Edición 22 de Septiembre 2016

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DE TAL ; LA SUCESION DE OVIDIO JR. ROSADO LOZADA T/C/C JUNIO ROS28< CLASIFICADOS ADO LOZADA T/C/C

parties in the aforementioned mortgage deed. (30 PR Laws Ann. § 2721, Mortgage and Property Registry Act, Act. No. 198, Article 221, as amended). WHEREAS: Said sale to be made by the appointed Special Master is subject to confirmation by the United States District Court for the District of Puerto Rico and the deed of conveyance and possession to the property will be executed and delivered only after such confirmation. NOW THEREFORE, public notice is hereby given that the appointed Special Master, pursuant to the provisions of the Judgment herein before referred to, will, on the 18th day of October, 2016, at 10:45 a.m., in the Office of the Clerk of the United States District Court, Room 150, Federal Building, Chardon Avenue, Hato Rey, Puerto Rico in accordance with 28 U.S.C. § 2001, will sell at public auction to the highest bidder, the property described herein, the proceeds of said sale to be applied in the manner and form provided by the Courtʼs Judgment. Should the first judicial sale set hereinabove be unsuccessful, the second judicial sale of the property described in this Notice will be held on the 25th day of October, 2016, at 10:45 am, in the Office of the Clerk of the United States District Court located at the address indicated above. Should the second judicial sale set hereinabove be unsuccessful, the third judicial sale of the property described in this Notice will be held on the 1st day of November, 2016, at 10:45 am, in the Office of the Clerk of the United States District Court located at the address indicated above. In San Juan, Puerto Rico, this 26th day of August, 2016. Beatriz Vázquez Solís Appointed Special Master

KV-2638 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RIC O TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMóN

FEDERAL NATIONAL MORTGAGE ASSOCIATION Demandante, V.

LAS SUCESIONES DE OVIDIO ROSADO RODRIGUEZ ; Y ELSIE LOZADA VAZQUEZ COMPUESTA POR CARMEN ROSADO T/C/C CARMEN ROSADO LOZADA Y FULANO, DAVID ROSADO LOZADA, BRENDA ROSADO LOZADA, MARTHA ROSADO LOZADA Y FULANA DE TAL COMO POSIBLES HERDEROS DESCONOCIDOS; CARMEN ROSADO T/C/C CARMEN ROSADO LAZADA; DAVID ROSADO LOZADO ; BRENDA ROSADO LOZADO ; MARTHA ROSADO LOZADO ; LA SUCESION DE MIRNA LUZ ROSADO LOZADO COMPUESTA POR VIVIAN POMALES ROSADO, CARMEN ELSIE PRMALES ROSADO, JOEL POMALES ROSADO, JOSE POMALES ROSADO, SUTANO Y SUTANA DE TAL COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS; VIVIAN POMALES ROSADO ; CARMEN ELSIE POMALES ROSADO ; JOEL POMALES ROSADO ; JOSE POMALES ROSADO ; FULANO Y FULANA DE TAL ; SUTANO Y SUTANA DE TAL ; LA SUCESION DE OVIDIO JR. ROSADO LOZADA T/C/C JUNIO ROSADO LOZADA T/C/C OVIDIO ROSADO LOZADA COM-

OVIDIO ROSADO LOZADA COMPUESTA POR OVIDIO ROBERTO ROSADO, JEILA ESTHER ROSADO TORRES, MENGANO Y MENGANDA DE TAL COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS; OVIDIO ROBERTO ROSADO ; KEILA ESTHER ROSADO TORRES ; MENGANO Y MENGANA DE TAL ; DEPARTAMENTO DE HACIENDA ; CENTRO DE RECAUDACION DE INGRESOS MUNICIPALES (CRIM) ; LA SUCESION DE ELSIE LOZADA VAZQUEZ

Demandandos. CIVIL NÚM.: D CD2013-3476 SOBRE: EJECUCIO?N DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA AVISO DE PÚBLICA SUBASTA A: LOS CODEMANDADOS DE EPIGRAFE Y AL PÚBLICO EN GENERAL: El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar en cumplimiento de un Sentencia dictada en el case de epígrafe el día 25 de enero de 2016 y de un Mandamiento de Ejecución emitido el día 24 de junio de 2016, que le ha sido dirigido por la Secretaria del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, procederá a vender en subasta, por separado, y al mejor postor con dinero en efectivo, cheque de gerente o letra bancaria con similar garantía, todo título, derecho o interés de los demandados de epígrafe sobre el inmueble que adelante se describe. Se anuncia por la presente que la primera subasta habrá de celebrarse el día 3 de noviembre de 2016 a las 02:30 PM, en mi oficina localizada en el edificio que ocupa la Sala Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, sobre el inmueble que se describe a continuación: URBANA: URBANA: Solar número cuarenta y ocho del Bloque AA de la Urbanización Santa Juanita, radicado en el Barrio Minillas de Bayamón, Puerto Rico, que comprende un área de trescientos cuarenta y dos metros y treinta y siete centímetros cuadrados. Colindando por el NOROESTE, con Calle India; por el SURESTE, con Solar número cuarenta y siete del Bloque AA; por el NORESTE, con el Solar número uno del Bloque AA; y por el SUROESTE, con la Calle Guayama Contiene una casa residencia de hormigón u bloques para una familia. -Consta inscrita al folio 447, Finca número 20,288 de, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección de Bayamon I. Dirección Fisica: AA 48 GUAYAMA ST SANTA JUANITA, BAYAMON, PR 00957- El siguiente pagaré consta inscrito en la propiedad antes mencionada y es el que se pretende ejecutar: Hipoteca en garantía de un pagaré a favor de First Equity Mortgage Bankers, Inc., o a su orden, por la suma principal de $97,500.00, vencedero el día 1 DE ABRIL DE 2037, constituida mediante la escritura número 129, otorgada en Bayamon, Puerto Rico, el dia 29 de mayo de 2007, ante el notario Carmen Lourdes Vega Anadón. La referida hipoteca grava el bien inmueble ante descrito. El tipo mínimo para la primera subasta será por la cantidad $97,500.00. De no haber adjudicación en la primera subasta se celebrará una segunda subasta, en el día 10 de noviembre de 2016 a las 02:30 PM en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será de dos terceras partes del tipo mínimo fijado en la primera subasta, o sea, la suma de $65,000.00. De no haber adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una tercera subasta el día 17 de noviembre de 2016 a las 02:30 PM en el mismo lugar, en la cual tipo mínimo será la mitad del precio pactado, o sea, la suma de $48,750.00. Si se declarase desierta la tercera subasta se adjudicará ésta a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menos que el monte del tipo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonara dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Todas las subastas deberán ser acordadas y celebradas según lo ordenado por el Tribunal. Dicho remate se lleva a cabo para con su producto satisfacer a la parte demandante el

de $48,750.00. Si se declarase desierta la tercera subasta se adjudicará ésta a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menos que el monte del tipo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonara dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Todas las subastas deberán ser acordadas y celebradas según lo ordenado por el Tribunal. Dicho remate se lleva a cabo para con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de la Orden de Ejecución dictada el día 10 de junio de 2016 por la suma principal de $94,255.58, más intereses sobre dicha suma a razón del 3.00000%, más 9,750.00, por concepto de costas, gastos y honorarios de abogados, asi como cualquier suma que surja del contrato de préstamos hipotecario, excluyéndose las sumas que pudiese adeudar al CRIM y otros. Para conocimiento de las partes interesadas y del público en general, se advierte que los autos y todos los documentos correspondientes a los autos de este caso y demás instancias estarán de manifestó para ser revisadas en la Secretaria del Tribunal, bajo el número de epígrafe, durante días y horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. Los pagos se efectuarán en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del (de la) Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Según surge del estudio de titulo, la propiedad se encuentra afecta a los siguientes gravámenes posteriores: Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesado en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en l os der echos d el ac r ee do r ejecutante. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores antes relatados, cuya cancelación se solicitara al Honorable Tribunal para que emita orden dirigida a la Secretaria del Tribunal pare que ésta última emita Mandamiento al Registrador da la Propiedad y se cancele en los libros a su cargo los gravámenes posteriores. Y para conocimiento de licitadores y del público en general se publicará este Aviso de acuerdo con la ley, por espacio de dos (2) semanas en tres (3) sitios públicos del Municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. De igual forma, se advierte que este Aviso será publicado mediante edicto en dos (2) ocasiones en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. En testimonio de lo cual, expido el presente aviso, el firmo y sello, hoy 7 de julio de 2016, en Bayamón, Puerto Rico. Firmado, ALGUACIL KV-2643 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EN EL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE GUAYNABO

REINALDO CABRERA RODRÍGUEZ DEL REY Demandante vs.

CITIBANK N.A., también conocido como CITIBANK USA, NATIONAL ASSOCIATION; FULANO DE TAL

Demandados CIVIL NÚM. D2CP2016-0035 S A L Ó N : S O B R E : CANCELACIÓN DE PAGARÉ EXTRAVIADO EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ) EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ) SS ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ) A: FULANO DE TAL, como Demandado desconocido y posible tenedor de pagaré extraviado Por la presente se le informa a Fulano de Tal, posible tenedor de un Pagaré Extraviado, que se ha radicado Demanda en la cual la parte Demandante alega que el 14 de agosto de 1998, los esposos Avelino Álvarez Santi-

EXTRAVIADO EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ) EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ) SS ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ) A: FULANO DE TAL, como Demandado desconocido y posible tenedor de pagaré extraviado Por la presente se le informa a Fulano de Tal, posible tenedor de un Pagaré Extraviado, que se ha radicado Demanda en la cual la parte Demandante alega que el 14 de agosto de 1998, los esposos Avelino Álvarez Santiago y Rosa Rodríguez Del Rey Acosta, otorgaron un Pagaré por la suma principal de cincuenta y nueve mil seiscientos dólares ($56,600.00), pagadero a Citibank, N.A., o a su orden, el cual se encuentra garantizado con una hipoteca constituida sobre el inmueble que se describe subsiguientemente, según consta de la Escritura Número 10, otorgada el día 15 de enero de 1993, ante el Notario Público Enrique Godínez Morales, inscrita dicha hipoteca en el Registro de la Propiedad, Sección Segunda de San Juan, al folio 165 vuelto del tomo 967 de Río Piedras Norte, finca número 28,218, y cuya finca se describe como sigue: URBANA: PROPIEDAD HORITONZAL: Apartamento número once guión “J” (11-J) en el inmueble convertido al Régimen de la Propiedad Horizontal conocida como Condominio Garden Hills Estates, Torre Sur, localizado en el Barrio Pueblo Viejo del Municipio de Guaynabo, Puerto Rico y colindando en su frente OESTE, con la Carretera Estatal número diez y nueve; en su frente NORTE, con la Calle número tres de la Urbanización Mansiones de Garden Hills; y en su frente ESTE, con el área de parque de la Urbanización Mansiones de Garden Hills. Esta construido de concreto reforzado y bloques de concreto con un área de piso de ciento veintiún metros cuadrados con once centésimas de un metro cuadrados, más o menos, la cual corresponde el área entre la cara interior de seis paredes exteriores. Dicho apartamento está localizado al sureste del vestíbulo del elevador en el piso número once. La entrada principal de este apartamento está localizada frente de la salacomedor y comunica inmediatamente con pasillo que a su vez comunica inmediatamente con el vestíbulo de él elevador que es uno de los elementos comunes del edificio y conduce a la calle tres de la Urbanización Mansiones de Garden Hills. Colinda por el NORTE, en seis metros treinta y tres centímetros, más o menos, con la cocina y la lavandería del apartamento número once, en doce metros y siete centímetros, más o menos, con el pasillo que comunica con el vestíbulo del elevador; por el SUR, en diez y ocho metros y treinta y nueve centímetros más o menos, con la pared exterior Sur; por el ESTE, con ocho metros cuarenta y un centímetros más o menos, con la pared exterior este, en cero metros y noventa y tres centímetros más o menos con el pasillo de acceso al apartamento; y por el OESTE, en un metro y sesenta y un centímetros más o menos, con el pasillo de acceso al apartamento en cero metros y cincuenta y tres centímetros más o menos, con el vestíbulo del elevador en dos metros y dieciséis centímetros más o menos, con el pasillo entre el vestíbulo del elevador y la escalera en dos metros y treinta y cuatro centímetros más o menos, con la escalera en cero metros y ochenta y un centímetros más o menos con el cuarto de baño de servicio en un metro y ochenta y tres centímetros más o menos, con la pared exterior Oeste. Este apartamento será usado para propósitos residenciales y contiene lo siguiente: sala-comedor, cocina, lavandería, tres dormitorios, con sus respectivos guardarropas, un pasillo que comunica a los dos dormitorios, dos baños, un guardarropa común y balcón. A este apartam en to l e co r re sp on de una participación de cero punto seiscientos cincuenta por ciento en los elementos comunes generales del Condominio y dos espacios de estacionamiento numerados “A-86” y “A-98”, ambos cubiertos. -Consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Guaynabo, al Folio 200, del Tomo 680, Finca Número 27,017. Que estando el referido pagaré hipotecario en poder del codemandado y acreedor hipotecario Citibank, N.A., siendo ésta su dueña, y tenedora de buena fe, el Demandante le pagó a dicho tenedor la totalidad de la suma principal adeudada en virtud de dicha obligación hipotecaria, así como los intereses correspondientes, no existiendo a esta fecha balance alguno pendiente de pago. Que a pesar de que el Demandante, para beneficio de los deudores hipotecarios pagó al acreedor hipotecario la totalidad de la suma adeudada en virtud de la obligación hipotecaria antes mencionada, no ha podido cancelar la hipoteca garantizada por el referido Pagaré Hipotecario, ya que el mismo aparentemente se ha extraviado y todos los esfuerzos y búsqueda para localizar el mismo han resultados infructuosos. Que ante tales circunstancias la parte De-

ance alguno pendiente de pago. Que a pesar de que el Demandante, para beneficio de los deudores hipotecarios pagó al acreedor hipotecario la totalidad de la suma adeudada en virtud de la obligación hipotecaria antes mencionada, no ha podido cancelar la hipoteca garantizada por el referido Pagaré Hipotecario, ya que el mismo aparentemente se ha extraviado y todos los esfuerzos y búsqueda para localizar el mismo han resultados infructuosos. Que ante tales circunstancias la parte Demandante ha iniciado esta acción para que se ordene judicialmente la cancelación del referido Pagaré Hipotecario. Es abogado de la parte Demandante el Lcdo. Jorge A. Fernández Reboredo, con oficinas en la Calle Tabonuco B-5, Galería San Patricio, Suite 205, Guaynabo, Puerto Rico 00968, y cuya dirección postal es: PO Box 360764, San Juan, PR 00936-0764, y el teléfono 787281-0707. Este edicto se publiará una sola vez se publicará una (1) sola vez en un periódico de circulación diaria general de Puerto Rico y el demandado Fulano de Tal, deberá comparecer en autos dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de dicho edicto a hacer las alegaciones que crea convenientes, debiendo enviar copia de dichas alegaciones a la parte demandante. De no hacerlo así se le anotará la rebeldía y el Tribunal dictará Sentencia concediendo el remedio solicitado sin más citarle ni oírle. Expedido en Guaynabo, Puerto Rico, a 14 de septiembre de 2016. GLORIMAR RIVERA RIVERA, Secretaria del Tribunal Confidencial II, SECRETARIA(O) TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE GUAYNABO Nancy Santiago Santiago, Secretaria Auxiliar del Tribunal I. KV-2652 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RIC O TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE TRUJILLO ALTO

FIRSTBANK PUERTO RICO Parte Demandante Vs.

JORGE ROBLES TORRES Y OTROS

Parte Demandada CIVIL NÚM. FECI2014-00654 SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA ESTADOS UNIDOS DE AMERICA } EL PRESIDENTE DE LOS E.E.U.U. } EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R. } A: JORGE ROBLES TORRES Y LISSY LANZA MORA FISICA: 1G 6 ST. EL CONQUISTADOR, TRUJILLO ALTO, PR 00976 POSTAL: URB. EL CONQUISTADOR G1 CALLE 6, TRUJILLO ALTO, PR 009761090 ASOCIACION RECREATIVA CIVICA Y CULTURAL El CONQUISTDOR, INC. – URB. EL CONQUISTADOR CALLE 38 A, TRUJILLO ALTO, PR 00977; PO BOX 239, TRUJILLO ALTO, PR 00977-0239 PUBLICO EN GENERAL El Alguacil del Tribunal que suscribe anuncia y hace constar: A. Que en cumplimiento del Mandamiento que me ha sido dirigido por la Secretaria del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Trujillo Alto, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor de contado y en moneda de curso legal y corriente de los Estados Unidos de América y cuyo pago se efectuará en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, todo derecho, título o interés que tenga la Parte Demandada en el bien inmueble que se describe a continuación: ---URBANA: Solar radica en la Urbanización el Conquistador, situada en el Barrio Carraízo del Municipio de Trujillo Alto, Puerto Rico, que se describe en la Urbanización con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: Número del Solar Uno (1) de la manzana "G", con un área de trescientos cuarenta y cinco punto treinta y siete (345.37) metros cuadrados. En lindes por el Norte, con el solar número treinta y cuatro (34), distancia de catorce punto cincuenta (14.50) metros; por el Sur, con la calle Seis (6), distancia de once (11.00) metros y mitad de un arco de dos punto setenta y cinco (2.75) metros; por el Este, con la Calle Siete (7), distancia de veinte punto cincuenta (20.50) metros y mitad de un arco de dos punto setenta y Cinco (2.75) metros y por el Oeste, con el solar número dos (2), distancia de veinticuatro (24.00) metros. -Enclava Edificación. -Finca diez mil ciento setenta y cinco (10,175) inscrita el folio cuarenta y dos (42) del tomo doscientos uno (201) de Trujillo Alto, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Cuarta.-- B. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado están de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables bajo el epígrafe de este caso. C. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere,

inscrita el folio cuarenta y dos 00926 POSTAL: RR 36 BOX arios de abogado, en cantidad (42) del tomo doscientos uno 8091, SAN JUAN, PR 00926 pactada por intereses vencidos (201) de Trujillo Alto, Registro de E M B A R G O A F A V O R D E acumulados, y en cantidad asela Propiedad de San J uan, WESTERN BANK PUERTO gurada por adelantos. Se fijó Sección Cuarta.-- B. Que los RICO PUBLICO EN GENERAL c o m o t i p o m í n i m o p a r a l a autos y todos los documentos El Alguacil del Tribunal que primera subasta la cantidad de correspondientes al procedimi- suscribe anuncia y hace constar: $ 1 8 8 , 8 0 0 . 0 0 . L a p r i m e r a A. Que en cumplimiento del DE subasta se celebraráDE el día 20 ento incoado están deDE manifiEL VOCERO PUERTO RICO > JUEVES, 22 SEPTIEMBRE 2016 e s t o e n l a S e c r e t a r í a d e l Mandamiento que me ha sido di- de octubre de 2016 a las 10:30 Tribunal durante las horas labor- rigido por la Secretaria del de la mañana en la Oficina del ables bajo el epígrafe de este Tribunal de Primera Instancia de Alguacil del Tribunal de Primera caso. C. Que se entenderá que Puerto Rico, Sala de San Juan, Instancia de San Juan por el tipo todo licitador acepta como en el caso de epígrafe, venderé mínimo de $188,800.00. De debastante la titularidad y que las en pública subasta y al mejor clararse desierta dicha subasta cargas y gravámenes anteriores postor de contado y en moneda s e c e l e b r a r á u n a s e g u n da y los preferentes, si los hubiere, de curso legal y corriente de los subasta el día 27 octubre de a l c r é d i t o e j e c u t a n t e , Estados Unidos de América y 2016, a las 10:30 de la mañana c o n t i n u a r á n s u b s i s t e n t e s , cuyo pago se efectuará en efect- en el mismo lugar antes menentendiéndose que el rematente ivo, giro postal o cheque certific- cionado. El precio para la selos acepta y queda subrogado ado a nombre del Alguacil del gunda subasta lo será 2/3 partes en la responsabilidad de los mis- Tribunal de Primera Instancia, del precio mínimo de la primera, m o s , s i n d e s t i n a r s e a s u todo derecho, título o interés que o sea, $125,866.66. De deextinción el precio del remate. D. tenga la Parte Demandada en el clararse desierta dicha segunda Que el licitador y/o mejor postor bien inmueble que se describe a subasta, se celebrará una terpagará el importe de su oferta continuación: ---RUSTICA: Par- cera subasta el día 3 de noviemen efectivo, cheque certificado o cela Doce (12): Predio de ter- bre de 2016, a las 10:30 de la giro postal a nombre del Algua- reno radicado en el Barrio Cu- mañana en el mismo lugar antes cil del Tribunal. E. Que la pey del término municipal de Río mencionado. El precio para la Propiedad se encuentra afecta Piedras, ahora San Juan, Pu- tercera subasta lo será 1/2 del al siguiente gravamen anterior: erto Rico, con una cabida super- precio mínimo de la primera, Esta prescrito y se cancelará por ficial de Cero punto Tres Mil $94,400.00. Y PARA QUE ASÍ I ns ta nc i a . -A V I S O D E D E - Quinientos Noventa y Siete CONSTE, y para su publicación MANDA: civil FCD-2009-0205 cuerdas (0.3597 cds.), equival- en un periódico de circulación sobre ejecución de hipoteca del entes a Catorce (14) áreas general y por un término de Tribunal de Primera instancia de Trece (13) centiáreas y Noventa veinte (20) días en los sitios púSan Juan seguido por Doral y Uno (91) miliárea, en lindes, blicos conforme a la ley, expido Bank Vs. Pedro Márquez Ale- por el NORTE, con la parcela la presente bajo mi firma y sello jandro y su esposa Amelia Número Once (11) del plano de de este tribunal, hoy 1 de sepRodríguez Ríos, en el que se so- Inscripción (Pedro Ayala Mar- tiembre de 2016 en San Juan, icitó el pago de hipoteca por rero), por el SUR, con la Par- Puerto Rico. DIANA I. NAV$20,700.00, ascendente lo recla- cela Número Trece guión A (13- ARRO CRUZ Alguacil Auxiliar mado por $4,869.00, según de- A) del plano de inscripción (Carmanda de fecha 30 de enero de los Astacio Mangual), por el 2009, presentada el 27 de feb- ESTE, con la Parcela Número rero de 2009 al asiento 1445 del D i e z ( 1 0 ) d e l P l a n o d e SS- 514 ESTADO LIBRE ASOdiario 454, Anotación A al folio Inscripción (Roberto Astacio CIADO DE PUERTO RICO EN 121 del tomo 820, finca #10, 175 Mangual) y Carlos Astacio Man- EL TRIBUNAL DE PRIMERA INde Trujillo Alto; registrándose el STANCIA DE PUERTO RICO asiento el 19 de marzo de 2009.- gual y por el OESTE, con una SALA DE SAN JUAN POSTERIOR : -SENTENCIA: Parcela de uso Público que a su vez colinda con una carretera Sentencia de fecha 30 de abril de 2012, civil FECI-2012-00118 municipal.--Consta inscrita en el sobre cobro de dinero, seguido Registro de la Propiedad de San en el Tribunal de Primera instan- Juan, Sección Cuarta, al folio c i a d e T r u j i l l o A l t o p o r Ciento Veintidós (122) del tomo Asociación Recreativa Cultura El cuatrocientos noventa y cinco Conquistador, Inc Vs. Jorge (495) de Río Piedras Sur, Finca Robles Torres y su esposa Lissy número quince mil novecientos Lanza Mora, en el que se soli- sesenta y dos (15,962).-- B. Que itó el pago de $1,054.90 de prin- los autos y todos los docucipal; $35.00 mensuales y mentos correspondientes al pro$115.00 de costas, anotada el cedimiento incoado están de 10 de diciembre de 2013 al folio manifiesto en la Secretaría del Demandantes 50, orden 146 del Registro #3 de Tribunal durante las horas laborVS. Sentencias.- F. Dicha subasta ables bajo el epígrafe de este se llevará a cabo para satis- caso. C. Que se entenderá que todo licitador acepta como facer a la parte demandante las sumas dispuestas en la senten- bastante la titularidad y que las cia. Se fijó como tipo mínimo cargas y gravámenes anteriores para la primera subasta la can- y los preferentes, si los hubiere, tidad de $134,624.86. La a l c r é d i t o e j e c u t a n t e , primera subasta se celebrará el c o n t i n u a r á n s u b s i s t e n t e s , día 17 de octubre de 2016 a las entendiéndose que el rematente 11:15 de la mañana en la Ofi- los acepta y queda subrogado cina del Alguacil del Tribunal de en la responsabilidad de los misPrimera Instancia de Carolina. m o s , s i n d e s t i n a r s e a s u De declararse desierta dicha extinción el precio del remate. subasta se celebrará una se- La propiedad a ser ejecutada se Demandados gunda subasta el día 24 de oc- adquirirá libre de cargas y tubre de 2016 a las 11:15 de la gravámenes posteriores. D. Que CASO NÚMERO: K AC2016mañana en el mismo lugar antes el licitador y/o mejor postor 0048 SALA: 0807 SOBRE: EXmencionado. El precio para la pagará el importe de su oferta PEDIENTE DE DOMINIO CONsegunda subasta lo será 2/3, o en efectivo, cheque certificado o TRADICTORIOY SOLICITUD sea, $89,749.91 partes del pre- giro postal a nombre del Algua- D E C A N C E L A C I O N D E cio mínimo de la primera. De de- cil del Tribunal. E. Que la GRAVAMENES Edicto Comclararse desierta dicha segunda Propiedad se encuentra afecta parecen los peticionarios de subasta, se celebrará una ter- al siguiente gravamen anterior: - e p í g r a f e p o r c o n d u c t o d el cera subasta el día 31 de oc- NINGUNO- POSTERIOR: -HI- abogado que suscribe y respetutubre de 2016 a las 11:15 de la P O T E C A : e n g a r a n t í a d e l osamente, EXPONE Y SOLImañana en el mismo lugar antes pagaré afidávit #5, 964 constitu- CITA: POR LA PRESENTE se mencionado. El precio para la ida por los titulares, a la orden notifica que la parte demandtercera subasta lo será ½, o sea, del Western Bank Puerto Rico a n t e h a p r e s e n t a d o u n a $67,312.43 del precio mínimo de por $90,000.00, intereses al 7. reclamación para que se dela primera. Y PARA QUE ASÍ 7 5 % a n u a l , v e n c e a l a clare a su favor el dominio del CONSTE, y para su publicación presentación, se tasó en el prin- siguiente inmueble: “URBANA: en un periódico de circulación cipal, según escritura #262, otor- Solar número veintitrés (23) de general y por un término de cat- gada en San Juan el 1ro. de ju- la manzana “AK”, antes, ahora orce (14) días en los sitios nio de 2005, ante el notario Gary calle Almagro, número trescienpúblicos conforme a la ley, ex- E. Biaggi Silva, presentada el 27 tos ochenta y dos (382) del plapido la presente bajo mi firma y de junio de 2005 al asiento 145 no preparado por la Autoridad sello de este tribunal, hoy de del diario 431, inscripción 8va. al sobre Hogares de Puerto Rico, MAY 04 2016 de 2016 en Caro- folio 153 del tomo electrónico h o y l a C o r p o r a c i ó n d e l i n a , P u e r t o R i c o . E f r a í n 782, finca #15, 962 de Rio Renovación Urbana y Vivienda Márquez Arroyo Alguacil Auxili- Piedras Sur,· registrándose el de Puerto Rico, para su proyecto ar #963 asiento el 11 de octubre de de solares denominados San 2008. EMBARGO: en el caso José Development, radicada en KV-2653 ESTADO LIBRE ASO- civil #KCD-09-2895 sobre cobro el Barrio Hato Rey, de Río CIADO DE PUERTO RIC O d e d i n e r o d e l T r i b u n a l d e Piedras, Puerto Rico, con una TRIBUNAL DE PRIMERA INS- Primera Instancia de San Juan, cabida superficial de doscientos TANCIA SALA DE SAN JUAN seguido por Westerbank Puerto cincuenta metros cuadrados y Rico Vs. Luis Ramón Rodríguez setenta y seis centímetros cuadRodríguez y su esposa Gisela rados (250.76), en lindes, por el A l f o n s o S i e r r a y M a r i b e l Norte, en veintidós metros Rodríguez Rodríguez y su es- ochenta y seis centímetros Parte Demandante poso Eduardo Cora Acevedo, en (22.86)con el solar veinticuatro Vs. el que se solicito el pago de (24); por el Sur en veintidós met$388,551.90 y otras sumas, en ros ochenta y seis centímetros ejecución de sentencia, según (22.86), con el solar veintidós por el Este, en diez metros orden del 23 de junio de 2010 y (22); cuarenta y siete (10.97)con la mandamiento del 14 de julio de calle cuarenta y seis (46), ahora 2010, presentados el 10 de feb- Calle Almagro y por el Oeste, en rero de 2011 al asiento 651 del diez metros con noventa y siete diario 463, Anotación A y ultima centímetros (10.97), con el solar al folio 153 del tomo 782, finca número cuatro (4) Inscrita al Fo#15, 962 de Rio Piedras Sur; lio 161 (161), vuelto del tomo tomándose razón en el Registro novecientos treinta y cinco (935) el 14 de febrero de 2011.- F. Di- de Río Piedras Norte, finca cha subasta se llevará a cabo veintiún mil novecientos treinta y para satisfacer a la parte de- siete (21,937), inscripción octava Parte Demandada mandante las sumas dispuestas (8va). Contiene una casa residCIVIL NÚM. KCD2014-0952 S A L A : ( 8 0 7 ) S O B R E : en la sentencia que se ha obten- encial para una familia Este ido ascendente a la suma de Tribunal ha ordenado que se EJECUCIÓN DE HIPOTECA P O R L A V Í A O R D I N A R I A $158,889.47 de principal al 1ro. publique la pretensión por tres de febrero de 2013, $19,316.85 veces durante el término de EDICTO DE SUBASTA ESTADOS UNIDOS DE AMERICA } en intereses al 6.375% desde el veinte (20) días en un periódico 1ro. de febrero de 2013 hasta el de circulación general diaria, EL PRESIDENTE DE LOS E.E.U.U. } EL ESTADO LIBRE 1ro. de marzo de 2013, $707.10 para que los que tengan algún por cargos por demora computaASOCIADO DE P.R. } A: LUIS derecho real sobre el inmueble RAMON RODRIGUEZ RODRIG- dos, $0.00 por Sobregiro en d e s c r i t o , a l o s h e r e d e r o s UEZ, GISELA ALFONSO SI- Cuenta de Reserva, $ 15.00 por desconocidos de o conocidos de ERRA Y LA SOCIEDAD LEGAL Cheques devueltos $802.50 de Gerson Sánchez López y de DE GANANCIALES POR EL- cargos por adelantos y tres can- Misrain Sánchez López, las perLOS COMPUESTA FISICA: RD t i d a d e s e q u i v a l e n t e s a sonas ignoradas a quienes 176 KM .10 CAMINO EL MUDO, $18,880.00 pactadas para el pueda perjudicar la inscripción y CUPEY WD. SAN JUAN, PR pago de costas, gastos y honor- en general, a todos los que de00926 POSTAL: RR 36 BOX arios de abogado, en cantidad searan oponerse, puedan efec8091, SAN JUAN, PR 00926 pactada por intereses vencidos tuarlo dentro del termino de (20) E M B A R G O A F A V O R D E acumulados, y en cantidad ase- d í a s a p a r t i r d e l a u l t i ma WESTERN BANK PUERTO gurada por adelantos. Se fijó publicación del presente edicto. RICO PUBLICO EN GENERAL c o m o t i p o m í n i m o p a r a l a POR TANTO, libro la presente El Alguacil del Tribunal que primera subasta la cantidad de en San Juan, Puerto Rico a 13 suscribe anuncia y hace constar: $ 1 8 8 , 8 0 0 . 0 0 . L a p r i m e r a d e s e p t i e m b r e d e 2 0 1 6 . A. Que en cumplimiento del subasta se celebrará el día 20 GRISELDA RODRIGUEZ COLMandamiento que me ha sido di- de octubre de 2016 a las 10:30 LADO Por: Laura C. Reynoso rigido por la Secretaria del de la mañana en la Oficina del Esquilin Secretaria Serv. Sala Tribunal de Primera Instancia de Alguacil del Tribunal de Primera Puerto Rico, Sala de San Juan, Instancia de San Juan por el tipo en el caso de epígrafe, venderé mínimo de $188,800.00. De deen pública subasta y al mejor clararse desierta dicha subasta postor de contado y en moneda s e c e l e b r a r á u n a s e g u n d a de curso legal y corriente de los subasta el día 27 octubre de

LOIDA SANCHEZ LOPEZ Y ANDRES BETANCOURT TORRES Y LA SOCIEDAD DE BIENES GANANCIALES INTEGRADA POR AMBOS

RUBEN, MYRNA, DAMARIS, REBECA, EDITH, NOEMI, GERSON, RUTH, MISRAIN Y MADELIN, TODOS DE APELLIDOS SANCHEZ LOPEZ

FIRSTBANK PUERTO RICO

LUIS RAMON RODRIGUEZ RODRIGUEZ, GISELA ALFONSO SIERRA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES POR ELLOS COMPUESTA


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