DOSSIER FORMATIVO INTEGRADOR LEGISLACION COMERCIAL
DOCENTE LIZBETH JAIME JAIME
INTEGRANTES YEFERSON ROSADO SERNA CODIGO 230953
UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER OCAÑA FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y ECONÓMICAS CONTADURÍA PÚBLICA OCAÑA 2017
CONTRATO DE SUMINISTRO
Entre los suscritos, a saber VIPIME ALTA TECNOLOGIA LTDA Sociedad comercial debidamente constituida por Escritura Pública No. 5649435678 otorgada por la Notaría Segunda del Círculo de Bucaramanga, domiciliada en la ciudad de Bucaramanga y representada en este acto por el señor (a) YENNY SERRANO ORTIZ, mayor de edad, vecino de la ciudad de Bucaramanga, identificado con cédula de ciudadanía No. 37.345.674 de Ocaña, que en adelante se denominará El Proveedor; y OPTICOMPU LTDA sociedad comercial debidamente constituida por Escritura Pública No. 574853345 otorgada por la Notaría Segunda del Círculo de Ocaña con domicilio en la ciudad de Ocaña, representada en este acto por el señor (a) YEFERSON ROSADO SERNA, mayor de edad, vecino de la ciudad de Ocaña, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.091.676.617 de Ocaña, quien en adelante se denominará El Consumidor, hemos acordado celebrar el presente contrato de suministro que se regirá por las siguientes cláusulas: Primera. Objeto. El presente contrato tiene por objeto el suministro periódico (o continuo) por parte del proveedor de : CANTIDAD MARCA 15 TOSHIBA
REFERENCIA TABLET AT200
VALOR UNITARIO VALOR TOTAL 1,500,000 22,500,000 1,300,000 19,500,000
15 TOSHIBA
Portatil PORTEGE Z830
15 TOSHIBA
Portatil Core® i7 6ta. Generacion Toshiba P25W-C2300-4K Satellite®
1,700,000
25,500,000
15 TOSHIBA
Portatil Celeron® Toshiba C45C4201S Satellite® 14.0" LED 4Gb
1,100,000
16,500,000
15 TOSHIBA
Portatil Core® i5 6ta. Generacion Toshiba C50 Tecra 15.6" LED 4Gb
1,800,000
27,000,000
20 HP
Portátil HP AN010 A4 14" Negro
700,000
14,000,000
17 15 18 20
Portátil HP AV005 A10 14"
1,450,000 1,300,000 650,000 1,000,000
24,650,000 19,500,000 11,700,000 20,000,000
800,000
14,400,000
1,100,000
16,500,000
550,000 1,900,000
8,250,000 34,200,000
HP HP HP HP
18 HP 15 HP 15 ACER 18 ACER
Convertible 2 en 1 HP U102 Convertible 2 en 1 HP AA001 PC All in One HP 20-C018 A4 PC All in One HP 20-C016 C + Impresora Computador de Escritorio HP 260P010 Portátil ACER C9SZ Convertible 2 en 1 ACER 36A2
UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER OCAÑA FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y ECONÓMICAS CONTADURÍA PÚBLICA OCAÑA 2017
15 ACER 15 HP 32 ESENSES
Computador Aspire AXC-605-RT32
Impresora portátil HP OfficeJet 200 (CZ993A) Mouse Inalámbrico 1000 Dp1 Esenses
1,380,000
20,700,000
451,000
6,765,000
15,000
480,000
SUBTOTAL IMPUESTO TOTAL
302,145,000 14,732,600 316,877,600
En favor del consumidor, y a cambio de la contraprestación a que este último se obliga en la cláusula tercera del presente contrato. Segunda. Obligaciones del Proveedor. Constituyen obligaciones del proveedor: 1. Suministrar al consumidor los bienes y servicios mencionados en la cláusula primera de este contrato y cualquier otro producto del proveedor que acuerden por escrito las partes, y con los plazos de entrega que tiene o tenga establecidos el proveedor; 2. Conceder al consumidor dos meses calendario para el pago, contados a partir de la fecha de cada factura, sin causar intereses en dicho lapso; 3. Conceder al consumidor un descuento del Seis (6%) por ciento por el pago dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la factura; 4. Fijar como cuantía mínima de cada pedido la suma de sesenta y cinco millones de pesos ($65.000.000). Esta suma podrá ser modificada por el proveedor en cualquier momento, mediante la sola notificación, por escrito al comprador; 5. Otorgar, a exclusivo criterio del proveedor un cupo de crédito al consumidor, señalando un límite máximo para sus pedidos; 6. Entrenar a los vendedores del consumidor mediante explicaciones de un empleado del proveedor; 7. Entregar en préstamo para su uso, con devolución inmediata al personal autorizado del proveedor, al vencer o darse por terminado el presente contrato, un aviso que se instalará en un sitio adecuado del establecimiento del comprador; 8. Poner a disposición del consumidor varias calcomanías de sus productos, para ser fijadas en sitios apropiados del establecimiento comercial del consumidor; 9. Entregar al consumidor el material publicitario y catálogos necesarios; 10. A juicio del proveedor, entregar al consumidor muestrarios que periódicamente serán actualizados; 11. Asumir el valor de los fletes, empaques y seguros de la mercancía que se despache dentro de las condiciones de este contrato. Tercera. Obligaciones del Consumidor. Constituyen obligaciones a cargo del consumidor las siguientes: 1. El consumidor se obliga a adquirir los productos suministrados por el proveedor a fin de revenderlos, sujetándose a los precios y condiciones fijadas por el proveedor para la venta al público; 2. Pagar de contado el pedido inicial; 3. El consumidor se obliga a firmar las facturas u otros documentos comerciales que le expida el proveedor y que correspondan a mercancías efectivamente entregadas, en señal de que acepta la obligación de pagarlos.
UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER OCAÑA FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y ECONÓMICAS CONTADURÍA PÚBLICA OCAÑA 2017
Cuarta. Naturaleza del Suministro. Las partes convienen en que cada suministro constituye una venta en firme y que, en consecuencia, el proveedor no aceptará devolución alguna de mercancías vendidas en ejecución del presente contrato de suministro, salvo en los casos de artículos con defectos de fabricación, advertidos por el consumidor y notificados por este al proveedor, dentro de los cinco días siguientes a la fecha de entrega de cada suministro. Quinta. Duración. El presente contrato de suministro es de plazo indefinido, pero podrá ser terminado, sin aviso previo, en cualquier momento por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones estipuladas o dando aviso escrito a la otra parte con una anticipación de cuatro (3) meses a la fecha en que deba ser terminado. Sexta. Cesión. Este contrato no podrá ser cedido sin previa aprobación del proveedor. Séptima. Representación. Ninguna de las obligaciones contenidas en las cláusulas de este contrato generará, en ningún caso, vínculo adicional entre las partes, ni habilitarán al consumidor para representar al proveedor a ningún título. El consumidor manifiesta que en el pasado no ha existido entre las partes ninguna clase de vinculación ni se ha celebrado contrato alguno de índole civil, laboral o comercial distintos de los que eventualmente pudo haber celebrado de compra-venta de algunos de los mismos productos con el proveedor, con quien no lo une ni ha unido ningún contrato de mandato, comisión, ni agencia comercial y que, en consecuencia, carece de autorización o vínculo contractual que le faculte para representar o comprometer de alguna manera al proveedor, ni para anunciarse como titular de alguna de las dichas calidades. Octava. Arbitramento. Las partes convienen en que en el evento en que surja alguna diferencia entre las mismas, por razón o con ocasión del presente contrato, será resuelta por un Tribunal de Arbitramento, cuyo domicilio será Bucaramanga, integrado por (3 ) árbitros designados conforme a la ley. Los arbitramentos que ocurrieren se regirán por lo dispuesto en el Ley 1563 del 2012 y en las demás normas que modifiquen o adicionen la materia. En señal de conformidad, las partes suscriben el presente documento en dos ejemplares del mismo tenor, en la ciudad de Bucaramanga los trece (13) días del mes de octubre del 2017.
Proveedor
Consumidor
______________________________
__________________________________
VIPIME ALTA TECNOLOGIA LTDA CC. o NIT. 901.278.890-2
OPTICOMPU LTDA CC. o NIT. 911345179-3 Firma del representante legal
Firma del representante legal
UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER OCAÑA FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y ECONÓMICAS CONTADURÍA PÚBLICA OCAÑA 2017