados. Este artículo asegura que se realicen evaluaciones periódicas y de calidad del sistema, con la posibilidad de revisión por entidades externas especializadas para garantizar su transparencia y adecuado funcionamiento.

Certificación Actuarial de Reservas y Solvencia del SSS

Artículo 13: Las reservas técnicas, márgenes de solvencia y calidad de riesgo de las inversiones manejadas por la Tesorería de Seguridad Social y el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat deben ser certificadas anualmente por actuarios debidamente acreditados por la Superintendencia de Seguridad Social. Esto asegura que profesionales cualificados evalúen y certifiquen la adecuación y solidez de las reservas y decisiones financieras relacionadas con el Sistema de Seguridad Social.

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Participación de los Actores Sociales y Cultura de la Seguridad Social

Artículo 14: El Sistema de Seguridad Social debe garantizar la participación activa de los ciudadanos en todos sus niveles, incluyendo afiliados, trabajadores, empleadores, pensionados, jubilados y organizaciones civiles. Esta participación se extiende a la formulación, gestión, seguimiento, evaluación y control de políticas, planes y programas del sistema. Además, el artículo promueve el desarrollo de una cultura de seguridad social basada en la previsión, solidaridad, justicia social y equidad. Las leyes y reglamentos específicos del sistema detallarán cómo se llevará a cabo esta participación.

Creación y Funciones de la Defensoría de la Seguridad Social

Artículo 15: El Defensor o Defensora del Pueblo debe crear la Defensoría de la Seguridad Social. Este órgano tendrá atribuciones específicas y será responsable de garantizar su correcto funcionamiento. Entonces, este artículo asegura la creación de un ente dedicado a proteger los derechos de los ciudadanos en materia de seguridad social, bajo la supervisión del Defensor del Pueblo.

Registro y Afiliación en el Sistema de Seguridad Social

El Artículo 16 dispone que el Ejecutivo Nacional creará un Sistema de Información de Seguridad Social para el registro único y obligatorio de todas las personas y la afiliación de quienes deben cotizar. Los empleadores deben afiliar a los trabajadores dentro de los tres días hábiles posteriores al inicio de la relación laboral y mantener actualizada la información de la nómina. Esta obligación incluye a todos los trabajadores del sector público y privado.

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Contingencias amparadas por el SSS

El Artículo 17 garantiza que el Sistema de Seguridad Social cubra el derecho a la salud y diversas prestaciones, como maternidad, paternidad, enfermedades, accidentes, discapacidad, pérdida de empleo, vejez, viudedad, orfandad, vivienda, recreación y cargas familiares. El desarrollo de estos beneficios será regulado por leyes específicas, que también establecerán condiciones de protección especial para personas discapacitadas, indígenas y otros grupos vulnerables, incluyendo amas de casa sin protección económica.

Prestaciones Garantizadas por el Sistema de Seguridad Social

El Artículo 18 detalla las prestaciones garantizadas por el Sistema de Seguridad Social. Estas incluyen: la promoción universal y equitativa de la salud, prevención y rehabilitación; programas de recreación y uso del tiempo libre; la promoción de un ambiente laboral seguro y saludable, atención integral y rehabilitación de trabajadores afectados por enfermedades o accidentes laborales, y prestaciones económicas derivadas; atención integral para enfermedades catastróficas; protección en casos de maternidad y paternidad; protección integral a la vejez; pensiones por vejez, supervivencia y discapacidad; indemnización por pérdida involuntaria del empleo; prestaciones económicas por discapacidad temporal; subsidios para vivienda y cotizaciones al Régimen Prestacional de Pensiones para personas de bajos ingresos; asignaciones para necesidades familiares; atención al desempleo con servicios de orientación y capacitación; y créditos e incentivos para necesidades de vivienda. Además, incluye cualquier otra prestación derivada de contingencias no previstas en la ley. El artículo establece que estas prestaciones se desarrollarán progresivamente hasta lograr una cobertura total, conforme a la Constitución.

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Ley Orgánica del Sistema de la Seguridad Social.

Concluimos que, el Sistema de Seguridad Social de Venezuela se establece como un sistema público y solidario, con el objetivo de garantizar la protección y bienestar de toda la población frente a diversas contingencias. Este sistema es accesible para todos los ciudadanos, independientemente de su situación económica o laboral, promoviendo la equidad y justicia social.

Se articula a través de un conjunto de regímenes prestacionales interdependientes, que abarcan desde la salud y pensiones hasta el apoyo en desempleo y vivienda. La gestión de los recursos financieros es estrictamente estatal y se enfoca en asegurar su uso eficiente y transparente para fines sociales.

Además, se fomenta la participación activa de los ciudadanos y organizaciones civiles en la formulación y gestión de políticas del sistema, y se establece un mecanismo de evaluación y certificación para mantener su sostenibilidad a largo plazo. En conjunto, el sistema busca mejorar la calidad de vida y asegurar una red de protección amplia y eficaz para todos los venezolanos.

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